La pena de muerte 2

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La pena de muerte

Índice La pena de muerte La pena de muerte en un constante debate Análisis del caso Testimonios Conclusiones y recomendaciones Autores: Danilo Gómez Masiel Hernández Nathalia Martínez 1


Índice:

Editorial:

Las páginas que realizaron los integrantes son las siguientes:

DECLARACION DE AMNISTIA INTERNACIONAL SOBRE LA PARTICIPACION DE LOS MEDICOS EN LA PENA DE MUERTE

Pag. 1,2,3 Masiel Hernández   

Portada Índice de contenidos Presentación del caso

Derecho Ecuador DERECHO ECUADOR tiene el

Pag. 4,5 Nathalia Martínez  

Presentación contrastada Análisis del caso

Pag. 6 Masiel Hernández 

Entrevistas

Pag. 7, 8 Danilo Gómez  

Mensaje, conclusión y recomendación Grafico resumen

compromiso permanente de presentar nuevas soluciones que mejoren el valor de sus productos y servicios. Esto con el objeto de ofrecer a usted oportunidades especiales de mercado, tales como incentivos y promociones. DERECHO ECUADOR, no comercializa, vende ni alquila su base de datos a otras empresas.

http://www.monografias.com/trabajos11/penmu/penmu.shtml#teo#ixzz4HGz1a Srt http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrinas/derechopen al/2013/04/10/la-pena-de-muerte http://www.revistaaen.es/index.php/aen/article/viewFile/14953/14821

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La pena de muerte en Estados Unidos La pena capital en Estados Unidos es legal en 31 estados, y a nivel federal en los sistemas legales civiles y militares. Su aplicación está limitada por la Octava Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos a homicidios agravados por adultos mentalmente competentes. Hasta agosto de 2015 , 20 de los 50 estados de EE UU han abolido la pena de muerte y 30 la conservan. La pena capital era una pena para muchos delitos bajo la ley común inglesa, y fue ejecutada en todas las colonias estadounidenses antes de la Declaración de Independencia. Los métodos de ejecución y los crímenes sujetos a la pena capital varían en cada estado y han cambiado con el paso del tiempo. El método más común desde 1976 ha sido la inyección letal. Desde que la pena capital fue reinstaurada en 1977, treinta y cuatro estados la han ejecutado. En 2010, 39 presos fueron ejecutados en los Estados Unidos y 3108 estaban en el corredor de la muerte una tasa de ejecución menor del 2%. Estados como Texas, Oklahoma, Florida, Ohio y Arizona ejecutan a asesinos con frecuencia. Texas ha llevado a cabo el mayor número de ejecuciones, y Oklahoma ha tenido la mayor tasa de ejecución per cápita.5 En 2014 el 80% de las ejecuciones se concentraron en los estados de Texas, Misuri y Florida. El último estado en suprimirla recientemente fue Nebraska en 2015. hacia 2015 en 31 mantienen la pena de muerte mientras en solo 19 no se aplica.

La legislación de Texas dispone que, una vez que el acusado ha sido declarado culpable de un asesinato punible con la pena capital, se pida al jurado que estudie tres circunstancias para determinar la pena que ha de imponerse. Si el jurado halla, por unanimidad, aplicables al procesado todas ellas, el Tribunal está obligado a dictar pena de muerte. Las tres circunstancias que deben considerarse son: 1) si el hecho que causó la muerte se «cometió deliberadamente previendo razonablemente que ocasionaría la muerte; 2) la probabilidad de que el procesado cometa «actos delictivos de violencia que constituyen una amenaza permanente para la sociedad», y 3) si la conducta del procesado fue una respuesta desmedida a una provocación, en su caso, de la víctima fallecida La incapacitación es un argumento que expresa que el delincuente debe morir y de tal modo, quedar incapacitado cual si fungiera como desafectado a la posibilidad de volver a delinquir. La incapacidad se decreta mediante la muerte. ¿ES CRUEL LA PENA DE MUERTE? Toda consideración que se haga sobre este punto debe ir precedida del reconocimiento del sufrimiento que infligen los culpables de delitos punibles con la pena capital a las víctimas de los mismos y a sus familias. Al argumentar contra la pena de muerte, Amnistía Internacional no intenta en modo alguno minimizar el significado de los delitos cometidos, sino que, más bien, trata el problema de la pena de muerte en sí mismo, y es en este marco en el que se considera la cuestión de la crueldad de la pena capital.

