Capítulo Criminológico Vol. 36, Nº 3, Julio-Septiembre 2008, 29 - 46 ISSN: 0798-9598
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA POLÍTICA CRIMINAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: MUNICIPIO MARACAIBO, VENEZUELA*
Pablo Han Chen** Eduardo Piña Ysea*** Adriana Pérez Ferrer**** *
Este trabajo es un producto del Programa de Investigación “OBSERVATORIO LATINOAMERICANO DE POLITICA CRIMINAL: CASO VENEZUELA (Fase II)”, el cual es desarrollado en el Instituto de Criminología de la Universidad del Zulia, bajo el financiamiento del Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico de la Universidad del Zulia, según oficio de aprobación VAC-CH0094-06. ** Abogado. Magíster Scientiarium en Ciencias Penales y Criminológicas. Doctor en Derecho. Profesor de Pregrado y Postgrado de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulla. Investigador del Instituto de Criminología y Jefe de la Sección Jurídica del mismo Instituto. E-mail: pablohan@cantv.net *** Abogado. Asistente de Investigación del Instituto de Criminología de la Universidad del Zulia. E-mail: justiciaciega@mipunto.com ****Abogada. Asistente de Investigación del Instituto de Criminología de la Universidad del Zulia. E-mail: adri-pf26@hotmail.com
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RESUMEN El Estado Venezolano debe garantizar la protección de los ciudadanos a través de los órganos de seguridad ciudadana, respetando en todo momento la dignidad y los derechos humanos de toda persona; tal como lo contempla el precepto constitucional venezolano en su artículo 55, el cual da paso a la elaboración de leyes y decretos especiales en la materia, que permiten ampliar el ámbito de aplicación del concepto de seguridad ciudadana dentro de un verdadero Estado democrático y social de derecho y de justicia. En ese sentido, es menester evaluar si el diseño de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana desarrolladas en el Estado Zulia, especialmente en el Municipio Maracaibo, preserva la seguridad, el orden y la tranquilidad de los ciudadanos, aunado a la participación ciudadana que dan muestra de la dinámica social, destinadas a fortalecer el proceso de rendición de cuentas por parte de los órganos públicos del sistema de justicia penal. Palabras clave: Protección, seguridad ciudadana, políticas públicas, participación ciudadana y dinámica social.
CITIZEN PARTICIPATION MECHANISMS IN CRIME PREVENTION POLICY: MUNICIPALITY OF MARACAIBO, VENEZUELA ABSTRACT The Venezuelan State must guarantee the protection of the citizens, through the citizen security elements; respecting at any moment the dignity and the human rights of all person; as it contemplates the Venezuelan constitutional rule to it in his article 55, which gives to passage to the elaboration of laws and special decrees in the matter, which they allow to extend the scope of application of the concept of citizen security within a true democratic and social State of right and justice. In that sense, it is Recibido: 14-06-2007 • Aceptado: 03-04-2008
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necessary to evaluate if the design of the public policies in the matter of citizen security in the Zulia State, specially the Maracaibo Municipality preserves the security, the order and the tranquillity of the citizens, combined to the citizen participation, who give sample of social dynamics, destined to fortify the process of surrender of accounts on the part of the organs public of the system of penal justice. Key words: Protection, citizen security, public policies, social citizen and dynamic participation.
1. CONSIDERACIONES GENERALES La inseguridad es un fenómeno social, que se ha venido incrementando en los últimos años, pareciera que las políticas públicas implementadas por el Estado para contrarrestar el índice delictivo han sido insuficientes. La Seguridad es una condición de bienestar social, la lucha contra la delincuencia es tarea de todos, en tal sentido, el precepto desarrollado en la vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 55, se refiere a la protección y participación en los programas destinados a la prevención, seguridad ciudadana y administración de emergencias regulado por una ley especial. Frente a esta situación real, las autoridades de las distintas entidades federales del país, en específico, el gobierno regional del Estado Zulia, a través de la creación de la Secretaría de Defensa y Seguridad Ciudadana y la promulgación de las leyes regionales, entre ellas, la ley de Defensa y Seguridad Ciudadana y de Policía Regional, se impuso como meta inmediata proporcionar seguridad y protección frente a estas situaciones que generan amenazas, vulnerabilidad y riesgos para la integridad física de los ciudadanos, las propiedades y el disfrute de sus derechos. En tal sentido, es necesario igualmente revisar la situación actual en materia de seguridad ciudadana desde el ámbito penal y criminológico existente en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia; ¿Cuáles son los programas y planes que se están llevando a cabo en la ciudad por sus organismos de seguridad, como medio de control y prevención del delito?; y ¿Cuál ha
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sido el papel de la ciudadanía como instrumento de cooperación ante los entes gubernamentales de la región? En atención a la problemática planteada en la presente investigación, se partió del estudio de la seguridad ciudadana bajo el marco constitucional, criminológico y social; a fin de realizar un estudio descriptivo de las políticas implementadas por los entes gubernamentales del Estado Zulia y específicamente por las instancias del Municipio Maracaibo, en relación a la seguridad ciudadana, especialmente en la prevención y control del delito; abordando el enfoque comunitario, en base a las estrategias y alternativas que han desarrollado los cuerpos de seguridad que posibilitan su participación y cooperación en la política de control y prevención de las conductas delictivas.
