14-003715 sentencia FIV

Page 1

Exp: 13-013503-0007-CO Res. Nº 2014003715 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las once horas y cuarenta minutos del catorce de marzo del dos mil catorce. Recurso de amparo interpuesto por [NOMBRE 01], cédula de identidad No. [VALOR 01], contra el ESTADO DE COSTA RICA. RESULTANDO: 1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala el 9 de diciembre de 2013, la recurrente alegó que, pese a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado de Costa Rica reactivar la práctica de la fecundación in vitro, no lo ha hecho. Solicitó a esta Sala poder ejercer en este país, ya sea en la Caja Costarricense de Seguro Social o en un centro privado, su derecho a procrear un hijo utilizando la técnica mencionada. Considera que la irresponsabilidad y la indiferencia de las autoridades estatales lesiona su derecho y el de otras personas a la libertad reproductiva. 2.- Por resolución de 22 de noviembre de 2013, se le previno a la recurrente que indicara si ha solicitado a la Caja Costarricense de Seguro Social la aplicación de la fecundación in vitro. 3.- Mediante escrito presentado el 26 de noviembre de 2013, la recurrente alegó que no ha sido valorada por infertilidad en la Caja Costarricense de Seguro Social, pues los médicos de los EBAIS saben, de todos modos, que esa institución no practica la fecundación in vitro. Sin embargo, explicó que a su esposo le detectaron, en un centro privado, problemas urológicos y su médico le indicó que la única posibilidad que tenía de procrear hijos era utilizando la fecundación in vitro. Añadió que, debido a esos problemas urológicos, su esposo fue operado en el


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
14-003715 sentencia FIV by Manuel Avendaño - Issuu