SETENA Flores

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Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1157-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 15 MINUTOS DEL 12 DE JUNIO DEL 2017

PLAN REGULADOR DEL CANTÓN DE FLORES EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N°EAE-02-2017-SETENA Conoce la Comisión Plenaria el Dictamen Técnico DEAE-105-2017-SETENA del 31 de mayo del 2017, sobre la Incorporación de la variable ambiental en el Plan Regulador de Flores, presentado por el Concejo Municipal del Cantón de Flores, al cual se le asignó el número de Expediente Administrativo EAE-02-2017-SETENA. RESULTANDO PRIMERO: El día 17 de febrero del 2017, ingresa a SETENA el oficio MF-DDU-CE-017-17 de parte del Sr. Alcalde Municipal acompañado de la documentación referente a la Incorporación de la variable ambiental en el Plan Regulador de Flores. Dicha documentación se compone de 03 volúmenes impresos y un Cd con información digital. La documentación impresa incluye:   

Actualización del Plan Regulador Cantón de Flores: índices de Fragilidad Ambiental (IFA), Aplicación de la metodología - 2017. ProDUS -146 páginas. Actualización del Plan Regulador Cantón de Flores: Análisis de Alcances Ambientales - 2017. ProDUS - 29 páginas. Actualización del Plan Regulador Cantón de Flores: Reglamento de Desarrollo Sostenible - 2017. ProDUS - 20 páginas.

En el oficio MF-DDU-CE-017-17, se hace referencia al Decreto Ejecutivo N° 39150-MINAEMAG-MIVAH-PLANI-TUR, "Reglamento de la Transición para la Revisión y Aprobación de Planes Reguladores", solicitando hacer uso de los artículos 11, 20, 21, 23.d y 23.e. Juntamente al documento anterior, ingresó el documento MF-CM-SEC-AC-5158-430-15, remitido por la Secretaria del Concejo Municipal de Flores, en donde certifica que el acuerdo municipal No. 5158-15 es parte del acta ordinaria No. 430-20105 del 08 de diciembre del 2015. En el mismo, entre otros asuntos, acuerda: "...dar por conocido los resultados del Plan Regulador, y comisionar al Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal para que lleve a cabo la tramitación necesaria sobre la revisión de la variable ambiental, reglamentos, mapas y otros productos de la actualización del Plan Regulador Urbano de nuestro cantón ante las entidades correspondientes, por lo que podrá hacer uso de las herramientas de agilización establecidas en el decreto indicado, suscribir oficios, solicitudes y cualquier documentación necesaria para la aplicación de las herramientas de agilización ante las entidades correspondientes. Debe entenderse que esta delegación se extiende para la generación de los trámites, realización de publicaciones y convocatorias para consulta pública. No obstante, lo anterior, el Concejo Municipal se reserva la potestad de


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revisión y aprobación final del Plan Regulador una vez que se cuenten con todas las aprobaciones institucionales que corresponda, y estará facultado para solicitar actualizaciones del estado del trámite, sin perjuicio del compromiso de la Alcaldía Municipal de mantener informado al Concejo Municipal y a la Junta de Planificación Cantonal (JUPLACA) de los avances en el procedimiento. Definitivamente aprobado por unanimidad." SEGUNDO: El día 03 de marzo del 2017, se notifica a la Municipalidad el oficio SG-DEAE038-2017-SETENA, en donde se informa el n° de expediente administrativo con el cual la SETENA conocerá el estudio a la vez que hace varias solicitudes tanto técnicas como legales y administrativas. En dicho oficio, la SETENA cometió, involuntariamente, el siguiente error material: “4. En el oficio MP-AM-OF-0300-02-2017, se hace referencia al (…)”. (El resaltado no es del original.) Se debe leer correctamente: “4. En el oficio MF-DDU-CE-017-17, se hace referencia al (…)”. De esta forma se solventa en este acto el error material. TERCERO: El día 27 de marzo de 2017, ingresa a SETENA el oficio N° MF-AM-CE-048-17, como respuesta al SG-DEAE-038-2017-SETENA. En dicho oficio señalan lo siguiente: “(…) sobre la utilización de la herramienta de agilización del artículo 21 del decreto Ejecutivo 39150, se solicita se corrija la intensión inicial de utilizarlo; y para la evaluación del componente de Edafoaptitud se aplique únicamente lo que señala el Decreto N°32967”. CUARTO: El día 25 de abril de 2017, ingresa a esta Secretaría Técnica oficio sin número donde un grupo de vecinos del Cantón de Flores presenta un informe con varias observaciones en contra del estudio de marras, al mismo tiempo que solicita la no aprobación del mismo por parte de la SETENA. QUINTO: El día 05 de mayo de 2017, mediante Oficio DEAE-082-2017-SETENA, se le informa al Concejo y a la Alcaldía Municipal sobre la gira de inspección al Cantón de Flores, programada para el 19 de mayo del año en curso. SEXTO: El día 24 de mayo de 2017 ingresa a esta Secretaría Técnica oficio sin número donde un grupo de vecinos del Cantón de Flores solicita apersonarse como parte activa en todo lo que se refiera al expediente EAE-02-2017-SETENA. SÉPTIMO: El día 01 de junio de 2017, mediante Oficio SG-DEAE-108-2017-SETENA, se le informa al grupo de vecinos del Cantón de Flores sobre su apersonamiento al expediente EAE-02.2017-SETENA.

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CONSIDERANDO PRIMERO: Se tiene por legitimado al Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal del Cantón de Flores, para presentar y tramitar la documentación denominada Incorporación de la variable ambiental en el Plan Regulador de Flores, según Acuerdo Municipal 828-17 aprobado por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria 063-2017 del 14 de febrero de 2017. SEGUNDO: Que el artículo 16 de la Ley General de la Administración Pública establece que en ningún caso podrán dictarse actos contrarios a las reglas unívocas de la ciencia o de la técnica, o a principios elementales de justicia, lógica y conveniencia. TERCERO: Que el artículo 19 de la Ley Orgánica del Ambiente señala que: "Las resoluciones de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental deberán ser fundadas y razonadas. Serán obligatorias tanto para los particulares como para los entes y organismos públicos." CUARTO: Que en relación al ordenamiento territorial el artículo 28 de la Ley Orgánica del Ambiente establece: “Es función del Estado, las Municipalidades y los demás entes públicos, definir y ejecutar políticas nacionales de ordenamiento territorial, tendientes a regular y promover los asentamientos humanos y las actividades económicas y sociales de la población, así como el desarrollo físico-espacial, con el fin de lograr la armonía entre el mayor bienestar de la población, el aprovechamiento de los recursos naturales y la conservación del ambiente.” QUINTO: Asimismo, el artículo 67 del Reglamento General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado mediante Decreto Ejecutivo Nº 31849-MINAE-SMOPT-MAG-MEIC, modificado mediante Decreto Ejecutivo Nº 34688-MINAE-S-MOPT-MEIC indica la “Integración de variable ambiental en los Planes Reguladores”, lo siguiente: “Los Planes Reguladores establecidos por la Ley de Planificación Urbana y por la Ley de la Zona Marítima Terrestre, o cualquier otro instrumento de planificación del uso del suelo o del territorio, como forma de planificar el desarrollo de actividades humanas potencialmente impactantes al medio, deberán cumplir el requisito de integrar la variable de impacto ambiental, la cual estará sujeta a un proceso de viabilidad ambiental por parte de la SETENA, de previo a su aprobación por las autoridades respectivas. La introducción de la variable ambiental en los planes reguladores o cualquier otro instrumento de planificación del territorio deberá sujetarse al procedimiento técnico para la introducción de la variable ambiental en los planes reguladores establecido en el Manual de Instrumentos Técnicos para el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Manual de EIA- Parte III). Este procedimiento podrá ser aplicado, tanto a aquellos instrumentos de planificación del territorio que se vayan elaborar o se encuentren en elaboración, como aquellos otros ya aprobados, pero que todavía no cuenten con la variable ambiental integrada en los mismos” SEXTO: La función que debe ser realizada por la SETENA en la evaluación ambiental de los Planes de Ordenamiento de Uso del Suelo; considerando la competencia de esta Secretaría, es analizar los estudios técnicos elaborados por otras personas o entidades y con base en esos estudios e informes determinar si un plan de ordenamiento del territorio es 3


