REVISTA DIGITAL PLANIFICACION PÚBLICA Que es planificar? Importancia de La planificación En las inversiones del Estado
Sistema Nacional de Planificación
CONTENIDO Editorial …………………………………………………. 3 Qué es Planificar? ………..…………….............. 4 Importancia de la Planificación en las Inversiones del Estado …………….............…. 6 Humor …………………………………………………… 7 Evolución Histórica de la Planificación En Venezuela …………………………………………. 8 Sistema Nacional de Planificación …………. 10 Pasatiempos ………………………………………..… 11
EDITORIAL La planificación constituye una de las manifestaciones de la función económico-organizadora del Estado socialista, del papel dirigente del Partido Comunista en el desarrollo del país. El desarrollo planificado de la economía es una magna ventaja del socialismo frente al capitalismo. Permite desarrollar la economía de manera incesante y a grandes ritmos, emplazar con acierto las fuerzas productivas en el territorio del país, introducir en la producción, de manera más rápida y completa, los resultados de la ciencia y de la técnica, utilizar con economía todos los recursos materiales, financieros y laborales de la sociedad en beneficio de los trabajadores. La planificación de la economía nacional parte de bases científicas, y es posible a condición de que exista la propiedad social sobre los medios de producción. El paso de los medios fundamentales de producción a propiedad del pueblo hace necesario el desarrollo planificado y proporcional de la economía del país, permite establecer, junto a la unidad económica, una unidad de organización de la economía nacional, una dirección única en todas sus partes y, en consecuencia, ofrece la posibilidad de desarrollar la economía del país, en consonancia con un plan establecido de antemano. La principal tarea que la planificación resuelve es la de asegurar el desarrollo proporcional de la economía del país y de cada una de las partes de la misma con el fin de obtener, en interés de la sociedad, los mejores resultados de producción con un mínimo de inversiones. En esta oportunidad nuestro equipo de redactores te trae artículos interesantes sobre este tema. Disfrútalos…
a de la Planificación en las Inversiones AUTOR: MARIANA POMPILIO El desarrollo armónico de la economía nacional, el fortalecimiento de la soberanía económica y la justa distribución de la riqueza depende de la planificación que el Estado haya hecho para invertir. La planificación constituye una de las manifestaciones de la función económico-organizadora del Estado socialista, y de su papel dirigente en el desarrollo del país. El desarrollo planificado de la economía permite emplazar con acierto las fuerzas productivas en el territorio del país, introducir en la producción, de manera más rápida y completa, los resultados de la ciencia y de la técnica, utilizar con economía todos los recursos materiales, financieros y laborales de la sociedad en beneficio de los trabajadores. La planificación de la economía nacional parte de bases científicas, y es posible a condición de que exista la propiedad social sobre los medios de producción. El paso de los medios fundamentales de producción a propiedad del pueblo hace necesario el desarrollo planificado y proporcional de la economía del país, permite establecer, junto a la unidad económica, una unidad de organización de la economía nacional, una dirección única en todas sus partes y, en consecuencia, ofrece la posibilidad de desarrollar la economía del país, en consonancia con un plan establecido de antemano. La principal tarea que la planificación resuelve es la de asegurar el desarrollo proporcional de la economía del país y de cada una de las partes de la misma con el fin de obtener, en interés de la sociedad, los mejores resultados de producción con un mínimo de inversiones.
HUMOR... AUTOR: MARIANA POMPILIO
Evolución de la Planificación en Venezuela Por María Laura Ramirez
La planificación en Venezuela comienza a formar parte de las políticas nacionales junto con la naciente democracia en el año 1958, cuando la Junta de Gobierno de la República de Venezuela crea la Oficina Central de Coordinación y Planificación (CORDIPLAN). Esta Oficina estaba destinada a auxiliar al Presidente de la República, al Consejo de Ministros y a los demás centros de decisión del Gobierno, en la formulación e instrumentación de la estrategia de desarrollo económico - social del país, promoviendo para tal efecto los planes, políticas y proyectos Nacionales. En 1993, mediante decreto Ley se crea el Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES), un servicio autónomo, sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, financiera y de gestión, adscrito a CORDIPLAN y orientada a apoyar administrativa, técnica y financieramente el proceso de descentralización. En 1999, el Presidente de la República otorga a la oficina carácter de Ministerio de Planificación y Desarrollo, (CRBV, Artículo 194). Paralelamente, desde la instauración de la democracia y la creación de CORDIPLAN, se han elaborado planes quinquenales de desarrollo por los gobiernos electos en cada período desde 1958. Esto es, el Plan de la Nación, instrumento fundamental para organizar el desempeño de la acción del Estado Venezolano en función de los objetivos contenidos en la CRBV.
Evolución de la Planificación en Venezuela Por María Laura Ramirez
El Plan de la Nación es un documento oficial de imperativo cumplimiento para todas las instituciones, instancias y niveles de la administración pública centralizada y descentralizada, mientras que es sólo de carácter indicativo para el sector privado. Estos antecedentes de planificación en nuestro país evidencian una actividad planificadora que ha sobrevivido ininterrumpidamente durante cincuenta años. Como rasgo preponderante, la planificación se mantiene como mandato constitucional (CRBV, Artículo 299) la cual establece que: “...el Estado, conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional... mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta”. Esta declaración sirvió de preámbulo para la Ley Orgánica de Planificación de 2001, los Lineamientos Generales de Desarrollo Económico-Social 2001-07, el diseño e implantación del Sistema Nacional de Planificación para ese mismo período, y el anteproyecto de la Ley Orgánica para la Planificación Pública que prepara actualmente la Subcomisión del Poder Local y Planificación Participativa de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional.
