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Natatorios
from mercadofitness15
PURIFICADOR ECOLÓGICO PARA PISCINAS
Floatron es un equipo ionizador que funciona con la energía del sol. Esto disminuye costos a la hora de purificar el agua en natatorios al aire libre. Este producto reduce hasta en 85 por ciento la utilización de cloro.
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Uno de los aspectos más demandantes de un natatorio es la limpieza del agua. Para facilitar esa tarea, una empresa local importa desde Estados Unidos un purificador ecológico que funciona con energía solar. Su nombre es Floatron y puede cubrir la limpieza de una piscina de 100.000 litros, tanto en invierno como en verano. Fue inventado y patentado en 1985, y se comercializa en Argentina desde 1993.
Una de las ventajas de este sistema es “la mejora en la calidad de vida del socio del natatorio, ya que no tiene que sumergir su cuerpo en una suerte de sopa química (en referencia al cloro)“, dice Ricardo Petrella, gerente de Controles y Servicios SRL, representante exclusivo de Floatron en Argentina, Uruguay, Paraguay y Bolivia.
Con este equipo sólo se requiere, para purificar el agua, 15 por ciento del cloro que utiliza normalmente una piscina. Además, dice Petrella, “se elimina el uso de alguicidas, que siempre son un riesgo latente para la salud“. Por otro lado, Flotaron permite ahorrar gastos en químicos y electricidad, al reducir las horas de filtrado. A su vez, disminuye el tiempo dedicado al aprovisionamiento y descarte de envases.
Según Petrella, este aparato no presenta dificultades en su uso y manipulación. El único elemento consumible y, en consecuencia todo su costo de funcionamiento, es el electrodo. El mismo está confeccionado en base a una aleación de cobre, plata y otros metales, y posee una duración de tres a cuatro años. Tiene un valor de 119 pesos y se recambia en forma sencilla, sin necesidad de herramientas.
Funcionamiento
Flotaron funciona mediante un proceso de ionización por energía solar. “Los iones permanecen en el agua durante semanas, de modo que puede mantener su pileta en perfectas condiciones aún fuera de temporada“, asegura Petrella. Esto se debe a que el dispositivo produce una cantidad mensurable de iones de cobre, entonces luego de una semana de uso, las partículas continúan siendo suficientes para la purificación.
Una piscina de 50.000 litros se ioniza en veinte días de sol en verano, y el proceso demanda algunos días más en invierno. “Floatron funciona con la energía del sol, por lo que en piscinas cubiertas, en general, no es viable el proceso“, explica. Pero al aire libre, este aparato es capaz también de mantener la claridad del agua sin necesidad de cloro por más de una semana. Aunque, los mejores resultados se obtienen con el agregado de pequeñas cantidades de dicho químico.
El precio del purificador solar Floatron es 975 pesos, y posee una garantía que “cubre cualquier defecto de fabricación por el término de cinco años“. Se comercializa en forma directa y a través de distribuidores.
SEGURIDAD EN EL NATATORIO
A partir de tener previstas diversas situaciones de riesgo que se pueden presentar en un natatorio, el docente a cargo debe tener conocimiento especifico y capacidad de adaptación a los distintos tipos de lugares. Allí se mezclan criterio y sentido común. He aquí algunas pautas que se debería tener en cuenta respecto a la infraestructura del natatorio:
- Rejas internas de separación de profundidad u otra función: no deben permitir que un segmento corporal quede atorado, ni deben tener bordes o rebarbas cortantes. Se recomienda que sean de color contrastante con el fondo y el agua.
- Nivel de altura del agua y profundidad: se debe saber en todo momento si ha variado, y nuestros alumnos la deben reconocer desde cualquier punto de la pileta. Tienen que estar marcadas en el fondo y en los bordes las distintas alturas.
- Desnivel del fondo: hay que percatarse si el cambio de profundidad es brusco al ir caminando, y también debe estar pintada una línea a lo ancho marcando el desnivel. - Bordes: es importante considerar la relación en altura con la superficie del agua, la posibilidad de “atorarse“ con el tobillo en la zambullida de cabeza desde el borde sentado. También observar si es muy resbaladizo, ancho o angosto.
- Escaleras y plataformas: el tipo de material no tiene que poseer rebordes y debe ser de fácil transporte. Sus colores tienen que ser contrastantes con el fondo y las paredes de la pileta. En cuanto a los escalones y barandas, se recomienda un tamaño y altura media.
- Forma geométrica: se sugiere que se adapte, de tal manera que favorezca la seguridad en los alumnos y cuente con una clara visión periférica. El sol no debe estar enfrentado ni a los alumnos, ni al docente.