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ambientalmente viable. Para tal efecto, emitirá una resolución fundamentada donde otorga la viabilidad (licencia) ambiental. SÉTIMO: De conformidad con el APARTADO 7.5 del Decreto Ejecutivo 32967-MINAE, sobre el otorgamiento de la Viabilidad (licencia) Ambiental, establece: Como parte del otorgamiento de la Viabilidad (licencia) Ambiental se incluiría el Reglamento de Desarrollo Sostenible del Plan de Ordenamiento del Uso del Suelo en cuestión, en caso de que este hubiese sido entregado como parte anexa al Informe de Análisis Ambiental, y como instrumento de síntesis sobre los lineamientos de gestión ambiental que regirán para el desarrollo socioeconómico y de actividades de conservación ambiental que se implementarán en el territorio objeto del plan. En el caso de que el reglamento en cuestión cumpliese los términos establecidos en el proceso de revisión de la integración de la variable de impacto ambiental y el dictamen técnico afirmativo cubriera el mismo, la Resolución de la SETENA anexaría dicho reglamento como parte del otorgamiento de la Viabilidad (licencia) Ambiental. 7.5.5. La Resolución de la SETENA será notificada al representante de la autoridad o entidad responsable del plan y de la documentación entregada a la SETENA en los plazos establecidos en la legislación vigente.” OCTAVO: Que el artículo 89 de la Ley Orgánica del Ambiente indica que: “Los funcionarios de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental deberán realizar las inspecciones de las disposiciones legales y reglamentarias en la materia, así como de las resoluciones que dicte esta Secretaría. Estas inspecciones deberán efectuarse periódicamente o cuando las autoridades competentes lo consideren conveniente. De todas las inspecciones se levantará un acta”. NOVENO: Que en el Decreto Ejecutivo Nº 32967 en el numeral 7.4 Solicitud de información adicional o rechazo de los documentos inciso 7.4.1 se establece lo siguiente: En el caso de que los documentos presentados a revisión ante la SETENA presentaran deficiencias técnicas, y a criterio del Equipo Técnico de EAE, su coordinador podrá solicitar, por una única vez, por medio de un oficio que deberá llevar también la firma del Secretario General de la SETENA, la aclaración o entrega de la información faltante. DÉCIMO: Que el 03 de setiembre del 2015, es publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 el Decreto Ejecutivo N° 39150-MINAE-MAG-MIVAH-PLANI-TUR, "Reglamento de la Transición para la Revisión y Aprobación de Planes Reguladores". En su CAPÍTULO II son oficializadas varias Herramientas de Agilización las cuales: “(…) consisten en una serie de autorizaciones y excepciones que podrán ser utilizadas por los Gobiernos Locales durante la vigencia de la transición, ante las distintas instancias nacionales competentes en materia de revisión de la variable ambiental y la aprobación de planes reguladores.” Es importante resaltar que la Sala Constitucional ha acogido, bajo expediente número 15014450-0007-CO, una acción de inconstitucionalidad en contra de los siguientes artículos del Decreto Ejecutivo N° 39150-MINAE-MAG-MIVAH-PLAN-TUR: 1, 2, 3, 4, 16 (excepción que 4


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plantea), 21, 22, 23 (inciso c), 24 (inciso c) y 31, por lo que la SETENA estará en expectativa de lo que se resuelva en ese proceso. DÉCIMO PRIMERO: Que, de conformidad con la legislación vigente, se ha evaluado el documento denominado “Incorporación de la variable ambiental en el Plan Regulador de Flores”, Expediente administrativo EAE-02-2017-SETENA, conforme al “Procedimiento Técnico para la Introducción de la Variable Ambiental en los Planes Reguladores u otra Planificación de Uso del Suelo”, Decreto Ejecutivo Nº 32967-MINAE, y al Decreto Ejecutivo N° 39150-MINAE-MAG-MIVAH-PLANI-TUR, "Reglamento de la Transición para la Revisión y Aprobación de Planes Reguladores", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 del 03 de setiembre del 2015. Evaluación que se detalla a continuación: I. Aspectos Legales y Administrativos:  El profesional Mario Villatoro Sanchez tiene su registro de consultor vencido, por lo que tiene que ponerse al día.  No hay indicación de profesionales participantes en IFA Geoaptitud Factores Geodinámico Externo, Estabilidad de Ladera, Amenazas Naturales e IFA Antropoaptitud. Aclarar este punto. En el oficio MF-DDU-CE-017-17, se hace referencia al Decreto Ejecutivo N° 39150-MINAEMAG-MIVAH-PLANI-TUR, "Reglamento de la Transición para la Revisión y Aprobación de Planes Reguladores", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 del 03 de setiembre del 2015. Específicamente la Municipalidad solicita que se haga uso de los siguientes artículos: "Artículo 11. —Herramienta de agilización para información hidrogeológica. De conformidad con el Acuerdo N° 4967 tomado en la Sesión Ordinaria N° 668-15 por la Junta Directiva del SENARA, los Gobiernos Locales podrán iniciar su gestión ante la SETENA para la respectiva revisión de la incorporación de la variable ambiental en la propuesta de plan regulador, aun cuando no hayan obtenido el aval del Estudio Hidrogeológico por parte de SENARA. Esta herramienta puede ser utilizada tanto por aquellos Gobiernos Locales que han presentado una solicitud para la valoración de Estudio Hidrogeológico y que aún no cuentan con un aval, como aquellos que no han iniciado trámite alguno ante dicha institución." "Artículo 20. —Herramienta de agilización sobre Patrimonio Natural del Estado. De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo N° 8 tomado por el Consejo Nacional de Áreas de Conservación en Sesión Ordinaria N° 03-2015, la inscripción del Patrimonio Natural del Estado no será requisito indispensable para que los Gobiernos Locales continúen con el desarrollo de planes reguladores, siendo suficiente la clasificación y delimitación debidamente certificada y realizada por las Áreas de Conservación. Para estos efectos, cada Área de Conservación facilitará la información de las clasificaciones vigentes de Patrimonio Natural del Estado, a las entidades competentes." "Artículo 21. —Herramienta de agilización sobre suelos y capacidad de uso de las tierras. De conformidad con el acuerdo ministerial 001-2015 emitido por el Ministro de Agricultura y Ganadería (MAG) con fundamento en el criterio técnico del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agraria (INTA), se posibilita a los Gobiernos Locales para que utilicen el mapa confeccionado en el año 1992 para 5


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todo el territorio nacional, en lo referente a suelos y capacidad de uso de las tierras en escala 1:200 000, para la construcción del IFA Edafoaptitud. En el supuesto de que el Gobierno Local cuente con información más detallada en esta materia, será posible utilizarla siempre que sea debidamente oficializada por la entidad competente. Para aquellos proyectos de desarrollo urbanísticos, industrial, turístico, comercial, mineros, extracción de áridos y reforestación, en inmuebles inferiores a las cuatrocientas hectáreas (400 hectáreas) y en el caso que la resolución espacial no sea suficientemente precisa se deberán presentar estudios detallados de suelos y capacidad de uso de las tierras. Lo anterior a efecto de que este Ministerio pueda establecer el valor agronómico de los mismos, y defina la ejecución de los planes nacionales de manejo, conservación y recuperación de suelos, en colaboración con las instituciones competentes en materia de producción agrícola." "Artículo 23. —Herramientas de agilización para el análisis de la incorporación de la variable ambiental al plan regulador por parte de SETENA. Se autoriza para que, en el trámite de revisión de la incorporación de la variable ambiental en planes reguladores realizado por parte de la SETENA, los Gobiernos Locales tengan la posibilidad de utilizar alguna de las siguientes herramientas: (...) d. Herramienta sobre listado profesionales responsables: los Gobiernos Locales podrán introducir los documentos avalados por los profesionales responsables debidamente inscritos en SETENA que conforman el grupo multidisciplinario que elaboró la variable ambiental para la propuesta de plan regulador, indistintamente del listado que se ha entendido como taxativo y que se encuentra establecido en el artículo 5.14.1.2 del Manual de EIA (Parte III) Decreto Ejecutivo N° 32967-MINAE. Adicionalmente se exime el requerimiento del punto 5.14.1. 1. b de dicho Decreto. e. Herramienta sobre el uso actual de la tierra: “Los Gobiernos Locales podrán solicitar a la SETENA, que se analice la incorporación de la variable ambiental a la propuesta de plan regulador, con la última versión del Mapa de Uso Actual de la Tierra con la que cuenten, sin que la misma requiera de actualización." El 27 de marzo del presente año, ingresa a la SETENA el oficio MF-AM-CE-048-17 de parte del Alcalde Municipal de Flores esclareciendo que: “Sobre la utilización de la herramienta de agilización del artículo 21 del Decreto Ejecutivo 39150, se solicita se corrija la intensión inicial de utilizarlo; y para la evaluación del componente de Edafoaptitud se aplique únicamente lo que señala el Decreto N°32967.” Es importante resaltar que la Sala Constitucional ha acogido, bajo expediente número 15014450-0007-CO, una acción de inconstitucionalidad en contra de los siguientes artículos del Decreto Ejecutivo N° 39150-MINAE-MAG-MIVAH-PLAN-TUR: 1, 2, 3, 4, 16 (excepción que plantea), 21, 22, 23 (inciso c), 24 (inciso c) y 31, por lo que la SETENA estará en expectativa de lo que se resuelva en ese proceso. II.

Aspectos Técnicos:

1A)

Cartografía: Cartografía Impresa:

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Título del Mapa

Observaciones

Mapa Localización / Delimitación del área de estudio

Presentar el Mapa de Localización con la delimitación del área de estudio. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos). IFA Geoaptitud Factor Geodinámica Externa: 1.2-5 Componente de erosión y sedimentación en el cantón de Flores

1.2-6 IFA Integrado Geodinámica Externa en el cantón de Flores

Presentar 01 Mapa con las áreas de Erosión Activa y 01 Mapa con las áreas de Sedimentación Activa. Presentar estos mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos). Volver a presentar mapa con los cambios solicitados para el Mapa de Áreas de Erosión Activa y el Mapa de Áreas de Sedimentación Activa. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos) .

