Marzo, 16/03/2016
DERECHOS HUMANOS
UNIVERSIDAD NACIONAL YACAMBU EDITORIAL
En esta edici贸n de la revista DERECHOS HUMANOS, tiene como finalidad dar a conocer y reforzar los conocimientos de dichos deberes del ser humano, haciendo hincapi茅 en Venezuela, mencionando el estado de derecho y funcionamiento de su misma.
Participantes: JESSICA ALVARADO ACP-142-00632 MICHAEL COLMENAREZ III-142-00600 CRISTINA PARRAGA Acp-152-00835
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DERECHOS HUMANOS
TABLA DE CONTENIDO EDITORIAL……………………………………………………………………………………………………………………………………………………….………………..2 TABLA DE CONTENIDO……………………………………………………………………………………………………………………………………….……………..3 EDITORIAL ............................................................................................................................................................................... 2 DERECHOS HUMANOS ............................................................................................................................................................ 4 DESARROLLO HISTORICO DE LOS DERECHOS HUMANOS ....................................................................................................... 4 DERECHOS HUMANOS (PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA GENERACION) ............................................................................... 5 ESTADO DE DERECHO ............................................................................................................................................................. 6 PRINCIPIOS Y ........................................................................................................................................................................... 6 LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. .................................. 7 INSTITUCIONES GARANTES DEL ESTADO DE DERECHO EN VENEZUELA ................................................................................. 8 ................................................................................................................................................................................................ 8 POSTURA CRÍTICA DEL EQUIPO RESPECTO AL ESTADO DE DERECHOS EN VENEZUELA (FUNDAMENTADA). ........................ 9 APORTE SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS.......................................................................................................................... 10
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DERECHOS HUMANOS
Articulo 1 DERECHOS HUMANOS DESARROLLO HISTORICO DE LOS DERECHOS HUMANOS
Son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, de origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición.
La división de los derechos humanos en tres generaciones fue inicialmente propuesta en 1979 por el jurista Checo Karel Vasak, en el instituto internacional de derechos humanos en el estaburgo, Francia, tiene sus raíces sobre todo en la legislación europea ya que reflejaban principalmente los valores europeos.
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DERECHOS HUMANOS
Articulo 2 DERECHOS HUMANOS (PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA GENERACION)
PRIMERA GENERACION
SEGUNDA GENERACION
TERCERA GENERACION
•Tratan esencialmente de la libertad y la participación en la vida política. Son fundamentalmente civiles y políticos y sirven para proteger al individuo de los excesos del estado, incluyen la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo, la libertad de religión o sufragio, fueron propuestos y consagradas por primera vez en el siglo XIX, en la declaración universal de los derechos humanos en 1948.
•Están relacionados con la igualdad y comenzaron a ser reconocidos por los gobiernos después de la primera guerra mundial, son fundamentalmente sociales, económicos y culturales en su naturaleza, aseguran igualdad de condiciones y trato incluye el derecho a ser empleados, el derecho a la vivienda, a la educación, a la salud, la seguridad social y las prestaciones por desempleo. Articulo 22 al 27 de la declaración de los derechos humanos.
•Se vincula con la solidaridad, se incluyen derechos heterogénos como el derecho a la paz, a la calidad de vida, o las garantías frente a la manipulación genética. Fue promovido para incentivar el progreso social, también se incluyen el derecho al uso de los arances en ciencia y tecnología, solución de problemas alimenticios, demográficos, educativos, ecológicos, derechos del consumidor, el desarrollo que permita una vida digna y el libre desarrollo dela responsabilidad.
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Articulo 3 ESTADO DE DERECHO El estado de derecho esta por dos componentes: el estado como forma de organización política, y el derecho como conjunto de las normas que rigen el funcionamiento de una sociedad. Es decir que el poder del estado se encuentra limitado por el derecho. El estado de Derecho surge por oposición al estado absolutista, donde el rey se encontraba por encima de todos los ciudadanos y podía ordenar y mandar sin ningún otro poder que le hiciera contrapeso, en cambio el estado de derecho supone que el poder surge del pueblo, quien elige a sus representantes para el gobierno.
PRINCIPIOS Y SUPUESTOS DEL ESTADO DE DERECHO
Son enunciados normativos que expresan un juicio deontológico acerca de la conducta a seguir en cierta situación o sobre otras normas del ordenamiento jurídico, cada uno de estos principios generales del derecho, es un criterio que expresa un deber de conducta para los individuos. El principio o un estándar para el resto de las normas, el hacer cumplir los deberes del individuo es su prioridad, estos principios son utilizados por los jueces los legisladores, los creadores de doctrina y por los juristas en general, que sea para integrar derechos legales o para interpretar normas jurídicas cuya aplicación resulta dudosa.
