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MANUAL Para Cooperativas de Vivienda de Usuarios por Ahorro Previo Guía de Trámites y Gestión Cooperativa



MANUAL Para Cooperativas de Vivienda de Usuarios por Ahorro Previo Guía de Trámites y Gestión Cooperativa (Desde su conformación hasta la escrituración)


Canelones 990 Tel.: 2901 0590 - C.P. 11100 fecovi@fecovi.com.uy - info@fecovi.com.uy www.fecovi.com.uy Montevideo - Uruguay Guía de Trámites y Gestión Cooperativa (Desde su conformación hasta la escrituración) Diseño: Lateral Diseño www.lateral.com.uy


La presente Guia de Tramite fue realizada en el marco del Convenio de Mejora de Servicios 2013-2014 - FECOVI / INACOOP, con el objetivo de facilitar el acceso a la información sobre trámites a los socios de las Cooperativas de base, desde su conformación hasta el momento de obtención del préstamo para construcción. Fue el resultado de un llamado abierto a empresas consultoras del medio, con conocimientos y experiencia en el ámbito cooperativo, para generar una herramienta útil para el mejor desarrollo de las cooperativas de la modalidad. Montevideo, Diciembre de 2014. FECOVI Federación de Cooperativas de Viviendas de Usuarios por Ahorro Previo Consejo Directivo

La elaboración de la misma significó un arduo trabajo de relevamiento y compilación de cada uno de los trámites y sus requisitos correspondientes, así como su redacción clara y amena, y su clasificación y ordenamiento, acorde a la fase en la que se encuentre cada cooperativa. Montevideo, Noviembre de 2014. Tram. Lourdes Molina Cra. Melina Romero


ÍNDICE DE CONTENIDO Armando la cooperativa 1- Conformación del grupo 2- Conformación de la cooperativa- personería jurídica 3- Registro de la cooperativa ante banco previsión social (BPS) y dirección general impositiva (DGI) 4- Contrato de servicios en línea 5- Registro de la cooperativa ante MTSS 6-Registro de los libros sociales y contables de la cooperativa 7- Inscripción de la cooperativa en la auditoría interna de la nación (AIN) 8- Apertura de la cuenta bancaria en entidad bancaria (caja de ahorro o cuenta corriente) 9- Apertura de la cuenta de ahorro previo en banco hipotecario del uruguay (BHU) 10- Contratar al instituto de asesoramiento técnico 11- Obtención de certificado de regularidad y PMV 12- Prestación coactiva ante instituto nacional de cooperativismo (INACOOP) Camino al préstamo 13- Obtención de factibilidad del terreno 14- Ingreso de anteproyecto cooperativo 15- Sorteo público para adjudicación de préstamo 16- Ingreso de proyecto ejecutivo La escrituración del préstamo 17- Reunir toda la documentación necesaria para la escrituración del préstamo 17.1- Registro único de proveedor del estado (RUPE) 17.2- Proveedor de la anv con representantes registrados 17.3- Permiso de construcción (IM, BPS, MTSS) 17.4- Certificado único especial del BPS 17.5- Contrato con empresa constructora 17.6 Permiso de OSE 17.7 Permiso de UTE

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17.8- Exoneración del impuesto de primaria del terreno 17.9 Exoneración de la contribución inmobiliaria 17.10 Tributos domiciliarios y tasa de saneamiento al día. 17.11- Conformación del ahorro previo. 17.12- Reserva de prioridad 18- Escrituración del préstamo Conceptos de educación financiera utiles para el armado de una cooperativa de vivienda por ahorro previo y su futura gestión Conceptos básicos El banco Servicios financieros Productos financieros 1- Créditos 2- Cuentas bancarias y depósitos Medios de pago 1- Efectivo 2- Cheque 3- Medios de pago electrónico Para un mejor control financiero de la cooperativa Registros contable Algunas recomendaciones para la gestión del dinero de la cooperativa Planificación financiera o presupuesto Protección del consumidor en uruguay Glosario de términos financieros Bibliografía de referencia

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GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA DESDE INICIO HASTA OBTENCIÓN DEL PRÉSTAMO Este manual pretende mediante un lenguaje amigable, ser una guía para aquellos cooperativistas que se encuentren en el proceso de conformación y hasta el momento de escrituración para obtención de préstamo. Se conforma de dos grandes apartados, el primero donde se encuentra una guía paso a paso por diferentes organismos públicos con detalle de trámite a realizar, lugar y requisitos para la realización de los mismos. El segundo apartado contiene conceptos básicos de educación financiera y algunas recomendaciones básicas para la gestión de la cooperativa. “Las Cooperativas de Vivienda son aquellas que tienen por objeto principal proveer alojamiento adecuado y estable a sus socios, mediante la construcción de viviendas por esfuerzo propio, ayuda mutua, administración directa o contratos con terceros, y proporcionar servicios complementarios a la vivienda.” Art. Nº 117 Ley 18407 y Decreto Reglamentario Nº 198/2012. En las cooperativas de vivienda de ahorro previo el factor articulador es el ahorro colectivo que realizan los asociados. Para poder obtener el préstamo ante el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) la cooperativa debe en grandes líneas contar con: Personería Jurídica inscripta en BPS y DGI, Certificado de Regularidad vigente, contrato con un Instituto de Asistencia Técnica (IAT) y un terreno y anteproyecto habilitado por la Agencia Nacional de Viviendas (ANV). Luego de haber salido sorteada para obtener el préstamo debe contar con un proyecto ejecutivo aprobado y así culminar esta etapa con la escrituración del préstamo. A partir de este momento, la cooperativa puede comenzar con la etapa de construcción.



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CONFORMACIÓN DEL GRUPO Si es construcción de cero, el grupo tiene que ser mayor o igual a 10 socios. Los socios pueden ser núcleos familiares o unipersonales. Si fuera reciclaje, el grupo tiene que ser mayor o igual a 6 seis. Teniendo como máximo cupo a 50 socios en cualquiera de las dos modalidades.

El ingreso líquido del hogar no puede superar las 60 UR1 (unidades reajustables) y se debe contar con un ahorro previo del 15% del costo global del proyecto cooperativo (valor de la tasación).

El valor mensual de la UR se puede rápidamente encontrar en la página principal del BHU: http://www.bhu. gub.uy/ 1

Los socios titulares deben ser mayores de edad. Residir en el territorio nacional y no ser propietarios de una vivienda. Luego de que el grupo se ha definido y que ha decidió iniciar la conformación de una cooperativa tiene tres caminos a seguir: realizar los trámites hasta el ingreso al Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) con el asesoramiento de la Federación de cooperativas de vivienda por ahorro previo (FECOVI)2 , contratar un Instituto de Asistencia Técnica (IAT3) o realizar esos trámites de forma autónoma. Según la ley toda cooperativa de vivienda que pretenda ser adjudicataria de algún programa del Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización (FNV) u obtener un préstamo para financiar su obra debe contar con el asesoramiento de un IAT4. Por lo que al momento de inscribir la cooperativa en el MVOTMA es requisito contar con un contrato con el IAT. La información detallada sobre el contrato con el IAT se encuentra en el punto 6. (Página 33 de este manual).

FECOVI: servicios de asesoramiento para cooperativas afiliadas: http:// www.fecovi.coop/servicios.php 3 Ley 18407. Art 156- Definición de IAT. 2

Ley 18407. Art. 134

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CONFORMACIÓN DE LA COOPERATIVAPERSONERÍA JURÍDICA

¿Cuál es el trámite? Obtención de la personería jurídica de la cooperativa. ¿Cómo se hace? Registrando estatutos y acta fundacional en el Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Educación y Cultura. ¿Dónde se hace? Dirección General de Registros (DGR), sección Registro Nacional de Cooperativas del Ministerio de Educación y Cultura: Av. 18 de julio 1730. Piso 7. Sección Registro Nacional de Comercio. Horario atención: 9.15 a 12.00hrs. Contacto: http://www.dgr.gub.uy/Call Center - 2402 6881

Clearing de Informes: Luis A. de Herrera 1248, escritorio 232, complejo WTC, edificio Avenida. El horario es de lunes a viernes de 9:00 hs. a 17:30 hs. Allí se puede obtener información personal sin costo sobre la situación “en el clearing” presentando cédula de identidad. También se puede obtener información impresa en Red Pagos o Abitab, con un costo de $150. 5

Requisitos para realizar el trámite: Previos: • Creación y aprobación de los estatutos de la cooperativa Con el asesoramiento y ante presencia de un Escribano Público, que puede ser del IAT o particular, se deberá crear el estatuto de la cooperativa, el que será aprobado luego por la Asamblea Constitutiva. • Labrar un acta de fundación. En ésta constará la suscripción de partes sociales, los miembros de órganos sociales y la aprobación de los estatutos. (debe escribirse de un lado solo de la hoja, ya que luego debe ser pegada en el libro Actas de Asamblea cuando éste se haya registrado) Notas: • Es recomendable que los miembros del consejo directivo que representan a la cooperativa no estén en el Clering de Informes5 ya que genera complicaciones bancarias posteriores.


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• Es recomendable realizar el trámite de reserva de nombre antes de aprobar los estatutos y el acta fundacional. Este trámite se realiza en la DGR. Permite de tres nombres reservar uno, de forma de asegurar el mismo para la cooperativa y no encontrarse al momento del registro que no se puede utilizar el nombre elegido. Es un trámite opcional. Para ello se debe concurrir ante la DGR con el formulario de Reserva Prioritaria de Nombre por duplicado y la Carátula de Registro de Comercio. La reserva del nombre se obtiene en el día y se mantiene por 30 días corridos. El trámite tiene un costo de $1016. • Ningún formulario puede ser presentado en letra manuscrita (deben ser completados con computadora o máquina de escribir). La DGR cuenta con máquinas de escribir a disposición de los usuarios. Presentarse ante la DGR con: • los estatutos originales y el acta de fundación • minuta de sociedades comerciales completa • carátula de registro de comercio completa Nota: tanto la minuta como la carátula se compran en el subsuelo de la DGR. Es posible conseguir online: http://www.dgr.gub.uy/ servicios/formularios.htm la minuta y el formularios de reserva prioritaria de nombres. La Carátula de comercio solo se obtine en el sub suelo de la DGR y cuesta 5 pesos. Plazo de resolución: Entre 10 y 15 días hábiles Plazo para dar inicio al trámite: 30 días luego de celebrada el acta fundacional. Resultado del trámite: Constancia de Registro (se debe adjuntar al original del estatuto en la parte de atrás) Costos asociados al trámite: Se debe pagar en el momento $20326 sin incluir el costo de la carátula de registro de comercio. Los formularios se bajan on line. Se deben incluir también los costos del escribano actuante.

Tasas actualizadas en: http://www. dgr.gub.uy/general/horario.htm 6


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REGISTRO DE LA COOPERATIVA ANTE Banco Previsión Social (BPS) y Dirección General Impositiva (DGI)

¿Cuál es el trámite?: Registro de empresa y contribuyente en ventanilla única BPS-DGI. ¿Cómo se hace?: Agendando vía web una fecha en la “Agenda Web” de la página de BPS /. “Averigüe donde realizar sus trámites y requisito”/ “empresas”/”inscripción ventanilla única BPS-DGI”/”inscripción cooperativas”/elegir departamento/agendar. ¿Dónde se hace?: En Montevideo, Paysandú, Canelones y Maldonado. (según la selección realizada en la web). En otras localidades consultar en oficinas locales de los entes. Datos obtenidos de http://www. bps.gub.uy/bps/agenda/macro.jsp?contentid=5480 consultada el 26 de setiembre de 2014. 7

Requisitos para realizar el trámite:7 I) FORMULARIOS requeridos para la inscripción en ventanilla única: • Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” (en 3 vías, impresos en doble faz), con un timbre profesional. ($130) • Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” (en 3 vías, impresos en doble faz). Ver Formularios en: www.bps.gub.uy/Formularios II) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA: • 2 fotocopias de cédula de identidad de cada uno de los integrantes de la comisión directiva. Si concurre un tercero a realizar el trámite,


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debe presentar además 2 fotocopias de su cédula de identidad • Original ó copia autenticada del estatuto • Fotocopia simple del estatuto. • Certificación notarial y 2 fotocopias estableciendo: • Firma de todos los integrantes del Consejo Directivo que son los representantes legales. • Datos de los integrantes: Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido Documento de identidad Estado civil Capacidad legal Nacionalidad Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país. • Administración (ejemplo: Presidente, Secretario, etc y si es en forma conjunta o indistinta.), según libro de actas, última designación de autoridades con fecha, cargos y nombres, actividad que van a desarrollar. • Fecha de constitución y fecha de aprobación de los estatutos. • Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad. • Inactividad de la empresa desde la fecha del contrato a la fecha de inicio, si corresponde. Plazo de resolución: El trámite culmina en el día. Plazo para dar inicio al trámite: Luego de obtener la personería jurídica en DGR se cuentan 30 días corridos para la inscripción en ventanilla única. Pasado el plazo se abonará una multa para DGI y otra multa para BPS por inscripción tardía. Resultado del trámite: Número de RUT y número de empresa ante BPS (Formulario 6361 (Información General- Confirmación de datos) y 6351(Constancia de Inscripción en el Registro único tributario) de DGI y vía web se obtiene situación de contribuyente y empresa, donde consta el número de BPS. Costos asociados al trámite: Timbre Profesional $130, gastos asociados (fotocopias, etc.) y honorarios de escribano actuante.


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CONTRATO DE SERVICIOS EN LÍNEA

El servicio en línea es un servicio que brinda el BPS que le permitirá a la cooperativa la realización de determinados trámites a través de internet, sin necesidad de concurrir a las oficinas de la institución. ¿Cuál es el trámite? Obtención de un contrato de uso de los servicios en línea ¿Cómo se hace? a- Obtención de usuario personal BPS. Es requisito del BPS para obtener el servicio en línea de la cooperativa, que al menos una persona física cuente con “usuario personal BPS”. Este es un usuario personal .Con la suscripción de este contrato podrá acceder a los servicios e información de carácter personal que requieren usuario registrado, como ser Consulta Mis Aportes, Consentimiento Informado, Consulta de Recibos de Prestaciones Económicas y la Consulta de Servicios Registrados. ¿Dónde se hace? Se comienza el trámite vía web y se culmina en BPS. Requisitos para realizar el trámite: Contar con dos cuentas de correo electrónico, una personal y otra de la cooperativa. Se debe completar el formulario requerido vía web: http://www. bps.gub.uy/6697/solicitud_usuario_personal.html. Luego de completado y enviado el mismo llegará automáticamente, a la dirección de correo electrónico declarada, una notificación desde BPS. Dentro de los 30 días corridos desde que se recibe la notificación, debe concurrir a BPS a firmar el contrato. Luego llegará de un día para el otro, un usuario y clave asignados al correo electrónico declarado.


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b- Solicitud de perfiles de conexión remota para la cooperativa Cuando ya se cuenta con usuario y clave personal se debe proceder a solicitar el perfil para la cooperativa. • Perfiles: A efectos de realizar las gestiones Web; es necesario tramitar la Solicitud de Perfiles, vinculando de esta forma a los usuarios con la cooperativa y habilitándolos para las diferentes gestiones. La misma se gestiona; a través de www.bps.gub.uy / Servicios en Línea / Solicitud de Perfiles Conexión Remota ¿Cómo se hace? Se deberá presentar el contrato, adjuntando fotocopia de documento de identidad vigente del o los firmantes. ¿Dónde se hace? Hay tres canales disponibles para la presentación: 1- Personalmente en: Montevideo: Adhesiones WEB. Sarandí 570 PB (ATyR). Correo electrónico: contratosrnom@bps.gub.uy, o Sección Administración Funcional. Mercedes 1880 Edificio Sede 3er. piso. Correo electrónico: administracionfuncional@bps.gub.uy Interior: Dirigirse a la Unidad Descentralizada (Sucursal o Agencia) de BPS más cercana 2- Por correo electrónico: contratosrnom@bps.gub.uy administracionfuncional@bps.gub.uy 3- Por fax: 2916 1300 interno 1413 o 1376 // 2400 0151 al 59 interno 2426 Luego de ingresada la documentación, BPS enviará al correo electrónico de la cooperativa la confirmación de acceso al perfil de conexión remota (el usuario y contraseña será el personal obtenido anteriormente). Nota: es posible desvincular a las personas físicas del perfil de conexión remota de la cooperativa y autorizar a otras. Por ejemplo cuando hay cambio de autoridades. Esto es útil ya que para manejar la cuenta de la cooperativa es necesario utilizar el usuario personal.