IFA Geoaptitud Factor Hidrogeológico: 1.3-8 Factor Hidrogeológico Integrado en el cantón de Flores

Volver a presentar este mapa de acuerdo a la nueva configuración de mapa sin olvidar cambiar los colores de IFA de acuerdo a las observaciones. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos). IFA Geoaptitud Factor Estabilidad de Laderas: 1.4-4 Factor de Pendientes para el En este mapa, la cuadrícula con las coordenadas no cantón de Flores coincide con la ubicación del contenido o imagen, se evidencia una rotación de la imagen de fondo montada sobre el mismo formato de cuadrícula que los demás mapas, o sea la ubicación espacial del mapa no está correcta. También, aparece inserto en el centro del mapa, un “croquis” del límite cantonal de Flores con dos rectángulos en rojo, sobre los que no se logra interpretar su significado. De igual forma, la relación entre el fondo del mapa y la simbología no son del todo apreciables. Dentro de este mismo “croquis” se incluye un recuadro con una nota, cuyo texto aparece incompleto o cortado. En la presentación del nuevo mapa a solicitar, deben corregir este punto. Presentar este mapa de forma correcta, ya que las imágenes no coinciden con las coordenadas ni con la escala. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos). 1.4 -7 Uso del suelo y tipo de El mapa no incluye la ubicación del Norte. A modo cobertura el cantón de Flores general, existen algunas observaciones de índole 7


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cartográfico necesarias de mencionar, para que en el futuro no se repitan, y agilicen el proceso de lectura del mapa: 1. Se incluyen en un mismo mapa 2 temáticas: el tipo de cobertura biótica y el uso del suelo; esto crea confusión al momento de leer no solo el mapa, sino que también la simbología. 2. El mapa que se asume que está relacionado a la temática de “Uso del Suelo” no indica ni título, ni alguna nota que lo relacione con la misma, se asumen que es éste, por los colores de fondo; tampoco presenta ningún tipo de escala que lo identifique. Presentar ese mapa con las correcciones solicitadas. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos). IFA Geoaptitud Integrado: 1.6-1 Mapa IFA Geoaptitud Integrado

IFA Edafoaptitud: 3-1 Tipos de Suelo (MAG 1994) en el cantón de Flores

IFA Antropoaptitud: Mapa de Áreas de desarrollo urbano

Áreas de Administración Especial

Áreas de desarrollo futuro a corto y mediano plazo

Presentar nuevo mapa con los debidos ajustes anteriores. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos). Dentro de la Simbología, no indican el detalle que asocia el contenido, en su lugar indican números. Presentar mapa con los nombres de tipos de suelo. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos). No incluyeron este mapa. Presentar mapa de uso antrópico según lo establecido en el DE-32967, apartado 5,11,1 punto 3 y 4. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos). Presentar mapa de uso antrópico según lo establecido en el DE-32967, apartado 5,11,1 punto 3 y 4. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos). Presentar mapa de uso antrópico según lo establecido en el DE-32967, apartado 5,11,1 punto 3 y 4. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos).

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Para los mapas impresos, en lo que corresponde a la fuente, se indica la misma para todos los mapas, no hay mayor detalle en ellas, o detalles específicos relacionados al ítem desarrollado. Presentar un cuadro resumen especificando para cada mapa, cuál fuente fue utilizado. En caso en que la cartografía proviene de trabajo de campo, indicarlo tal cual. Tabla que se debe presentar: Nº de Mapa xx

Nombre del Mapa xx

Fuente xx

Para los mapas impresos, en lo referente a la asignación de la paleta de colores, en algunos mapas los colores vienen invertidos. Volver a presentar los mapas de IFA Geoaptitud Integrado, IFA Bioaptitud, IFA Edafoaptitud, IFA Antropoaptitud e IFA Integrado utilizando la siguiente paleta de colores: Categoría de IFA Muy Alto Alto Moderado Bajo Muy Bajo

Color a utilizar

Ejemplo

Rojo Oscuro Naranja Amarillo Verde Claro Verde Oscuro

B) Cartografía Digital: Título del Mapa

Capas / Titulo

Presentar el Mapa de Localización con la delimitación del área de estudio. Presentar este mapa, tanto de forma impresa como digital (vectorial “Shape” con su respectiva tabla de atributos).

Mapa Localización / Delimitación del área de estudio

IFA Geoaptitud Factor Geodinámica Externa 1.2-2 Componente de Pendientes en el cantón de 6. pend_IFA (Pendiente) Flores

1.2-3 Componente de Relieve Relativo en el cantón de Flores

Observaciones

7. relrela_ifa (Relieve Relativo)

Presentar la capa en formato vector “shape con su respectiva tabla de atributos”. Revalorar la metodología utilizada, ya que técnicamente no da la información requerida para lleva a cabo el análisis Presentar la capa en formato vector “shape con su respectiva tabla de atributos”. 9


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1.2-4 Componente de Densidad 8. dd_ifa (Densidad de Drenaje en el cantón de Drenaje) Flores

1.2-5 Componente de erosión y sedimentación en el cantón de Flores

9. eros_ifa (Erosión Sedimentación)

1.2-6 IFA Integrado Geodinámica Externa en el cantón de Flores

10. geo_ext (IFA)

IFA Geoaptitud Factor Hidrogeológico: 1.3-3 Componente de densidad dd_ifa (Densidad de drenaje en el cantón de Drenaje) Flores 1.3-6 Factor precipitación en el 14. precipitacion

Revalorar la metodología utilizada, ya que técnicamente no da la información requerida para lleva a cabo el análisis Presentar la capa en formato vector “shape con su respectiva tabla de atributos”. No se logra visualizar la capa, y según sus propiedades dentro de la misma se indican que no posee datos de valores (“no data”). Presentar nuevamente esta capa, en forma correcta y se deben de separar los procesos de erosión y sedimentación en capas aparte. Presentar las capas en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos. Los valores de los atributos no corresponden a números enteros, presentan un combinado de números enteros y números decimales que no son coincidentes con lo establecido dentro del DE32967. Al verificar estos valores, con los del mapa impreso, se tiene que pudo haberse llevado a cabo una reagrupación de valores; no obstante, debe de explicarse y justificarse el criterio utilizado para el cálculo. Volver a presentar esta capa con las correcciones hechas para las capas de sedimentación activa y erosión activa, con los valores de acuerdo a lo establecido dentro del DE-32967 y en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos. Presentar la capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos. Presentar la capa en formato 10


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vector “shape” con su respectiva tabla de atributos.

cantón de Flores 1.3-7 Mapa de vulnerabilidad de los acuíferos a contaminantes según el Método GOD en el cantón de Flores

1.3-8 Factor Hidrogeológico Integrado en el cantón de Flores

15. god_i

Presentar la capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos.

16. rasterv3f2

Valores de la capa: 12-13-1415-16-17-18-19-20 Los valores de los atributos no son coincidentes con los valores establecidos dentro del DE-32967. Al verificar estos valores, con los del mapa impreso, también se presentan distintos. Debe de explicarse y justificarse el criterio utilizado para el cálculo. Presentar esta capa de forma establecidos dentro del DE32967, en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, y justificar el criterio utilizado en el cálculo.

IFA Geoaptitud Factor Estabilidad de Laderas:

1.4 -4 Factor de Pendientes para el cantón de Flores

18. pend

1.4 -8 Cercanía a fallas en el cantón de Flores

22. am_Fallas

1.4 -9 Componente de erosión eros_ifa (Erosión y sedimentación del cantón Sedimentación) de Flores

Esta capa posee una referencia espacial desconocida, las fuentes de datos no tienen información de referencia espacial. Se recomienda solicitar esta capa de nuevo y corregida. Solicitar nuevamente esta capa, con las correcciones solicitadas. Presentar las capas en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos. Presentar esta capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos. No se logra visualizar la capa, y según sus propiedades dentro de la misma se indica que no posee datos de valores (“no data”). La recomendación que se dio en el mapa 1.2-5 es que se debe de solicitar nuevamente esta capa, en forma correcta. Presentar la 11


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capa de forma correcta y se deben de separar los procesos en capas aparte. Presentar las capas en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos. 1.4 -11 Dirección de taludes respecto de dirección de 23. flores fallas y lineamientos para el cantón de Flores

Mapa de Geoap. Hidrogeológica

Ráster v3f2

1.4 -12 Valores IFA Factor de deslizamiento en el cantón de Flores

24. IFA

Presentar esta capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos. Los valores de los atributos no son coincidentes con los valores establecidos dentro del DE-32967. Al verificar estos valores, con los del mapa impreso, son distintos. Debe de explicarse y justificarse. Presentar esta capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos. Presentar este mapa con las correcciones de los mapas anteriores incorporadas Presentar la capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos.

IFA Geoaptitud Factor Amenazas Naturales:

1.5-1 Sismicidad Regional en el 25. IDW cantón de Flores

1.5-2 Sismos en el cantón de Flores

sismosFlores.shp

Esta capa es diferente a la del mapa impreso. Los valores de los atributos no son coincidentes con los valores establecidos dentro del DE-32967. Al verificar estos valores, con los del mapa impreso, son distintos. Debe de explicarse y justificarse el criterio utilizado para el cálculo. Presentar esta capa otra vez con correcciones y en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos. Esta capa ya fue analizada en el mapa 1.3-4 Respecto a los valores de la capa, la tabla de atributos no muestra en ninguna de sus columnas el valor 5. Esto no es coincidente con el mapa impreso que si presenta dicho 12


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valor. Debe de explicarse y justificarse el criterio utilizado para el cálculo. Solicitar nuevamente esta capa, corregida. Presentar las capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos.

