DERECHOS HUMANOS, ÂżDerechos para todas y todos? ÂżDerechos humanos, derechos para todas y todos? Los derechos humanos pueden definirse de manera general como los derechos que son intrĂnsecos a las personas y sin los cuales no se puede vivir como seres humanas y humanos. Los derechos humanos y las libertades fundamentales permiten
Lucretia Mott
"OUF MB FSB $POWFODJĂ˜O EF %FSFDIPT .VKFS
alcanzar el desarrollo pleno y hacer uso de las cualidades humanas como la inteligencia, talento, conciencia y satisfacciĂłn de las necesidades fĂsicas, emocionales y espirituales, 4F CBTBO FO MB DSFDJFOUF FYJHFODJB de la humanidad de una vida en la que se respeten y protejan la
ÂżCuĂĄl es la problemĂĄtica de los derechos humanos? %FTEF MB %FDMBSBDJĂ˜O 6OJWFSTBM EF MPT %FSFDIPT )VNBOPT ĂśSNBEB FO EFTQVĂ?T EF MB TFHVOEB guerra mundial, hasta nuestros dĂas nunca antes han existido tantas normas e instituciones encargadas de proteger la dignidad humana, sin embargo, se siguen registrando innumerables violaciones a los derechos humanos, sobre todo a las personas mas vulnerables. Por ejemplo siguen existiendo muchas mujeres en todas partes del mundo que son sujetas a constante agresiĂłn fĂsica o emocional por parte de los hombres o son sometidas a embarazos no deseados, muchos de ellas mueren anualmente en partos o abortos clandestinos, niĂąas son sometidas a prostituciĂłn y pornografĂa infantil. Casos y hechos atroces difĂciles de imaginar.
“El mundo jamĂĄs ha visto una naciĂłn verdaderamente grande y virtuosa, porque en la degradaciĂłn de la mujer se emponzoĂąan en su origen las fuentes mismas de la vidaâ€?.
dignidad y el valor inherente que tienen todas las personas. "MHVOPT EF FTUPT EFSFDIPT TPO el derecho a la vida, la libertad, la dignidad, derecho a seguridad, a que las personas no sean sometidas a esclavitud ni a servidumbre.
Los derechos humanos han nacido como necesidad de regular las relaciones de poder que existen entre las personas, la sociedad y los Estados, estos no son derechos otorgados, sino ganados con las luchas de los movimientos sociales desde diferentes formas de pensamiento e intereses. En este sentido tanto la exigencia de que existan derechos, su cumplimiento y el conocimiento de ellos constituye un ejercicio ciudadano y de democracia. En la prĂĄctica la teorĂa de los derechos humanos se contrapone con diversas realidades y desigualdades que existen en la sociedad, aĂşn cuando existen principios universales, tambiĂŠn existen diferencias TPDJBMFT EFTJHVBMEBEFT EF HĂ?OFSP SFMJHJĂ˜O DMBTF TPDJBM SB[B FUD &O FTUF TFOUJEP MPT %FSFDIPT Humanos no son aplicados de manera neutral, es decir que aĂşn cuando son universales no resuelven las particularidades que las diferentes personas tienen en diferentes sociedades.
Los derechos humanos en la historia‌ 5PEBT MBT TPDJFEBEFT EFTBSSPMMBO WBMPSFT EF KVTUJDJB FRVJEBE EJHOJEBE TJO FNCBSHP FM QSJODJQJP EF RVF MBT QFSTPOBT en su calidad de seres humanos tienen derechos inalienables que se anteponen a la colectividad social, incluso a los HPCFSOBOUFT FSB EFTDPOPDJEB FO MB NBZPSÓB EF MBT TPDJFEBEFT BOUFT EF TJHMP 97** /P PCTUBOUF MBT NJTNBT DPOEJDJPOFT de vida y la situación de exclusión y abuso han dado pie para que estos valores se conviertan tambiÊn en derechos.
