Subasta de Documentos Impresos y Manuscritos, Folletos, Autógrafos y Libros Dedicados

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subasta de documentos impresos y manuscritos, folletos, autógrafos y libros dedicados martes 17 de abril de 2018, 5:00 p . m .

EXPOSICIÓN

INFORMES

Del 10 al 17 de abril de 2018 Lunes a viernes de 10:00 a.m. a 6:30 p.m.

Portadilla: Lote 53 Portada: Lote 2 Contraportada: Lote 1

Jesús Cruz jcruz@mortonsubastas.com Tel. 5283 3140 ext. 3153

Informamos a nuestros clientes que la comisión de comprador es del 20% más IVA. Se recibirán ofertas en ausencia hasta cuatro horas antes del inicio de la subasta. Los precios son en pesos mexicanos (M.N.)

Informamos a nuestros clientes, que a partir de ahora, el horario de atención es de lunes a viernes, de 9:30 a.m. a 7:00 p.m. Los sábados las oficinas estarán cerradas. Las Subastas de Oportunidades continuarán realizándose todos los sábados a las 11:00 a.m. en nuestro Salón Sadi Carnot Las descripciones proporcionadas en los catálogos impresos y en línea no en todos los casos incluyen un reporte de condición. La ausencia de una declaración de condición no implica que el lote se encuentre en perfecto estado o completamente libre de desgaste, daños, imperfecciones o los efectos del envejecimiento. Se recomienda encarecidamente a los compradores interesados, solicitar un informe sobre la situación precisa de los lotes por los que tenga intención de pujar, antes de hacer una oferta. Por lo anterior, no existe cancelación de ventas.

Si desea un reporte de condición de alguna pieza incluida en esta subasta, por favor contacte al Departamento de Libros y Documentos: Antonio Villa | avilla@mortonsubastas.com | Tel. 5283 3140 ext. 3130 Morton Subastas no proporciona servicios de envío de las piezas; sin embargo, puede consultarlo con Pakmail dentro de nuestras oficinas.

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¿CÓMO SE COMPRA EN SUBASTA? ¡BIENVENIDO! Usted está entrando al mundo de las subastas, un mundo donde es emocionante adquirir antigüedades, arte, joyas, muebles y muchas cosas más. Algunas personas creen que la subasta es un proceso complicado... ¡sorpresa! entrar a comprar a una subasta es muy sencillo y no se requiere invitación, inscripción, ni nada de eso. Únicamente acuda, disfrute el momento y dese el placer de llevarse eso que tanto le gusta. Aquí le damos unos consejos para que lo disfrute desde la primera vez...

¿LA SUBASTA ESTÁ ABIERTA AL PÚBLICO? Sí, la subasta es un evento público y gratuito. Usted es bienvenido sin necesidad de invitación, incluso si no está seguro de que adquirirá un lote. (Lote: cualquiera de las piezas o conjunto de piezas que se subastarán, tiene un número y aparece en el catálogo correspondiente).

¿QUÉ DEBO HACER ANTES DE LA SUBASTA? Usted puede asistir antes de la subasta a la exposición, donde podrá ver las piezas que se van a subastar. Es muy recomendable comprar el catálogo, porque en él se encuentra la descripción detallada y fotos de cada lote. El día de la subasta, al registrarse en la recepción le entregarán un número de paleta para hacer posturas; es decir, una paleta de plástico con un número que será levantada cada vez que usted quiera ofrecer una cantidad para adquirir un lote. En el registro se le solicitará su nombre, dirección y un depósito en garantía para sus compras (en efectivo o tarjeta).

¿QUÉ SIGNIFICAN LOS PRECIOS ESTIMADOS QUE APARECEN EN EL CATÁLOGO? Generalmente el catálogo muestra dos precios: un estimado bajo y uno alto. El lote puede venderse por debajo del estimado bajo (si el consignante no ha fijado un precio mínimo) y puede venderse por arriba del estimado alto en el momento de la subasta.

¿CÓMO FUNCIONA LA SUBASTA? Cuando salga a remate el lote que usted desea adquirir, simplemente levante la paleta que le fue asignada cuando el subastador proponga el precio de venta en subasta y usted esté de acuerdo con dicha cantidad. El subastador continuará elevando el precio mientras haya personas que sigan ofreciendo por el mismo lote. El último precio indicado por el subastador al dejar caer el martillo es el precio de martillo, y esa es la cantidad más la comisión (20%), más el IVA de la comisión, lo que usted pagará por el lote adquirido.


¿CÓMO SE COMPRA EN SUBASTA SIN ESTAR PRESENTE EN EL SALÓN? ¿SE PUEDEN HACER OFERTAS SIN ASISTIR AL SALÓN DE SUBASTAS?

El formato de ofertas en ausencia se encuentra en la última página de este catálogo

Sí, existen dos sencillas formas de hacer ofertas en ausencia: • Por escrito. Usted llena el formato de ofertas en ausencia, indica el número de lote o lotes que desea, así como la oferta máxima que quiere hacer por cada uno de ellos. Así, uno de nuestros representantes estará haciendo las ofertas en su nombre y representación. • Por teléfono. Previamente a la subasta, usted elige el lote o lotes por los que hará sus ofertas. Al momento que el lote salga a remate, uno de nuestros representantes se comunicará con usted y así estará pasando sus ofertas al subastador.

OFERTAS EN AUSENCIA El personal autorizado por Morton Subastas podrá hacer efectivas las pujas en representación de los licitadores, sin ningún cargo para el licitador y de acuerdo a las siguientes reglas: 1. El licitador podrá hacer llegar su postura a Morton Subastas hasta cuatro horas antes de celebrarse la subasta, mediante la entrega de la ficha de registro para ofertas en ausencia directamente en nuestras oficinas, con acuse de recibo por correo electrónico a la siguiente dirección: ofertasenausencia@mortonsubastas.com, el formato está a su disposición en nuestras oficinas así como en el catálogo de la subasta. 2. Será necesario que Morton Subastas haya recibido las posturas del licitador, señalando un monto máximo como límite de cada puja. 3. En el caso de que el límite máximo fijado por el licitador en ausencia se iguale con la última puja de la sala, se autoriza a Morton Subastas a subir a la siguiente puja por cuenta del licitador en ausencia; de lo contrario el licitador presente en la sala tendrá la prioridad sobre el lote. Esta información se considera confidencial. 4. Como garantía de pago, en el caso de que el licitador se presente en Morton Subastas para registrar ofertas en ausencia deberá firmar un comprobante de tarjeta de crédito a la orden de Morton Subastas, S.A. de C.V. 5. Los lotes se adjudicarán al precio más bajo que permitan las demás pujas o posturas aceptadas en la sala. 6. En caso de que hubiera dos o más licitadores en ausencia, con ofertas por el mismo lote y por la misma cantidad, se adjudicará el lote al licitador cuya oferta haya sido presentada primero en día y hora. En lo demás, son aplicables todas las reglas de la subasta. 7. Morton Subastas NO es responsable si alguna de las ofertas en ausencia no se logra realizar. 8. Morton Subastas NO acepta ofertas sin límite.

OFERTAS POR TELÉFONO 1. Pueden hacerse ofertas vía telefónica en el salón de subastas durante el desarrollo de la subasta, presentando una solicitud por escrito y entregada a Morton Subastas por lo menos con dos días hábiles de anticipación siempre y cuando la cifra sea mayor a $10,000.00 por cada lote de su interés. Las condiciones para hacer efectivas las pujas, son las mismas que para ofertas en ausencia. Puede hacernos llegar sus ofertas y demás documentos a la dirección electrónica: ofertasenausencia@mortonsubastas.com 2. No se aceptarán ofertas por teléfono que no tengan postura, ni menores a $10,000.00


INFORMACIÓN IMPORTANTE • El martillero podrá abrir la puja de cualquier lote colocando un precio a nombre de un vendedor. •

El subastador podrá pujar por el lote en nombre del vendedor, hasta el precio de reserva, por medio de pujas sucesivas o consecutivas, o colocando pujas en respuesta a otros compradores.

• El transporte es por cuenta del comprador. •

Todas las piezas se venden en el estado en que se encuentran, favor de revisarlas bien antes de comprar; si tiene alguna duda no compre.

Todas las piezas incluidas en este catálogo, están revisadas y muchas de ellas autentificadas tanto por los propietarios o por algún experto. Por favor si tiene dudas o requiere más información estamos a sus órdenes y le asistiremos en lo más que podamos aclarar.

Si por alguna razón nuestra descripción no es de su entera satisfacción, usted puede revisar las piezas previamente a la subasta y traer a su experto dentro del horario de exposición.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 16, de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y el Artículo 37 de su Reglamento; es necesario realizar el trámite INAH-00-005 para obtener el PERMISO DE EXPORTACIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DE MONUMENTOS O BIENES MUEBLES HISTÓRICOS. Para realizar dicho trámite es necesario ingresar a www.tramites.inah.gob.mx en la opción de Exportación y Transporte.

• Los precios estimados son en pesos mexicanos. • En los lotes que no llevan estimado, la salida está por abajo de $2,000.00 M.N. •

Si por alguna razón no puede pasar a liquidar en el tiempo ya mencionado, haremos efectivo el cargo a la tarjeta de crédito, más su porcentaje correspondiente.

Compras por debajo de $20,000.00 M.N., se cargarán el mismo día a la tarjeta de crédito más su porcentaje de comisión de la subasta.

• Morton Subastas le proporciona factura por el Premium y el IVA correspondiente. • Una vez hecha la factura no hay cambio de nombre. • Si se le asigna un lote en la subasta no hay devoluciones ni reclamaciones.

RETIRE SUS PIEZAS COMPRADAS EN SUBASTA A TIEMPO Las piezas de esta subasta se deberán recoger en los siguientes días y horarios, en Monte Athos 179, Lomas de Chapultepec: Miércoles 18 de abril de 9:30 a 7:00 p.m. Jueves 19 de abril de 9:30 a.m. a 7:00 p.m. Viernes 20 de abril de 9:30 a.m. a 7:00 p.m. Lunes 23 de abril de 9:30 a.m. a 7:00 p.m Martes 24 de abril de 9:30 a.m. a 7:00 p.m Si no son recogidos en este plazo tendrán un cargo del 10% mensual sobre la reserva.


LA SUBASTA 1. Al iniciar la subasta, el martillero indicará el lote a ser subastado, ya sea por medio del número que corresponda de acuerdo al catálogo de la Subasta o dando lectura a la descripción, las características y el precio de salida. 2. La subasta de cada lote se iniciará cuando el martillero pregone el precio de salida del mismo y entonces los licitadores podrán hacer efectivas las pujas o aceptar la postura ofrecida por el martillero. El martillero podrá abrir la puja de cualquier lote colocando un precio a nombre de un vendedor. El martillero podrá pujar por el lote en nombre del vendedor, hasta el precio de reserva, por medio de pujas sucesivas o consecutivas, o colocando pujas en respuesta a otros compradores. 3. Para que el martillero adjudique un lote, será necesario que no haya pujas que mejoren la anterior; por lo tanto el precio mencionado por el martillero constituirá el precio de martillo o de venta que deberá pagar el licitador. 4. Las pujas, es decir, la cantidad que el licitador ofrece respecto a la postura anterior o al precio de salida, se regirán dentro de los siguientes parámetros: PRECIO DE SALIDA

INCREMENTO DE LA PUJA

DE:

A:

$100

$1,000

$100

$1,000

$5,000

$200 $500 $800

$5,000

$10,000

$500

$10,000

$20,000

$1,000

$20,000

$50,000

$2,000

$50,000

$100,000

$5,000

$100,000

En adelante

$10,000

5. La persona a la que el martillero adjudique el lote, se convierte en el propietario del mismo, como consecuencia deberá pagar lo siguiente: a. El precio de venta o de martillo del lote subastado. b. La cantidad equivalente al 20% del precio mencionado en el punto (a) por concepto de comisión (Premium). c. El Impuesto al Valor Agregado sobre la comisión. d. En caso de que el pago se efectúe con tarjeta de crédito o débito, se agregará el 6.6% sobre el monto total, por concepto de comisión por el uso de tarjeta. 6. Como consecuencia de la adjudicación del bien, personal de Morton Subastas presentará al comprador una hoja de adjudicación y un estado de cuenta y realizará el cierre del comprobante de la tarjeta de crédito o débito, según sea el caso.

7. El transporte corre por cuenta del comprador. 8. Compras menores de $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.) se cargarán el mismo día a la tarjeta de crédito, más el porcentaje de comisión de la subasta, el I.V.A. correspondiente. 9. Si requiere factura a nombre de su Compañía, favor de solicitar al momento de liquidar, mostrando el Registro Federal de Causantes. NO habrá cambios en las facturas. 10. Una vez adjudicado un lote no se aceptan reclamaciones ni cancelaciones. 11. La mercancía se subasta, adjudica y entrega en las condiciones en que se encuentra, por lo que le recomendamos acudir a nuestras exhibiciones o verificar plenamente que el lote a subastar reúna las condiciones y características de su interés.


Un documento es un testimonio material de un hecho o acto realizado por individuos,

ya sea de carácter físico o jurídico, esto implica que ante todo es un soporte físico (papel o pergamino, pero también representado en lienzo, piedra o madera) el cual tiene la capacidad de mostrar información y transmitir un conocimiento, es decir tiene la finalidad de conferir un mensaje es decir que pueda ser observado, leído y entendido. No toda fuente documental es histórica, se suele reservar la denominación de "textos históricos" o "documentos históricos" para las fuentes de mayor relevancia, cuyos ejemplares originales se han conservado en archivos, museos y bibliotecas. Algunos ejemplos de lo que se consideran documentos históricos son Crónicas, Leyes, Constituciones, Actas de Declaración de Independencia, Tratados Internacionales, Discursos, Testamentos, etc., esto no significa que estén restringidos solamente al ámbito de la historia política, militar o al derecho. Comúnmente se tiende a pensar que los documentos sólo consisten en un texto escrito, ya sea con caracteres manuscritos o impresos por diferentes técnicas. Sin embargo, puede considerarse como un documento a aquellas creaciones que son realizadas para transmitir información sobre diferentes conocimientos humanos, tales como mapas y representaciones cartográficas, gráficas o cuadros estadísticos e imágenes bajo el formato de grabados, fotografías reveladas o en negativo, caricaturas impresas o carteles fotograbados. Tenemos el gusto de presentarle nuestra próxima Subasta de Documentos Manuscritos e Impresos, Folletos, Autógrafos y Libros Dedicados; ponemos al mejor postor una selección de documentos que abarcan diversos periodos de la Historia de México y Universal, antigua y contemporánea.


Lote 278


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1 Zumárraga, Fray Juan de. Orden de Aprehensión.

"Nos Don Fray Juan de Zumárraga por la gracia de dios y de la santa iglesia de osma primer obispo de la gran ciudad de México y oidor de su magestad e inquisidor Apostólico contra la herética pravedad e apostasía della y de todo nuestro obispado eclesiástico mandamos a vos cristobal de medynilla Alguacil mayor deste santo oficio de la inquisición que prendais los cuerpos Antonio de Anguiano y a maestre… / y a … magnatato / y a Alonso de la rezna vecinos desta ciudad y asy presos los traed … a la cárcel deste Santo oficio…". México, septiembre 9 de 1536. Firma. 31.6 x 21.8 cm. La Santa Inquisición en México. En 1535 el Inquisidor General de España y Arzobispo de Toledo, Alfonso Manrique, expidió el título de Inquisidor Apostólico al primer obispo de México, Juan de Zumárraga. Aunque este no creyó prudente establecer aún la Inquisición en México, cometió el error de formar proceso a un natural, señor principal de Texcoco, bautizado ya con el nombre de Carlos y nieto de Netzahualcóyotl, a quien acusó de seguir sacrificando víctimas a sus dioses. El Inquisidor Apostólico lo mandó a quemar vivo en la plaza pública el 30 de noviembre de 1539 para convertirlo en la primera víctima del Santo Oficio en la Nueva España. Zumárraga recibió regaño y castigo porque en las disposiciones reales y las reglas del Santo Oficio, se estipulaba que no se podían ejercer rigor ni pena contra los cristianos nuevos, naturales de la Nueva España. $60,000.00 - $70,000.00 M.N. 8


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2 Yo el Rey (Carlos V). Agradecimiento a los Padres de San Francisco.

"Don Antonio de Mendoza nuestro Virrey e Gobernador dela Nueva España presidente en la nuestra audiencia e chancilleria del que en ella reside. a mi se ha hecho relación el colegio el ha hecho en esa cibdad de México de los niños hijos delos naturales desa tierra para que aprendan la lengua y doctrina xtriana y que los que agora ay enel tienen mucho yngenio y capacidad y toman bien la dicha doctrina y para esto han sido gran causa ciertos religiosos dela horden de san francisco y otras personas les tienen cargo e porque siendo ancy yo tengo voluntad el dicho colegio permanezca. y porende yo vos mando que de my parte hableys a los dichos religiosos que ansy los tienen cargo y los agradeszcais la buena obra que en ella hazen ammandolos para lo continuen pues veys cuanto dello sera nuestro señor serbido...". México, agosto 23 de 1538. Firma. 30.5 x 21.2 cm. El Colegio de Santa Cruz de Tlatelolco, fue una institución franciscana creada para que niños indígenas de entre diez y doce años pudieran internarse para ser educados. Se eligieron a los hijos más aptos, de los señores y principales de los pueblos o provincias de Nueva España, aproximadamente cien niños. Durante los primeros cuatro años de su funcionamiento, la escuela no aceptó a más estudiantes. Debido al primer propósito de la educación impartida, en los primeros años del colegio, aproximadamente de 1536 a 1540, la vida de los estudiantes fue muy similar a la monástica. Los alumnos comían junto con los frailes en el refectorio. Dormían en una habitación larga, similar al dormitorio de las monjas, con camas en ambos lados del cuarto, separadas por un pasillo que lo atravesaba transversalmente. Cada alumno poseía, además, una caja con cerradura para guardar sus pertenencias (ropa y libros) y su respectiva llave. Este colegio fue abierto por el primer Virrey Don Antonio de Mendoza y por el obispo Fray Juan de Zumárraga el 6 de enero de 1536, fecha oficial de su apertura. $60,000.00 - $70,000.00 M.N. 9


3 Catesismo Testeriano del Valle de Toluca. Basich de Canessi, Zita. Un Catecismo del Siglo XVI. México: INAH, 1963. 8o., 12 h. Primera edición, facsimilar de un catecismo Testeriano. Introducción por Carlos Martínez María. La edición de este libro fue promovida por Zita Basich de Canessi, quien calcó y coloreó los pictogramas y manuscribió el prólogo. Las fotografías de las calcas, reproducidas al tamaño original, se deben a Vicente Castillo Oramas. Edición de 200 ejemplares numerados y firmados, ejemplar numerado y firmado 143. Encuadernado en rústica. $3,000.00 - $4,000.00 M.N. 3

4 Velasco, Luis de. Merced de un Sitio de Estancia

para Ganado Maior. "Yo don Luis de Velasco viso Rey e gouernador por su magestad en esta nueva españa hago saber a vos alcalde mayor de las mynas de pachuca por vuestro lugarteniente que es francisco de lara vezino de esta ciudad me a pedido que nombre de su magestad le haga merced de vn sitio de estancia para ganado maior con doce caballerias de tierra en terminos de acaynca la qual dize estar sin perjuicio y por que conbiene que ... que se le haga la merced se bea por la presente ... mando que de luego queste mi mandamiento les fuere mostrado... beis la parte y lugar donde el dicho francisco de lara pide se le haga la merced y llegado hagais parecer ... a los yndios en mejor termino... y les digais e dese a entender...". México, septiembre 30 de 1554. Firma. 31 x 21.5 cm. $20,000.00 - $24,000.00 M.N.

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5 Hoja Incunable Impresa por Pedro Ocharte. Vedoya, Jhoan de. Carta Poder.

"Sepa quantos efta carta vieren com yo Juan Felipe... para que por mi y en mi nombre podays pedir y demandar auer recebir y cobrar de todas y cualquier personas de qualquier estado y condicion... que en vustro lugar y en mi nombre podays hazer y foftituyr efte poder en vuna perfona o procurador dos o mas con el mefmo poder y los revocar que quam complido y baftante poder como he y tengo para lo que dicho es y cad vna cofa y prebello otra tal y effe mefmo lo doy y otorgo a vos los dichos Francisco rruiz e Ygnacio ruiz y a vueftros fotitutos con fus incidencias y dependencias...". Ciudad de los Ángeles, enero 10 de 1566. 32 x 21.3 cm. Pedro Ocharte fue el tercer impresor de América. Nace cerca de 1532, originario de Rouen, Francia, llega a la ciudad de México alrededor de 1549. Se casó con María de Figueroa, la hija de Juan Pablos y en 1563 se hizo cargo de su prensa. En 1572 fue desterrado y preso por la inquisición debido a una imagen impresa que fue considerada hereje. Tras la muerte de María de Figueroa, Pedro Ocharte Impresor se casa con María de Sansoric o Sansores, quien participará activamente en las labores editoriales. En 1572 Pedro Ocharte y Juan Ortiz fueron encarcelados debido a un proceso inquisitorial. Por esta razón, su mujer y su cuñado Diego Sansores trataron de continuar con la imprenta, al parecer sin mucho éxito. Véase en: artecolonial.wordpress.com

$18,000.00 - $22,000.00 M.N.

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6 Yo el Rey (Felipe II). Mandamiento.

"Don Martín Enríquez visorey y capitán gral. de la nueva España y presidente de la mia audiencia real que recide en la ciudad de México sabed... a los Venerables Doctor Pedro Moya de Contreras y al licenciado Joan de Cervantes, y porque nuestra voluntad que por dichos Inquisidores y sus oficiales y ministros y los que les sucedieren en su lugar sean siempre faborecidos, Porende yo os encargo y mando que les deys e hagais dar todo el favor que fuere necesario y se os pidiese sin contradicción o impedimento alguno por que puedan Usar y usen sus cargos y Oficios libremente y gozen de las libertades gracias y preheminencias... del favor para que puedan visitar todas las ciudades, villas y lugares de essas provincias sin dar lugar a ningun respeto se impida ni perturbe el dicho santo officio...". Madrid, agosto 10 de 1570. 37.4 x 24 cm. $25,000.00 - $30,000.00 M.N.

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7 Moya de Contreras, Pedro - Ríos, Pedro de los / Segura, Fray Francisco de. Procesos y Diligencias / Denuncia. a) Moya de Contreras, Pedro - Ríos, Pedro de los. Procesos y Diligencias de Diversas Personas.

"Así mesmo de mas de buen proceso que los días pasado envio a este Santo Oficio tocante a Miguel Carrasco Guarnicionero difunto y a su muger Catalina Marquez conviene buscar en esa audiencia eclesiástica algunos procesos fulminados contra los susodichos diversos hazer por amancebados antes de que se casasen y hazer en que los dichos procesos parezcan y se enbien a este Santo Oficio toda diligencia…". México, junio 16 de 1572. Firmas. 30.9 x 21.6 cm. 2 h. b) Segura, Fray Francisco de - Fray Antonio. Denuncia en Contra de Cristobal de Garibay. "…Se fueron a quexar a la Real Audiencia de los agravios notorios que les ha hecho don Cristoval de Garivay su corregidor pidiendo restitución de sus haciendas y de los hospitales y para estorbarles en esa corte que no pidiesen su justicia como selo esturio les dixo yo quiero meter una petición el santo oficio de la inquisición y haré que vayan por los padres entranbos de Tanzitaro y los traygan preso con grillos y que los castiguen como a fray martin de Sormosa que a la sazon estaba sentenciado y se sabia en la ciudad, los indios como gente de poca discreción atemorizados con esto no pidieron justicia…". Tancítaro, noviembre 26 de 1588. Firmas. Con una nota sobre el descosimiento de fojas 384 hasta 407, firmada por Pedro de los Ríos. México ca. 1580. 31 x 21.7 cm. 2 h. Surco y punto de polilla en tercio inferior de la primera hoja, afecta poco texto. Faltante en tercio inferior de la segunda hoja. Total de piezas: 2.

Pedro Moya de Contreras, nació en 1527. Cursó sus estudios en la Universidad de Salamanca donde se doctoró 1554, poco después fue nombrado maestrescuela de las Canarias e inquisidor en Murcia, formando parte de la administración interesada en América. Para 1570 y debido a las preocupaciones del Rey Felipe II, por las constantes divisiones que se presentaron en Europa por el protestantismo, decidió instaurar en América el Tribunal del Santo Oficio; en 1570 se instaló en Nueva España, siendo Moya de Contreras elegido para ocupar el cargo de Presidente del Tribunal de la Fe desde 1571 hasta 1574. Las principales causas por las que se le otorgó dicho nombramiento fue por su rectitud y disciplina, cualidades que le valieron ser el primer inquisidor de la Nueva España. En Nueva España fue coadjutor y después sucesor del Arzobispo, Fray Alonso de Montúfar, en 1572 ya con el rango eclesiástico de Arzobispo que le otorgó el Papa Gregorio XIII, difundió la autoridad de la inquisición en Centroamérica, el Caribe y Asia (Filipinas); en 1584 fue nombrado Virrey de la Nueva España tras la muerte de Lorenzo Suárez de Mendoza. Durante su desempeño como virrey, realizó diferentes investigaciones encontrando una corrupción generalizada, posteriormente envió las acusaciones contra oidores corruptos y otros funcionarios del Virreinato al Rey en 1575. En su informe al rey, elogió a aquellos funcionarios que habían cumplido con sus obligaciones, y pidió castigos para los corruptos. Dentro de estas acciones destaca el hecho de que realizó el primer "auto de fe" en la Nueva España en 1574. $24,000.00 - $28,000.00 M.N.

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8 Robles, Hernando - López de Agurto, Sancho. Relación del Principio... que han Tenido y Tiene los Yndios Chichimecas.

"Relación del Principio, Progreso, y estado que han tenido y tienen los Yndios que llaman Chchimecas, y de los daños, muerte e inquietudes que han causado y causan en estas Provincias dela nueva España y Reyno de Galizia, sacada fielmente por el doctor Hernando de Robles, oydor de la Real audiencia que reside en efta ciudad de México por comission del Yllmo. S. don Pedro Moya de Contreras Arzobispo dela dicha ciudad Governador y Capitán General de la nueva Spaña y de la dicha Real audiencia, de las informaciones y Relaciones que se han hecho cerca de lo susodicho a los Virreyes deste Reyno, desde el año de cinquenta papado. haste el presente de ochenta y quatro... hasta aqui se ha hecho no antes que ha sido de castigo y exemplo para refrenar tantos males antes de mucho iconveniente. En México a veynte de Ags. de mil y quinientos y ochenta y quatro...”. Firma de Hernando de Robles. "...En la ciudad de México a quatro dias del mes de marzo de mill y quis. y ochenta y cinco años estando en el acuerdo el Yllmo. señor don Pedro Moya de Contreras ... En la dicha Real audiencia el doctor Hernando de Robles oydor deella exssivio esta relacion que esta firmada de su nombre scripta en cuatro hojas todas de la propia letra del principio e fin..". Firma de Sancho López de Agurto. 30.5 x 21.7 cm.

Desde 1584 hasta 1585 el Arzobispo Pedro Moya de Contreras fue nombrado Virrey después de la muerte de Lorenzo Suárez de Mendoza, durante su regencia y continuando con la línea de acción que tuvo durante su desempeño en cargos eclesiásticos mando conformar diferentes estudios y relatos que le permitieran lograr de una manera más acertada su trabajo. El hecho de que fuera nombrado Virrey, le permitió acceder directamente al poder civil mediante la Audiencia. La Audiencia y Cancillería Real de México fue el más alto tribunal de la Corona española en el Virreinato de Nueva España. Fue creada por Real Cédula el 13 de diciembre de 1527 y tenía su sede en la Ciudad de México. Hernando de Robles fue Oidor de la Real Audiencia y Sancho López de Agurto escribano de Cámara de la Audiencia de México. $50,000.00 - $60,000.00 M.N.

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9 Yo el Rey (Felipe II). Nombramiento Otorgado a Martin de Bertendona como Capitán de las Ocho Naves Levantiscas de la Armada Española.

"Por quanto aviendo dado dueño y cabos atodas las esquadras de naves que sirven en armada que he mandado junctar en el rio y puerto de ciudad de lisboa para algunos hefectos del servicio de dios mio senior y bien de estos mis reynos se que es capitán el marques de Sta. Cruz para que conellos puedan ser bien gobernadas y regidas y entendiendo que están sin caveca las ocho naves levantiscas quanto mismo se hallan sirviendo en la dha. armada y que tienen necesidad de ser encomendados como las demás a persona de la platica inteligencia y experiencia que se requiere para que esta tal las tenga asu cargo y govierne y se acabo dellas y concurriendo estas y otras buenas partes en Vos. el capitán Min. de Vertendona y theniendo satisfacción deque enesta ocassion serviréis conel cuydadofidelidad y diligencia que hasta aquí lo aveis hecho en las cosas quese os an encomendado de mi servicio he querido elegiros y nombraros como por la presente os nombro y elixo por tal cavo de la esquadra delas dchas. Ocho naves levantiscas queos a de mandar entregar el dcho. Marques de Sancta Cruz…". Madrid, enero 30 de 1588. Firma. 40 x 30 cm. Recortado en margen derecho, no afecta texto; pequeños faltantes en dobleces centrales. Enmarcado.

Martín de Bertendona nació en 1530, desciende de una notable familia dedicada a la mar, desde muy joven se decide a llevar su vida de acuerdo a su tradición familiar, por su valía y conocimientos náuticos fue designado capitán de la escuadra levantisca, la cual formó parte de la “Armada Invencible” de Felipe II, que intentó invadir Inglaterra en 1588. El presente nombramiento lo ratificó al frente de dicha escuadra, en dicho nombramiento se menciona que se le entregarán 8 naves, el encargado para ello fue el Marqués de Santa Cruz, Álvaro Bazán, quien era él Capitán General del Mar Océano, a tan solo unos días de que este fuera depuesto de su cargo y posteriormente falleciera. El buque insignia de esta escuadra era la “Ragazzona”, un navío de la República de Venecia, el cual se hundió al regreso a la península ibérica, al llegar a la Coruña. Los cañones que transportaba fueron fundamentales en la defensa al ataque del corsario inglés Francis Drake en 1589. Fue llamada “Escuadra Levantisca” porque estaba conformada por naos provenientes de Italia, Venecia, Ragusa; teniendo como característica principal precisamente los levantamientos o motines. La Armada Invencible fue ideada por Álvaro de Bazán, Marqués de Santa Cruz, propuesta que le propuso a Felipe II. $14,000.00 - $18,000.00 M.N.

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10 Libramientos de Penas de Cámara de 50 Pesos de Oro Común por Año Imputadas a Diego Gentil, Repostero de la Real Audiencia.

"…En dose de diciembre de mil y quinientos y noventa y quatro años se libraron a dicho Gentil Repostero desta Real Audiencia cinquenta. pesos de oro comun. Por el salario de cuatro primeros meses deste dicho año que cumplio a fin de abril del … A razón de ciento y cinqueta pesos que le están señalados de salario cada un año en penas de cámara de los quales se le libraron los quarenta y cinco pesos tres tomines...". Detalla el cobro, juicio por juicio, de las penas de cámara imputadas a Diego Gentil, de oficio repostero; así mismo su salario y la deducción correspondiente al pago de las penas, cobradas de su salario. El primer juicio es mencionado con la fecha 12 de diciembre de 1594 y el último 16 de mayo de 1596. 30 x 21 cm. Sin lacre, rasgadura central en margen derecho, pequeñas rasgaduras en márgenes y tercio inferior manchado. Las penas de cámara corresponden al cobro de una pena pecuniaria aparte de una pena corporal impuesta a un individuo; es decir era un impuesto que se recababa para la cámara real (fisco). Fue hasta los reinados de Alfonso XI y Enrique III que se logró ordenar que delitos alcanzaban dicha pena y era de las acciones más socorridas por la corona para generar ingresos. Véase en: Anuario de historia del derecho español, Dos ordenamientos sobre las penas pecuniarias para la Cámara del Rey (Alfonso XI y Enrique III), Cerdá Ruiz-Funes, Joaquín, 1947.

$4,000.00 - $6,000.00 M.N.

11 Ortiz de Zarate, Martín. Carta Poder.

"Sepan quantos efta carta vieren como yo Miguel de Oballe beneficiado del partido de Tlacacalca otorgo e conosco por esta presente carta que doy e otorgo todo mi poder cumplido cuanto derecho se rrequiere...". Al reverso: "En el pueblo de Tlacacalca en beinte dias del mes de nobiembre de mill y seis cientos y un años Martín Ortiz de Zarate tininte de Luis de Cisneros corregidor de este dicho pueblo por el Rey ntro. Señor dixo que por quano en este pueblo no ay escribano rreal ni publico combiene nombrar y confiando de Diego de Albina persona abil y suficiente en quien concurren las partes y cualidades que se rrequieren se nombra y nombro por tal escribano... El oficio de tal escribano y los autos que ante mi pasaren se de entera fe y credito en juizio y fuerza del y lo firmo con el dicho tiniente. Matín Ortíz de Zarate - Diego de Albina.". 30.5 x 21.5 cm. Sin punta inferior izquierda, afecta poco texto. Marcas de dobleces y manchas de óxido. Hoja postincunable, probablemente impresa por los herederos de Ocharte. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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12 El Márques de Guadalcázar (Diego Fernández de Córdoba). Orden.

"Don Diego de Fernández de Cordova Marqués de Guadalcazar Virrey y Lugarteniente del Rey y Governador y Capitán gral. de la nueva españa... Por quanto fray Juan de Valenzuela procurador gral. de la orden de Santo Domingo de la nueva españa me ha hecho Relacion de los Religiosos de la orden tienen encargo de la Doctrina y administracion del Pueblo de Chicahuastla... a los quales de deve la limosna de ... y maiz defde el primero de Henero del anio passado de feisientos y onze que se hizo encomienda de dicho pueblo en donativo de Velasco... por el presente mando que fiendo afi lo rreferido el encomendero de dicho Pueblo de Chicahuastla la persona que que por el cobra los Tributos de y pague a los dichos Religiosos o a quien fu poder quiere la limosna que es obligado a darles...". México, enero 27 de 1618. Firma. 31.5 x 21.6 cm. Legajo de cuatro hojas manuscritas.

$14,000.00 - $18,000.00 M.N. 15


13 Felipe IV. Real Cédula Dirigida al Presidente de Indias sobre el Repartimiento de los

Indios en la Nueva España. "Aviendo visto las propuestas inclusas de Christobal de Molina, acerca deque el repartimiento de los Indios en la Nueba España, no se haga por semanas, sino por año y que se cometa a las justicias ordinarias, y lo que en esta razón, seme ha consultado por una junta que mande hazer, he resuelto que pues Don Martín Carrillo va a Mexico, sele remita este negocio dándole comisión para que aviendose enterado del, y delas razones que ay páralo uno y lo otro, y considernado lo que la junta me consulta, no hallando incombenientes la haga executar. Hareis que por el Conso. Se le den los despachos necesarios para ello…". Aranluz, mayo 1625. Rúbrica. 30 x 20.5 cm. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

14 Mexia, Thomas. Solicitudes de Pago al Gobernador y Juez del Marquesado del

Valle de Oaxaca. a) Solicitud de Fray Thomas Mexia, Procurador General de la Provincia de Santiago de México de la Orden de Predicadores de Nueva España, para que Francisco Avello, pague a los ministros de doctrina que administran en el Marquesado sin hacer innovación alguna, de acuerdo a las notificaciones giradas por el virrey en tal sentido. México, febrero 20 de 1672. Firma. 21.2 x 15.5 cm. Con el dictamen del Fiscal Bernardo de Aguilera. b) Solicitud de Fray Thomas Mexia, Procurador General de la provincia de Santiago de México de la Orden de Predicadores de Nueva España, para que el Gobernador y Juez del Marquesado del Valle de Oaxaca, pague a los ministros tal como lo hace el Rey, sin tomar en cuenta el número de tributarios, y de acuerdo al dictamen del Fiscal Bernardo de Aguilera del 27 de febrero de 1672. México, junio 25 de 1672. Firma. 21.2 x 15.5 cm. Con la Resolución a favor de la Orden de Predicadores. Total de piezas: 2.

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$3,000.00 - $4,000.00 M.N.

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15 Yo el Rey (Felipe V). Orden.

"...Y aviendofe vifto en mi Confejo Real de las Indias la carta del Arzobifpo, y conformandome con fu fentir, por la prefente ruego, y encargo a los Venerables, y Devotos Padres Provinciales de toda las regiones del Reyno, y Provincias de la Nueva Efpaña, Goatemala, Guadalaxara, Philipinas, Santo Domingo, y Islas Barlovento, que procuren por todos los medios, y caminos licitos, y fuaves, inquerir, y faber cada vno en fu Provincia, que Religiofos andan folos, y que los corrixan, y folamente fe lo permitan a los Procuradores, y Limofneros, y no a otros algunos; y que aun a eftos les adviertan, y prevengan, las obligaciones de fu eftado...". Madrid, septiembre 1 de 1703. Firma. 29.5 x 20.8 cm.

