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HONORABLE LEGISLATURA MESA DE ENTRADAS
EXPTE.: / Lt �- iJL-1 � ENTRO-S.Mr.1ºO "2 g / D ft I )4. } HORA: J 2 LIBRO: 2 6 �· FOLIO: J � A: .............
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La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1 ° .- Declarar de interés provincial la"SEMANA MUNDIAL DEL PARTO RESPE TADO" realizada bajo el lema"¿ 40 SEMANAS ?, RESPETEMOS LOS TIEMPOS DE LA NATURALEZA" que se desarrollará durante los días 14 al 20 de mayo de 2017, según lo avala do por la Organización Mundial de la Salud (OMS), e impulsada en nuestra provincia por la Or ganización No Gubernamental, Empoderamiento Femenino Tucumán (EFT). Artículo 2º.- De forma.
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(TENTATIVO) Cronograma de Actividades "SEMANA MUNDIAL DEL PARTO RESPETADO" realizada bajo el lema "¿, 40 SEMANAS ?, RESPETEMOS LOS TIEMPOS DE LA NATURALEZA"
Lunes 15 de mayo Sede H. Legislatura de Tucumán 09:00 hs. Acto apertura de actividades de la "SEMANA MUNDIAL DEL PARTO RESPETADO"
Destinada a autoridades y referentes provinciales. Palabras alusivas a la "SEMANA MUNDIAL DEL PARTO RESPETADO" realizada bajo el lema "¿, 40 SEMANAS ?, RESPETEMOS LOS TIEMPOS DE LA NATURALEZA"; a cargo del Pte. de la Comisión de DDHH y defensa del Consumidor Dr. Fernando Valdez, la Pte de la Comisión de Protección a los derechos de la Mujer, Leg. Graciela Medina, la Pte de la Comisión de Familia Sara Assan, una representante de Empoderamiento Femenino Tucumán y la Invitada Especialista, Lic. Raquel Schallman Proyección de un corto ponderando la importancia del "Respeto en la Atención Obstétrica al momento del parto".
10:00 Hs Break 10:30 Hs Mesa Debate y Presentación del Ante Proyecto de modificación de la Ley Provincial N°7.447, Integrantes: Dr. Fernando Valdez, Leg. Graciela Medina, Leg. Sara Assan, autoridades del Ministerio de Salud, autoridades del Ministerio de Educación, Autoridades UNT: Facultad de Derecho y Facultad de Psicología, Directivos de Hospitales, Profesionales de la salud, Raquel Schallman e integrantes de Empoderamiento Femenino Tucumán (EFT).
Sede (A Confirmar) Jornada formativa sobre Parto Respetado
Destinada a Profesionales de la salud y público en general. 18:00 Hs Apertura de actividades a cargo del del Pte. de la Comisión de DDHH y defensa del Consumidor Dr. Fernando Valdez y representante de Empoderamiento Femenino Tucumán (EFT).
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18:20 Hs "Embarazos cronológicamente prolongados, Violencia Obstétrica y parto domiciliario, Situación actual y testimonios". Disertantes: Empoderamiento Femenino Tucumán (EFT). 18:40 Hs "Plan de Parto, instituciones públicas y privadas". Disertante: Dra. en leyes, Marianela Rivera. 19:00 Hs Taller de Abordaje Corporal Emotivo (ACE) Disertante: Lic. Raquel Schall
19:40 Hs Cierre de la Jornada y gestión de certificados.