1.5-3 Cercanía a fallas en el cantón de Flores

am_Fallas

1.5-5 Inundaciones por desborde de río, o deficiente alcantarillado en el cantón de Flores

28. am_inunda

Presentar las capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos.

29. ifaAmenaza

Los valores de los atributos no son coincidentes con los valores establecidos dentro del DE-32967. Al verificar estos valores, con los del mapa impreso, son distintos. Debe de explicarse y justificarse el criterio utilizado para el cálculo. Presentar esta capa corregida en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos.

30. integradov3

Presentar esta capa, con base en todas las correcciones solicitadas de las capas anteriores y en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos.

1.5-6 Factor amenazas naturales en el cantón de Flores

IFA Geoaptitud Integrado:

1.6-1 Mapa IFA Geoaptitud Integrado

IFA Bioaptitud:

2-5 Factor II Categoría de Manejo, Áreas Protegidas en el cantón de Flores

Ifa_rios.shp

La capa dentro de su tabla de atributos no incluye datos de categorías de manejo ni tampoco de áreas protegidas como tal, a las cuales según el mapa impreso calificaron con los valores 4 y 5, este dato específico no lo refleja la tabla de atributos. En esta capa se muestran los “buffers” que bordean los cuerpos de agua, coincidiendo así con el mapa impreso. Presentar este mapa con la corrección de los valores y con los colores de acuerdo al 13


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2-6 Conectividad según el uso del suelo y posibles zonas protegidas en el cantón de Flores

2.7. Mapa IFA Bioaptitud Integrado

Cobertura.shp

33. ifabioapV2

Decreto. Ver nota aparte. Dentro de esta capa, en la tabla de atributos no se muestra el detalle de Conectividad que si menciona dentro del mapa impreso. La imagen que arroja la capa es meramente la descripción del uso del suelo. Presentar esta capa (y su impresión asociada) indicando los valores de conectividad. Presentar esta capa con las correcciones solicitadas y en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos.

IFA Edafoaptitud:

3-1 Tipos de Suelo (MAG 1994) en el cantón de Flores 34. Capacidad_clip.shp

3-4 Mapa IFA Edafoaptitud Integrada

36. Edafoap_Flores_resume n.shp

El detalle del “tipo” de suelo (taxonomía) dentro de la tabla de atributos está representada mediante números y no por el nombre, por lo que el mapa no refleja claramente este dato. Presentar la capa corregida. La capa muestra cierto desplazamiento respecto a la línea de límite del cantón. Explicar por qué el mapa no refleja la sumatoria de los otros dos mapas anteriores. Ver evaluación del texto. Presentar mapa corregido. (el impreso también).

IFA Antropoaptitud:

4.1-3 Uso Antrópico Sitios arqueológicos y estructuras patrimoniales en el cantón de Flores

Mapa de Áreas de desarrollo urbano

En la capa se muestran 3 puntos catalogados como patrimonio, no obstante, dentro del mapa impreso, no se 37. Puntos_patrimonio.shp representa uno de estos puntos, pese a que la simbología sí lo menciona: Iglesia de San Joaquín Presentar esta capa corregida. No se presentó esta capa como tal, pero se hace cierta mención dentro del mapa -impreso 4.1-4 Presentar esta capa y el mapa impreso de uso antrópico 14


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Áreas de Administración Especial

--

Áreas de desarrollo futuro a corto y mediano plazo

--

4.1-4 Uso Antrópico IFA en el cantón de Flores - Areas de desarrollo urbano - Infraestructura vial disponible - Areas de administración especial 39. IFA.shp - Mapa uso suelo antrópico x zonas - Sitios Int. cultural, arqueol., etc. - Áreas Desarroll. Futuro: c-m-l

4.2-1 Paisajismo Cuenca visual máxima y sus perfiles de montaña en el cantón de Flores

43. med_cunecvis

44. med_gamf

según lo establecido en el DE32967, apartado 5,11,1 punto 3 y 4. No se presentó esta capa como tal, pero se hace cierta mención dentro del mapa impreso 4.1-4 Presentar esta capa y el mapa impreso de uso antrópico según lo establecido en el DE32967, apartado 5,11,1 punto 3 y 4. No se presentó esta capa como tal, pero se hace cierta mención dentro del mapa impreso 4.1-4 Presentar esta capa y el mapa impreso de uso antrópico según lo establecido en el DE32967, apartado 5,11,1 punto 3 y 4. En el mapa impreso, dentro de la simbología, se hace mención a las áreas de desarrollo a corto y mediano plazo, sin embargo, dentro de la capa (en la tabla de atributos), no se especifica este detalle. Presentar esta capa corregida. Esta capa se refiere a los lugares visibles y no visibles desde el cantón. No obstante, dentro de la tabla de atributos solo indican una serie de números que no hacen referencia a detalles del mismo. Presentar las capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, proyección oficial CRTM05. Según la capa, la misma corresponde a un modelo de elevación digital del terreno. Presentar las capa en formato vector “shape” con su 15


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4.2-2 Paisajismo Visibilidad de los hitos que forman los perfiles de 45. dent_divid montaña (<8 km; MED), en el cantón de Flores

4.2-3 Paisajismo Visibilidad de los hitos que forman los perfiles de 46. fuer_divid montaña (>8 km; MED), en el cantón de Flores

4.2-4 Paisajismo Visibilidad de los hitos que forman los perfiles de 47. dent_divid montaña (<8 km; MDS), en el cantón de Flores

4.2-5 Paisajismo Visibilidad de los hitos que forman los perfiles de 48. fuer_divid montaña (>8 km; MDS), en el cantón de Flores

4.2-6 Paisajismo. Antropoaptitud Factor paisajismo en el cantón de Flores

49. ifa_paisaji2

respectiva tabla de atributos, proyección oficial CRTM05. Valores de la capa: de 0 a 0,918831 La capa viene sin la reclasificación de los rangos de porcentajes mencionados. Presentar la capa con los valores corregidos, en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, proyección oficial CRTM05. Valores de la capa: de 0 a 0,476031 La capa viene sin la reclasificación de los rangos de porcentajes mencionados. Presentar la capa con los valores corregidos, en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, proyección oficial CRTM05. Valores de la capa: de 0 a 0,845207 La capa viene sin la reclasificación de los rangos de porcentajes mencionados. Presentar la capa con los valores corregidos, en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, proyección oficial CRTM05. Valores de la capa: de 0 a 0,481132. La capa viene sin la reclasificación de los rangos de porcentajes mencionados. Presentar la capa con los valores corregidos, en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, proyección oficial CRTM05. Valores de la capa: 3-4-5 La tabla de atributos indica únicamente números, no viene el detalle de los mismos. Especificar la clasificación de conformidad con el decreto. Presentar la capa con los 16


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4.3-1 MAPA IFA ANTROPOAPTITUD INTEGRADO

50. Antropoaptitud Integrado1.tif

valores corregidos, en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, proyección oficial CRTM05. Valores de la capa: 2-3-4-5 La tabla de atributos indica únicamente números, no viene el detalle de los mismos. Presentar la capa con las correcciones de las capas anteriores, en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, proyección oficial CRTM05.

IFA Integrado:

5-1 MAPA IFA INTEGRADO EN EL CANTÓN DE FLORES

51. integradov3

5-2 SUBDIVISIÓN DEL IFA EN 52. subV2.shp EL CANTON DE FLORES

Valores de la capa: 3-4-5. La tabla de atributos indica únicamente números, no viene el detalle de los mismos. Presentar esta capa corregida con base en todas las correcciones de las capas que lo componen, en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, CRTM05. Valores de la capa: 3-I, 3-II, 4, 4-I, 5-I, 5-II, 5-III, 5-IV. En el mapa impreso no se indica el valor 4, mientras que en la capa sí. Se recomienda solicitar aclaración sobre este punto, específicamente sobre la reagrupación de dichos valores. La tabla de atributos indica únicamente números, no viene el detalle de los mismos. Presentar esta capa corregida. Incluir una explicación y/o una corrección de la reagrupación de los valores, ya que el valor 4 vienen incluido en la capa, más no en el mapa impreso. Presentar esta capa corregida con base en todas las correcciones de las capas que lo componen, en formato vector “shape” con su 17


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respectiva tabla de atributos, CRTM05. Análisis de Alcance Ambiental (AAA): 1 ALCANCES AMBIENTALES IFA Integrado en el cantón de integradov3 Flores 2 ALCANCES AMBIENTALES Subdivisión del IFA en el cantón de Flores 2-

subV2.shp

Presentar las capa en formato vector “shape” con su respectiva tabla de atributos, CRTM05. Misma capa “52. subV2.shp” por lo que debe corregirse igualmente.