2. ENFOQUE CONSTITUCIONAL DE LA SEGURIDAD CIUDADANA La seguridad ciudadana es la protección o resguardo que debe tener toda persona por parte del Estado mediante la aplicación de determinados instrumentos legales especiales, ante situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas. Es por ello, que la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 55, la función y responsabilidad de los órganos de seguridad ciudadana, como medio para garantizar la protección de los ciudadanos en el disfrute de los derechos fundamentales, conllevando la creación de instituciones e instrumentos legales que permitan abordar integral y eficazmente la problemática de la inseguridad. De igual manera, la citada norma constitucional, posibilita la participación de los ciudadanos en los programas destinados a la prevención del delito, que progresivamente por mandato del propio instrumento constitucional tendrán especial regulación. Se observa igualmente, que los cuerpos de seguridad respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. Cabe considerar por otra parte, que antes de que se hablara de seguridad ciudadana en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, se hablaba de orden público; lo que traía como consecuencia la
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asimilación de la actuación policial, sin medida o límites en base al resguardo social y la ejecución de las funciones relacionadas a la seguridad del Estado. En tanto la Carta Magna de 1.999, mantiene la noción de orden público, con lo que se observa la influencia de manera discordante con la progresividad establecida en el mismo instrumento en materia de derechos humanos, con el debido proceso y otros derechos civiles. Lo cual indica que el concepto de seguridad ciudadana propuesto como alternativa al orden publico “es más cónsono con las exigencias constitucionales de los estados de derecho” (Provea; Informe 2000/2001, 293).
3. PERSPECTIVA CRIMINOLÓGICA DE LA SEGURIDAD CIUDADANA En atención a la problemática social expuesta, se hace necesario elaborar propuesta de políticas públicas proyectada en el tiempo y espacio que permita controlar y prevenir la inseguridad que vive la comunidad para darle una mejor calidad de vida a la ciudadanía. Dentro de éste marco, Aniyar ha desdeñado lo “técnico” e incluso ha rechazado la expresión “seguridad”, por estar asociada con políticas represivas y autoritarias; impregnada de connotaciones negativas por una parte, porque recuerda la mal afamada consigna de “Ley y Orden”, y por la otra, porque la expresión “seguridad”, asociada a “Nacional” ha tenido en el país una serie de consecuencias muy negativas, en perjuicio de los derechos ciudadanos. Ahora bien, Lolita Aniyar, fiel exponente de la corriente del pensamiento crítico de la criminología, señala: “La criminología crítica puso en segundo lugar la lucha contra el crimen, porque éste ha sido una conducta generalmente atribuida a las clases bajas. Por eso, y como contra información radical, se invirtió tanto esfuerzo en estudiar la delincuencia de las clases altas. Nuestra tendencia olvidó la trascendencia que tienen, especialmente para los de menores recursos, los objetos que con tan gran esfuerzo adquieren para su modestísimo comfort. Nos convertimos en una vanguardia intelectual, con un escaso contacto real con los pobres, los que nos impedía conocer lo que pensaban en relación a esto” (Aniyar, 2003:81).
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Dentro de este orden de idea, la criminología crítica ha dicho que el sentimiento de inseguridad es un problema. En tal sentido Aniyar plantea que: “…las propuestas para enfrentar la inseguridad se han generalmente ubicado dentro de la corriente llamada de la Criminología Organizacional, funcional positivista, orientada a proporcionar más elementos técnicos de lucha contra el crimen, que debates en relación con la sociedad y el sistema de Justicia Penal” (Aniyar, 2003:81).