Tafí del Valle Marte 16 de mayo 14:00 Hs Apertura de actividades a cargo del Cacique de Tafi del Valle y Amaicha, Pachamama 2017 e integrante de Empoderamiento Femenino Tucumán (EFT). 14:30 Hs Conociendo nuestros derechos. Ley 25.929 y 26.485. Tec. en obstetricia Natalia Mansilla y Carolina Cruz. 15:00 Hs Parto domiciliario: Riesgo y beneficios. Lic. Raquel Schallman. 15:30 Hs Proyección audiovisual de cortos de sobre la temática. 16:00 Hs (espacio para educación) 16:30 Hs. Partos y nacimientos en la comunidad de alta montaña. Pachamana y mujeres referentes de la Comunidad. 17:00 Hs. Refrigerio y cierre. Miércoles 18 de mayo 09:00 Hs. Apertura. Diferentes autoridades. 09:30 Hs. Taller "Empoderamiento Femenino Tucumán" 10:30 Hs. Presentación Trabajo de investigación Estudiantes 11:00 Hs. Ronda de Debate y propuestas. 11:30 Hs. Refrigerio y cierre Jueves 19 de mayo Lugar: Legislatura 10:00 Hs. Encuentro intercolegial — presentación de trabajos de investigación.
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20:00 Hs Stand Up - Puericultora Silvia Solá 21:00 Hs. Refrigerio y Cierre.
Lugar: Legislatura Viernes 20 de mayo Destinado: Público en general 14:30 Hs. Colegio de Profesionales en Obstetricia: Alcances, situación actual del Proyecto de Ley. A cargo de Dr. Fernando Valdez 15: 00 Hs Propuestas y acciones a futuro para mejorar la situación actual de las Técnicas y Licenciadas en Obstetricia. A cargo de las profesionales propulsoras del proyecto de ley. 16:00 Hs Propuestas de articulación con el Colegio de Lic. en Obstetricia de Buenos Aires. A cargo de Lic. Licia Cillo, titular del Colegio.
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FUNDAMENTOS
Desde el año 2004 y por iniciativa de la Asociación Francesa por el Parto Respetado (AFAR), se celebra en distintos países la Semana Mundial del Parto Respetado. La misma apunta a que se respeten el proceso de gestación, parto y puerperio, entendiendo que el desarrollo de cada persona es diferente tanto en lo físico como emocional. Sus acciones buscan un cambio en el actual modelo de atención del parto/nacimiento. Ya desde 1985, la Organización Mundial de la Salud (OMS) bajo la premisa "El nacimiento no es una enfermedad", había sumado un marco legal internacional y nacional para procurar rescatar el papel activo que debía tomar la mujer y su familia en el cuidado del embarazo y del recién nacido. El antecedente en Argentina es la Ley 25.929 (aprobada el 26 de agosto de 2004) que legisla sobre los Derechos de Padres e Hijos durante el Proceso de Nacimiento, estableciendo entre sus principales definiciones, los derechos que posee toda mujer, en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto. Con todo ello, los objetivos a cumplir con el desarrollo de la SEMANA MUNDIAL DEL PARTO RESPETADO son: EVisibilizar la situación actual que atraviesan las mujeres víctimas de Violencia Obstétrica. Dar respuesta a dos situaciones claves dentro del conjunto de políticas públicas vinculadas a las violencias Obstétrica: la necesidad de articular políticas de protección y prevención integral asociadas al trabajo sobre la Violencia Obstétrica; y de fortalecer las Áreas Mujer Provinciales en la atención y asistencia a mujeres víctimas de violencias Obstétrica.
IlDestacar la importancia del trabajo en conjunto de las Instituciones de Salud con Asociaciones creadas con el fin de trabajar la problemática de una de las formas de Violencia de Género como ser la Violencia Obstétrica. UVisibilizar la necesidad de regular la ley provincial n°7.447 de Institución del Parto Humanizado. IlPromover en las distintas instituciones asistenciales públicas la creación de servicios de prevención y asistencia integral gratuita para las mujeres usuarias de estos servicios en todo el periodo estacional y puerperal. Recuperar y valorar la cultura de pueblos originarios de alta montaña de la provincia de Tucumán. Sensibilizar a los profesionales de la salud y a la comunidad en general ante uno de los eventos más trascendentales en la vida de cualquier ser humano como es parir y nacer.