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Nota: este trámite de perfiles de conexión remota se tendrá que volver a realizar cuando se inscriba la obra. En esa oportunidad especificando el perfil de la construcción.Plazo de resolución: Si pasada una semana no llegó correo de BPS con la clave de acceso, comuníquese con BPS. Resultado del trámite: obtención de un usuario y clave personal y un perfil de conexión remota para la cooperativa. Costos asociados al trámite: No tiene costo.

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REGISTRO DE LA COOPERATIVA ANTE MTSS ¿Cuál es el trámite? Registro del Libro de Registro Laboral y planilla de trabajo

¿Cómo se hace? Se debe primero generar un usuario y contraseña en el sistema “Venetus” https://venetus.mtss.gub.uy. A partir de allí se ingresa al sistema completando datos de la cooperativa. La cooperativa se inscribe como “sin personal a cargo” ya que los cargos de dirección son honorarios. Se debe inscribir en el sistema venetus a los directivos que tienen la representación de la cooperativa como honorarios (sin sueldo y sin horario). Toda la información necesaria para esto se encuentra en la guía de usuarios: http://archivos.mtss.gub.uy/files/IGTSS/manual_ venetus.pdf ¿Dónde se hace? En principio se realiza por internet, luego de contar con la respuesta vía correo electrónico de MTSS se debe concurrir al MTSS. Centro de atención ciudadana. Planta Baja.


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Dirección: Juncal 1511. Teléfono: 1928 ó 29152020. E-Mail: contacto@mtss.gub.uy. Teléfono: 0800 7171. Requisitos para realizar el trámite: • Contar con usuario y contraseña de sistema Venetus. Contar con inscripción en BPS/DGI. • Concurrir al MTSS con el Libro Negro (Libro de Registro Laboral) que se adquiere en el kiosko frente al MTSS a un costo de $50 o en el kiosko de la DGI. • Llevar impreso el mail que el Ministerio envió a la casilla de correo de la cooperativa • Formulario 6351 (tarjeta de RUT o constancia de inscripción) Nota: es importante llamar al MTSS transcurrido 20 días de enviada la información vía venetus (porque a veces se traspapela y no llega a tiempo la respuesta de MTSS) Plazo de resolución: en el día (cuando se va al MTSS) Plazo para dar inicio al trámite: ni bien se obtiene el número de RUT en ventanilla única BPS/DGI se debe ingresar al venetus. El MTSS por correo electrónico avisa el tiempo disponible para ir en forma presencial con la documentación. Resultado del Trámite: Libro de Registro Laboral (sellado) y el Certificado de Registro de Planilla de Trabajo. (no deberá renovarlo la cooperativa salvo que ingrese personal dependiente.) Costos asociados al trámite: $50 correspondientes al libro de registro laboral (libro negro)


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REGISTRO DE LOS LIBROS SOCIALES Y CONTABLES DE LA COOPERATIVA

¿Cuál es el trámite? Registro de libros sociales de la cooperativa (no es obligatorio registrar los libros contables diario y de inventario) ¿Cómo se hace? luego de tener el registro de la cooperativa ante BPS y DGI, se compran en alguna papelería los 5 libros de actas ($450 c/u aprox., tapa dura sin rulos y foliados): Actas de Asamblea, Actas del Consejo Directivo, Actas de la Comisión Fiscal, Registro de Asistencia a Asamblea, y Registro de Socios. Se concurre nuevamente a la DGR para registrar dichos libros. ¿Dónde se hace?: En la Dirección General de Registros (DGR), sección Registro Nacional de Cooperativas del Ministerio de Educación y Cultura: Av. 18 de julio 1730. Piso 7. Sección. Rúbrica de libros. Horario atención: 9.15 a 12.00hrs. Contacto: http:// www.dgr.gub.uy/Call Center - 2402 6881 Requisitos para hacer el trámite: • Libros (que no pueden estar escritos) • Nota de escribano o contador donde se certifique la inscripción de los estatutos, el número de BPS y DGI, cantidad de libros a presentar y cantidad de folios de cada uno • Minuta solicitud de habilitación de solicitud de libros de comercio completa (se encuentra en la web de DGR) Plazo para dar inicio al trámite: sin plazo Plazo de resolución del trámite: 5 días hábiles Resultado del trámite: Devolución de los libros con sello de inscripción y habilitados para su posterior uso.


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Costos asociados al trámite: • Costo de los libros ($450 cada libro) • Tasa registral ($1016 por libro registrado) • Timbres Profesionales ( $630 por libro registrado) • Honorarios de escribano o contador actuante Nota: Lo primero que debe hacerse luego de contar con los libros registrados es pegar en el libro Actas de Asamblea en las primeras hojas el acta fundacional. Puede comenzar a escribirse en este libro a partir de la primer hoja libre.

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INSCRIPCIÓN DE LA COOPERATIVA EN LA AUDITORÍA INTERNA DE LA NACIÓN (AIN)

¿Cuál es el trámite? Inscripción de la cooperativa en la AIN ¿Cómo se hace? Personalmente en el segundo de la AIN con los documentos requeridos, se ingresa el expediente al que se le asigna un número y luego se notifica por correo electrónico cuando está pronto para retirar el número asignado a la cooperativa por parte de la AIN. ¿Dónde se hace? en la Auditoría Interna de la Nación (AIN): Paysandú 942 esq. Río Branco. Segundo Piso. Sección Reguladora de Trámites. Horario: 9.15 a 14hrs. Tels.: 29017223 - 29012436 correo electrónico: ain@ain.gub.uy


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Requisitos para realizar el trámite: • Presentar una declaración jurada acompañada de un timbre profesional de $130. El formulario de la declaración se baja de la página de AIN: http://www.ain.gub.uy/cooperativas/form_inscripcion.pdf Se debe tener presente completar la ficha, la firma de los representantes legales, así como, todos sus ítems, no dejando espacios en blanco (o en su caso aclarar el por qué quedan en blanco). • Llevar el Estatuto de la cooperativa original y copia para ser autenticada. • Presentar una nota (original y copia) firmada por los representantes legales solicitando la inscripción. Debe ir dirigida al Sr. Auditor Interno de la Nación, donde se exprese el trámite que se realiza y se incluya la descripción de la documentación que se adjunta, así como un referente a ser notificado incluyendo nombre, teléfono y correo electrónico. Nota: Una vez al año, al término de ejercicio se debe presentar ante la AIN el Balance Contable de la Cooperativa para su visación. El mismo, como todo trámite presentado a la AIN, debe acompañarse de la nota con copia dirigida al Sr. Auditor Interno de la Nación. Plazo de resolución: aproximadamente dos semanas. Resultado del Trámite: número de cooperativa ante la AIN Costos asociados al trámite: timbre profesional $130 y costo de fotocopias de documentos.


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APERTURA DE LA CUENTA BANCARIA EN ENTIDAD BANCARIA (Caja de Ahorro o Cuenta Corriente)

En general se recomienda ingresar al banco con una Caja de Ahorro (CA). De todas formas, para personas jurídicas las diferencias no son muchas entre una y otra cuenta (en lo que refiere a costos y requisitos) y es importante evaluar la posibilidad de ingresar al banco directamente con una Cuenta Corriente (CC), ya que en caso de abrir una CA para luego pasar a una CC, implica la realización del trámite nuevamente con sus costos asociados. La apertura de la CC puede realizarse en cualquier entidad bancaria del país y cada entidad tiene sus requisitos y costos de mantenimiento. Para ver las particularidades de cada cuenta bancaria, remitirse al apartado de educación financiera de esta guía. La Agencia Nacional de Vivienda (ANV) trabaja con el BROU, por lo que el pago del préstamo se realizará mediante transferencia bancaria solamente a cuentas abiertas en el BROU. Caso contrario deberá cobrarse el dinero por ventanilla en el BROU mediante cheque y luego depositarse en la cuenta del banco con el que la cooperativa trabaje. Teniendo en cuenta eso y que se observó que la mayoría de las cooperativas de vivienda opta por abrir sus cuentas en la banca pública, colocamos en este manual los requisitos solicitados por el BROU.


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Se recomienda particularmente que la habilitación para el manejo de fondos de la cuenta sea en forma conjunta (que el retiro de dinero se pueda realizar únicamente a dos firmas conjuntas). De todas formas es posible solicitar autorización de e-brou para únicamente consulta de saldos y movimientos bancarios vía internet. (Solicitar este servicio al momento de tramitar la apertura de la cuenta bancaria) ¿Cuál es el trámite? Apertura de caja de ahorro o cuenta corriente a nombre de la cooperativa en el BROU ¿Dónde se hace? En el Banco República Oriental del Uruguay (BROU). En alguna de las sucursales bancarias preferentemente cercana a la futura cooperativa (en caso de tener visto un terreno). Ver requisitos completos en: http:// www.brou.com.uy/c/document_library/get_file?uuid=062851ed-d 3ee-46c2-8389-c8b05e7a9242&groupId=10164. Se solicita la misma información para CA que para CC en caso de personas jurídicas. 8

Requisitos para realizar el trámite:8 1- Documentación a presentar: • Constancia de inscripción de RUT (formulario 6361 y 6351 de DGI) • Estatutos de la cooperativa en testimonio notarial. • Constancia de inscripción en la DGR. (ver trámite 1) • Presentar carta, suscrita por las personas autorizadas, comunicando la integración completa de la comisión directiva, estableciendo nombres y apellidos completos de cada integrante de la misma, su documento de identidad y cargo que ocupa. En la misma se establecerá la siguiente cláusula: “Las autoridades indicadas en la presente nota se tendrán por vigentes y válidas con respecto al banco, hasta tanto éste no reciba de nuestra parte comunicación en contrario comprometiéndonos bajo nuestra responsabilidad a comunicar todo cese o cambio de las mismas” • Certificación notarial especificando fecha de la reunión en la que fueron designadas estas personas, nombres y apellidos completos y cargos de todo el directorio o consejo directivo, y representación de la cooperativa. También debe incluir certificación de la personería jurídica de la cooperativa. • Certificado del DGR de la sección Registro Nacional de Personas


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Jurídicas con una antigüedad no mayor a 15 días corridos. (donde especifique que los directivos registrados corresponden a esa cooperativa9). • Formulario de solicitud de vinculación comercial debidamente firmado (se obtiene en la web del Brou: http://www.brou.com. uy/c/document_library/get_file?uuid=8e59f389-18de-47b6-9 363-2837e085cdeb&groupId=10164) • Acreditar volumen de ingreso (certificación de contador público indicando total de activos, balance del último año y/o declaración jurada a la DGI) • Presentar balance de los últimos tres ejercicios si corresponde. Plazo de resolución: Luego de entregados todos los documentos solicitados por los representantes de la cooperativa, una o dos semanas de espera. Allí el BROU llama a la cooperativa para que los representantes firmen ante las autoridades del banco y depositen el dinero inicial: $3000 (pesos uruguayos)10 en caso de ser CA y $4000 (pesos uruguayos) en caso de ser CC. Plazo para dar inicio al trámite: cuando la cooperativa lo defina. (Cuanto antes se haga mejor porque evita que el dinero esté disperso entre los socios) Resultado del Trámite: un número de caja de ahorro o cuenta corriente a nombre de la cooperativa en el BROU. Un ejemplar del contrato firmado entre la cooperativa y el BROU. Nota: éste es el momento para solicitar permiso para e-Brou. (De forma de no tener que regresar a hacerlo más tarde) Costos asociados al trámite: No tiene costo en el Banco. Sí tiene costo la obtención de la documentación a presentar para el trámite. (Timbres profesionales, notariales, confección de balance contable, etc.).

Este trámite se realiza en la DGR. Es un certificado de comercio, se hace con una minuta comercial y se entrega en el 7to piso de la DGR. La resolución es un aproximadamente 24hrs. 9

Averiguar en el momento cual es la combinación de saldo y movimientos máximos sin costo en: http:// www.brou.com.uy/web/guest/ empresas/activos/cuenta-corriente 10


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APERTURA DE LA CUENTA DE AHORRO PREVIO EN Banco Hipotecario del Uruguay (BHU)

¿Cuál es el trámite? Apertura de cuenta en Unidades Indexadas (UI) a nombre de la cooperativa en el BHU para la integración del ahorro previo. Nota: Se recomienda particularmente que la habilitación para el manejo de fondos de la cuenta sea en forma conjunta (que el retiro de dinero se pueda realizar únicamente a dos firmas conjuntas). ¿Dónde se hace? En Montevideo: Casa Central del BHU. Fernández Crespo 1508 esq. 18 de Julio. Horario: 13 a 17 horas. Sucursal Ciudad de la costa: Costa Urbana Shopping, nivel 3 local 209. Horario 15 a 19 horas. Correo electrónico: info@bhu.net Tel: 1911 En el interior del país: cualquier dependencia del BHU o ANV. Requisitos para realizar el trámite: • Certificado notarial incluyendo: a- Firmas de los representantes de la Cooperativa (Presiden te, secretario y tesorero), indicando vigencia y periodo por el cual fueron electos. b- Fecha de efectuada la asamblea y número de Acta. c- Autorizados a operar y la forma (indistinta o conjunta). d- Número de RUT


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• Fotocopia autenticada de los Estatutos. • Fotocopia cédula de identidad de todos los socios titulares. • Formulario 3007/1 “Alta de persona física” (uno por cada socio). • Formulario 7010/8 “Certificación Notarial de Firmas de los Representantes de la Cooperativa”. • Formulario 7011/9 “Certificación Notarial de Firmas de los Socios Depositantes” En el BHU se firmará un contrato entre la Cooperativa y el BHU: Formulario 7012/1. Contrato Cuenta de Ahorro Previo en UI para Cooperativas de Vivienda. Estos formularios se encuentran en la web del BHU: http:// www.bhu.gub.uy/Cooperativas.php Nota: las cuentas en el BHU son en Unidades Indexadas y con una tasa de interés del 0% (no se pagan intereses por parte del Banco por mantener el dinero en dicha institución) ¿Cuál es el resultado del trámite? a- La apertura de una cuenta en el BHU a nombre de la cooperativa de viviendas, en la cual solo se pueden efectuar retiros. Los únicos que pueden realizar retiros de dinero de esta cuenta son los representantes de la Cooperativa con cédula de identidad vigente. Un retiro mensual se puede efectuar sin costo, los subsiguientes tienen un costo de 500 UI. b - Una subcuenta por cada socio titular, en la cual solamente se pueden realizar depósitos (no se puede retirar dinero de la cuenta). El monto mínimo a depositar lo fija la cooperativa. Si el monto a depositar en una sola transacción es igual o mayor U$S 10.000,00 se deben cumplir con los requisitos exigidos por el Banco Central del Uruguay (BCU). http://www.bhu.gub.uy/docs/Formularios/Declaracion_Lavado_de_Activos.pdf (requisitos para depósitos iguales o mayores a U$S 10.000).


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c- El banco extenderá una tarjeta plástica sin costo para cada titular de subcuenta. La misma permite realizar depósitos en agentes descentralizados (ABITAB, Red Pagos y Correo), así como consultar los movimientos de sus cuentas a través de la Página Web del Banco, con una contraseña. Para ello se deberá firmar un contrato: Formulario 7009/7 http://www.bhu.gub.uy/docs/ahorros/7009-7%20CONTRATO%20TARJETA%20DEPOSITOS.pdf, el cual cada socio debe llevar personalmente junto a fotocopia de la Cedula de Identidad a la sucursal en donde se abrió la cuenta de la cooperativa. Plazo para dar inicio al trámite: Es obligatorio contar con la cuenta bancaria al momento de la escrituración. Pero, se recomienda hacer este trámite lo antes posible (ver recomendaciones en el apartado de educación financiera) Costos asociados al trámite: No tiene costo en BHU. Sí tiene costo la obtención de la documentación a presentar para el trámite. (Timbres profesionales, notariales, confección de balance contable, etc.).