$16,000.00 - $20,000.00 M.N. 16


16 Yo el Rey (Felipe V). Mandamiento.

"Por quanto habiendofe entendido en mi Confejo de Indias, que el Maeftro Fr. Jofeph de Obregón, de la Orden de Santo Domingo (que vino por Procurador General de la Provincia de San Juan Bautifta de el Perú) traxo de ella a Fr. Francifco Suárez, Lego Indio de Nación, por fu compañero, y que luego que llego a efta Corte defamparo... que de quedarfe en Efpaña el dicho Fr. Francifco Suárez, han refultado graves inconvenientes, y malas confequencias. Por tanto mando a mis Vi-Reyes del Perú, y Nueva Efpaña, Prefidentes, Audiencias, y Governadores de ambos Reynos, y ruego, y encargo a los Provinciales de las Religiones de ellos, no permitan vengan a Efpaña, por compañeros, ni en otra forma, Religiofos Indios, ni les concedan licencias para ello, que afsi conviene al fervicio de Dios, y mio.". Madrid, noviembre 30 de 1706. Firma. 30.1 x 20.8 cm.

$16,000.00 - $20,000.00 M.N.

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17 Marqués de Valero (Baltasar de Zúñiga y Guzmán). Despacho de Providencia para

Contener los Salteamientos y Robos. "Por quanto vno de los principales defvelos en mi Gobierno, ha fido el folicitar fe efcufen pecados públicos, y escandalosos, y extirpar el deteftable vicio de Salteadores y Ladrones, para que affi en efta Ciudad, como en el diftrito de efta Governacion puedan todos los Vezinos vivir con el feguro de fus vida…". México, noviembre 11 de 1719. Firma. 30.5 x 21.5 cm. 2 h. Pequeño surco de polilla. Ante los constantes asaltos y robos acontecidos en las poblaciones y villas, se establecen medidas como: Milicias acompañadas de los oficiales necesarios, mayor libertad para los alcaldes respecto de la Sala del Crimen para que las penas corporales puedan ser aplicadas de manera expedita por los comisarios y el establecimientos de horcas en aquellos lugares donde no tuvieren con el fin de reestablecer la paz. Despacho dirigido al alcalde mayor de Tulancingo. 17 El Virrey Valero al percatarse de que la inseguridad persistía, pidió a la Corte le concediera mayores facultades, tanto a él como a los alcaldes provinciales de la Hermandad. El rey había dado un apoyo previo a través de su real cédula del 21 de diciembre de 1715, en la cual confirió al virrey y a sus sucesores amplias facultades para controlar la seguridad pública y establecer una cierta independencia de la Hermandad frente a la Sala del Crimen. Esta medida real sirvió a Valero como la base de creación del Tribunal de la Acordada cuya fecha de fundación es 1719. Véase en: http://historico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/hisder/cont/20/cnt/cnt11.pdf

$7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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18 Copia de la Resolución Expedida por su Magestad, en el Pleyto Seguido por la Santa Iglesia Cathedral Metropolitana de México, con la Sagrada Religión de la Compañía de Jesús de la Provincia de Nueva España, e Islas Philipinas, sobre la Recaudación, y Paga de los Diezmos.

"…Á el pago efectivo de los Diezmos causados por los Padres de la Compañía, con el uso de las Censuas para el apremio de que den Tazmías, y Relaciones juradas del todo de sus frutios Decimales, á fin de que puestas en acervo común, les participen, y recauden lso Participes, según su quota, y cabimiento: y executado en eta forma, si las Partes deduxesen exempciones legitimas, a el Cosnejo según, y en conformidad de las citadas Executorias…". Madrid, mayo 24 de 1736. 29.1 x 20.4 cm. Documento relativo al pleito entre la Iglesia Metropolitana de México y los Jesuitas, en relación al cobro de diezmos y otras recaudaciones. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

19 Clemens PP. XII. Breve Apostólico sobre la Diócesis de Antequera. Roma, febrero 17 de 1740. 14.5 x 40 cm. Manuscrito en pergamino. Marcas de dobleces y mancha de humedad. Al reverso: Certificación "Yo Pedro de la Vega del Consejo de S. M. su Srio. y oficial mor. de la Secretaria, del Consejo y Camara de Yndias de la negociacion de la Provincias de Na. Espa. Zertifico que haviendose presentado ante los Sres. del referido Consejo este Breve de su Santidad, y pedidose pase y zertificacion de su presentación; Por su acuerdo de oy día de la fecha se le mando dar. Y para de que ello conste donde convenga doy la presente en Madrid a tres de Marzo de mil setecientos y quarenta.". Firma de Pedro de la Vega.

18

$4,000.00-$6,000.00 M.N.

20 Arroyo, Juan Antonio / Escamilla, Nicolás. Escrituras. a) Arroyo, Juan Antonio. Escritura de Imposicion, que de Conocimiento de Dos Principales de Censos Redimibles del Año de 1731. Sobre la

Hacienda de Lavor Nombrada San Nicolás en Jurisdicción del Pueblo de Athenanzingo. "…Al mismo tiempo la ereccióny fundación de dos capellanías de missas que por Clausulas de su testamento mando instituir el Bachiller Don Ynacio de Sariñana Cura que fue de dicho Partido y Dueño de dicha Hazienda…". México, 1742. 2a. Copia. 31.8 x 22 cm. Puntos y surcos de polilla, afectan poco texto. b) Escamilla, Nicolás. Escriptura de Venta de un Pedazo de Tierra que Otorgaron D. José Manuel y D. Mariano Guadarrama y Caballero a Don Manuel Gomes de Tagle Ambos de esta Vecindad. "En el Pueblo de Calimaya a trese días del mes de diciembre de setecientos ochenta y cuatro... Paresieron D. José Manuel y D. Mariano Guadarrama, españoles vecinos de este Pueblo a los que doy fee conozco y Dixeron: que de su madre Francisca Gertrudis de Guadarrama hubieron y heredaron un pedaso de tierra de sembradera… el que les endono partible según consta de su Testamento de cuia disposición fallecio, y la expresada la hubo y compró a Juan Pedro casique y principal deste Pueblo…". Calimaya, enero 21 de 1785. Firma. 31 x 21.8 cm. Manchas de humedad y faltantes en tercio inferior, afectan texto. Total de piezas: 2. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

21 Cobro de Diezmos. Instrucciones / Reglamento / Edicto / Reglamento. a) Instrucciones, que deben guardar los Colectores de esta Santa Iglesia, dadas por el Muy Ilustre Señor Dean... Febrero 24 de 1748. 4 h. 31 x 21 cm. b) Reglamento Aprobado por el Illmo. Sr. Arzobispo y su Venerable Cabildo en él Celebrado en 29 de Julio de 1845. Méjico: Impreso por Juan Ojeda, 1845. 8o. marquilla, 3 p. c) Rubio y Salinas, Manuel Joseph. Nos el Dr. D. Manuel Joseph Rubio. 8o. marquilla, 15 p. "…para advertir la ciega ignorancia de algunos, y hacer inescusable en el juicio Divino la malicia de otros, exhortamos,

requerimos, amonestamos, y mandamos á todos aquellos á quienes se dirige su contexto, y ván mencionados, den, y paguen entera, puntual, y fielmente é esta Santa Iglesia Metropolitana…". Dada en nuestro Palacio Arzobispal. Mexico, y Septiembre 28 de 1754. Manuel Joseph Arzobispo de Mexico. Surcos de polilla en margen exterior, no afecta texto. d) Reglamento para las Colecturias de Diezmos del Arzobispado de México. México: Imprenta de Alejandro Valdés, á cargo de José María Gallegos, 1831. 8o. marquilla, 6 p. Sin pastas, sin lomo. Total de piezas: 4. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

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22 Ribas, Nicolás Francisco de / Alvares Prendes, Eusebio Mariano / Rodríguez, Juan Nepomuceno / Páez, José María. Venta / Permuta / Testamento / Recibo. a) Ribas, Nicolás Francisco de. Venta de Tierras para la Construcción de una

Casa a nombre de María Teresa de Rivera. "…que por quanto a estar con intención de fabricar una casita, junto a la Casa de la Rodela a extramuros de la ciudad, y haber conocido ser las tierra realengas, y en consequencia de esto pido, se me vendan treintas varas en quadro para dicha fábrica…". Durango, mayo 25 de 1758. 31.4 x 20.5 cm. 4 h. b) Alvares Prendes, Eusebio Mariano. Venta Casa de Adobes de María Teresa de Rivera a Bartolomé Galindo. "Una casa de adoves, maltratada, con su terreno, o suelo, que se compone de treinta y dos varas en quadro, lo que linda por el oriente, cale en medio, y sola de don José María Cano: Por el Poniente, con tierra consegil: Por el sur, con casa, que fue de José Ravelo, y la que en el día es de Alejandro Galindo; y por el Norte dicha, que poseyó el finado José…". Durango, octubre 14 de 1790. Firma. 31.4 x 21.4 cm. 2 h. c) Rodríguez, Juan Nepomuceno. Permuta de Casas y Terrenos entre Bartolomeo Galindo y Francisco Leizaola. "…Que les pertenecen en posesión y propiedad, al primero, una casa que le compró a María Teresa de Rivera según el título primordial que tengo a la vista, y es una Escriptura otorgada ante mi antecesor, a los catorce de octubre del año pasado de mil setecientos noventa… y al segundo, una casa y solar, ubicado en el paraje que nombran la Costa…". Durango, febrero 17 de 1806. Firma. 31.2 x 20.8 cm. 3 h. d) Rodríguez, Juan Nepomuceno. Testamento de María Josefa Farison. "…Declaro por mis bienes la casa de mi avitación con todo lo que hay en ella conforman la parte de herencia que me corresponde en la casa grande… y nombró por mis únicos y universales herederos á mis ya citados tres hijos Dn. José Vicente Estevan Doña María Manuela, Don Domingo Luis todos guardado y Farison para que lo que así fuere lo haya gozen y disfruten por yguales partes con la bendición de Dios…". Durango, octubre 17 de 1809. 31.1 x 21.8 cm. 4 h. e) Páez, José María - Tovalina, Juan José - Hernández, Relles. Recibo de Pago. "Resevi de José Francisco Díaz una Baquilla de tres años en pago de siete pesos en que le vendí la parte de mi hermana Ermenegilda Díaz y país, que reconosia en el Rancho de San Francisco, de Vuena vista y Morsillo y para que consten le di este mi resivo…". Durango, diciembre 27 de 1832. 31 x 21. 7 cm. 2 h. Rasgado en doblez. Total de piezas: 5.

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$8,000.00 - $10,000.00 M.N.

23 Lorenzana, Francisco Antonio. División y Arreglo de Territorios de las

Parroquias de la Ciudad de México. "Desde los primeros siglos de la Iglesia se consideró muy importante señalar el campo en que debía trabajar cada Prelado, y Operario de la Viña del Señor: El Papa San Cleto dividió á Roma en Parroquias para ir afianzando el órden más seguro de la Administración de los Fieles; San Evaristo le perfeccionó por lo tocante á aquella Capital del Mundo, señalando á cada Parroquia sus límites, y aún los Romanos en Gentilidad, dividieron su República en Tribus para la más fácil expedición de los negocios…". México, marzo 3 de 1772. Firmas con sello. Dos pliegos, 56 x 40 cm. Decreto por el que se estableció una división precisa de las parroquias o curatos de la Ciudad de México; el documento especifica en detalle los territorios y límites de las parroquias, ofreciendo un acercamiento sobre la conformación de la Ciudad de México en el Siglo XVIII. "La reforma de Lorenzana generó un verdadero "nuevo orden" parroquial por la modificación del territorio -ampliación o disminución del mismo- de las parroquias, pero, sobre todo, por el abandono del criterio étnico para establecer la feligresía. Fue José Antonio Álzate quien elaboró el plan en sí para redistribuir los territorios parroquiales de la capital virreinal, según criterios de superficie y número de feligreses, sin atender a su división étnica; se abolían así, por primera vez en la Nueva España, la distinción racista entre las "parroquias de indios" y "parroquias de españoles´".

Véase en: El nuevo orden parroquial de la Ciudad de México: población, etnia y territorio. Sánchez Santiró, Ernest. México: Instituto de Investigaciones Doctor José María Luis Mora, 2004.

$12,000.00 - $15,000.00 M.N. 23

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24 Sartorio, José Manuel. Denuncia que Hizo el Bachiller Don José Sartorio de la Cátedra de Historia Eclesiástica.

"…por el espacio de dos años y meses he estado disfrutando en este Real Colegio los honores, y confianza con que las altas benignidades de V.S.S. sin atender a la cortedad de mis meritos y talentos, se ha dignado favorecerme…". Tepotzotlán, mayo 1 de 1778. Firma. 29 x 20.5 cm. Contiene el alegato del bachiller ante el Arzobispo por la arbitraria separación de su cargo como catedrático y director de ejercicios del Colegio de Tepotzotlán, cargo que le dieron al bachiller José de la Riega, esperando resolución a su demanda. Contiene al margen al respuesta y la rúbrica de Alonso Núñez de Haro y Peralta Arzobispo de México, fechada en México 18 de agosto de 1778. Denuncia hecha por José Manuel Sartorio, intelectual y patriota mexicano cuya carrera se vio opacada por el resentimiento que sentía el Arzobispo Núñez de Haro y Peralta contra los jesuitas, pues impuso diversos obstáculos contra la orden y contra Sartorio; primero por la renuencia del Arzobispo a ordenarlo, después cuando lo separó de su cargo como catedrático, tema que se trata en este documento. Posteriormente apoyó la causa independentista y continuó sirviendo a la nación mexicana hasta su muerte. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

25 Mayorga, Martín de. Bando sobre Recolección de Moneda con Error de Troquelado.

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"…Superintendente de la Real Casa de Moneda de esta Capital, en Oficios de 4 y 8 del corriente mes, me ha dado cuenta de qu el propio día 4 se advirtió por un Dependiente de la misma Real Casa el craso error padecido en ella en el próximo pasado de Diciembre , de acuñarse algunas Moneda de Plata en pesos, con un Troquél en que, en lugar del año 1782, se gravó 1872…". México, enero 11 de 1783. Rúbrica impresa. 42.5 x 30.5 cm. Pequeños faltantes en margen superior y surcos de polilla afectando poco texto. Se ordena la recolección de dicha moneda para su refundición y reacuñación para arreglar dicho defecto, estuvieron a cargo de dicha comisión la Real Casa de Moneda y en todas las demás ciudades las Cajas Reales y Administraciones de las Renta de Alcabalas o Tabacos y pide a todos los habitantes entreguen dichas monedas, las que se les retribuirán. Al reverso acuse de recibo en Tulancingo por Francisco Antonio de Llano y Sierra y Joachin Antonio Ordoñez Gutiérrez. $7,000.00-$9,000.00 M.N. 20


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26 Primer Censo de Población de la Nueva España, 1790. Estado General de la Población de México Capital de Nueva España. Dividida en Ocho Quarteles Mayores, y Subdividida en Treinta y dos Menores. México, ca. 1791. 31 x 43 cm. Diez puntos de polilla, afectan muy poco texto. Arreglado según: Edad, Género, Razas, Ocupaciones y otros Datos Demográficos; convirtiéndolo en la primer fuente de información de la población durante la colonia, así como una de las más importantes. Aparecen un total de 112,924 almas que habitan la ciudad, repartidos en el Estado Secular, hombres y mujeres no sujetos a profesión que están en conventos, colegios, &Etc. Religiosos y religiosas. Cada sección está subdividida, con nombres y detalles del grupo de personas que forman parte de cada rubro. Estado Secular, Distinción de Castas y Distinción de Clases, Resumen General. Varias Casas de Comunidad: Colegios de Hombres, Colegios de Niñas, Hospitales, Casas de Misericordia y Cárceles. El interés histórico de este documento radica en que constituye el primer intento oficial de realizar un levantamiento para un Censo de Población, con procedimientos técnicos propios de la época, que revela importantes datos demográficos y socioeconómicos de los últimos años del período Virreinal. Por idea y orden del virrey Juan Vicente Güemes Pacheco de Padilla, Segundo Conde de Revillagigedo, que gobernó la Nueva España de 1789 a 1794, se realizó el censo de población durante los años 1790 y 1791 al que popularmente se ha llamado desde entonces el "Censo de 1790”, aunque su fecha de publicación se tiene fue entre 1791 y 1793. El 3 de enero de 1790, el virrey de la Nueva España, pidió a los intendentes que elaborarán padrones completos de la población que habitaba en cada una de las jurisdicciones sujetas a su mando, "para instruir el soberano ánimo del Rey del número de sus vasallos havitantes en estos Dominios". Ordenó a los intendentes que, al recibir los formularios impresos junto con su orden, los distribuyeran a los subdelegados (autoridades menores en cada jurisdicción), quienes habrían de levantar un censo americano, semejante al ejecutado en España en 1782. El censo tuvo fuertes razones políticas para ser realizado: económicas porque serviría para normar resoluciones del gobierno en el terreno; de la agricultura, la minería, la industria y el comercio; de política social porque pretendia ser guía para desterrar los vicios y excesos; finalmente, de política hacendaria, para equilibrar los derechos de la Real Hacienda con el interés del país y sus habitantes asegurando las percepciones de la Corona. El virrey, en su calidad de intendente de México, organizó y empujó el levantamiento de los padrones, logrando imprimir y hacer circular los resultados generales de la ciudad capital en febrero de 1791. Alejandro de Humboldt fue una de las primeras personalidades en reaccionar al recién publicado Censo de la Ciudad de México, tomando una postura crítica y cuestionando los resultados, afirmaba que: "En el nuevo Continente como en el antiguo, el pueblo considera todo censo como el anuncio siniestro de alguna operación de la Real Hacienda; cada padre de familia, temiendo el aumento de las contribuciones, busca los modos de disminuir el número de individuos de su casa en la lista que debe presentar. Fácil es demostrar la verdad de este hecho, pues se había creído que la capital de México contenía 200 000 habitantes…notas de consumo, el número de bautismos y entierros tenderá a probar que aquella población ascendió por lo menos a 135 000 habitantes”. Aseguraba también que el censo era inexacto puesto que no consideraba el número de vagos de la Ciudad. Véase en: 1er. censo de población de la Nueva España. 1790 censo de Revillagigedo «un censo condenado». México: Secretaría de programación y presupuesto. Dirección General de Estadística México, 1977.

Muy raro: WORLDCAT, a nivel mundial, localiza 4 ejemplares de la primera edición: 2 en EEUU, uno en México y otro en España: 21745059, en la Colección Bancroft de la Univ. de California/Berkeley: 4651375143, Bibl. Nal. de México: 740388713, Bibl. Nal. de España y 77633037, Huntington Library, Pasadena, Calif. ABPC: en 45 años, solo reporta la venta de un ejemplar defectuoso, con marcas de polilla, manchado y con margen derecho irregular. Palau: no. Medina/México: no, pero 26 otros documentos suscritos por el virrey Revillagigedo. Porrúa 1949: no. Abebooks 2018: no. $50,000.00 - $60,000.00 M.N.

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27 Yo el Rey (Carlos IV) / Marqués de Sonora. Real Cédula sobre el Uso de Puños / Real Orden sobre la Industria Textil. a) El Rey (Carlos IV). Real Cédula por al que se Concede al Dean y Cabildo de la Santa Iglesia Metropolitana de México el Uso Perpetuo de

Puños o Bolillos de sus Vestidos Talares Siempre que Vistan este Traje. México: Por los Herederos del Lic. D. José de Jauregui, 1794. Rúbrica del Br. D. José Díaz de Rivera, Secretario de Cabildo. 29.5 x 21 cm. 4 h. Cuatro pequeños surcos de polilla, no afectan el texto. Portada con grabado del Escudo Real. b) Marqués de Sonora (Gálvez y Gallardo, José de). Orden sobre el Fomento y la Regulación de la Industria Textil. "…Uno de los obgetos que mas han ocupado el paternal amor y desvelo del Rey por el bien de sus vasallos, y esplendor de su Monarquía, ha sido el aumento y perfección de las Fábricas de Texidos de Lana, los quales, dando mas valor á esta producción preciosa de nuestro suelo, proporcionan ocupación útil y fácil á toda clase de personas. Atento S. M. á quanto puede influir en su fomento ú atraso, ha mirado siempre con dolor, que muchas de las Ordenes Religiosas de estos Dominios, y los de América, vistiéndose de géneros estrangeros, perjudican notablemente á este ramo de industria, sin advertir tal vez, que privan á muchos pobres de su subsistencia, y al Reyno de las crecidas sumas que se llevan otras Naciones... Madrid, 10 de julio de 1786.= Sonora.= Señor Arzobispo de México.". Es copia. México, noviembre 14 de 1786. 30 x 20.5 cm. Puntos y surcos de polilla, afecta muy poco texto. Total de piezas: 2. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

28 Larrea y Salcedo, Pedro de / Padilla, Antonio. Ajuste del Haber de Sueldos / Recibo. a) Larrea y Salcedo, Pedro de / Padilla, Antonio. Ajuste del Haber de Sueldos.

"…Dn. Pedro de Larrea y Salcedo Corregidor de esta Ciudad de Toluca. Certifico que el ajuste que antecede lo actué baxo las circunstancias que van expuestas y con arreglo á la relacion de revista que con esta fecha se me há pasado por el teniente don Antonio Padilla que se halla exerciendo funciones de Sargento Mayor: y para que Conste donde convenga doy la presente…". Toluca, mayo 31 de 1794. Firmas. 30.3 x 20.9 cm. b) Padilla, Antonio. Recibo de Regimiento Infantería Provincial de Toluca. "He rrecivido del Sr. Administrador de las Reales. Alcavalas de esta Ciudad Don Juan Jose Sanz, la cantidad de ciento y setenta pesos un real pertenecientes á mi paga, y á las de los quatro oficiales que se hayan en este destino de Superior Orden del Exelentísimo. Señor Virrey, cuio documento va por duplicado…". Toluca, mayo 31 de 1794. Firma. 30 x 21.3 cm. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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29 Real Cédula de su Magestad, Fecha en Aranjuez a 6 de Mayo de 1794. Por la que se Concede al Ilustrísimo y Venerable señor Dean y Cabildo de esta Santa Iglesia Metropolitana de México, el uso Perpetuo de Puños o Bolillos en las boca-mangas de sus Vestidos Talares, Siempre que Vistan este Traje.

"Según y en la forma que los practican los Prebendados de las Iglesias Catedrales del Perú, con extensión de los demás privilegios y distinciones que estos gozan, y diligencias en su virtud obradas hasta su execucion.". El Rey Carlos IV autoriza esta petición de usar puños ó bolillos en las bocamangas de los vestidos talares, porque: "…la Iglesia Metropolitana de la Nueva España, se ha esmerado siempre, demostrando su amor zelo, y lealtad a mi Real Persona, con donativos graciosos en las urgencias de la Corona, en el socorro oportuno y abundante de mis Vasallos, en los años de calamidad y miseria, y estar aquellos capitulares dispuestos á sacrificarse muy gustosos en mi Real servicio…". En México: Por los Herederos del Lic. D. José de Jauregui, 1794. 29.5 x 21 cm. 4 h. Rúbrica de José Díaz de Rivera, secretario del Cabildo. Portada con grabado del Escudo Real. Worldcat: 83034656. Solo registra dos ejemplares. $7,000.00 - $9,000.00 M.N. 22


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30 Carlos IV. Real Cédula sobre la Atribución de los Comisos.

"...Con testimonio el Intendente que fue de Caracas Don Juan Guillelmi, delos autos iniciados por Don Ignacio Xavier Emasavel… uno de los Guarda-costas de aquella Provincia, sobre la aprehensión de varios efectos, verificada por su tripulación, con motivo de reconocimiento que hizo… a bordo de la Goleta nombrada nuestra Señora del Cármen, su Capital Don Francisco Hernández, en el Puerto de Carupano… procedente de la Martinica a donde había ido desde dicho Puerto con registro de Mulas, y declarados por decomiso los expresados efectos…". Aranjuez, febrero 19 de 1795. Firma. Al reverso contiene la toma de razón de la contaduría general de las Indias, firma del Conde de Casa Valencia, tesorero de la Casa de Moneda. 30 x 21 cm. 2 h. Comienza con la aprehensión de varios efectos, abordo de la goleta "Nuestra Señora del Carmen", el remate judicial, la liquidación de dichos efectos y distribución del importe realizada por el contador principal como comiso del mar; atribuyendo estas comisiones a los comisos de tierra y aquellos efectos que se encuentran no comprendidos, o excedentes de registro y licencia corresponden a los comisos de tierra. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

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31 Ruiz Calado, Joseph Ignacio. Ordenanza que para la División de la M. Noble y Leal Ciudad de Santiago de Querétaro en Quarteles Menores,

Creación de Alcaldes de Ellos, y Reglas para su Gobierno, Según lo Resuelto por S.M. En Real Cédula de 17 de Junio de 1794, y en Virtud de Órdenes Superiores del Exmo. Señor Virrey, Ha Extendido el Corregidor de La misma Ciudad… y Aprobó S.E. en Superior Decreto de 4 de Junio de 1796. México: Por Don Mariano de Zúñiga y Ontiveros, 1796. 4o. marquilla, 14 p. + una tabla plegada. Lomo con pequeños faltantes. Falto de plano. Encuadernado en pasta dura, lomo en piel. Worldcat: 84412623. Solo registra tres ejemplares, uno en México en: Red de Bibliotecas del Tecnológico de Monterrey. Dos en Estados Unidos: UC Berkeley Libraries y California State Library - Sutro Library. Ordenanzas para la división de la ciudad de Querétaro, en las que se especifican la delimitación de los cuarteles, determina las funciones de los alcaldes y obligaciones de los ciudadanos. $20,000.00 - $24,000.00 M.N. 23


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32 Carlos IV. Real Instrucción sobre que los Prelados Diocesanos de América e Islas Filipinas Tienen Expeditas sus Facultades para Visitar

Anualmente los Conventos de Monjas Sujetos a los Regulares. "…he venido en declarar, que el referido Reverendo Obispo de Cuzco, en conformidad de lo prevenido expresamente en el capítulo quinto, y números seis y ocho de la Instrucción mandada a observar por la citada Cédula circular de primero de Julio de mil setecientos y setenta, tiene expeditas sus facultades para visitar todos los años los Conventos de Monjas que están sujetos a los Prelados Regulares, no solo en quanto al punto de la clausura, sino también en la toma de cuentas de la administración de los bienes pertenecientes a dichos conventos, procediendo para ello acompañado de los Superiores Regulares, y tomando al mismo tiempo conocimientos de si se administran dichas rentas fielmente…". San Lorenzo, octubre 4 de 1797. Firma. 30 x 20.5 cm. 2 h.

$8,000.00 - $10,000.00 M.N.

33 Marqués de Branciforte. Respuesta del Virrey a la Queja de los Puesteros.

"…Disponiendo al mismo tiempo que por el Juez de Plazas se advierta al cobrador se maneje en la recaudación de la pensión de los puestos con dulzura y suavidad para excusar nuevos motivos de queja semejante.". Orizava, julio 5 de 1797. Firma en la primera hoja. 20.8 x 21.8 cm. Legajo con cuatro hojas. Mancha de humedad en margen izquierdo, afecta poco texto en la primera hoja. Manuscrito sobre una queja de parte de los puesteros por habérseles alterado los precios por voluntad del cobrador, siendo la intercesión del virrey necesaria. El resto del documento contiene las notificaciones y resolución de la queja.

$10,000.00 - $12,000.00 M.N.

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34 Yo el Rey (Carlos IV). Promoción de la Persona del Doctor D. Josef Ruiz de Conejares Maestrescuela de la Santa Yglesia Metropolitana de

México a la Dignidad de Chantre de ella. "...atendiendo a la idoneidad, suficiencia, y demas buenas prendas, que concurren en el Dor. Don Josef Ruiz de Conejares, Mestrescuela de esa Yglesia; he resuelto a consulta de mi Consejo de Cámara de las Yndias de once de noviembre de este año, promoverle, como lo ejecuto a la Chantria de ella, que ha resultado vacante por ascenso del Doctor Don Manuel Antonio Sandoval al Arcedianato...". Madrid, diciembre 18 de 1801. Firma. 30.4 x 21.5 cm.

$10,000.00 - $12,000.00 M.N. 24


35 Elípe, Francisco Xavier de. Sentencia Favorable del Consejo de su Majestad

al Conde de Revillagigedo. "Don Francisco Xavier de Elípe, del Consejo de S.M. su Secretario, y Escribano de Cámara en el Real y Supremo de las Indias: Certifico: Que habiéndose visto por los Señores del expresado Real y Supremo Consejo, los Autos de la Residencia pública tomada al Excelentísimo Señor Conde de Revillagigedo, del tiempo que exerció el empleo de Virey… Llévese á puro y debido efecto la Sentencia del Consejo, pronunciada en ocho de Abril.". Madrid, mayo 19 de 1802. En la Imprenta de la Administración del Real Arbitrio de Beneficencia. 29.3 x 21 cm. Mancha de humedad en margen derecho. Sentencia absolutoria del Virrey Conde de Revillagigedo, en la que se declara que fue probo y recto en su empleo con Virrey de la Nueva España. El presente impreso fue publicado a expensas de los Herederos del Conde de Revillagigedo.

$7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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36 F. Y. M. Caprichos Poéticos o Ensayos de la Musa Miamiga.

"En que se dan ideas y modelos subcintos de cada uno de los metros más frecuentes y usados en la poesía castellana, para utilidad y recreo de los principiantes aficionados." Entre ellos una Décima Real: "Tú amigo lector aficionado que mis versos tuvieren en la mano, seas de noble linaje, seas villano, seas hombre, seas mujer, señor ó criado ya estes en alto puesto colocado, ya en misera fortuna constituido, por mi Mecenas quedas elegido: y te ofrezco ese dón, sin conocerte, por que sus pequeñez llegue á deberte la noble tolerancia que te pido". Principios del Siglo XIX. 21.5 x 16 cm. 8 h. Manuscrito, manchas de humedad, afectan texto.

$8,000.00 - $10,000.00 M.N.

37 Demostraciones de Adhesión del Pueblo Mexicano a favor de Fernando VII. Bautista Pardo, Juan. Aurora. Correo Político-Económico de La Havana del Miércoles 31 de Agosto de 1808. Sevilla: Reimpreso en la Imprenta Mayor, noviembre 4 de 1808. 8o. marquilla, 8 p. Recuento de los actos y ceremonias de adhesión y apoyo a Fernando VII, realizados en la Nueva España y en la provincia de Campeche tras conocerse las noticias de su deposición por las fuerzas francesas: "Con

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el grandioso anuncio de la artillería, y repique general se extendió el regocijo de todo el pueblo de esta Capital, y concurrió en tropas a la frente del Real Palacio repitiendo sus vivas y aclamaciones al deseado Fernando VII… Quando estaban en la fogosidad y entusiasmo de la salva, traxo una porción del pueblo el retrato del amable Fernando, y lo conduxeron al Real Palacio sin que la tropa pudiera poner en orden de la multitud… Todo el día siguió la aclamación y los vivas: las alegrísimas y sonoras campanas de la Catedral, a discreción del pueblo, salieron de las reglas prescritas, y a penas suspendían un rato quando volvían a sonar a vuelo… En todos los templos se cantó el Te Deum… La ciudad toda se adornó con tapicería... Las estatuas y retratos de Napoleón han sido abrasadas por el pueblo, arrebatado de su justo entusiasmo… Baste decir que en muchos siglos no ha visto México un día semejante a este…". Worldcat: 740402558 y 433457087. Dos registros, ambos de la Biblioteca Nacional de España. Periódico mandado a reimprimir por la Suprema Junta de Sevilla, para: "...toda la Nación, que no podrá menos de llenarse de gozo leyendo las demostraciones heroicas de México, y de Campeche que contiene…". $8,000.00 - $10,000.00 M.N. 37

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38 Iturrigaray, Josef de. Proclama.

"…Penetrado de los mismos aquel respetable congreso, que presidí, por un transporte el más vivo y noble, rompió en aclamaciones del Joven Monarca de las Españas el Sr. Don Fernando VII. Las elevó, sí, al augusto rito de jurarle, presentando desde luego la obediencia a S. M. que aclamó el Rey de España y de las Indias. Juro no reconocer otro Soberano, y en su caso a sus legítimos sucesores de la Estirpe Real de Borbón. Por el mismo sagrado vínculo, sé obligó a no prestar obediencia a ninguna de las ordenes de la Nación opresora de su libertad, por cualesquiera medios y artes que se dijeran: resistir las fuerzas con que se intenten, y los tratos y coaliciones que concierte, hasta satisfacer vuestro deseos…". Palacio Real de México, agosto 11 de 1808. 14.7 x 19.7 cm. 2 h. A raíz de la destitución de Fernando VII por la invasión francesa. A partir de esta situación, inicia una crisis política, originándose un vacío de poder que pondría en cuestión la noción misma de soberanía. En una reunión del Cabildo en la Ciudad de México, un grupo de criollos de ideas liberales propusieron que el Virrey Iturrigaray asumiera el mando directo del gobierno de la Nueva España y se estableciera una junta provisional conformada por representantes de todas las ciudades del Reino, La facción más conservadora se opuso a este proyecto, acusando de traición a dichas tentativas de establecer una soberanía independiente de España. Ante la amenaza de una rebelión, Iturrigaray convoca una Junta General en la cual se reafirma a Fernando VII como Rey legítimo y desconoce las órdenes enviadas de las juntas de Valencia y Sevilla. Finalmente, el mismo Iturrigaray sería depuesto de su cargo y aprehendido el 16 de Septiembre, acusado de querer autoproclamarse Soberano de la Nueva España. Véase en: Historia Política y Social Contemporánea de España - Resumen Completo. Uned, 2014.

$16,000.00 - $20,000.00 M.N. 38

39 Cartas y Oficios Manuscritos sobre el Expediente Formado Contra Algunos Dependientes de la Real Lotería por Expresiones Sediciosas. a) Catani, Pedro - Calderón, Thomas - Blaya, Manuel Mariano. Carta Dirigida al Vierrey

Francisco Xavier de Lizana. "Esta Junta opina, que el adjunto expete. instruido sobre fermto. de los Dependtes. De la Loteria, si fuere del Supor. Agfrado de V.E.S. se debe cortar en el estado, qe. tiene, y en los términos qe. esta Junta consulta sobre lo qe. V.E.S. determinara lo mas oportuno…". México, octubre 23 de 1809. Firmas. 20.5 x 15 cm. b) Carta Dirigida a la Junta de Seguridad y Buen Gobierno. "Conforme con lo que opinaron V.S.S. en el Expte. instruido sobre fermento de los Dependtes. de la Loteria con motivo de la Libertad del Exmo. Sr. Dn. José de Yturrigaray, devuelvo a V.S.S. adjunto dho. Expte. pa. que V.S. el Sr. Regte. Reprehenda a los culpados, el apercibimiento que se expresa, con cuya constancia…". México, noviembre 4 de 1809. Rúbrica no identificada. 21.5 x 15.5 cm. c) Bataller, Miguel - Villaurrutia, Jacobo de - Collado, Juan. Oficio Dirigido a los Srs. Presidente Regente y Oidores de la Real Audiencia Gobernadora. "Por el mes de octubre del año próximo pasado, segn. espone el Director interino de la Real Loteria, se formo Expediente contra algunos dependientes de ella sobre expresiones sediciosas; y siendo indispensables que esta Real Junta lo tenga a la vista para la revolución de otro instruido contra Don Mariano del Castillo...". México, julio 27 de 1810. Firmas. 21.5 x 15.5 cm. d) Bataller, Miguel - Villaurrutia, Jacobo de - Collado, Juan. Oficio Dirigido a los Srs. Presidente Regente y Oidores de la Real Audiencia Gobernadora sobre Oficio Anterior. "En Veinte y siete de Julio próximo antor. Paso a V.A. esta Rl. Junta el oficio del tenor siguiente…". México, agosto 21 de 1810. Firmas. 21.5 x 15 cm. 39 e) Carta Dirigida a la Junta de Seguridad y Buen Gobierno. "Acompaña a V.S.S. esta R.A.Y. el Expte. instruido contra algos. dependtes. de la Loteria pr. expreses. Sediciones, que ha pedido a esta misma Rl. Auda. esa Junta de Segurd. y buen Orn. en Ofo. En 7 de Julio y 21 del corte. Y que acaba de devolver el escribano que fue de esa expresión junta.". México, agosto 30 de 1810. Rúbrica no identificada. 21 x 14.7 cm. f) Carta sobre Solicitud de Expediente Formado Contra Algunos Dependientes de la Real Loteria. Sin fecha y sin firma. 22 x 16 cm. Total de piezas: 6. Pedro Catani Regente y Oidor de la Real Audiencia encabezo junto a Guillermo Aguirre y Viana un grupo para difundir entre los conservadores el rumor que José de Yturrigaray desobedecería al gobierno de Fernando VIII. Miguel Bataller atrajo a la conjuración a Grabriel de Yermo convirtiéndose en el líder del movimiento formalmente constituido como Los Patriotas de Fernando VII. Miguel Bataller y Pedro Catani acudieron al Arzobispo Francisco Xavier de Lizana para acusar al Virrey Yturrigaray y con su aprobación derrocarlo del poder. El 15 de septiembre de 1809 el Virrey Yturrigaray fue aprendido por los Patriotas de Fernando VII dirigidos por Gabriel Yermo, acusándolo de sabotaje y de intentar sublevarse en contra del Rey. Catani y Bataller fueron asignados a misiones especiales para intentar destruir las conspiraciones que se habían dado en las provincias de la Nueva España. Jacobo de Villaurrutia. Llego a la Nueva España en 1804 como Alcalde del Crimen en la Real Audiencia de México. Fue cofundador del Diario de México en 1805 junto a Carlos María de Bustamante. En 1808 durante la crisis política, apoyo las ideas de Primo de Verdad y Talamantes para crear la Junta de México para dirigir la nueva España; después de la aprehensión del Virrey Yturrigaray realizada por Gabriel de yermo fue acusado de conspirar en contra del Rey, ordenándole abandonar la Nueva España. Apoyó la causa independentista como miembro de la grupo de conspiración Los Guadalupes. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 26


40 García, Pedro. Carta Dirigida a Juan del Castillo Villanueba sobre el Arribo de los Insurgentes.

"Muy señor mío… desde el día 11 de pasado mes retire a esta ciudad a refugiarme de los insultos que temí de los malvados insurgentes que habían roto la subordinación en San Luis Potosí el mismo día domingo en la madrugada hechando fuera los reos de la cárcel, que según se dixo eran como 600, y el autor del motín fue un Juanito apellidado Villerias que en nombre de Allende entró a la dicha ciudad… temí que me persiguieren y se vengasen con quitarme la vida como lo han hecho en Guanajuato y usted sabrá, me traje a los ultramarinos españoles que había en el Valle de San Francisco para salvarlos de su prisión o de la muerte. Me mantengo en esta ciudad, y de todo he dado parte a su excelencia el Señor Virrey, quien se sirvió en contestarme… y me dice su señoría que ocurra al Señor General Don Félix Calleja para que su señoría disponga lo que convenga… No se más de que los yndios no se han metido en nada, pero en tierra nueba dicen haver estado los insurgentes y saqueado dos tiendas de Europeos… ni una letra he recibido de mis tenientes de Santa María Valle y Tierranueva. Mil destrozos dicen de la Ciudad de San Luis pero como se miente tanto no creo nada hasta tener noticia cierta…". Querétaro, diciembre 4 de 1810. Firma. 21.2 x 15.2 cm. Pequeño faltante en margen inferior de la última hoja.

