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Operativo de limpieza se realizó en Martha de Roldós
Acciones. Entre el 14 de mayo y el 3 de julio de 2023 se han emitido 322 notificaciones por incorrecta disposición de basura. Las sanciones van desde los USD 90.
Objetivo. Estas acciones se replican en diversos sectores de la ciudad y forman parte de la prevención ante la llegada del Fenómeno El Niño. Por ello es importante que la ciudadanía respete los horarios.
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La Dirección de Aseo Cantonal, Mercados y Servicios Especiales (DACMSE) desarrolló un operativo de limpieza en Martha de Roldós y Mapasingue Este.
En la jornada también se entregaron notificaciones por mala disposición de de -
Dependencias se preparan ante lasemergencias
les conforman brigadas que se activan en caso de incendio, sismo, inundación, colapso estructural o cualquier otra novedad que represente un riesgo para los trabajadores o usuarios.
sechos sólidos. La brigada de limpieza se enfocó en las aceras y bordillos del casco comercial y en vías internas, donde se recogió la basura y se ejecutó un hidrolavado con desengrasantes en los espacios públicos. En la Martha de Roldós se
Juicio No. 17204-2023-01198 encontraron tres puntos críticos por mala disposición de desechos, generando cúmulos y emanando malos olores. Por lo que se socializó la instalación de una caja estacionaria que puede ser usada para desechar basura, escombros y otros materiales.
20 parques deLa Floresta 2 recibieron atención
La Dirección de Ambiente y Preservación de Áreas Verdes intervino 20 parques de La Floresta 2, donde se realizaron trabajos de limpieza y mantenimiento agronómico como poda, desbroce de maleza y fumigación.
Estas acciones, en las que también participaron las direcciones de Aseo Cantonal y Vinculación con la Comunidad, beneficiaron a más de 200 familias del sector.
La Alcaldía Ciudadana de Guayaquil quiere intervenir en todos los parques de la urbe paulatinamente para recuperar las áreas verdes. METRO ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 15 de junio del 2023, a las 16h49. Causa N.- 17204-2023-01198-DT
CITACIÓN JUDICIAL
Dra. GYNA SOLIS VISCARRA, Juez, dentro del juicio de PARTICIÓN DE BIENES SUCESORIOS No.- 17204-2023-01198 se ha dictado lo siguiente:
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: Cañizares Villamar Ricardo Manuel
DEMANDADO/ A: Amira Elizabeth Cañizares Villamar y Sandra Del Carmen Cañizares Villares; al señor Alcalde en la persona del Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito; Procurador de Sucesiones de Pichincha /Director General del Servicio de Rentas Internas; Presuntos y desconocidos Herederos del Causante José Ricardo Napoleón Cañizares Jarrin CAUSA N.- 17204-2023-01198
OBJETO: Partición de bienes dejados del Causante José Ricardo Napoleón Cañizares Jarrin Vargas
TRAMITE: SUMARIO
CUANTIA: DETERMINADA CASILLA ELECTRONICA Dr. Esquivel Geovany
Estos
La Dirección de Recursos Humanos ejecuta simulacros en las dependencias municipales, como parte de un programa de capacitación permanente y para proteger la seguridad de los ciudadanos que acuden a estas instalaciones. Funcionarios municipa-
Uno de estos ejercicios se realizó en el Centro Municipal de Apoyo para Personas con Discapacidad Visual “Cuatro de Enero”, donde una vez activada la alarma, los miembros de la brigada de seguridad guiaron a los estudiantes aplicando protocolos de evacuación por pasillos y escaleras, hasta el punto de encuentro en el patio de la institución. Luego, inspeccionaron los salones y baños, donde hallaron a dos personas que simulaban estar heridas y requerían asistencia para una evacuación segura.
Esta cuenta con un bolso de primeros auxilios.
Estos simulacros serán constantes para que el personal esté capacitado para actuar ante cualquier evento adverso. METRO
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA Quito, jueves 15 de junio del 2023, a las 16h27. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, con sede en la parroquia Iñaquito según lo dispuesto en el Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y por el sorteo de ley. Agréguese al proceso el escrito y documentos que anexa la parte actora. De conformidad con el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos: La demanda de partición presentada por el señor Ricardo Manuel Cañizares Villamar, con cédula de identidad No. 1710304153, por reunir los requisitos legales señalados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, se acepta a procedimiento sumario, establecido en el Art. 332 numeral 10, consecuentemente: I) CITESE De conformidad a los artículos 53,54,55 del COGEP, a los demandados Amira Elizabeth Cañizares Villamar y Sandra Del Carmen Cañizares Villares; al señor Alcalde en la persona del Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito; al Procurador de Sucesiones del Servicio de Rentas Internas, con copia de la demanda y este auto en la dirección proporcionada por la parte actora, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones de la Función Judicial, a fin de que se cumpla con la citación a la parte demandada conforme al artículo 5 del Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, en el término de 15 días, remita la respectiva acta de citaciones a través del Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano SATJE, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones.- A petición del accionante, a los presuntos y desconocidos herederos del causante José Ricardo Napoleón Cañizares Jarrin conforme lo dispone el Art. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar del juicio, con un extracto de la demanda y este auto. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda. Advirtiéndoles a la parte demandada de la obligación que tienen de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en el Distrito Metropolitano de Quito y contestar a la demanda en el término de quince días luego de haber sido citados, conforme el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley.- 2) La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir. 3) Tómese en cuenta en la Audiencia Única, el anuncio de los medios probatorios de la parte actora así como la documentación aparejada a la demanda.- 4) Tómese en cuenta la cuantía, domicilio judicial y autorización hecha al profesional de derecho. – 5) Ofíciese al Consejo Metropolitano de Quito, a fin de que remitan a esta Unidad Judicial el informe favorable del respectivo Consejo municipal, como determina el artículo 473 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, -COOTAD- en el que harán especial pronunciamiento sobre si el bien inmueble materia de esta demanda es suceptible o no de partición. Actúa en calidad de Secretaria la Dra. Dorys Torres Encarnación.- Cítese y notifíquese..- F) GYNA SOLIS VISCARRA.- JUEZ TITULAR.-
LO CERTIFICO TORRES ENCARNACION DORYS LETICIA