Tal como se hizo referencia anteriormente, este paso puede realizarse en el momento previo a inscribirse en el MVOTMA o en cualquier momento previo, desde la conformación del grupo. 12 Ley 18407 art. 156 al 161. Definición de IAT, obligaciones y cometidos generales. 11

10

CONTRATAR AL INSTITUTO DE ASESORAMIENTO TÉCNICO11

¿Cuál es el trámite? Generar un contrato con un IAT que implica derechos y obligaciones recíprocas. Los IATs12 son organizaciones con personería jurídica societaria, cooperativa o asociativa habilitadas por el MVOTMA, con forma-


30 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

ción multi disciplinaria, que brindan servicios jurídicos, de educación cooperativa financiera, económica y social a las cooperativas y otras entidades sin fines de lucro, pudiendo incluir también los servicios técnicos de proyecto y dirección de obras. ¿Cómo saber que IAT contratar? • En la página del MVOTMA se encuentra el listado actualizado de Institutos habilitados: http://www.mvotma.gub.uy/images/LISTADO_ACTUALIZADO_IAT-_2014.pdf • FECOVI dentro de sus servicios brinda “capacitación para elegir un Instituto de Asistencia Técnica de manera responsable”. Según la citada ley, los Institutos tienen fijada la remuneración máxima que pueden percibir por los servicios brindados. Esta no puede, según el artículo 159, sobrepasar en ningún caso el 7% (siete por ciento) del valor total de las obras en caso de proporcionarse la totalidad de los servicios indicados en el artículo 156. Es importante contemplar que si bien la ley no lo especifica, es el 7%, más IVA, por los servicios básicos13. Al momento de contratar un IAT es importante tener en cuenta que el mismo se encuentre en la lista de habilitados por el MVOTMA así como consultar sobre todos los servicios que brinda, tanto los obligatorios mínimos como servicios extra, y los montos que cobra por estas actividades extra. Por ejemplo, conseguir el presupuesto de conexión de UTE: no es obligación del IAT realizar el trámite, algunos IATs lo incluyen en sus actividades y otros no. • Los decretos 73/2007 y 327/994 detallan los servicios a prestar por los institutos en cada etapa del proceso hasta la culminación de la obra. Cabe la aclaración de que el contrato con el IAT puede rescindirse en cualquier momento, y que puede cambiarse de IAT. Es necesario en este caso evaluar la relación costo/beneficio del cambio.

Lo que implica un total del 8,54% del valor total de la obra. 13


ARMANDO LA COOPERATIVA 31

11

OBTENCIÓN DE CERTIFICADO DE REGULARIDAD Y PMV

¿Cuál es el trámite? Solicitud de Certificado de Regularidad. Es la inscripción por primera vez de una cooperativa de viviendas ante el MVOTMA. Este certificado es el comprobante de que la cooperativa está en regla ante el MVOTMA y la AIN (al día con sus estados contables, tiene actualizado su padrón social y cuenta con autoridades vigentes). Tiene una vigencia de un año. Deben realizarlo todas las Cooperativas que cuenten con personería jurídica vigente (ya sea que estén habitadas, en obra o en trámite de solicitud de préstamo ante el MVOTMA, Intendencias Municipales u otros agentes prestadores). Con la personería jurídica, la cooperativa conjuntamente con un IAT deberá solicitar el Certificado de Regularidad que lo otorga el MVOTMA, además debe tener contrato firmado con el IAT, el cual debe ser presentado en el MVOTMA. ¿Cómo se hace el trámite? En el siguiente link: http://www.mvotma.gub.uy/images/ RD_46-2013.pdf se encuentran todos los modelos de la documentación solicitada para este trámite. En el RD N°46/013 y el RD Modificativa N°8/2014 (este sólo modifica la dirección de correo electrónico de envío de información la que figura correctamente este manual).


32 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Pasos a seguir:14 1. Enviar por correo planilla electrónica por primera vez o Altas y Bajas según corresponda. 2. Registro y control de Cooperativas de Vivienda y Fondos Sociales responderá ese correo electrónico dando fecha y hora en que la cooperativa deberá presentar la documentación correspondiente. 3. El día fijado se concurre al MVOTMA con la documentación que corresponde. ¿Dónde se hace? En el MVOTMA: Sede central: Zabala 1432 esq. 25 de Mayo. Entrepiso en el Departamento de Cooperativas. Sección Registros. Teléfono: Mesa Central 2917 0710 int 2141/ 2142. www.mvotma.gub.uy. Correo electrónico: registrocooperativa@mvotma.gub.uy Horario de entrega de documentación: 10 a 15.30hrs. Si la cooperativa tiene sede en Montevideo o Área Metropolitana se concurre personalmente; si tiene sede en el Interior del país puede enviar por correo postal la documentación en sobre cerrado al Departamento de Cooperativas de DINAVI. Requisitos para realizar el trámite: 1) Enviar por correo electrónico la Planilla con padrón social al día. En el asunto del correo debe decir: Nombre de la cooperativa y departamento (Ej.: COOPCOOP- Montevideo). Debe enviarse por correo electrónico a: registrocooperativa@mvotma.gub.uy. La planilla tiene carácter de declaración jurada y se encuentra disponible en la página web del MVOTMA: www.mvotma.gub. uy/VIVIENDA/COOPERATIVASTRÁMITEE/CERTIFICADO DE REGULARIDAD. Se debe completar la planilla con los datos de todos los socios de la Cooperativa, incluidos todos los integrantes del núcleo familiar.

RD Nº 46/013 la Dirección Nacional de Vivienda: procedimiento para la tramitación del Certificado de Regularidad de Cooperativas de Viviendas. 14


ARMANDO LA COOPERATIVA 33

2) Concurrir al MVOTMA el día y hora fijado por Registro y control de Cooperativas de Vivienda y Fondos Sociales con la siguiente documentación:

Se adjunta modelo de lista de chequeo que nos fuera entregado por la Sección Cooperativas - División Registro ya que no es de fácil acceso vía web. 16 Se adjunta modelo de nota solicitud primera vez que nos fuera entregado por la Sección Cooperativas - División Registro ya que no es de fácil acceso vía web. 17 Se adjunta modelo de certificado notarial de personería juridica que nos fuera entregado por la Sección Cooperativas - División Registro ya que no es de fácil acceso vía web. 15

Se adjunta los requerimientos y criterios para la información contable (art.78 y 133 de la Ley 18.407 y Dec. 198/012) que nos fuera entregado por la Sección Cooperativas - División Registro ya que no es de fácil acceso vía web. 18

• Lista de chequeo impresa la cual debe ser completada por la Cooperativa a excepción de las columnas que dicen uso exclusivo de DINAVI15 • 2 impresiones de páginas 1 y 2 de la planilla electrónica enviada por correo a registrocooperativa@mvotma.gub.uy • Nota de solicitud según modelo16, firmada por Presidente y Secretario de la cooperativa. Debe ir acompañada de timbre profesional de valor $130 dado que tiene valor de Declaración Jurada • Certificado Notarial de Personería Jurídica, según modelo17. • Montepío notarial 3) Original o copia autenticada de seña de terreno o de adjudicación por parte de organismo público. 4) Balance contable, según pautas18, que incluya informe de compilación y estado de situación patrimonial financiero y contable; debe estar firmado por Contador Público y representantes legales de la cooperativa. Con timbre profesional adherido. 5) Testimonio por exhibición de los Estatutos Sociales (papel notarial). Montepío Notarial Constancia de inscripción en Registro de Comercio (M.E.C) (ver trámite 1) 6) Contrato con el IAT. Copia autenticada del contrato suscrito entre la Cooperativa y el IAT o en su defecto original y copia para autenticar por el funcionario receptor. 7) Certificado de Regularidad del IAT. Se debe presentar copia del Certificado de Regularidad Vigente del IAT asesor. 8) Original y copia de Actas de asamblea General Ordinaria donde se aprueba la memoria anual de la comisión directiva y el balance.


34 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

9) Original y copia de Acta de la Comisión directiva en donde se encuentra la memoria anual. 10) Bajas por exclusión de socio. Original y copia del Acta donde conste la exclusión del socio. 11) Baja por renuncia de socio. Original y copia de la misma. En el siguiente Link se encuentra el modelo de la carta. http://www. mvotma.gub.uy/images/carta_renuncia.pdf Nota: No se acepta la entrega parcial de documentación, para el inicio del trámite deberán presentar toda la documentación solicitada. Antes de concurrir verificar la documentación con la lista de chequeo. Si no se concurre con toda la documentación se deberá iniciar el trámite nuevamente (solicitar día y hora otra vez). Nota: Si cambia algún integrante o dato de los socios de la cooperativa se deberá actualizar dicha información enviando por correo electrónico la ficha de declaración jurada y del padrón social, realizando los cambios correspondientes. Plazo de Resolución: 90 días calendario a contar desde la fecha del ingreso total de la documentación. Vencido este plazo por razones no imputables a la cooperativa se emitirá un certificado de oficio con vigencia de un año. Plazo para dar inicio al trámite: No tiene un plazo mínimo establecido, pero es necesario para realizar cualquier trámite ante MVOTMA y ANV. Resultado del trámite: Certificado de Regularidad, con vigencia de un año y un número de cooperativa (PMV) Costos asociados: No tiene costo en MVOTMA. Sí tiene costo la obtención de la documentación a presentar para el trámite. (Timbres profesionales, notariales, confección de balance contable, etc.).


ARMANDO LA COOPERATIVA 35

12

PRESTACIÓN COACTIVA ANTE INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO (INACOOP)

¿Cuál es el trámite? Presentación de declaración jurada ante el INACOOP ¿Cómo se hace? Anualmente se presenta, desde la constitución de la cooperativa, una declaración jurada de prestaciones coactiva. Implica la presentación además del balance anual de la cooperativa. Si no tienen actividad no aportan al INACOOP pero la DJ debe presentarse siempre. ¿Dónde se hace? En el INACOOP. San José 1418 en el horario de 10 a 16 horas.- Montevideo- Teléfono: (+598) 2908 0497 - 2901 2252 - 2903 7770 - 2903 6102. Prestación Coactiva: 0800 1900www.inacoop.org.uy/ Si la cooperativa es el interior consultar si es posible enviar documentación por correo. Requisitos para realizar el trámite: • Presentar los Estados Contables de la Cooperativa • Presentar la DJ completa con timbre profesional adherido, que se encuentra en: http://www.inacoop.org.uy/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=2&Itemid=6


36 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Plazo de resolución: Una semana luego de entregada la documentación. Si a la semana no se tiene noticias de envío del certificado, llamar al INACOOP para averiguar, porque a veces se demora más de lo previsto. Plazo para dar inicio al trámite: 180 días corridos luego del cierre de ejercicio económico (en general se toma el 31 de diciembre como fecha de cierre). Si no se presenta en fecha se pagará multa de una UR por presentación fuera de plazo. Resultado del trámite: En caso de tener que pagar aportes al INACOOP se entrega por parte de este Instituto una factura para abonar únicamente en Red Pagos. En caso de que la cooperativa no haya tenido actividad y por tanto no corresponda el pago de aportes, se enviará vía correo postal un certificado de cumplimiento de la presentación coactiva (esto demora un semana). Costos asociados: Timbre profesional $130. (agregar a esto los honorarios profesionales de confección de balance y firma de Contador Público, y en caso que corresponda el monto que cobra INACOOP por presentación coactiva). IMPORTANTE: cada vez que cambien las autoridades de representación de la cooperativa, se debe informar del cambio a todos los organismos en los que la cooperativa está inscrita antes de los 30 días corridos, si no se paga multa.


resúmen del capítulo

1. 2. 3. 4. 5.

Factibilidad del Terreno

Anteproyecto Cooperativo

Sorteo

Proyecto Ejecutivo

Escrituración del Préstamo

si no sale sorteado (tiene 3 intentos)



CAMINO AL PRÉSTAMO


40 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Para poder ser candidata a préstamo por parte del MVOTMA la cooperativa debe tener Certificado de Regularidad vigente, un terreno habilitado y un proyecto arquitectónico y social aprobado. (la realización del proyecto es responsabilidad conjunta del IAT y la cooperativa)

13

OBTENCIÓN DE FACTIBILIDAD DEL TERRENO

Previo a este trámite, la cooperativa debe tener seleccionado un terreno. El mismo puede ser público o privado. EL MVOTMA corroborará que el terreno cuente con los servicios necesarios según la cantidad de viviendas estipuladas. El terreno debe contar con acceso a luz, agua y saneamiento (indispensable en Montevideo)19. Debe también estar libre de contaminación de suelos y amojonado. No puede construirse sobre un terreno inundable. Se estipula que del total de préstamo hasta un 10% máximo puede destinarse al pago del terreno. En caso de que el terreno sea público, el pago se efectúa una vez obtenido el préstamo. En caso de un terreno privado, el pago de las cuotas puede comenzar antes de la obtención del préstamo. Los lugares más comunes para encontrar terrenos son FECOVI, el MVOTMA y las Intendencias, donde se cuenta con una cartera de terrenos disponibles. Para seleccionar el terreno la cooperativa cuenta con el asesoramiento del IAT. ¿Cuál es el trámite? Obtención de factibilidad del terreno.

En el interior se acepta la factibilidad condicionada en caso de que se encuentre el terreno cercano a una red de saneamiento. La conexión a la red corre por cuenta de la cooperativa. El costo de la misma no está contemplado dentro del préstamo, por lo que debe ser realizado con fondos propios de la cooperativa. La conexión debe estar culminada previo al otorgamiento del préstamo. 19


CAMINO AL PRÉSTAMO 41

¿Cómo se hace? Dos veces al año la ANV habilita la solicitud de factibilidad de terreno. En ese período. Se saca día y hora en la ANV al teléfono: 17217 int. 7683 de 13 a 17hrs. La entrega de la documentación está a cargo del IAT. La cooperativa puede acompañar esa instancia. En el momento de presentación de la documentación, técnicos de la ANV corroboran que se entregue todo lo requerido. En caso de que falte algún documento no se admite el inicio del trámite (si es algo que puede solucionarse en un lapso breve de tiempo a veces se permite la entrega condicionada, sino, se pierde el turno y debe esperarse al próximo llamado). ¿Dónde se hace? en la ANV. Correo electrónico: info@anv.gub.uy | Dirección: Cerrito 400 esq. Zabala | Tel.: 17217 | Fax.: 17217841. En el día y hora asignado previamente. Requisitos para realizar el trámite: El MVOTMA publica una lista de chequeo con todos los requisitos detallados. La misma debe ser verificada previa entrega de la documentación. http://www.anv.gub.uy/archivos/2014/06/ DOCUMENTACION_A_SER_PRESENTADA_EN_ANV.pdf. Esta verificación está a cargo del IAT. Desde el 1 de julio de 2014 se podrá iniciar el trámite con certificado de regularidad vigente o en trámite. Algunos de los requerimientos no entran dentro de las obligaciones mínimas del IAT. Es necesario previo al contrato con el instituto verificar cuáles de estos incluye el IAT. Por ejemplo: • Cateo del suelo (en general el IAT no lo hace, brinda contactos de empresas que lo realizan) • Boleto de reserva o compromiso de compraventa del terreno, en caso que sea privado • Conseguir la resolución municipal de venta del terreno, en caso que sea público • Realizar trámites ante la Intendencia, UTE, OSE. Plazo para dar inicio al trámite: Dos veces al año la ANV publica fechas para la presentación de la documentación.


42 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Plazo de resolución: 30 días luego de presentada la documentación. En ese plazo la ANV podrá presentar observaciones que el IAT deberá levantar oportunamente. Resultado del Trámite: Certificado de factibilidad del terreno Costos asociados al trámite: El IAT no se hace cargo de tasas, montepíos notariales, timbres profesionales, y algunos estudios deben correr por cuenta de la cooperativa (cateo de suelo, estudio de contaminación, solicitud de datos registrales, etc). De todas formas si se guardan correctamente los comprobantes, estos gastos pueden contabilizarse como parte del ahorro previo aportado por la cooperativa.