$4,000.00 - $6,000.00 M.N.

41 La Real Audiencia de México Gobernadora del Reyno de Nueva España. Bando sobre

la Prohibición y Quema del Bando Remitido por José Bonaparte a las Américas, en el que se Proclama como Rey de España y de Todos sus Dominios. "Continuando los zelosos Ministros del Rey nuestro Señor sus fieles desvelos con el objeto de cortar en su raíz los perniciosos efectos de la seducción de nuestros enemigos, han remitido a este Superior Gobierno una proclama de Josef Napoleon…". Se decreta que todas las copias de dicha proclama deberán ser llevados a las autoridades de la Nueva España, para que sean quemadas en la Plaza mayor por mano del Verdugo.". México, junio 16 de 1810. Rúbricas de Pedro Catani, Guillermo de Aguirre, Tomas Gonzalez Calderon. Firma de Josef Negreyros y Soria. 31 x 21 cm. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

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42 Lista con Nombres de los Agentes Destinados a Incitar una Revuelta en Hispanoamérica. Velasco, Francisco. Comisionados del Rey José

Napoleón en las Dos Américas. "Reyno de México. D. Antonio Rentería natural de San Sebastián en Viscaya Diputado en Gefe con destino en México, Puebla quatro Villas, Veracruz y Costa hasta Tampico… D. Sebastian Solorsano, madrileño Guadalaxara, toda la Nueva Galicia y Costa de Sn. Blas y Tepique... D. Santiago Parreño, natural de la Coruña, Nuevao Méjico, y California alta y baja... En la Havana es el Principal un Español nativo de Bilbao que pasa por Americano, su nombre legitimo es D. Ygo. Berrechea… Mn. Leger Franses de las Fronteras de Alemania que habla perfectamente los dos Ydiomas y el Español ha salido de Baltimore hase algunos días para estableserse en las Fronteras de la Luisiana y hacer partido entre los Alemanes establecidos en aquella Prova. con el objeto de formar por su medio una comunicación con México…". Chihuahua, mayo 42 7 de 1810. Es copia. Firma. 30.5 x 21 cm. 3 h. Ligera mancha de humedad en punta superior izquierda. Al no conseguir apoyo para la causa francesa en América y comprobar que las sumas de dinero que llegaban de los aún virreinatos españoles solo contribuían a prolongar la guerra en Europa José Bonaparte ideó un plan que comunicó a su enviado M. Desmolard, encargado principal en Baltimore, con el objeto de desestabilizar e incitar a la revolución en dichas provincias, plan que impulsó en cierta medida los deseos independentistas en América. $7,000.00 - $9,000.00 M.N. 27


43 Pomposo Fernández de San Salvador, Agustín. Memoria Cristiano-Política, sobre

lo Mucho que la Nueva España ha de Temer de su Desunión en Partidos y Grandes Ventajas que Puede Esperar de su Unión y Confraternidad. México: Mariano de Zúñiga y Ontiveros, 1810. 8o. marquilla, 1 h. + 30 p. "La razón es tan poderosa y fuerte por sí misma, que no necesita las plumas ni las lenguas de los sabios para convencer a los racionales... en conservar estos dominios al amable FERNANDO VII, respetando y obedeciendo a los que nos gobiernan en su nombre, y en hacer ver a todos los pueblos y naciones, que la religión de los habitantes de ambas Españas no siguiere otra cosa que paz, lealtad y patriotismo... Si los sabios hablan a los sabios y a todos, yo que no soy más que un humilde admirador de los talentos con que el Altísimo les ha dotado... y os dicen que su intento no es otro que conservar la religión, y guardar el cetro a FERNANDO VII, que solo quieren quitar del medio los unos a los gachupines, los otros a los criollos; como si gachupines y criollos no estuviésemos unidos por el dedo de la Providencia divina... Que reflexionen como empieza la rebelión, y uno de sus primeros estragos es penetrar la clausura, robar los haberes de unos ministros santos...". Dos puntos de polilla. Cosido. "Memoria Cristiano-Política" de Agustín Pomposo fue uno de los primeros "Catecismos Políticos" impresos en México, recién comenzada la Guerra de Independencia. Estos impresos contenían las ideas y opiniones de los españoles y americanos ante la nueva situación que se vivía en España durante la ocupación francesa y sobre el movimiento de Independencia de México. La presente obra es un temprano ejemplo de dicho género, que casi no se produjo en la Nueva España, escrito por el abogado y escritor novohispano, Agustín Pomposo Fernández de San Salvador; quien siguió apoyando la causa realista durante la guerra de Independencia como escritor de panfletos contra los insurgentes.

Véase en: Javier Ocampo López. El Cura Juan Fernández de Sotomayor y Picón y los Catecismos de la Independencia. Bogotá: Universidad del Rosario, 2010.

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$10,000.00 - $12,000.00 M.N.

44 Venegas de Saavedra, Francisco Xavier. Bando sobre Llamamiento

a los Ciudadanos Americanos a Defender y Asistir al Gobierno de Fernando VII. "Don Francisco Xavier Venegas de Saavedra… Intimamente persuadido el Consejo Supremo de Regencia de España e Indias, de que en los fidelísimos habitantes de este Reyno ha de hallar los recursos necesarios para sostener la guerra más justa que se ha hecho desde la creación del mundo, como que tiene por objetos la defensa de la Religión santa que profesamos, la libertad de nuestro legítimo y verdadero Rey y Señor Don Fernando VII, y la salvación de la Patria…". México, septiembre 22 de 1810. Rúbrica. Tres pliegos en dos colores, 72.6 x 43 cm. Pequeños faltantes y rasgaduras en márgenes. Llamamiento del Rey Fernando VII a los ciudadanos de la Nueva España, para asistir con recursos a la defensa de España, y así poder hacer frente a los ejércitos franceses de Napoleón Bonaparte. Asimismo, detalla la precaria situación en la que se encuentra España, tras haber firmado Austria un acuerdo de paz con los franceses. $22,000.00 - $26,000.00 M.N. 44

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45 Venegas, Francisco Xavier. Bando sobre el Decreto Real

que Confirma que Indios e Hijos de Españoles Pueden ser Representantes al Congreso Nacional. "…D. Fernando VII, que no debe entenderse la convocatoria como suena, de los españoles nacidos en America y Asia, sino también de los domiciliados y avecindados en aquellos países, y asimismo de los indios y de los hijos de españoles e indios; en cuya virtud, si a unos u a otros no se les hubiese tenido presentes para las elecciones, declara S. M. no haber sido su Real ánimo excluir tan beneméritos vasallos acreedores a la consideración que les profesa y dignos de la representación que debe gozar en el Congreso Nacional…". México, diciembre 19 de 1810. Rúbrica. 31 x 21.5 cm. $14,000.00 - $18,000.00 M.N.

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46 Venegas, Francisco Xavier. Recibo de Préstamo por Treinta Mil Pesos para

la Guerra contra los Insurgentes. "Doy a V. las debidas gracias por la entrega de los treinta mil pesos que en el papel de 27 del corriente me expresa haber enterado en la Tesorería general por vía de préstamo para las urgencias del Real Servicio, y oportunamente elevaré esta noticia a la Soberana del Rey nuestro Señor para los efectos que fueren de su Real agrado.". México, noviembre 29 de 1810. Rúbrica. 21.5 x 15 cm. Préstamo realizado por el Conde Diego de Agreda, personaje ilustre de la Ciudad de México y oficial de los patriotas defensores de Fernando VII en Nueva España. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 46

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47 Yo el Rey (Fernando VII). Nombramiento.

"Por quanto atendiendo los servicios y mérito de vos el Teniente Coronel Don Josef Ygnacio del Camino, electo gobernador de Acapyulco: he venido en concederos grado de Coronel de Ynfanteria... y que el Intendente de la Provincia o Exercito donde fueres a servir, dé la orden conveniente para que tome razón, y forme asiento de este grado en la Contaduria principal.". Dado en la Real Ysla de León, abril 7 de 1810. Firma. 30.1 x 21.1 cm. Al reverso, toma de razón firmada por Francisco Venegas, Virrey 59o. de Nueva España. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

48 Guridi y Alcocer, José Miguel. Representación de la Diputación Americana a las Cortes de España. En 1o. de agosto de 1811. México: Reimpreso en la Oficina de D. Alexandro Valdés, 1820. 8o. marquilla, 1 h. + 17 p. + 2 h. Portada con viñeta. Sin encuadernar. Worldcat: 715718421 y 778673476. Solo registra dos ejemplares, uno en la Biblioteca Nacional de México y uno en la Biblioteca Nacional de España. El 1 de agosto de 1811 los diputados propietarios de la delegación americana entregaron a las Cortes la "Representación de la Diputación Americana a las Cortes de España", en la que detallaban las razones del inicio de las revueltas en América, y los medios para lograr la pacificación. Representación estaba firmada por 33 Diputados americanos, de los cuales 13 eran originarios de la Nueva España. Se mencionaba como causa inicial el hecho de la invasión de Napoleón a España, y con ello la pérdida de control de las posesiones ultramarinas de España. Los americanos inicialmente se alzaron en armas para impedir ser entregados a los franceses. Ésta lucha se transformó en una lucha contra el despotismo, el mal gobierno y el desprecio de los peninsulares hacia los criollos. Proponían como solución la creación de Juntas Provinciales para gobernar las provincias, dar igualdad de representación a los americanos en las Cortes y en el gobierno en América y el libre comercio con los países de Europa. Posteriormente fue presentado a las Cortes, donde se discutió en sesión secreta: "...La Representación en fin pasó con los siete durmientes á una

Comisión, donde no han bastado a despertarla, las protestas enérgicas de los Diputados Suplentes..."; no fue dado a la luz en los Diarios de las Cortes, por lo que fue publicado en Londres, y posteriormente en México. La consecuencia de ignorar las peticiones americanas, fue la declaración de independencia de muchas de las provincias. "...En el éxito de éstos contra la violencia de su madre patria, pudieran haber escarmentado los españoles para no ser tan sordos á las Representaciones humildes de los americanos...". $18,000.00 - $22,000.00 M.N.

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49 Mier y Villar, Juan de - Sarria y Alderete, Juan de - Villaurrutia, Ciro Ponciano de - Granados y Peña, Pedro. Edicto de Prohibición contra

el Periódico Insurgente "El Ilustrador Nacional". "Nos el Dean y Cabildo de la Santa Iglesia Metropolitana de México, Gobernador Sede Vacante de este Arzobispado… Una de las más principales obligaciones del ministerio Pastoral, que por disposición del Altísimo hoy exercemos, es no solo arrancar la zizaña y mala yerba, que pudiera haber crecido en los saludables pastos de nuestras ovejas, sino evitar que el enemigo del hermoso campo de la Iglesia venga a esparcir semilla alguna dañosa, que puede creciendo empozoñarlas…". México, junio 3 de 1812. Rúbricas. 43.5 x 31.5 cm. Conserva sello troquelado. Faltantes en parte central y en márgenes. Edicto del Cabildo Eclesiástico de la Nueva España en que prohíbe y amenaza con aplicar penas establecidas en el Derecho Canónico contra los autores, encubridores y lectores del periódico independentista "El Ilustrador Nacional" impreso en Sultepec. Además, se ordenaba entregar los ejemplares que se tuvieran y denunciar a los poseedores de los mismos y los confesores debían instruir de esta medida a los penitentes, es decir, a las personas que practicaban la confesión. Fue tan eficaz la persecución de la Iglesia que se logró la desaparición de casi todos los ejemplares. Se hace, asimismo, referencia a los insurgentes como un grupo: "compuesto de hombres traidores al Rey, desobedientes a la iglesia, perturbadores de la paz pública, asoladores de su patria y autorizados por sí mismos: cuyas costumbres morales son perversas y cuya religión es muy dudosa; puesto que a los robos y asesinatos que cometen y protegen, han añadido la usurpación de la potestad eclesiástica. Quitando párrocos legítimos y creando otros intrusos…", e inclusive en el último párrafo denomina al movimiento cómo una "máquina infernal". $18,000.00 - $22,000.00 M.N.

50 Velázquez. Carta Dirigida a la Junta de Seguridad por Causa de Infidencia contra D. Julián Castillejos.

"...En carta de 27 de Agosto del año próximo pasado dio V. E. cuenta con testimonio de la causa de infidencia formada a Don Julián Castillejos, abogado de esa Audiencia, que acaba de llegar a ese Reyno desde esta Plaza, indultado en virtud del decreto de las cortes generales y extraordinarias de 30 de Noviembre de 1810...". México, septiembre 19 de 1812. Copia. Firma. Con nota y rúbrica del Virrey Francisco Javier Venegas, fechada en México 22 de Septiembre de 1812. 30 x 21 cm. y 22 x 15 cm. Piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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51 Decreto de las Cortes Generales y Extraordinarias del Reyno, sobre Arreglo de Tribunales y sus Atribuciones. México: D. Manuel Antonio Valdés, 1813. 4o., 12 h. Puntos de polilla, afecta poco texto. Encuadernado en pasta dura, en piel. Reimpreso en México en virtud de órden del Exmô. Sr. Virey de 19 de Marzo de 1813 á conseqüencia de la de la [sic] Regencia de la Monarquía de 4 de Noviembre del año proximo anterior, en que S.A.S se sirvió autorizar a S.E. para que dispusiese su reimpresión en este Reyno Worldcat: 51474334, 55284824, 970573513 y 23075740. Sólo registra cinco ejemplares, uno en México. Decreto emitido por las Cortes Generales de España y reimpreso en México, por el cual se establecen las Audiencias en todo el Imperio Español según lo convenido en la Constitución Española. El presente documento enumera y explica las atribuciones y facultades de dichas Audiencias: sobre el nombramiento de regentes, jueces y fiscales, sobre la organización de los distintos tribunales, y sobre los juicios civiles y criminales. $18,000.00 - $22,000.00 M.N.

52 El Duque de Infantado (Pedro de Alcántara Álvarez de Toledo y Salm - Salm). Proclama a los Habitantes de Ultramar. México: Reimpreso en Casa de Arizpe, 1813.

"Fidelisimos habitantes de América y Asia, y vosotros los que extraviados habéis seguid las sendas de la perversidad: oíd todos, la voz de vuestra madre patria. Ya sabéis que hace más quatro años que de una región extraña vino un desconocido tirano, que introduciéndose dolosamente entre nosotros correspondió vilmente a la sincera amistad con que lo recibimos. Al frente de doscientas mil bayonetas nos ofreció la paz, publicó el decreto de nuestra proscripción, y creyó darnos la felicidad presentándonos el sello abominable con que se había de marcar nuestra perpetua esclavitud…". Documento reimpreso en México en 1813 del original de Cádiz del 30 de agosto de 1812. 30.4 x 21.8 cm. 2 h. Notas en márgenes derecho y superior de la primera hoja; pequeño faltante en el margen superior de la segunda hoja. En carpeta, en estuche, con Ex Libris de la "William L. Clements Library". Worldcat: sólo registra la edición de Cádiz. Proclama del Duque del Infantado a los habitantes de Ultramar respecto a los beneficios de la Constitución sancionada por las Cortes de Cádiz. Califica de fidelísimos a los habitantes de las colonias y los pretende difuminar toda idea de separación. Además, hace mención de la invasión francesa en España y el "Tirano Asesino". Es una invitación franca a las virreinatos a aceptar la nueva Constitución y unirse contra los franceses. Respecto a las rebeliones de las colonias las califica como "…la triste situación en que os han puesto algunos intrigantes ambiciosos, que han seducido a vuestro dócil corazón, abusando de la santidad de nuestra sagrada religión". $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

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53 Morelos y Pavón, José María. Carta.

"Por varias circunstancias que han mediado, resolví que inmediatamente y por vía de reclusión temporal se pase al colegio seminario de esta ciudad al P. D. José Bacilio Alduzin, en calidad de cursante para que siga sus estudios…". Oaxaca, enero 23 de 1813. Firma. 20.5 x 15 cm. Carta escrita durante la cuarta campaña militar de Morelos, el 25 de noviembre de 1812 arribo a la Ciudad de Oaxaca, después de haber ocupado Tehuacan y Orizaba. El 13 de diciembre se realizó en Oaxaca la jura solemne de la Junta Nacional Gubernativa. En Oaxaca, Morelos estableció un tribunal de protección y confianza pública, dedicado a investigar sospechas de faltas a la causa insurgente. Morelos lanzó una proclama dirigida a sus soldados, con respecto a su posición acerca de la recién promulgada Constitución de Cádiz, en el que no se mencionaba al monarca. También, se retrató ataviado con un traje de capitán general, regalo de Matamoros, y que fue bordado por una india que intentó envenenar a Morelos. También, en el retrato, usó una cruz pectoral que había sido del obispo de Puebla, Campillo. En ese mismo tiempo Morelos tuvo relación con la sureña Francisca Ortiz, de quien nació un hijo. Poco tiempo después, Morelos decidió abandonar Oaxaca, tras mes y medio de su captura, y proseguir la marcha hacia Acapulco. $110,000.00 - $130,000.00 M.N.

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54 Vindicación y de la Inquisición Relación Exacta de su Modo de Enjuiciar y Proceder. Santiago: En la de los dos Amigos, 1813. 8o. marquilla, 2 h. + 27 p. Tercera reimpresión. Sello de antiguo propietario en portada. Encuadernado en pasta dura, lomo en piel. Worldcat sólo menciona ejemplares impresos del año de 1825 (22950935). Años anteriores sólo en archivos descargables, año de 1813 uno en España (777850773). Defensa de los métodos y procedimientos seguidos por el tribunal de la Santa Inquisición. El autor de este impreso asegura que la Inquisición cumple un papel fundamental en mantener a los creyentes en el sendero de la fe católica. Al mismo tiempo, condena implacablemente los antiguos métodos de confesión por medio de tortura. $16,000.00 - $20,000.00 M.N.

55 Documento Firmado por el Corregidor de Querétaro Miguel Domínguez. Domínguez, Miguel - Mora y Torres, Francisco de la. Recibo de

Préstamo Forzoso. "Ha entregado en esta comisaría de guerra de mi cargo por disposición del Sor. Consej. de letras Lic. Dn. Mig. Doming., D. José Parache vecino de esta ciudad quinientos pesos por vía de préstamo forzoso…". México, febrero 21 de 1814. Firma. 15.5 x 21.5 cm. Rasgadura restaurada. Como corregidor de la ciudad de Querétaro, formó parte de la conspiración que inició el movimiento de independencia en México. Entre los miembros de dicha conspiración también se encontraban, su esposa, Josefa Ortiz de Domínguez, el cura Miguel Hidalgo y Costilla, Juan Aldama, Francisco Araujo, Antonio Téllez. Los conspiradores pensaban pronunciarse en contra de las autoridades españolas en octubre, pero fueron denunciados a principios del mes de septiembre. Al ser descubierta la conspiración, Miguel Domínguez se ve obligado a colaborar con las autoridades españolas. Encarcela a algunos de sus colaboradores y encierra a su propia esposa en su casa. Sin embargo, la corregidora logra comunicar la situación a los demás cabecillas, quienes 55 deciden adelantar la fecha del pronunciamiento. El 16 de septiembre, Miguel Hidalgo convoca al pueblo de Dolores Hidalgo a levantarse en armas en lo que se conocerá como "El Grito de Dolores". Miguel Domínguez y su esposa Josefa Ortiz de Domínguez fueron perdonados por el Virrey y restituidos en sus cargos. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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56 Pérez, Antonio Joaquín - Ostolaza, Blas. Decreto sobre la Apertura de un

Canal entre los Ríos de Chimalapa y Coatzacoalcos. "Las Cortes con el fin de facilitar el Comercio desde el Seno Mexicano con los Puertos de mar del Sur, y conformándose con el dictamen de la Regencia del Reyno há tenido á bien conceder su permiso para la construcción de un Canal entre los ríos de Chimalpa y Goatzacoalcos, en el istmo de Tehuantepec, costeándose de los fondos del Consulado de Goatzacoalcos, y confirmándose por el Gobierno esta comisión…". Madrid, abril 30 de 1814. 33.5 x 21.5 cm. Copia manuscrita de época. Pequeñas rasgaduras en margen superior. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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57 Calleja del Rey, Felix María. Bando sobre la Prohibición de Portación de Armas.

"…la relaxacion y el desenfreno en el uso de armas, a un termino, siendo esto acaso el principal origen de los asesinatos, robos y desordenes… Cuyos males agrabo la conostitución por la impunidad a que propendian sus principios; y no habiendo bastado a refrenar tales excesos… 1.- Ninguna persona, sea de la clase, condicion y calidad que fuere, podrá llevar armas cortas, blancas o de fuego y las demas prohibidas por las leyes y bandos de materia, bajo la multa… 2.- Ningún plebeyo podrá llevar absolutamente armas de ninguna especie… 3.- Debiendose considerar las ganzúas y otros instrumentos de esta naturaleza como armas destinadas exclusivamente al robo…". México, enero 13 de 1815. Rúbrica de Félix María Calleja. Firma de Josef Negreyros y Soria. 43 x 31 cm. Puntos de óxido.

$10,000.00 - $12,000.00 M.N.

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58 Calleja del Rey, Félix María. Bando sobre la Real Cédula que Manda se Restablezca

el Sistema de Gobierno Previo a las Leyes Impuestas por las Cortes Generales. "…10. Y por último, quiero que mis reales audiencias de esos Dominios vuelvan a ejercer la jurisdicción y funciones en el modo y forma que lo ejecutaban antes del nuevo arreglo hecho por las mencionadas cortes… Y para que llegue á noticia de todos, mando que publicada por Bando la citada Real Cédula en esta capital…". México, julio 20 de 1815. Rúbrica de Félix María Calleja. Firma de Josef Negreyros y Soria. 40.2 x 30.8 cm. Bando emitido por Fernando VII tras su restitución como monarca del Imperio Español, y la restauración de su gobierno absolutista.

$7,000.00 - $9,000.00 M.N. 58

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59 Calleja, Félix María. Bando sobre Prohibición de Libertad de Imprenta.

"Por el Supremo Consejo de Indias se me ha dirigido la Real Cédula de I de Septiembre del año próximo pasado, cuyo tenor es el que sigue. El Rey.= Al restablecer el mi Consejo de las Indias por Real Decreto de 2 de Julio de este año, tuve á bien encargarle meditase sobre las novedades que en esos dilatados y recomendables Dominios se han originado de las grande y extraordinarias ocurrencias de la Metrópoli, y me propusiera lo que creyese conveniente á establecer el mejor orden y fomentar su bien y prosperidad... según se anunció en mi Real Decreto de 4 de Mayo próximo, comunicado á todos mis Dominios de España e Indias, no se permita fixar cartel alguno, distribuir ningún anuncio, ni imprimir diario escrito...". México, julio 22 de 1815. Rúbrica de Félix María Calleja. Firma de Josef Negreyros y Soria. 44 x 31.5 cm. Rasgadura en margen superior. El Rey de España, Fernando VII, por el Supremo Consejo de Indias, prohíbe la libertad "absoluta" de imprenta impuesta por las Cortes General y Extraordinarias de España en 1810. Estas, habían establecido que "cualquier corporación y cualquier individuo, de cualquier estado o condición puede escribir y publicar sus opiniones políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación previas", artículo primero, decreto del 10 de noviembre de 1810. En cambio, el presente documento disponía que "no se permita fijar cartel ninguno, distribuir ningún anuncio, ni imprimir diario escrito, ni obra alguna de cualquiera clase que sea, sin que preceda su presentación a la persona a cuyo cargo se halle el gobierno político y militar, quien dará o negará el permiso para la impresión o publicación". Fernando VII, no omite el hecho que esta prohibición es a la vez una medida para contrarrestar los Movimientos Insurgentes en las colonias americanas. Es así que terminaba un inusual y corto periodo de libre expresión en la Nueva España, durante el cual se produjeron publicaciones como el "Juguetillo" de Carlos María Bustamante (que comenzaba su primer número con el título de ¿Con que ya podemos hablar? e impresos similares que la imitaban como "El Juguetón" y "Juguetes contra el juguetillo"; y además, los influyentes escritos de Fernández de Lizardi firmados como "El Pensador Mejicano", años más tarde Lizardi con justa cautela había dejado atrás los impresos políticos y se dedicaba a la novela, sin embargo, la nueva censura sólo le permitió publicar tres de los cuatro tomos del Periquillo Sarniento. Desde un punto de vista bibliográfico y de garantías individuales, uno de los documentos más relevantes de la Independencia Mexicana. $16,000.00 - $20,000.00 M.N. 36


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60 Flores, Manuel de - Mier y Campillo, Francisco Xavier. Edicto de la Inquisición Condenando y Prohibiendo la Masonería.

"…Aquellas agregaciones, que se conocen con la denominación de los así dichos Francmasones o Iluminados o Egipcianos, u otros semejantes, acompañan sus tenebrosas operaciones con fórmulas, ceremonias, ritos, y juramentos de secreto sospechoso a lo menos, y especialmente con la agregación indistinta de personas de todas clases y naciones, y de cualquiera moralidad o culto, y que por tanto no pueden menor de dar la más fundada sospecha de que conspiran, no solamente contra los tronos, sino mucho más contra la Religió… se prohíbe en primer lugar a qualquiera, tanto en Roma, como en todo el Dominio Pontificio continuar, recibir de nuevo, renovar o instituir asociaciones de los así dichos Francmasones… bajo de cualquiera denominación antigua, moderna, o nuevamente inventada… agregarse o hallarse presente a cualquiera de ellas… buscar, instigar y provocar a cualquiera agregarse a ellas o proporcionar a sabiendas casa o cualquier otro lugar para congregarse". México, junio 3 de 1815. Grabado del Escudo de la Inquisición Española en la parte inferior izquierda. Dos pliegos, 59.5 x 43.5 cm. Pequeña mancha de humedad en margen inferior izquierdo. Worldcat: 21575134. Solo registra dos ejemplares en la Indiana University y la UC Berkeley Libraries. Muy raro edicto promulgado por la recién restablecida Inquisición, en el que se hace un ataque directo a la Masonería por considerarla una institución que va contra el Estado y la religión Católica; por lo tanto, el edicto establece una prohibición total de la masonería, incluso, el edicto extendía la prohibición, en su artículo 3, a cualquier objeto relacionado con los Masones, así fueran sellos, instrumentos, estatutos, patentes, etc. Guardando un tono de celosa persecución a dichas sectas, haciendo un llamado a la población para denunciar a los Masones prometiendo un premio pecuniario. Las penas que establecía la Inquisición, en el artículo 5, para quienes siguieran practicando la Masonería fueron severas: las penas aflictivas de cuerpo (azotes y tortura) y la total o parcial confiscación de bienes o de onerosas multas pecuniarias. La enorme tarea de perseguir a los Masones en México quedó en manos de Manuel de Flores, el último gran inquisidor novohispano, quién ya había instituido una política dura contra los Insurgentes calificando de "herética" a la derrotada Constitución de Apatzingán, excomulgando a los cabecillas, prohibiendo y quemando los impresos insurgentes. La seriedad de la persecución de la Masonería, tanto en América como en España, se debe a que Fernando VII y los absolutistas atribuían gran parte de los desórdenes constitucionales a los masones y otras sectas, mezclando, en ellas, a los judíos, para atemorizar a quienes aún sabían poco de estas organizaciones misteriosas. Más que el mismo hereje, lo que preocupaba a los absolutistas eran las sectas masónicas, a las que consideraban un enemigo organizado y representado en vastos sectores. Con el principal fin de erradicarlos, Fernando VII optó por reestablecer, el 21 de julio de 1814, al infame Tribunal de la Inquisición, que había disuelto las Cortes de Cádiz. Véase en: La Masonería en los Episodios Nacionales de Pérez Galdós. Benimeli, Ferrer. Madrid, Fundación Universitaria Española, 1982.

$35,000.00 - $40,000.00 M.N. 37


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61 Flores, Manuel de. Edicto sobre la Prohibición de Textos Insurgentes.

"Nos el Dr. D. Manuel de Flores, Inquisidor Apostólico, contra la herética pravedad y apostasías en la ciudad de México, Estados y Provincias de esta nueva España, Guatemala, Nicaragua, Islas Filipinas, sus Distritos y Jurisdicciones, por autoridad Apostólica, Real y Ordinaria &c. A todas y qualesquiera personas… Sabed:… Prohibimos absolutamente los siguientes impresos y manuscritos. 1. Un folleto impreso, cuyo título es Decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana, sancionado en Apatzingán a 22 de octubre de 1814. Y firmado por José María Liciaga, Dr. José Sixto Verdusco, José María Morelos, Lic. José Manuel de Herrera, Dr. José María Cos… 2. Un Calendario manual para el presente año… se prohíbe por revolucionario, subversivo, y destructor de las buenas costumbres, y de las sabias disposiciones de la Iglesia… 3. Un sermón predicado por el rebelde Dr. José María Cos en el pueblo de Santa Ana de los Lobos… 4. Una Proclama del Presidente de la Junta Suprema de la Nación… Impresa y Firmada por Ignacio Rayón… 5. Un papel Manuscrito, titulado: Aurora Queretana, que en honor de sus Nacionales hizo el Capitán honorario… 6. Otro papel manuscrito, que comienza: SS. Electores de la Jurisdicción de Querétaro… 7. Un papel anónimo manuscrito, con el nombre de Justo Americano… Por tanto: mandamos que ninguna persona pueda vender, retener, imprimir, o leer los citados papeles impresos o manuscritos, específicamente prohibidos por nuestro edicto… y si es necesario mandamos en virtud de santa obediencia y so pena de Excomunión mayor…". México, julio 8 de 1815". Rúbrica. Con manchas de humedad, con marcas de dobleces, faltantes en doblez, rasgado en margen inferior. La contraofensiva armada que realizo la corona española, en contra del levantamiento iniciado por Miguel Hidalgo es uno de los aspectos que más se refieren en la historiografía. Sin embargo, la lucha insurgente se desarrolló en diferentes ámbitos como es el caso del ideológico. Desde el inicio del movimiento en 1810, estuvo acompañado de diversos textos que buscaba denotar el "estado de las cosas" y así atraer simpatizantes a la causa; pero el proyecto no buscaba nada más allá de una autonomía política para la Nueva España. Después del fusilamiento de Hidalgo quien se encargó de continuar con el movimiento fue José María Morelos; fue también cuando se orienta hacia la emancipación en todos los sentidos de España y se proyecta la formación de una nación independiente. Los "Elementos Constitucionales" de Ignacio López Rayón, como "Los Sentimientos de la Nación" de Morelos, representan una muestra del proyecto independentista que tenían los lideres insurgentes donde exponían la legitimidad de la lucha. Existen diferentes obras que en la misma línea exponen sus ideas y las trasmitieron por medio de la impresión de panfletos, periódicos, misivas, sermones, etcétera. El gobierno Virreinal reaccionó ante estas acciones y mediante la Inquisición prohibió diferentes textos que consideraban subversivos y sediciosos para el orden establecido, teniendo en claro que podría ser mucho más perjudicial el hecho de la transmisión de dichas ideas, que lo que podría representar la toma de alguna plaza o el constante ataque de las diferentes guerrillas. Véase en: Gálvez M., Arturo. De Textos Insurgentes y una Constitución Perseguida, Política y Cultura. Núm. 12, 1999, pp. 133-149, Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Xochimilco, Distrito Federal, México. $100,000.00 - $120,000.00 M.N.

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62 Villaurrutia, Antonio de - Hernández de Alva, Juan Nepomuceno - Souza Viana, Juan José.

Informe sobre Prebendas en Favor de Josef Franco en Guadalajara. "La Real Audiencia de Guadalaxara de Yndias, reproduce á V. M. á favor del Doctor Don Josef Franco. Arroyo, el Ynforme anterior de su idoneidad y méritos para prebendas en las Cathedrales de estos dominios". Guadalajara, enero 16 de 1815. Firmas. 29.5 x 20.5 cm. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

63 Beristain, Josef Mariano de - Villurrutia, Ciro de - Bolea, Raymundo de - Ortega, José Eusebio de. Carta Manuscrita Dirigida al Señor Fiscal Don Juan Ramón de Osés. Sobre Nombramiento como

Fiscal de la Real Audiencia de Guatemala. "Con el oficio de V.S. del día de ayer hemos recibido las copias q. nos acompaña de la Rl. orden q. se le ha comunicado el Exmo. Sor. Virey para q. pase V.S. á servir la Plaza de Fiscal de la Real Audiencia de Goatemala; y dela representación q. ante la misma superioridad ha hecho a cerca de la imposibilidad física q. se hallá V. S. de ampliarla…". Sala Capitular de la Santa Yglesia Metropolitana de México, enero 11 de 1816. Firmas. 20.5 x 15.5 cm. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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64 Pinzón, Manuel. Escrituras de Préstamo Solicitado por el Virrey de la Nueva España.

"…Que con motivo de las urgencias en que se hallaba el Real Erario el año de mil ochocientos catorce, de resultas de la presente guerra, y no pudiendo salvarse de otro modo la patria, sino proporcionando las cantidades necesarias para la subsistencia de las tropas, que repartidas en este basto continente se hallaban sin auxilios, se vio precisado el Exmo, Sr. Virey de este reyno, á solicitar un préstamo forzoso de quinientos mil pesos, que quedó reducido á trescientos mil por lo tocante á esta capital…". México, febrero 7 de 1816. Firma. Toma de razón en la Contaduría del Consulado en febrero 16 de 1816, firma del Lic. Arrillaga. Con certificados y escritura de cesión de derechos fechados en 1825, 1828 y 1834, firmados y sellados. Testimonios 662 y 395. 31.4 x 22 cm. Cinco hojas rasgadas en parte inferior, dos hojas rasgadas en dobleces Total de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

65 Riva, Juan de la - Bodega, Juan de la - Almanza, Joseph Mariano de. Cartas

Manuscritas Dirigidas al Alcalde de lo Criminal de la Real Audiencia de México, Juan Ramón Osés. a) Riva, Juan de la. "La Real Sala en vista del oficio de V.S. del día de ayer, ha tenido a bien mandar se le den por las escrivanias de Camara la certificaciones qe. pide y qe.en contestación de dicho oficio diga a V.S. que no tiene el Tribunal falta alguna que dispensarle porque esta satisfecho de la puntualidad y esmero con que ha servido la plaza de fiscal, todo el tiempo qe. ha tenido, de su puntual asistencia a él, en los caso que ha sido necesaria, y de la escrupulosidad y exactitud con que ha despachado el crecido numero de procesos qe. se le han pasado.". México, julio 1 de 1816. Firma. 21 x 15 cm. Pequeños faltantes en margen izquierdo. b) Bodega, Juan de la. (Consejero de Indias). "Mi estimado compro. Amigo y Sor… He buscado al Sr. Munarrin pa. hablar del asunto de V.M. y proceder de acuerdo con él, pero no lo he encontrado hasta ahora…". 65 Madrid, julio 17 de 1816. Firma. 21 x 15 cm. Pequeños faltantes en margen izquierdo. c) Bodega, Juan de la. (Consejero de Indias). "Compro. amigo y Sor. tengo la satisfacción de decir a V.M. que esta nombrado, a consulta de la Cama. Alcalde del Crimen de esa Audiencia. Sea pues en hora buena…". Madrid, octubre 1 de 1816. Firma. 21 x 15 cm. Pequeños faltantes en margen izquierdo. d) Almanza, Joseph Mariano de. "Mi S. Mío: Con el mayor placer acompaño a V. la adjunta carta de mi amio. El S. Bodega en que con fhca. de 1o. de Octubre comunica a V. haver sido provisto a consulta de la cámara Alcalde del Crimen de la Rl. Audiencia de México…". Veracruz, diciembre 24 de 1816. Firma. Con duplicado de carta, firmada. Contiene traslado de la carta del Sr. Bodega "Madrid 1o. de Octo. de 1816. Compo. Amo. y Señor: tengo la satisfacción de decir a V. que esta nombrado a consulta de la Camara Alcalde del Crimen de esa Audiencia. Sea pues en hora buena…". 21 x 15 cm. Pequeños faltantes en margen izquierdo. Piezas: 2. e) Almanza, Joseph Mariano de. "Mi Sr. Mio: Por duplicado excrivo a V.M. de Xalapa por Xalapa incluyéndole y copiándole carta de Ntro. Amo. el S. Bodega de 1o. de Octubre de V. Haver sido nombrado a consulta de la Cámara Alcalde del Crimen de esa Rl. Auda. de Mexico…". Veracruz, diciembre 24 de 1816. Firma 21 x 15 cm. Pequeños faltantes en margen izquierdo. Total de piezas: 6. Juan Ramón Osés fue nombrado Fiscal de lo Criminal de la Real Audiencia de México por el Supremo Consejo de Regencia el 28 de mayo de 1810, tomó posesión de esta plaza el 6 de febrero de 1811, a la cual contemplaba la Protecturía General de Indios. A consulta de la Cámara de Indias el 7 de octubre de 1811 fue nombrado Fiscal de lo Civil y por Real Cédula del 9 de marzo de 1812 fue designado Juez de Residencia del Virrey José de Iturrigaray y demás personas sujetas a proceso, cuya misión desempeñó pronunciando sentencia el 29 de noviembre de 1812. El Rey Fernando VII, lo nombró Alcalde del Crimen de la Real Audiencia de México el 23 de octubre de 1816. El Virrey Juan Ruíz de Apodaca le designa la Junta de Indultos junto a Juan Collado, José Yáñez, Ildefonso Medina y Jo´se Hipólito Odoardo, quien sería su sucesor en la Fiscalía del Crimen. Véase en: Miguel I Verges, José María. La Diplomacia Española en México (1822-1823). México: El Colegio de México, 1956.

