06 de febrero de 2015 C-18-2015 Señor Widman Cruz Mendez Gerente General Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico Estimado señor: Con la aprobación de la señora Procuradora General de la República, me refiero a su oficio CR-INCOP-GG-2014-1000, de fecha 7 de octubre de 2014, recibido en este Despacho el 10 de octubre siguiente, por medio del cual se nos consulta respecto de la posibilidad de dar en arrendamiento o préstamo la propiedad denominada “La Casa de la Loma”. I.
Sobre la admisibilidad de la consulta planteada:
La Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, N° 6815 del 27 de setiembre de 1982, establece los requisitos de admisibilidad que deben constatarse de previo a ejercer la función consultiva. De manera específica los artículos 1, 3 inciso b), 4 y 5 refieren la naturaleza jurídica y funciones de este órgano consultivo, al disponer:
“Artículo 1.Naturaleza jurídica: La Procuraduría General de la República es el órgano superior consultivo, técnico-jurídico, de la Administración Pública, y el representante legal del Estado en las materias propias de su competencia. Tiene independencia funcional y de criterio en el desempeño de sus funciones”. (…) “Artículo 3.Atribuciones.Son atribuciones de la Procuraduría General de la República: b) Dar informes, dictámenes, pronunciamientos y asesoramiento que, acerca de cuestiones jurídicas, le soliciten el Estado, los entes descentralizados, los demás organismos públicos y las empresas estatales. (...).
Dirección: San José, Avenidas 2 y 6, calle 13, Internet Http://www.pgr.go.cr Apdo. 78-1003 La Corte. Teléfono 2243-8400, faxes 2233-7010, 2255-0997, 2222-5335