14

INGRESO DE ANTEPROYECTO COOPERATIVO

¿Cuál es el trámite? Admisión del anteproyecto cooperativo en la ANV. ¿Cómo se hace? La ANV publica en su web dos veces al año la fecha para presentación de anteproyectos. En ese período se solicita día y hora vía correo electrónico para la presentación de la documentación: agendacooperativas@anv.gub.uy. Requisitos para agendar la presentación del anteproyecto: • certificado de regularidad vigente • registro vigente del IAT


CAMINO AL PRÉSTAMO 43

• certificado de capacidad de asesoramiento del IAT • viabilidad del terreno aprobada o condicionada según informe El día asignado para la presentación de documentación, se entregan por parte del IAT 4 carpetas conteniendo: • Información de núcleos familiares • Información de trabajo social • Información arquitectónica • Información gráfico- notarial La entrega de la documentación está a cargo del IAT. La cooperativa puede acompañar esa instancia. En el momento de presentación de la documentación, técnicos de la ANV corroboran que se entregue todo lo requerido. En caso de que falte algún documento no se admite el inicio del trámite (si es algo que puede solucionarse en un lapso breve de tiempo a veces se permite la entrega condicionada, sino, se pierde el turno y debe esperarse al próximo llamado). ¿Dónde se hace? En la ANV. Correo electrónico: info@anv. gub.uy | Dirección: Cerrito 400 esq. Zabala | Tel.: 17217 | Fax.: 17217841. En el día y hora previamente agendado. Requisitos para realizar el trámite: La ANV publica una lista de chequeo con todos los requisitos detallados: http://www.anv. gub.uy/archivos/2014/07/LISTA_CHEQUEO_ADMISION_ANTEPROYECTO.pdf La misma debe ser verificada previa entrega de la documentación. Esta verificación está a cargo del IAT así como la entrega de la documentación. Plazo de resolución: 90 días luego de presentada la documentación. En ese plazo la ANV podrá presentar observaciones que el IAT deberá levantar oportunamente. Todas las fechas de observaciones y levantamiento de las mismas se estipulan cada vez mediante resolución ministerial y se publica en la web de la ANV.


44 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Plazo para dar inicio al trámite: La ANV publica las fechas previstas durante el año para la entrega de la documentación. Resultado del Trámite: Informe de aprobación del anteproyecto. Costos asociados al trámite: El IAT no se hace cargo de tasas, montepíos notariales, timbres profesionales, y algunos estudios deben correr por cuenta de la cooperativa (agrimensura, fotocopias de plano, maquetas, etc. por ejemplo). De todas formas si se guardan correctamente los comprobantes, estos gastos pueden contabilizarse como parte del ahorro previo aportado por la cooperativa.

15

SORTEO PÚBLICO PARA ADJUDICACIÓN DE PRÉSTAMO

Dos veces al año el MVOTMA realiza un sorteo entre las cooperativas de ahorro previo que hayan aprobado la etapa del Anteproyecto y posean certificado de regularidad vigente. El acto del sorteo es la adjudicación del préstamo. Se establece la fecha de entrega del Proyecto Ejecutivo desde el momento del sorteo. (90 días desde el sorteo) No es necesario inscribirse al sorteo, ya que el MVOTMA tiene registro de aquellas que cumplen con los requisitos para participar del mismo. El día del sorteo los representantes de cada cooperativa deberán estar presentes. Las cooperativas que no resultan favorecidas deben presentar una Declaratoria en la ANV (dentro de la fecha límite para presentación de


CAMINO AL PRÉSTAMO 45

anteproyectos) para poder volver a participar en el siguiente sorteo. Las cooperativas que ya hayan participado de 3 sorteos y no hayan salido favorecidas contarán con una adjudicación directa. Esto implica que obtienen el préstamo mediante resolución ministerial, y este trámite puede demorar hasta 3 meses.

16

INGRESO DE PROYECTO EJECUTIVO

¿Cuál es el trámite? Admisión del proyecto ejecutivo de la cooperativa por parte de la ANV. ¿Cómo se hace? Se entrega en las oficinas de la ANV. La entrega de la documentación está a cargo del IAT. La cooperativa puede acompañar esa instancia. En el momento de presentación de la documentación, técnicos de la ANV corroboran que se entregue todo lo requerido. En caso de que falte algún documento no se admite el inicio del trámite (si es algo que puede solucionarse en un lapso breve de tiempo a veces se permite la entrega condicionada, sino, se pierde el turno y debe esperarse al próximo llamado). ¿Dónde se hace? En la ANV. Área de programas habitacionales. División de Programas de Obra Nueva. Correo electrónico: info@ anv.gub.uy | Dirección: Cerrito 400 esq. Zabala | Tel.: 17217 | Fax.: 17217841. Requisitos para realizar el trámite: La ANV publica una lista de chequeo con todos los requisitos


46 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

detallados: http://www.anv.gub.uy/archivos/2014/10/F0168_ LISTA_CHEQUEO_ADM_PROYECTO.pdf La misma debe ser verificada previa entrega de la documentación. Esta verificación está a cargo del IAT así como la entrega de la documentación. Plazo de resolución: 90 días luego de presentada la documentación. En ese plazo la ANV podrá presentar observaciones que el IAT deberá levantar oportunamente. Todas las fechas de observaciones y levantamiento de las mismas se estipulan cada vez mediante resolución ministerial y se publica en la web de la ANV. Plazo para dar inicio al trámite: 90 días a partir de haber ganado el sorteo. Si fue por adjudicación directa los plazos son mayores. Los establece la ANV. Resultado del Trámite: Informe de Proyecto Ejecutivo aprobado. Costos asociados al trámite: El IAT no se hace cargo de tasas, montepíos notariales, timbres profesionales, y algunos estudios deben correr por cuenta de la cooperativa (agrimensura, fotocopias de plano, maquetas, etc. por ejemplo). De todas formas si se guardan correctamente los comprobantes, estos gastos pueden contabilizarse como parte del ahorro previo aportado por la cooperativa. Una vez que los técnicos de la ANV aprueban el proyecto Ejecutivo y sale la Resolución Ministerial de aprobación del préstamo, la cooperativa queda en condiciones de fijar fecha de escritura.


resúmen del capítulo

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Personería Jurídica Registro en BPS, DGI y MTSS Registro de Libros Sociales

Inscripción en AIN

Apertura de cuentas bancarias Contratar IAT (si aún no lo hizo) Certificado Regularidad

Contrato IAT



LA ESCRITURACIÓN DEL PRÉSTAMO


50 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

A partir del momento de la escrituración la cooperativa será la dueña del predio.

17

REUNIR TODA LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ESCRITURACIÓN DEL PRÉSTAMO

Consultar la lista de chequeo con toda la documentación requerida en: http://www.anv.gub.uy/archivos/2011/10/ListaChequeoEscritura.xls Es importante comenzar desde ahora a recolectar la documentación porque se deben conseguir muchos certificados que llevan su tiempo de tramitación, algunos que deben ser gestionados por la cooperativa, otros por el IAT, otros por la Empresa Constructora y otros por propietario del terreno. Los trámites que vamos a detallar, en general deben ser llevados adelante la cooperativa, aunque también pueden ser hechos por el IAT.

17.1- Registro Único de Proveedor del Estado (RUPE) Todos los proveedores interesados en contratar con el Estado deberán estar inscriptos en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE).


LA ESCRITURACIÓN DEL PRÉSTAMO 51

¿Cuál es el trámite? Inscripción de la cooperativa como proveedora del Estado ¿Cómo se hace? En la página: www.comprasestatales.gub.uy se encuentra detallado y en formato amigable una guía para el acceso y registro de la cooperativa, así como manuales y modelos de notariales y cartas y formularios a entregar. Toda la información necesaria se encuentra en la página. Costos asociados al trámite: no tiene costo la inscripción pero sí los notariales, timbres profesionales, montepíos, etc. Tiempo de resolución: aproximadamente una semana luego de haber mostrado la documentación (el original se lo queda la cooperativa) en los puntos de atención.

17.2- Proveedor de la ANV con representantes registrados A partir del 1º de julio de 2014 se comenzó a utilizar el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), lo que implica que el registro de proveedores de la ANV fue sustituido por este último.

17.3- Permiso de Construcción (IM, BPS. MTSS) 17.3.1- Permiso de construcción ante la Intendencia20: Resolución 3095/01. Acondicionamiento Urbano. en IM: http://www. montevideo.gub.uy/aplicacion/resolucion?parametro=3095-01 20

¿Cuál es el trámite? Solicitud de permiso de construcción. El permiso de construcción o demolición es el acto por el cual la Intendencia autoriza al solicitante para construir, regularizar o demoler edificaciones, en los términos planteados en la solicitud y según la documentación aportada. Cada Intendencia tiene un lugar donde hacer este trámite. En esta guía figuran las características específicas de Montevideo, se recomienda que las cooperativas del interior se informen sobre las especificidades del trámite en su departamento.


52 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

¿Cómo se hace?21 El Técnico responsable debe presentar personalmente Formularios de Solicitud de Fórmula correspondientes por duplicado, completos y firmados (firmas originales en ambos) más todos los requisitos documentales en el Piso 5 - Sector Ingreso de Permisos - Atención Personalizada. La Resolución 3095/01 es la que regula el proceso de trámite del Permiso de Construcción y es a través de la cual se determina la Fase que corresponde presentar según el caso. Una vez conocida la misma, la especificación ESP-AP-01 “Requisitos documentales para la presentación de trámites en Atención Personalizada” indica mediante casilleros grises, en un cuadro de doble entrada, los documentos necesarios a ser presentados para la Fase que corresponda y permite efectuar el control final en el momento de armar las carpetas de acuerdo al orden establecido. Además contiene, por cada uno de los recaudos, una descripción de lo exigido con su alcance. Todos los recaudos necesarios para la elaboración de la Fase se encuentran el Manual de Recaudos. ¿Dónde se hace? En la IM. Contralor de la Edificación: Dirección: Edificio Sede: 18 de Julio 1360, piso 5, sector 18 de Julio, puertas 5001, 5002, 5010. Teléfono/s: 1950 2005.1950 1480. Horario: Lunes a Viernes de 10:30 a 14:00 hs. 17.3.2 Permiso de Construcción ante el MTSS ¿Cuál es el trámite? Inscripción de la obra en el Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad del MTSS (IGTSS). Según el Decreto 283/96, toda obra que se registre ante el BPS, deberá presentar la constancia provisoria de registro de obra que expide el MTSS y en caso que corresponda además el Estudio de Seguridad e Higiene.

Toda la información necesaria se encuentra en: http://www. montevideo.gub.uy/tramites/solicitud/formulas-permiso-de-construccion-regularizaciones-finales-de-obra 21


LA ESCRITURACIÓN DEL PRÉSTAMO 53

Si la obra cumple con alguna de estos tres requisitos: tiene una altura mayor a 8 metros, hay demolición o excavación a una profundidad mayor a 1,5 metros deberá presentar Estudio y el Plan de Seguridad e Higiene realizado por Técnico en Seguridad e Higiene debidamente registrado. Cada Técnico en Seguridad e Higiene tiene en IGTSS, un número de registro, el cual será su número de matriculación para ejercer su profesión. ¿Dónde se hace? el trámite se realiza on line, hay que cumplir dos etapas; primero crear la cuenta del apoderado y registrarlo para luego vincularlo a la empresa y la obra. Cuando eso se cumpla se va a poder (si se ingresó correctamente la información) obtener la constancia provisoria, con la cual se va a BPS a hacer la inscripción de la obra.

En www.mtss.gub.uy, consultada el 27 de octubre de 2014 22

Un apoderado es una persona física responsable ante el MTSS de los datos aportados en el sistema. Este actor es el principal encargado de completar la información en el sistema, así como la actualización del mismo cada vez que cambie el estado o relación de la obra22. Para obtener la constancia definitiva es necesario cargar en el sistema el número que BPS otorga con la inscripción de la obra. La inscripción de obra definitiva y el Estudio de Seguridad e Higiene deben encontrarse físicamente en la obra. 17.3.2.1 Una vez definido quien va a ser el apoderado, el mismo debe ingresar al sistema y crear cuenta como apoderado en http://regobras.mtss.gub.uy/registroObras2ProtWEB/index. xhtml. llenarla con los datos que le piden y subir el Poder Notarial. Luego le enviarán una clave y contraseña por correo electrónico. En caso de trabajar mediante administración directa, con el usuario creado se debe vincular al apoderado con la Cooperativa. En caso de hacer la obra mediante empresa constructora, podrá ser la empresa constructora la que cree el apoderado ante el MTSS.


54 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

De todas maneras la información le va a llegar a la cooperativa por ser a nombre de quien se está realizando la obra. Es aquí donde además se debe incluir el Estudio y el Plan de Seguridad e Higiene realizado por Técnico en Seguridad e Higiene. Esta plataforma cuenta con manual, foros y vídeos en youtube para el registro e ingreso de información. Consultas: Se atienden en el foro web http://foro.regobras.mtss.gub.uy/ Teléfono: 0800 7171. Requisitos a presentar: Poder, certificado notarialmente por Escribano Público, donde la cooperativa asigna a una persona física como apoderado ante MTSS para realizar los registros. Puede haber más de un apoderado pero se deberá aclarar por medio del Poder, que potestades tiene cada uno. El mismo se deberá presentar en el MTSS, Juncal 1511, sub suelo- Oficina del Registro Nacional de Obras en el horario de 9 a 12 horas de lunes a viernes. Teléfono: 0800 7171 Nota: en la obra se tiene que tener un ejemplar del Estudio y el Plan de Seguridad e Higiene. Tiempo de resolución: el tiempo de respuesta del sistema IGTSS, del usuario y contraseña. Costos asociados al trámite: honorarios del Técnico en Seguridad e Higiene por realizar. Estudio y el Plan de Seguridad e Higiene y los honorarios del Escribano por el poder notarial.Resultado del trámite: Constancia provisoria de registro de obra. 17.3.3 Permiso de Construcción ante el BPS 17.3.3.1 Permiso de construcción ante BPS mediante administración directa Trámites a realizar: inscripción de obra privada y solicitud de perfiles de conexión remota.


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a- Inscripción de obra privada. ¿Cuál es el trámite? Comprende a la inscripción de actividades de construcción que desarrolle cualquier persona física o jurídica y que estén destinadas a la construcción, refacción, reforma o demolición, para sí o para terceros. ¿Cuál es el plazo? La inscripción deberá realizarse hasta 48 horas hábiles posteriores de la fecha de inicio de la obra. El no cumplimiento de los plazos genera multas. ¿Dónde se hace? La tramitación debe realizarse en el lugar donde la cooperativa tenga su domicilio constituido. Nota: en el caso que el domicilio fiscal y constituido de la cooperativa no sea donde se va a construir la cooperativa, se recomienda hacer el trámite de cambio de domicilio fiscal y constituido en ventanilla única BPS/DGI En Montevideo: Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web, presentándose en la Sección Registro de Contribuyentes y Empresas en Sarandí 570 – Subsuelo. En el Interior Sucursales o Agencias según corresponda. Ver en Agenda Web lugares que exigen reserva previa. Para reservar se debe www.bps.gub.uy/ agenda web/ si conozco el lugar donde realizar la gestión/selección del departamento/registro de empresa y contribuyente exclusivo BPS/agendar. Nota: el trámite no fue encontrado en la web en la parte de averiguar requisitos para realizar el trámite. Información obtenida de la página web del BPS: www.bps.gub.uy consultada el 29 de octubre de 2014. 23

Por consultas sobre el trámite, cancelaciones así como para reagendarse, se puede llamar al 0800 2001 – Asistencia al Contribuyente23.


56 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Requisitos para hacer el trámite: 1.- Formulario F1- Registro de Obra Privada (en 3 vías, doble faz), con un timbre profesional y firmado por los representantes de la cooperativa. 2.- Formulario Minuta Notarial (en 3 vías; doble faz, de la cuales 2 deben ser originales), con firma del escribano. Son imprescindibles los datos del domicilio fiscal. 3.- Formulario F2 (si corresponde) - Registro de Presupuesto y de Contratos (Declaración de Contratistas y Subcontratistas), en 2 vías, con timbre profesional y ver Instructivo Registro de Presupuesto y Contrato para su llenado. 4.- Formulario 0351 Inscripción y Actualización, en 3 vías doble faz y con un timbre profesional. Este es el formulario para ampliación de Giro (la cooperativa de vivienda necesita ampliar el giro de la empresa para poder construir) y en caso de ser necesario también sirve para el cambio de domicilio fiscal y constituido. 4.1.-Solo si es necesario hacer cambio de domicilio: Notarial y dos copias en donde conste: Firmas del declarante, Datos personales: Nombre, Documento de Identidad, Domicilio particular, Re presentación, nuevo domicilio Fiscal y constituido. 5.- dos fotocopias de cédula de identidad de los representantes de la cooperativa. 6.- Si la obra es por contrato, dos fotocopias de la cédula de identidad del Contratista y Subcontratista. 7.- Planos en soporte magnético (en pendrive) en formato PDF. 8.- Formulario “Declaración Jurada de Técnico” (N deI 050.400 V01) para autenticar los planos. 9.- En caso de registrar obras a realizar en una unidad de propiedad horizontal, presentar plano de fraccionamiento. 10.- Original de la constancia de “Denuncia de obras de acuerdo con el decreto 283/96” presentada ante el M.T.S.S. (hoy constancia de trazabilidad, ver punto anterior). 11.- Formulario 6351 (Tarjeta de R.U.T- Constancia de Inscripción). En el caso que el titular de la obra no sea el titular del padrón, debe adjuntar el formulario Autorización del Propietario. 12.- Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su cédula de Identidad.