Aplicación del método del Índice de Fragilidad Ambiental (IFA):

A) IFA Geoaptitud (Apartados 5.2 a 5.8): A.1) Factor Litopetrofísico: (Decreto numeral 5.4) a) Información geológica regional y local y complementarse con información de campo: Se debe incluir información tectónica del cantón, ya que es insumo de otros factores como amenazas naturales. Se debe aclarar si presenta fallas activas o no. b) Análisis de IFA litopetrofísico: Para este apartado y según comentario descrito en la sección de resultados (1.1.4), que dice “los sitios evaluados y los resultados obtenidos para cada parámetro se observan en la tabla 2, al final del presente documento se encuentra un CD con los mapas realizados e imágenes de los afloramientos estudiados”. Se solicita aportar dicho CD, para aclarar los análisis de la relación entre los parámetros de dureza de roca, meteorización y consistencia de suelo, que en algunos sitios no concuerda como A2, A25, A27, A28 (relación entre dureza y meteorización); A11, A14, A17, A19, 20, A21, A22, A23 (relación entre dureza y consistencia). Lo anterior debido a que no hay explicación de cómo calcularon dichos parámetros. c) Tabla con las limitantes y potencialidades técnicas derivadas del factor litopetrofísico: Volver a preparar el Cuadro 1.1-3, “Limitaciones y potencialidades técnicas por evaluación IFA”, de acuerdo al numeral 5.3.4 del DE 32967-MINAE. d) Capítulo de incertidumbres técnicas y su calificación del factor litopetrofísico: Incluir según el Decreto. A.2) Factor Geodinámica Externa: (Decreto numeral 5.4) a) Apartado 5.4.1 del D.E. “d” y “e”, a saber: “d) Importancia de las áreas de erosión activa (erosión laminar, erosión lineal, “bosorrocas”, cárcavas, cicatrices, grietas, canales, surcos y otros criterios geomorfológicos); e) Importancia de las áreas de sedimentación activa (conos de talus, abanicos aluviales activos, lóbulos de sedimentación, barras de sedimentación activas, deltas y áreas en subsidencia relativa con acumulación de sedimentos).”: Las variables erosión y sedimentación activa (5.4.1.d y e), deben realizarse nuevamente ya que las relaciones de erosión y sedimentación no son inversas en el caso del Cantón de Flores. Para esto, los productos transportados por erosión se deberían depositar dentro del mismo cantón y esto no ocurre. Se debe considerar que existen áreas que no presentan ninguna de las anteriores. Se debe cuantificar, si la escala lo permite, las áreas de erosión independientemente de las de sedimentación, utilizando las geoformas originadas por 18


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uno u otro proceso (abanicos, zonas de erosión laminar, etc., ver decreto 32967). Volver a presentar mapas impresos y sus capas vectoriales (Shapes). b) Análisis de IFA factor geodinámica externa: Debe calcularse nuevamente incluyendo lo establecido en el Apartado 5.4.1 del D.E. “d” y “e”. c) Tabla con las limitantes y potencialidades técnicas derivadas del factor geodinámica externa: Volver a preparar el Cuadro 1.2-4, “Limitaciones y potencialidades técnicas por evaluación IFA”, de acuerdo al numeral 5.3.4 del DE 32967-MINAE, y con las modificaciones solicitadas en el ítem “a” anterior. d) Capítulo de incertidumbres técnicas y su calificación del factor geodinámica externa: Incluir según el Decreto. A.3) Factor Hidrogeológico: (Decreto numeral 5.5) a) Análisis del IFA factor hidrogeológico: Con relación al Mapa de IFA por Factor Hidrogeológico, se debe aclarar como reclasificaron los rangos de este mapa. Hacer conexión con lo solicitado para este ítem en las observaciones cartográficas. b) Desarrollo y análisis del método GOD: 1) En el mapa 1.3-1. Factor hidrogeológico marcados con estrellas rojas, se observan dos lugares (Quebrada Seca y Río Segundo), donde aflorar lavas, sin la capa de tobas y lahares, que se consideran el sello protector del acuífero de Barva.

2) Los lugares anteriores, fueron definidos como zonas de alta y media vulnerabilidad a la contaminación, según el método GOD. El sitio que corresponde a Quebrada Seca, tiene una vulnerabilidad alta y debe cubrir toda el área que corresponde a 19


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las lavas, según se observa en el mapa anterior, y no solamente a la franja que corresponde al cauce y a la zona protectora.

3) Se presentan sectores de manejo de las aguas subterráneas, como parte del estudio hidrogeológico, que corresponden a: S1- Sector Vulnerable de Recarga Lateral Principal S2- Sector Vulnerable de Desarrollo Urbano, Agrícola e Industrial S3- Cauces con Recarga y Descarga Lineal Intermitente Importante

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Para dichas zonas de manejo se presenta el cuadro siguiente, con las características de la zona, el manejo recomendado y las limitaciones, que deben tenerse en cuenta en la tabla de condicionantes de este factor y que deben corresponder con la propuesta de desarrollo del cantón, el análisis de alcance ambiental y con el reglamento de desarrollo sostenible, en este último se especifica en el reglamento de construcciones, en el capítulo 4).

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4) Como se observa en la Propuesta de Zonificación, y en el Reglamento de Zonificación:  Para el sitio Río Segundo: se prevé una zona de expansión tipo 2, que corresponde a: “Esta zona posee riqueza ambiental y biológica. Tiene una importante cobertura boscosa y se encuentra cercana a la zona de protección del río Segundo. Aquí se localizaba la hacienda “La Soledad”, que es sitio de riqueza arqueológica. Por las razones expuestas anteriormente, en esta zona se promueven principalmente actividades amigables con el ambiente y que no generen impactos grandes ni una alta densidad de población tales como ecoalbergues, centros de investigación científica y centros de manejo de fauna”. (Ver página 6 del Reglamento de Zonificación) Esta propuesta es concordante con el diagnóstico del IFA.  Para el sitio Quebrada Seca: se prevé una zona de expansión tipo 1, que corresponde a: “Esta zona se definió en áreas que cuentan actualmente con gran espacio disponible y potencial para el desarrollo de usos recreativos necesarios para la población y para albergar el crecimiento futuro de la población. Pretende que se genere una densidad intermedia de ocupación humana y se restringe el desarrollo de actividades comerciales 23


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a solamente pequeñas y de bajo impacto”. (Ver página 6 del Reglamento de Zonificación) También se prevé residencial tipo 1, que corresponde a: “Esta zona está considerada primordialmente de uso residencial. Con el fin de resguardar la calma y evitar las externalidades de las actividades comerciales y de servicios de gran tamaño, solamente se permitirán en esta zona actividades comerciales pequeñas, básicas y de necesidad inmediata tales como pulperías, bazares, salones de belleza, guarderías, entre otras”. (Ver página 6 del Reglamento de Zonificación) Por todo lo expuesto previamente, estás dos propuestas, no son concordantes con los usos sugeridos en el Cuadro 2-2.40, ya que implican un alto riesgo de contaminación directa al acuífero de Barva.

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Con verificación de campo realizada el día 19 de mayo del 2017, se confirma la exposición de las lavas en el cauce de la Quebrada Seca (Foto 1), caracterizando este sitio como de alto riesgo a la contaminación que ya está ocurriendo, debido a que diferentes construcciones están llevando las aguas residuales directamente a la quebrada sin el respectivo tratamiento (Fotos 2,3,4). Por lo que se insta a la municipalidad a tomar las medidas de mitigación respectivas para este caso.

Foto 1. Distrito San Joaquín. Puente sobre la Quebrada Seca. Lavas de la Formación Barva expuestas en el cauce de la quebrada. Coordenadas X: 484.348,86 - Y:1.106.448,33.

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Foto 2. Distrito San Joaquín. Puente sobre la Quebrada Seca margen derecho, aguas arriba. Note la cercanía de las construcciones sin el respectivo retiro de protección y las aguas residuales que llegan directamente a la quebrada.

Foto 3. Distrito San Joaquín. Puente sobre la Quebrada Seca margen derecho, aguas arriba. Note la cercanía de las construcciones sin el respectivo retiro de protección, la basura y las aguas residuales que llegan directamente a la quebrada. 26


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Foto 4. Distrito San Joaquín. Puente sobre la Quebrada Seca margen izquierdo, aguas arriba. Note el desagüe que cae directamente a la quebrada. Se debe verificar que en el AAA y RDS, se establezcan las acciones de protección para las zonas definidas de alta vulnerabilidad a la contaminación, así como de pozos y manantiales. c) Capítulo de incertidumbres técnicas y su calificación del factor hidrogeológico: Incluir según el Decreto. d) No se incluye en el shape el mapa de hidrogeoaptitud (aunque si esta en PDF) por lo que debe presentar. A.4) Factor Estabilidad de Laderas: (Decreto numeral 5.6) a) Inclusión del análisis de las variables descritas en el apartado 5.6.2 del D.E.: 1) Variable Categorías de pendientes según el mapa de Geoaptitud por factor geodinámico externo: El mapa de pendientes es diferente al generado en el ítem de geodinámica externa, utilizaron la pendiente crítica. Lo anterior se considera una mejora, ya que al ser tan homogéneas las capacidades geomecánicas del terreno, ya que es un mismo material geológico, la pendiente pasa a ser una variable muy importante, que debe ser mejorada para tal efecto. 2) Importancia de procesos de erosión/sedimentación (obtenidos del mapa de Geoaptitud por factor geodinámico externo): Como se tiene en cuenta los procesos de erosión y sedimentación, debe corregirse este mapa de acuerdo al ítem “A.2.a”. b) El Decreto, en su numeral 5.6.3, estipula: “En el caso de que se detecte la presencia de fallas geológicas activas o potencialmente activas, en virtud de los diferentes factores de geoaptitud desarrollados por medio del estudio de los IFAs, y fin de establecer la zonificación de uso del suelo sobre y en las cercanías del trazo o zona de falla geológica deberá darse uso de un protocolo específico definido de forma mancomunada por la SETENA con otras autoridades nacionales relacionadas con el tema y que se presenta como Anexo 2 del presente Procedimiento.” Dependiendo del 27