$6,000.00 - $8,000.00 M.N. 40


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66 Documentos Manuscritos Relativos a la Conspiración Insurgente de Agosto de 1811. Mendivil, José / Rúbrica No Identificada. Carta Dirigida al Virrey Juan Ruiz de Apodaca / Solicitud de Cédula de Indulto al Sargento Mayor

de la Plaza de México. a) Mendivil, José. Carta Dirigida al Virrey Juan Ruiz de Apodaca sobre la Libertad de los Cómplices de la Conjuración de Agosto de 1811. "En cumplimto. de la sup. orn.de V. E. de 27 de Sepe. Último han ratificado el juramto. de fidelidad al Rey Ntro. Sor… pa. ponerlos en libertad y q. marchen á sus destinos espero q. V. E. se sirva mandarles expedir la cedula de Yndulto en cuya Real gracia se ha servido V.E. comprehenderlos.". México, octubre 1 de 1817. Firma. 21 x 15 cm. b) Rúbrica No Identificada. Solicitud de Indulto al Sargento Mayor de la Plaza de México (José Mendivil). "…han ratificado el juramto. de fidelidad al Rey N. Sr. según me participa V. M. en su ofo. De 1o. de este mes, son adjuntas las respectivas cedulas de yndulto y sentado en ellas previamente la filiación de los interesados los hara Vm. poner en libertad pa. que con dho. documento marchen sin demora al lugar que han elegido para su residencia.". México, octubre 4 de 1817. Rúbricas. 21.5 x 15 cm. Total de piezas: 2. La conspiración de Agosto de 1811 es continuación de la de abril del mismo año, ambas pretendían secuestrar al Virrey Francisco Xavier Venegas y pedir la libertad de Hidalgo, Aldama y Allende, quienes habían sido capturados el 21 de marzo. Según Lucas Alamán fue denunciada dicha conspiración al Virrey por Cristóbal Morantes, este se encuentra en indultado es estos documentos después de haber firmado y ratificado su fidelidad al Rey. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

67 Molinos del Campo, Francisco. Carta Dirigida al Virrey de la Nueva España

Juan Ruiz de Apodaca. "Después de dos años en que han estado a competencia una multitud de extraordinarios y penosos sufrimientos, con mi cilencio imperturbable, tomo hoy la pluma para acompañar a V. E. el adjunto oficio del Comandante de Armas de este punto, y protextarle al propio tiempo que así como he cumplido en esta parte con sus resoluciones y preceptos, acreditaré a bien prevenir mis más exacta obediencia para que ella es el único norte que ha gobernado y dirige constantemente mis operaciones desde que tengo el honor de obedecer las justas y preciosas leyes del gran Monarca que nos manda...". Toluca, febrero 14 de 1817. Firma. 20 x 15 cm. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 67

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68 Causa Criminal del Autor del Viaje de Perico Ligero al País de los Moros. López Matoso, Antonio Ignacio / Elguea / Óses, Juan Roman / Cayiyal, Juan Manuel. Legajo

Relativo a la Causa de Antonio López Matoso. a) López Matoso, Antonio Ignacio. Petición de Indulto Concedido en el Bando de Enero 3 de 1817. "En este modo imploro, pido y me acojo al indulto concedido en el citado vando de 3o. de enero, y suplico a Vuestra Excelencia que otorgándomelo se digne mandar espedir las ordenes correspondientes.". Veracruz, marzo 19 de 1817. Firma. 30.7 x 21.8 cm. Acuses de recibo en margen izquierdo, fechados: mayo 31, julio 1 y julio 5 de 1817. b) Elguea. Sobre el Indulto que se le Denegó a Antonio López Matoso. "En 9 de marzo se le denegó le aviso a la presente sala y se colocó en concluidos. Para incidencia se entregó al Oficio de Gobierno que firma para la sala 68 de Testimonios que tiene pedidos el interesado para los usos que le convengan.". Julio 2 de 1817. 21.8 x 15.6 cm. c) "Los señores ministros de la tesorería general dicen: que han sabido en lo extrajudicial que se hallan en captura el Agente Fiscal de Real Hacienda general Juan Raz y Guzman, el Relator Don Antonio López Matoso y el Abogado de pobres Don José Espirio quienes disfrutarán sueldos en dicha tesorería y los han percibido hasta fin del mes próximo pasado…". México, 1817. 21.2 x 15.3 cm. d) "Con decreto de 1o. de Agosto de 1817 pasé a los señores ministros que componían autoricen la Junta de Yndulto, la causa formada por ynsidencia contra el Licenciado Don Antonio López Matoso en unión de la instancia que hizo este solicitando la Real gracia del Yndulto…". México, diciembre 13 de 1819. Rúbrica no identificada. 21.8 x 15.6 cm. e) Óses, Juan Roman (Fiscal) - Heredia, José Francisco. Petición para Declarar cumplido el Destierro. "Con fecha 11 de Julio del año pasado de 1817, se remitió a V. E. original en nueve quadernos la causa instruída contra el Licenciado Don Antonio López Matoso, y siendo indispensable tenerla a la vista para evacuar el Ynforme que indica Vuestra Señoria en su oficio de 2 del corriente, que acompaño el acuerdo hecho por Matoso, sobre que se le declare cumplido el tiempo de su destierro, o que se le conmute dentro del Reyno…". México, noviembre 25 de 1819. Firmas. 21 x 15.2 cm. f) "…En este citado la Real Sala del crimen fecha de 25 de este mes de Noviembre de 1819 dice a vuestra excelencia que para evacuar el informe que vuestra excelencia ha pedido aquel Tribunal acerca de la instancia que López Matoso solicita que se le declarase cumplido el tiempo de su destierro ó que se le conmute dentro del reyno necesita tener á la vista la causa formada contra dicho Reo…". México, diciembre 13 de 1819. 31.3 x 21.8 cm. g) Cayiyal, Juan Manuel. Acuse de Recibo del Oficio sobre el Cumplimiento de la Pena de Destierro de Antonio López Matoso. "He recibido el oficio de vuestra excelencia de 8 de Marzo próximo sobre que con previo informe de la Real Sala del Crimen ha declarado que el día 4 del actual se cumplia al Licenciado Don Antonio López Matoso la condena que por quatro años se le hizo a Ceuta; y con tal motivo digo á vuestra excelencia que he dispuesto se ponga en libertad el interesado y se le expida el correspondiente pasaporte.". Havana, abril 22 de 1820. Firma. 21.2 x 15.3 cm h) "Excelentísimo señor, me he enterado del oficio de vuestra excelencia en que me participa haber mandado poner en libertad al Licenciado Antonio López Matoso, y que se le expidiere el correspondiente pasaporte para regresar á esta capital en virtud de haber cumplido su condena el día 4 del último abril.". Julio 28 de 1820. 31.2 x 21.2 cm. Total de piezas: 8. Antonio Ignacio López Matoso, abogado y relator de la Audiencia de México, acusado de conspirar contra el virrey de la Nueva España y detenido y procesado en 1815, fue el 25 de enero de 1816 pidió el indulto que se concedía a los reos de infidencia. Mientras tanto, López Matoso había llevado varios testigos en descargo. Los alcaldes de la sala del Crimen después de analizar una vez más los documentos. Proponen sea encarcelado en Durango, hasta que se lograse la pacificación del reino. Sin embargo, el virrey decidió enviarlo a la prisión de Ceuta. Años más tarde fue indultado y repuesto en el cargo que tenía en la ciudad de México. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

69 Fuente, José María de la. Carta Manuscrita Dirigida a D.

Pedro Fonte Arzobispo de México. "…le informo diceindo: qe de cuatro curatos seculares y me parece que nueve minisiones qe hay desde el curato de Tamazunchale hasta de Villas de Valles, puedo casi afirmarle qe no hay un cura, ni ministro doctrinero qe entienda, ni medio sepa la Ydioma Huasteca, muy esencial pa la multitud de Yndios qe lo habitan… ha resultado el abandono espiritual de estos Yndios…". Tancanhuitz, abril 24 de 1818. Firma. 30.5 x 21.5 cm. 2 h.

$6,000.00 - $8,000.00 M.N.

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70 Cruz, José de la. Bando sobre la Libertad para los Extranjeros de Establecer Fábricas, sin Necesidad de Licencias.

"Deseando que desaparezcan del todo los obstáculos que las Ordenanzas gremiales oponen al fomento de la riqueza pública y á la perfeccion de las artes, he venido en mandar… 1º. Todos los españoles y estrangeros avecindados, ó que se avecinden en los pueblos de la Monarquía, podrán libremente establecer las fábricas ó artefactos de cualquiera clase que les acomode, sin necesidad de permiso ni licencia alguna… 2º. Tambien podrán ejercer libremente cualquiera industria ú oficio útil…". Guadalajara, septiembre 18 de 1820. Rúbrica. 31.5 x 22 cm. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

71 Fernando VII - Conde de Venadito (Juan Ruiz de Apodaca y Eliza). Bando

sobre la Convocatoria para la Elección de Diputados para las Cortes Ordinarias de 1820 y 1821. "…Que habiendo resuelto reunir inmediatamente las Cortes ordinarias que, según la Constitución que he jurado, deben celebrarse en cada año; considerando la urgencia con que la situación del Estado y la necesidad de poner en planta en todos los ramos de la Administración pública la misma Constitución, exigen que se congregue la Representación nacional; y teniendo presente las variaciones a que obligan las actuales circunstancias, he venido a decretar, de acuerdo con la Junta provisional creada por mi decreto de 9 de este mes…". México, julio 27 de 1820. Rúbrica. 72.7 x42.7cm. Manchas de humedad en tercio inferior, afectan texto. Las sublevaciones en los virreinatos españoles y las ocurridas después en España, Fernando VII se vio obligado a jurar la Constitución española en 1820, suprimió la Inquisición y los Señoríos y restituyó las Cortes, con estas medidas, inició el periodo conocido como el Trienio Liberal, que terminaría en 1823, con el restablecimiento de la monarquía absoluta.

$7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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Detalle

72 Fernando VII. Nombramiento de Subteniente para un Regimiento de Infantería en México.

"Por cuanto para una Subtenencia de Vandera del Regimiento de Ynfantería Urbano del Comercio de México… he venido en nombrar a Manuel Cano y Valle con el goce de antigüedad desde doce de Mayo… en que interinamente se la concedió mi Virrey de Nueva España…". Palacio, junio 4 de 1820. Firma. Al reverso firma del Virrey Juan José Ruiz de Apodaca y Eliza. 30.5 x 21 cm. Rasgaduras en dobleces. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

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73 Fernando VII. Presentación a Favor de Francisco Juan de Pazos para la Dignidad…

de la Santa Iglesia Catedral de Durango. "Francisco Juan de Pazos es persona idónea y en quien concurren las calidades que conforme a la erección se requieren le hagáis colación y canónica instrucción de dicha dignad…". Marzo 1 de 1820. Firma, Yo el Rey. 30 x 21 cm. 4 h. Sello troquelado. Pequeñas manchas de oxido en margen inferior. Rasgado en doblez central, 2 cm. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

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74 Fonte, Pedro José de. Edicto sobre Restablecimiento de la Constitución de Cádiz y los Delitos de Fe Después de la Abolición de la Santa Inquisición.

"II. Declaro, en quanto á mí toca, que abolida la inquisición, subsisten por ahora, y hasta que otra cosa se provea, las prohibiciones de libros y papeles que ella hizo, usando de la autoridad Eclesiástica y civil que le estaba delegada; lo que ya por está Mitra se previno en Junio y Septiembre de 1813 y nuevamente se repitió con igual motivo en el mes anterior… V.Pudiendo acontecer que, a pesar de la intención y vigilancia de los funcionarios públicos, circulen libelos irreligiosos que ofendan la piedad verdadera; y otros que sin serlo, parezcan tales a los menos ilustrados, se esmerará cada Párroco en explicar a sus feligreses lo que sobre las materias que traten, diga el Catecismo Romano". México, julio 18 de 1820. 30 x 21.1 cm. 2 h. Faltantes en margen inferior. Puntos y surcos de polilla en tercio inferior, afectan poco texto. En estuche. Worldcat: 740429481. Registra solo un ejemplar en la Biblioteca Nacional de España. Garritz: 3546. Pastoral suscrita en México a 18 jul 1820, que establece algunas reglas para el conocimiento de ciertos delitos de fe después de abolida la Inquisición. AGI. Medina, Mexico (11855). En enero 1 de 1820, en la provincia sevillana de Las Cabezas de San Juan, se subleva el teniente coronel Rafael del Riego en contra de Fernando VII, proclamando la restitución de la Constitución de Cádiz. A principios de Marzo, triunfa el golpe militar y Fernando VII se ve obligado a jurar y acatar dicha Constitución. Pedro José de Fonte, último Arzobispo Español de México, anuncia que la Iglesia ha adherido a la observancia de la Constitución de Cádiz y explica los nuevos lineamientos establecidos por el sistema Constitucional: La abolición del Tribunal de la Inquisición y la instauración de la libertad de imprenta. Respecto a la abolición de la Inquisición, Fonte informa que se mantienen las prohibiciones de libros e impresos censurados por el Santo Tribunal. y conmina a los curas a que vigilen y sancionen toda transgresión de la fé católica llevada a cabo en sus respectivas comunidades. Por otro lado, sobre la libertad de imprenta, el Arzobispo explica que no pudiendo impedir la publicación de impresos irreligiosos o contrarios a los preceptos de la Iglesia, los curas deberán ocuparse de instruir a sus congregaciones sobre ellos. $18,000.00 - $22,000.00 M.N.

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75 Teresa de Mier Noriega y Guerra, Fray Servando. Carta Autógrafa, Dirigida al Sor. Ynqr. D. José Antonio Tirado y Priego.

"...Harto me robaron en Soto y mi equipaje valia bien 600 duros que es demasiado para un pobre. Dos cosas me hiciero impresión en los cargos. La multitud de libros prohibidos que trahia, y la censura de mi historia, en cuanto a lo primero si no es lo del celibato que estaba impugnando una carta vieja quitada a un frances en Galveston y que es de Rousseau... En cuanto a mi historia no sufrire en paz que se me despoje de una obra que me ha costado mucho trabajo, mucho dinero, que es la única en que se hallen explicados con claridad y solidez los derechos de mi patria sin perjudicar a los Soberanos... Ya se puede ir el tribunal con temas sobre esto, porque nada le ha desacreditado mas que su expurgatorio, porque con muchas obras malas ha prohibido no pocas de las mejores. El sabio y piadoso Villanueva presento ante las cortes una larga lista de las que estan injustamente prohibidas. Se acusa al tribunal de no dexar leer nada a la nación y tenerla en la ignorancia por servir a la política y a las pasiones de las escuelas. Suelen decir algunos Ynquisidores que para saber no se necesita leer los libros prohibidos. Si supieran mas, no lo dirian. No pueden los jovenes progresar mucho en sus estudios sin encontrarse al paso sobre todas las materias con los inquisidores, hasta que rompen el freno, pierden el respeto a la religión y se abandonan...". México, mayo 28 de 1820. 21.3 x 15.5 cm. Servando Teresa de Mier (1763-1827). Nacido en Monterrey, N. L., tomó el hábito de la orden de Santo Domingo. El 12 de diciembre de 1794 pronunció el famoso discurso sobre la Virgen de Guadalupe que le valió, el destierro en España. De aquí se sucedieron fugas y aprehensiones de diversas cárceles y conventos en diferentes lugares de España, Francia, Italia y Portugal. Al saber del levantamiento de Hidalgo, marchó a Londres en octubre de 1811, para trabajar, por medio de la prensa, por la Independencia de México. Se relacionó con el editor Blanco White, Lucas Alamán y con Xavier Mina, de cuya expedición formó parte en 1817. En Soto la Marina fue aprehendido, conducido a México y procesado por la Inquisición. 1817-1820 En los calabozos de la Inquisición de México escribió "Apología del Dr. Mier" y "Relación de lo que sucedió en Europa al Dr. D. Servando Teresa de Mier de julio de 1795 a octubre de 1805". A finales de 1820, preso entonces en el Castillo de San Juan de Ulúa, en Veracruz, escribió un "Manifiesto Apologético", resumen de las dos obras anteriores, las publicó Manuel Payno en México 1865 y José Eleuterio González en Monterrey 1876.

$40,000.00 - $50,000.00 M.N. 45


76 Iturbide, Agustín. Pedido de Contribución para los Gastos del Ejército.

"Muy señor mio: con fecha de hoy he hecho ciruclar por los gefes respectivos de Provincia un reglamento contraido á que todos los habitantes de los pueblos independientes contribuyan para los gastos indispensables del ejército con un donativo espontaneo proporcionado al capital de cada uno." Acámbaro, junio 1 de 1821. Rúbrica. 20.5 x 15 cm. Pedido de una contribución a la iglesia para solventar los gastos del ejército insurgente. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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77 Agustín I - García, Carlos. Bando sobre las Fiestas y Días Festivos que Deben

Aparecer en los Calendarios, y las Formas de Describir las Notas Cronológicas. Puebla: Oficina de D. Pedro de la Rosa, Impresor del Gobierno, 1822. "...Primero. Continuara por ahora en México, la festividad eclesiástica del Santo Mártir Hipólito por ser su titular. Segundo. Continuaran también siendo días de Tabla el de la Purificación de nuestra Señora, Domingo de Ramos, Jueves y Viernes Santo, el de S. Pedro y S. Pablo, la fiesta de Corpus Christi y su Octava, el de la Asunción de nuestra Señora, el de Santa Rosa de Lima, y fiestas de la Virgen de los Remedios y de Guadalupe, agregándose a estos el 17 de Septiembre en que habrá de celebrarse en las parroquias todas del Imperio un Aniversario por las víctimas de la Patria…". México, 16 de Agosto de 1822. 31 x 20.7 cm. Worldcat: No registra ningún ejemplar. $9,000.00 - $11,000.00 M.N. 77

78 Alamán, Lucas. Circular sobre las Concesiones a los Militares para Ocupar Cargos Públicos / Circular donde Solicita Verificaciones de la

Industria Agrícola y Fabril. a) Circular sobre las Concesiones a los Militares para Ocupar Cargos Públicos. "…Exmo. Sor. Habiendo consultado el Supremo Poder Ejecutivo al Soberano Congreso, si debía estarse á la Real orden de 22 de Abril de 1816 sobre concesión á los militares de cierto numero de empleos en la hacienda publica, no tubo á bien tomar en consideración esta consulta por estar vigente dicha ley. En tal concepto, ha resuelto S. A. S. que V. E. lo comunique á las Exmas. Diputaciones Provinciales a fin de que en observancia de dicha real orden puedan proponer a los Militares, para las Tesorerias de Provincia dando las correspondientes fianzas…". México, agosto 23 de 1823. 18.5 x 15.5 cm. Faltante en puntas superior e inferior izquierda; con dos puntos de polilla, no afecta texto. b) Circular donde Solicita Verificaciones de la Industria Agrícola y Fabril. "Una de las obligaciones que impuso á esta dirección el decreto orgánico para el arreglo de la industria agrícola y fabril de 2 de diciembre del año pasado, fue la de hacer se verifiquen exhibiciones periódicas de todos los productos de la industria nacional, que pongan de manifiesto su estado y adelantos succesivos que en ella se hicieren. La dirección juzga de la mayor importancia el que se verifique cuanto antes la primera de estas exhibiciones, para dar idea de la extensión que ya tiene nuestra industria, de los adelantos que se han hecho en cada ramo…". México, enero 16 de 1843. 21.5 x 15.5 cm. Papel amarronado. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N. 46


79 Andrade Baldomar, José Antonio de. Bando sobre la Instalación de una

Policía para la Seguridad del Imperio por el Pronunciamiento de Santa Anna en contra de Agustín I. "…Las relaciones que el traidor Santana ha entablado con los españoles de San Juan de Ulúa, obligan al Gobierno á tomar providencias de una rígida policía, que dicta la previsión, y reclama imperiosamente la seguridad del Estado, en cuyo concepto S. M. I. como inmediato responsable de la tranquilidad pública, y de las Garantías juradas en Iguala… ha acordado, y manda llevar á efecto los artículos siguientes. 1. Los Gefes políticos harán publicar inmediatamente en la capital de su mandato y pueblos de su distrito, se presenten en el término de veinte y cuatro horas a los Alcaldes del de su residencia todos los europeos españoles que se encuentren en ellos… 2. A estos españoles presentados se les pedirá una noticia, que darán con justificación, de su conducta política, de haber jurado la Independencia dl Imperio, del caudal que disfrutan, de su ejercicio o modo de vivir...". México, diciembre 16 de 1822. Rúbrica. 43 x 31.2 cm. Sellos al reverso. Degradación de papel por firma.

$14,000.00 - $18,000.00 M.N.

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80 Fernández de Lizardi, José Joaquín. Solo un Perro Acomete a otro Perro / Desvergüenzas y Excomuniones... Razones / Noticias Interesantes

de Veracruz. a) Solo un Perro Acomete a otro Perro ya Rendido. "...No se que semejansa hallo entre estos viles escuntles y algunos de nuestros generosos paisanos. Examinemosla. Escriba alguno lo que quiera, como no toque a persona detrerminada, nadie chista... pero cuidado como el papel desagrada al gobierno, y persiguen al autor, porque entonces, a Dios, hombre! ya puede prevenir las orejas, porque al instante escriben contra el hasta los que tienen sus plumas de Avestruz...". Méjico, 1822. Imprenta del Autor. 19.4 x 14 cm. b) Desvergüenzas y Excomuniones no Destruyen las Solidas Razones. "O crítica juiciosa contra el groserisimo papel que vió la luz pública el 21 de este mes de Agosto, impreso en la oficina de Don Alejandro Valdés, títulado: Un Guapo admite el desafio al excomulgado José Joaquín Lizardi, conocido por el Pensador.". Puebla, 1822. Impreso en México, y por su original en la liberal de Moreno Hermanos. 19.6 x 14. 6 cm. c) Notocias Interesantes de Veracruz. "...Veracruz Noviembre 20 de 1822. Por la Goleta Teresa llegada de la Havana sabemos de Cádiz hasta el 20 de Septiembra con referencia a la Veloz Mariana, que debe estar aqui de un día a otro. La fragata de Guerra Constitución estaba para dar bela, conduciendo de Comisionados para tratar con este Gobierno al Brigadier de Marina Yrisarri, y el Oidor que fue de México Oses...". Diciembre 4 de 1822. Oficina de D. José Mariano Fernández de Lara, Calle de San José el Real. 19.5 x 13.6 cm. Total de piezas: 3. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

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81 Fonte, Pedro José de (Último Arzobispo Español de México). Edictos. a) "Por cuanto en virtud de los últimos acontecimientos políticos, que ya en la actualidad han separado estos dominios de la dependencia

y gobierno del Rey Católico de España, se suspende en ellos la publicación de la Bula de la Santa Cruzada que anterior a causa de haberse suspendido las que se adquirían con la Bula de Cruzada, y en atención a que subsisten todavía los poderosos motivos que nos indujeron a suplirla en los puntos y extensión que cabían en nuestro arbitrio: Por tanto, en obsequio de nuestros amados correspondía hacerse en el presenta año… 1o. Que aunque por las causas referidas cese el privilegio de la Bula, no por eso se suspenden, como se suspendían en los tiempos de su publicación, las innumerables gracias e indulgencias concedidas á las Iglesias, Altares, Cofradías, etc., debiendo quedar tan solo sin efecto las que estaban particularmente comprehendidas en el Sumario de la referida Bula...". Cuernavaca, noviembre 28 de 1821. 42.5 x 31 cm. Faltantes y surcos de polilla en margen derecho. b) "Por cuanto se halla próximo el término de las facultades que concedimos en Edicto de 28 de Noviembre del año diocesanos y demás fieles moradores en el distrito del Arzobispado, ampliamos por término de otro año, que comenzará a contarse desde el día en que espiró el anterior, la concesión que entonces hicimos...". Dado en la Santa Visita de Huichapan, noviembre 2 de 1822. 30.5 x 21 cm. Surcos de polilla y faltantes en margen inferior. Total de piezas: 2. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

82 Guridi Alcocer, José María. Aviso al Público sobre Decreto de la Junta Instituyente para Elecciones de Ayuntamientos.

"Habiéndose publicado por Bando de 3 del actual el Decreto de la Junta Nacional Instituyente para que no se varié lo dispuesto en cuanto a renovaciones de Ayuntamientos...". México, diciembre 19 de 1822. 43 x 31.5 cm. Con tabla de "Distribución de Sesiones, Electores y Señores Presidentes". $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

83 Gutiérrez del Mazo, Ramón. Bando sobre Extracción de Caudales del Imperio.

"...Los Señores Secretarios de S. M. la Junta Soberana Provisional Gubernativa del Imperio, me han comunicado la resolución que copio… de la nota que con fecha 19 del que acaba le pasó V. E. sobre las solicitudes de D. Fermín Aguirre Olea y D. José Xavier de Olazabal, se ha servido S. M. declarar, que la del primero reducida a conducirá a Oajaca ciento cincuenta mil pesos, no está comprendida en la orden pasada a la Aduana, como ningún otro dinero que se extraiga de esta Capital y cualquiera otro punto para el giro del comercio interior del Imperio; pues esto sería arruinar no solamente el Comercio, si no también la Agricultura e Industria: y que la del segundo que intenta llevar a Veracruz doscientos mil pesos, se halla comprendida en la prohibición, pero que estando pendiente la resolución sobre extracción de plata para España, entre tanto se hace la declaración que corresponde, se franqueen a todos las guías para poder extraer el dinero que gusten para el comercio interior, fijándose por la Regencia los puntos hasta donde pueda esto verificarse, de manera que no conduzca hasta los puertos de mar… Y habiendo dado cuenta á S. A. la Regencia, deseando que tenga su debido y mas puntual cumplimiento aquella Soberana disposición, ha mandad se observen los artículos siguientes: Primero. Deberán sacar Guías los que extraigan para lo interior del Imperio cualquiera cantidad de moneda de plata, u oro, o barras, y tejos de ambos metales, sin mas exepción que cuando sea la cantidad corta... pero nunca podrá pasar dicha cantidad, de un mil a mil y quinientos pesos, según las circunstancias...". México, enero 19 de 1822. Rúbrica. 43 x 31 cm. Sellos al reverso. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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84 Iturbide, Agustín - García Conde, Diego. - Iturbide, Agustín. Por la Divina Providencia… Nombramiento José Ignacio Telles como Teniente, por servicios y méritos que contrajo en obsequio de la independencia de éste imperio. Palacio de Tacubaya, 12 de agosto de 1822. 2 h. Firma con sello de Iturbide. - García Conde, Diego. Mariscal de Campo de los Ejércitos del Imperio..., concediéndole a José Téllez el retiro en Zacatlán, y asignándole un sueldo. Grabado con un escudo de armas. México, octubre 22 de 1822. Firma. - Hoja de servicio de José Téllez. Luchó durante la guerra de independencia del bando de los insurgentes. El presente expediente contiene una descripción de los servicios prestados en el ejército, su adhesión a la causa de la independencia y su retiro. México, octubre 4 de 1823. Firma de Pedro Espinosa. - Carta de Constancia de Servicios. Emitida por el Coronel y Comandante de los Llanos de Apam Pedro José Espinosa. Legajo formado por 5 h. 29.5 x 21 cm. Impresas y manuscritas. Pequeñas rasgaduras en márgenes. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

85 Iturbide, Agustín de / Cortázar, Luis. Adición a las Cartillas para los Auxiliares de la Cuidad de Querétaro, y Extensa Esplicación del

Imperial Decreto que sobre los Vagos Expidió el Señor Emperador / Aclaración a los Artículos de la Acta del 11 y 12 de Junio Respecto a la Convocatoria al Congreso Constituyente de 1823. a) Iturbide, Agustín de. Adición a las Cartillas para los Auxiliares de la Cuidad de Querétaro, y Extensa Esplicación del Imperial Decreto que sobre los Vagos Expidió el Señor Emperador. 8o. marquilla, 8 p. "…con fecha de 10 de Julio de este año, mandado a publicar de nuevo los artículos del Decreto de las Cortes de España…Los Artículos del Decreto de S. M. I. son los siguientes:1. Los Gefes políticos. Alcades. Ayuntamientos constitucionales deben de velar muy eficazmente, y bajo su responsabilidad, acerca de los que no tienen empleo, oficio, o modo de vivir conocido… 2. Los antes llamados gitanos vagantes, o sin ocupación útil, los demás vagos holgazanes… seran perseguidos y presos, previa la información sumaria que justifique sus malas cualidades… serán destinados a las casas de esta clase, o las de misericordia, hospicios, arzenales, o cualesquiera otros establecimientos… 3. Estas correcciones no podran pasar de dos años… 4. Los que reincidan despues de haver sido corregidos una vez, sufriran irremisiblemente una pena doble de la que se les imponga en la primera sentencia… Todos los sabios legisladores han declarado una justa guerra a la ociosidad, tomando el ejemplo de los mismos irracionales, y esta odiosa la holgazanería en los Estados Unidos de América, en Inglaterra y Holanda y en todos los que se llaman liberales…". Reimpresa en Querétaro: En la Oficina de Don Rafael Escandón, 1822. b) Cortázar, Luis - Llaca, Pedro - Rodríguez García, Martín. Aclaración a los Artículos de la Acta del 11 y 12 de Junio Respecto a la Convocatoria al Congreso Constituyente de 1823. "Aclaración de los artículos que constan en la acta de la Sesión que, unida al M. I. A. de esta Ciudad y al Sr. Comandante general de las armas de esta Provincia, celebró su Diputación en los días 11 y 12 de este mes, cuya explanación se ha hecho á consecuencia de haber dictado ya el Soberano Congreso la deseada convocatoria; siendo aprobado por la misma Junta en sesión de hoy a que concurrió también el Sor. Brigadier D. Miguel Barragán, el dictamen presentado por los Comisionados para informar sobre asunto tan importante…Art. 7 Expedida ya la convocatoria para la reunión del futuro, Congreso, se conservará la unidad de la nación y todas las Provincias caminarán á un mismo fin. Las tropas permanecerán tranquilas sin separarse del objeto de sus destinos, y á no ser que las circunstancias exijan otra cosa, no se admitirán en lo sucesivo en estas Provincias tropas algunas que correspondan a la dotación de las demás..." Querétaro. junio 24 de 1823. En la Oficina del ciudadano Rafael Escandón. 31 x 20 cm. Manchas de humedad en margen derecho. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N. 49


86 Quintanar Soto, Luis. Bando sobre Proveer Empleos hasta que se Determine el Sistema de Hacienda Pública.

"...El Soberano Congreso Constituyente con el justo fin de combinar el mejor servicio de la Nación con la más exacta economía... se observen las reglas siguientes. Primera. Podrán y deberán proveerse todos los empleos, absolutamente necesarios, de las Aduanas marítimas de nueva creación. Segunda. Podrán proveerse todos los empleos en que se haya manejo y recaudación de caudales, y necesidad de exigir fianzas al Empleado...". México, mayo 13 de 1822. Rúbrica. 43.5 x 31 cm. Sellos al reverso. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

87 Guerrero, Vicente. El General... a sus Compañeros de Armas con Ocasión de Honrar

la Memoria del Héroe José María Morelos. "…Soldados, he aquí un modelo digno de imitarse. MORELOS fue justo, amante del órden, de la disciplina y subordinación; marchemos sobre sus pasos: MORELOS sin ambición y olvidándose de sí mismo, se sacrificó desinteresadamente por su patria; hagamos nosotros lo mismo, y cuando las autoridades supremas den la voz, corramos á cumplir con nuestro deber sin pararnos en consideraciones y sacrificios: el hombre que eshale el último aliento en servicio y obsequio de su patria vive eternamente, así como aun viven entre nosotros los AYALAS, los BRAVOS, los GALEANAS y MATAMOROS, que desde lo hondo del sepulcro no están señalando la senda de la inmortalidad…". Cuautla Amilpas, Morelos, diciembre 23 de 1823. México: Imprenta a cargo de Martín Rivera. 29 x 20.4 cm. 2 h. Worldcat: no registra ningún ejemplar. Discurso de Vicente Guerrero, durante su gestión como miembro del Supremo Poder Ejecutivo, en homenaje a José María Morelos, menciona los logros políticos y militares de Morelos durante la Independencia, su carácter y su captura.

$9,000.00 - $11,000.00 M.N.

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88 Herrera, Joaquín. Carta Dirigida a Miguel Barragán.

"…Ayer salió de esta corte D. Joaquín Zendejas con destino de ir al Bagío a reunir y seducir gente de la que se empleó en la pasada revolución para auxiliar al rebelde Santa Anna: lleba animo de permanecer en esa ciudad donde no le faltan conocimientos interin se le sume su compañero D. Ignacio Martinez que aún no ha salido de esta corte, o ha tomado diverso rumbo; y combininedo asegurar a este individuo, me manda el emperador encargue a V.S. lo haga solicitar con todo empeño y disimulo hasta lograr su aprención…" México, enero 9 de 1823. Firma. 30.6 x 21.5 cm. Misiva enviada por José Joaquín de Herrera a Miguel Barragán, con copia al Jefe Político de Querétaro, escrita tras la proclamación del Plan de Veracruz, por Antonio Santa Anna durante la fase más crítica de la sublevación en contra del Emperador Iturbide, Herrera, solicita la aprehensión de Joaquín Zendejas e Ignacio Martínez, quienes se habían adherido al Plan de Casamata. Años después, durante la guerra con los Estados Unidos, José Joaquín de Herrera ocuparía la Presidencia de la República en tres ocasiones entre los años de 1844 y 1851. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

88

89 Molinos del Campo, Francisco - Navarro, Fernando. Bando sobre la Detención de Perturbadores del Orden.

"...Se autoriza al Supremo Poder Ejecutivo para que en calidad de providencia gubernativa, o de alta política, y sin sujeción a las formas legales, pueda disponer la detención de aquellas personas, sin distinción de fuero, contra quienes haya en su juicio una vehemente sospecha de que intentan alterar la tranquilidad pública, destinándolas por un término limitado, que no exeda de cuatro meses, a los puntos que le parezca más conveniente a la conservación de orden, sin perjuicio de la causa que les mande formar en los mismos puntos conforme a las leyes vigentes…". México, octubre 4 de 1823. 43 x 30.5 cm. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

50


90 Molinos del Campo, Francisco - Navarro, Fernando. Bando sobre Solicitud de

Empréstito de Ocho Millones. "El Soberano Congreso Constituyente Mexicano altamente convencido de la suma escasez del Erario, de donde es consiguiente que la lista civil y militar padezca un retraso bien considerable en su pago, que no se puedan cubrir suficientemente las vastas atenciones del Supremo Poder Ejecutivo... ha tenido a bien decretar, y decreta. 1. Se abrirá un empréstito de ocho millones de pesos por este año. 2. Se preferirá en él la casa extranjera que se avenga a recibir en México el dinero… 3. Se autorizará plenamente al Gobierno para que proceda inmediatamente a contratar el empréstito bajo las bases dichas. 4. Todas las rentas del Estado servirán de hipoteca general…". México, mayo 10 de 1823. Nota al margen: "El Exmo. Sor. Gefe Superior Político de la Provincia tiene abisado de que por su mucha atencion no rubrica los Bandos, para cuya constancia pongo esta razon cumpliendo con su Sup. Orden.". Rúbrica de Mariano Aradillas. 43 x 30.5 cm. Rasgado al centro, afecta poco texto. Margen izquierdo con faltantes; márgenes con manchas de humedad. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

90

91 Mangino, Rafael - García, Francisco - Marín, José - Bautista Escalante, Juan - Bustamante, José María - Otros. Dictamen

Presentado al Soberano Congreso General Constituyente, por sus Comisiones de Sistema de Hacienda y Minería. Sobre que no se Aumenten los Derechos de Estracción del Oro y la Plata. México: Imprenta del Supremo Gobierno, 1824. 8o. marquilla, 16 p. Pastas y portada con ligeras manchas de humedad. Encuadernado en rústica. WoldCat: 651355954 y 20512070: Registra solo tres ejemplares. Presentado al segundo Congreso Constituyente, encargado de realizar la Constitución de 1824. En el presente dictamen se detalla la situación de la minería tras la instauración de la República Mexicana. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 91

92 Michelena, José Mariano - Guerrero, Vicente Domínguez, Miguel. Nombramiento de Subteniente

a José Joaquín de Herrera. "…Por cuanto para una Subtenencia de la Quinta Compañía del Batallón Ynfanteria Provisional de Toluca que se halla vacante por ser de nueva creación ha nombrado a Don Joaquín Herrera…". México, enero 13 de 1824. Firmas. 30 x 21 cm. Ligeras manchas de humedad en márgenes superior e inferior. Documento que contiene las firmas de los suplentes del Supremo Poder Ejecutivo (1823 - 1824) el cual surgió tras el triunfo del Plan de Casa Mata y el derrocamiento del emperador Iturbide, creado por el Congreso Constituyente para llenar las funciones del Poder Ejecutivo constituido a manera de triunvirato mientras se establecían las bases para una federación. Conformado por Nicolás Bravo, Guadalupe Victoria y José Celestino Negrete y los suplentes José Mariano Michelena, Miguel Domínguez y Vicente Guerrero. Incluye firmas de José Joaquín de Herrara y Miguel Barragán, ambos Presidentes de México. $16,000.00 - $20,000.00 M.N.