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13.- Memoria Descriptiva (en 2 vías, doble faz), con timbre profesional, ver Datos a incorporar en la Memoria Descriptiva, para el llenado. Todos los formularios así como los instructivos se encuentran en: http://www.bps.gub.uy/1167/formularios_registro_de_ obras.html. Los formularios (excepto el 351 que sólo lo firman los representantes de la cooperativa) deberán ser firmados por el titular o representante legal y el técnico actuante. Tiempo de resolución: en el día, se sale del organismo con la inscripción de la obra. Costo asociado al trámite: el BPS y la DGI no cobran por el trámite pero éste tiene asociado varios timbres profesionales, notariales, firmas de profesionales, etc. Resultado del trámite: Número de permiso de construcción ante BPS.

Información recopilada el 20 de octubre 2014 en http://www.bps. gub.uy/innovaportal/file/814/1/ obligaciones_luego_de_inscripta_la_obra_de_construccion_refaccion_o_ampliacion_v02.pdf 24

Importante: Una vez inscripta la obra genera obligaciones, si las mismas no son cumplidas se pagan multas. Las obligaciones son24: 1) Alta de Personal, La empresa empleadora (Cooperativa o la empresa constructora) está obligada a comunicar el ingreso de los dependientes (altas) teniendo un plazo de hasta 48 horas hábiles posteriores al ingreso del trabajador a la actividad. Cabe señalar que el trabajador no estará cubierto por el Seguro de Accidentes Laborales hasta el momento en que se realice el alta. Vencido el plazo para dar el alta se aplica multa equivalente a 1 UR por cada trabajador. Si la modificación se ingresa de oficio es de 2 UR. 2) Obtener los Códigos de Construcción – Etiquetas Para el caso de realización de obras por Contrato, para la obtención de las etiquetas, la empresa debe ingresar con su usuario registrado de los Servicios en Línea al punto Recaudación Nominada /Consulta y Solicitud de Códigos de Construcción.


58 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

3) Presentación de Nóminas. La empresa empleadora está obligada a presentar la Declaración Nominada de Personal, con su respectiva etiqueta (cuando corresponde), declarando entre otras cosas, remuneraciones, días trabajados, horas semanales, vínculos funcionales de las personas contratadas. Para realizar las nóminas podrá utilizar el programa ATYRO, software propio o realizarlas desde la web ingresando con su usuario registrado de los Servicios en Línea al punto Recaudación Nominada / Envío de Nóminas Rectificativas y Deducciones, obteniendo en forma automática la factura de obligaciones mensuales. Ésta acción deberá repetirse todos los meses mientras exista personal contratado. Fechas de presentación de la declaración. La nómina del personal afectado a Obra, se debe presentar mensualmente, al mes siguiente de la actividad y hasta la fecha de vencimiento establecida en el calendario según el último dígito del número de obra. ver: http://www.bps.gub.uy/innovaportal/file/7300/1/calendario_vencimiento_2014.pdf 4) Baja de personal. Cuando se extinga la relación laboral se deberá realizar la baja de los dependientes contratados; contando con un plazo de 5 días hábiles desde que se produce el egreso, de forma de evitar multas y cobro de los importes que BPS hubiere abonado por prestaciones indebidas. Las bajas se realizan a través de GAFI, con el formulario correspondiente y por los mismos medios que para altas de personal. 5) Fin de obra Terminada la obra el titular deberá de presentar el Formulario de Fin de Obra (F9) en la sección Registro de Contribuyentes y Empresas, en Montevideo Sarandí 570 - Subsuelo. El plazo para dar cierre de la misma es de 30 días corridos desde la finalización de la misma; en caso contrario, deberá abonar una multa de 1.5 UR b- Usuario de perfiles de conexión remota Este trámite ya fue explicado en trámite número 4 de la guía de trámites.


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Con este nuevo usuario se podrá dar las altas y bajas del personal contratado, conseguir los códigos de construcción, hacer los reportes de enfermedad, generar las nóminas y facturas de pago de BPS. Nota: se deberá hacer un nuevo perfil con el nuevo número de empresa que BPS otorga, por el giro de la construcción anteriormente abierto. 17.3.3.2 Permiso de construcción ante BPS mediante empresa constructora En caso de que la modalidad de construcción sea a través de Empresa Constructora, es ésta la que se encarga de tramitar la inscripción de obra ante el BPS. La constructora deberá presentar la documentación firmada por representantes de la cooperativa y de su empresa ante BPS y serán los responsables del envío de nóminas, etc. Las facturas generadas por los aportes a la seguridad social de los trabajadores serán a nombre y cargo de la cooperativa. Nota: es la empresa constructora la que va a hacer el trámite pero si la cooperativa no tuviera actualizado el domicilio fiscal y constituido, es recomendable que lo haga. Para ello es necesario un notarial (ver manual 16.4.2.1 requisitos para actualizar domicilio fiscal y constituido). En este caso la cooperativa deberá pedir un nuevo usuario de perfil de conexión remota para la construcción (Este trámite ya fue explicado en el trámite N° 4 del manual). Ahí les llegaran los códigos de la construcción que deberá aportar a la empresa constructora para que esta pueda enviar la nómina.


60 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

17.4- Certificado Único Especial del BPS ¿Cuál es el trámite? Certificado Único Especial del BPS de la Cooperativa para compra del Terreno. ¿Dónde se hace? en Montevideo, Sarandí 570 1er. Piso. En el interior: Unidades Descentralizadas, consultar en el BPS de su localidad. Horario: 9.15 a 16.00 hs. Únicamente en forma presencial. Consultas telefónicas: 0800 2001 ¿Cómo se hace? En Montevideo, Paysandú y Maldonado hay que agendar día y hora por medio de la agenda web del bps: www. bps.gub.uy/ agenda web/ averiguar donde se hace un trámite y requisitos/empresas/certificados/CE adquirir y gravar inmueble urbano en forma simultánea/departamento/agendar. Concurrir el día y hora estipulado con toda la documentación. Requisitos para hacer el trámite: 1- Formulario de Solicitud de Certificado Especial firmado por el solicitante (titular de la empresa, representante legal o contractual acreditado en Registro de Contribuyentes). El formulario se baja del siguiente link: http://www.bps.gub.uy/1106/certificados.html 2-Fotocopia de cédula de identidad vigente del firmante 3-Timbre de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Profesionales Universitarios. 4-Certificado Notarial identificando: • La realización simultánea de las operaciones de adquisición y gravamen. • La toma de posesión del inmueble por el adquirente, si no ha tomado posesión, certificarlo. Si ha tomado posesión, indicar la fecha. • Si se realizaron construcciones posteriores a la toma de posesión, agregar en la solicitud el número de obra. • Si no se realizaron construcciones Declaración Jurada de No Obra, desde la fecha de toma de posesión. el formulario se obtiene de la pagina web del siguiente link: http://www.bps.gub. uy/1106/certificados.htm


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Resultado del trámite: certificado único especial del BPS. Plazo de resolución: depende, la sección de Certificados único especial del BPS estudiará cada caso en particular y puede tener una demora entre semanas a meses. Costos asociado al trámite: no tiene costo el certificado pero sí los notariales, timbres profesionales, montepíos, etc. Nota: la Cooperativa tiene que gestionar su Certificado Único Especial del BPS, pero el que vende el terreno también, por lo tanto hay que estar al tanto de cómo va solucionando el trámite la contraparte dado que son imprescindibles ambos certificados.

17.5- Contrato con Empresa Constructora El IAT elabora los pliegos con las especificidades de la construcción. Se abre una licitación, en la que participan empresas constructoras que tengan experiencia en este tipo de construcción, dependiendo si es en altura o no, por ejemplo. Entre iguales propuestas se selecciona la de menor precio. Es habitual licitar por tramos de construcción, por ejemplo pueden hacerse los cimientos con una empresa y el resto de la obra con otra.

17.6- Permiso de OSE ¿Cuál es el trámite? Solicitud de Provisorio de Obra. ¿Cómo se hace? Concurrir a la OSE a solicitar el provisorio de obra para cooperativa de vivienda. Allí se coordina una fecha de inspección donde se entregará material sobre cómo y dónde debe ubicarse el nicho de protección del medidor. Luego de cumplir con los requerimientos de OSE, se avisa telefónica o personalmente a OSE para que se realice una nueva inspección. Desde el momento del aviso hasta la inspección en general pasan tres días.


62 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Si está todo en orden, OSE convoca a la cooperativa para la firma del contrato. Luego de firmado el contrato la conexión puede demorar hasta 30 días. ¿Dónde se hace? En Montevideo: sucursales de OSE: Carlos Roxlo 1275 o Av. Agraciada 3999. Horario: 9.30 a 16.00hrs En el Interior del país: Para ver su localidad: http://www.ose. com.uy/c_centros_servicios.html Atención telefónica nacional: Tel: 08001871 o desde celular *1871 (sin costo) Requisitos para firmar contrato: • Estudio de factibilidad del terreno • Notarial de certificación y control de personería (no es necesario dejarlo en OSE) • Cédula de Identidad de los firmantes Plazo de resolución: aproximadamente 30 días luego de la firma del contrato. Plazo para dar inicio al trámite: al menos un mes antes de fijar fecha de escrituración. Resultado del trámite: contrato provisorio de obra firmado entre la cooperativa y OSE. Costos asociados: Los costos de conexión dependen de los requerimientos técnicos que la inspección dictamine. Lo mínimo que se paga por tasa de conexión son 20UR, que se pueden pagar hasta en 20 cuotas. Si la obra se hace a través de empresa constructora debe realizarse un depósito en garantía de $ 69.500 el que será devuelto al momento de cerrar el provisorio de obra. Por otra parte existe costo de mano de obra de realización de la conexión (colocar el nicho, etc.) Nota: Si existiera una deuda ante OSE correspondiente a ese terreno, la cooperativa deberá desvincularse de la misma por medio de un notarial.


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17.7 Permiso de UTE ¿Cuál es el trámite? Solicitud de Provisorio de Obra. ¿Cómo se hace? Concurrir a UTE a solicitar el provisorio de obra para cooperativa de vivienda, conjuntamente con un electricista con firma autorizada por UTE. El electricista solicita la carga eléctrica necesaria para la obra. Se coordina una fecha de inspección. Si está todo en orden al momento de la inspección se debe concurrir nuevamente a UTE a firmar el contrato (con el dinero, no es necesaria la presencia del electricista en esta oportunidad). Dependiendo de la carga eléctrica requerida y de la ubicación del terreno a veces es necesario hacer obra previa por parte de UTE, por lo que la conexión puede demorar más y se encarecerse. ¿Dónde se hace? en cualquiera de las oficinas comerciales del país: http://www.ute.com.uy/pags/Servicios_Cliente/documentos/OFCOMCAT.pdf Telegestiones 0881930 o desde celular *1930 (sin costo) Requisitos para realizar el trámite: • concurrir con un electricista con firma autorizada por UTE • Notarial de certificación y control de personería (puede ser el mismo que se utilizó en ose) • Cédula de Identidad de los firmantes Plazo para dar inicio al trámite: depende de las necesidades de carga eléctrica a contratar, pero es importante asegurarse de que esté pronto antes de la fecha de escrituración. Para esto puede hacerse una solicitud de consulta en UTE, para ver las disponibilidades del ente para atender los requerimientos eléctricos de la obra. Plazo de resolución: si es un contrato de carga eléctrica “chica”, la habilitación está al otro día de la firma del contrato, si es una carga eléctrica “mayor” lleva más tiempo el recorrido interno en UTE y el ente avisa en forma escrita cuándo será la habilitación.


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Resultado del trámite: Documento de asunción de responsabilidad (Contrato provisorio firmado entre cooperativa y UTE). Costos asociados: depende de la carga solicitada por el electricista. Es necesario dejar un depósito en garantía (en UVT- moneda indexada de UTE) que se devuelve al momento de cerrar el provisorio y cambiarlo por el definitivo. Nota: Antes de ocupar las viviendas es imprescindible cerrar el provisorio de obra de UTE y cambiarlo por un definitivo.

17.8- Exoneración del Impuesto de Primaria del terreno ¿Cuál es el trámite? Exoneración del Impuesto de Primaria del terreno. ¿Dónde se hace? En Montevideo, 18 de Julio 2039. Esq. Martín C. Martínez. Teléfono: 2402.76.69 - 2409.20.70. Correo electrónico: impuestoprimaria@anep.edu.uy. Horario, del segundo lunes de marzo al segundo viernes de diciembre de 10.00 a 17.00 horas. El horario de verano será de 9.00 a 15.00 hs. En el interior; Oficinas Departamentales. Ver: http://www.impuestoprimaria.edu.uy/index.php/contacto Se ingresa el trámite por mesa de entrada. Requisitos para realizar el trámite: • Formulario de solicitud de exoneración, en duplicado. El formulario se obtiene de la web: http://www.impuestoprimaria.edu. uy/index.php/tramites • Certificado notarial donde conste: a. control de la personería jurídica de la Cooperativa y vigencia, estableciendo objeto social, fecha de aprobación de Estatutos, inscripción en el DGR b. Vinculación jurídica de la Cooperativa con el padrón, fecha de adquisición, escribano autorizante, inscripción registral. c. Que el bien se encuentra afectado al objeto social


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. Que el edificio se compone de .........unidades, individualizadas d así:............. • Copia de recibo de contribución inmobiliaria o cédula catastral. Copia de recibo de contribución inmobiliaria: sirve el que se consigue a través de la página de la IM: http://www.montevideo. gub.uy/fwtc/pages/contribucion.xhtml. La cédula catastral se puede obtener online en el siguiente link: http://www.catastro. gub.uy/ • Fotocopia de la cédula de identidad de los gestionantes. Plazo de resolución: cuando se ingresa el trámite, se da fecha para ir a buscar la notificación. Aproximadamente 15 o 20 días. Resultado del trámite: exoneración de impuesto a primaria definitiva (no es necesario hacer este trámite nuevamente). Costos asociados al trámite: el costo del notarial.

17.9 Exoneración de la Contribución Inmobiliaria ¿Cuál es el trámite? Exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales a Cooperativas de Viviendas de Usuarios Art. 16 del Decreto 25787 y Art. 30 del Decreto 27803. La contribución inmobiliaria se compone de 5 rubros: Contribución Urbana, adicional pavimento, pluviales, afirmado y registro. Por este medio se exoneran los tres primeros, quedando para pagar Afirmado y Registro. ¿Dónde se hace? dependiendo del departamento de donde sea el terreno en el cual se construirá la cooperativa. En Montevideo: Intendencia Municipal, Ingresos Inmobiliariosedificio sede: 18 de Julio 1360, Piso 1, Sector Santiago de Chile, puerta 1002. Teléfono/s: 1950 3265.1950 3266. Horario: de lunes a viernes de 10:15 hs. a 15:30 hs.


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Requisitos para realizar el trámite: Primera vez: 1- Carta en hoja membretada solicitando exoneración de la Contribución Inmobiliaria, en la que debe constar número de Padrón, dirección y ejercicios por los que se pide la exoneración. la exoneración se debe renovar anualmente. 2- Fotocopia simple autenticada de los estatutos. 3- Certificación notarial, indicando a la fecha de solicitud: a. Acreditación de que se trata de una cooperativa de usuarios por sistema de ahorro y préstamo (no alcanza con decir que las unidades fueron adjudicadas en uso y goce). b. Acreditar el derecho a la propiedad, con fecha de escritura. c. Vigencia personería jurídica. d. Identificación de los representantes legales. Plazo de resolución: entre 3 y 4 meses. Esto se debe a que para lograr la exoneración es necesaria una resolución Municipal. Luego la renovación es más rápida, dado que no es necesaria realizar otra resoluciòn. Resultado del trámite: La exoneración de la Contribución Inmobiliaria por un año. Costos asociados al trámite: notarial y fotocopias de documentos.

17.10 Tributos domiciliarios y Tasa de Saneamiento al día. Si se cuenta con la información del número de cuenta corriente de los impuestos mencionados se puede consultar por web el estado de las cuentas. Link: http://www.montevideo.gub.uy/tramites/ Ahí se selecciona el impuesto a consultar, se clickea en “gestión de factura” se ingresa el número de cuenta corriente, y se obtiene el histórico del pago de las facturas de esa cuenta. Se pueden imprimir cada una de las facturas.