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ARTICULO 4 LOS DERECHOS HUMANOS EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. La constitución de 1999 establece, a lo largo de su título III, un amplio marco de protección de los derechos humanos, tanto de aquellos contemplados en su propio texto como los que se encuentran desarrollados en tratados, pactos o convenios internacionales que Venezuela ha suscrito y ratificado. Asimismo, nuestra carta magna establece q estos tratados, pactos y convenios relativos a derechos humanos tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorable a las establecidas por la constitución y las leyes de la república bolivariana de Venezuela (disposiciones generales del título III, artículo 23). La constitución nacional es innovadora en materia de derechos humanos, pues además de proteger los interés individuales extiende esa protección a los interese legítimos, colectivos y difusos Según lo especificado en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela del artículo 19 al 31, están consagrados a todas las personas sin distinción de raza, sexo, color de piel, vida social u origen de nacimiento. De igual manera establece que Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público y social. Todas las personas son iguales ante la ley, y en consecuencia: no se aceptaran discriminaciones de raza, sexo, condición social entre otros, por lo cual la ley garantizara la justicia y adoptaran medidas positivas hacia las personas que sean agredidas, discriminadas, vulneradas o marginadas. Además aplicaran sanciones a aquellas personas que de alguna manera abusen de otras. Por otro lado, los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y la ley de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia aun en los procesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas ya evacuadas se estimarán en cuanto beneficien al reo o rea, conforme a la ley vigente para la fecha en que se promovieron. Es importante saber que todos los ciudadanos tienen derecho a contar con los diversos tipos de órganos de administración de justicia del país para hacer valer sus derechos e intereses, el estado garantizara una justicia gratuita, imparcial, transparente entre otros.
Así mismo toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales, y El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad, y la autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella. Cabe destacar que las acciones para sancionar los delitos de la humanidad, violaciones graves a los derechos humanos y los crímenes de guerra son imprescriptibles. Las violaciones de derechos humanos y los delitos de la humanidad serán investigados y juzgados por los tribunales ordinarios. Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía. Toda persona tiene derecho, en los términos establecidos por los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos.
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Articulo 5 INSTITUCIONES GARANTES DEL ESTADO DE DERECHO EN VENEZUELA
En Venezuela las instituciones garantes del estado de derecho se encuentra en:
El Poder Legislativo (ASAMBLEA NACIONAL) encargada de hacer leyes y la administración.
El Poder Ejecutivo (EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y SU GAVINETE) encargados de ejecutar y hacer cumplir las leyes además de administrar los recursos y dinero público del país. El Poder Judicial (TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA Y LA DEFENSA PUBLICA) encargados de garantizar la justicia y resolver los asuntos referentes al derecho que puedan surgir.
El Poder Ciudadano (DEFENSORIA DEL PUEBLO, MINISTERIO
PUBLICO Y LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA) encargados de prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública.
El Poder Electoral (CONSEJO NACIONAL ELECTORAL) garantes de la igualdad, confiabilidad y transparencia de los procesos electorales.
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Articulo 6 POSTURA CRÍTICA DEL EQUIPO RESPECTO AL ESTADO DE DERECHOS EN VENEZUELA (FUNDAMENTADA). El respeto y garantía de los derechos humanos es un propósito general del estado venezolano, quien tiene la obligación de
respetarlos y de garantizarlos adoptando las medidas necesarias para lograr su satisfacción en la población y asegurar la prestación de determinados servicios para ejercer este importante factor político. Podría decirse que Venezuela, en relación comparativa con otras naciones, ha sido en el pasado y sigue siendo en el presente un país institucionalmente respetuoso de los derechos humanos de los ciudadanos, en nuestro país el gobierno no tiene el desconocimiento o la vulneración de los derechos fundamentales de cada uno de los ciudadanos que habitan en el país, pero de igual manera si existen violaciones contra ellos de parte de los habitantes. Pero a pesar de las diversas situaciones que se viven en el país el gobierno con sus diversos cuerpos gubernamentales y servicios para el cumplimiento de los derechos humanos, Intervienen para hacerlas cumplir. Es importante saber que para a cumplir con el respeto de los derechos humanos, para fortalecerlos y no violarlos, es importante tener claro lo que es la solidaridad, el respeto, la igualdad, justicia entre otros valores por partes de cada individuo, Por lo tanto no es suficiente con que los derechos humanos estén definidos en la constitución lo más importante es que los ciudadanos y ciudadanas puedan ejercerlas, y para ello cada persona tiene que conocerlos, vigilar que se cumplan y defenderlos. Para esto contamos con los diversos organismos y organizaciones gubernamentales como organismos no gubernamentales como, por ejemplo, el poder ciudadano.
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Contra Portada APORTE SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS. Los Derechos Humanos son nuestros derechos que nosotros tenemos por el hecho de ser personas, sin distinción de características ''económicas, sociales, religiosas, físicas. Expresan lo que necesitamos para realizarnos plenamente como personas y atiende a nuestras condiciones físicas. Los derechos nos corresponden desde que nacemos y durante nuestra vida. El principal objetivo es defender nuestra dignidad y la libertad. La falta de conocimientos sobre nuestros derechos determina que no podamos reaccionar frente a la injusticia o frente a la violación de alguno de ellos ¿Es importante y tiene sentido conocer nuestros derechos? Si es importante porque nosotros ante alguna situación social y economía no sabemos nuestros derechos los demás pueden ''Aprovecharse de vos'', por lo cual todos debemos saber y conocer nuestros derechos. En mi opinión lo importante es empezar a conocer nuestros derechos, el derecho de tener nuestra libertad y nuestra dignidad.
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