Por su parte, la criminología interaccionista, al enfatizar la intersubjetividad, y por lo tanto, la relatividad y selectividad de la asignación del estatus de delincuente, necesariamente influirá en una perspectiva diferente de la política criminal. Pero mientras una parte de la criminología, la típicamente norteamericana del etiquetamiento o labeling approach, pudiera asimilarse al positivismo al insistir en los efectos criminógenos del señalamiento; la tendencia llamada del interaccionismo crítico, de una parte de la doctrina alemana, al puntualizar la selectividad política del control, se afilia a la criminología crítica y participativa de sus maneras de hacer política criminal. Finalmente se observa que la seguridad ciudadana ha dejado de ser un bien y una responsabilidad estrictamente público, en el sentido de que la misma sociedad de estrato social media y en especial alta, utiliza medidas alternativas de seguridad, como son: vigilancia privada, sistema de cercados eléctricos, animales domésticos, entre otros mecanismos de prevención, que coadyuven a la protección y resguardo de sus intereses.
4. SEGURIDAD CIUDADANA: PREVENCIÓN Y CONTROL Pareciera que el Estado Venezolano en la dinámica social no está lo suficientemente cerca de la colectividad, para compartir y comprender sus costumbres, hábitos, necesidades, idiosincrasias, aspiraciones, cultura y vicisitudes que pueden variar de acuerdo a los diferentes espacios sociales. La prevención implica operar de tal modo, que se evite la ocurrencia de algo no deseado. En materia delictiva, la prevención se referiría a la implementación de medidas tendentes a evitar la insurgencia de delitos o su
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reincidencia. En ese sentido, se podría distinguir tres tipos de prevención fundamentalmente: a) La Primaria, que comprendería las intervenciones destinadas a evitar radicalmente la insurgencia de una desadaptación. b) La secundaria o individualización precoz de sujetos particularizados y su consiguiente tratamiento, dado que manifiestan patrones conductuales inadaptados y desordenados proclives a la delincuencia. c) La terciaria, que comprendería el tratamiento de individuos que ya han manifestado conductas delictivas en sentido estricto, a fin de lograr su readaptación y evitar la extensión y reproducción de la delincuencia en otros sujetos. Visto de esta forma, la prevención del delito en un sentido amplio, se puede decir que, consiste en preparar o disponer lo necesario anticipadamente, para evitar un riesgo o la materialización de un determinado evento en el futuro; en nuestro caso, la prevención sería la suma de políticas dirigidas a impedir el surgimiento o avance de la criminalidad. En la actualidad, el Estado Venezolano carece de un estatuto preventivo nacional que codifique y discipline el régimen preventivo en materia de seguridad; dejando como resultado que cada región tenga la facultad de promulgar su propia legislación policial. 4.1. Intervención de la ciudadanía para la prevención del delito: Aproximación a la experiencia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. 4.2. A traves de la policia municipal La Policía Municipal surge en Venezuela como un mecanismo de control social formal, dentro de la política criminal del Estado en resguardo de la seguridad ciudadana, atendiendo así a la demanda de protección de la sociedad, con una función fundamentalmente administrativa y de prevención más que de control y represión del delito. Se debe establecer a la policía municipal, la obligación de uso de la técnica de disuasión, para hacer de sus actividades referidas al delito, menos represiva y más preventiva; de modo que se pueda recuperar la confianza de la sociedad en los órganos policiales. A partir de ésta reflexión, es importante señalar algunos resultados obtenidos de las entrevistas a las autori-
