Programa Lotería en Acción

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PROGRAMA


Historia

La Lotería Nacional de Beneficencia desde su fundación en el año 1870 conocida como Lotería del Hospital, y conforme a lo dispuesto en Art. 2 de la Ley Orgánica de la LNB ha tenido como objeto exclusivo obtener fondos para ayudar al Estado en el cumplimiento de sus fines, especialmente en servicios de salud pública y asistencia social de las personas adultas mayores, niños, jóvenes como parte esencial de la sociedad salvadoreña; de acuerdo con su denominación, y siendo consecuente con el objeto de su creación; la Lotería pretende posicionar en la población en general la imagen de beneficencia. Para el logro de lo anterior la LNB, ha venido impulsando algunas actividades de beneficencia directa dirigidas a instituciones de ayuda humanitaria como son Asilos de Ancianos, Hogares de Niños, Iglesias, Hospitales, Asociaciones que velan por el adulto mayor, jóvenes, y la niñez; para ello se han utilizado fondos provenientes del rubro Promociones, los cuales han sido ejecutados en las modalidades y momentos que la institución ha considerado conveniente. De acuerdo con lo anterior y considerando que la LNB entiende su razón de ser como un ente que aporta al desarrollo económico y social del país a través de su actividad comercial, y reconociendo la experiencia ya iniciada de promoción destinada a sectores vulnerables, considera pertinente continuar realizando su actividad de beneficencia de manera directa, impulsar y reorientar dichas acciones.

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OBJETIVOS DEL PROGRAMA

Objetivo General 

Cumplir con el Art. 2 de la Ley Orgánica de la LNB el cual tiene por objeto exclusivo, obtener fondos para ayudar al Estado en el cumplimiento de sus fines, especialmente en lo referente a los servicios de salud pública y asistencia social; asimismo como institución autónoma dar a conocer la imagen de beneficencia que posee para con los sectores vulnerables del país, a través del Programa Lotería en Acción.

Objetivos Específicos 

Posicionar la imagen de la LNB como una institución de Beneficencia a través del Programa Lotería en Acción.

Aportar a mejorar la disponibilidad de recursos de instituciones de ayuda humanitaria que trabajan con adulto mayor, Jóvenes en rehabilitación y niñez en abandono.

Contribuir al desarrollo de las Organizaciones que velan por la niñez y adulto mayor de sectores vulnerables del país.

Contribuir al mejoramiento de los servicios de salud pública y asistencia social en la red de hospitales nacionales.

Aportar a la recreación y esparcimiento de las personas recluidas en lugares de atención para adulto mayor, jóvenes y la niñez.

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CRITERIOS PARA INCORPORAR A NUEVAS INSTITUCIONES PARA SER BENEFICIADAS CON EL PROGRAMA LOTERIA EN ACCION

Las instituciones y/o organizaciones que deseen ser beneficiarios del Programa Lotería en Acción, deberán estar legalmente inscritas cumplir con los siguientes criterios: 

Ser una institución reconocida a nivel local, nacional y/o internacional por el trabajo realizado por los sectores vulnerables del país.

Que atienda niños, adulto mayor, jóvenes, personas en proceso de rehabilitación por adicciones a drogas, personas con discapacidad, entre otros.

CRITERIOS PARA APROBAR SOLICITUDES DE INSTITUCIONES PREVIAMENTE ESTABLECIDAS PARA SER BENEFICIADAS CON EL PROGRAMA LOTERIA EN ACCION

Las comunidades vulnerables podrán solicitar artículos que coadyuven al desarrollo social del país, siempre y cuando cumplan con los siguientes criterios: 

Comunidades representadas por ADESCOS, instituciones legalmente reconocidas o Entidad que compruebe su estado de necesidad como sector vulnerable.

Que los artículos solicitados sean de beneficio para la comunidad.

Que los artículos solicitados beneficien a familias de escasos recursos o con padecimientos especiales.

POLITICA DE EJECUCION DE PROGRAMA

a)

En ningún caso se dará dinero en efectivo a las instituciones necesitadas.

b)

Cuando la institución beneficiada no presente la documentación requerida por la LNB para dar trámite a la ayuda, el apoyo se suspenderá.

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c)

Se podrán realizar aleatoriamente visitas de seguimiento a los beneficiarios, dentro de los seis meses posteriores a la donación.

d)

Se apoyará únicamente a instituciones establecidas legalmente como Asociación de ayuda humanitarias, Institución de Salud, asistencia social, conforme a lo establecido en las leyes aplicables vigentes.

e)

Las instituciones de ayuda humanitaria debe comprobar que cuenta con la infraestructura, equipo y recursos humanos suficientes para desarrollar los programas y acciones para los cuales solicitan el apoyo

f)

Se verificara en cada visita que los productos tangibles donados con anterioridad estén siendo utilizados en cada una de las instituciones.