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Si no se cuenta con el número de cuenta, pero se cuenta con el número de padrón. Se llama telefónicamente a la IM: 1950-3000 opción 2 y a la operadora se le pide el número de cuenta corriente de los impuestos (tributo domiciliario y tasa de saneamiento) del padrón y se ingresa a la web para obtener información e imprimirla. Puede suceder que esa información no se pueda dar telefónicamente, en ese caso la operadora informará que es lo que se debe hacer.

17.11- Conformación del ahorro previo. Es importante chequear que se cuente como mínimo con el equivalente en dinero al 50% del ahorro previo requerido. Pudiendo integrarlo en concepto de terreno, pago de honorarios profesionales debidamente documentados, tasas y trámites de oficinas públicas. El 50% restante debe efectuarse durante el transcurso del proceso de la obra

17.12- Reserva de prioridad ¿Cuál es el trámite? Reserva de prioridad del terreno. Éste un documento que se presenta como amparo del comprador (la cooperativa) previendo cualquier embargo que caiga sobre el vendedor y que de esta forma no afecte el terreno a comprar. ¿Cómo se hace? Luego de fijar fecha de escrituración se debe realizar la reserva de prioridad. Tiene una vigencia de 30 días, por eso es importante realizarlo luego de tener la fecha para que llegue vigente al momento de escriturar. Este trámite es necesario si se va a escriturar e hipotecar el terreno en el mismo acto. ¿Dónde se hace? En el DGR en la sección Inmuebles. Requisitos para realizar el trámite: Presentar el formulario completo mediante escribano: http://www.aeu.org.uy/uc_888_1.html


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Plazo para dar inicio al trámite: luego de contar con fecha de escrituración. Plazo de resolución: aproximadamente 4 días a partir de la entrega del formulario. Resultado del trámite: Formulario aprobado con reserva de prioridad con vigencia 30 días. Costos asociados al trámite: $2032 Importante: Antes de solicitar fecha de escrituración asegurarse el poder tener al día al momento de la escrituración toda la documentación solicitada en la lista de chequeo. Alguna de ellas implican trámites que demoran más del tiempo estipulado entre la solicitud de fecha y el día de escrituración. Por ejemplo, el Certificado de Regularidad debe estar vigente por lo que es fundamental chequear los vencimientos para asegurarse de tenerlo al día al momento de escriturar (y prever de esta forma la fecha de renovación del mismo). ¿Cuál es el trámite? Escrituración del préstamo. ¿Cómo se hace? Este trámite requiere de una serie de trámites previos. Entre ellos la fijación de una fecha de escrituración. ¿Dónde se hace? En la ANV- División Notarial. (Sitio web ANV www.anv.gub.uy /Área de Programas Habitacionales/Préstamos del MVOTMA para cooperativas).


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18 INE: www.ine.gub.uy

25

ESCRITURACIÓN DEL PRÉSTAMO

Requisitos para realizar el trámite: 1- Contar con una fecha de escrituración. Se utiliza el calendario mensual publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE)25 con la actualización mensual del Índice del Costo de la Construcción (ICC). Por lo que entre que se fija fecha y se escritura se cuenta con aproximadamente 20 días hábiles para completar toda la documentación requerida. (ver documentación necesaria e instructivo en la dirección: http://www.anv.gub.uy/home/contenido.aspx?id_contenido=19 1.1- Fijar fecha de escrituración Se debe concurrir a División Notarial de la ANV con el escribano de la cooperativa para fijar allí fecha de escritura. (Para las cooperativas que se tramitan por la Nueva Reglamentación (junio/2008). Es importante para realizar este paso contar con el asesoramiento previo del IAT, ya que el monto del préstamo a otorgar y ampliación del mismo, quedará fijado con el ajuste realizado con la primer fecha de escritura fijada. Notas: Si por alguna razón (falta de documentación, etc.), la cooperativa no llegará a escriturar en la fecha fijada oportunamente, para la siguiente fijación de fecha, no debe tenerse en cuenta las fechas del calendario del INE, ya que el monto de préstamo y ampliación no tendrá nuevas modificaciones. 2- Presentar toda la documentación exigida en la lista de chequeo: http://www.anv.gub.uy/archivos/2011/10/ListaChequeoEscritura.xls


70 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Nota: La gran mayoría de los trámites necesarios para cumplir con la documentación de esta lista fueron descritos en el punto 16 de esta guía. Plazo de resolución: en el día (previamente fijado en la solicitud de fecha). Resultado del trámite: Escritura del préstamo.


ANEXO: GUÍA DE EDUCACIÓN FINANCIERA CONCEPTOS ÚTILES PARA EL ARMADO DE UNA COOPERATIVA DE VIVIENDA POR AHORRO PREVIO Y SU FUTURA GESTIÓN


72 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Este apartado tiene por cometido facilitar algunos conceptos básicos y datos de apoyo a la gestión de los fondos de la cooperativa en sus inicios. Es importante recordar que es por ley, cometido del IAT el asesoramiento en temas contables y de gestión. Según el Decreto 73/2007: “...supervisión de la contabilidad mensual, asesoramiento en la decisión de adquisición del terreno, preparación de todos los recaudos necesario y asesoramiento para los llamados a licitación o pedidos de precios y posterior evaluación de las ofertas, cuando corresponda, estudio de factibilidad económico-financiera del programa habitacional y asesoramiento en la inversión y gestión de los recursos económicos, asesoramiento en planes de ahorro, integración del ahorro en la obra y asesoramiento en materia financiera para uso del ahorro, asesoramiento financiero consistente en la explicación y análisis de los elementos financieros que rigen el sistema y las características de la unidad reajustable. …”

CONCEPTOS BÁSICOS Sistema financiero: Oficia de intermediario entre quienes tienen dinero y quienes lo necesitan. Se compone de las instituciones, medios y mercados (formales e informales: banco, compañías de seguro, cooperativas de ahorro y crédito, Ongs., familiares, amigos, etc.) que captan el excedente de los ahorradores y lo canaliza hacia los prestatarios.

EL BANCO ¿Qué es un banco? es una empresa que realiza intermediación financiera. ¿Qué es la intermediación financiera? es la intermediación entre quienes tienen dinero y quienes necesitan dinero


ANEXO 73

¿Qué hacen entonces los bancos? • reciben dinero de las personas (físicas o jurídicas) que quieren ahorrar (depósitos). Estas personas (clientes del banco) que depositan su dinero cobran una tasa de interés que varía en función del monto depositado y de las condiciones del depósito. • prestan dinero a los prestatarios (clientes que reciben el dinero) y cobran una tasa de interés manual sobre cada préstamo. Esa tasa de interés es el precio del préstamo, se cobra al cliente por dejarle usar sus fondos. De esta forma, como lo que el banco paga a sus clientes por los depósitos de estos es menor a lo que cobra a sus clientes por permitir el uso de sus fondos a través de préstamos, el banco genera una ganancia.

Programa Nacional de Educación Financiera. PlaNet Finance- OPP. “Manual de educación Financiera”. 2013:18 26

Programa Nacional de Educación Financiera. PlaNet Finance- OPP. “Manual de educación Financiera”. 2013:18 27

Algunas de las principales características sobre el funcionamiento del banco26: • Tienen requisitos poco flexibles • Suelen financiar únicamente actividades formales • Los trámites para solicitar créditos son exhaustivos • El otorgamiento del crédito suele no ser rápido • Están facultados para captar ahorro (tomar dinero de terceros, a diferencia de otras entidades financieras, salvo las cooperativas de intermediación financiera). Esto hace que el monto de la cartera disponible para préstamos (el dinero disponible para prestar) sea mayor y por tanto actúa como fuente del financiamiento de los créditos. Beneficios del uso del servicio de un banco27: • Seguridad • Liquidez (para ahorros) • Confiabilidad • Privacidad • Ganancia (el dinero puede generar intereses) • Muchos productos disponibles (varios tipos de préstamos y cuentas de ahorro) • Posibilidad de tener un historial crediticio


74 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

• Acceso a asesoría financiera por parte de personal especializado • Mayor control de los movimientos de fondos. Todo queda registrado y se puede obtener la información con el estado de cuenta Para las cooperativas, el contar con su dinero en un banco implica simplificar la gestión, dar mayor transparencia y seguridad en el manejo de los fondos y no sobrecargar con la custodia del dinero físico a los compañeros o compañeras (tesoreros) que estén encargados del control del dinero. Por otra parte, facilita el pago de aportes de los socios así como pagos de cuotas ya que se puede hacer en el momento que se desee. Esto ayuda en el no atraso de los socios con el pago de su aporte. La principal desventaja es no disponer del dinero en forma inmediata, ya que retirar dinero del banco implica movilizar a dos personas hasta un banco o contar con Pero por esta razón se sugiere mantener una caja chica para gastos menores.

SERVICIOS FINANCIEROS28 Está compuesto por todos los instrumentos que sustituyen al dinero físico para pagar o cobrar algo. Siempre que no se use el dinero físico para pagar o cobrar, se están utilizando servicios financieros. Son todos los servicios que están relacionados con el manejo de dinero y sus derivados. Estos instrumentos se conocen como herramientas financieras (permiten intercambiar sin pagar en el momento): 1- Productos Financieros: créditos, depósitos, etc. 2- Medios de Pago: tarjetas de débito y crédito, cheques, etc. Valor del dinero en el tiempo El valor del dinero cambia con el tiempo, y cuando más largo sea este periodo, mayor es la evidencia del cambio de valor, puede disminuir su valor o aumentar su valor (en general disminuye). Factores que inciden en el valor del dinero a lo largo del tiempo:

Programa Nacional de Educación Financiera. PlaNet Finance- OPP. “Manual de educación Financiera”. 2013:38-42 28


ANEXO 75

Inflación: aumento generalizado de precios, hace que el dinero pierda poder adquisitivo en el tiempo (o sea, con el mismo dinero puedo acceder a menos cantidad de un mismo bien o servicio) Riesgo: si se presta dinero o se invierte este dinero esperando obtener resultados futuros en realidad no se tiene certeza (incertidumbre) de poder recuperar el total de este dinero, u obtener una rentabilidad por la inversión del mismo. Oportunidad: posibilidad de invertir ese dinero en otra actividad económica, protegiéndolo de la inflación y el riesgo y obtener una utilidad económica.

PRODUCTOS FINANCIEROS 1- CRÉDITOS ¿Qué es un crédito? Es un préstamo de dinero, en el que la persona que lo recibe (prestatario) se compromete a devolverlo en un plazo establecido, pagando intereses, seguros y costos de administración.

Las únicas instituciones en Uruguay que pueden recibir depósitos son los bancos y las cooperativas de intermediación financiera. Hasta ahora la única en nuestro país es FUCEREP. Como la ANV trabaja con el BROU y la mayoría de las cooperativas de vivienda también lo hace, nos concentramos en los bancos. 29

¿Qué es un crédito para vivienda? Es un préstamo de dinero que se entrega para adquirir una propiedad ya construida, un terreno, la construcción de una vivienda o la refacción de la misma. En general, los bancos que otorgan este tipo de créditos lo hacen a través de créditos hipotecarios (quiere decir que la garantía del préstamo es la hipoteca sobre el bien adquirido o construido, o sea, la vivienda pertenece al banco hasta que no esté completamente paga) 2- CUENTAS BANCARIAS Y DEPÓSITOS29 Una cuenta bancaria implica tener una cuenta a nombre de una o varias personas, que pueden ser tanto personas físicas como jurídicas (la cooperativa es una persona jurídica) y esto les permite hacer uso de los servicios financieros que los bancos ofrecen.


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Las cuentas bancarias permiten realizar depósitos. Esto significa que se tiene dinero guardado en el banco del que se puede hacer uso, según sean las condiciones del depósito. El depósito es un contrato que sea hace entre el depositante y el banco. El banco cobra comisiones por mantener el dinero el guardado y permitir hacer uso de éste a través de servicios financieros, y paga un interés a quien deposita el dinero por permitirle al banco tener el dinero allí y utilizarlo. Como ya se vio el banco intermedia entre quienes depositan el dinero y quienes solicitan préstamos. Existen dos modalidades básicas de depósitos bancarios. Depósito a la vista, quiere decir que quien tiene el dinero depositado puede hacer uso del mismo en cualquier momento. Estos depósitos se realizan en Cajas de Ahorro o Cuentas Corrientes. Depósito a plazo fijo, quiere decir que el depositante no puede retirar dinero de su cuenta antes del plazo fijado en el contrato, y si lo hace tiene costos altos. Por ejemplo, un plazo fijo de un año implica que luego de depositado no se puede retirar dinero durante un año. 2.1- Depósitos a la vista: Caja de Ahorro y Cuenta Corriente En estos casos el titular de la cuenta o los titulares de la cuenta bancaria pueden disponer del dinero en cualquier momento. Es por ello que el banco no paga interés sobre este dinero, y por tanto no es recomendable este tipo de depósitos para ahorro a largo plazo. Caja de ahorro30 Si bien no es aconsejable para ahorro a largo plazo, se orienta a que los fondos depositados permanezcan en la cuenta. La gran diferencia entre esta cuenta y la cuenta corriente, es que no permite el uso de cheques. Ofrece menos facilidades para realizar ingresos y pagos desde esta cuenta (para eso es preferible la cuenta corriente). No se puede obtener sobregiros. No se paga intereses por parte del banco por el dinero de esta cuenta. En la primera etapa de la cooperativa donde los movimientos no

Información más detallada en BROU: http://www.brou.com.uy/ web/guest/empresas/activos/caja-ahorro 30


ANEXO 77

son tantos, con este tipo de cuenta bancaria es suficiente. De todas formas para evitar duplicar trámites, quizá sea aconsejable abrir de primera una cuenta corriente. Cada caja de ahorros puede ser en Pesos Uruguayos, Dólares USA o Euros. Existe la posibilidad de combinarla con una Cuenta Corriente para cubrir sobregiros mediante una Carta Orden Permanente. El importe mínimo para abrir la cuenta es de $3000 (pesos uruguayos tres mil), U$S 200 (dólares americanos doscientos) o Euros 200. Es importante mantener un saldo promedio mayor o igual a $5000, U$S 500 o Euros 500 de forma de no pagar costos fijos mensuales de mantenimiento. Existe un máximo de movimientos sin costo por mes (se consideran movimientos de la cuenta: Retiros, Depósitos y Transferencias.). La cantidad de movimientos depende del saldo de dinero mensual en la cuenta, a mayor cantidad de dinero en la cuenta mayor es la cantidad de movimientos sin costo admitidos. En caso que la cuenta se cancele durante el lapso transcurrido desde su apertura hasta los 3 meses siguientes, se cobrará una comisión por cancelación anticipada de: $ 250, U$S 10, € 10, según la moneda de la cuenta. Cuenta corriente Su finalidad es la realización de operaciones regulares. Permite depósitos regulares y retiros frecuentes. Es la cuenta que en general utilizan las empresas. El sistema de pagos está pensado para que el titular de la cuenta pueda emitir cheques para el pago de cuentas y hacer sobregiros, realizar retiros de dinero desde los cajeros automáticos, ordenar giros bancarios y transferencias del dinero depositado, pagar facturas o recibos a través de débito automático.


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Características de las cuentas corrientes31: • Pocas restricciones • Permite un mejor control de los gastos • Apropiada para transacciones financieras regulares (ej. depósitos y retiros diarios o semanales) • Permite emisión de cheques y sobregiros (adelanto del dinero por parte del banco, con costo adicional).

Programa Nacional de Educación Financiera. PlaNet Finance- OPP (2013). “Manual de educación Financiera”. Montevideo pg. 45 31

Esta cuenta tendrá más utilidad en una etapa más avanzada de la cooperativa y no en sus inicios. Puede ser abierta en pesos uruguayos o dólares americanos. Cuenta con un envío de Estado de Cuenta mensual sin costo. Requisitos para abrir una cuenta corriente en el BROU32: Recomendaciones • Cuando se defina en asamblea o comisión directiva de la cooperativa a los habilitados para operar con el banco se debe considerar que estas personas no pueden estar en el Clering (el banco no las acepta). En general se recomienda el registro de tres firmas distintas y habilitar los movimientos de extracción y transferencia a dos firmas en forma conjunta e indistinta. Esto permite un mejor control sobre el uso de los fondos de la cooperativa. Generalmente los habilitados a firmar en los bancos son integrantes de la comisión directiva porque son ellos los que tienen la representación administrativa de la cooperativa, particularmente presidente y secretario. Como ya se mencionó se recomienda que sean tres los habilitados pero firmando de a dos. En caso de que se decida que otra persona fuera la que pudiera ser la habilitada se debe hacer poder para autorizarla. • El importe mínimo a depositar para su apertura: $ 4000, U$S 400, dependiendo la moneda de la cuenta. Se cobra una comisión por administración de cuenta de: U$S 5 mensuales. b. Documentación a presentar: (está detallada en la guía de trámites).