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dades policiales del Municipio Maracaibo (POLIMARACAIBO) en materia de prevención y control del delito, cuyo organismo de carácter público, busca reducir la criminalidad y sus consecuencias, sobre la base de la participación de la comunidad; elaborando programas de capacitación para la colectividad, a fin de evitar la apatía e inactividad de la ciudadanía en su responsabilidad de coadyuvar en las tareas de prevención del delito. La Policía Municipal del Municipio Maracaibo, tiene como función primordial brindar “Seguridad” a los ciudadanos de su localidad, esto quiere decir, que la Seguridad es un servicio para resguardar la vida y bienes de las personas, donde la policía debe servir de enlace en relación a otros órganos de seguridad. Entre los planes, estrategias, actividades y talleres elaborado por el Instituto Nacional de Policía Municipal de Maracaibo (Polimaracaibo), dirigido para incentivar y posibilitar la intervención ciudadana en la prevención del delito, se observan, los siguientes: a) Taller de Seguridad e Integración Escolar: Busca el mayor contacto con las Unidades Educativas, evaluar las problemáticas que presentan, las condiciones físicas, analizar el problema de seguridad en todos los aspectos, reflexionar sobre todos los elementos que tiene el sistema educativo: el personal docente, directivo, población estudiantil y la sociedad de padres y representantes, procurando que existan una integración entre ellos, todo ello a través de la realización de visitas a fin de orientarlos y otorgar herramientas para realizar Comités de Seguridad Estudiantil, Brigadas Disciplinarias, Patrulladas Escolares, estar a disposición cuando se detecten algunas irregularidades de sujetos ajenos al sistema estudiantil. b) Taller de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito: Dictados a fin de orientar a las comunidades en relación a quienes son las instituciones a las que se debe acudir en caso de tener conocimiento sobre hechos delictivos; cómo denunciar, qué denunciar, qué hacer y de qué forma hacerlo; asimismo, conocer las diferencias existentes entre delito y falta, etc. c) Taller de Inteligencia Vecinal: Dirigido a personas seleccionadas que cumplen con un perfil respetable dentro de la comunidad, a fin de servir de informantes anónimos sobre los sucesos que ocurran dentro de su comunidad.
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d) La Coordinación de Prevención y Seguridad Ciudadana (Maracaibo): Es importante resaltar que a mediados del año 2005, se creó la Coordinación de Prevención y Seguridad Ciudadana del Municipio Maracaibo mediante decreto de la Alcaldía, donde toda la política municipal que se estaba llevando a cabo a través del Instituto de Policía Municipal de Maracaibo (Polimaracaibo), pasará a la novísima Coordinación, buscando constituirse como un ente de control de la ejecución de estas políticas, conjuntamente con Protección Civil y Administración de Desastres, cuyas actividades están reguladas por el Decreto con fuerza legislativa de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres (publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.5557 de fecha 13 de noviembre de 2001), a fin de dar respuesta a la problemática existente en el Municipio. e) División de Asuntos Comunales: La Policía Municipal de Maracaibo cuenta con una División de Asuntos Comunales, creada para servir de enlace entre la comunidad y la institución policial. Generalmente, los cuerpos policiales enfocan sus estrategias hacia la represión, la coacción, pero hoy en día, Polimaracaibo como cuerpo policial ha comprendido que la parte de orientación y capacitación de la comunidad es vital, y de ésta manera se hace prevención. Por lo tanto, según opinión, de funcionarios de Polimaracaibo, en la actualidad dicho cuerpo policial se avoca a trabajar más directamente con las comunidades en materia de seguridad y otros aspectos sociales. Igualmente, poseen el registro de todas las asociaciones de vecinos y juntas vecinales, donde generalmente hacen reuniones una o dos veces al mes, allí las comunidades exponen sus problemas en cuanto a la seguridad, así como aquellas situaciones donde dentro de su competencia (Polimaracaibo) no pueda solucionar, pero sirven de puente de comunicación hacia aquellos organismos que son los competentes. Por lo demás, el registro estadístico, en las distintas asociaciones de vecinos y juntas vecinales, permite a la institución conocer, cuál de las parroquias que conforman el Municipio Maracaibo, representa mayor riesgo para sus habitantes en base a la incidencia de conductas delictivas, por lo tanto, mayor compromiso y presencia policial en el área. A titulo ilustrativo, se muestran dos cuadros o tablas, donde se jerarquiza por Parroquias del Municipio Maracaibo respecto a la ocurrencia de Delitos contra las Personas, específicamente: Homicidio y Lesiones a la in-