Derechos de las humanas proclamados por la mujeres
Las mujeres a lo largo de la historia han participado en las luchas polĂticas y en ellas han seĂąalado la discriminaciĂłn bajo la cual estĂĄn sometidas por la sociedad, ejemplo de ello son:
ProclamaciĂłn En el marco de la RevoluciĂłn Francesa Olimpia de (PVHFT QSPDMBNB MB i%FDMBSBDJĂ˜O EF MPT %FSFDIPT EF la Mujer y de la Ciudadanaâ€?. Activista de la revoluciĂłn francesa, fundĂł muchos grupos de mujeres que luchaban por sus derechos. Al nacer la proclamaciĂłn se le acusĂł de haberse inmiscuido en asuntos de la 3FQĂžCMJDB 'VF HVJMMPUJOBEB FO QPS PSEFO EF VOP EF MPT MĂ“EFSFT EF MB SFWPMVDJĂ˜O 3PCFTQJFSSF
4JFNQSF FO FM NBSDP EF MB 3FWPMVDJĂ˜O 'SBODFTB .BSZ 8PMMTUPOFDSBGU FTDSJCJĂ˜ MB i7JOEJDBDJĂ˜O EF MPT %FSFDIPT EF MB .VKFSw En Estados Unidos, Lucrecia Coffin predicadora cuĂĄquera.
%FDMBSBDJĂ˜O EF 4FOFDB 'BMMT Esta declaraciĂłn fue realizada por un grupo de mujeres QSPUFTUBOUFT FO MB DBQJMMB 8FTMFZBOB EF 4FOFDB 'BMMT FO MB DJVEBE EF /VFWB :PSL -BT QSJODJQBMFT PSHBOJ[BEPSBT GVFSPO &MJ[BCFUI $BEZ 4UBUPO Z -VDSFDJB Mott ligadas a las luchas anti esclavistas.
Ideas centrales &T VOB EFDMBSBDJĂ˜O DPOGPSNBEB QPS BSUĂ“DVMPT FO EPOEF TF WJTJCJMJ[B MBT NVKFSFT "SU -B NVKFS OBDF MJCSF Z QFSNBOFDFSĂˆ JHVBM RVF FM IPNCSF en derecho. Las diferencias sociales sĂłlo pueden basarse en la utilidad comĂşn. "SU -B MJCFSUBE Z MB KVTUJDJB DPOTJTUFO FO EFWPMWFS UPEP lo que pertenezca a otro; asĂ el ejercicio de los derechos naturales de la mujer, no tiene mas lĂmites que la perpetua tiranĂa que el hombre le ha impuesto; estos lĂmites tienen que ser formulados por las leyes de la naturaleza y de la razĂłn. Las mujeres deben salir de la “feminidadâ€? que es la otra cara de la subordinaciĂłn y la marginaciĂłn, en donde se retoman MPT QSJODJQJPT EF MB i%FDMBSBDJĂ˜O EF MPT %FSFDIPT EF MB .VKFS Z de la Ciudadanaâ€? que seĂąalĂł Olimpia de Gouges.
ImpulsĂł el derecho al voto de las mujeres, la aboliciĂłn de la esclavitud y la paz del mundo. Este movimiento sufragista incidiĂł en todo el mundo, las mujeres se organizaron para lograr elegir y ser electas. Basada en las ideas centrales del derecho natural y despuĂŠs EF EFTDSJCJS MB TJUVBDJĂ˜O EF MB NVKFSFT FO MB RVF TF FYDMVZF B MBT JOEĂ“HFOBT EF /PSUF "NĂ?SJDB MF RVJUBO WBMJEF[ BM PSEFO legal establecido cuando este estĂĄ en contra de la felicidad de las mujeres. La declararon argumenta que “la historia de la humanidad es la historia de las repetidas vejaciones y usurpaciones por parte del hombre con respecto a la mujer y cuyo objetivo directo es el establecimiento de una tiranĂa absoluta sobre ellaâ€?. 5BNCJĂ?O QMBOUFB i2VF UPEBT MBT MFZFT RVF JNQJEFO RVF MB mujer ocupe en la sociedad la posiciĂłn que su conciencia le dicte, o que la sitĂşe en una posiciĂłn inferior a la del hombre, son contrarias al gran precepto de la naturaleza y por lo tanto no tienen ni fuerza ni autoridadâ€?.
Eleanor Roosevelt
4F EFTUBDĂ˜ QPS TV MBCPS FO MB SFEBDDJĂ˜O EF MB %FDMBSBDJĂ˜O 6OJWFSTBM EF MPT %FSFDIPT )VNBOPT
Los derechos humanos han nacido como una necesidad de regular las relaciones de poder que existen entre las personas, la sociedad y los Estados, estos no son derechos otorgados, sino ganados con las luchas de los movimientos sociales.