DESCRIPCION DE RUBROS POR PRODUCTOS QUE SE OTORGAN CON PROGRAMA DE LOTERIA EN ACCION 1. Productos Alimenticios: Insumos destinados para alimentar a las personas beneficiadas de este plan; preparados o sin preparación, como por ejemplo: frijoles, arroz, azúcar, aceite, refrigerios, almuerzos, cenas, desayunos, entre otros. 2. Artículos de limpieza y cuidado personal: Insumos para mantener en condiciones higiénicas de las instalaciones de alojamiento de los beneficiarios de este plan, como por ejemplo: detergente, jabón, champú, pampers, lejía, entre otros. 3. Productos de Confitería y Refrigerio: Insumos varios destinados para a las personas beneficiarias de este plan, como por ejemplo: Piñatas, dulces, pasteles, repostería, alimentos preparados, enlatados o empacados, entre otros.

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4. Productos Textiles Insumos varios de trapos, tela, hilo, fibra destinados para satisfacer las necesidades de los beneficiarios como por ejemplo: Ropa de vestir, Ropa interior, Ropa de cama, manteles, toallas, entre otros. 5. Muebles y otros Insumos varios necesarios para facilitar los usos y actividades habituales de los beneficiarios, tales como dormir, comer, cocinar, descansar, entre otros, como por ejemplo: Camas, sillas, sillones, mesas, entre otros. 6. Artículos de línea blanca, electrodomésticos: Insumos varios destinados para realiza algunas tareas domésticas rutinarias, como pueden ser cocinar, conservar los alimentos, o de limpieza, entre otras utilizadas en el hogar o instituciones ejemplo: cocina, refrigeradora, licuadora, lavadoras, secadoras, planchas, ventiladores, entre otros. 7. Mobiliario y Equipo Médico: Insumos destinados a satisfacer las necesidades de los beneficiarios, como por ejemplo: instrumento, implementos, aparatos, máquina, equipos, para ser utilizado para el diagnóstico, prevención, control y tratamiento o alivio de enfermedades, terapias varias, rehabilitación, entre otros. 8. Logística y Entretenimiento: Insumos varios necesarios para la operación logística del plan de Lotería en Acción, así como servicios de transporte, servicios prestados por profesionales de entretenimiento, a utilizar en actividades de recreación de esta promoción como por ejemplo: payasos, títeres, cuenta cuentos, malabaristas, dinámicas interactivas; pegamento de contacto, telas, poliuretano, entre otros. 9. Productos Varios Otros productos que no se encuentran contemplados en los incisos anteriores y que sean necesarios para suplir las necesidades de los beneficiarios como por ejemplo: Material educativo como: papelería, útiles, libros, material didáctico, etc, juguetes, vajillas, ollas, cubiertos, zapatos, equipo informático, aparato electrónicos, instrumentos musicales, entre otros.

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COMISION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA LOTERIA EN ACCION

Para la entrega de los donativos se conformara por una comisión de 3 personas, las cuales estará conformada por la Coordinadora de Beneficencia, un empleado de Recursos Humanos y un empleado de comunicaciones. En caso de ser necesario se harán acompañar de voluntarios para el acompañamiento.

REGLAMENTO DEL PROGRAMA LOTERIA EN ACCION 1.

Vigencia del Plan:

El Programa de Lotería en Acción tendrá vigencia a partir del mes de febrero al mes de diciembre de cada año. 2.

Instituciones a atender:

Serán aquellas aprobadas por Junta y aparecen en la sección: Nómina de Instituciones beneficiadas y otras que a criterio de la Presidencia de la LNB para considerarse para su incorporación, las cuales se reflejan en el plan anual. 3.

Derecho de uso de fotografía y video:

Las autoridades de las diferentes instituciones atendidas cederán los derechos de uso del material fílmico y de fotografías producidos durante la ejecución de la Plan, estas servirán para informar a la población a través de los distintos medios de comunicación que la LNB considere pertinente. 4.

Recepción de los artículos:

Los encargadas de todas las instituciones beneficiadas firmaran y sellaran la nota de recepción del producto, en el cual se detallará el donativo, una vez dado por recibido se procederá a firmar y sellar dicho recibo el día de la entrega, en caso de no poseer sello o encontrarse bajo resguardo por alguna razón; el responsable de

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recibir

el

donativo deberá firmar y escribir su número de documento único de

identidad personal (DUI). 5.

Sobre la programación de visitas:

La programación de visitas para entregas de donativos podrá ser sujeta a cambios según las necesidades que se presente.

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