EIE-PRM-3

Page 1

unidad 3

unidad

3

Formas jurĂ­dicas de la empresa


unidad 3


unidad 3

El empresario individual El empresario individual es toda persona física, mayor de edad y con capacidad legal sin restricciones, que ejerce la actividad empresarial de forma habitual, actuando en nombre propio, con responsabilidad personal e ilimitada, sujeto a las obligaciones fiscales propias de su actividad y que debe darse de alta en el régimen especial para trabajadores autónomos (RETA) del sistema de la Seguridad Social. Ventajas

Inconvenientes

– Control total del empresario sobre la empresa. – No es preciso aportar un capital mínimo para comenzar la actividad. – Sencillez en los trámites de inicio y en el desarrollo documental de la actividad.

– Responsabilidad personal ilimitada ante los posibles acreedores. – Forma jurídica poco propicia para empresas en crecimiento.


unidad 3

Sociedades personalistas Una sociedad personalista es aquella en la que, desde el punto de vista del derecho mercantil, los socios constituyen un elemento básico y fundamental, ya que deben llevar directamente la gestión empresarial y su responsabilidad es, normalmente, ilimitada. Tipos Sociedad colectiva

Sociedad mercantil en la que todos los socios se comprometen a participar en derechos y obligaciones respondiendo con todos sus bienes.

Sociedad comanditaria

Sociedad colectiva en la que existen socios capitalistas que tienen su responsabilidad limitada a su aportación a la sociedad.

Ventajas

Inconvenientes

– Control total de la empresa por parte de los socios. – Socios sin capital pueden ser dueños de la empresa. – No es preciso aportar capital mínimo inicial (excepto en la sociedad comanditaria por acciones).

– Responsabilidad ilimitada de los socios (excepto los socios comanditarios). – Forma jurídica poco propicia para empresas en crecimiento.


unidad 3

Sociedades capitalistas Sociedades constituidas según las normas jurídicas mercantiles, y que tienen por objeto la realización de operaciones económicas con fines lucrativos. Su capital está dividido en partes alícuotas que pueden ser objeto de venta

Características de las sociedades capitalistas - La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado - Deben constituirse como persona jurídica en escritura pública - La capacidad de decisión y control de los socios es proporcional al aportado por cada uno de ellos. -Pueden tener, según la Ley, limitado el capital y el número de socios. - Sus obligaciones fiscales se regulan en el Impuesto de Sociedades. -Deben darse de alta en el registro mercantil.


unidad 3

Sociedad anónima Una sociedad anónima es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Los accionistas no responden con su patrimonio personal, sino únicamente con el capital aportado.

Ventajas

Inconvenientes

– Responsabilidad limitada al capital invertido en acciones. – Posibilidad de comprar y vender libremente las acciones. – Capacidad de movilizar gran cantidad de recursos para el funcionamiento y crecimiento de la empresa.

– Necesidad de capital mínimo para su constitución. – Complejidad de funcionamiento y tramitación documental. – Pérdida de control de la empresa por parte de los accionistas. – Multitud de requisitos legales para su constitución y puesta en marcha.

Aplicación habitual: este tipo de empresas no es adecuado para pequeños negocios debido a la complejidad de su funcionamiento y a la necesidad de un capital mínimo elevado. Sin embargo, es el modelo habitual en empresas grandes, ya que es la única posibilidad de movilizar todo el capital preciso para su desarrollo y, además, cuentan con la ventaja de la responsabilidad limitada.


unidad 3

Sociedad de responsabilidad limitada Una sociedad de responsabilidad limitada es la sociedad mercantil en la que el capital está repartido en participaciones sociales, integrado por las aportaciones de todos los socios, quienes no responden personalmente de las deudas sociales