BROU: http://www.brou.com. uy/web/guest/empresas/activos/ cuenta-corriente, consultada el 19 de setiembre de 2014. 32


ANEXO 79

La documentación requerida es la misma que la requerida para abrir una caja de ahorros. Esto se encuentra descrito en el primer apartado dentro de trámite “apertura de una caja de ahorros de la cooperativa”33 Requisitos para operar con el Banco Persona jurídica. BROU: http://www.brou.com.uy/c/document_library/get_file?uuid=06 2851ed-d3ee-46c2-8389-c8b05e 7a9242&groupId=10164 33

Nota: Existe un mito de que es más fácil abrir una CA que una CC porque los costos y requisitos son menores. Eso es así para una persona física, pero para una persona jurídica como la cooperativa lo requisitos para la apertura son los mismos y los plazos de apertura difieren en una o dos semanas. El costo de mantenimiento es mayor efectivamente, la CA no tiene costo si te mantiene un mínimo de dinero promedio en la cuenta, y en la CC es de U$S 5 mensuales (algo así como $125). Otro costo que tiene esta cuenta es la chequera (aproximadamente $400) pero que puede no solicitarse hasta tanto no se necesite, o en todo caso solicitarse una y manejarse con la misma con prudencia, ya que hasta tanto no se acabe no es necesario comprar otra. Por lo que si se evalúan estas diferencias, quizá convenga abrir de primera la cuenta corriente, ya que los costos de apertura (en dinero y tiempo) son mayores a los costos de mantenimiento anuales de la CC. 2.2- DEPÓSITOS A PLAZO FIJO El dinero depositado en la cuenta queda inmovilizado durante el periodo pactado con el banco. Cuando ese plazo vence, puede renovarse por un periodo más o retirar el dinero más los intereses generados. Está orientado más al ahorro e inversión a largo plazo. Es interesante esta alternativa cuando se cuenta con un dinero que se sabe que no se utilizará por un tiempo determinado

MEDIOS DE PAGO Las diferentes formas que existen de cobrar o pagar algo, eso son los medios de pago. Estos pueden ser: efectivo, cheque, tarjeta de débito o crédito, transferencia electrónica (internet o ventanilla)


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1- Efectivo: dinero en billete o moneda. Es el medio más utilizado. 2- Cheque: es un papel, que conteniendo elementos de seguridad, indica el monto a pagar con él y la fecha a partir de la cual se puede cobrar ese dinero. Es una orden que una persona física o jurídica (que cuenta con una cuenta corriente bancaria con fondos suficientes) emite a una institución financiera para que pague en su nombre una determinada cantidad de dinero a otra persona física o jurídica. Cheque al día o común: puede cobrarse enseguida o dentro de los 15 días corridos (si es en pesos uruguayos) de su fecha de emisión. Cheque diferido: puede cobrarse recién a partir de la fecha estipulada en el cheque, dentro de los 15 días corridos (si es en pesos uruguayos) de esa fecha estipulada. Quien recibe un cheque puede presentarse al banco a cobrar el dinero que figura en él o puede depositarlo directamente en su cuenta bancaria y al día siguiente ese monto figurará en su cuenta bancaria. Para depositar un cheque en la cuenta bancaria de la cooperativa es necesario endosar el cheque. Para ello se pone en la parte de atrás del cheque donde dice endosos, “por la cooperativa COOPCOOP: firma, aclaración, número de cédula de identidad y un teléfono de contacto”. Particularidades de los cheques34: Cheque a la orden: dice el nombre de la persona o empresa que debe cobrarlo. Este puede transferirlo por endoso (firmando atrás el cheque) Cheque al portador: no dice el nombre de quien debe cobrarlo, quien lo tenga lo cobra. Igualmente se registra en el banco quien lo cobró. Cheque alterado: cuando uno de los datos básicos del documento aparece modificado, confuso o aparentemente alterado Cheque bancario: lo libra (emite) un banco a favor de otro banco

Comisión Técnica Asesora de AEBU (2011) “Pensar en la administración de bolsillo y animarse a usar las herramientas financieras”. AEBU. Montevideo. Pg. 30 34


ANEXO 81

Cheque barrado o cruzado: dos barras cruzadas en el ángulo superior izquierdo, hace que sólo pueda cobrarse depositándolo en una cuenta bancaria. Cheque certificado: además de la firma del librador lleva la firma del librador (el banco) que se obliga directamente al pago, se usa para grandes montos, da más garantía a quien lo recibe. La cooperativa debe tener en cuenta a la hora de aceptar un cheque: 1- que la fecha sea la que corresponda 2- que esté cruzado (dos rayas paralelas en el borde superior izquierdo), porque de esta forma deberá ser depositado en la cuenta bancaria de la cooperativa 3- que esté a nombre de la cooperativa, para llevar un control de quién cobra el cheque 4- que esté firmado por el titular de la cuenta bancaria que lo emite 5- que no tenga tachaduras, ni enmiendas, ni roturas. ni cuente con más de 2 tintas diferentes 6- que coincida el monto indicado en número con el monto en letras.

Fuente http://www.bcu.gub.uy/ Usuario-Financiero/Paginas/Cheques_Plazo.aspx 35

En caso de que al momento del cobro surja que el cheque no tiene fondos, se deberá dar aviso por escrito o telegrama colacionado/certificado de la falta de pago a su endosante y al librador del cheque dentro de los 5 días hábiles inmediatos siguientes al de rechazo del cheque. El plazo de prescripción para presentarse ante la Justicia para el cobro del cheque no pagado es de 6 meses. Este término se computa desde el vencimiento del plazo de presentación del cheque para su cobro35. A tener en cuenta a la hora de emitir un cheque por parte de la cooperativa: 1- que la fecha sea la que corresponda 4- que esté firmado por los habilitados ante el banco de la cuenta bancaria de la cooperativa (En general se recomienda que haya tres firmas habilitadas y que el cheque deba contar con dos de ellas para que sea válido) 5- que no tenga tachaduras, ni enmiendas, ni roturas, ni cuente


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con más de 2 tintas diferentes 6- que coincida el monto indicado en número con el monto en letras. 7- que haya fondos suficientes en la cuenta antes de emitir el cheque. 8- cruzar el cheque para que deba ser depositado en una cuenta bancaria Es muy importante a la hora de emitir un cheque corroborar que existan fondos suficientes en la cuenta, ya que es penalizada la emisión de cheques sin fondo36

Fuente http://www.bcu.gub.uy/ Usuario-Financiero/Paginas/Cheques_Plazo.aspx 36

Si la cooperativa no tuviere provisión de fondos o si ésta fuere insuficiente para el pago del cheque, el banco pagador deberá dejar constancia expresa de esa circunstancia. A su vez, deberá avisar a la cooperativa por escrito o por telegrama certificado/ colacionado, en un plazo de 5 días hábiles, para que en el plazo de los 5 días hábiles siguientes, la cooperativa acredite, ante el mismo, haber realizado el pago. Si la cooperativa no acreditara el pago del cheque rechazado por falta de fondos dentro de los 5 días hábiles de notificado, el banco pagador suspenderá por el término de 6 meses, todas las Cuentas Corrientes que la misma tenga en dicho Banco, dando cuenta de inmediato al Banco Central del Uruguay. 3- Medios de pago electrónico37: Estos medios de pago son cada vez más utilizados, ya que permiten realizar operaciones bancarias vía internet o por cajero automático, facilitando mucho las operaciones y optimizando tiempos de gestión. Por ejemplo, si un socio de la cooperativa cuenta con una cuenta bancaria en el mismo banco que la cooperativa puede pagar sus cuotas depositando el dinero directamente en la cuenta a través de internet, a la hora que quiera, sin necesidad de entregar dinero físico al tesorero y sin tener que concurrir al banco a depositar. También lo puede hacer a través del cajero. Si bien facilita mucho la gestión, no es recomendable que se utilicen estos medios para realizar pagos por parte de la cooperativa, sea mediante tarjeta de débito o vía web, ya que eso no

Se seleccionan algunos, quedando fuera de la descripción las tarjetas de crédito y el dinero electrónico, por no ser de utilidad para la cooperativa. 37


ANEXO 83

permite el control sobre el manejo de fondos por el cual deben contarse con dos firmas en forma conjunta para la extracción de dinero. 3.1- Transferencias electrónicas (internet o ventanilla) En este caso se da la orden desde la cooperativa para que desde el banco se le envíe una determinada cantidad de dinero a la cuenta de otra persona o empresa, en ese mismo banco o en otro. Este monto será descontado de la cuenta bancaria de la cooperativa. Por este servicio financiero el banco cobra comisiones. Tiene un costo mínimo y un porcentaje sobre el valor de la transferencia, para transferencias entre distintos bancos (si es entre cuentas del mismo banco no tiene costo). Esta misma transacción puede realizarse por internet, donde en general es más barato. De todas formas, por la misma razón que la tarjeta de débito no se recomienda la utilización de transferencias por internet. 3.2- Tarjeta de débito No se recomienda el uso de la tarjeta de débito por parte de la cooperativa por un tema de control de gastos y manejo del dinero. Siempre es recomendable que los retiros de la cuenta bancaria de la cooperativa sea a dos firmas (es decir que se necesita el consentimiento de dos personas para retirar dinero o hacer cualquier transacción bancaria). La tarjeta de débito es una tarjeta plástica que se usa para retirar dinero de un cajero automático así como pagar compras de bienes o servicios sustituyendo al dinero en efectivo. La tarjeta habilita a quien la posea, con una clave secreta (pin), a retirar dinero de una cuenta corriente o caja de ahorro bancaria, no pudiendo retirar por día más de $10.000 de un cajero cualquiera o más de $30.000 de una terminal que se encuentra en una casa bancaria. Siempre conviene utilizar cajeros asociados al


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banco con el que se trabaja (RED BROU si se trabaja con el BROU o BANRED si es con la banca privada). porque si no tiene comisión la transacción En caso del pago de bienes o servicios con la tarjeta de débito, implica que en lugar de pagar con dinero en efectivo, se pasa la tarjeta por un POS (equipo autorizado para el paso de tarjetas magnéticas), y se descuenta el dinero de la cuenta bancaria correspondiente vía electrónica pasándose la suma a la cuenta del comercio habilitado.


ANEXO 85

PARA UN MEJOR CONTROL FINANCIERO DE LA COOPERATIVA Registros contables: Para poder tomar decisiones adecuadas es necesario contar con información precisa. La contabilidad es una herramienta muy útil para esto. Es importante llevar los movimientos económicos de la cooperativa ordenados en forma sistemática. Aquí van algunas recomendaciones: 1. Todos los movimientos económicos que impliquen entradas o salidas de dinero deben figurar por escrito. (Puede ser en libro de caja o en una planilla excel) Información recabada del Manual a Tesoreros elaborado para FUCVAM por estudiantes de FCCEEyA en el marco de un Espacio de Formación Integral “Cooperativas de Vivienda” 2013. 38

2- Cuando se paga con dinero de la cooperativa38, se debe recibir por parte de quien cobra, una boleta contado, una factura crédito con recibo oficial o un recibo oficial. ¿Qué se debe controlar de estos documentos? • Que esté hecho a nombre de la Cooperativa y con el número de RUT de la misma • Que esté vigente e impreso por imprenta autorizada por DGI. (esto figura al pie del documento) • No debe tener enmiendas ni tachaduras, de tenerlas deberá estar debidamente salvadas (en general si hay error en algún detalle como la descripción del bien o servicio facturado o el domicilio, se admite indicar la corrección con la frase “vale” y la firma al lado de la misma). Si la tachadura es sobre aspectos centrales del documento, como el nombre o el importe, no deberá aceptarse la misma. Si se tuviera que recibir un documento no oficial a modo de recibo por el pago realizado, la cooperativa deberá establecer la


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forma de “validar” dicho documento, por ejemplo estableciendo que debe estar firmado por un integrante de la comisión fiscal y limitar dicha documentación no oficial a transacciones por debajo de determinado límite monetario. Así como se recomienda adjuntar esta salida de dinero a una salida de caja oficial de la cooperativa para asegurar su correcto orden y registro. 3- Cuando se cobra dinero para la cooperativa, se debe emitir por parte de la cooperativa un recibo oficial. ¿Qué características tiene este recibo? • Figura el nombre de la cooperativa y su número de RUT • Los recibos no necesitan de constancia de impresión tramitada en DGI y por tanto no tiene vencimiento. • No debe tener enmiendas ni tachaduras • Debe estar pre-numerado y siempre se debe entregar los recibos respetando ese orden. • Debe tener al menos dos vías (una para quien lo recibe y otra que queda en la libreta para control de la cooperativa) ¡No es un recibo de libretas de recibos comerciales adquiridas en la papelería! 4. Cada documento implica un movimiento de dinero, por lo que será registrado en la contabilidad. (en el libro de caja o en planilla excel), señalando el Nº de boleta o factura y el concepto del movimiento, si fuera pago con cheque el número de cheque. Registro de Banco y Conciliación bancaria Es importante que el tesorero lleve un registro de los movimientos del banco (depósitos, transferencias, retiros, etc.) para un mejor control de los fondos de la cooperativa. Debe registrar las entradas y salidas aclarando el concepto del movimiento. Para esto se utiliza como control el saldo de cuenta y movimientos que otorga el banco mensualmente sin costo. Si se opera por internet se puede consultar esta información en cualquier momento. En ese caso debe solicitarse al banco la habilitación, mediante usua-


ANEXO 87

rio y clave de acceso, para únicamente realizar estas operaciones (sin autorización para realizar transacciones electrónicas). Caja Chica La Caja Chica, es un complemento a la cuenta bancaria. Implica que la cooperativa cuente con un monto de dinero en efectivo para atender gastos menores. Este dinero en general es controlado por el tesorero de la cooperativa y es necesario contemplar algunas pautas mínimas. • Es necesario fijar cual es el monto máximo de dinero que se puede pagar con dinero de esta caja. Por ejemplo, gastos hasta $2000. Pasado ese monto debe recurrirse al dinero del banco, para lo cual se necesitan las firmas de los habilitados. Tener en cuenta el momento en el que se encuentra la cooperativa, quizá al principio los montos sean menores y en la etapa de construcción deba aumentar el dinero de la caja chica y el valor de los montos autorizados. • Se debe fijar cuanto es el dinero con que se contará en la caja chica. Este debe estar de acuerdo con el monto máximo de gastos. • El monto prefijado es fijo, y cuando se esté por acabar el mismo debe reponerse. El tesorero debe llevar un registro de los gastos, cuando deba reponer dinero realizará una rendición de gastos ante algún otro integrante de la comisión directiva (comisión fiscal por ejemplo) para darle mayor transparencia a su gestión. • Es necesario contar tanto con libreta de recibos oficiales como con salidas de caja pre-numeradas.

Algunas recomendaciones para la gestión del dinero de la cooperativa: 1. Documentos pre – numerados Como se mencionó es importante contar tanto con recibos oficiales como con salidas de caja oficiales (pre numeradas). Esto hace que se deba respetar el orden de entrega de los recibos y facilita el control de entradas y salidas.