Sistema Nacional de Planificación: Venezuela cuenta con una estructura de Poder Público que, de acuerdo a la normativa constitucional, se distribuye entre el Poder Municipal, Estadal y Nacional. Este último representado por el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Poder Ciudadano y el Poder Electoral, cada uno con sus propias funciones. Con esta división y distribución de poderes se ofrece una senda a la descentralización de actividades y se procura garantizar decisiones que sean el resultado de un trabajo conjunto que vaya de la gestión local y regional a la nacional, destacándose el papel preponderante que juega la autonomía municipal. Asimismo, la planificación como mandato está declarada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CBRV) de 1999, y bajo ese precepto el Sistema Nacional de Planificación 2001-2007 lo convirtió en uno de sus objetivos. El planteamiento de este sistema de planificación comprendió la articulación de un conjunto sistemático de planes de distinto tipo y alcance así como de una red de instancias públicas nacionales, regionales, estadales y municipales responsables de elaborar e impulsar la actividad de planificación: el Consejo Federal de Gobierno (CFG); los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas (CEPCPP) y los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP). Adicionalmente, en materia de planificación y desarrollo regional, estadal y municipal, el sistema supuso planes regionales de desarrollo a cargo de los organismos regionales de desarrollo, los planes estadales de desarrollo a cargo del gobernador de la entidad federal y bajo la coordinación de los CEPCPP, y los planes municipales de desarrollo bajo responsabilidad del alcalde de cada municipio, como máxima autoridad civil y bajo la coordinación del respectivo CLPP. Las bases y lineamientos para la construcción, viabilidad, perfeccionamiento y organización de la planificación en los diferentes niveles territoriales de gobierno, así como el fortalecimiento de los mecanismos de consulta y participación democrática en la misma, se encuentran normados en la Ley Orgánica de Planificación (LOP), puesta en vigencia en el 2002.
En 2009 nuevas realidades históricas conllevan a plantear una reforma a la Ley para adecuarla a los nuevos retos históricos en función de profundizar la revolución bolivariana, la participación y protagonismo del pueblo, la instauración del poder popular y del poder comunal. Siendo de importancia singular La incorporación activa del pueblo como sujeto protagonista de la planificación pública. El 10 de diciembre de 2010, la Asamblea Nacional sanciona la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular. El 21 de diciembre se promulga y es publicada en la Gaceta Oficial (Extraordinaria) No. 6.011 Con esta Ley se promueve el diseño de normativas en el área de la planificación pública, atendiendo a las siguientes premisas: El cuánto : Alcance que tiene una gestión pública para dar cumplimiento a sus objetivos pero contando con la participación popular. El qué: Conocimiento de lo que se quiere alcanzar. (De que se trata) El cómo: El mecanismo económico, las fuentes de financiamiento para cumplir los programas trazados. (programa y recursos) El dónde: La territorialidad presente en el contexto en el que se ejecutan los anteriores elementos, (proyección espacial, sitio en concreto) El cuándo: referido a la temporalidad, para el ejercicio de la aplicación, tomando en cuenta adecuar lo posible y ejecutar lo definido. (El tiempo que tenemos para ejecutar. Del Plan al logro) Rasgos Generales Contenidos en la Ley de Planificación Pública y Popular: • Propicia la coordinación permanente entre todas las instituciones que conforman al Estado como un todo, institucionalizando el Sistema Nacional de Planificación Pública. (Arts. 7 Y Título II del SNP). • Orienta la acción del Estado con las instituciones del poder popular, a fin de realizar una planificación estratégica común en todas las instancias territoriales de gobierno. (Arts. 3, 4, 6, 14, 15, 16 y 17).
• Promueve la transformación y desarrollo social del País, bajo una visión convenida y articulada, en el Plan Nacional de Desarrollo Social y Económico de la Nación. (Capítulo II de los Planes Estratégicos a partir del art. 24) • Armoniza el papel rector de la planificación, para todo el poder público: popular, municipal, estadal y nacional. (Título III. De los Planes) • Los planes de desarrollo, de acuerdo con la instancia territorial de gobierno, contará con mecanismos de revisión, corrección y ejecución como parte integral de la vida en sociedad. (Arts. 22, 23, 27, 28, 34,35, 38,39, 42,43, 46, 47, 50,51, 57,58,61,62, 80 y 81.) •En el marco de la democracia participativa y protagónica, la planificación debe basarse en la defensa, conservación, equidad, justicia, desarrollo de la vida humana y en la corresponsabilidad solidaria en comunidad. (Arts. 3, 4, 5 y 9.) • Provee de rango orgánico a la atribución planificadora de los consejos comunales, incorporando los planes comunitarios de desarrollo integral dentro del Sistema Nacional de Planificación. (Arts. 2, 3, 10, 19, 40 y 41.) • Impulsa las comunas como instancias territoriales de gobierno, atribuyéndoles la creación del Consejo Comunal de Planificación y la elaboración del Plan Comunal de Desarrollo, cuyos insumos los proveerá los planes comunitarios de desarrollo integral. (Arts. 5, 10, 19, 40 y del 73 al 77).
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