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tegridad física de las personas, durante el período comprendido desde Septiembre 2004 hasta Septiembre 2005: Se observa en la Tabla 1, de conformidad a las cifras suministrada por la Policía Municipal de Maracaibo, la ocurrencia de un total de 68 Homicidios en todo el Municipio durante el período que abarca el estudio; siendo la Parroquia Venancio Pulgar la que arrojó el mayor índice de criminalidad, con 10 Homicidios seguida muy de cerca por la Parroquia Olegario Villalobos, con 9 Homicidios. En la Tabla 2, se observa un total de 63 Lesiones, siendo la Parroquia con mayor índice de criminalidad en esta categoría, la Olegario Villalobos con 10 lesiones, luego las Parroquias Francisco Eugenio Bustamante y Venancio Pulgar con 7 Lesiones cada una respectivamente. Tabla 1 Suceso: Homicidios (Septiembre 2004 – Septiembre 2005) Parroquia Olegario Villalobos
Cantidad 10
% 15,8
Fco. Eugenio Bustamante Venancio Pulgar
7 7
11,1 11,1
Raul Leoni Chiquinquira Luis Hurtado Higuera
6 5 5
9,5 7,9 7,9
Santa Lucia Cristo de Aranza Juana de Avila Cacique Mara Cecilio Acosta Antonio Borjas coquivacoa Manuel Dagnino San Isidro Total
5 4 4 3 3 1 1 1 1 63
7,9 6,3 6.3 4,7 4,7 1,5 1,5 1,5 1,5 100
Fuente: Policía Municipal de Maracaibo (POLIMARACAIBO) 2005
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Tabla 2 Suceso: Lesiones a la integridad física de las personas (Septiembre 2004 – Septiembre 2005) Parroquia
Cantidad
%
Venancio Pulgar
10
14,7
Olegario Villalobos
9
13,2
Cecilio Acosta
5
7,3
Cristo De Aranza
5
7.3
Luis Hurtado Higuera
5
7,3
Antonio Borjas
4
5,8
Chiquinquira
4
5,8
Fco. Eugenio Bustamante
4
5,8
Bolivar
3
4,4
Cacique Mara
3
4,4
Coquivacoa
3
4,4
Idelfonso Vazquez
3
4,4
Raul Leoni
3
4,4
Manuel Dagnino
2
2,9
Santa Lucia
2
2,9
Carracciolo Parra Pérez
1
1,4
Juana de Avila
1
1,4
San Isidro
1
1,4
Total
68
100
Fuente: Policía Municipal de Maracaibo (POLIMARACAIBO) 2005.
Por lo tanto, según las cifras mostradas, no cabe duda que las localidades o parroquias más violentas del Municipio Maracaibo, son Venancio Pulgar y Olegario Villalobos, requiriendo mayor compromiso de cooperación e intervención por parte de sus habitantes con las autoridades, en beneficio de un mejor y efectivo control y prevención de la conducta delictiva en esas zonas.
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Es importante acotar que en ambas tablas no se clasifica el tipo de Homicidio ni las Lesiones; son cifras estadísticas generales que maneja éste órgano policial. 4.3. A traves de los organismos de seguridad estadal 4.3.1. Programas de atención a la Comunidades La comunidad organizada dentro de los municipios y parroquias desempeña un rol determinante en las políticas y planes gubernamentales que cada Estado y cada Municipio debe manejar como estrategia para articular la seguridad ciudadana en su región. Ciertamente, existe la necesidad de hacer frente a la inseguridad en los lugares donde ella se experimenta, asumiéndose que mediante la incorporación de las potencialidades de las personas organizadas en el territorio local se podría incrementar los niveles de control social, generando así una disminución de las actividades antisociales en el interior de barrios y sectores residenciales. Ante esta formulación, se debe empezar por organizar a los miembros de cada colectividad, constituyendo un recurso para el logro de formas de prevención más integrales y eficaces, buscando con ello promover la conformación de sus propias redes de relaciones y organizaciones, fomentando los vínculos entre las comunidades con los cuerpos policiales y las distintas instituciones de la región. Dentro de este orden de ideas, han señalado los funcionarios entrevistados de la policía estadal, que en el Estado Zulia se están desarrollado programas y proyectos que fomentan la participación ciudadana, a través de la creación de la Secretaria de Promoción y Prevención Ciudadana en el año 2001, en pro del desarrollo y la seguridad de los ciudadanos, ejecutando mecanismos que permita al Gobierno Regional prevenir desde la comunidad, las condiciones delictivas y de inseguridad, promoviendo así la integración, la solidaridad y el apoyo de la comunidad para que ésta logré su propio bienestar. Asimismo, la Policía Regional tiene una línea de atención al público, que funciona las 24 horas del día, denominada “171” la cual es una fundación del Estado, con su personal civil y personal policial que se encarga del despacho de las unidades de atención inmediata, ante el reporte de una novedad irregular o presuntamente delictiva por parte de cualquier ciudadano.