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93 Mier y Terán, Manuel de. Memoria de Marina Presentada a las Cámaras por el Secretario de Estado y del Despacho del Ramo. México: Imprenta del Supremo Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, diciembre 16 de 1824. 8o. marquilla, 8 p. + 1 h. Cosido. Puntos de polilla en tercio superior, afectan muy poco texto. Memoria de Marina editada tras la caída del Emperador Iturbide y la conformación de la República. Entre los principales temas de los que trata, destacan: El sitio de las fuerzas españolas en San Juan de Ulúa; la traslación del departamento militar desde el puerto de San Blas al de Acapulco; construcción de dos buques para sostener la correspondencia con las Californias y para el auxilio de los presidios en el norte. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

94 Múzquiz, Melchor. Bando Sobre Productos que se Prohibía Importar.

"Que el… Soberano Congreso ha decretado lo que sigue. 1º. Se prohíbe la importación de procedencia extrangera en el territorio de la federación Mexicana, de los géneros, frutos y efectos que constan en la adjunta lista. ARTICULOS PROHIBIDOS. PRIMERA CLASE…". México, junio 9 de 1824. 59 x 43 cm. Rasgado y con faltantes en márgenes. Plegado.

$3,000.00 - $4,000.00 M.N.

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95 Tagle - Baz - Valdés. Dictamen sobre el Establecimiento de Talleres para Instrucción de Vagos.

"La Comision encargada de examinar el pensamiento y propuesta del Sr. Presidente, sobre establecer en esta casa talleres de zapatería y sastrería, ha procurado hacerlo con toda detencion y madurez que exigian la naturaleza del negocio y la confianza depositada en ella, y se halla en estado de exponer su sentir, y fundarlo con ligeras indicaciones, á que en la discusion se podrá dar toda la extension de que son suceptibles... La Propuesta se puede considerar, o como un proyecto de policía municipal, o como una empresa económica del establecimiento a cargo de esta Junta. En el primer aspecto, son evidentísimas las utilidades y aun necesidad de la medida. La holgazanería e inmoralidad de nuestro pueblo bajo, efectos precisos de la absoluta falta de una buena educación popular.. y sin duda sería el más a propósito el establecimeinto de una casa correccional de talleres,a donde el Gobierno pudiese remitir esa multitud de vagos...". México, mayo 13 de 1824. 31.5 x 21.5 cm. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

96 El Federalista / Un Mexicano Ocupado / Varios Ciudadanos. No Hay que Creer, en Conclusión Sino al que Tenga Razón / A los

Españoles Ociosos en Londres / Clamores de un Mexicano al Congreso Soberano. a) El Federalista. No Hay que Creer, en Conclusion, Sino al que Tenga Razon. San Luis Potosí: Imprenta del Estado a cargo del C. José María Infante, sin año. 8o. marquilla, 2 h. "Cuando tomé la pluma Sr. Republicano, para producir mis pensamientos acerca de la espulsion del Español D. Cayetano Rubio, jamás por jamás calculé que fueran ellos interpretados tan siniestramente, ni que mis intensiones al escribir tan sanas y justificadas se recibiesen por V. y el Sr. Liberal, de una manera absoluta y diametralmente opuesta a mis ideas...". Puntos de polilla, afecta texto; mancha de humedad en margen exterior. b) Un Mexicano Ocupado. A los Españoles Ociosos en Londres. México: Imprenta y Librería á cargo de Martín Rivera, 1826. 8o. marquilla, 32 p. "...Es preciso no olvidar que los gabinetes viejos de Europa espian cuidadosos los pasos de los nuevos de América. Con verdad incuestionable pretenden los autores del periódico probar contra la conducta de la memoria de hacienda del Anahuac de 1825 inculpando al autor de no haber acomodado a tal idea sus espreciones. No es la mejor lógica la vertida por los españoles en Londres. Si los gabinetes viejos espian a los gobiernos nuevos, saben aquellos por conducto de sus agentes el estado de estos: fingir los últimos en tan cierto caso, es ministrar materiales al criterio ageno para sacar resultados adversos al crédito...". Sin refinar. Encuadernado en rústica. c) Varios Ciudadanos. Clamores de un Mexicano al Congreso Soberano. México: Diosdado Martinez, 1836. 8o. marquilla, 2 h. "El día de San Juan, funesto para las libertades públicas, ha salido de esta ciudad para el pontón de Veracruz, a las cinco de la mañana, por orden de la comandancia general, y al cuidado de ocho hombres mandados por un oficial, el joven ciudadano Francisco Torres encargado de la imprenta donde se publicó el papel titulado: Proceso del general Santa-Anna, del que ni es autor, ni es responsable: y al caminar apié rodeado de la tropa, hasta que salió de la garita de San Lázaro, se le oyó entre lágrimas y sollozos continuados, que prorrumpia en estas palabras. ¡Compatriotas amados! ¿Qué es lo que ha sucedido en la bella Tenoxtitlan? ¿Qué es lo que pasa en todo el Anahuac? A vista de la autoridades supremas se me pone en un separo de la cárcel, se me prohíbe toda comunicación, y antes de cuarenta y ocho horas se me intima una salida precipitada, sin oírseme para nada, y sin formacion de causa. ¿Quién es el que así procede, y con qué facultades?". Total de piezas: 3. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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97 López García de Salazar, José Antonio. Pedimento del Promotor de la Curia Eclesiástica,

Estendido en la Causa Criminal Formada al Religioso Dieguino Fr. Joaquín Arenas, e Incidente sobre su Deposición, Degradación y Relajación al Brazo Secular. México: Imprenta de Galván, a cargo de Mariano Arévalo, 1827. 8o. marquilla, 16 p. Segunda impresión. Sellos de antiguo propietario. Pequeña restauración en portada. Sin encuadernar. Worldcat: 651285413 y 837215149. Registra dos ejemplares en la Biblioteca Nacional de México y en la UC Berkeley Libraries en California. Impreso relativo al juicio criminal en contra del Fraile Dieguino Joaquín Arenas, acusado de conspirar para restaurar a Fernando VII como rey de México. $9,000.00 - $11,000.00 M.N.

98 Fernández, Manuel María - Iberri, Nemesio. Disposiciones del Congreso. Jalapa: Imprenta del Gobierno 1828. 8o. marquilla, 16 p. Números 1 al 25. Sin encuadernar.

"Por disposición del Honorable Congreso se imprimen los documentos siguientes… Número 16… En consecuencia de haber declarado la cámara de diputados que ha lugar a la formación de causa al ciudadano general Antonio López de Santa-Anna, vice-gobernador del Estado, se ha servido el honorable Congreso nombrar a V. E. interinamente para el desempeño de este encargo… Jalapa 5 de setiembre de 1828. Número 22… Satisfecho de que el ciudadano general Ignacio de Mora, es un patriota digno de la confianza del estado, le será entregado por mí el Gobierno conforme ha acordado ese honorable Congreso y VV. SS. me comunican por su oficio de esta tarde… Espero que se sirva el honorable Congreso activar los trámites de la acusación que se ha hecho, pues deseo que a la mayor brevedad se me hagan los cargos que resulten de aquella, y no es de mantenerse vacilante… Jalapa setiembre 5 de 1828. Antonio López de Santa - Anna...". $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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99 Lamentos de la Patria / Si Duermen los Mexicanos Volverán a Ser Esclavos. a) Lamentos de la Patria. México: Imprenta del Correo dirigida por el G. F. Aburto, 1828.

"Al considerar el aspecto político que hoy presenta la nación mexicana, parece a primera vista, según lo que resulta de lo escrito hasta aquí sobre la materia… Cada uno tiene sus partidarios, sus títulos al mando, su ambición, y para que nada falte, uno de los candidatos es enteramente del partido popular, otro pertenece a la aristocracia. Hemos dicho que parece a primera vista; pero en realidad no es así. Guerrero y Pedraza, que son los candidatos, no pueden ser comprados bajo este aspectos a ninguno de aquellos celebres dictadores… se derrama la sangre mexicana por al futura presidencia. Pedraza colocado al frente del gobierno, dirige con todo el prestigio de la autoridad, con toda la fuerza pública y con el nombre de las leyes, la máquina social hacia le grande objeto de su ambición…". 31 x 22 cm. b) Si Duermen los Mexicanos Volverán a Ser Esclavos. México: Imprenta del Correo dirigida por C. José María Alva, 1828. "…Ciudadanos, ¿qué los decretos del augusto santuario de Astrea que a todos mide por el compas de la igualdad pesando a todas las acciones humanas con igual peso y medida, tienen todo su vigor con el infelíz y para con el poderoso son de pura lenidad? Padres de la patria: si quereís merecer dignamente tan amable renombre rueden todas vuestras deliberaciones sobre los dos firmísimos ejes sostienen toda la máquina social, igualdad y libertad ante la ley: repeled con firmeza las viles intrigas con que se os pretende alucinar; no os suceda después de veros colmados de gloria lo que al fascinado y débil Bravo, que desde la cumbre de ella se precipitó a un abismo de desgracias…". 31.5 x 22 cm. Marcas de dobleces en margen superior, rasgaduras y dobleces en margen derecho sin afectar texto. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

100 Victoria, Guadalupe - Zavala, Lorenzo de. Bandos sobre Indulto

a Soldado y Regimientos. b) Bando sobre Indulto del Soldado Activo del Batallón de Puebla José María Aguilar que Había Sido Condenado a la Pena Capital por el Consejo de Guerra. Tlalpan, mayo 23 de 1828. 31 x 20.5 cm. Membrete en parte superior izquierda. a) Bando sobre los Primeros Ayudantes que Establece la Ley de 1o. de Septiembre de 1824 y Suprime en los Regimientos el Empleo de Comandante de Escuadrón. "…tendrán el carácter, sueldos y atribuciones señaladas por la ordenanza á los sargentos mayores y los tenientes coroneles de los regimientos de caballería, serán gefes de instrucción… Se suprime en los regimientos el empleo de comandante de escuadron. Casimiro Liceaga, presidente de la cámara de diputados. - José Domingo Martinez Zurita, presidente del senado. - José Perez de Palacios, diputado secretario. - Florentino Martinez, senador secretario...". Tlalpan, marzo 18 de 1828. 31.5 x 21 cm. Membrete en parte superior izquierda. Rasgadura en doblez central, afecta poco texto. Total de piezas: 2. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

100

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101 Zavala, Lorenzo - Victoria, Guadalupe. Bandos sobre Restitución de Empleos.

a) "Por la secretaría de guerra y marina se me ha comunicado lo

que sigue... Se dispensa al ciudadano José Miñon la falta porque fue privado del empleo que obtenia en el ejército…". Tlalpam, febrero 21 de 1828. 31 x 21.5 cm. Pequeñas rasgaduras en márgenes. b) "Por la Secretaría de guerra y marina con fecha 8 del que rige se me ha comunicado el decreto que sigue… se ha servido dirigirme el decreto siguiente. Se restituye á su empleo de capitán al ciudadano Juan Elguezabal, dispensándole la falta de desercion por lo que fue separado del servicio…". Tlalpam, marzo 18 de 1828. 30.5 x 21.5 cm. Rasgado en doblez central, afecta texto. Total de piezas: 2. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 101

102 Zavala, Lorenzo de. Bandos sobre la Circulación de Moneda y Trabajadores a Estajo en las Casas de Moneda y Apartado. a) Bando sobre la Circulación de Moneda.

"…El Congreso del estado de México ha decretado lo siguiente… Art. 1o. La moneda que circule en lo interior del estado, sin la guía que acredite haber pagado el dos por ciento del derecho de estraccion, solo satisfará esta cuota, y como única pena el tres por ciento que se distribuirá por iguales partes entre los denunciantes, aprehensores y fondos de la municipalidad donde se verifique la aprehensión". Tlalpan, mayo 28 de 1828. 31 x 21.5 cm. Sello seco. b) Bando sobre los Trabajadores a Estajo en las Casas de Moneda y Apartado. "…El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, á los habitantes de la República Sabed… Art. 1o. Los trabajadores á estajo de las casas de moneda y apartado de la ciudad Federal, están comprendidos en el decreto de 1o. de Diciembre de 1824, que trata de los jornaleros de las mismas casa. 2o. Los jornaleros y trabajadores á estajo, que se hallaren en los casos de este decreto, ó del de 1o. de Diciembre de 1824, gozarán de su pension, aunque su inutilidad ó imposibilidad sea anterior á la fecha de uno y otro". Tlalpan, junio 16 de 1828. 32 x 22 cm. Sello seco. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

103 Guerrero, Vicente - Bocanegra, José María de. Circular sobre Tratado de

Amistad, Navegación y Comercio con los Países Bajos. "…Habiéndose establecido hace algún tiempo relaciones mercantiles entre los Estados Unidos de México y los Países Bajos, se ha creído útil para la seguridad y fomento de sus mutuos intereses, que dichas relaciones sean confirmadas y protegidas por medio de un tratado de amistad, navegación y comercio. Con este objeto han nombrado sus respectivos plenipotenciarios, a saber…". México, junio 16 de 1829. 29 x 20.5 cm, 9 p., texto en español y neerlandés, en dos columnas. Cosido. Tercer tratado internacional de México como nación independiente, firmado el 15 de Junio de 1827 y rectificado el 16 de Junio de 1829, después de los tratados con la Gran Colombia (1824) y Gran Bretaña (1826). A tan sólo unos años de lograda la independencia, la joven república requería con urgencia el reconocimiento internacional. Los Países Bajos, quienes tenían un gran interés en establecer relaciones comerciales con las antiguas colonias españolas en América, serían el segundo Estado Europeo en reconocer la soberanía del país. La firma del tratado fue resultado de la gran pericia de los diplomáticos mexicanos quienes se enfrentaban a las maniobras disruptivas de las potencias europeas. Prusia, Rusia y el Imperio Austriaco, que habían elevado al Rey Guillermo de Holanda al trono, no simpatizaban con los movimientos independentistas y presionaron al gobierno neerlandés en un principio a respetar los derechos de España sobre sus antiguos territorios. Sin embargo, el gobierno de los Países Bajos optó por seguir el ejemplo Británico y evitar quedar relegado de la explotación comercial de México. El 15 de Junio de 1827 los plenipotenciarios de ambos países firmaron el tratado en Londres. Ante una creciente presión europea, la cual ciertamente no había recibido Gran Bretaña que ya tenía tratados con México y Colombia, el gobierno neerlandés decidió mantener su postura y no anular el tratado. Por lo cual el tratado se considera especialmente relevante ya que abrió el paso a los inmediatamente posteriores convenios internacionales: Hanóver, Dinamarca, Estados Unidos de América y Prusia. Véase en "Memorias e Historias Compartidas: Intercambios Culturales, Relaciones Comerciales y Diplomáticas entre México y los Países Bajos, siglos XVI - XX. México: Universidad Iberoamericana, 2009.

$16,000.00 - $20,000.00 M.N.

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103


104 Tornel y Mendivil, José María - Flores Alatorre, Ignacio. Reglamento para el Alumbrado

de México. "Art 1o. El alumbrado de está ciudad estará bajo la inspección y responsabilidad del cabo superior de celadores públicos. Art 2o. Los fondos destinados por el Escmo. ayuntamiento para el pago de los guarda - serenos se entregarán por quincenas adelantadas al pagador del cuerpo de celadores públicos…". México, diciembre 29 de 1829. Rúbricas. 39.5 x 30.9 cm. Reglamento para el alumbrado público en la Ciudad de México. Describe las facultades y responsabilidades de los guarda-serenos, su pago, así como la disposición de los faroles y los insumos que deben de tener.

$6,000.00 - $8,000.00 M.N.

104

105 Troncoso. Parte Espositiva del Dictamen que Presento al Honorable Congreso del Estado

de Puebla su Comisión de Tranquilidad sobre el Pronunciamiento del Ejército de Reserva, Verificado en la Villa de Jalapa el Día 4 de Diciembre de 1829 y los Artículos que Comprende el Decreto que en Consecuencia se Sancionó en 9 del Mismo Mes. "…El poder extraordinario que las Cámaras generales depositaron en el Ejecutivo de la Union para salvar la República de los males de que por nuestra desdicha adolecia, es muy opuesto en las actuales circunstancias y los pueblos lo ven con toda odiosidad que él tiene en sí, porque saben muy bien que con él es ilusoria la Federación, nulas las garantías sociales, sobra la libertad y nada en suma nuestra adorable Carta. Por tales principios es necesario confesar que hay razón sobrada para pedir la dimisión de un poder absoluto que esta amagando la ruina general… 1o. Se hará una enérgica representación al General Presidente de la República, para que defiriendo alas justas quejas del ejército de reserva, convoque inmediatamente a las Augustas Cámaras de la Unión a sesiones estraordinarias… 3o. El Estado de Puebla se declara protector del ejército de reserva… NOTA. Los precedentes artículos fueron aprobados y sancionados en forma de decreto… agregándose a ellos en último lugar el artículo adicional… Los Pronunciamientos heterogéneos, o que no estén suscritos por el General en Gefe del ejército de reserva D. Anastacio Bustamante, no se comprenderán en los artículos anteriores…". México, diciembre 9 de 1829. Imprenta del Gobierno. 43.5 x 31.5 cm. Pequeñas manchas de óxido. $10,000.00 - $12,000.00 M.N. 105

106

Detalle de la firma

106 Alamán, Lucas. Carta Solicitando la Entrega de una Piedra Arqueológica, Dirigida al Cabildo de la Iglesia Metropolitana.

"Convencido el E. Sr. Vicepresidente de los patrióticos sentimientos con que le hala adornado su venerable Cabildo y penetrado igualmente de lo importante que es enriquecer el Museo Nacional con toda clase de preciosidades dignas de ser colocadas en aquel establecimiento nacional… se sirva disponer que la piedra antigua labrada que contiene una época histórica y que e halla en la primera meseta de la Escalera…". México, mayo 11 de 1830. Firma. 29.7 x 21.4 cm.

$6,000.00 - $8,000.00 M.N. 55


107 Canalizo, Valentín. Certificado de Servicios Durante la Guerra de Independencia para el Sargento de Cazadores, Vicente Rodríguez de León. Puebla, Primero de Enero de 1830. Sirvió bajo las órdenes de Anastasio Bustamante. 31.5 x 21 cm. Manuscrito, sobre papel sellado del Estado de Puebla. Valentín Canalizo fue un importante militar y político mexicano, oriundo de la ciudad de Monterrey. Ocupó la presidencia del país brevemente, entre el 4 de octubre de 1843 y el 4 de junio de 1844. Es el único Presidente de México nacido en el estado de Nuevo León. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

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108 Alamán, Lucas - Mangino, Rafael - Butler, Anthony - Fagoaga, Francisco / Gálvez, Bernardo de - Fernández de Córdova, Francisco.

Tratado de Amistad / Providencia. a) Alamán, Lucas - Mangino, Rafael - Butler, Anthony - Fagoaga, Francisco. Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América. 21 p. "...Los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América deseos de afirmar sobre bases sólidas las relaciones de amistad y de comercio que felizmente ecsisten entre ambas Repúblicas, han resuelto fijar de una manera clara y positiva las reglas que han de observarse en los succesivo religiosamente entre ambas, por medio de un tratado e Amistad, Comercio y Navegación...". México, diciembre 1 de 1832. Texto en español e inglés. Margen externo manchado y restaurado. En 1831 México y los Estados Unidos de América, firmaron un tratado de amistad que puso de manifiesto el interés del gobierno norteamericano por aprovechar rutas comerciales en el territorio mexicano; gracias al tratado Estados Unidos gozó de igual favor que Gran Bretaña; destaca que en dicho tratado México se comprometía a devolver los esclavos que escaparan a territorio mexicano, en clara violación de la constitución de 1824. Véase en: El Tratado McLane-Ocampo: La comunicación interoceánica y el libre comercio. Galeana Patricia. México, UNAM, 2006.

b) Gálvez, Bernardo de - Fernández de Córdova, Francisco. Providencia. 3 h. "En todos tiempos debe ser uno de los principales objetos del Gobierno el cuidado que se recojan los Mendigos en Casas u Hospicios donde con buen orden y economía interior que corresponda se socorra la verdadera necesidad, empleando debidamente la limosna. Con esta providencia tan útil y tan conducente a la buena policía de las Ciudades grandes se consigue el piadoso fin de exercitar la caridad también evitar los desórdenes y daños que la mendicidad, convertida en vicio, suele ocasionar a la Religión, al Estado y a la quietud y sosiego público...". Es copia. México, abril 10 de 1786. fo. marquilla. Dos obras en un mismo volumen.Mancha de humedad y puntos de polilla en parte interna, afectan poco texto. $12,000.00 - $14,000.00 M.N. 56


109 Fagoaga, Francisco - Flores Alatorre / Ignacio. Bandos. a) Casillas Expendedoras de Pulque.

"La multitud de casillas que ecsisten en esta ciudad y sus barrios para espender pulque, sn observar en la mayor parte las disposiciones que se han dictado con tanto acierto para arreglar este importante ramo de la policia... mandando observar las sguientes. 1a. Se renueva la prohibición de vender pulques en casas de habitación o accesorias que tengan más de una pieza aislada, cuya puerta o puertas deberán cerrarse a las horas prevenidas, y precisamente con candado. 2a. Los mostradores estarán pegados a las hojas de las puertas, sin que nadie pueda pasar de mostrador adentro por ningun pretesto...". México, marzo 22 de 1831. b) Establecimiento Científico. "...el congreso general ha decretado lo siguiente: Art. 1o. Se formará un establecimiento científico que comprenda los tres ramos que siguen: antigüedades, productos de industria, historia natural y jardín botánico. 2o. Este establecimiento estará por ahora a cargo de una junta directiva de siete individuos sin sueldo, de notoria 109 ilustración... 4o. Se formará asimismo una sociedad compuesta de individuos de las mismas cualidades... Esta sociedad se llamará Sociedad del Museo Mexicano...". México, noviembre 26 de 1831. Total de piezas: 2. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

110 Garzia, Joseph Antonio / Medrano, Vitorino / Olvera, Marcos. Testimonio de Compra - Venta / Oficios. a) Garzia, Joseph Antonio - Sepulveda, Ygnacio de - Ramos de Castilla, Antonio. Testimonio de Compra Venta.

"…En la mejor vía y forma que haia lugar en derecho otorga que da en venta real, por fuero de heredad, para siempre jamás a don Antonio Jesús de Treviño vezino y del comercio de este espresado Valle y a quien su derecho huviere es a saver una y media horas de agua con su correspondiente tierra de lavor que huvo de su heredad por muerte de su defunto Padre dn. José Agustín Flores Esqualante. el Dro. que le pertenece en el Potrero del Sercado en este mismo Valle con más las partes que por el Dro. le corresponden en el Cañón de la Culebra, Puerto del Durasno y paraje del Carrisal en el Valle de Salinas…". Monterrey, junio 11 de 1793. Firmas. 30.8 x 21.9 cm. b) Olvera, Marcos. Oficio sobre Toma de Posesión del Prefecto Propietario. "Con esta fecha se ha dado posesión al Sr. Prefecto Propietario de este Distrito Don José Rafael Canalizo, el cual se Subscrive al margen de este oficio; encargando á V. S. se lo haga saber á todos los vecinos de esta municipalidad para que le guarden el respeto debido y se cumpla exactamente con las ordenes que este señor diere". Cadereyta, junio 26 de 1826. Firmas de Marcos Olvera y José Rafael Canalizo, Gobernador de Querétaro en 1829 y hermano de Valentín Canalizo. 21.3 x 15.6 cm. c) Medrano, Vitorino. Oficio sobre Derrota de Vicente Guerrero y Juan Álvarez. "…Se me comunica por el Supremo Govierno. de la Unión la derrota que han sufrido los facciosos Guerrero y Alvares en cinco puntos que tenían fortificados, dejando en manos de las tropas del E. S. Gral. Nicolás Bravo tres piezas de artillería que tenían para su defenza. Y como que este acontecimiento. vá a fijár para siempre la paz interior de nuestra Republica…". Cadereyta, enero 1 de 1831. Firma. 21 x 15.5 cm. Membrete en la parte superior izquierda de la Prefectura de Cadereyta. Total de piezas: 3. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

111 Valdés, Antonio J. Censo de la República Megicana. Jalapa: Impreso por Blanco y Aburto, 1831. 8o. marquilla, 6 h. Lo escribe por Orden del Supremo Gobierno de la Federación, incluye el censo del Estado de Coahuila y Tejas con un total de 77,795 personas. Estado plegado relativo al censo de la República Mexicana. Refinado en márgenes superior e inferior, portada con faltante en tercio superior. Sin pastas y sin lomo, pequeños faltantes en margen interno, algunas hojas por desprenderse. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

112 Bustamante, Anastasio. Nombramiento de Mozo en Almacenes de la Administración de la Renta del Tabaco en Córdoba.

"El C. Anastasio Bustamante, General de división y Vice-Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio del supremo poder ejecutivo… he tenido a bien nombrar a propuesta de los socios accionistas...". México, 13 de Marzo de 1832. 29 x 20.5 cm., impresa y con notas manuscritas. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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113 Guridi y Alcozer, José María. Estado que Manifiesta la Demarcación de las Manzanas y Secciones de la Ciudad de México. México: Imprenta a cargo de Miguel González, 1833. 30.5 x 22 cm. 10 p., cosidas. Con leyenda manuscrita al pie de la página 10

"México Junio 21 de 1833. En Cabildo de hoy se acordó: que por las causales expuestas por el Sr. Ochoa, se aumenten tres Vigilantes más en los Cuateles 19 y 20 á dirección de mismo Sr.". Firmado Lic. Alcozer. $5,000.00 - $7,000.00 M.N.

113

114

114 Músquiz, Ramón / Arciniega, José Miguel. Orden / Decreto. a) Músquiz, Ramón. Orden.

"Habiendo cesado los motivos que ocasionaron la división del Ejército nacional en Libertad y Federal, restableciéndose el orden constitucional, legitimándose el Supremo Poder Ejecutivo y dádose todos los mexicanos el ósculo dulce de paz y unión, reuniéndose y obedeciendo todos al Gobierno que la Nación quiso darse en uso de su Soberanía, es inconcuso que no hay ya necesidad de que subsista la dicha denominación que las opiniones hicieron adaptar á los Éjercitos que por ellas contendían, y que todos los militares forman un solo cuerpo Nacional…". México, enero 19 de 1833. Firma. 20.7 x 15.3 cm. b) Arciniega, José Miguel. Decreto. "Art. 1o. En las acusaciones que por delitos de oficio se intente contra el asesor general, el congreso constituido en gran jurado, declarará si ha o no lugar a la formación de causa. Art. 2o. Si la resolución fuere afirmativa, quedará suspenso el acusado y a disposición del supremo tribunal de justicia a fin de que sea juzgado del modo que establece el artículo 197 de la constitución…". Monclova, abril 30 de 1833. Firma. 20.7 x 15 cm. Total de piezas: 2. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

58


115

115 Quintana Roo, Andrés. Certificación acerca de las Acciones contra el Gobierno de

Anastasio de Bustamante. "...José Martínez de Chavero… uno de los sujetos de los de quien me valí para llevar a cabo la revolución que meditaba contra el gobierno usurpador, de cuyo que lo comisione el año de mil ochocientos treinta para que circulara varios impresos muy interesantes y se influenciara la opinión en favor de justa la insurrección…". México, enero 29 de 1833. Firma. 30.4 x 20.6 cm. Tras el golpe de estado del vicepresidente Anastasio Bustamante al presidente Vicente Guerrero en 1830, Andrés Quintana Roo denuncia fuertemente la usurpación del poder y contribuye a la defensa de las posiciones de Vicente Guerrero, denunciando su destitución. Llevó a cabo una continua defensa de los principios democráticos, liberales y federalistas, resistiendo el ataque de los impresos en su contra publicados con el apoyo del gobierno.

Veáse en: Andrés Quintana Roo, Ilustre Insurgente Yucateco. Rubio Mañé, Jorge Ignacio. México: Fondo de Cultura Económica, 1987.

Detalle

$16,000.00 - $20,000.00 M.N.

116

116 Contestaciones Habidas entre los Señores General D. Francisco Toro, Actual Gobernador de este Estado, y el Ciudadano Juan de Dios Cosgaya, su Antecesor, desde 22 de Abril del Presente Año hasta 31 de Mayo Último. Mérida de Yucatán: Imprenta del Gobierno, 1834. 8o. marquilla, 21 p. Portada con grabado. Encuadernado en pasta dura, lomo en piel. Worldcat: No menciona ningún ejemplar. Correspondencia intercambiada entre Juan de Dios Cosgaya y Francisco Toro, en relación al cambio del régimen Federal al Centralista, en el Estado de Yucatán. Cosgaya, quien hasta 1834 ocupaba la gubernatura del Estado, fue removido de su cargo y encarcelado. Francisco Toro, quien era entonces el cuñado de Antonio López de Santa Anna, y quien contaba con su total respaldo y protección, pasó a ocupar el cargo de Gobernador del Estado de Yucatán. $8,000.00 - $10,000.00 M.N. 59


117 Furlong, Cosme / Rincón, Manuel. Decretos. a) Furlong, Cosme - Isunza, José Mariano de. Bando sobre

Ratificación del Artículo 3o. del Decreto de Mayo 11 de 1835 que Protesta Sostener la Fe Católica como Única. Puebla: Imprenta del Gobierno, 1834. "Art 1o.Se ratifica el artículo 3o. del decreto de 11 del presente en que se ha protestado sostener la religión Católica, Apostólica, Romana, sin tolerancia del ejercicio de otra; pero cualquiera pronunciamiento contra el sistema, ó actual orden administrativo con pretestos religiosos, será perseguido y castigado con todo el rigor de las leyes.". Puebla, mayo 30 de 1834. 42.5 x 31 cm. Rasgado en doblez. b) Rincón, Manuel. Bando sobre Manda Forzosa en Testamentos e Intestados Destinadas al Hospicio de Puebla. Puebla: Imprenta del Gobierno, 1835. "1. En todo testamento é intestado, cuyo conocimiento corresponda á los jeuces del Estado, se pagará un peso por millar del caudal liquido, y proporcionalmente por las menores cantidades de quinientos ó de docientos ciencuenta pesos en calidad de manda forzosa, para el Hospicio de esta capital.". Puebla, octubre 5 de 1835. 42.5 x 29.9 cm. Total de piezas: 2.

117

$8,000.00 - $10,000.00 M.N.

118

118 Garay, Antonio / Barragán, Miguel. Circulares. a) Garay, Antonio. Circular de Abono de todo Sueldo a los Empleados de la Federación que Resistieron Adoptar el Plan de Centralismo de Yucatán.

"A todos los empleados de la federación que hayan sido depuestos de sus destinos, ó se les haya obligado á emigrar por haber resistídose á adoptar el plan de centralismo proclamado por la guarnición de Yucatán en 5 de noviembre de 1829, se les abonará íntegramente el sueldo de la dotación de sus respectivos empleos, por todo el tiempo que estuvieron privados de su ejercicio.". México, enero 25 de 1834. Rúbrica. 30.3 x 20.5 cm. Mancha de humedad en parte derecha, afecta poco texto. b) Barragán, Miguel - Tornel, José María. Circular sobre Nulidad del Decreto de Febrero 10 de 1834. "Es nulo y de ningún valor ni efecto el decreto diez y nueve de Febrero de mil ochocientos treinta y cuatro, en que se previno se dieran de baja en el Ejército los Generales, Gefes y Oficiales á quienes comprendió el art. 11 del Plan de Zavaleta.". México, abril 10 de 1835. 29.9 x 19.9 cm. Los "Convenios de Zavaleta" fueron firmados el 23 de diciembre de 1832 por Antonio López de Santa Anna, Anastasio Bustamante y Manuel Gómez Pedraza en la ciudad de Puebla, la firma de este acuerdo de paz dio por terminada la revuelta iniciada en enero del mismo año en contra del régimen centralista, Con la firma de los Convenios se acordó que Manuel Gómez Pedraza asumiera la presidencia de los México, volviendo al orden constitucional. c) Barragán, Miguel - Blasco, José María. Circular sobre Indulto de Delitos Políticos y Restitución de Empleos. "Art 1o. Habrá un olvido absoluto de todos los delitos políticos cometidos desde el veintisiete de Setiembre de mil ochocientos veintiuno hasta cuatro de Enero del presente año, de cualquiera manera y por cualquiera individuo de la clase que fuere, entendiéndose sin perjuicio de tercero. 2o. En consecuencia de esta gracia, serán restituidos á sus destinos los empleados civiles que los hayan perdido solamente por algún motivo político, siempre que acrediten á satisfacción del Gobierno su buena conducta oficial". México, mayo 2 de 1835. 29.5 x 20.6 cm. Marcas de doblez en parte superior. d) Barragán, Miguel - Tornel, José María. Circular sobre Indulto a los Involucrados en la Rebelión en Zacatecas de 1835. "Art 1o. Se indulta de la pena capital á todos los gefes y oficiales de la milicia cívica que se sublevaron contra el Supremo Gobierno en el Estado de Zacatecas. 2. A la tropa de dicha milicia se indulta de toda pena.". México, mayo 23 de 1835. 29.7 x 20.5 cm. La Rebelión en Zacatecas de 1835 fue un conflicto bélico contextualizado entre las luchas del centralismo-federalismo, durante la administración de Antonio López de Santa Anna. El gobernador de Zacatecas Francisco García Salinas, encabezó un ejército en contra del gobierno, al ser derrotado, el estado de Zacatecas perdió parte de su territorio, con la que se formó el estado de Aguascalientes, en represalia a su participación. Total de piezas: 4. $10,000.00 - $12,000.00 M.N. 60


119

119 Lombardo, Francisco María / Mora, Ignacio de. Decreto / Manifiesto. a) Lombardo, Francisco María. Decreto sobre Importación de Armamento para las Milicias de los Estados.