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resultado de la información tectónica solicitada en el ítem “A.1.a” anterior, se debe resolver si aplica o no esta variable. c) Capítulo de incertidumbres técnicas y su calificación del factor estabilidad de laderas: Incluir según el Decreto. A.5) Factor Amenazas Naturales: (Decreto numeral 5.7) a) Inclusión de las fichas descritas en el apéndice 1 del Decreto: Dependiendo del resultado de la información tectónica solicitada en el ítem “A.1.a” anterior, se debe resolver si aplica o no incluir las fichas. b) Análisis del IFA factor amenazas naturales y su mapa: Se debe aclarar como reclasificaron los rangos de este mapa. c) Capítulo de incertidumbres técnicas y su calificación del factor amenazas naturales: Incluir análisis incertidumbres técnicas según el Decreto. A.6) Mapa de IFA Geoaptitud integrado: (Decreto numeral 5.8) a) Recalcular este mapa con los cambios provenientes de las solicitudes hechas en los ítems anteriores. b) De acuerdo al resultado del mapa anterior, analizar el IFA geoaptitud integrada (IFA aspectos geológicos). c) De acuerdo al resultado del mapa del ítem “A.6.a”, preparar la tabla resumen de limitantes y potencialidades técnicas que comprendan la totalidad de la cartografía de este apartado. B) IFA Bioaptitud: (Apartado 5.9) a) Tabla de control de salida de datos para el IFA factor biológico: Se requiere conocer la tabla de control de salida de datos ya que, a priori, los valores del IFA Bioaptitud no parecieran ser consecuentes con la valoración que de manera independiente se hace de las variables cobertura biótica, categorías de manejo y corredores biológicos. Por tal razón y con el fin de hacer una evaluación más objetiva de este apartado, se solicita que se confeccione la tabla de control de salida de datos acompañada de:  Una explicación detallada sobre cuáles fueron los criterios utilizados para asignar los valores a cada factor (cobertura, categorías de manejo y corredores biológicos), según el cuadro de valores del IFA Bioaptitud.  Una explicación detallada de como fue el proceso de suma y reclasificación para el IFA Bioaptitud utilizado para generar el mapa 2-7. b) Se requiere que el autor incluya el análisis del IFA Factor Biológico donde describa cuál es el aporte y el peso que el IFA Bioaptitud tiene en el IFA Integrado y posteriormente, el peso que debería de tener en la propuesta de zonificación. c) Presentar la Tabla de limitantes y potencialidades técnicas existentes en cada zona referente al uso humano que se le puede dar de acuerdo al numeral 5.9.5 del Decreto. El apartado del IFA Bioaptitud en su parte introductoria desarrolla información descriptiva del cantón, la cual podría utilizarse para contextualizar o enriquecer otros apartados del documento. Este apartado, en su introducción necesita enriquecerse con información propia de aspectos biológicos y ecológicos del cantón, que posteriormente pueden ser utilizados para: (i) sustentar la condición de los factores cobertura biótica, áreas protegidas y corredores biológicos y sus respectivos subfactores, y 28


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(ii) Fundamentar los valores asignados en el proceso de generación (sumatoria y reclasificación) del IFA biológico integrado. En la parte metodológica se hace mención a procedimientos utilizados que permitieron identificar especies de fauna en el sitio; no obstante, luego se presentan listados de especies esperadas y no de especies observadas. Existen métodos para evaluar, de forma rápida, la presencia de especies en un determinado ecosistema. Por tal razón, en este estudio resulta factible presentar listados de especies observadas, que bien pueden ser complementados con listados de especies esperadas. En cantones donde las áreas verdes son reducidas, aquellos remanentes o parches que aún permanecen son de gran valor al momento de proponer una zonificación y definir usos, ya que pueden tener un valor ecológico que debe ser mantenido y/o recuperado. Por tal razón, un muestreo rápido de fauna (diurno y nocturno) en los bosques riparios y remanentes de bosques y plantaciones, permitirán conocer aspectos biológicos y ecológicos de importancia para el cantón y que deberán ser considerados dentro de la gestión del mismo por parte del gobierno local. En las recomendaciones se mencionan áreas dentro del cantón que sirven de corredores biológicos que conectan con el PN Volcán Barva. No es claro si esta afirmación cuenta con algún sustento de este u otros estudios que hayan establecido esta conectividad o es solo una presunción del autor. Se debe aclarar a què hace referencia. De otro lado, la recomendación 3 necesita más contexto sobre cuáles son los sitios a lo largo de la margen de los ríos, donde es factible o donde es más urgente llevar a cabo actividades de reforestación. Una situación similar se da en la recomendación 4, se requiere especificar los sitios donde debe darse esta siembra de especies nativas. Sobre la recomendación 5, se debe hacer mención y ubicar los lotes que se recomienda comprar, con el fin de que su conservación tenga el impacto deseado en el mantenimiento de la condición ecológica del cantón. El ubicar los sitios más importantes a recuperar, permite que los mismos sean tenidos en cuenta en la zonificación y definición de usos del Plan Regulador. Sumado a esto, es necesario hacer mención a los instrumentos (además del plan regulador) con que cuenta el gobierno local para hacer viable estas recomendaciones. De igual forma, las potencialidades deben contemplar si existen limitantes que imposibiliten el desarrollo de recomendaciones como la reforestación o la compra de terrenos para este fin. Finalmente, si bien se presenta un mapa de ríos del cantón (mapa 2-2) como parte del IFA, el mismo no se cita en el documento y tampoco se define cuál es la condición de estos sistemas loticos y el valor ecológico que tienen para el cantón. Sobre el Cálculo del IFA: En el párrafo donde se explica cómo se calculó el IFA de Bioaptitud integrado, se indica que al subfactor “categoría de manejo” se calificó con un valor de 4 (moderado), no obstante, el valor de 4 corresponde una valoración “baja”. Si el valor correcto es “moderado”, entonces la calificación debería de ser 3. Favor aclarar. Para hacer una evaluación más objetiva de este factor, se debe solicitar al autor: 29


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(i) La tabla de control de salida de datos, la cual debe estar acompañada de, (ii) Una explicación detallada de cuales fueron los criterios utilizados para asignar un valor a los subfactores (iii) Una explicación detallada de, como a partir de lo anterior, se hizo la sumatoria y la reclasificación. Esta solicitud se hace porque en el documento actual se observan potenciales inconsistencias en la calificación de los subfactores y el IFA. Es decir, para los bosques riparios que están protegidos por Ley (similar a lo que ocurre con un área protegida), albergan la cobertura boscosa más importante del cantón y son corredores biológicos potenciales, se esperaría una calificación con valores entre 1 (Muy Alto) y 2 (Alto). No obstante, la valoración que se hace en algunos casos oscila entre 4 y 5. Posteriormente, en el mapa de IFA estos bosques aparecen con una fragilidad Moderada (calificación 3) y ciertos parches de potreros, descritos como eventuales corredores biológicos y áreas a comprar para fines de conservación, hacen parte de una gran área calificada como de Muy Baja fragilidad. A partir de la actualización y reclasificación de uso de suelo solicitada en el IFA Antropoaptitud, verificar si las propuestas indicadas en este factor son válidas. C) IFA Edafoaptitud: (Apartado 5.10) a) Especificar cuáles son los tipos de suelo presentes en el área de estudio. En el Mapa 3-1, indicar el tipo de suelo a que se refiere la numeración 1108 y 1111. Volver a presentar el Mapa completo con leyenda correcta, visto que el titulo dice “Capacidad de uso agrícola” y no Tipo de suelo. b) Presentar la tabla de control de salida de datos para el IFA factor edafoaptitud puesto que en el Mapa 3-4 IFA Edafoaptitud Integrado en el cantón de Flores no se puede inferir cómo generaron la clasificación IFA. Los mapas de fertilidad y capacidad del uso tienen una única clasificación cada uno por lo que no se comprende cómo el integrado presenta varias clasificaciones. c) Análisis del IFA aspectos edafológicos: Con las correcciones y esclarecimientos solicitados anteriormente, presentar un nuevo y más completo análisis. El texto presentado no ofrece una conclusión sobre posibles usos y recomendaciones para los mismos. d) Presentar la Tabla resumen de limitantes y potencialidades técnicas que comprendan la totalidad de la cartografía del IFA aspectos edafológicos de acuerdo al numeral 5.10.6 del Decreto. e) Una parte grande del cantón está urbanizado por lo que se solicita ampliar el tema de edafoaptitud, respecto a protección y conservación del suelo, ya que lo que presentan son recomendaciones de manejo. f) Presentar certificación emitida por el MAG-INTA de que el cantón no presenta zonas de aptitud agrícola. D) IFA Antropoaptitud: (Apartado 5.11) a) Presentar un Resumen Ejecutivo con la visión que se tiene para el Cantón de Flores y la relación de la misma con la Propuesta de Plan Regulador. Por ejemplo, los cambios que se han dado en uso de suelo con relación a los cultivos de café y que ahora se 30