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LA PENA DE MUERTE UN CONSTANTE DEBATE  A favor. Utilidad Social: Dotan la pena de un carácter disuasorio e intimidatoria. Sin duda alguna, si el individuo es racional, y hace un balance sobre las ventajas y desventajas de cometer un crimen, la pena de muerte, evitaría que el crimen tuviera beneficio alguno. Sin embargo, como veremos más adelante en las argumentaciones en contra, esto no ha sido aún demostrado. No existe riesgo de sentenciar a un inocente: la existencia de garantías jurídicas, tales como las apelaciones, la revisión obligatoria de la sentencia de muerte, etc..., impide que sólo se condene a los culpables reales de los hechos delictivos. No existe pues, riesgo de errores. Costes económicos: Los partidarios de la pena de muerte sostienen que la pena de muerte es, en términos económicos, más rentable, que las alternativas que se presentan a dicha sanción

En contra.

Utilidad Social: No está demostrado, que la pena cumpla una función de prevención general negativa, o sea de intimidación a los potenciales infractores. Prueba de ello, es que si fuera así, en primer lugar, ya no existirían delitos. Y en segundo lugar, se parte de que el delito es una acto racional, en el que el delincuente evalúa los costes y beneficios. Irreversibilidad de la pena de muerte respecto del error judicial: Si bien cada día más, los errores judiciales son menos frecuentes, hay riesgo de condenar a un inocente. La Teoría del Intercambio de Homans, en la que el autor, apunta: " Cuanto más golpea uno, más golpea el otro, pues resulta satisfactorio lastimar a quien nos lastima". Quizás, bajo el supuesto de la realización de justicia, se esconda el placer, como apunta Homans. Ello es debido al intercambio de castigos.

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¿Qué se opina sobre la pena de muerte? JOSE LUIS L. ARANGUREN

MONSEÑOR ALBERTO INIESTA

Mi opinión naturalmente es contraria a la pena de muerte. Yo no soy un experto desde ningún punto de, vista. Se trata de un sentimiento de repulsa hacili esta especie de soberbia de poder disponer de la vida de los demás. Insisto en que éste es un tema que no he estudiado ni desde la perspectiva jurídica, puesto que no soy abogado. ni siquiera desde un punto de vista moral.

Pienso que en una época de violencia y de agresividad como la que estamos viviendo. el hacer todas las, campañas posibles para procurar que todos los hombres seamos menos agresivos y menos violentos. pues es algo que hay que apoyar. Naturalmente. el pedir la abolición de la pena de muerte en estos momentos puede parecer una utopía. pero también es verdad que de las utopías del pasado surgen las realidades del presente.

Catedrático de Ética

Mi conocimiento del tema es puramente periodístico. Empírico. Los argumentos ,que puedo ofrecer. aparte de los que se Inclu-ven en mis libros. son meramente expositivos. Creo que se trata de un hecho tan brutal e injusto que con sólo mostrarlo es suficiente para tomar conciencia de la necesidad de repudiarlo. El mundo del ejecutor y del ejecutado creo que es el mismo. Parece casi como un ajuste de cuentas entre marginados. No quiero meterme en otro tipo de argumentos. porque entiendo que existen especialistas con mayor rigor.

Soy contrario a la pena de muerte como pena legal. Como cristiano pienso que la vida de cada hombre es sagrada. porque viene de Dios. Pienso que los argumentos contrarios que se basan en que es necesaria para cohibir el mal. Creo que en la práctica esto no se realiza. no es un argumento suficiente. Estoy contra la pena de muerte además porque en el caso de algún error no existe la posibilidad de corregirlo. La sociedad no debería ponerse al igual que el delincuente. Debería intentar curar a un miembro enfermo en lugar de destruirle. En un concepto solidario de la sociedad. debemos de pensar que si bien es cierto que pudiera haber algo o mucho de responsabilidad personal del delincuente. también la hay en una sociedad que los produce.

Obispo de Madrid

JULIO CARO BAROJA Estoy contra la pena de muerte de una manera activa. tanto en mis libros como en mi actividad universitaria. El estar en contra de este hecho se basa en dos tipos de razones: en primer lugar. la del sentimiento humanitario global. es decir, una razón que podríamos denominar acientífica. Y. en segundo lugar. el estudio durante muchos años de este problema que me ha convencido de que la pena de muerte no sirve para contener la delincuencia. Para corroborar la última afirmación me remito a las estadísticas inglesas publicadas en 1954. donde se demuestra que la curva delictiva entre los meses de similar criminalidad con o sin pena de muerte se mantiene estable.

