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Gobierno y Administraci贸n P煤blica


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El Gobierno y la Administración General del Estado

El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Presidente del Gobierno Vicepresidente o vicepresidentes Ministros La Administración General del Estado, bajo la dirección del Gobierno y con sometimiento pleno a la ley y al Derecho, sirve con objetividad a los intereses generales, desarrollando funciones ejecutivas de carácter administrativo.


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Órganos centrales Bajo la dirección del Gobierno, la Administración General del Estado se organiza en Ministerios.

Cada Ministerio se encarga de uno o varios sectores homogéneos de actividad administrativa que, normalmente se corresponden con su denominación. Ministros Secretarios de Estado Subsecretarios Subsecretarios generales Subsecretarios generales técnicos Directores generales Subdirectores generales


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Órganos territoriales Delegados del Gobierno Dirigen y supervisan todos los servicios de la Administración General del Estado y sus organismos públicos situados en la Comunidad Autónoma en coordinación con el Ministerio de Política Territorial y con el del Interior en materia de libertades públicas y seguridad ciudadana.

Subdelegados del Gobierno Representan al Gobierno en cada provincia y dependen del delegado del Gobierno en la respectiva Comunidad Autónoma, quien les nombra por el procedimiento de libre designación.

Directores insulares Existirán en las islas que se determine y dependen jerárquicamente del delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma. Ejercen, en su ámbito territorial, las competencias atribuidas a los subdelegados del Gobierno en las provincias.


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La Administración General del Estado en el exterior Encargada de representar al Estado fuera de nuestras fronteras ante otros Estados y organismos internacionales. Embajadores Representantes permanentes ante organizaciones internacionales Dirigen la Administración General del Estado en el exterior y colaboran en la ejecución de la política exterior del Estado, definida por el Gobierno, bajo las instrucciones del ministro de Asuntos Exteriores. • Misiones diplomáticas • Representaciones o misiones permanentes • Delegaciones • Oficinas consulares • instituciones y organismos públicos de la Administración General del Estado cuya actuación se desarrolle en el exterior


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Los organismos públicos Entidades de Derecho público que tienen por objeto ejecutar o gestionar actividades reservadas a la Administración General del Estado en materias económicas o administrativas de fomento y prestación.

Organismos autónomos

Realizan actividades fundamentalmente administrativas y se someten plenamente al Derecho público.

Entidades públicas empresariales

Efectúan actividades de prestación y gestión de servicios o producción de bienes de interés público susceptibles de contraprestación económica.

Agencias estatales

Dotadas de personalidad jurídica pública, patrimonio propio y autonomía en su gestión, están facultadas para ejercer potestades administrativas.


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Órganos consultivos En muchas ocasiones, los órganos de la Administración General del Estado necesitan recibir asesoramiento técnico antes de tomar decisiones.

El Consejo de Estado

Supremo órgano consultivo del Gobierno. Su consulta es preceptiva para las disposiciones relativas al Derecho comunitario europeo, cuestiones de Derecho internacional, decretos legislativos, conflictos de competencias con las Comunidades Autónomas, etc.

El Consejo Económico y Social

Órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral. Emite dictámenes preceptivos o facultativos, según los casos, sobre los asuntos que el Gobierno somete a su consulta, y elabora estudios e informes sobre temas de carácter económico y social.


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Órganos de control económico y financiero Para evitar que se produzcan irregularidades, existen unos órganos cuya misión es controlar, desde el punto de vista económico y financiero, la correcta administración de dichos recursos. La intervención General de la Administración del Estado Órgano adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda que se dedica al control interno del gasto público con carácter previo a su realización, comprobando que se lleva a cabo de acuerdo con las normas y los principios de la contabilidad pública.

El Tribunal de Cuentas Encargado de llevar a cabo el control externo de la actividad económico-financiera de todo el sector público. Función fiscalizadora Función jurisdiccional


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