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b)

c) d)

e) f) g) h)

i) j) k)

observa el crecimiento de desarrollo residenciales (condominios, residenciales, urbanizaciones, ciudadelas, etc.). Presentar el mapa 5.11.1 del inciso a.4 del D.E 32967 de acuerdo a los siguientes criterios: “4) Mapa de uso del suelo antrópico, identificando, cuando sea posible, las siguientes zonas: (i) Zonas residenciales, (ii) Zonas comerciales, (iii) Zonas industriales, (iv) Zonas de uso mixto, (v) Zonas de uso agrícola y agroindustrial y (vi) Zonas de uso especial (rellenos sanitarios, trazos de oleoductos, líneas de transmisión de energía, acueductos para abastecimiento de poblaciones, plantas de tratamiento, subestaciones de energía, planteles de combustible y otros elementos similares).” Identificar, adicionalmente, las zonas institucionales (escuelas, iglesias, municipalidad, servicios públicos, bancos, cementerios, mercados municipales, entre otros), las zonas de renovación urbana, zonas verdes y de recreación, zonas con asentamientos informales en condición de tugurio, zonas de precarios (sobre tenencia de la tierra). Indicar las zonas de protección de los cuerpos de aguas que presentan invasión por edificaciones. Diferenciar lotes baldíos de pastos, pastos con árboles y bosques. Definir la evolución de crecimiento urbano para el Cantón según lo especificado en el numeral 5.11.1 inciso a-6 del D.E 32967. Definir cuál es criterio para incluir los tipos de cobertura o usos del suelo desde el punto de vista biológico en el mapa de uso del suelo antrópico. Eso porque se indica, según pág. 123, último párrafo, que se dará continuidad a los resultados finales de los IFAS Bioaptitud y Antropoaptitud en la variable bosques para que sean coincidentes en los valores otorgados. Sin embargo, en el mapa IFA Bioaptitud se presenta los bosques con una categoría de 3 (moderada) y en el de Antropoaptitud se incluyó en una categoría de 1(muy alta). Aclarar cuál es el porcentaje real urbanizado del Cantón al 2011, ya que en texto se mencionan dos porcentajes distintos, 55% y 65%. El análisis general de este apartado, exceptuando lo que se desarrolla sobre el crecimiento del Cantón, es muy escaso por lo que debe replantearse. Presentar el Mapa de Zonificación del Plan Regulador vigente (impreso y en formato shape) y sus Reglamentos. Categorías del paisaje y en particular de los sitios de interés paisajístico: los profesionales de SETENA no pudieron comprender en su totalidad la metodología utilizada. El procedimiento metodológico menciona dos unidades primordiales para el análisis paisajístico: la escala panorámica y la escala humana; sin embargo, el desarrollo del procedimiento no es claro sobre cuál es el resultado de una y otra. No se especifica cuáles son los criterios de geometría visual, utilizados para el análisis. Del mapa 4.2.1 dentro de la tabla de simbología se indica los hitos dentro de los 8KM como un punto azul, sin embargo, en el mapa no se presenta ésta simbología. El mapa 4.2-6 indica el factor 3 (moderado) en el cuadro de simbología, sin embargo, en el mapa no se refleja. ¿Cuál es la relación del mapa IFA paisajismo y la propuesta de zonificación (en la parte AAA)? ¿Cómo se ve reflejada la información paisaje con la propuesta? Presentar la Tabla de control de salida de datos para el IFA factor Antropoaptitud. Análisis de IFA aspectos Antrópicos: Solo incluye análisis para paisaje por lo que debe incluir para uso de suelo. Incluir la tabla resumen de limitantes y potencialidades técnicas para cada categoría que comprendan la totalidad de la cartografía del IFA Antropoaptitud de manera que el análisis sea más descriptivo e incluya usos propuestos. 31


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E) IFA Integrado: (Apartado 5.12) OBSERVACIONES: Las conclusiones, observaciones y recomendaciones de cada eje de IFA no se integraron. Por ejemplo, para la Quebrada Seca, se presenta vulnerabilidad alta a la contaminación y coinciden con las áreas propuestas para desarrollo urbano (Residencial Tipo 1 y Zona de Expansión 1) Elaborar el IFA Integrado a la luz de las correcciones solicitadas en cada uno de los ejes anteriores. En seguida, presentar los siguientes análisis de conformidad con lo estipulado en el Decreto: a) Tabla de control de salida de datos para el IFA integrado b) Análisis de IFA integrado c) Según numeral 5.12.4 del Decreto, para cada categoría de IFA o zonas, podrá ser subdivida a su vez en un conjunto de subzonas que serán numeradas, anteponiendo el número romano de la zona y después de un guion, el número arábigo de la subzona correspondiente. Se podrán separar el número de subzonas que se consideren necesarias. El criterio para separar las subzonas será el hecho de que comparten factores limitantes comunes o vinculadas. Cada zona o subzona de IFA deberá contener una lista de atributos ambientales positivos y negativos que favorecen o limitan el desarrollo de actividades humanas, (ver Tabla de referencia en el Anexo Nº 2). El criterio para separar las categorías de IFA integrado, siguen el mismo proceso lógico aplicado a la IFA – Geoaptitud integrado, señalado en 5.8.4 y el Anexo 2. Se debe proceder y preparar la tabla solicitada. d) Según el numeral 5.12.5 del Decreto, sobre la base de la información de zonificación de IFA y las limitantes y potencialidades técnicas de las diferentes zonas se establecerán los tipos de usos recomendados y no recomendados que podrá darse al suelo, y además las condicionantes técnicas que definirán el desarrollo de esas actividades, obras o proyectos (ver Tabla de referencia en el Anexo Nº 2). Se debe proceder y preparar la tabla solicitada. Como el Cantón de Flores se encuentra dentro de la GAM, su IFA Integrado debe ser consistente con el IFA Integrado de la GAM. De acuerdo a las informaciones existentes, el Proyecto de la GAM fue desarrollado en una escala 1:10000 por lo permite realizar dicho análisis de consistencia entre los dos estudios. Referirse a las diferencias encontradas justificándolas. 3-

Análisis de Alcance Ambiental:

Observaciones Generales: Este estudio presenta una dicotomía donde las conclusiones del diagnóstico de IFA no se ven reflejadas en el Análisis de Alcances Ambientales ni en la Propuesta de Zonificación. Dentro del AAA no se evidencia la inclusión de ningún criterio resultante del diagnóstico IFA que se refleja en las tablas de Limitantes y Potencialidades. Respecto a la Zonificación de la Propuesta de Plan Regulador, no se evidenció dentro del documento el detalle de cada una de las zonas. Por ejemplo, no se diferencia el Residencial Tipo 1 del Residencial Tipo 2. Las Zonas de Expansión 1 y 2 no se caracterizaron de manera a saber sus usos. Por lo tanto, se solicita ampliar el detalle de cada una de las zonas de 32


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acuerdo a su uso permitido, uso condicionado, para las áreas residenciales caracterizar su densidad y número de pisos permitidos. A) Diagnóstico de la condición ambiental general del territorio: (Apartado 6.4) a) Inclusión del análisis de la presión sobre los factores aire, suelo / subsuelo, aguas superficiales y subterráneas, flora y fauna (biotopos), vulnerabilidad a amenazas, riesgos naturales y antrópicos, recursos culturales (patrimonio cultural, paisaje, recursos arqueológicos): Faltó el detalle referente a los diferentes distritos visto que cada uno presenta comportamientos distintos, o sea, presentan una dinámica antrópica distinta. b) Inclusión de la identificación de efectos acumulativos de al menos las emisiones e inmisiones, intensidad de ocupación y degradación del suelo, vertidos de aguas residuales en cuerpos de agua superficiales y subterráneas, generación de desechos sólidos ordinarios y especiales, uso y aprovechamiento de otros recursos naturales: Faltó el detalle referente a los diferentes distritos visto que cada uno presenta comportamientos distintos, o sea, presentan una dinámica antrópica distinta. c) Inclusión de la matriz de Leopold como síntesis de la identificación y valoración de la intensidad y magnitud de los impactos: En las conclusiones faltó agregar el factor aire tanto para calidad de aire como para contaminación sónica. El estudio es anterior a la instalación de los servicios del tren. Además, no se consideró que Flores está en el cono de aproximación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría por lo que el impacto de la contaminación sónica es significativo. Cómo promediaron tanto la intensidad y la magnitud de los impactos con relación al área de estudio, los resultados dan un significado menor que la realidad de algunos sectores del Cantón de Flores; por ejemplo, la contaminación del aire por tránsito vehicular. B) Escenario de la condición ambiental a futuro: (Apartado 6.5) a) Proyección ambiental si se continúa con la situación actual de impactos y efectos negativos visualizados en el punto 1.c anterior: Pueden cuantificar la tendencia de crecimiento urbano y así definir qué porcentaje o que área de pastos y de cultivos cambiaría a uso urbano lo que mejoraría el escenario de la condición ambiental a 10 años. C) Identificación de nuevos elementos de desarrollo y conservación propuestos y Escenario de adición de nueva presión sobre los recursos naturales y medio ambiente del territorio: (Apartados 6.6 y 6.7) a) Inclusión de la tabla de análisis ambiental que contenga el uso del suelo, el impacto ambiental potencial, el IFA, las limitantes y potencialidades técnicas, los factores ambientales a impactar y la intensidad y magnitud: Debido a que las limitantes y potenciales descritas en los IFAS no son lo suficientemente específicas, y se ha solicitado mejorar la información, debe revisarse este tema otra vez. b) Inclusión de las fichas de impacto ambiental que contengan la zona de IFA, las limitantes técnicas, el tipo de uso del suelo actual, el tipo de suelo propuesto, el impacto ambiental por factor ambiental específico, el impacto ambiental en la fase de mayor impacto de un proyecto (la cantidad de fichas varía según los factores que resultaron igual o mayor a moderado en intensidad y magnitud de la tabla anterior): 33