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Los programas y planes llevados a cabo por los comités de defensa; nace con la promulgación de la Ley de Defensa de Seguridad Ciudadana del Estado Zulia en el año 2001. En ese sentido, dentro del estudio descriptivo que se realizó como parte del desarrollo de esta investigación, se puede observar que los comités de defensa tienen como misión, promover y propiciar en las comunidades la lucha organizada por el libre ejercicio de los derechos y libertades individuales y colectivas. Lo cual está Integrado por los mismos miembros y organizaciones de la sociedad civil; bajo una organización a nivel de parroquia, sector, barrio, urbanización o caserío. Todo enmarcado por el Departamento de la Secretaria de Promoción y Prevención Ciudadana, encargado de desarrollar planes y proyectos a nivel educacional para la comunidad, sirviendo de enlace entre la comunidad y los organismos policiales para la prevención del delito. A titulo ilustrativo se indica los programas de atención a las comunidades por parte del Departamento de la Secretaria de Promoción y Prevención Ciudadana del Estado Zulia: Secretaria de Promoción y Prevención Ciudadana
Programas de atención a las comunidades
Comité de Defensa y Seguridad Ciudadana
Guardianes Juveniles
Esta Escuela es mía
Prevención y Formación Ciudadana
Bienestar Social
Deportes Comunitario
Fuente: Secretaria de Promoción y Prevención Ciudadana
a) Comité de Defensa y Seguridad Ciudadana: Son asociaciones civiles no gubernamentales de apoyo a las autoridades policiales que se rigen bajo los parámetros contenidos en la ley de defensa y seguridad ciudadana. Orientadas al desarrollo de actividades de coordinación, formación y seguridad ciudadana, en beneficio de mejorar la calidad de vida en las parroquias, sectores y urbanizaciones, participando en la lucha organizada contra la
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criminalidad y las conductas contrarias al orden público, la moral y las buenas costumbres. Establece un trabajo mancomunado de apoyo preventivo con las autoridades policiales para atender planteamientos, denuncias y así mejorar las relaciones ínter vecinal de los habitantes de las localidades. Va dirigido a toda la comunidad organizada o no, que desee asumir el compromiso de gestionar y trabajar de manera directa y conjunta por el bienestar de su comunidad. b) Guardianes Juveniles: Son organizaciones que permiten la participación libre y espontánea de adolescentes en actividades de la comunidad. Aplicado a todos aquellos jóvenes con edades comprendidas entre 12 y 17 años, que quieran trabajar por el ejercicio de sus derechos y en pro de la comunidad y la región. c) Esta escuela es mía: Organización que consolida y fortalece la realización comunidad-escuela y está orientada a fortalecer la amistad, el respeto, la solidaridad, la cooperación, la seguridad escolar y la convivencia ciudadana. Programa dirigido a toda la comunidad educativa (docentes y alumnos, sociedad de padres y representantes) para resguardar las escuelas de hechos delictivos. d) Prevención y Formación Ciudadana: Es un programa orientado a la formación y capacitación de todos los actores involucrados en las distintas estructuras organizativas de la secretaria de promoción y prevención ciudadana. El cual está dirigido a miembros de los comités de alerta ciudadana; miembros de los guardianes juveniles; miembros de esta escuela es mía y funcionarios policiales. e) Bienestar Social: Es un programa integral de previsión Social orientado a mejorar los niveles de vida del policía y su núcleo familiar. Dirigido a todos los funcionarios policiales y sus familiares directos. f) Deportes Comunitarios: Integrar a la comunidad a través de su participación activa en actividades deportivas y de sana recreación, instruyéndola en diferentes disciplinas, para fomentar los lazos de convivencia ciudadana y
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poner el deporte al alcance de todos como instrumento de prevención ciudadana. Dirigido a todos ciudadanos independientemente de la edad. 4.3.2. Plan Integral de Seguridad Ciudadana La Ley de Defensa y Seguridad Ciudadana del Estado Zulia de fecha 24 de Mayo de 2001, tiene como objeto establecer las condiciones para la preservación de la seguridad, el orden y la tranquilidad pública, proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades individuales y colectivas, promover el comportamiento moral y cívico de los ciudadanos, cumplir con el precepto constitucional que consagra la participación de la comunidad en la elaboración, planificación, desarrollo y ejecución de las políticas y programas de seguridad ciudadana y, orden público a ser ejecutadas conjuntamente con el Estado. Se requiere con ello significar, lo que contempla el Titulo III