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El tiempo de trabajo
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Jornada de trabajo: horarios y descanso La jornada de trabajo es el tiempo que ocupa el trabajador en desarrollar su actividad laboral.
Jornada mĂĄxima
Diaria
Semanal
40 horas semanales en promedio anual
9 horas, salvo distribuciĂłn irregular
8 horas (menores de 18 aĂąos)
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Jornada de trabajo: horarios y descanso
Descansos
Durante la jornada
Entre jornadas
Semanal
Jornada 6 horas, 15 minutos
12 horas
Día y medio ininterrumpido (acumulable por periodos de 14 días)
Menores de edad: jornada 4 horas y media, 30 minutos
Menores de 18 años: 2 días
Supuestos de ampliación y reducción de jornada
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Horas extraordinarias Las horas extra son aquellas que se realizan por encima de la jornada ordinaria de trabajo.
Tipos de horas extra
Límite
De fuerza mayor
Para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes no imputables al empresario
Estructurales
Por exigencias de la producción de la empresa
No estructurales
Por voluntad de los trabajadores o por pacto en convenio colectivo o en el contrato de trabajo
80 horas al año (sin contar las de fuerza mayor, ni las compensadas con descanso dentro de los 4 meses siguientes a su realización)
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Trabajo nocturno y trabajo a turnos
Trabajo nocturno Es el realizado entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana. Trabajador nocturno: aquel que realiza en período nocturno al menos 3 horas de su jornada diaria, o el que se prevea que puede realizar en tal período una parte no inferior a un tercio de su jornada anual. Límites en jornada y retribución específica.
Trabajo a turnos Organización del trabajo en equipo en la que los trabajadores ocupen sucesivamente los mismos puestos, en horas diferentes en un período determinado de días o de semanas (rotación de turnos). Ningún trabajador estará en el turno de noche más de 2 semanas consecutivas, salvo que lo pida voluntariamente.
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Calendario laboral Cada año la empresa, previa consulta a los representantes de los trabajadores, elaborará el calendario laboral. Este comprenderá el horario de trabajo y la distribución anual de los días de trabajo, festivos, descansos semanales o entre jornadas y otros días inhábiles, y deberá estar expuesto en cada centro de trabajo.
Fiestas laborales Retribuidas y no recuperables 14 días como máximo, de las cuales:
Hasta 3 pueden ser autonómicas
2 serán locales
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Permisos retribuidos
Motivo
Duración
Por matrimonio
15 días
Por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el 2.º grado de consanguinidad o afinidad
2 días, 4 si necesita desplazarse
Por traslado del domicilio habitual
1 día
Para cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público
El tiempo indispensable.
Para realizar funciones sindicales o de representación del personal
El tiempo establecido legal o convencionalmente
Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
El tiempo indispensable
En caso de despido objetivo, con el fin de buscar nuevo empleo
6 horas semanales durante el período de preaviso
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Vacaciones anuales Todos los trabajadores tienen derecho a un período de vacaciones anuales retribuidas, que será el pactado en convenio colectivo o en contrato individual de trabajo.
Mínimo
30 días naturales
Se fijarán de común acuerdo entre empresario y trabajador y no serán sustituibles por compensación económica, salvo fin de la relación laboral.