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Verificar si este criterio cambia en el momento que se hacen los ajustes y/o ampliaciones solicitados. D) Análisis de consistencia sobre las propuestas de desarrollo del territorio: (Apartado 6.8) a) Análisis de consistencia (matriz) incluyendo elementos y contenidos descritos en el DE 32967 en el apartado 6.8: Se deben incluir todos los elementos y contenidos de este apartado. En el caso de que no hay información, debe indicarse, según decreto, que “NHIOD” o en su defecto, que no aplica. Para la GAM hacer un análisis más completo que incluya la consistencia entre la Planificación Regional y la Planificación Propuesta para el Cantón de Flores. Cartografiar el Futuro Plantel de la Cruz Roja y ampliar descripción de la propuesta ofrecida por la ESPH. E) Análisis de los alcances ambientales generales del desarrollo propuesto y efectos ambientales generales: (Apartado 6.9) a) Caracterización individual de los impactos ambientales genéricos según los elementos de valoración que ha establecido la SETENA. (según manual EIA): Incluir. F) Medidas ambientales generales que deberían incluirse a modo de lineamientos y acciones estratégicas: (Apartado 6.10) a) Verificar que se hayan definido las medidas ambientales generales que deberían implementarse en actividades, obras o proyectos de desarrollo propuestos que incluyan acciones preventivas, de mitigación y de compensación. b) Verificar que las medidas ambientales generales definidas previamente, se hayan sustentado y se complementen con la reglamentación vigente y los Códigos de Buenas Prácticas Ambientales existentes. 4-

Reglamento de Desarrollo Sostenible (RDS): A) IFA GEOAPTITUD: 1) Al analizar los Reglamentos del PR se identificaron acciones que hacen referencia a medidas de mitigación, protección entre otras las cuales deben de integrarse en el AAA según el apartado 6.10 del decreto. por ejemplo, en el reglamento de zonificación, se indica “establecer UNA TRANSICIÓN entre las zonas de actividad industrial y zonas residenciales, para mitigar las externalidades negativas de las industrias sobre la población. 2) En el reglamento de zonificación no se indica claramente donde se integran los lineamientos ambientales concernientes al RDS. 3) Igualmente, en el reglamento de FRACCIONAMIENTO NO se especifica para lo que CONCIERNE AL RDS. 4) Según lectura en el reglamento de CONSTRUCCIONES ARTÍCULO 82, se refieren a la municipalidad de San Carlos. por favor aclarar. B) IFA BIOAPTITUD: 1) No se encontró el anexo 3. lo presentado es genérico. en el estudio se presentan consideraciones de un corredor biológico el cual incluye propiedad privada lo cual no aparece en el RDS ni en el PR. 34


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C) IFA EDAFOAPTITUD: 1) No existen lineamientos ambientales para una zona agrícola en específico. Las zonas remanentes de agricultura están incluidas en las zonas de expansión 1 y 2. Para esas zonas el reglamento de zonificación no especifica usos, lo cual permite varios usos que no son acordes entre sí. Prácticamente está dejando libre la planificación, debido a esto las áreas agrícolas quedan bajo la presión urbanística. Para las zonas colindantes con los ríos Segundo y Burío donde las pendientes son altas no son mencionadas en el RDS. D) IFA ANTROPOAPTITUD: 1) No existen lineamientos concretos que puedan vincular lo desarrollado en este factor. 2) No existe en el RDS una correlación con los reglamentos del PR de Flores. debido a que los estudios ambientales deben corregirse (IFAs, AAA) estos deben ser considerados e integrados en la nueva presentación del RDS. La forma de presentar los lineamientos ambientales resultantes de los IFAs vinculándolos con los Reglamentos del Plan Regulador (de Zonificación, de Fraccionamiento, etc.), es confuso e inconsistente para lo ambiental. Lo que se pretendía al principio que era reflejar los lineamientos ambientales dentro de los reglamentos del plan regulador, no se logró. Por lo tanto, la Setena solicita que vuelvan a formular los Reglamentos del Plan Regulador, de manera que se incluyan las zonas IFAs y sus limitantes ambientales. III. Informe de Gira de Inspección de Campo: Si bien es cierto que la Municipalidad solicitó utilizar el artículo 23 inciso e del Decreto Nº 39.150, la SETENA no puede obviar el uso observado en campo. El Cantón de Flores, otrora gran productor de café, vive actualmente en un “boom” de desarrollo urbano. Los antiguos cafetales son hoy desarrollos habitacionales, en su gran mayoría de tipo condominio residencial. Esta tendencia se presenta, principalmente, en el distrito de Barrantes. Aquí es importante observar que las clasificaciones “Pasto” y “Pasto con árboles”, utilizadas en el estudio, pocas veces son aplicables en la realidad. Ver cuadro abajo. Uso estudio Pasto Pasto Pasto Pasto

Uso observado Lotes baldíos en zonas residenciales Plaza de fútbol Lotes baldío encharralado Lote enzacatado en Residencial

Lo mismo pasa con la clasificación de “Cultivos”, ya que gran parte de los mismos son en la realidad remanentes de cultivos de café insertos en florecientes zonas residenciales.

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En el distrito de San Joaquín, la gran parte de su territorio lleva la clasificación de “Urbano”. Hace falta especificar esa clasificación de manera que establezca la caracterización del territorio. Así, hay que incluir otras clasificaciones como: Residencial (baja, mediana o alta densidad), Mixto, Comercial, Industrial, Recreativo, Áreas Verdes, Uso Institucional (Iglesia, Escuela, Municipalidad, Colegio, Cementerios, Bomberos, Hospital, entre otros.). La SETENA concluye que es necesario volver a presentar el Mapa de Uso Actual del Suelo del Cantón de Flores, incluyendo las observaciones anteriores. El mismo debe ser presentado en forma impresa y digital (“shape-vectorial” con su respectiva tabla de atributos). Conclusión de la evaluación: A pesar de que los faltantes y/o inconformidades presentes en el estudio son significativos, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 39150-MINAE-MAG-MIVAH-PLANI-TUR, "Reglamento de la Transición para la Revisión y Aprobación de Planes Reguladores", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 del 03 de setiembre del 2015, procede solicitar lo siguiente: La Municipalidad de Flores debe volver a elaborar el estudio de la Incorporación de la variable ambiental en su Cantón, considerando todos los señalamientos indicados en los numerales 3.2. I, 3.2. II y 3.2. III. POR TANTO LA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE En Sesión Ordinaria Nº 068-2017 de esta Secretaría, realizada el 08 de junio del 2017, en el Artículo No. 05 acuerda: PRIMERO: No otorgar la Viabilidad (Licencia) Ambiental a los estudios presentados para la Introducción de la variable ambiental en el Plan Regulador de Flores Expediente Administrativo EAE-02-2017-SETENA. Asimismo, se solicita a la Municipalidad de Flores que vuelva a elaborar el estudio de la Incorporación de la variable ambiental en su Cantón, considerando todos los señalamientos indicados en el “Considerando” DÉCIMO PRIMERO de esta Resolución. SEGUNDO: El estudio solicitado deberá entregarse a la SETENA dentro del Plazo de 06 (seis) meses a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución. TERCERO: Contra esta resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días a partir del día siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de revocatoria ante la SETENA, y el de apelación ante el Ministro de Ambiente y Energía, de conformidad con los artículos 342 y siguientes de la Ley General de Administración Pública y 87 de la Ley Orgánica del Ambiente.

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CUARTO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA deberá indicarse claramente el número de expediente, el número de resolución y el nombre completo del Plan de ordenamiento territorial. Atentamente, MARCO VINICIO ARROYO FLORES (FIRMA)

Firmado digitalmente por MARCO VINICIO ARROYO FLORES (FIRMA) Fecha: 2017.06.15 08:32:23 -06'00'

LIC. MARCO V. ARROYO FLORES SECRETARIO GENERAL EN REPRESENTACION DE LA COMISION PLENARIA

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En la oficina de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental se notificó documento Nº 1157-2017-SETENA de las 07 horas 15 minutos del 12 de JUNIO 2017. NOTIFÍQUESE: Concejo Municipal Cantón de Flores Fax.:2265-2882 Correo electrónico: maulate@flores.go.cr Alcalde Municipal: Lic. Gerardo Rojas Barrantes Fax.: 2265-5652 Correo electrónico: fvargas@flores.go.cr Maria de los Ángeles Garcia Valverde, Alberto Salazar Arguello, Hamith Cajar Cortez, Carlos Alberto Segnini Vanegas y Héctor Rolando Vargas Alfaro. Fax.: 2265-6073

Firma:__________________________________________cédula_____________ A las______ horas y ______minutos del _______ de ______________ del 2017. Notifica______________________ De conformidad con el artículo 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales No. 8687 (publicada en La Gaceta No.20 de 29 de enero del 2009), el documento que se emite por correo electrónico o fax tiene la validez y la eficacia de los documentos físicos originales, debiéndose establecer medios para garantizar la autenticidad, integridad y seguridad.

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