Algunas de las declaraciones de Derechos Humanos, en las cuales lucharon tanto hombres como mujeres, pero sĂłlo los varones fueron beneficiados. PerĂodo
DeclaraciĂłn
Trascendencia
SituaciĂłn de las mujeres
1215
Carta Magna Inglesa
Aparece la primera versiĂłn de algunas garantĂas procesales tales como el habeas corpus y el juicio por jurados. 4F MF FNQF[Ă˜ B MJNJUBS BM SFZ FM QPEFS de vida y muerte sobre personas.
Las mujeres en general no podĂan BDDFEFS B UJFSSB : TV USBCBKP productivo y reproductivo tenĂa un gran valor social, ellas organizaban la producciĂłn de alimentos, licores, medicinas, ropa; ese poder lo fue ron perdiendo en la medida en que los varones fueron adquiriendo el monopolio de lo pĂşblico.
1689
La DeclaraciĂłn de Derechos
4VSHJNJFOUP Z DPOTPMJEBDJĂ˜O EFM rĂŠgimen parlamentario inglĂŠs. El rey era menos absoluto.
A las mujeres se les prohibiĂł acceder al parlamento, jurĂdicamente eran hijas de dominio.
1776
DeclaraciĂłn de Derechos del Buen Pueblo de Virginia
i 5PEPT MPT IPNCSFT TPO QPS TV naturaleza igualmente libres e independientes y tienen ciertos derechos inherentes de los cuales cuando entran en sociedad no pueden por ningún contrato privar o despojar la vida, el goce de la vida, de la libertad, con los medios de adquirir y de poseer la propiedad y de perseguir y obtener la felicidad y la seguridad�.
4F JOWJTJCJMJ[B B MB NVKFS DPNP ciudadana, se legislĂł para consolidar el poder de los hombres. 1PS FKFNQMP TF QMBOUFĂ˜ iFM EFSFDIP de correcciĂłn de los hombresâ€?, el cual los facultaba de corregir a las mujeres incluyendo muchas veces castigos fĂsicos. i-B QPUFTUBE NBSJUBMw MB DPOTUJUVĂ“BO un conjunto de derechos que el Estado le habĂa concedido a los esposos para representar a sus esposas; por ejemplo no podĂan trabajar, ni ser contratadas sin autorizaciĂłn del esposo.
1789
DeclaraciĂłn de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
Art. 1 “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derecho. Las distinciones sociales sĂłlo pueden estar fundadas en la utilidad comĂşnâ€?.
A pesar de que las mujeres lucharon masivamente en esta revoluciĂłn, estas se quedan fueran del concepto de ciudadanĂa, en donde el prototipo del ciudadano era el varĂłn blanco terrateniente. A las mujeres se les sitĂşa como madres y protectoras del hogar.
1948
DeclaraciĂłn Universal de los Derechos Humanos
Este derecho se lleva a cabo posterior B MB ‹ (VFSSB .VOEJBM Z DPNP VOB necesidad de que cesarĂĄn los actos de la poblaciĂłn. En este perĂodo, considerado no de los mĂĄs sangrientos de la historia contemporĂĄnea, sufrieron agresiĂłn y persecuciĂłn judĂos, comunistas, personas con deformaciĂłn congĂŠnita, desquiciados mentales, homosexuales y travestĂs. En este contexto nace la OrganizaciĂłn de /BDJPOFT 6OJEBT FM EF EJDJFNCSF EF JOTUJUVDJĂ˜O FODBSHBEB EF WFMBS por el cumplimiento de la declaraciĂłn, la cual ha ido incorporando a travĂŠs del tiempo nuevos derechos reconocidos.
-B %FDMBSBDJĂ˜O 6OJWFSTBM EF MPT %FSFDIPT )VNBOPT IB TJEP determinante para sustentar y denunciar derechos relacionados con las desigualdades y hechos de violencia cometidos hacia las mujeres por su condiciĂłn de desigualdad.