"…Se declara libre del derecho de importación el armamento de calibre, sables y municiones que se introducen en la República con destino á su respectiva milicia cívica…". México, marzo 22 de 1834. 30.3 x 21 cm. b) Mora, Ignacio de. El Comandante General de los Estados de Sonora y Sinaloa a sus Habitantes. Culiacán: Imprenta de Gobierno a cargo de Felipe Orrantia, 1834. "CONCIUDADANOS: El supremo gobierno nacional que infatigable vigila sobre la mejor suerte y bien precomunal de la República, se dignó nombrarme comandante general de estos estados; y yo al ingresar al territorio de mi mando rengo el dulce placer de dirijiros la palabra anunciándoos mi llegada, y manifestándoos los nobles y patrióticos sentimientos que animan al Escmo. Sr. Presidente d. Antonio López de Santa Anna…". Culiacán, octubre 1 de 1834. 31 x 21.5 cm. Manchado en margen inferior derecho. Total de piezas: 2. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

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120 Lombardo, Francisco María / Yturbide, Joaquín de / Diez de Bonilla, Manuel. Circulares de la Primera Secretaría de Estado sobre

Nombramientos de Secretarios. a) Lombardo, Francisco María. Circular sobre Nombramiento de Pablo Valdés como Secretario de Estado y de Hacienda. México, octubre 14 de 1834. Rúbrica de Francisco María Lombardo y firma de Pablo Valdés. 28 x 21 cm. b) Lombardo, Francisco María. Circular sobre Nombramiento de José Mariano Blasco como Secretario de Estado y de Hacienda. México, enero 1 de 1835. Rúbrica de Francisco María Lombardo y firma de José Mariano Blasco. 27.3 x 20 cm. c) Yturbide, Joaquín de. Circular sobre Nombramiento de Agustín Torres como Secretario del Despacho de Justicia y Negocios Eclesiásticos. México, enero 28 de 1835. Rúbrica de Joaquín de Yturbide y firma de Agustín Torres. 27.5 x 21 cm. d) Diez de Bonilla, Manuel. Circular sobre Nombramiento de Antonio Vallejo como Secretario de Estado y de Hacienda. México, octubre 13 de 1835. Rúbrica de Manuel Diez de Bonilla y firma de Antonio Vallejo. 29.5 x 20.5 cm. Total de piezas: 4. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

61


121 Barragán, Miguel - Canalizo, Valentín. Primera Ley de la

Constitución de 1836, Las Siete Leyes. "Ley Constitucional. Sobre los derechos y obligaciones de los mexicanos y los habitantes de la República." Establece quienes son mexicanos y sus derechos esenciales, señalando que no podían ser detenidos sin mandamiento expreso de la autoridad, ni ser privados de su propiedad. También, que debían ser juzgados conforme lo establecía la Constitución, y se proclamaba la libertad de tránsito y de imprenta. Entre las obligaciones fundamentales se menciona profesar la religión, observar la Constitución, cooperar a los gastos del Estado y defender a la patria. Toluca, diciembre 17 de 1835. 43 x 31.3 cm. Pequeña mancha de humedad en el margen superior. Reforzado en dobleces. En enero de 1835, con Santa Anna en la presidencia por segunda ocasión, el Congreso, de mayoría conservadora centralista, inició la elaboración de las Bases para una nueva Constitución, conocida como Las Siete Leyes, que pondría fin al sistema federal. Contrario a la creencia generalizada, las Siete Leyes no se expidieron todas el 30 de diciembre de 1836: la primera ley se promulgó el 15 de diciembre de 1835, la segunda en abril de 1836 y las demás a lo largo del año, terminando el 30 de noviembre con la séptima. Posteriormente, se publicarían juntas como "Bases y Leyes Constitucionales de la República" en 1837. Con este ordenamiento se dividía al país en departamentos, éstos en distritos y los distritos en partidos. Entre otras disposiciones, fijó el periodo presidencial en ocho años y estableció un Supremo Poder Conservador, sólo responsable ante Dios, con atribuciones para declarar nulidad de una ley o decreto, la incapacidad física o moral del presidente de la República, y la clausura del Congreso. La polémica Constitución de 1836, transforma los Estados Federados en departamentos subordinados al gobierno central, deja el derecho de voto condicionado a un ingreso mínimo o a requisitos de propiedad y crea un cuarto poder: el Supremo Poder Conservador. Véase en: Derecho constitucional: Sistema Constitucional Mexicano. Aguilar Balderas, Lidia. Grupo Editorial Patria, 2010. Págs 85 - 86.

$20,000.00-$25,000.00 M.N. 121

122 Barragán, Miguel - Diez de Bonilla, Manuel. Decreto sobre las Solemnidades

para la Publicación y Jura de las Bases Constitucionales. "Art. 1o. El Gobierno dispondrá que la publicación del decreto de Bases Constitucionales, se haga en el modo y forma más solemne en todas las capitales que hasta hoy lo han sido de los Estados, y en los demás pueblos de la República… 2o. El presidente de la república prestará juramento enate el Congreso general bajo la formula siguiente. ¿Jurais ante Dios obedecer, observar y hacer observar las bases constitucionales sancionadas por el actual Congreso General…". México, octubre 27 de 1835. 30 x 20.3 cm. El decreto ordena a todas las autoridades civiles, militares y eclesiásticas prestar juramento a la nueva Constitución, y establece las solemnidades para su publicación y jura. Las bases constitucionales, impulsadas por Antonio López de Santa Anna y la facción conservadora del Congreso, marcaron la transición del gobierno federalista al centralista y fueron uno de los principales antecedentes de la Guerra de Independencia de Texas. $8,000.00 - $10,000.00 M.N. 122

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123 Barragán, Miguel / Tornel, José María. El Presidente Interino a sus

Compatriotas / Decreto. a) Barragán, Miguel. El Presidente Interino de los Estados Unidos Mexicanos, a sus Compatriotas. México: Imprenta del Águila, dirigida por José Ximeno, 1835. "Obligado el ilustre Presidente de la República á separarse de la dirección de los negocios por el tiempo necesario para restablecer su interesante salud, ha querido el Congreso nacional depositar interinamente en mis manos el poder á que corresponde el cumplimiento de las leyes, la custodia de las liebrtades, la defensa y seguridad de la nación.". México, enero 31 de 1835. 30.5 x 21.5 cm. Worldcat: 970570136. Solo registra un ejemplar en México, en la Red de Bibliotecas del Tecnológico de Monterrey. Discurso pronunciado por Miguel Barragán al asumir la presidencia interina sustituyendo a Antonio López de Santa Anna quien pidió licencia y logró que el Congreso designara al general Barragán presidente interino de la República, mientras Santa Anna se ausentaba a su hacienda de Manga de Clavo. 123 b) Tornel, José María. Decreto que Faculta el Reclutamiento de Tropas para Reestablecer el Orden. "Se faculta al Gobierno para que mientras permanezca alterada la tranquilidad en algunos puntos de la República, pueda levantar las tropas activas que crea necesarias para su restablecimiento, no pasando de cuatro mil hombres, y retirándose luego que la paz esté consolidada…". México, abril 28 de 1835. 29.3 x 20.3 cm. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

124 Blasco, José Mariano / Vallejo, Antonio. Decretos. a) Blasco, José Mariano. Decreto sobre la

Revalidación de Préstamos y Contratos no Amortizados Celebrados por el Ejecutivo. "1o. Todos los créditos contra el erario federal procedentes de préstamos ó contratos celebrados con el Gobierno, desde 1o. de Enero del año de 1832, hasta 18 de Noviembre e 1834 que no este amortizados, se presentarán en la Tesorería general de la Federación… 2. Se crearán vales de amortización de primera, segunda, tercera y cuarta clase, para la amortización de los créditps de que habla el anterior artículo en los que se incluirán los intereses, no satisfechos…". México, marzo 9 124 de 1835. 290 x 20.1 cm. Mancha de humedad en margen superior. b) Vallejo, Antonio. Decreto sobre Autorización para que el Gobierno Solicite y Contrate un Empréstito de Un Millón de Pesos. "…1o. Se autoriza al Gobierno para solicitar y contratar empréstito de un millón de pesos en numerario, con el premio hasta de un cuatro por ciento mensual, con tal que los meses no excedan de cinco. 2o. Para la seguridad de dicho préstamo y de sus intereses, podrá hipotecar especialmente la parte de utilidades que le corresponde en la negociación de minas del Fresnillo, sin perjuicio de la hipoteca general de las demás rentas y ramos del erario establecidos, y que se van a establecer, esclusas solamente las Aduanas marítimas y de la Capital…". México, noviembre 5 de 1835. 29.5 x 20.3 cm. c) Vallejo, Antonio. Decreto sobre la Contribución del Uno por Ciento sobre el Valor de las Fincas Urbanas. "Art. 1o. Todo propietario de finca urbana exhibirá por una vez en clase de subsidio extraordinario de guerra, un uno por ciento sobre el valor en que compro la finca, o en el que se regulen si no ha habido caso de primera venta...". México, noviembre 21 de 1835. Rúbrica. 20 x 29 cm. Aunque fue una forma para financiar la guerra en Texas el subsidio no tuvo éxito puesto que la gente se negó a pagarlo y en muchos casos encontraba como eludir el pago. Total de piezas: 3. $12,000.00 - $14,000.00 M.N.

125 Gutiérrez Estrada, José María / Corro, José Justo. Decretos. a) Gutiérrez Estrada, José María. Decreto sobre Suspensión de Sueldos a

Agentes Diplomáticos. "Art. 1o. Cesarán los sueldos de los Agentes diplomáticos de la republica cerca de los Gobiernos Extrangeros, desde el día en que concluyan las funciones de su misión y los de los Secretarios y Oficiales de Legación, desde que reciba la órden del Gobierno para cesa en el empleo, quedando en esta parte derogado el art. 9o. de la ley de 25 de Mayo de 1831…". México, marzo 7 de 1835. 28.8 x 19.5 cm. b) Corro, José Justo. Decreto sobre el Uso y Disfrute de las Propiedades por las Corporaciones Eclesiásticas. "Art. 1o. Las comunidades y corporaciones eclesiáticas quedan expeditas en el uso legal de sus respectivas propiedades y dispondrán de ellas libremente, á cuyo efecto se dán por no existentes las disposiciones legislativas de diez y ocho de Noviembre y veinticuatro de Diciembre de mil ochocientos treinta y tres...". México, mayo 25 de 1835. 29.5 x 20.3 cm. Total de piezas: 2. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

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126 Ortiz Monasterio, José María. Ley Constitucional.

"…El Presidente interino de la República Mexicana, a los habitantes de ella sabed: Que el Congreso general ha decretado la siguiente LEY CONSTITUCIONAL. Estantes y habitantes en el territorio Mexicano, sus derechos y obligaciones. ART. 1°. Son mexicanos: Primero. Los nacidos en el territorio de la República, de padre mexicano por nacimiento o por naturalización. Segundo. Los nacidos en país extranjero de padre mexicano por nacimiento, si al entrar en el derecho de disponer de si, avisen que resuelven venir a fijarse en la República y lo ejecutandentro del año después de haber dado aviso... ART. 2°. Son derechos del mexicano: Primero. No poder ser preso sino por mandamiento de Juez competente, dado por escrito y firmado, ni aprehendido, sino por disposicion de las autoridades a quienes corresponda segun ley... Segundo. No poder ser detenido mas de tres dias por autoridad ninguna politica, sin ser entregado al fin de ellos con los datos para su detencion, a la autoridad judicial, ni por esta mas de diez dias, sin proveer el auto motivado de prision...". México, diciembre 15 de 1835. 30 x 20 cm. 2 h. $22,000.00 - $30,000.00 M.N.

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127 Rayón, Ramón / Eduardo de Gorostiza. Decretos. a) Rayón, Ramón. Decreto.

"El Ciudadano Ramón Rayón, General de Brigada y Gobernador del Distrito federal... Deseando el Exmo. Sr. Presidente evitar los fraudes que puedan cometerse al abrigo del permiso, que estrechado de las circunstancias del erario tuvo a bien conceder en 15 de Noviembre último, para que D. Manuel Lasquetty pueda exportar mil barras de plata pasta pura o mixta, se ha servido mandar que se observen las disposiciones siguientes: 1a. para la exportación de las barras que hasta el día del recibo de esta suprema orden en la respectiva Aduana marítima no hayan salido del territorio de la República, se exigirá al conductor presente certificado de los Ministros de la Tesorería general de quedar tomada razón del envío de dichas barras...". México, febrero 4 de 1835. 43.5 x 31.5 cm. b) Gorostiza, Eduardo de. Decreto. "...El Presidente de la República Mexicana, a los habitantes de ella sabed: Que el Congreso nacional ha decretado lo siguiente. Art. 1o. Dentro del plazo de seis meses, contados desde el día de la publicación de esta ley en la Capital de la República, exportarán los tenedores de permisos, de que habla el decreto de 14 de Noviembre último, el oro y plata pastas en lo que falte a completar el importe de los mismos permisos, que se entenderán caducados al vencimiento de dicho plazo...". México, abril 4 de 1838. 30.3 x 20.8 cm. Total de piezas: 2. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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128 Rayón, Ramón / Gómez de la Cortina, José. Renuncia como Gobernador del

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Distrito Federal / Bando. a) Rayón, Ramón - Gómez de la Cortina, José. Renuncia como Gobernador del Distrito Federal y Toma de Posesión de José Gómez de la Cortina. "El mal estado de mi salud me obligó a renunciar el honroso empleo de Gobernado del Distrito: el Supremo Gobierno se ha dignado concederme esta gracia, nombrando en consecuencia para que me suceda al Sr. Coronel D. José Gómez de la Cortina, que en esta fecha toma posesión del indicado empleo…". México, octubre 6 de 1835. Rúbrica. Firma de José Gómez de la Cortina. b) Gómez de la Cortina, José. Bando sobre Errata en Artículo 10 de la ley de 21 de Noviembre de 1835. "Habiéndose advertido que en el art. 10 e la ley de 21 de Noviembre último, que estableció el subsidio extraordinario de guerra, se padeció en la imprenta el equívoco de poner un cuatro por ciento en lugar de un cuarto, y que lo mismo se repitió en el 8o. de la parte reglamentaria, lo manifiesto a V. S. de órden del Exmo. Sr. Presidente interino, á fin de deshacer la indicada equivocación y evitar las interpretaciones y perjuicios que de ella pudieran resultar…". México, diciembre 28 de 1835. 30.8 x 21.6 cm. Total de piezas: 2. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

129 Álvarez, Juan - Primo Tapia, Manuel. Reacción contra el Plan Nacional de Cuernavaca (Plan

de Texca). "...El general Santa Anna ha metido a la Nación en un laberinto de que es necesario sacarle, o morir: sus actos violentos han dejado á la República sin legítimas autoridades supremas, y tales aberraciones apoyadas en la fuerza no es decoroso que subsistan en una Nación de hombres libres... Art. 1. No se reconoce en el general D. Antonio López de Santa Anna derecho á ejercer el Gobierno de la República en calidad de Presidente de ella, mientras no se justifique de haber impedido á la Representación nacional el ejercicio de sus funciones, ante jueces competentes que obren fuera de la influencia de sus armas. Art. 2. Se repondrán las autoridades de la Federación y de los Estados que aun no hubiesen sido removidos á virtud de asonadas ó motines apoyados en el Plan de Cuernavaca… Art. 9. Como el triunfo de este plan será sin duda alguna el de la Constitución y de los principios, y como que de su adopción depende es establecimiento de una paz sólida y permanente, se premiarán los servicios que se presten á su favor, á la vez que se exigirá la responsabilidad al que de cualquier modo la contraríe.". México: Imprenta del Águila dirigida por José Ximeno, 1835. Suplemento al Diario del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, Número 49. 29 x 21 cm. Faltante en punta inferior izquierda, afecta poco texto; pequeños faltantes en margen izquierdo, no afecta texto. Ideado por Juan Álvarez y su secretario Manuel Primo Tapia, el Plan de Texca (hoy municipio de Acapulco) surgió como un movimiento contrario al plan de Cuernavaca impulsado por Antonio López de Santa - Anna, de corte centralista y conservador. El Plan de Texca tenía por objeto desconocer la presidencia de Santa Anna y su castigo, reestablecer la República Federal, la reinstalación de las autoridades y el pago a los militares que participaran en el movimiento. Aunque tuvieron un número considerable de simpatizantes, al final fracasó dicho plan. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

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130 Alas, Ignacio. Decreto sobre Cese de Hostilidades México - España.

"…Interin se arreglan definitivamente las negociaciones pendientes con S. M. la Reina Gobernadora de España, sobre reconocimiento de la independencia, se suspenden las hostilidades con aquella nacion, pudiendo el Gobierno dirigir sus operaciones en orden á comercio, sin exceder la base de reciprocidad... Palacio del Gobierno nacional en México á 27 de Agosto de 1836... Y para que el anterior decreto tenga su puntual cumplimiento, por lo respectivo á la admision de buques y efectos españoles en los puertos de esta República, el propio Exmo. Sr. Presidente se ha servido dictar las prevenciones siguientes. Primera. Los buques mercantes españoles podrán ser admitidos á comerciar en los puertos de la República, con tal que sus capitanes ó sobrecargos, en el acto de ser visitados por la Junta de Sanidad, ó Capitan del puerto, presenten á este, certificacion firmada y sellada del Comandante general de marina, donde lo hubiere, ó del Capitan del puerto, de que los buques mercantes mexicanos serán admitidos en los de su procedencia, y de que no se les cobrarán en ellos, otros, ni mas altos derechos que los prescritos en los aranceles vigentes…". México, octubre 8 de 1836. 28.5 x 20 cm. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 130

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131 Las Siete Leyes Constitucionales. Constitución Centralista de la República Mexicana. Corro, José Justo - Ortiz Monasterio, José María. Leyes Constitucionales.

"…El Presidente interino de la República mexicana, á los habitantes de ella, sabed: Que el Soberano Congreso nacional ha decretado las siguientes: LEYES CONSTITUCIONALES. Primera. Derechos y Obligaciones de los Mexicanos y Habitantes de la República. Segunda. Organización de un Supremo Poder Conservador. Tercera. Del Poder Legislativo, de sus Miembros, y de Cuanto Dice Relación a la Formación de las Leyes. Cuarta. Organización del Supremo Poder Ejecutivo. Quinta. Del Poder Judicial de la República Mexicana. Sexta. División del Territorio de la República y Gobierno Interior de sus Pueblos. Setima. Variaciones de las Leyes Constitucionales…". México, diciembre 30 de 1836. Rúbrica de José María Ortiz Monasterio. 30 x 21 cm. 35 páginas. Cosido. Worldcat: 20040022. Registra cinco ejemplares a nivel mundial. Circular sobre las Siete Leyes Constitucionales, más rara que la de 1837 bajo el título "Bases y leyes Constitucionales de la República Mexicana". La presente constitución, abolió la Constitución Federal Mexicana de 1824, propició una enorme concentración de poder en la figura de Antonio López de Santa Anna. Entre los muchos cambios que establece, sin duda el punto más controvertido fue el artículo 13 de la primera ley, que limitaba la libertad de los extranjeros para adquirir propiedades en territorio mexicano "El extranjero no puede adquirir en la República propiedad raíz, si no se ha naturalizado en ella, casare con mexicana, y se arreglare a los demás que prescriba la ley relativa a estas adquisiciones. Tampoco podrá trasladar a otro país su propiedad moviliaria, sino con los requisitos y pagando la cuota que establezcan las leyes. Las adquisiciones de colonizadores, se sujetarán a las reglas especiales de colonización", este artículo generó gran descontento entre los colonos norteamericanos asentados en el norte de México, y se le considera uno de los principales desencadenantes de la revuelta texana. $40,000.00 - $50,000.00 M.N.

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132 Ortiz Monasterio, José María. Circulares sobre Nombramientos: Dos para

Secretario de Hacienda, Uno a José Justo Corro como Presidente Interino y Uno por Motivo del Fallecimiento del Presidente Miguel Barragán. a) Circular sobre Nombramiento de Rafael Mangino como Secretario de Hacienda y a José de la Fuente como Subsecretario. México, febrero 3 de 1836. Rúbrica de José María Ortiz Monasterio y firma de José de la Fuente. 29.5 x 20.5 cm. b) Circular sobre Nombramiento de Ignacio Alas como Secretario de Hacienda. México, septiembre 21 de 1836. Rúbrica. 28.5 x 18.5 cm. c) Circular sobre Nombramiento de José Justo Corro como Presidente Interino por Enfermedad del Presidente Miguel Barragán. México, febrero 27 de 1836. Rúbrica. 30 x 21 cm. d) Circular con Motivo del Fallecimiento del Presidente Miguel Barragán. México, febrero 29 de 1836. 29 x 21 cm. 2 h. Pequeños faltantes en punta inferior izquierda, no afecta texto. Total de piezas: 4. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

132

133 Mora y Villamil, Ignacio de. Circulares del Ministro de Guerra y Marina

sobre Nombramientos. a) Circular sobre Nombramiento de Joaquín Lebrija como Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda. México, septiembre 2 de 1834. Rúbrica de Ignacio de Mora y firma de Joaquín Lebrija. 30.5 x 21 cm. Pequeños faltantes en margen y mancha de humedad en punta inferior izquierda, no afecta texto. b) Circular sobre Nombramiento de José Antonio Romero como Ministro de lo Interior. México, octubre 25 de 1837. Rúbrica de Ignacio de Mora y firma de José Antonio Romero. 30 x 21 cm. c) Circular sobre Nombramiento de Luis Gonzaga Cuevas como Secretario del Despacho de Relaciones Exteriores, en Segunda Ocasión. México, enero 10 de 1838. 29 x 20 cm. d) Circular sobre Cargo de José María Bocanegra como Secretario de Despacho de Hacienda, quien Tenía el Cargo de los Despachos de Relaciones Exteriores y de Hacienda. México, enero 9 de 1838. 29.5 x 20.5 cm. Total de piezas: 4. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

134 Segura, Vicente / Andrés Quintana, Roo. Esposición de la Junta de

Fomento / Informes del Establecimiento de la Minería. a) Segura, Vicente. Esposición de la Junta de Fomento y Administrativa de Minería, y Resoluciones del Supremo Gobierno. México: Impresa por Ignacio Cumplido, 1843. 8o. marquilla, 27 p. Algunos puntos de óxido en el texto. Encuadernado en rústica. b) Quintana Roo, Andrés - Robles, José Francisco - Segura, Vicente. Informes del Establecimiento de Minería al Escmo. Sr. Ministro de Hacienda, que Tienen por Objeto Probar la Urgente Necesidad del Laborío de Criaderos de Azogue y de la Minería en General. México: Impreso por Ignacio Cumplido, 1838. 8o. marquilla, 46 p. Encuadernado en rústica. Total de piezas: 2.

133

$4,000.00 - $6,000.00 M.N.

135 Valle, Pedro del. Oficios Manuscritos de la Secretaría de Gobierno del

Departamento de Nuevo León. a) Comunicación Oficial entre los Gobernadores de Tamaulipas José Antonio Fernández Aguirre y el de Nuevo León Joaquín García con el Objetivo de Crear una Fuerza Militar Conjunta contra un Grupo Indios que Atacaron Civiles en Tamaulipas. Monterrey, julio 16 de 1838. Firma. 31 x 21 cm. b) Comunicación Oficial entre el Gobernador de Durango Marcelino Castañeda y el de Nuevo León Joaquín García para la Captura de los Autores Materiales del Asesinato de un Naturalizado Italiano que Conmocionó a la Sociedad Duranguense. Monterrey, julio 20 de 1838. Firma. 30.5 x 21 cm. 2 h. c) Oficio que Acredita los Pagos y Acciones del Cabo Luciano Saldaña y sus Dos Socios. Monterrey, enero 21 de 1839. Firma. 20.5 x 15 cm. Total de piezas: 3. $9,000.00 - $12,000.00 M.N.

135

67


136 Garza González, Jesús. Circulares de la

Secretaría de Gobierno del Departamento de Nuevo León. a) Circular en donde la Dirección de Rentas Solicita se Envíen a la Ciudad las Cuentas de las Diferentes Oficinas. Monterrey, enero 28 de 1840. b) Circular para Evitar Conflictos en Bailes debido a los Homicidios Realizados con Armas de Fuego. Monterrey, enero 28 de 1840. Rúbrica. c) Circular sobre la Suspensión del Sorteo para Cubrir las Bajas de las Compañías Activas y Presídiales. Monterrey, febrero 12 de 1840. Rúbrica. d) Circular sobre las Extorciones Sufridas por los Vecinos en la Prestación de Bagajes. Monterrey, febrero 22 de 1840. Rúbrica. e) Circular sobre el Tiempo que tienen los Ayuntamientos para Remitir una Cuenta de los Rendimientos. Monterrey, marzo 16 de 1840. Rúbrica. Mancha de humedad en margen izquierdo e inferior, no afecta texto. f) Circular sobre la Exhortación al Castigo de Servidores Públicos Corruptos. Monterrey, marzo 26 de 1840. g) Circular sobre la Exigencia hacia los Extranjeros Residentes en la República a Renovar sus Cartas de Seguridad con el Fin de que Sigan Gozando los Derechos Civiles. Monterrey, diciembre 10 de 1839. 21.5 x 15.5 cm. Total de piezas: 7. $16,000.00 - $20,000.00 M.N.

136

137 137 Gonzaga Vieyra, Luis. Bandos. a) "Por el Ministro de lo Interior con fecha 17 del actual... el Congreso general ha decretado lo siguiente. 1o. En la Sesión ordinaria del día

18 del corriente, prestará el General D. Antonio López de Santa Anna el juramento prevenido en el artículo 12 de la cuarta ley constitucional, observándose el artículo 2o. de decreto de 17 de Abril de 1837...". México, marzo 17 de 1839. 31 x 21 cm. b) "...Decidido el Exmo. Sr. Presidente a sacrificar el resto de su quebrantada salud, y aun su misma existencia si fuere necesario, para corresponder a la confianza y esperanza de la Nación que lo ha llamado de nuevo a regir interinamente sus destinos: penetrado de que el voto público y general condena y lamenta el estado incierto, precario y ruinoso á que está reducida nuestra sociedad, como un efecto necesario del espíritu de anarquía e inmoralidad que domina por todas partes... México Abril 8 de 1839 - por enfermedad del Secretario, J. de Iturbide…". México, abril 11 de 1839. 44 x 33 cm. Rasgado por la mitad y faltantes al centro. c) "...Antonio López Santa - Anna, benemérito de la patria, general de división y Presidente provisional de la República mexicana... Que con el objeto de facilitar las operaciones ,decretar... Art. 1o. Se establece una dirección a la casa de apartado de esta Ciudad, con el sueldo de cuatro mil pesos anuales. 2o. La contabilidad y administración de los fondos de dicha casa, correrá con absoluta separación de la de moneda... 3o. Un reglamento particular de la propia casa, adaptado a su nueva organización, que se formará a la mayor brevedad, fijará las facultades y atribuciones del director... Palacio del gobierno nacional en México a 6 de octubre de 1842.- Antonio López de Santa - Anna Ignacio Trigueros, Ministro de hacienda. Y para que llegue a noticia de todos, mando se publique por bando en esta capital y en las demas ciudades, villas y lugares...". México, octubre 15 de 1842. 32 x 21 cm. Rasgadura en doblez en parte derecha. Total de piezas: 3. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 68


138 Gonzaga Vieyra, Luis. Bandos. a) Sobre la Expedición de Pasaportes y Cartas de Seguridad.

"El Exmo. Sr. Presidente desea arreglar la expedicion de pasaportes y cartas de seguridad de los extranjeros residentes en la República ó que viajan por ella, y cortar los abusos que se han advertido en este ramo de policia…". México, enero 18 de 1839. 27 x 20.9 cm. b) Para que los Extranjeros Presenten su Carta de Seguridad en su Lugar de Residencia. "…Haga saber á los extranjeros residentes en él, que en los diez últimos días del próximo febrero deberán presentar ante la primera autoridad política del lugar en que resida, sus respectivas cartas de seguridad, a fin de que pueda tomarse razon de ellas como está mandado con respecto á los pasaportes; en el concepto de que el que no lo presente incurrirá irremisiblemente en la pena de veinte pesos de multa…". México, enero 19 de 1839. 26.5 x 20.3 cm. Mancha de humedad en tercio inferior y superior, afectan poco texto. c) Establecimiento de los Cuerpos de Plana Mayor. "Articulos 1o. En cumplimiento de lo prevenido en el art. 16 del decreto de 18 de Febrero de este año, se establecen los Cuerpos de Plana Mayor, oficinas de Detal en las plazas y puntos que se demarcaron en orden de 9 de Febrero de 1837…". México, julio 24 de 1839. d) Sobre la Nulidad del Contrato e Préstamo por 130,000 Libras Esterlinas. "…Que como las autorizaciones dadas por el Poder Legislativo en 19 de Abril y 27 de Enero de 838, no facultaban para emitir bonos mexicanos; ni para hipotecar productos de aduanas marítimas sin acuerdo del Consejo, procedió el Gobierno contra esas leyes y sin autorización en el contrato que celebró para proporcionarse £130.000 esterlinas en Londres, y por lo mismo es nulo dicho acto, por contrario á esas leyes…". México, agosto 3 de 1839. 31.2 x 21.5 cm. e) Sobre el Establecimiento de la Dirección, Facultades y Atribuciones de la Casa de Apartado. "Art. 1o. Se establece una direccion de la casa de apartado de esta ciudad, con el sueldo de cuatro mil pesos anuales. 2o. La contabilidad y administracion de los fondos de dicha casa, correrá con absoluta separación de la de moneda, y su direccion se entenderá inmediatamente con el ministerio de hacienda. 3o. Un reglamento particular de la propia casa, adaptado á su nueva organización, que se formará á la mayor brevedad, fijará las facultades y atribuciones del director, sistemando el órden interior del establecimiento y el método de sus labores…". México, octubre 15 de 1842. 32.4 x 20.8 cm. f) Sobre la Derogación del Decreto que Fijó los Derechos que Debe Pagar el Cobre en Plancha. "…Se deroga el decreto de 6 noviembre de 1840, y en lo sucesivo solo se exigirán al cobre los mismos derechos que pagaban ántes de espedirse el citado decreto…". Dado en México á 5 de noviembre de 1842. 33 x 22.5 cm. Rasgado en doblez. g) Sobre la Apertura de una Vía de Comunicación en el Istmo de Tehuantepec. "…Que habiéndose concedido á la empresa establecida para la apertura de una via de comunicacion entre los dos Océanos, por el itsmo de Tehuantepec, en toda propiedad de baldíos que haya en al estension de diez leguas de uno y otro lado de la misma via de comunicación, debiendo hacerse esta por el Rio de Goazacoalcos, segun los reconocimientos practicados; y deseando remover todo pretesto de futuras demandas de cualquier órden que sean, he tenido á bien declarar lo siguiente. Todas las concesiones hechas anteriormente en los terrenos baldíos de que habla la última parte del artículo 5o. del decreto de 1o. de marzo de 1842, tanto á nacionales como á estrangeros para poblarlos ó cultivarlos, y que actualmente permanecen en la clase de baldíos por no estar poblados ni cultivados, están comprendidos en la concesion hecha á la empresa de comunicación de los dos mares por el mismo artículo citado…". México, febrero 11 de 1843. 31.6 x 21.5 cm. Total de piezas: 7. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

139

139 1839 - Margain, Francisco. Circulares de la Secretaría de Gobierno del Departamento de Nuevo León. a) Circular sobre Nombramiento de Don José de Jesús Dávila y Prieto como Gobernador del Departamento de Nuevo León. Monterrey, septiembre 23 de 1839. Rúbrica. b) Circular sobre el Cumplimiento del Artículo 28 de las Ordenanzas Municipales. Monterrey, octubre 3 de 1839. c) Circular sobre los Juegos de Azar. Monterrey, octubre 29 de 1839. Rúbrica. d) Circular sobre el Destino de las Armas Incautadas por los Juzgados y Tribunales. Monterrey, junio 5 de 1840. e) Circular sobre Peritaje de Muestras de Piedras para Mejorar los Trabajos en Minería. Monterrey, julio 3 de 1840. f) Circular sobre Cambios a la Orden Superior donde Solicita a Todos los Vecinos a Tomar las Armas. Monterrey, julio 4 de 1840. Rúbrica. 21.5 x 15.5 cm. Total de piezas: 6. $12,000.00 - $15,000.00 M.N. 69


140

140 Margain, Francisco. Circulares de la Secretaría de Gobierno del Departamento de Nuevo León. a) Circular para que se Publique por Bando la Victoria de Fuerzas del Gobierno y Prisión de los Principales Cabecillas de la Revolución. Monterrey, agosto 29 de 1839. Firma. 20.5 x 14.5 cm. b) Circular sobre las Prevenciones para la Pacificación de los Pueblos del Departamento. Monterrey, septiembre 23 de 1839. Firma. 30 x 20.5 cm. c) Circular Reservada sobre la Fuga de Felipe Cuellar Alías el Comanche y su Pronta Reaprehensión. Monterrey, septiembre 30 de 1839. Firma. 30 x 20.5 cm. Total de piezas: 3. $9,000.00 - $11,000.00 M.N.

141 Tornel, José María. Decreto que Organiza el Regimiento de Infantería Activa del Comercio de

México, Su Contabilidad, Bases Generales y Objetos de su Principal Cuidado: Expedido por el Supremo Gobierno en Uso de la Facultad que le Concede la Ley de 13 de junio de 1838. México: Imprenta de Águila, 1839. 8o. marquilla, 7 p. Encuadernado en rústica. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

141

142 Valle, Pedro del. Circulares de la Secretaría de

Gobierno del Departamento de Nuevo León. a) Circular sobre las Fugas de Reos de las Cárceles del Departamento. Monterrey, diciembre 30 de 1837. Rúbrica. 21.5 x 15.5 cm. b) Circular sobre el Destino de Cargamentos Procedentes del Puerto de Santa Anna de Tamaulipas al Declararse este Cerrado. Monterrey, enero 27 de 1839. Rúbrica. 31 x 21.5 cm. Rasgado en doblez central del margen derecho. c) Circular donde Informa que la Junta Directiva del Banco Nacional Administrará el Derecho de Capitación y Cobro de las Rentas. Monterrey, febrero 9 de 1839. Rúbrica. 31 x 21.5 cm. 142 d) Circular sobre el Restablecimiento del Orden Constitucional. Monterrey, junio 21 de 1839. Rúbrica. 21.5 x 15.5 cm. e) Circular sobre las Acciones a Tomar por la Presencia de Rebeldes en la Región. Monterrey, junio 24 de 1839. Rúbrica. 21.5 x 15.5 cm. f) Circular sobre Fraude y Contrabando de Tabaco. Monterrey, agosto 3 de 1839. 21.5 x 15.5 cm. Total de piezas: 6. $12,000.00 - $15,000.00 M.N. 70


143 Vidaurri, Santiago. Circulares Manuscritas sobre el Movimiento

Federalista del Noreste de México en 1838 - 1840. a) Circular sobre la Tropa que se Pidió al Pueblo en Circular de 25 de Marzo para ir a Cadereyta, ahora Perseguirán a las Gavillas de Bandoleros y Desertores. Monterrey, abril 1 de 1839. Firma. 21 x 15.5 cm. b) Circular sobre la Nueva Misión y Organización de la Tropa al ser Derogada la Circular de 25 de Marzo. Monterrey, abril 15 de 1839. Firma. 21 x 15 cm. c) Circular donde Informa sobre el Pliego que Mandó el Señor Ampudia que fue Interceptado por los Disidentes. Monterrey, abril 15 de 1839. Firma. 21 x 15 cm. Total de piezas: 3. $12,000.00 - $15,000.00 M.N.

