REFLEXIONES SOBRE LA LEY INTEGRAL DE VIOLENCIA DE GÉNERO José Carlos Vilorio Diplomado en Criminalística Diploma de Experto en Intervención con Mujeres Víctimas de Violencia de Género http://www.matrix666.net
Como policía tengo la obligación cumplir y hacer cumplir las leyes; como estudioso de la criminalidad mi obligación es estudiar la ley y proponer soluciones para eliminar esos delitos o, por lo menos, disminuir las conductas criminales. Pocas leyes han generado tanta polémica en España como la Ley Integral de medidas contra la Violencia de Género 1 (en adelante, LIVG). De hecho, se han presentado contra ella más de doscientas cuestiones de inconstitucionalidad realizadas por diferentes juzgados e instituciones. La LIVG lleva en vigor en España siete años y, aunque está concebida desde el punto de vista criminológico –digo criminológico porque es una de las pocas leyes existentes que ha intentado atajar un tipo delictual desde muy diferentes aspectos– no ataca el problema de forma exclusivamente penal a fin de crear lo que se ha dado en llamar cultura de género 2; sin embargo, podemos decir que el principal objetivo de la LIVG –disminuir la cantidad de muertes producidas por hombres a mujeres dentro del ámbito familiar– no se ha conseguido, ya que el número de casos de muertes no solo no ha disminuido, sino que incluso se ha visto aumentado, motivo por el cual podemos hablar de fracaso o de nula efectividad de la Ley. 1
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. 2 Para lograrlo, modificó numerosa normativa: el Código Penal; la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Ley de Demarcación y Planta Judicial; las leyes de enjuiciamiento Civil y Criminal; el Estatuto del Ministerio Fiscal; las leyes orgánicas reguladoras del Derecho a la Educación, la Calidad de la Educación y de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley General de Publicidad, el Estatuto de los Trabajadores, la Ley General de la Seguridad Social; la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Publica y la Ley de Registro Civil Articulo escrito por José Carlos Vilorio
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