Gesti贸n Administrativa
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unidad
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Los contratos administrativos
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Dividir en dos cuadros con dos v铆nculos diferentes
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Contratos del sector público Son contratos del sector público los contratos onerosos, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que celebren los entes, organismos y entidades de la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, así como los contratos subvencionados por dichos entes. Requisitos para contratar con la Administración
Poseer plena capacidad de obrar. No estar incurso en prohibiciones para contratar. Acreditar solvencia económica, financiera, técnica o profesional. En determinados casos, el contratista debe estar debidamente clasificado. Contar con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización del objeto del contrato.
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Adjudicación de contratos Se deben respetar los principios de igualdad, transparencia y confidencialidad. Normas generales
Publicidad
Los procedimientos de adjudicación deben publicarse en el BOE.
Licitación
Las proposiciones son secretas y deben ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Selección del adjudicatario
Los criterios base para la adjudicación se detallarán en el anuncio y en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Formalización
Los contratos de las Administraciones Públicas deben formalizarse en documento administrativo en un plazo de 10 días hábiles.
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Procedimientos de adjudicación Procedimiento abierto Todo empresario interesado puede presentar una proposición. Procedimiento restringido Solo pueden presentar proposiciones los empresarios que, a su solicitud y en atención a su solvencia, sean seleccionados por el órgano de contratación. Procedimiento negociado La adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos. Diálogo competitivo El órgano de contratación dirige un diálogo con los candidatos seleccionados, previa solicitud de los mismos, a fin de desarrollar una o varias soluciones, que servirán de base para que los candidatos elegidos presenten una oferta.
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Tipos de contratos (I) Contrato
Objeto
Obras
Realización de una obra que responda a las necesidades especificadas por la entidad pública contratante.
Concesión de obras públicas
Realización de algunas obras y conservación y mantenimiento de los elementos construidos. A cambio, el contratante tiene derecho a explotar la obra, o a este derecho acompañado del de percibir un precio.
Gestión de servicios públicos
Una Administración Pública encomienda la gestión de un servicio, competencia de la misma, a una persona natural o jurídica.
Suministro
Adquisición, arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin compra, de productos o bienes muebles.
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Tipos de contratos (II) Contrato
Objeto
Servicios
Prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro.
Colaboración entre el sector público y el privado
Encargo a una entidad de derecho privado, por un periodo determinado de la realización de una actuación que comprenda alguna prestación, además de la financiación, obras o suministros necesarios.
Contratos mixtos
Contratos menores
Contienen prestaciones correspondientes a otro u otros de distinta clase. Contratos de importe inferior a: − Contratos de obras: 50 000 € − Otros contratos: 18 000 €