Como factor primordial antes de planificar cualquier proceso de enseñanza en un natatorio, hay que considerar un aspecto fundamental: la seguridad.
- Acceso: tanto sean escaleras o rampas, su material no debe ser resbaladizo. Pueden estar cubiertas con goma, que también amortiguan una caída. Y precisan una baranda adecuada a una altura media, sin bordes romos.
- Vereda: no tiene que ser resbaladiza, y hay que evitar obstaculizarla con bancos o bolsos.
Por otro lado, hay que considerar que la temperatura del agua y del ambiente no sólo influye en la comodidad del lugar, sino también en la seguridad del entrenamiento: la baja temperatura contribuye a la fatiga, y el agua cálida suma al cansancio en el ejercicio. En ambos casos, se puede afectar el normal desempeño.
Además se requiere la presencia de un guardavidas idóneo, una cobertura de emergencias médicas, medir el nivel del cloro y la sanidad del agua del natatorio. A esto hay que sumarle el cumplimiento de las normas de higiene en el agua y fuera de ella (baños, vestuarios, etc), y el mantenimiento adecuado de las instalaciones.
(*) Coordinador del natatorio de Quilmes Atlético Club y Secretario de la Cámara de Natatorios. camara_natatorios@yahoo.com.ar
Por Daniel Cirio (*)
En virtud de las consultas recibidas últimamente por parte de propietarios de todo el país, en la Cámara de Gimnasios de Argentina (CGA) decidimos abordar en esta oportunidad la problemática de los derechos de autor en el ámbito de los gimnasios y rol que juegan en el control entidades como AADI CAPIF, ARGENTORES y SADAIC. ARGENTORES
Es la única entidad del país facultada por Ley 20.115/73 -del 23 de enero de 1973- para percibir el derecho emergente de las obras utilizadas en todos los teatros, salas cinematográficas, emisoras radiales y canales de TV (abierta y por cable) de Argentina. También incluye las letras -novelas,
episodios, argumentos, sketchs, radioteatros, etc.- emitidas por los mismos medios de difusión. Además, la música orgánica de las óperas u operetas llevadas a escena o transmitidas en cines, emisoras y televisoras.
Contempla además, por convenio especial suscripto con la Sociedad Argentina de Escritores (SADE), todo el repertorio perteneciente a sus asociados difundido en salas o emisoras del país. ARGENTORES cobra un arancel por cada aparato de televisión que tengan los establecimientos en general, como los hoteles, sanatorios, shoppings, estaciones de servicio, y también gimnasios.
¿DEBEMOS PAGAR DERECHOS DE AUTOR?
AADI CAPIF, ARGENTORES y SADAIC. ¿Quiénes son estas entidades? ¿Qué representan? ¿Qué nos pueden exigir? ¿Por qué?
AADI CAPIF
Esta entidad representa a los artistas intérpretes y a los productores de fonogramas, tanto nacionales como extranjeros, en la percepción y administración de los derechos correspondientes por la ejecución pública de fonogramas comerciales. AADI CAPIF está integrada por la Asociación Argentina de Intérpretes (AADI) y por la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF).
Durante enero del corriente año, la Reglamentación Nº 390 emitida por la Jefatura de Gabinete de Ministros, dependiente de la Secretaría de Medios de Comunicación, establece el importe que deben abonar los gimnasios. El mismo varía entre los $17 y los $38, según la superficie del lugar, la cantidad de habitantes de la ciudad dónde se encuentra el gimnasio, y si éste forma parte de una cadena ó franquicia. SADAIC
La Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC) es una asociación civil, cultural y mutualista sin fines de lucro. El dinero que recauda es distribuido en su totalidad, después de efectuársele una deducción destinada a solventar los costos administrativos.
Al sancionarse la Ley 17.648, se confiere a SADAIC la exclusividad de la gestión colectiva de los autores y compositores de música, convirtiéndola en la única entidad autorizada para percibir y distribuir los derechos
generados en la utilización de obras musicales, sean estas nacionales o extranjeras.
SADAIC cobra un importe por la música para ambientación mediante aparato mecánico. El valor mínimo está relacionado con el precio permanentemente actualizado de una cantidad estipulada por SADAIC de CDs mensuales.
Todas estas entidades cuentan con las facultades para exigirnos los aportes correspondientes a la actividad comercial que desarrollamos. Por ello, la CGA aconseja abonar mensualmente los importes a AADI CAPIF, ARGENTORES y SADAIC. En todos los casos que tenemos registrados, dichas entidades ganaron los juicios entablados. En una instancia judicial, el dueño del gimnasio debe pagar el importe ajustado al tiempo transcurrido desde el inicio del reclamo hasta el comienzo del juicio.
(*) Secretario de la CGA. dcirio@camaradegimnasios.org.ar