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2. Montos pre establecidos para los gastos de la cooperativa Se puede establecer un monto de gastos que pueden ser ejecutados directamente por el tesorero y montos para los que se requiere de la aprobación previa de toda la directiva (el gasto de cinta adhesiva lo define el tesorero pero si es un aire acondicionado no pude definirlo solo, debe estar aprobado por toda la comisión directiva) y otros que por su importancia requieren de la autorización de la asamblea. Se recomienda establecer un monto de gastos que pueden ser realizados mediante caja chica y otro a partir del cual se recurre al dinero de la cuenta bancaria. 3. Depositar el dinero periódicamente o cuando se cuenta con un monto importante Es una buena práctica realizar depósitos periódicamente o fijar un monto a partir del cual el dinero en efectivo debe depositarse. Esto en general sucede si se cobran las cuotas de aportes de socios en efectivo, se recomienda que las cuotas sean depositadas por los socios directamente en la cuenta bancaria de la cooperativa. 4. Depósito de cuotas por parte de los socios Los socios que depositan cuotas deberían identificarse por número de socio en el asunto del depósito, así es posible saber quiénes han depositado cuánto y cuándo. Por otra parte también es importante canjear el recibo de depósito por recibo oficial de la cooperativa (engrapar el comprobante de depósito bancario a la vía del recibo de la cooperativa) al socio le queda como comprobante de su aporte, el recibo oficial de la cooperativa. 5. Realizar Arqueos de caja periódicos Otro procedimiento de control y de auto – control, es el realizar arqueos en forma periódica, para verificar que lo registrado en libros coincida con lo que realmente se tiene. El arqueo se le hace al tesorero (que es quien maneja los fondos) y se hace por parte la comisión fiscal. Es recomendable que esté presente el tesorero y alguien más de la comisión directiva. Esta herramienta sirve


ANEXO 89

para corroborar que el dinero que se tiene coincida con lo registrado en libros. El hacerlo periódicamente facilita la búsqueda de diferencias en caso de que las haya. Si se deja pasar mucho tiempo luego es difícil recordar movimientos y encontrar las causas de esas diferencias. 6. Rendición de cuentas anuales (balances y memorias). Es sumamente importante para la transparencia en el manejo de fondos, la realización de rendiciones hacia el resto de la cooperativa por parte de la comisión directiva. El balance (que es obligatoriamente anual, pero puede hacerse también mensual) puede dividirse en dos grandes bloques: el balance general o estado de situación patrimonial y el estado de resultados. El primero es una fotografía de la situación de la cooperativa a una fecha determinada. Permite conocer la situación económica de la misma. El estado de resultados muestra el flujo de movimientos en un período determinado, permite visualizar pérdidas o ganancias como resultado del período. Para que sea válido, debe estar firmado por un Contador. La Memoria Anual es un documento donde se relata resumidamente lo realizado por la cooperativa durante el año. Debe tener como mínimo un resumen de lo actuado en las distintas comisiones. Se utiliza para comparar lo planificado con lo efectivamente realizado (objetivos logrados o no y las razones para ello). La realiza la comisión directiva, la presenta a la Asamblea de socios y este órgano es quien aprueba las mismas.

PLANIFICACIÓN FINANCIERA o PRESUPUESTO Esta herramienta es muy útil para prever el dinero que se requerirá para hacer frente a los gastos que tendrá la cooperativa en por ejemplo un año. Es muy importante en esta primera etapa ya que hay muchos gastos en trámites que se deben prever.


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Esta herramienta sencilla permite que proyectando el monto de dinero que se tiene y que ingresará se pueda planificar los gastos y evitar un déficit. Para elaborar un presupuesto es necesario conocer cierta información39: • las diferentes fuentes de ingreso de dinero • monto de ingreso por cada tipo de fuente • total de ingresos proyectados en un período (sumando todos los montos de todas las fuentes de ingresos de ese período) • los diferentes tipos de gastos • montos de los gastos de acuerdo al tipo • total de gastos proyectados del período (sumando todos los montos de todos los tipos de gastos del período)

Programa Nacional de Educación Financiera. PlaNet Finance- OPP (2013). “Manual de educación Financiera”. Montevideo pg. 87 39

Protección del consumidor en Uruguay40 El Área de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay (MEF) tiene como misión lograr el equilibrio en las relaciones de consumo, procurando mayor información y transparencia en el funcionamiento del mercado, eliminando los posibles abusos del sistema. La unidad de Atención al Usuario del Sistema Financiero tiene por cometido el asesoramiento en temas referentes a servicios financieros (deudas por préstamos o tarjetas de crédito, tasas de interés cobradas, retenciones del sueldo, etc.). También facilita el entendimiento de montos cobrados, así como verificar si los mismos están dentro de los parámetros legales, pudiendo auspiciar mecanismos de conciliación para la solución de conflictos. ¿Qué gestiones realiza la unidad? Consultas: asesoramiento a un planteo realizado por un usuario que no implica un contacto con un proveedor. Mediación: asesoramiento que deriva en un intento de conciliación telefónica con el proveedor.

Área Defensa del Consumidor. MEF http://www.consumidor.gub.uy 40


ANEXO 91

Audiencia Administrativa: citaci贸n al proveedor solicitada por el usuario en el marco de la Ley de Relaciones de Consumo con la finalidad de llegar a un acuerdo entre las partes. Denuncia: Gesti贸n de un planteo realizado por el usuario que presume que un hecho o situaci贸n viola la ley de relaciones de consumo.


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GLOSARIO DE TÉRMINOS FINANCIEROS41 Se seleccionan aquellos que se considera serán de utilidad para las cooperativas, ya que están descritos con un lenguaje sencillo desde AEBU. Ahorro: es la diferencia a favor entre el ingreso disponible y el gasto realizado. Déficit es la diferencia en contra. Banco: son aquellas instituciones autorizadas por el Banco Central del Uruguay (BCU) para realizar intermediación financiera, captando depósitos y realizando préstamos Casas de cambio: empresas cuya actividad principal es el cambio de moneda Cooperativas de Ahorro y Crédito: son instituciones autorizadas por el BCU que pueden captar ahorros libremente pero sólo pueden dar crédito en moneda nacional y bajo requisitos especiales. Caja de Ahorros: cuenta de depósito que permite retirar o depositar libremente. Cheque: documento legal que da la orden a un banco para que pague, a quien lo presenta, el monto que figura escrito y el que banco se cobrará de la cuenta corriente del librador (emisor) del cheque. Colocación: es el nombre que se da una inversión financiera. Por ejemplo a un depósito en un banco o la compra de valores. Conforme: documento en el cual se registra que una persona o empresa le debe a un dinero a otra, estableciendo el importe, fe-

Material elaborado en base al Glosario presentado en: Comisión Técnica Asesora de AEBU (2011) “Pensar en la administración de bolsillo y animarse a usar las herramientas financieras”. AEBU. Montevideo. pg. 62-67, complementado con el resto de la bibliografía de referencia. 41


ANEXO 93

cha de pago e intereses a pagar. Tiene carácter legal con la firma de ambas partes. Crédito: es un sinónimo de préstamo. También se usa para indicar importes que se suman (acreditan) en una cuenta bancaria. Cuenta Corriente: cuenta como la caja de ahorros, que, además, dispone del uso de cheques para retiros de la cuenta. Débito: indica un importe que se resta (debita) de una cuenta bancaria. Depósito a la vista: colocación de dinero en un banco, a la vista, quiere decir que se puede retirar en cualquier momento, una parte o todo junto. Son las cajas de ahorro o cuentas corrientes. Depósito a plazo: depósito que nos puede retirar hasta cumplir determinado tiempo Deuda: obligación económica que se debe cumplir en un plazo determinado Devengado: es el importe generado pero aún no hecho efectivo. Empresas de servicios financieros: prestan servicios financieros: cambio de moneda, transferencias de dinero, servicios de pagos y cobranzas, cofres de seguridad y otros similares. No pueden realizar actividades de intermediación financiera. Ej.: Abitab, Redpagos. Endoso: firma que se realiza en el reverso de un cheque por la cual se transfiere su propiedad a otra persona Entidad financiera: toda empresa que trabaja con activos financieros (dinero, valores, etc.) Financiero: lo referido al flujo de dinero de una economía


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Finanzas: obtención y gestión, por parte de una empresa, persona o Estado, de los fondos que necesita para cumplir sus objetivos y de los criterios con que lo hace. Arte de administrar el dinero. ICC: Índice del Costo de la Construcción. Describe la evolución mensual del costo de la construcción de edificios destinados a viviendas de acuerdo a lo establecido por la ley 13.728 del 1968 y el decreto 543/972. Se utiliza como mecanismo de reajuste de precios en los contratos de construcción. Lo calcula y publica mensualmente el INE. Interés: es el precio que se paga por el uso de un dinero que no es propio. Su monto depende de la tasa (o porcentaje) establecida y del tiempo que transcurre. Interés simple: es el que resulta cuando los intereses producidos, durante todo el tiempo que dure una inversión se deben únicamente al capital inicial. Interés compuesto: es el que resulta cuando al capital inicial se le suman periódicamente los intereses producidos. Pasan a formar parte del capital sobre el cual se calculan los siguientes intereses y así sucesivamente. Intermediación financiera: es el proceso mediante el cual una entidad financiera capta recursos de los agentes económicos (personas, empresas e instituciones privadas o públicas) que tienen superávit de fondos y lo coloca a los que tienen déficit de fondos. Inversión financiera: colocación de capital en un producto financiero (depósito, bonos, letras del tesoro) para obtener una ganancia financiera (interés y aumento de cotización en el mercado) IPC: índice de precios al consumo. indicador que refleja la evolución de los precios de una canasta de bienes y servicios que consumen los hogares, compuesta a partir del consumo repre-


ANEXO 95

sentativo de una familia tipo. La variación del IPC de un periodo refleja la inflación de ese período. Obligación: una deuda documentada, sea a cargo de una entidad financiera, empresa o particular. Poder adquisitivo: medida de la cantidad de bienes y servicios que se pueden comprar con una unidad monetaria (pesos, dólares, etc), en una economía Préstamo o Crédito: operación financiera que consiste en prestar determinada cantidad de dinero, que deberá ser devuelta en determinado plazo y pagando los intereses que surgen de aplicar una tasa que se establece. Préstamo amortizable: es el préstamo que se paga en cuotas que incluyen los intereses hasta cancelarlo totalmente Re financiación: cancelación de un préstamo mediante la obtención de otro. Generalmente se hace para obtener mejores condiciones en el nuevo préstamo (ej. una menor tasa de interés) Rentabilidad: ganancia que se obtiene por determinada operación (ej. colocación de una cantidad de dinero) en cierto período. Sistema financiero: Oficia de intermediario entre quienes tienen dinero y quienes lo necesitan. Se compone de las instituciones, medios y mercados (formales e informales: banco, compañías de seguro, cooperativas de ahorro y crédito, Ongs., familiares, amigos, etc.) que captan el excedente de los ahorradores y lo canaliza hacia los prestatarios. Tarjeta de débito: tarjeta que se utiliza para retirar dinero depositado en una caja de ahorros o cuenta corriente, así como para pagar compras de bienes o servicios. El dinero se debita, inmediatamente, de la cuenta que la que está asociada.


96 GUÍA DE TRÁMITES Y GESTIÓN COOPERATIVA

Tarjeta de crédito: instrumento que sirve para identificar a su tenedor, realizar compras de bienes o servicios y pagarlos en un momento posterior. Constituye un préstamo, no garantizado, que extiende el emisor de la tarjeta (banco y otra institución autorizada) Tipo de cambio42: en general se hace referencia a la cotización del dólar norteamericano (más allá de que existen muchas monedas extranjeras). El tipo de cambio nominal es la cantidad de unidades de moneda nacional que equivalen a un dólar (Ej. $25 equivalen a U$S1). Se dice que la moneda nacional se deprecia o devalúa cuando el tipo de cambio aumenta (sube el dólar) y que se revalúa o aprecia cuando el tipo de cambio nominal baja (baja el dólar). Unidad Indexada: unidad de valor que se va reajustando cada día del mes de acuerdo con la variación del IPC del mes anterior. Puede ser consultada a través del Instituto Nacional de Estadística (INE – www.ine.gub.uy), que es la entidad que fija y publica su valor oficial. El INE publica los primeros días de cada mes los valores de la U.I. para todo el mes. Se utiliza para depósitos de ahorros o para préstamos hipotecarios. ¿Cómo se hace para saber cuánto es cada cuota en Unidades Indexadas? Cuando tenga que efectuar algún pago, deberá multiplicar la cantidad de Unidades Indexadas por el valor de las mismas para ese día. Unidad Reajustable: unidad de valor que se va reajustando mes a mes en función de la variación del Índice Medio de Salarios (IMS) que calcula y publica el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Puede ser consultada a través del INE (www.ine.gub.uy), que es la entidad que fija y publica su valor oficial. El INE publica los primeros días de cada mes los valores de la U.R. para todo el mes. Se utiliza para préstamos hipotecarios (las cuotas del pago de viviendas cooperativas son en UR). ¿Cómo se hace para saber cuánto es cada cuota en Unidades Reajustables? Cuando tenga que efectuar algún pago, deberá multiplicar la cantidad de UR por el valor de las mismas para ese día.

Romero M. y Leal A. (2014). “Manual para curso de apoyo a microemprendedores”. EFI MicroCECEA. FCCEEyA- UdelaR. Montevideo. Pg. 6 42


ANEXO 97

Vale: documento que establece que una persona o empresa tiene una deuda con otra persona o empresa y que la pagará en tal fecha y a determinada tasa de interés. Es como el conforme y también tiene carácter legal, con la firma de las partes.


Bibliografía de Referencia • Comisión Técnica Asesora de AEBU (2011) “Pensar en la administración de bolsillo y animarse a usar las herramientas financieras”. AEBU. Montevideo • EFI Cooperativas de Vivienda (2013) Coordinador: Bermúdez, Pablo. “Manual a tesoreros de FUCVAM”. Elaborado por estudiantes de la FCCEEyA. (sin publicar) • Decreto 73/2007 “Integración y servicios a prestar por los Institutos de Asistencia Técnica” en: http://www.mvotma.gub.uy/tu-vivienda/construir/ cooperativas/item/10004743-decreto-n%C2%BA-73-2007.html • Ley 16.871. Ley orgánica registral. en: http://www.dgr.gub.uy/registros/ registros.htm • Ley 18.407. Sistema Cooperativo. Bases para su reglamentación. en: http:// www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=18407&Anchor= • Programa Nacional de Educación Financiera. PlaNet Finance- OPP (2013). “Manual de educación Financiera”. Montevideo • RD N°46/013. Dirección Nacional de Vivienda (DINAVI) Procedimiento para la tramitación del certificado de regularidad para las cooperativas de vivienda. en: http://www.mvotma.gub.uy/images/RD_46-2013.pdf • Resolución 3095/01 “Acondicionamiento Urbano”. Intendencia de Montevideo. en: http://www.montevideo.gub.uy/aplicacion/ resolucion?parametro=3095-01 • Romero M. y Leal A. (2014). “Manual para curso de apoyo a microemprendedores”. EFI MicroCECEA. FCCEEyA- UdelaR. Ediciones CECEA. Montevideo


Consultas Web Auditoría Interna de la Nación (AIN): www.ain.gub.uy Agencia Nacional de Vivienda (ANV): www.anv.gub.uy Banco Hipotecario del Uruguay (BHU): www.bhu.gub.uy Banco de Previsión Social (BPS): www.bps.gub.uy Banco República Oriental del Uruguay (BROU): www.brou.com.uy Clearing de Informes: www.equisfax.com Dirección General Impositiva (DGI): www.dgi.gub.uy Dirección General de Registros(DGR): www.dgr.gub.uy Facultad de Ciencias Económicas y de Administración (FCCEEyA): www.ccee.edu.uy (presentaciones Cr. Jorge Xavier y Ec. Martín Vallcorba “Ley de Inclusión Financiera) Federación de Cooperativas de Vivienda (FECOVI): www.fecovi.org.uy Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua (FUCVAM): www.fucvam.org.uy Impuesto de Primaria: www.impuestoprimaria.edu.uy Intendencia de Montevideo (IM): www.montevideo.gub.uy Instituto Nacional de Cooperativismo (INACOOP): www.inacoop.org.uy Instituto Nacional de Estadística (INE): www.ine.gub.uy Ministerio de Educación y Cultura (MEC): www.mec.gub.uy Ministerio de Economía y Finanzas (MEF): http://www.consumidor.gub.uy Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS): www.mtss.gub.uy Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA): www.mvotma.gub.u Obras Sanitarias del Estado (OSE): www.ose.com.uy Registro Nacional de Obras de Construcción (IGTSS): www.mtss.gub.uy/web/mtss/creacion-igtss Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE): www.comprasestatales.gub.uy Usinas Termoeléctricas del Estado (UTE): www.ute.com.uy VENETUS: https://venetus.mtss.gub.uy






Canelones 990 - C.P. 11100 Tel/Fax.: 2901 0590 fecovi@fecovi.coop - info@fecovi.coop www.fecovi.coop Montevideo - Uruguay


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