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Respecto de la celebración de la Semana Mundial del Parto Respetado (que se recuerda desde el año 2004), año a año consiguió trabajar sobre los siguientes aspectos y lemas: 2004: No a la episiotomía - incisión quirúrgica que se realiza en el perineo para acelerar la salida del bebé. 2005: Posiciones para parir. 2006: Tiempo para nacer. ~2007: Entorno amoroso durante el parto. ~2008: Inutilidad de la separación del bebé de su madre o padre. 2009: Disminución de cesáreas innecesarias. 2010: Nacimiento traumático, cómo evitarlo. Nacimiento placentero, cómo lograrlo. 2011: Parto y economía. 2012: Derecho de elegir dónde, cómo, cuándo y con quién parir y nacer. 2013: Silencio... mujer pariendo... bebé naciendo. 2014: Parir es Poder. 2015: El nacimiento es una cuestión de Salud Pública. 1111112016: Mi cuerpo, mi decisión, mi bebé. ~2017: ¿40 semanas?, Respetemos los tiempos de la naturaleza.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS: "A fines del Siglo XIX principios del Siglo XX comienzan a institucionalizarse y a medicalizarse los partos con el fin de disminuir la mortalidad materno-neonatal, resultante de las patologías asociadas a la gestación, pero a la vez significó la incorporación en Hospitales, regidos por los conceptos de personas enfermas de una enorme mayoría de mujeres y recién nacidos sanas". Reza la Introducción de la Guía para la Atención del Parto Normal en Maternidades Centradas en la Familia, año 2004. En 1985, la Organización Mundial de la Salud (OMS) realizó una reunión en la ciudad brasileña de Fortaleza y de ese encuentro surgió la declaración "El nacimiento no es una enfermedad", que inició el proceso de transformación del modelo de atención. A esto se sumó un marco legal internacional y local que procura rescatar el papel activo que debe tomar la mujer y su familia en el cuidado del embarazo y del recién nacido. En Argentina, la Ley 25.929 sobre Derechos de Padres e Hijos Durante el Proceso de Nacimiento que fue aprobada el 26 de agosto de 2004, establece la implementación de una campaña destinada a concientizar a la sociedad, sobre la importancia del acompañamiento de la mujer en el parto por una persona de su elección, y de los beneficios que significa para la salud del binomio madre-hijo. En su artículo segundo, quedan taxativamente establecidos los derechos de la mujer en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto, dentro de los que se destacan: El derecho a ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante esos procesos de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas. A ser tratada con respeto, y de modo individual y personalizado que le garantice la intimidad durante todo el proceso asistencial y tenga en consideración sus pautas culturales. Al
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parto natural, respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer, entre otros. En el tercero se establecen los derechos del recién nacido: A ser tratado en forma respetuosa y digna. A su inequívoca identificación. A no ser sometido a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia, salvo consentimiento, manifestado por escrito de sus representantes legales, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética. A la internación conjunta con su madre en sala, y a que la misma sea lo más breve posible, teniendo en consideración su estado de salud y el de aquélla. La creación de esta ley logró un enorme avance pero en la cotidianidad de las grandes maternidades de la provincia de Tucumán todavía puede comprobarse que falta mucho por trabajar. Lo comprueban los porcentajes de cesáreas que en algunas guardias superan e160% cuando la OMS indica que no deben superar el 15%. Estas cifras no son oficiales dado a la dificultad para conseguir cifras oficiales, a pesar de la ley nacional N° 27.275 de acceso a la información pública. La ley nacional 26.487 Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales en su Art. 6 — Inciso E establece que la Violencia obstétrica es aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929. Por su parte, la Ley provincial N° 7447 sancionada en el 2004 en su articulo 4°, crea un programa cuya finalidad deberán ser a) Informar y garantizar a la embarazada y/o a sus familiares, desde los efectores de salud, la mecánica y beneficios del parto humanizado; y b) Motivar al equipo perinatal para fortalecer y favorecer las relaciones entre la madre, su hijo y la familia, con un abordaje sistemático e interdisciplinario. Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y meta-análisis de estudios controlados sugieren que se continúa practicando en el mundo un cuidado perinatal y uso de tecnología inapropiados, a pesar que existe aceptación generalizada acerca de principios de cuidado basados en las evidencias.