Los Derechos Humanos de las mujeres
En la actualidad las normas generales de los derechos humanos son aplicables a todas las personas, pero debido a la condiciĂłn de exclusiĂłn y discriminaciĂłn, los movimientos de mujeres han impulsado luchas para crear marcos regulatorios en los que se evidencian estas situaciones especĂficas de las mujeres y que han sido firmadas por la mayorĂa de Estados, en cuanto El Salvador, dentro de ellas se destacan:
1948: ConvenciĂłn Interamericana de los Derechos Civiles de la mujer Art. 1 “Los Estados convienen en otorgar a las mujeres los mismos derechos civiles de que gozan los hombreâ€?. ConvenciĂłn Interamericana sobre ConcesiĂłn de los derechos PolĂticos de la Mujer. Art. 1 “Las altas partes contratantes convienen en que el derecho al voto y a ser elegida para un cargo nacional no deberĂĄ negarse o restringirse por razones e sexoâ€?. Se pretende que otorgando a las mujeres los mismos derechos que a los hombres, la sociedad supere la desigualdad que existe en contra de las mujeres.
1979: Convención sobre eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer. Art. 1 A los efectos de la presente convención la expresión discriminación contra la mujer denotarå toda distinción exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer‌� Se constató que el mero hecho de la humanidad de las mujeres no ha sido suficiente para garantizar a las mujeres la protección de sus derechos. En la actualidad existe un Protocolo, que faculta a las mujeres y a las instituciones a demandar a los Estados por violaciones a la Convención. Este protocolo aún no ha sido suscrito ni ratificado por El Salvador.
1994: ConvenciĂłn Interamericana para Prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer, Belem do Para. Art.1 Para los efectos de esta convenciĂłn debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acciĂłn o conducta basada en su gĂŠnero que cause muerte, daĂąo o sufrimiento fĂsico, sexual o psicĂłlogico a la mujer, tanto en el ĂĄmbito pĂşblico como en el privadoâ€?. Es la primera convenciĂłn que pone en evidencia la subordinaciĂłn en las relaciones de gĂŠnero. Esta convenciĂłn protege a las mujeres en contra de la violencia de gĂŠnero y obliga al Estado a protegerla de la misma en los espacios pĂşblicos y privados.
Las mujeres tenemos derecho a‌ t 7JWJS MJCSFT EF NBMUSBUP Z WJPMFODJB t /P TFS HPMQFBEBT t 5PNBS OVFTUSBT QSPQJBT EFDJTJPOFT B controlar nuestras propias vidas. t 4FS USBUBEBT DPNP QFSTPOBT BEVMUBT t 7JWJS TJO NJFEP TJO BNFOB[BT TJO humillaciones. t 4FS SFTQFUBEBT B WJWJS DPO EJHOJEBE t &RVJWPDBSOPT B DPNFUFS FSSPSFT B OP ser perfectas. "W #FSOBM w4w $PM 4BU�MJUF 4BO 4BMWBEPS 5FM 'BY cedoc@lasdignas.org www.lasdignas.org
t 4VQFSBSOPT B FMFHJS OVFTUSB QSPQJB profesiĂłn. t &YQSFTBS OVFTUSPT TFOUJNJFOUPT Z nuestras ideas. t 7BMFSOPT QPS OPTPUSBT NJTNBT t 5FOFS DPOUSPM TPCSF OVFTUSPT DVFSQPT y sobre nuestra sexualidad. t &KFSDFS VOB NBUFSOJEBE MJCSF Z voluntaria.
t %FGFOEFSOPT EF MB BHSFTJĂ˜O Z EFM maltrato. t %FOVODJBS MB BHSFTJĂ˜O RVF SFDJCJNPT t5SBUP KVTUP Z EJHOP FO MPT TFSWJDJPT EF salud, policiales y legales. t 7JWJS FO QB[
Vocabulario
Derecho Inalienables: son aquellos derechos que no se pueden perder. CuĂĄquera JOUFHSBOUF EF VOB TFDUB SFMJHJPTB FTQBSDJEB QSJODJQBMNFOUF en Inglaterra y Estados Unidos. Habeas Corpus: o exhibiciĂłn personal es una mecanismo de QSPUFDDJĂ˜O RVF SFHVMB FM EFSFDIP B MB MJCFSUBE QFSTPOBM OPT QSPUFHF de las detenciones ilegales o arbitrarias y de las restricciones a la libertad, realizada por autoridad competente o particular.