143

144 Garza González, Jesús. Circulares de la Secretaría de Gobierno del

Departamento de Nuevo León. a) "Debiendo verificarse en un mismo dia en las cabeceras de Distrito el sorteo general de que habla la ley de 26 de Enero del año corriente, y no estando señalado por esta el que deban hacerse los sorteos prevenidos en circular de 3 del presente mes, por ser extraordinarios…". Monterrey, diciembre 16 de 1839. b) "De conformidad con lo consultado por la Dirección general de Rentas en 21 del prócsimo pasado ha tenido á bien disponer el Escmo. Sr. Presidente, que en virtud de lo dispuesto en el art. 65 del decreto de 17 de Abril de 1837 y en la ley de 7 de Diciembre del mismo año recomiende á V. E. ponga en uso una continua y activa vigilancia por si y por medio de las autoridades políticas locales sobre todas las oficinas de ese Departamento…". Monterrey, enero 28 de 1840. Rúbrica. c) "…algunos jueces de paz de los pueblos del Departamento de su mando, en vez de aucsiliar y proteger á los Receptores según está dispuesto en circulares de 21 de Octubre y 18 de Diciembre últimos, disimulan el cumplimiento de estas disposiciones superiores y amparan directa ó indirectamente á los contrabandistas…". Monterrey, marzo 26 de 1840. d) "…para que lo hiciera á las autoridades subalternas, el exacto cumplimiento de lo prevenido espresamente en los artículos 15 y 81 de las ordenanzas municipales; pero como hasta ahora no haya tenido efecto aquella disposición superior, ordena S. E. el Sr. Gobernador prevenga V. S. de nuevo á las autoridades de su Distrito…". Monterrey, abril 3 de 1840. Rúbrica. e) "…se cuide mucho de que los extranjeros, que no sean yá conocidos por haberse presentado al ingreso al pueblo en que se hallen, exhibiendo á la autoridad respectiva los documentos de su legal introducción, sean requeridos para que hagan esa manifestación, y no cumpliendo, sean detenidos y conducidos al Puerto mas inmediato sin mal trato ni otro vejamen para su embarque…". Monterrey, octubre 29 de 1840. 22 x 15.5 cm. Total de piezas: 5. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

144

71


145 Garza González, Jesús. Circulares de la Secretaría del

Departamento de Nuevo León. a) "Deseando el Ecsmo. Sr. Gobernador tener á la vista una noticia exacta de los extrangeros que ecsistan en el Distrito del cargo de V. S. espero que á la brevedad posible se sirva remitirla a esta Secretaría…". Monterrey, enero 22 de 1840. Rúbrica. 21.5 x 15.5 cm. b) "Habiendose servido el Ecsmo, Sr. Gobernador acceder á la humilde súplica del R. P. Comisario de los Santos Lugares de Jerusalén Fr. José María Guzmán relativa á que se le permita en el Departamento la colectación de limosnas con el piadoso objeto de atender al culto Divino y al sostén de nuestra Sagrada Religión en los expresados Santos Lugares…". Monterrey, enero 25 de 1840. Rúbrica. 21.5 x 15.5 cm. c) "…De conformidad con lo consultado por la Dirección general de Rentas en 21 del prócsimo pasado Diciembre ha tenido á bien disponer el Ecsmo. Sr. Presidente, que en virtud de lo dispuesto en el art. 65 del decreto de 17 de Abril de 1837 y en la ley de 7 de Diciembre del mismo año recomiende á V. E. ponga en uso una continua y activa vigilancia por si y por medio de las autoridades políticas locales sobre todas las oficinas de ese Departamento…". Monterrey, enero 28 de 1840. 21.5 x 15.5 cm. 145 d) "…El Escmo. Sr. Gobernador se ha servido disponer se impriman para su publicación y circulación los siguientes artículos del bando del 15 de Febrero de 1773, que esta en un todo conforme con la pragmática de 6 de Octubre de 1771 en que se expresan los juegos prohibidos y las penas impuestas á los contraventores.". Monterrey, marzo 4 de 1840. Rúbrica. 31 x 21.5 cm. e) "Estando prevenido por el artículo 15 de las ordenanzas municipales que en todo el mes de Marzo de cada año formen y remitan los ayuntamientos á la Exma. Junta departamental una cuenta especificativa de los rendimientos de los propios y arbitrios, previo informe del Prefecto ó Sub-prefecto respectivos…". Monterrey, marzo 16 de 1840. 21.5 x 15.5 cm. f) "Sabedor el Ecsmo. Sr. Gobernador de que algunos jueces de paz de los pueblos del Departamento de su mando, en vez de aucsiliar y proteger á los Receptores según está dispuesto en circulares de 21 de Octubre y 18 de Diciembre últimos, disimulan el cumplimiento de estas disposiciones superiores y amparan directa ó indirectamente á los contrabandistas que siempre procuran, sin omitir cualquier sacrificio, defraudar á la hacienda pública…". Monterrey, marzo 26 de 1840. 21.5 x 15.5 cm. Total de piezas: 6. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

146 Garza González, Jesús. Circulares de la Secretaría del Departamento de Nuevo León. a) "Para contener los escándalos y desordenes de los viciosos

que los domingos y fiestas de guardar se entregan á la embriaguez corrompiendo con tan torpe conducta la buena moral, é infiriendo multitud de agravios á los honrados que no los imitan, el Escmo. Sr. Gobernador se ha servido disponer: que V. S. prevenga seriamente á las autoridades del Distrito de su cargo prohíban á todos los dueños de pulperías de sus respectivos pueblos el que en los días festivos vendan licores embriagantes bajo ningún pretesto…". Monterrey, marzo 21 de 1840. Rúbrica. 22 x 15.5 cm. b) "…Estando facultado por el Supremo Gobierno para indultar á los que se hayan mezclado en la revolución y arrepentidos se presenten á las autoridades respectivas ofreciendo su obediencia y vivir en quietud al lado de sus familias, suplico á V. E. lo haga saber á los habitantes del departamento de su cargo…". Monterrey, abril 22 de 1840. 30.5 x 21.5 cm. c) "…el Escmo. Sr. Presidente ha tenido á bien disponer que remita V.E. á este Ministerio una lista nominal de los individuos que hayan cumplido con las espresadas prevenciones, y que respecto de aquellos que por descuido ó desprecio han procurado hacer ilusorias las leyes que sobre la materia rigen en el país, les imponga V. E. irremisiblemente las penas detalladas en el reglamento de pasaporte de 1o. de Mayo de 1840…". Monterrey, mayo 9 de 1840. Rúbrica. 22 x 15.5 cm. 146 d) "El Escmo. Sr. Gobernador se ha servido prevenir forme y remita V.S. á ésta secretaria con la brevedad posible una noticia de las compañías locales que se hayan organizado en los respectivos pueblos del distrito de su mando con arreglo á la circular de 31 de Enero prócsimo pasado, espresando en ella las que hubiere de infantería y cuantas de caballería en cada pueblo…". Monterrey, junio 2 de 1840. 22 x 15.5 cm. e) "Escmo. Sr. A mas de la obligación que urge siempre á los Sres. Gobernadores, Tribunales Superiores y Juzgados de 1a. instancia de cuidar del puntual cumplimiento de las leyes, se debe aumentar el celo de las autoridades sobre las disposiciones que tuvieron por objeto evitar ó castigar delitos de tanta trascendencia cual es la falsificación de moneda…". Monterrey, octubre 29 de 1840. 22 x 15.5 cm. f) "l Escmo. Sr. Gobernador ordena á V.S. por mi conducto para que lo haga á las autoridades de su mando, que en todos los pueblos en que haya establecimientos de instrucción primaria y cuyos preceptores se paguen de los fondos públicos ó de los vecindarios, cuiden aquellas bajo su responsabilidad de que estos asistan con sus educandos á la misa mayor que celebre el Sr. Cura párroco los días domingos y demás de guarda…". Monterrey, noviembre 20 de 1840. Rúbrica. 22 x 15.5 cm. Total de piezas: 6. $10,000.00 - $12,000.00 M.N. 72


147 Gonzales, Jesús G. Circular sobre Ataques de Bandoleros e Indios Bárbaros en Nuevo León.

"Penetrado el Ecsmo. Sr. Gobernador de lo preciso que se ha hecho ya que todos los honrados habitantes del Departamento, y más particularmente los vecinos de la frontera, tengan las armas necesarias para impedir los asaltos de las gavillas de bandoleros de que están plagados los pueblos, y castigar la osadía de los bárbaros que en mazas bastante numerosas se abanzan hasta muy cerca de esta Capital…". Monterrey, enero 30 de 1840. Al reverso acuse de recibo, con firma de Eduardo García Nava y fechado febrero 6 de 1840. 19.5 x 15.5 cm. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

148 Montoya, José Cayetano de / Cardona, Gerónimo / Ibarra, Jesús María de. Informe / Manifiesto / Corte de Caja. a) Montoya, José Cayetano de. Informe de la Comandancia Militar del Saltillo.

"En mi comunicación de fecha 24 del actual en que elevé al superior conocimiento de V. S. la total disperción de los facciosos que acaudillaba Molano, y que en número de cerca de cuatrocientos hombres osaron atacar esta Ciudad el día 23, dije también a V. S. que tan luego como las circunstancias me lo permitieran, le detallaría todo lo ocurrido, tanto en los momentos de la acción como antes y después de ella: en tal virtud paso a hacer á V. S. una manifestación de todos los pormenores acaecidos…". Saltillo, octubre 30 de 1840. 31 x 21.5 cm. 2 h. Puntos de polilla y pequeñas rasgaduras en margen derecho. b) Cardona, Gerónimo. Manifiesto. "Compañeros: La defensa de la Nación está encomendada á los que se han dedicado a la honrosa carrera de las armas, y por consiguiente en todos casos y circunstancias en que ella necesite de su ausilio debemos estar prontos a prestárselos. Por este motivo habeis tomado la voz secundando el Plan de Jalisco, que la Nación entera adoptó para salvarse de su total ruina á que la conducían algunos de sus bastardos hijos, que quisieran hacer de la Nación su patrimonio…". Villa de Muzquiz, diciembre 1 de 1853. 32 x 21.5 cm. Rasgaduras en márgenes. c) Ibarra, Jesús María de. Estado de Corte de Caja. "Estado corte de caja de 2ª. operación prácticado hoy en ésta oficina con espresion por menor de las partidas que forman el cargo y la data en el mes de agosto de 1848". Saltillo, septiembre 3 de 1848. 32 x 22 cm. Rasgaduras en márgenes. Total de piezas: 3. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

149 Olivares, Pedro. Dictamen que la Exma. Junta Departamental de Chihuahua ha Dado al Superior Gobierno. Chihuahua: Impreso por Cayetano Ramos en la oficina del Gobierno, 1840. 8o. marquilla, 12 p. Sobre: Solicitud que hicieron algunos vecinos de Allende, Hidalgo y Jiménez para que se derogue el decreto fecha doce de Febrero último, que impuso el préstamo de cien mil pesos, entre los habitantes del mismo Departamento.

"La comisión se ha impuesto de las dos representaciones que algunios vecinos de Ciudad Hidalgo y otros de la Villa de Allende han elevado al Gobierno pidiendole se se sirva revocar su decreto de 12 de Febrero último que establece un arbitrio extraordinario para subvenir a los gastos de la campaña proyectada contra los indios bárbaros a las órdenes de D. Santiago Kirker... La comisión cree que con lo espuesto quedan desvanecidos los fundamentos de las representaciones que han provocado este dictámen, y de las que posteriormente se han recibido de la Junta municipal... Concluye por tanto sometidas a la deliberación de V. E. las proposiciones siguientes. 1a. Que en el conflicto en que se halla el Departamento de perecer o salvarse, se lleve a cabo la contribución impuesta por el Gobierno en decreto de 12 de Febrero último...".

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$6,000.00 - $8,000.00 M.N.

150 Trigueros, Ignacio. Circular e Impresos sobre la Importación Extranjera, el Comercio al Menudeo de Extranjeros y la Renta de la Lotería. a) Circular sobre Prorroga de Contribución Municipal por Importación Marítima Extranjera del Puerto de Veracruz.

"…Antonio López de Santa - Anna, general de división, benemérito de la patria y Presidente provisional de la República Mexicana, a todos sus habitantes sabed… Se prorroga por diez años más el cumplimiento del decreto de 18 de Enero de 1834, que impuso la contribución municipal de un real á cada tercio de efecto de importación marítima estrangera que desembarque en el Puerto de Veracruz…". México, mayo 3 de 1842. 30 x 20.5 cm. Recortado en margen izquierdo y residuos de pegamento, pequeñas rasgaduras en margen inferior. b) Impreso sobre Decreto Debido a Comercio al Menudeo de Extranjeros. "…Antonio López de Santa - Anna, general de división, benemérito de la patria y Presidente provisional de la República Mexicana, a todos sus habitantes sabed: Que teniendo en consideración las reiteradas quejas de todos los departamentos contra el ejercicio del comercio al menudeo que se ha tolerado ilegalmente á los extrangeros… Art. 1o. Se prohíbe á los estrangeros en el territorio mexicano todo comercio al menudeo, y no podrán ejercerlo pública ni privadamente…". México, setiembre 23 de 1843. 21 x 14.5 cm. 2 h. c) Impreso sobre Decreto Debido a la Renta de la Lotería. "…Valentín Canalizo, general de división y Presidente interino de la República mexicana, á los habitantes de ella, sabed… Art. 1o. La renta de la lotería queda desde hoy á cargo de la Academia de S. Carlos, á la que se consigna su administración. Los productos líquidos de dicha renta, se destinarán á cubrir los objetos de la misma Academia…". México, diciembre 16 de 1843. 21 x 14.5 cm. 2 h. Total de piezas: 3. $4,000.00 - $6,000.00 M.N. 73


151 Baranda, Manuel / Bocanegra, José María. Circulares sobre Penas por Delitos Leves / Facultad de Junta de Fomento y Administrativa de

Minería / Nombramiento para el Despacho del Ministerio de Guerra y Marina. a) Baranda, Manuel. Circular sobre Penas por Delitos Leves. "El Exmo. Sr. Presidente provisional de la República se ha servido expedir el decreto que sigue:.. Art. 1o. Todas las causas de delitos leves como robos simples, cuyo valor no pase de cien pesos, riñas y portación de armas, serán determinadas por los juzgados de primera instancia, previa la sustanciación de un juicio verbal de que se levantará una acta, no pudiendo exceder las penas que impongan de cuatro meses de prisión u obras públicas…". México, septiembre 6 de 1843. 21 x 16 cm. b) Bocanegra, José María. Circular sobre Facultad de Junta de Fomento y Administrativa de Minería. "El Exmo. Sr. Presidente provisional de la República se ha servido expedir el decreto siguiente… Que deseando fomentar y dar el mayor impulso al importante ramos de Minería que forma la principal riqueza de la República… Art. 1o. Se faculta a la Junta de fomento y Administrativa de Minería para que pueda trabajar, aviar y proteger las minas de azogue en la República.". México, julio 5 de 1843. 20.5 x 14.5 cm. 2 h. c) Bocanegra, José María. Circular sobre Nombramiento del General D. Isidro Reyes como Ministro de Guerra y Marina. "El Exmo. Sr. Presidente Constitucional de la República ha tenido a bien nombrar para el despacho del Ministerio de Guerra y Marina al Exmo. Sr. General D. Isidro Reyes...". México, junio 10 de 1844. Firma de Isidro Reyes y rúbrica de José María Bocanegra. 21.5 x 15.5 cm. Total de piezas: 3. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

152 Urréa, José / El Director de la Empresa / Gutiérrez Zamora, Manuel. Circular / Observaciones / Representación. a) Urréa, José. Circular sobre el Estanco del Tabaco.

"…Art. 1o. Queda estancado el tabaco en el departamento en puntual cumplimiento del artículo 1o. del supremo decreto de 12 de Noviembre de 1841, y los que á él contravinieran quedarán sometidos á las penas establecidas por las leyes del ramo. 2o. Se establecerá la Factoría general del tabaco en la ciudad de Arizpe, cuyos reglamentos se comunicarán oportunamente...". Guaimas, marzo 27 de 1843. 21 x 16 cm. 2 h. b) El Director de la Empresa. Observaciones al Dictamen de la Segunda Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados del Congreso General, sobre que no se Celebren Contratas con la Empresa de Tabacos. México: Ignacio Cumplido, 1840. 8o. marquilla, 22 p. Encuadernado en rústica. c) Gutiérrez Zamora, Manuel. Representación que el Exmo. Ayuntamiento de la H. Ciudad de Veracruz Llevó al Soberano Congreso de la República, Solicitando la Abolición del Estanco del Tabaco. Veracruz: Imprenta del Comercio, 1848. 8o. marquilla, 28 p. Algunos otros documentos relativos al asunto. Sin pastas, sin lomo. Total de piezas: 3. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

153 Anaya, Pedro María / Cuevas, Luis G. / Echeverría, Pedro J. / Fernández del Castillo, Pedro / Rosa, Luis de la. Circulares sobre Decretos

de José Joaquín de Herrera, Presidente Interino. a) Anaya, Pedro María. Circular sobre Cese de Tribunales Militares. "Ministerio de Guerra y Marina... Art. 1o. Desde la publicación de las Bases orgánicas en cada Departamento, han debido cesar los Tribunales militares en el conocimiento de las causas de ladrones contra individuos de otro fuero...". México, agosto 25 de 1845. b) Cuevas, Luis G. Circular sobre Cierre de Sesiones Extraordinarias y Ordinarias. "Ministerio de Relaciones Exteriores, Gobernación y Policía... El Congreso general cerrará sus sesiones extraordinarias y las ordinarias del segundo periodo, el dia 31 de mes que rige…". México, diciembre 27 de 1844. c) Cuevas, Luis G. Circular sobre Nombramiento de José Joaquín de Herrera como Presidente Interino. "Ministerio de Relaciones Exteriores, Gobernación y Policía... El Senado, usando de la atribucion que le concede la parte 2ª del art. 91 de las Bases constitucionales, ha tenido á bien expedir el decreto que sigue. Es Presidente interino de la República, el General de Division D. José Joaquín de Herrera...". México, diciembre 7 de 1844. d) Echeverría, Pedro J. Circular sobre Decomisos y Multas a Contrabandistas. "Ministerio de Hacienda... Art. 1o. De todos los comisos que se hagan en los puertos y demás lugares de la Nación, y de las multas que se impongan a los contrabandistas, se separará el dos por ciento del líquido remanente partible entre los denunciantes, aprehensores y empleados, para el sostenimiento de los Hospitales de caridad donde los haya, y en caso de no haberlos, se aplicará a los Hospitales de los lugares mas inmediatos dentro del mismo Departamento...". México, febrero 19 de 1845. Manchas de humedad. e) Fernández del Castillo, Pedro. Circular sobre Cese a la Clausura del Puerto de San Juan Bautista de Tabasco. "Ministerio de Hacienda... Cesa desde luego la clausura del puerto de S. Juan Bautista de Tabasco para el comercio etrangero y el de escala ó cabotaje, decretada en 12 de Julio de este año...". México, octubre 2 de 1845. f) Rosa, Luis de la. Circular sobre Cierre al Comercio en el Puerto de San Juan Bautista de Tabasco. "Ministerio de Hacienda... Art. 1o. Se declara cerrado al comercio extranjero y al de escala y cabotaje, el Puerto de S. Juan Bautista de Tabasco...". México, julio 12 de 1845. 15 x 21 cm. Total de piezas: 6. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

74


154 Bocanegra, José María de. Circular sobre Nombramiento de Valentín Canalizo como

Presidente Interino de la República Mexicana. "El Exmo. Sr. Presidente interino se ha servido dirigirme el decreto que sigue… La Cámara de Senadores, ejerciendo la atribución consignada en el art. 91 de las Bases orgánicas de la República, por el cual se dispone que cuando la falta o ausencia del Presidente constitucional pasare de quince días, el Senado elija la persona que deba reemplazarlo… y teniendo en consideración la comunicación oficial que con fecha 15 del presente le ha dirigido el Presidente constitucional electo, General de División, Benemérito de la Patria D. Antonio López de Santa Anna… ha procedido en sesión pública de hoy 27 de Enero de 1844 a la elección de Presidente Interino, la que en efecto se hizo por votos secretos, y recayó por mayoría absoluta en el General de División D. Valentín Canalizo…". México, enero 27 de 1844. 21.5 x 15.5 cm. Mancha de humedad en el margen superior. Valentín Canalizo fue Presidente Interino de la República Mexicana por poco tiempo, desde el 27 de enero de 1844 hasta el 4 de junio del mismo año.

$6,000.00 - $8,000.00 M.N.

155 Quijano, Ignacio. Aviso de Apertura de un Teatro en Mérida y Solicitud de Suscripciones

para Poder Concretarlo. "Aviso Interesante. El que suscribe deseoso e proporcionar al ilustrado pueblo meridano la ventaja, utilidad y recreación de un teatro… El que suscribe no ha dudado un instante que todos desean que en esta capital… no falte una de las pruebas que con mas orgullo deben presentarse para manifestar los adelantos de los pueblos.". Mérida de Yucatán: Imprenta a cargo de Manuel López, febrero 27 de 1844. 1 h. 32.5 x 23 cm. Un grabado. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

154

156 A la Defensa de la Honra. López Uraga, José. Sumaria... en la que se Comprueba la Conducta Militar que Observo en las

Acciones de Guerra Dadas a las Tropas de los Estados Unidos. Los Días 8 y 9 de Mayo en los Puntos de Palo Alto y Resaca de Guerrero. México: Imprenta de Juan R. Navarro, 1846. 8o. marquilla, 40 p. "Publicamos integra la Sumaria que a petición del Sr. Coronel D. José López Uraga, se ha formado en el ejército del Norte por orden del E. Sr. D. Francisco Mejía, general en jefe, para comprobar la conducta de dicho señor coronel en los días 8 y 9 de Mayo del corriente año, motivada por el editorial del Periódico Mosquito Mexicano del día 26 del mismo mes…". Pasta anterior con faltante en tercio inferior. Encuadernado en rústica. Importante documento sobre la Batalla de Palo Alto sobre la cual el periódico "Mosquito Mexicano" puso en duda la conducta del coronel José López Uraga al señalarlo como el causante de la derrota por su cobardía. En este documento López Uraga sale en su defensa al alegar que su batallón fue aniquilado y que solo el y un par de soldados escaparon con su bandera, salvando la honra. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

156

157 Continuación del Periódico "El Siglo Diez y Nueve". Memorial Histórico. Periódico Noticioso, Comercial, Científico y Literario. México: Ignacio Cumplido, 1846. fo. doble. Tomo I: Trim. I. Números: 9, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 y 49. Enero - Febrero de 1846. "Este periódico se publica todos los días a la tres de la tarde". El número 9 con rasgaduras en márgenes y doblez al centro, el resto poco deteriorados. Con huellas de haber estado encuadernados. Piezas: 25. Memorial Histórico: Publicación diaria. En los números iniciales utilizó el subtítulo de Periódico Noticioso, Comercial, Científico y Literario, pero a partir del número 10, cambió a Periódico Político, Noticioso, Comercial, Científico y Literario. Cada ejemplar consta de cuatro páginas impresas a tres columnas. Incluye la continuación de un folletín que había iniciado en El Siglo Diez y Nueve, titulado "Los Misterios de París", de Eugenio Sue. El Memorial Histórico surgió en momentos de gran agitación política y bélica, no sólo por los movimientos sociales nacionales, sino también por la inminencia de un conflicto armado con Estados Unidos; por otra parte, se publicó cuando El Siglo Diez y Nueve fue suspendido debido a sus polémicos comentarios, y al parecer Ignacio Cumplido decidió 157 crear una nueva publicación que fungiera como su continuación, aunque el Memorial se limitó a consignar hechos y documentos históricos, además de publicar comunicados oficiales, leyes y decretos. Presenta secciones tituladas Parte oficial, Parte no oficial (Interior y Exterior), Remitidos, Memorial histórico o sección editorial que incluye revista de periódicos; Avisos, Parte mercantil y ocasionalmente, Variedades y Parte literaria. Véase en: http://www.hndm.unam.mx

$6,000.00 - $8,000.00 M.N. 75


158 Gonzaga de Chávarri, Luis. Nombramiento de Mariano Paredes como Presidente Interino y

Nicolás Bravo como Vicepresidente al Principio de la Guerra con Estados Unidos. "…El Congreso nacional extraordinario, conforme a los prevenido en los artículos 2º y 3º de la ley expedida en 10 del corriente, ha decretado lo que sigue. 1o. Es Presidente interino de la República, el General de división D. Mariano Paredes y Arrillaga 2o. Es Vice-Presidente el General de División D. Nicolás Bravo…" México, junio 13 de 1846. 43 x 30.7 cm. Restaurado, con pequeñas rasgaduras y faltantes al centro, afectan poco texto; mancha de humedad en tercio inferior. Pese a la anexión de Texas al territorio de los Estados Unidos, algunos de los dirigentes del gobierno mexicano se oponían a declarar la guerra y sugerían las negociaciones pacíficas, a sabiendas de la precaria preparación del ejército mexicano y de los escasos recursos económicos con los que contaba el erario público. Mariano Paredes y Arrillaga, quien se inclinaba a favor de declarar la guerra, efectúa un golpe de estado contra el gobierno de Herrera. Arrillaga es secundado por otros comandantes y es nombrado Presidente Interino de la República Mexicana el 12 de junio de 1846. Durante su breve gobierno, de apenas 6 meses de duración, llevó a las fuerzas armadas mexicanas y al gobierno nacional hacia la debacle, llegando incluso al extremo de sugerir la sujeción de México al dominio de alguna monarquía europea.

Véase en: http://www.memoriapoliticademexico.org/Efemerides/1/04011846.html

$7,000.00 - $9,000.00 M.N.

158

159 Haro y Tamariz, Joaquín / Reyes, José Joaquín / Aguirre, Pedro José de / Ibarra, Domingo. Bandos / Lista de los Diputados Electos en

el Departamento de Puebla. a) Haro y Tamariz, Joaquín de. Bando sobre el Cese de Funciones del Actual Gobernador y Facultades de su Gobierno por Término de Periodo. Puebla, enero 7 de 1846. 30 x 23 cm. Imprenta antigua en el portal de las flores. Rasgaduras en margen derecho, afecta poco texto. b) Haro y Tamariz, Joaquín de. Bando sobre Suspensión de Sesiones de la Asamblea Departamental de Puebla. Puebla, enero 7 de 1846. 30.5 x 20.5 cm. Imprenta antigua en el portal de las flores. c) Reyes, José Joaquín. Bando sobre la Toma de Posesión de José Joaquín Reyes como Gobernador del Departamento de Puebla. Puebla, marzo 1 de 1846. 30.5 x 21.5 cm. Imprenta antigua en el portal de las flores. d) Aguirre, Pedro José de. Lista de los Diputados Electos en el Departamento de Puebla. Puebla, abril 21 de 1846. 30.5 x 21 cm. Imprenta antigua en el portal de las flores. e) Ibarra, Domingo. Bando sobre la Reunión del Congreso de Acuerdo a la Convocatoria del 6 de Agosto de 1846 y sus Facultades. Puebla, agosto 24 de 1846. 31 x 21.5 cm. Imprenta de J. M. Macías. f) Ibarra, Domingo. Bando sobre Contribuciones Impuestas a Diversos Oficios Públicos. Puebla, octubre 10 de 1846. 31.5 x 21.5 cm. Pequeñas rasgaduras en margen superior. g) Ibarra, Domingo. Bando sobre la Clasificación de Rentas Generales de la Federación y Rentas de los Estados. Puebla, septiembre 25 de 1846. 43 x 30 cm. Imprenta de J. M. Macías. Rasgaduras en márgenes, afecta texto. h) Ibarra, Domingo. Bando sobre las Atribuciones de la Suprema Corte de Justicia con Respecto a los Estados. Puebla, octubre 30 de 1846. 33 x 23 cm. Imprenta de J. M. Macías. Pequeñas rasgaduras en margen derecho, no afecta texto i) Ibarra, Domingo. Bando sobre la Hacienda Pública, Jerarquía, Organización, Funciones y Procedimientos. Puebla, octubre 6 de 1846. 63 x 42 cm. Imprenta de J. M. Macías. Recortado al margen y rasgaduras en márgenes superior e izquierdo. Menciona los 32 artículos que citan de la Ley Orgánica de Hacienda en el Art. 8 de este decreto. Total de piezas: 9. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

160 Ibarra, Domingo / Rodríguez, Gabriel / Zetina Abad, Manuel. Bandos / Comunicado / Manifiesto. a) Ibarra, Domingo. Bando por el que se da Libertad a los Estados para Administrar la Educación Pública en sus Respectivos Establecimientos y para Disponer de los Fondos Destinados para tal Fin. Puebla, noviembre 4 de 1846. 31 x 21.5 cm. b) Ibarra, Domingo. Bando sobre los Procedimientos y Programa para el Establecimiento del Congreso y del Consejo de Gobierno. Puebla, noviembre 6 de 1846. 29.5 x 22 cm. c) Zetina Abad, Manuel (Secretario). Comunicado por el que se Dan a Conocer a los Habitantes del Estado los Nombres del Presidente, Vicepresidente, Secretarios y Secretarios suplentes del Congreso del Estado. Puebla, noviembre 15 de 1846. 32.5 x 22.5 cm. d) Ibarra, Domingo. Bando sobre Apertura de Sesiones del Congreso del Estado. Puebla, noviembre 15 de 1846. 31 x 22 cm. Sin punta inferior izquierda. e) Ibarra, Domingo. Bando sobre la Derogación del Decreto del 31 de Agosto Anterior, por Considerar "…puede dar lugar á abusos, ó cuando

menos causar graves alarmas por el temor fundado de que él comprenda la facultad de obligar á los empleados á prestar servicios distintos de aquellos de aquellos del destino que obtienen…". Puebla, noviembre 16 de 1846. 31 x 22 cm. f) Ibarra, Domingo. Bando sobre el Nombramiento de Consejeros Propietarios por el Congreso del Estado. Puebla, noviembre 18 de 1846. 32 x 21.5 cm. g) Ibarra, Domingo. Bandos sobre Nombramiento de Domingo Ibarra como Gobernador Constitucional del Estado de Puebla. Puebla, noviembre 21 de 1846. 31 x 22 cm. h) Ibarra, Domingo. Bandos sobre la Derogación del Decreto del 10 de Octubre Anterior, por el que se Abolió el Cobro de Alcabalas. Puebla, noviembre 23 de 1846. 31 x 22 cm. i) Rodríguez, Gabriel (Consejero). Bando sobre Prestación de Juramento ante el Congreso del Gobernador Electo y Ministros y Fiscales del Tribunal Superior. Puebla, noviembre 27 de 1846. 32 x 22 cm. j) Ibarra, Domingo. Manifiesto Luego de Ser Nombrado como Gobernador del Estado de Puebla, Arengándolos a Unirse en contra de los Invasores Norteamericanos. Puebla, noviembre 29 de 1846. 31.5 x 21.5 cm. Imprenta de Macías. Rasgaduras en márgenes derecho e izquierdo, no afecta texto. Total de piezas: 10. $4,000.00 - $6,000.00 M.N. 76


161 Juárez, Benito - Fernández del Campo, Luis - Arteaga, José. Providencia

para Contener los Abusos que están Cometiendo los del Pueblo de San Pedro Asumba con los de Aculco. "Con fecha 22 del mes pasado dice el Señor Prefecto del Distrito de Huajuapan a... que el Juez de san Pedro Asumba del partido de Tehuacan acandillado a un grueso de cuarenta hombres y traspasando los límites del Distrito, paso con yuntas a sembrar en los Terrenos de Coculco...". Firmas. Oaxaca, septiembre 3 de 1846. 31.5 x 22 cm. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

161

162 López de Santa Anna, Antonio. Carta

Dirigida a D. Antonio Haro y Tamariz. "...he recibido con el mayor gusto su grata de 12 de Enero último, y como quiera que en mi anterior dí a V. algunas noticias relativas a la situación política de nuestra Patria solo agregar ahora; que continuando los proyectos de monarquizarla, y de precipitarla a su ruina, hoy se apela a mi persona, por una mayoría considerable, y la opinión vuelbe a favorecerme de una manera estraordinaria. El mal ha hecho su crisis, lo animos ban disponiendose a nuestro favor admirablemente y considero, que mi partida se aproxima por instantes...". 162 Habana, marzo 14 de 1846. Firma. 26.5 x 20.5 cm. Sobre carta con destinatario "Sor. Dn. Anto. Haro y Tamariz. Nápoles o donde se halle". Papel roído afectando tres líneas de texto. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

163 Reglamento para Profesionalizar el Ejército y Regular la Entrega de Armas al Pueblo. Rejón, Juan Crescencio. Reglamento para Organizar la Guardia Nacional. México, septiembre 11 de 1846.

"Ministerio de Relaciones Interiores y Exteriores. El Exmo. Sr. General en gefe del ejército del supremo poder ejecutivo, se ha servido dirigirme el decreto que sigue. José Mariano de Salas, general en gefe del ejército libertador… a los habitantes de la República sabed: Que sin embargo de ser atribución del congreso general, según art. 50, parte 19 de la constitución del año 1824, dar reglamentos para organizar, armar y disciplinar la milicia nacional, la excéntrica posición de la República, exige use de esta facultad el ejecutivo de la nación; y considerando que en las circunstancias en que ésta se encuentra, una de sus primeras necesidades es la de armarse para resistir a sus enemigos interiores y exteriores, he venido en decretar el siguiente: Reglamento para organizar, armar y disciplinar la Guardia Nacional de los Estados, Distrito y Territorios de la Federación". Sección Primera de la Guardia Nacional y de su objeto. Artículos 1 - 8. Sección Segunda. Modo de formar la Guardia Nacional. Artículos 9 - 15. Sección Tercera. Organización militar de la Guardia (Infantería, Caballería, Artillería, Ingenieros, Cuerpos, Nombramientos, Armamento, Uniforme y Municiones, entre otros). Artículos 16 - 49. Sección Cuarta. Prerrogativas de los individuos de la Guardia Nacional. Artículos 50 - 54. Sección Quinta. Subordinación y penas correccionales. Artículos 55 - 68. Sección Sexta. Fondos de la Guardia Nacional. Artículos 69 - 73. Sección Séptima. Disposiciones generales. Artículos 74 - 84. 8o. marquilla, 8 h. Primera y última hojas por desprenderse. Encuadernado en rústica, cosido a mano. Worldcat: 25033453 y 231646084. Solo registra 2 ejemplares similares. Se establecen reglas para organizar una Guardia Nacional: quiénes están obligados a prestar servicio, quiénes están exentos, funciones, organización y financiamiento. El ejército mexicano 163 necesitó un orden para mejorar la calidad de la tropa debido a que en la mayoría de las veces se reclutaban gente de estratos bajos, vagabundos o pobres, sin convicción de servicio o peor aún se reclutaban criminales y salteadores, lo que minimizaba la efectividad de las tropas en combate debido a las deserciones o la indisciplina. A pesar de la urgencia ante el peligro de la Intervención Estadounidense y la necesidad de profesionalizar y acrecentar el número de soldados, el reglamento también tenía por objeto proteger a las elites en el poder pues estaban renuentes de otorgar armas y poder a las masas. Véase en: Guardino, Peter. Peasants, Politics and the Formation of Mexico's National State. Stanford University Press California, 1996.

$7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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164

164 Salas, José Mariano de - Rejón, Manuel Crecencio. Decreto sobre Naturalización de Extranjeros.

"1.- Todo extrangero que manifieste su deseo de naturalizarse en la República, y que acredite tener alguna profesión o industria útil, que le proporcionen los medios honestos de adquirir su subsistencia, obtendrá la correspondiente carta de naturaleza. 2.- Del mismo modo la obtendrá cualquier extrangero que entre al servicio de la nación, en el ejército o armada…". México, septiembre 10 de 1846. Firmas de acuse de recibo de Manuel Villalón y Morales. 19.8 x 6.6 cm. Rasgado en margen externo, recortado en margen superior; ligeramente amarronado. Decreto emitido durante la Guerra de México con Estados Unidos, por el que pretendía sumar ciudadanos extranjeros a las filas del ejército mexicano, con la promesa de otorgarles la naturalización si luchaban contra los Estados Unidos. Algunos extranjeros que profesaban la fe católica se unieron al ejército mexicano y combatieron contra las fuerzas estadounidenses como el Batallón de San Patricio, conformado por desertores norteamericanos, mayormente de origen irlandés o alemán, entre otros. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

165 Salas, José Mariano (Presidente Interino). Carta Manuscrita

Dirigida al Gobernador de Querétaro Francisco Verdusco. "Mi muy querido amigo y Señor. Puede parecer que ocurrir al arbitrio del empréstito cuando apurados los medios equitativos la absoluta falta de recursos comprometió altamente la existencia de las tropas encargadas de nuestra defensa nacional. Sin embargo habiendo podido proporcionarme por el Distrito algunos ausilios en el que se deroga el decreto; haciendo para los Estados las aclaraciones que de una manera oficial le tienen a V. comunicado y por las que entiendo que se salvan las dificultades a que se refiere…". México, diciembre 11 de 1846. Firma. 26 x 20 cm. Margen izquierdo con pequeña restauración y pequeños faltantes. Carta manuscrita en papel membretado de la Secretaría Particular del Presidente de la República. En la presente misiva el Presidente Interino de la República mexicana a cuenta de la endeble situación económica en la que se encontraba la nación durante la guerra contra los Estados Unidos de Norte América 165 y deja asentados sus esfuerzos por conseguir fondos para hacer frente a la invasión. José Mariano Salas ocupó la Presidencia por un breve período de tiempo, entre el 6 de agosto y el 23 de diciembre de 1846. Su trabajo como Presidente se centró casi exclusivamente en la procuración de fondos para la guerra. Fue sucedido por Antonio López de Santa Anna, quien a su vez delegó la presidencia a Valentín Gómez Farías para salir a combatir a los estadounidense en el norte del país. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

166 Doblado, Manuel / Un Patriota. Avisos. a) Doblado, Manuel. El Ciudadano Manuel Doblado, Gobernador Interino del Estado, a sus Habitantes. México: Tipografía de Oñate, 1846.

"...esta revolución de que sois testigos, es el movimiento generosos de un pueblo que aspira a recobrar su honor: no veréis aquí ni los gritos, ni la ambición de las facciones, veréis únicamente que una nación vilipendiada y deprimida se sacrificó a la ineptitud y cobardía de los que se opusieron a su frente, invocando la paz del vencido, que no es más que sufrir la ley del vencedor: veréis ahora ese espíritu público que trato de apagarse, esa decisión que se intentó a extraviar, y esos recursos que se quisieron desaparecer…". 30.5 x 22 cm. Pequeño surco de polilla en parte superior, no afecta texto. b) Un Patriota. Una Palabra Nomás de un Amigo de la Paz. México: Tipografía de Oñate, 1847. "Cuando nuestra infortunada patria ha gemido por tanto tiempo opresa por una cadena de infortunios... la Providencia, ya conmovida de sus sufrimientos, y con su dedo omnipotente parece que señala los héroes, que existen en su seno dolorido, para que le salven en tal fatal conflicto, Don Manuel Doblado... no cabe duda ser uno de los electos para tan grande obra... El Excmo. Sr. General D. Mariano Paredes y el venerable eclesiástico Jarauta, ambos que han probado el infortunio y que hoy por todas partes se encuentran amagados por los más grandes peligros, y que sin embargo, posponen su bienestar y su propia vida al honor e independencia de nuestra infortunada patria, no dejan vacilar tampoco ser igualmente escogidos para sus salvadores…". 30.5 x 22 cm. Pequeñas rasgaduras en margen izquierdo. Total de piezas: 2. $3,000.00 - $4,000.00 M.N. 78


167 Exhorta a los Mexicanos a Luchar contra los Invasores. Un Mexicano. Federación o Muerte. La Buena Opinión del Soldado de la Patria, a sus Compañeros de Armas.