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LEY N°: 7447
Sancionada el 10 de setiembre del año 2004 Aun no Reglamentada
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de L E Y: Artículo 1°.- Instituyese en todo el territorio de la Provincia, como un derecho de la mujer, el parto humanizado. Art. 2°.- A los fines de la presente ley, entiéndase como parto humanizado, aquel donde la mujer y el recién nacido son atendidos con los mejores cuidados técnicos, efectivos y emocionales. Art. 3°.- El Sistema Provincial de Salud, elaborará un Programa de Parto Humanizado, que deberá ser ejecutado por todos los servicios de atención de partos. Art. 4°.- Serán objetivos del Programa los siguientes:
a) Informar y garantizar a la embarazada y/o a sus familiares, desde los efectores de salud, la mecánica y beneficios del parto humanizado. b) Motivar al equipo perinatal para fortalecer y favorecer las relaciones entre la madre, su hijo y la familia, con un abordaje sistemático e interdisciplinario.
Art. 5°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días contados a partir de su promulgación. Art. 6°.- Comuníquese. Dada en Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los diez días del mes de setiembre del año dos mil cuatro. PROYECTO. Modificar la presente ley de acuerdo a lo expuesto a continuación: Art. 1°-Cambiar la palabra "humanizado" por "respetado" ya que ésta última es universal, mientras que la primera fue un término incorporado por el Dr. Michel Odent (médico francés, nacido en el año 1830, especialista en atención y difusión de la importancia del parto fisiológico). El mismo fue quien hablo en principio de "humanizar" los partos, a medida que avanzaban sus conocimientos y experiencia deduce que lo más conveniente para el desarrollo del proceso natural del parto fisiológico es reducir al máximo la tecnologías y prácticas utilizada rutinariamente por los profesionales de la salud en la atención de los partos normales. Modificando el término "humanizar" por "mamiferizar" los nacimientos, sosteniendo esta afirmación en que las mujeres, hembras de la raza humana, para poder parir sin complicaciones debemos recuperar nuestra naturaleza mamífera. Los partos no deben ser definidos como "humanizados" para recibir un buen trato sino que todos por su naturaleza de pertenecer a los seres humanos sujetos de derechos deben ser "respetados"
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según las leyes 25.929 protecciones del Embarazo y del Recién Nacido y 26.529 Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud. Art. 2°- La palabra "técnica" esta utilizada en primer lugar como modo de atención cuando la OMS recomienda restringir al máximo el tecnicismo ya que el mismo conlleva a una serie de complicaciones que en muchas ocasiones terminan en cesáreas, infecciones, histerectomías, muertes fetales o maternas. Dejando en último lugar a lo emocional cuando muchos estudios han comprobado que el buen trato y los afectos favorecen al proceso natural del parto no así el uso profiláctico de maniobras ni tecnologías. Art 3- Las Asociaciones Civiles poseen una riqueza en sus conocimientos que les brinda el ser usuarios de los servicios brindados por el Estado, los mismos poseen una mirada objetiva hacia la situación y mejora de estos. Motivo por el cual el sistema debe dar participación en la creación y toma de decisiones del Programa para ampliar su mirada desde lo social. Art 4- c) Registrar y controlar a todas aquellas mujeres que decidan cursar el trabajo de parto en sus domicilios particulares asistidos por profesionales idóneos de la salud, a fin de garantizar la cobertura necesaria en caso de complicaciones. En un periodo de seis años nuestro registro revela que 20 mujeres parieron en sus domicilios por partos planificados. El Art. N° 19 de la Constitución Nacional establece que "Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe" como así también art 106 del Código Penal se establece de persona a quien pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación o abandonado a su suerte. Tucumán es la provincia pionera en poseer dos ambulancias de alto riesgo para la asistencia y traslados de mujeres embarazadas. Un avance tecnológico que debiera ser acompañado por otros aspectos respetuosos que requiere la atención de las parturientas.-
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