del Consejo Superior de Defensa y Seguridad Ciudadana, consejo éste, que se instauró en fecha 04 de Agosto de 2005, dando así, cumplimiento a lo que contempla la misma Ley de Seguridad Ciudadana del Estado Zulia, iniciativa que plantea darle continuidad al Plan Integral de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Interior y Justicia, para garantizar la integridad físicas de las personas y sus bienes. En efecto busca incentivar transformaciones fundamentales y efectivas en la ciudadanía, a través de la conformación de equipos multidisciplinarios abocados a diseñar las estrategias operacionales necesarias a fin de dar respuesta a las peticiones de los diversos estratos sociales que conforman la región zuliana. Éste nuevo órgano constituido (Consejo Superior de Defensa), es un cuerpo organizado de coordinación de las acciones policiales del Estado, de los municipios y de las parroquias, y está bajo el control jerárquico del Gobernador del Estado o de las autoridades que éste designe, a quien deberá rendir cuenta de sus actuaciones. Debe señalarse, que éste órgano tiene como parte de sus premisas realizar un estudio minucioso de los diversos sectores, mediante labores de enlace comunitario, donde se le proporcione el valor real a la información suministrada en materia de seguridad y otros aspectos de interés social, por parte de las comunidades. Sensibilizar a la colectividad, que
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la seguridad es un compromiso colectivo y descansa en cada una de las personas que la integran, donde se fomente la cultura de “Prevención Integral” durante la aplicación del plan, dando cumplimiento al artículo 55 del precepto constitucional.
5. CONSIDERACIONES FINALES Dentro del marco de la prevención y control del delito, la participación ciudadana juega un rol protagónico, donde la sociedad tiene un sentido de pertenencia y un espacio para actuar y deliberar conforme a su particular concepción del mundo y sus intereses en específicos; capaz de formar parte de las líneas y políticas sociales que deba implementarse para una mejor convivencia dentro de la comunidad. Por otra parte, en lo que respecta a la política criminal de control del delito, se observa que en la mayoría de los casos, los organismos de seguridad no estudia las raíces del problema “inseguridad”, sino por el contrario, opera en el caso concreto, es decir, una vez materializado el hecho, subyacen a la fase del conocimiento y posterior investigación; reafirmando la posición adoptada en la primera Conferencia Europea y Norteamericana sobre la Prevención de la Delincuencia, (Baratta A. citado por Ávila Keymer, 2005: 230), que destaca el ejercicio de la función simbólica de control de los órganos policiales en predominio del mantenimiento del orden, sin pretender extinguir el delito, sólo dominarlo. La seguridad es un factor auxiliar del bienestar social que permite ser un regulador de la calidad de vida de los ciudadanos. Lo cual indica que la asimilación del concepto de seguridad no debe circunscribirse sólo a la prevención o persecución del delito, “sino orientada a promover la salvaguarda y garantía de todos los derechos humanos” (Provea; 2000/2001: 293). Los niveles de inseguridad no se van a poder disminuir sin la ayuda de los ciudadanos. La comunidad es un elemento importante en el manejo y resolución de conflictos, ya que es la afectada, por lo que debe tener pleno conocimiento de quiénes son las instituciones que prestan un servicio de seguridad ciudadana y los distintos canales, planes y programas de participación.
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De acuerdo a los programas y planes llevados a cabo por la Secretaria de Promoción y Prevención Ciudadana del Estado Zulia y la Autoridad Policial del Municipio Maracaibo (POLIMARACAIBO), en cuanto a la participación ciudadana en los asuntos comunales, debe ser más contundente su campo de acción, que le garantice la protección de los derechos humanos, a través de la intervención de los órganos del estado y la comunidad organizada. Empezando por organizar a los miembros de cada colectividad, constituyendo un recurso para el logro de formas de prevención más integrales y eficaces, buscando con ello promover la conformación de sus propias redes de relaciones y organizaciones, fomentando el vínculo entre la comunidad y las instancias que son ejercidas por los entes gubernamentales. Por otro lado, se debe educar y formar a los órganos policiales a nivel nacional, estadal y municipal para que su acción esté orientada hacia la protección de las libertades públicas y de los derechos humanos, restringiendo el poder punitivo del estado a su mínima expresión, con la finalidad de que la prevención tenga primacía sobre la represión.
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