Ventajas

Inconvenientes

– Responsabilidad limitada al capital – Limitación de la transmisión de invertido en participaciones. participaciones y gran complejidad – Administración y gestión más de requisitos para ello. sencilla que en otras sociedades – Pocas posibilidades de captar capitalistas. capital ajeno debido a la prohibición – Facilidad para tener el control de la de emisión de obligaciones. sociedad. – Multitud de requisitos legales para – El capital mínimo necesario para su su constitución y puesta en marcha. constitución es pequeño. Aplicación habitual: este tipo de empresa es el adecuado para pequeñas y medianas empresas en las que, habiendo un número reducido de socios, no sean necesarias grandes inversiones para su puesta en marcha y funcionamiento. Es la forma habitual en las empresas familiares, ya que posibilita el control del funcionamiento y de la propiedad con la ventaja de la responsabilidad limitada.


unidad 3

Sociedad de responsabilidad limitada nueva empresa Una sociedad de responsabilidad limitada nueva empresa es una sociedad limitada peculiar que, manteniendo la ventaja de la responsabilidad limitada, elimina los inconvenientes de la dificultad de tramitación en la constitución y puesta en marcha de la empresa. Ventajas sobre una sociedad de responsabilidad limitada – Aplazamiento sin aportación de garantías del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. – Aplazamiento sin aportación de garantías de las deudas tributarias del impuesto de sociedades correspondientes a los dos primeros periodos impositivos. – Aplazamiento o fraccionamiento, con garantías o sin ellas, de las cantidades derivadas de retenciones o ingresos a cuenta del IRPF. – No obligación de efectuar pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades posibilidad de suscripción de una cuenta ahorroempresa cuyos fondos deben destinarse a la constitución de una empresa.


unidad 3

Sociedad de economía social Las sociedades de economía social son organizaciones empresariales que vinculan, e incluso supeditan, el logro del lucro a los valores de la llamada economía social, que se pueden resumir en: – Primacía de las personas y del objeto social sobre el capital. – Organización y cultura empresarial con vocación de gestión participativa y democrática. – Conjunción de los intereses de los miembros usuarios y del interés general. – Defensa y aplicación de los principios de solidaridad y responsabilidad. – Autonomía de gestión e independencia respecto a los poderes públicos. – Aplicación de la mayor parte de los excedentes a la consecución de objetivos a favor del interés general, el interés de los miembros y el desarrollo sostenible.


unidad 3

Sociedad laboral Una sociedad laboral es aquella sociedad anónima o de responsabilidad limitada donde la mayoría del capital sea propiedad de los trabajadores que presten en ella servicios retribuidos, y cuya relación laboral lo sea por tiempo indefinido.

Características de la sociedad laboral ‒ La mayoría del capital pertenece a los trabajadores. ‒ Existen dos tipos de socios: capitalistas y trabajadores. ‒ El número de trabajadores de la empresa no socios, está limitado por Ley. ‒ Existen los mismos límites de cuantía de capital que en las sociedades capitalistas. ‒ Existe la obligación de constituir una reserva con el 10%, como mínimo, de los beneficios de cada ejercicio.


unidad 3

Sociedad cooperativa Una sociedad cooperativa es aquella constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático, conforme a los principios formulados por la Alianza Cooperativa Internacional. Ventajas

Inconvenientes

– Alto grado de participación de los trabajadores. – Objetivos sociales y, por tanto, posible apoyo de las Administraciones Públicas. – Posibilidad de determinar la responsabilidad y el régimen de la SS en los estatutos. – Control total de la empresa. – Bonificaciones fiscales.

– Limitaciones del número de trabajadores en función del número de socios. – Obligatoriedad de generar reservas con cargo a beneficios. – Complejidad de trámites y documentos tanto en la creación como en el funcionamiento.

Aplicación habitual: las sociedades de economía social se aplican en aquellas ocasiones en que los socios deciden crearse su propio puesto de trabajo y desean estar en situación de igualdad con el resto de socios. También en el caso de pequeños empresarios que por sí mismos tienen problemas para competir y que juntos adquieren la suficiente fuerza como para defenderse en el mercado. El ejemplo más claro de esto último son las cooperativas agrarias.


unidad 3

Proceso de toma de decisiones para la elecci贸n de la forma jur铆dica


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.