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Entrevista Entrevista con Robert Badinter (5 de octubre de 2012) La abolición de la pena de muerte en Estados Unidos en 2012 Robert decía que la pena de muerte es una cuestión de Ley de Estado, mas no la ley federal que contempla las condenas de muerte para el terrorismo y otras cosas. También que de los 50 estados que hay en Estados Unidos son 12 en los cuales eran abolicionistas y que habían menos crímenes que en Texas, además aclara que es inevitable por la alta idea que tienen de la justicia en Estados Unidos y que seria mejor aplicar una sentencia por el resto de su vida mas no atentar contra las vidas.

Julio Montenegro dice: Que siempre habrá gente que se oponga a la pena de muerte, siempre y cuando no sean afectados directamente por estos criminales, ahí si cambian de opinión, lo que todos se olvidan de mencionar son los derechos de las víctimas, donde quedaron ? y permítanme decirles, que si, te da paz y tranquilidad cuando estos animales son ejecutados. apoyo 100% a la pena de muerte a asesinos en serie, pedófilos (abusadores de niños), violadores de mujeres. no existe cura ni recuperación, siempre van a tener esa necesidad, la próxima vez lo van a planear mejor, mataran a sus victimas y las desaparecerán sin dejar rastro.

Daniela Jaramillo comento:

Estoy en contra Porque estas personas están enfermas por eso asesinan, matan. O quizás se hayan encontrado en una situación limite y en base a su carácter no hayan podido detener sus actos. De todos modos, se les debe castigar como a todos pero tienen derecho a la vida y no tienen por qué condenarlos y matarlos. Solo estoy de acuerdo en la pena de muerte en aquellas personas que sean consideradas incurables. Es más preferiría esto que cadena perpetua porque condenan a una persona enferma a estar encerrado, a no poderse curar, y su familia lo pasa mal.

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Conclusiones y recomendaciones La cuestión de la abolición de la pena capital tiene su origen en los momentos del otro abolicionismo, el de la esclavitud. Pena de muerte y esclavitud (el aborto todavía no) han sido desde los primeros del siglo XIX el yunque en que se han batido los derechos humanos. Estos en su conjunto han necesitado casi 200 años para ser parte del mundo del Derecho, no sólo con valor programático, sino como derechos efectivos frente a los legisladores y tribunales nacionales. Para nosotros la pena de muerte es un castigo muy grave y a su vez fuerte porque atenta contra de la vida de una persona, en varios países la pena de muerte está legalizada por casos de asesinatos entre otros casos, la pena de muerte es un atentado fuerte para la vida de las personas aunque para otros les parezca bien que hagan eso, para otros y para nosotros y nuestro criterio no debería ser así, más bien respetar el derecho a la vida pero que se les aplique una dura sentencia mas no atentar contra su vida.

Me parece que nadie tiene la capacidad suficiente en este mundo humano como para decidir quién tiene o no una segunda oportunidad. O tal vez algo más duro, porque el no tener una segunda oportunidad no implica la muerte, que es decidir quién tiene o no derecho a la vida. El hecho de cometer un crimen, sea cual fuese, es uno de los tantos errores. Sabemos que un hombre es inocente hasta que se demuestre lo contrario. La pena capital es una condena irreversible e incorregible. El ser humano tiene errores, y puede que el dictamen de la pena de muerte sea, después de habérsela ejecutado, errónea. En este caso no queda otra opción que afrontar el error y lamentarse otra vez por la muerte de un inocente.

Recomendaciones: 1) No se debería atentar contra la vida de las personas por más fuerte que haya sido la falta o el delito, lo más conveniente sería sancionar con una pena o una sentencia larga para no atentar contra la vida de aquellas personas además hay que tener en cuenta el derecho a la vida que todas las personas tenemos, y de esa manera no atentar contra ella como lo hace la pena de muerte. 2) La pena de muerte tiene demandas de ser algo injusto ya que se juega con la vida de una persona

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Esperamos haber dado una visión global sobre la cuestión de la pena de muerte en el mundo. Sin embargo, nos parece que debemos concluir este trabajo con una breve reflexión personal sobre las alternativas a la sanción capital. Es evidente, que la alternativa más clara que se presenta es la prisión. Ello es así, puesto que la sanción capital, en teoría, debe ser aplicada a los delitos más graves. Por lo tanto, las alternativas que plantean los abolicionistas del Derecho Penal, tales como plantear determinados delitos des del ámbito civil, no son posibles para los delitos que corresponden a la sanción capital.

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