"Compatriotas: Tenemos patria, tenemos religión; pero todo ésta en inminente peligro de perderse, y acaso muy pronto, sí: no nos alucinemos con fútiles esperanzas, la guerra fratricida de partido con que hemos despedazado y despedazamos aun las entrañas de la madre patria, nos ha conducido al estado de… me horrorizo; pero es preciso decirlo, al estado de esclavitud en que acaso demasiado presto no veremos sepultados… Mexicanos: No desmintamos a nuestros padres, que al legarnos patria nos legaron ejemplos heroicos de virtud y patriotismo… Tomad las armas, defensores, que la sangre mexicana se está derramando a torrentes en defensa de nuestra Sagrada Religión, de nuestra independencia, de nuestros intereses de nuestras familias. Preparémonos a ayudar a nuestros compatriotas, a unir con ellos nuestros esfuerzos, para no ser presa de tan inicuos conquistadores…". Toluca: Imprenta de M. Escontría a cargo de E. González, 1847. 31.9 x 22.1 cm. Discurso anónimo pronunciado por un soldado posterior a la derrota del ejército mexicano en las afueras de la capital, y exhorta a los compatriotas mexicanos a luchar contra el ejército invasor norteamericano el cual es representado como una horda de bárbaros. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

168 Ibarra, Domingo. Bando sobre el Reglamento del Archivo General y Público de la Nación.

"…Que desde el año de 1823, en que fue creado tan grandioso establecimiento, se ha visto con el más lamentable abandono; siendo de admirar, que no solamente se haya descuidado de su arreglo, para que alguna vez sirviera a los importantes fines de su institución, sino que se han permitido escandalosas y punibles estracciones de inumerables documentos preciosísimos, y la destrucción de otros muchos, que ni se pueden calcular, con evidente agravio de la ilustración y notable perjuicio de los particulares y de la nación entera… he creído de mi deber poner coto a aquel desorden, y disponer lo necesario, para que a la mayor brevedad se organice una oficina que no solamente es útil, sino por mil aspectos necesaria en cualquier país civilizado y en consecuencia he tenido a bien decretar… REGLAMENTO del Archivo General y Público de la Nación. Capítulo I. De lo que debe contener el Archivo y su local. Art. 1º. El Archivo general y público, creado por disposición de 22 de Agosto de 1823, debe contener, según ésta los espedientes concluidos y que se vayan terminando en los ministerios, los correspondientes a los antiguos archivos de gobierno y guerra, con toda su existencia, los de la oficina estinguida de azogues, y todos los negocios concluidos, documentos, y otras cosas antiguas é interesantes para la historia…". Puebla, enero 15 de 1847. 100 x 52 cm. Faltantes en márgenes derecho e izquierdo, rasgadura en margen superior.

$4,000.00 - $6,000.00 M.N.

169 Política Estadounidense para Sembrar la Discordia. Por un Eclesiástico. Infame Política de los Estados Unidos de América y Suerte que

nos Espera a los Mexicanos sí no Defendemos Nuestra Independencia. "¡Mexicanos!! La sangre hierve al ver cuál es la infame política de nuestros enemigos. Ella se revela perfectamente en el siguiente escrito que por casualidad ha llegado a nuestras manos… "Importa que sin pararse en gastos trabajen Vdes. en dividir a los mexicanos: nuevas y gruesas sumas se han situado en Tampico para solo gastos de agencia: no tememos a los mexicanos; pero es mejor que ellos se maten entre sí, que perdamos uno solo de los nuestros: tengan muy listos a sus agentes cerca de los que sean capaces de introducir la anarquía… Además reconocido entre nosotros el derecho de esclavitud, conquistada por nuestras armas la República mexicana ¿por qué los mexicanos, sus mugeres e hijos o han de ser nuestros esclavos?...". Impreso en México y reimpreso en San Luis Potosí por un eclesiástico amante de su religión y de su patria". San Luis Potosí: Imprenta del Estado en Palacio, a cargo de Ventura Carrillo, sin año. 31.4 x 21 cm. Worldcat: 11732041. Solo registra dos ejemplares. Raro documento propagandístico sobre la aplicación de las políticas que los estadounidenses pretendían implantar en México, para sembrar la discordia entre los mexicanos, privar al clero de sus bienes y esclavizar a sus mujeres e hijos o por lo menos era lo que afirmaba este impreso posterior a la caída de la ciudad de Tamaulipas en 1846. $7,000.00 - $9,000.00 M.N. 169

170 Vea estas Cuentas la Nación de Tanto Vago y Ladrón. Estado del Gasto Mensual que Erogan los Generales Sobrantes, Gefes y Oficiales

Sueltos y con Licencia Ilimitada. "Parece muy preciso demostrar á esta patria infortunada, que entre muchas causas de la escaseces del erario, es una de las principales la multiplicacion indefinida de gefes y oficiales, la consecion de retiros y jubilaciones indevidas, y en general, los despilfarros en el ramo de guerra… Para formarse una idea de cuán gravosa es la oficialidad á la república, deba tenerse presente que los gastos de los retirados cuestan otro tanto; por manera que entre gefes y oficiales sueltos, con licencia ilimitada y retirados, se gastan anualmente mucho mas de millon y medio de pesos, mientras que la fuerza efectiva, que en Marzo de este año era de 30,000 hombres, cuesta solamente 7 millones anuales…". Puebla: Reimpreso en la calle de Peñas, 1847. 31 x 22 cm. Surco de polilla en parte izquierda tercio inferior, no afecta texto.

$3,000.00 - $4,000.00 M.N. 79


171 ¡Mueran los Americanos! Adame, Ramón. "El Gobernador del Estado de San Luis Potosí, a sus Conciudadanos".

"Potosinos: El fiero conquistador se halla triunfante a las puertas de la Capital; acaso la ocupa ya con el título brutal que le da la fuerza, o con el de una capitulación, que cubra de nuevo oprobio las ya empañadas armas de la República. ¿Y se someterá la Nación, se someterá el valiente y patriota Estado de San Luis al inicuo desenlace de una cuestión en que están de nuestra parte la justicia y la defensa de los derechos… ¡Conciudadanos! ¡Viva la Libertad! ¡Viva la Independencia! ¡Mueran los Americanos! ¡Mueran los Cobardes Infames que firmen una paz afrentosa para la República!". San Luis Potosí, agosto 25 de 1847. 31.7 x 22.1 cm. Worldcat: 70234233. Solo registra dos ejemplares. Durante la intervención estadounidense en México, San Luis Potosí sufrió poco las secuelas de la guerra puesto que fue desde este territorio que Santa - Anna lanzó su ataque contra los norteamericanos en la Batalla de la Angostura y fue a este mismo territorio que se retiró al término de la batalla dejando cierto resentimiento en la población por lo que el gobernador Ramón Adame, quién posteriormente dirigiría un levantamiento contra el gobierno mexicano, dirigió a su pueblo un mensaje patriótico para que apoyarán la causa mexicana con fervor. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

172 Acusados Injustamente por los Estadounidenses. Franco, Agustín A. Alegato de Defensa de los Señores D. Francisco y D. Martín Esteves que ante un Consejo de Guerra de Oficiales del Ejército de los Estados Unidos del Norte, Pronuncio el Día 14 de Febrero de 1848. Toluca: Impreso por Manuel R. Gallo, 1848. 8o. marquilla, XIX p. Pastas desprendidas. Manchas de ácido causando pérdida de papel desde la portada y hasta la página XIV y punta superior. Encuadernado en rústica. Sabin: 25480. "Cargo contra Martín Esteves. Cargo. - Seducción de soldados para hacerlos desertar. Especificación - Que dicho Martín Esteves, ciudadano mexicano, sujeto a las leyes militares de los Estados Unidos del Norte de América, aconsejó y por medio de varias seducciones y persuasiones, tales como ofrecer vestidos, caballos, armas, dinero y despachos, trató en diferentes ocasiones de hacer que desertasen del servicio de dichos Estados Unidos, y se incorporasen al ejército mexicano el cabo Miguel Dowie y el soldado Juan Sexsmith, ambos de la compañía "F" del 4o. Regimiento de Artillería de los Estados Unidos… cerca de los días 22, 23, 24 y 25 de Enero de 1848.". Documento poco común sobre el juicio a Martín y Francisco Esteves padre e hijo respectivamente acusados injustamente por dos soldados norteamericanos de ofrecerles dádivas para que desertaran y se incorporasen al ejército mexicano, la contradicción de los hechos y fechas dados por los norteamericanos llevo a los acusados a ser liberados poco tiempo después. Véase en: Kurutz, Gary - Mathes, Michael. "The Forgotten War: The Conflict Between Mexico and the United States, 1846-1849: a Bibliography of the Holdings of the California State Library". California State Library Foundation, 2003

$4,000.00 - $6,000.00 M.N.

173 Florez y Terán, Juan María. Bandos sobre Restricciones en Venta de Licores y Restablecimiento del Estanco del Tabaco. a) Bando por el que se Notifica las Restricciones Respecto a la Venta de Licores. Publica las nuevas restricciones a la venta del alcohol por los constantes abusos e irregularidades que se han suscitado por la venta de este producto "Que considerando que varias de las disposiciones de policía y buen gobierno, no surten todo el efecto que se desea porque

existen abusos que es preciso corregir antes, y siendo uno de ellos el que produce la libertad de vender licores a todas horas, por las reuniones que con este motivo hay en las tiendas y vinaterías… Art. 1o. Por regla general, desde el día de mañana se cerrarán las vinaterías y pulquerías al toque de la oración…". México, junio 19 de 1848. 36.5 x 26 cm. b) Bando por el que se Notifica el Restablecimiento del Estanco del Tabaco. Publica la restitución del estanco al tabaco debido al armisticio logrado, así como el periodo de gracia que otorga el gobierno a los poseedores de tabaco para agotar sus mercancías. "...Á que por lo mismo sabían también que sus especulaciones estaban sujetas a las contingencias que produjesen los sucesos de la guerra, o la celebración de la paz: á que no obstante esas consideraciones, quiso todavía el propio Supremo Gobierno conceder a los poseedores de tabaco, la gracias de aumentar por otros 60 días más el plazo del reestanco, para facilitarles el consumo de sus existencias...". México, junio 24 de 1848. 43.5 x 31.5 cm. Rasgaduras en márgenes y dos puntos de polilla, no afectan texto. Tota de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

174 Florez, Juan María. Bando / Carta. a) Bando sobre la Formación de una Guardia Nacional para Resguardo de la Capital.

"Manuel de la Peña y Peña, presidente interino... sabed: 1o. Que es un deber del gobierno evitar los desastres que podía sufrir la capital de la República, si al evacuarla el ejército americano, no hubiese en ella una fuerza suficiente para reprimir todo conato de sedición o de desorden. 2o. Que para conservar el orden y la tranquilidad en la capital, ninguna fuerza puede ser mas a propósito, que la Guardia Nacional, formada de mexicanos que tienen intereses que perder en cualquier desorden...". México, junio 1 de 1848. 48 x 32.5 cm. Pegado sobre cartulina. Rasgaduras al centro y en margen superior. b) Carta Dirigida al Señor Francisco Nájera. "El objeto que éste Gobierno ha llevado al mandar que el alistamiento de guardia nacional se haga por ahora en los Batallones de que habla el bando publicado ayer, es el de estinguir toda distinción odiosa, y hacer que los ciudadanos todos, se reúnan en los cuerpos que permanecieron en casi la alta fuerza que les designó el decreto de 11 de Setiembre de 1846, antes de que las tropas americanas ocuparan ésta Capital...". Méjico, junio 2 de 1848. Firma. 48 x 32.5 cm. Pegada sobre cartulina. Total de piezas: 2. $5,000.00 - $7,000.00 M.N.

80


175 House Of Representatives. Propositions For Peace. Message from the President

of the United States in Answer to the Resolution of the House of Representatives of the 7th February, 1848, in Relation to Propositions from the Mexican Authorities for a Treaty of Peace. Washington, febrero 11 de 1848. 4o., 22 p. Manchas de humedad en tercio superior. Encuadernado en pasta dura, lomo en piel. Contiene Informes, misivas y circulares intercambiadas entre los gobiernos de México y los Estados Unidos en relación a las negociaciones de paz, con énfasis en los nuevos límites fronterizos entre ambas naciones y los territorios que México deberá ceder a los Estados Unidos. Así mismo contiene la correspondencia entre James Buchanan, J. R. Pacheco, Nicholas Trist y los comisionados mexicanos sobre las negociaciones de tregua fallidas que ocurrieron cuando las tropas estadounidenses llegaron a la ciudad de México, de las cuales Scott creyó que se trataba de una artimaña de Santa - Anna para ganar tiempo y fortalecer sus defensas y las suspendió. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

175

176 Marcy, W. L. Report of the Secretary of War in Compliance with

a Resolution of the Senate of the 3d of August 1848, a Map of the Valley of Mexico, from Surveys by Lieutenants Smith and Hardcastle. Washington, 1850. 8o. marquilla, 13 p. Ex. Doc. No. 11. 31st. Congress, 1st. Session. Mancha de humedad en margen superior. Cosido. Incluye "Map of the Valley of Mexico with a plan of the defences of the capital and the line of operations of the United States Army under Major General Scott, in August and September 1847", 72 x 52 cm. Pequeñas rasgaduras en dobleces centrales y dos rasgaduras en margen superior, una reforzada. Total de piezas: 2. $8,000.00 - $10,000.00 M.N. 176

177 Peña y Peña, Manuel de la. Leyes a que deben Arreglarse las Elecciones de Diputados, Senadores y Presidente de la República Mexicana, por el Distrito Federal. México: Imprenta de Vicente G. Torres, 1848. 8o. marquilla, 16 p. Encuadernado en rústica. Leyes para las elecciones legislativas y presidenciales tras la rendición de México en la guerra con los Estados Unidos. Las elecciones fueron convocadas por el Presidente Interino Manuel de la Peña y Peña, quien fue el encargado de negociar el tratado de Guadalupe Hidalgo. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

178 Tornel y Mendívil, José María. Diploma de Agrimensor de Tierras y Aguas Otorgado a Joaquín de Mier y Terán.

"Atendiendo al aprovechamiento del ciudadano Joaquin de Mier y Terán, alumno de este Seminario en las ciencias y práctica que se exijen para la profesion de Agrimensor de tierras y aguas, y que tiene acreditado por el exámen que previene la ley, y en el cual resultó aprobado por unanimidad de votos; he visto en espedirle el presente diploma de Agrimensor de tierras y aguas, para que ejerza legalmente en toda la República dicha profesion…". México, octubre 22 de 1848. Firma. 41.5 x 27 cm. Pequeños faltantes y dos perforaciones para archivo en margen izquierdo. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

179 Dueñas, José Julián. Circulares sobre Consentimiento de Erección del Nuevo Estado de Guerrero y sobre Escribanos Públicos. a) Bando sobre Consentimiento de Erección del Nuevo Estado de Guerrero.

"El Congreso del estado libre y soberano de Tabasco, ha decretado lo siguiente. Art. único. El Congreso del Estado presta su consentimiento para la erección del nuevo Estado de Guerrero creado en virtud del art. 6o. de la acta constitutiva de reformas promulgada el 21 de Mayo de 1847.". Palacio del Gobierno en San Juan Bautista, octubre 13 de 1849. Rúbrica. El Presidente José Joaquín de Herrera expidió el 15 de mayo de 1849 el decreto de creación del Estado de Guerrero y hasta el 27 de octubre de 1849 se declaró formalmente constituido el Estado, siendo el primer Gobernador el General Juan Álvarez. Quedaba conformado de los Distritos de Acapulco, Chilapa y Taxco, pertenecientes al Estado de México; Tlapa correspondía a Puebla y Coyuca a Michoacán. b) Bando sobre Escribanos Públicos. "El Congreso del Estado libre y soberano de Tabasco, ha decretado lo siguiente. Art. 1o. Habrá en la capital del estado tres escribanos públicos con oficio abierto, y uno en cada cabecera de los Departamentos, los que tendrán la propiedad de sus oficinas, y de los negocios que en ellas cursen". Palacio del Gobierno en San Juan Bautista de Tabasco, octubre 18 de 1849. Rúbrica. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N. 81


180 Acusado de Traición por Colaborar con los Invasores. Suárez Iriarte, Francisco. Defensa Pronunciada Ante el Gran Jurado el 21 de Marzo

180

de 1850… Acusado en 8 de Agosto de 1848 por el Secretario de Relaciones en Aquella Fecha, como Presidente de la Asamblea Municipal de la Ciudad y Distrito de México. México: Imprenta de R. Rafael, 1850. 8o. marquilla, 147 p. Encuadernado, sin pastas. Palau: 323979. Sabin: 35066 y 93333. "… Mis acusadores han escogido los puestos más elevados en que se hallan constituidos y los documentos oficiales de mayor publicidad e interés, para presentarme a la nación como un traidor coludido con los gefes del ejército invasor para borrar la nacionalidad de México anexándola a la República de Norte América: han señalado como causa eficiente de la celebración de la paz, el espíritu de confusión de nacionalidades que me atribuyeron; y han presentado como prueba irrefragrable de sus aseveraciones la conducta observada por la Asamblea municipal después de instalada y los medios porque había llegado a ser electa…". Al final un plano plegado: "Plano de una parte del Valle de México, con el correspondiente corte desde la laguna de Chalco hasta el Valle del Río Tula. Levantado y delineado por el Ten. M. L. Smith, comandante de los Ingens. Topogs. y E. L. V. Hardcastle, Ingeno. Topogo.". A fines de 1847, las autoridades militares estadounidenses permitieron la renovación de la Ciudad de México. Esto iba contra las leyes mexicanas y se hizo a propósito para poner un gobierno de la ciudad que colaborara o aceptara los términos de paz. En consecuencia, se presionaría al gobierno nacional de México, que tenía su sede en Querétaro. Algunos políticos mexicanos tenían la impresión que el país perdería su autonomía por completo, por lo que debía someterse al nuevo orden estadounidense. Uno de ellos era Francisco Suárez Iriarte quién fuera acusado de traición por sus connacionales. Véase en: http://www.pbs.org/kera/usmexicanwar/war/occupation_of_mexico_esp.html

$10,000.00 - $12,000.00 M.N.

181 Comisión de Límites Fronterizos entre México y los Estados Unidos. Report of the

181

Secretary of the interior In Answer to a Resolution of the Senate Calling for Information in Relation to the Operations of the Commission Appointed to Run and Mark the Boundary Between the United States and Mexico. Washington, marzo 1 de 1850. 4o. marquilla, 53 p. Reproducción del original de la Librería del Congreso. Sin pastas ni lomo. Recopilación de circulares e informes relativos a la delimitación de la frontera entre México y los Estados Unidos. Incluye una relación completa de los gastos de la comisión geográfica exploradora enviada a la frontera entre ambas naciones. Presentados antes el 31 Congreso del Senado Estadounidense. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

182 Juan N. Almonte, Candidato para la Prócsima Elección de Presidente.

"…El Sr. D. Juan N. Almonte tendrá muy buenos deseos, no lo dudamos, pero es absolutamente inepto para el caso. El inmaculado Almonte, no es otra cosa que un solemne hipócrita, que siempre, como en la actualidad, ha intrigado, ha puesto en juego todos sus resortes para subir a la presidencia, que es lo único en que piensa, que son sus sueños dorados… El Sr. Almonte, en fin, es un cobarde hipócrita, á quien puede decirse muy bien, embustero y bribón…". México: Imprenta de Vicente García Torres, a cargo de Luis Vidaurri, ca. 1850. 31.9 x 22.8 cm. Rasgado en márgenes y doblez. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 182

82


183 Monterde, Mariano. Discurso Pronunciado por el Sr. General D. Mariano Monterde, Director del Colegio Militar, en la Distribución de Premios de los Alumnos del Mismo. México: Tipografía de Vicente G. Torres, 1850. 16o. marquilla, 15 p. Mancha de humedad en margen inferior. Sin pastas y sin lomo. Muy raro. Worldcat: 432655802 y 829259807. Registra sólo un ejemplar en la Biblioteca Nacional de España. En el presente discurso se hace mención del sacrificio de los Niños Héroes, defendiendo el Castillo de Chapultepec de las fuerzas norteamericanas "…Estos beneméritos jóvenes concurren hoy con

nosotros a esta fiesta solemne, si no personalmente, al menos en la memoria de sus jefes y de sus camaradas, por lo que me será permitido llamarlos de uno a uno por sus nombres sin que se me tenga por visionario, pues que en otro tiempo, a la cabeza de sus espectivos cuerpos pasaban revista de comisario los difuntos jefes mexicanos. Epictacio Sánchez, Leño, Andonaegui, y Landero. Con la autorización llamo yo hoy a Barrera, Ascutia, Melgar, Montez de Oca, Marquez, y a ti jovencito Suarez, ejemplo de serenidad y de valor; tú dijiste minutos antes de morir, que para unirte a tus camaradas, ya prisioneros, Concluirias con cinco cartuchosque te quedaban, y en la lid rendiste el espíritu y te hiciste matar, porque el temor de la ignominia es el mayor estímulo para el que está poseído de sentimientos de honor…". $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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184 Prieto, Guillermo / Reyes, Epifanio. Dictamen sobre Consignación de

Fondos / Disposiciones Relativas a la Contribución Personal. a) Prieto, Guillermo - Espinosa de los Monteros, Juan N. Dictamen de las Comisiones Primera y Segunda de Hacienda de la Cámara de Diputados del Congreso General sobre Consignación de Fondos para la Deuda Interior y recursos con que Cubrir el Deficiente del Erario Federal, Leído en la Sesión de 26 de Junio de 1851, e Impreso por Acuerdo de la Misma Cámara. México: Imprenta de Vicente G. Torres a cargo de José Vidal Hernández, 1851. 8o. marquilla, 26 p. En la misma paginación Voto particular del sr. diputado d. Guillermo Prieto, en el dictamen de las Comisiones de hacienda sobre clasificacion de rentas (páginas 15 a 26). Mancha de humedad en margen externo. Lomo rasgado en tercio inferior. Encuadernado en rústica. Worldcat: 651342862 y 838457096. Solo registra cinco ejemplares, solo un ejemplar en México en: Biblioteca Nacional de México. b) Reyes, Epifanio - Dorantes, Prudenciano. Disposiciones Relativas a la Contribución Personal. Morelia: Tip. de los Hijos deI. Arango, 1887. 16o. marquilla, 16 p. Tiro especial. Sin pastas ni lomo. Encuadernado en rústica. Total de piezas: 2. 184

$6,000.00 - $8,000.00 M.N.

185 Robles Pezuela, Manuel / Escobar, Alberto / Moreno, Bernardo. Reglamento de Pagadores /

Estado que Manifiesta el Movimiento de Enfermos / Cartilla de Contabilidad Militar. a) Robles Pezuela, Manuel. Reglamento para el Servicio de Pagadores que Establece en los Cuerpos del Ejército la Ley de 22 de Abril Último. México: Imprenta de V. G. Torres, 1851. 8o. marquilla, 23 p. Encuadernado en rústica. Worldcat: 19986849. Registra solo tres ejemplares. b) Escobar, Alberto. Ejército Nacional, Cuerpo Médico Militar, Hospital de Instrucción. Estado que Manifiesta el Movimiento de Enfermos Habido en este Hospital en el Mes de Mayo de 1888, las Enfermedades Observadas y Operaciones que se Practicaron. México: Imprenta de Francisco Díaz de León, 1888. 4o. marquilla, 10 p. Dedicado en pasta anterior. 185 Margen superior rasgado. Encuadernado en rústica. c) Moreno, Bernardo. Cartilla de Contabilidad Militar. México: Imprenta de la Sección de Archivo y Biblioteca de la Secretaría de Guerra y Marina, 1901. 8o. marquilla, 18 p. + 3 h. El señor Presidente de la República se sirvió declarar de texto esta obra para las Academias de los Cuerpos del Ejército. Pastas y lomo con faltantes. Encuadernado en rústica. Total de piezas: 3. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

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186 Doblado, Manuel. Carta Dirigida al Sr. Manuel Madrid.

"...Vi con gusto su apreciable del 24, y comprendo ya el motivo porque las alhajas no han sido entregadas... Cada día desalienta mas el estado de las cosas públicas: lo que U. me comunica no deja duda de que estamos ya en la anarquía...". Firma. México, noviembre 29 de 1852. 27 x 21 cm. Sobre carta, con sello postal y restos de lacre.

$5,000.00 - $7,000.00 M.N.

186

187 Gálvez, José - López de Santa Ana, Antonio Canalizo, Valentín. Estatutos de la Academia

Nacional de San Carlos de esta Capital, y Leyes Pertenecientes al mismo Establecimiento. México: Tipografía de R. Rafael, 1852. 8o. marquilla, 62 p. Lomo con pequeños faltantes. Encuadernado en rústica. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

187

188 López de Santa Anna, Antonio - Parres, Luis. Circular del Decreto que Prohíbe la

Introducción de Impresos que Ataquen las Providencias del Gobierno. "Art. 1. Se prohíbe la introducción en la República de cualquier país extranjero, de todo impreso en que se ataque ó censuren las providencias del gobierno, ó los principios que ha establecido para, su régimen. Art. 2. Todo capitán, sobrecargo, individuo de la tripulación ó pasajero, que sea portador de impresos en idioma castellano, está obligado á manifestarlos á los empleados ó funcionarios que practiquen la primera visita del buque, quienes los recogerán y presentarán para su examen á la primera autoridad política del puerto en que el buque hubiere fondeado, la que permitirá la libre circulación, si no contuviesen especies inmorales ó subversivas, ó contraríen de otra manera las leyes de imprenta…". México, marzo 16 de 1854. Rúbrica de Luis Parres. 31.5 x 21.3 cm. La situación política en México, a principios de1854 se había vuelto insostenible, las imposiciones de Santa Anna pronto hartaron a liberales y conservadores. Sus infames políticas como el impuesto a las ventanas, rampante corrupción y sublevaciones constantes llevaron a su gobierno al pico de la impopularidad. Esto llevo a santa Anna a intentar censurar toda publicación en su contra.

Véase en: La Lucha por el Poder a la Caída de Santa Anna. Juárez, José Roberto. En Historia Mexicana Vol. 10, número 1, 1960. Pág. 72 - 74.

$8,000.00 - $10,000.00 M.N. 188

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189 López de Santa Anna, Antonio - Aguilar, Ignacio. Circular sobre Extinción del

Distrito Federal y Creación y Extensión del Territorios del Distrito de México. "…Su Alteza Serenísima el General Presidente se ha servido dirigirme el decreto que sigue… Art.1. El Distrito de México se estenderá hasta las poblaciones que espresa este decreto, y a cuantas aldeas, fincas, ranchos, terrenos y demás puntos estén comprendidos en los límites, demarcaciones y pertenencias de las poblaciones mencionadas. Por el Norte próximadamente, hasta el pueblo de San Cristóbal Ecatepec inclusive: por el N. O. Tlanaepantla: por el Poniente los Remedios, San Bartolo y San Fé: por el S. O. desde el límite oriental de Huisquilucan, Miscoac, San Angel y Coyoacán: por el Sur Tlalpan: por el S. E. Tepepa, Xochimilco e Ixtapalapa: por el Oriente el Peñon Viejo, y entre este rumbo, en N. E. y N., hasta la mediana de las aguas del lago de Texcoco. Art. 2. Se divide el Distrito en las Prefecturas centrales é interiores, correspondientes á los ocho cuarteles mayores que forman la municipalidad de México, segun su antigua demarcación, y con la sola excepción del pueblo de San Miguel Chapultepec que está fuera de ella, en virtud del decreto de 8 de Abril de 1853; y en tres exteriores, á saber: la 1a del Norte, cuya cabecera será Tlalnepantla: la 2a del Occidente, cuya cabecera será Tacubaya: la 3a del Sur, cuya cabecera será Tlalpam...". México, febrero 16 de 1854. Rúbrica del Ministro de Gobernación Ignacio Aguilar. 32 x 21 cm. Worldcat: 651194396: Menciona sólo un ejemplar, en la Biblioteca Nacional de México. Decreto con el que el presidente López de Santa Anna, durante su régimen centralista y de gobierno dictatorial, dispuso la extinción del Distrito Federal para que se formara el llamado "Distrito de México". Para ello, se establece una nueva división territorial de dicho distrito, cuya capital será la municipalidad de la ciudad de México, y al frente del mismo es nombrado un gobernador. Santa Anna expandió la superficie del Distrito Federal de 220.6 km² hasta 189 aproximadamente 1, 700 km², anexando zonas rurales y montañosas del Estado de México, con el fin de controlar los puntos estratégicos para la seguridad de la capital, y dividió el Distrito en prefecturas centrales e interiores correspondientes a los ocho cuarteles mayores que formaban la municipalidad de México, afectando considerablemente el territorio del Estado de México. Dicha configuración sería de corta duración, ya que a la llegada del Plan de Ayutla y del derrocamiento de Santa Anna por los liberales, Juan Álvarez el 12 de octubre emite un decreto "Se derogan las leyes y decretos que se expresan, relativas al ayuntamiento de la capital", con lo cual retorna el Distrito Federal. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

190 Álvarez, Juan - García Conde, José. Convocatoria al Congreso

Constituyente de 1856. "El C. José García Conde, General de brigada graduado, Gobernador y Comandante general de este Distrito, a sus habitantes, sabed… El C. Juan Álvarez, presidente interino de la República mexicana, a sus habitantes sabed: Que en cumplimiento del artículo 5o del plan de Ayutla adoptado por la nación, y de acuerdo con el consejo de Estado, he decretado la siguiente CONVOCATORIA. Art.1. Se convoca un congreso estraordinario, para que constituya libremente a la nación bajo la forma de república democrática representativa…". México, noviembre 7 de 1855. 8o. marquilla, 15 p. Sin pastas y sin lomo. Worldcat: 733610822 y 432787478: Registra un solo ejemplar en la Biblioteca Nacional de Madrid. Muy raro e importante documento por el que se establece la organización de un Congreso Constituyente Nacional, para la conformación de una república democrática representativa y de una nueva Constitución, según lo dispuesto en el Plan de Ayutla y tras la destitución de Antonio López de Santa Anna, Juan Álvarez convoca la formación de un Congreso Extraordinario para el año de 1856 cuyos trabajos culminaron el 5 de febrero de 1857 con la promulgación de la Constitución Política de la República Mexicana de 1857. $18,000.00 - $22,000.00 M.N. 190

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191 Álvarez, Juan. Bando sobre el Nombramiento de

Ignacio Comonfort como Presidente Interino de la República Mexicana. "…Juan Álvarez, General de División y Presidente interino de la República, a sus habitantes… que en uso de las facultades que me concede el Plan proclamado en Ayutla y reformado en Acapulco, he tenido a bien decretar lo siguiente... Artículo 2. En uso de las facultades que me concede el Plan de Ayutla, nombro Presidente sustituto de la República, por mi separación temporal del Gobierno, al Ciudadano General Ignacio Comonfort". Toluca, diciembre 13 de 1855. Legajo de 11 h. (1 h. Bando 31.5 x 21 cm. y 10 h. 20.5 x 16.5 cm., recibos, dan cuenta de la recepción del mismo).

191

$9,000.00 - $11,000.00 M.N.

192 Comonfort, Ignacio - Siliceo, Manuel / Espinosa de los Monteros, J. N. Ley y Reglamento Interior de la Escuela Nacional de Agricultura /

Reglamento para que el Soberano Congreso Constituyente Ejerza la Facultad Revisora a que le Autoriza el Art. 5o. del Plan de Ayutla. a) Comonfort, Ignacio - Siliceo, Manuel. Ley y Reglamento Interior de la Escuela Nacional de Agricultura. México: Ignacio Cumplido, 1856. 8o. marquilla, 59 p. + dos tablas plegadas. Encuadernado en rústica. b) Espinosa de los Monteros, J. N. Reglamento para que el Soberano Congreso Constituyente Ejerza la Facultad Revisora a que le Autoriza el Art. 5o. del Plan de Ayutla. México, marzo 26 de 1856. 8o. marquilla, 4 p. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

193 Comonfort, Ignacio / Parrodi, Anastasio. Nombramientos para D. Julián Miranda. a) Comonfort, Ignacio. Nombramiento de Médico Cirujano del Cuerpo Médico Militar. México, 19 de junio de 1856. Firma. 45 x 28 cm. 2 h. Sellos. Rasgado en dobleces, faltante en segunda hoja, parte superior derecha. b) Parrodi, Anastasio. Nombramiento como Profesor de Medicina y Cirugía al Sr. Julián Miranda. Guadalajara, septiembre 26 de 1857. Firma. 45 x 28 cm. 2 h. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

194

194 Lafragua, José María. Decreto / Capitulación / Nombramiento / Negativa. a) Decreto. "Ignacio Comonfort, Presidente Sustituto de la República Mexicana... Que en uso de las facultades que me concede el plan

proclamado en Ayutla y refomado en Acapulco y considerando: Primero: que el mejor servicio público reclama la reunión del consejo de gobierno: Segundo: Que muchos de los consejeros nombrados en 24 de Septiembre del año pasado, estan impedidos... ha tenido a bien decretar... El consejo de gobierno se compone de los representanres nombrados el año anterior, que están espeditos para desempeñar sus funciones, y de los que hoy se nombran para reemplazar a los que se hallan impedidos...". México, mayo 12 de 1856. Rúbrica. 29 x 21 cm. b) Capitulación. "...El día 23 del presente mes ha ocupado el Ecsmo. Sr. Presidente sustituto la Ciudad de Puebla, a cuya guarnición tuvo a bien conceder la capitulación... Reducidos los rebeldes a la plaza y un radio de dos calles, el completo triunfo del gobierno era indefectible. Cuatro medios había de obtenerlo: un asalto, un bombardeo, un sitio o una capitulación... En consecuencia, el asalto y el bombardeo ni ponian en poder del gobierno a los principales criminales, ni hacian más segura la victoria...". México, marzo 26 de 1856. Rúbrica. Rasgado al centro de margen derecho. 31.7 x 20.6 cm c) Carta nombramiento, dirigida al Sr. D. Joaquín Mier y Terán. "El E. S. Presidente sustituto ha tenido a bien nombrar a VS. Consejero del Gobierno por el Estado de Oajaca... el próximo día 23 a las 12 de la mañana, se servirá VS. estar en el salón del Senado para prestar el juramento correspondiente.". Méjico, mayo 20 de 1856. Firma. 32 x 21 cm. d) Carta negativa, dirigida al Sr. D. Joaquín Mier y Terán. "El E. S. Presidente Sustituto atendiendo a las razones que V. S. manifiesta esu Ofo. fecha 26 del ppdo. para escusarse de servir el Cargo de Consejero, ha tenido a bien omitir la renuncia de V. S. aunque con verdadero sentimiento, pues va a carecer del eficaz auxilio que las luces de V. S. prestarian al Gobno. Supremo...". México, junio 13 de 1856. Firma. 33 x 21 cm. Total de piezas: 4. $8,000.00 - $10,000.00 M.N. 86


195 Traconis, Juan Bautista. Bando sobre la Enajenación de los Bienes Pertenecientes al Clero en el Estado de Puebla.

"El C. Plutarco González, General de Brigada, Gobernador y Comandante General del Estado de México, a sus habitantes sabed: Que el Escmo. Sr. General D. Bautista Traconis, en oficio de 16 del actual me dice lo que copio… art. 1o. Las adjudicaciones y ventas de las fincas rústicas y urbanas, pertenecientes al clero secular y regular de ambos sexos de la diócesis de Puebla, se verificarán sin la concurrencia de las corporaciones intervenidas, a virtud de la oposición del clero. Art. 2o. Para las adjudicaciones y ventas ocurrirán los licitantes en esta capital a este gobierno y a la prefectura para la celebración de los respectivos contratos…". Toluca, julio 18 de 1856. 41 x 31.5 cm. Reforzado en doblez central. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

196 Zuloaga, Félix - Zaldívar, José María. Circular sobre Descubrimientos o

Invenciones en Cualquier Género de Industria y sus Patentes. "...Título Primero - Disposiciones generales. Art. 1o. Todo descubrimiento nuevo o invención en cualquier género de industria, da a su autor bajo las condiciones y por el tiempo que en esta ley se espresará, el derecho de aprovechar esclusivamente su invención o descubrimiento. Este derecho asegura, con títulos espedidos, bajo el nombre de patentes de invención, por el Ministerio de Fomento... Título Segundo - Formalidades relativas a la espedición de patentes... Título Tercero - De lo que concierne a estranjeros especto de las patentes... Título Cuarto - De la nulidad de la pérdida de los derechos, y de las acciones que competen en uno y otro caso... Título Quinto - De la usurpación y falsificación de las patentes, sus penas y procedimiento en estos juicios... Título Sesto - De las invenciones medicinales...". México, noviembre 3 de 1858. 8o. marquilla. Margen externo con faltantes, restaurado. Encuadernado en pasta dura, en piel. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

196

197 González Ortega, Jesús. Proclama sobre la Toma de la Ciudad de México y Anuncio del Fin de la

Guerra de Reforma. "Hoy en medio de un público y estrepitoso júbilo, he ocupado a esta capital, debiendo verificarlo mañana el ejército que se halla a mis órdenes, compuesto de más de 20,000 hombres. D. Miguel Miramón, Márquez, Cobos, etc. Han abandonado a la una de la mañana de hoy esta plaza… El mismo Sr. Miramón me pidió garantías hace dos días… me ocmprometía a conceder en nombre del Supremo Gobierno, por delitos puramente políticos y militares, entendiéndose respecto a estos últimos, aquellos en que no se hubiera faltado a los principios de derecho de gentes… pero bajo la precisa condición de que debían quedar como prisioneros de guerra los principales cabecillas de la reacción, cuya proposición no fue admitida…". México, diciembre 25 de 1860. Rúbrica. 34.5 x 22 cm. Pequeñas rasgaduras y faltante en margen inferior. La refriega que precede a la entrada triunfal a la Ciudad de México del General Ortega es conocida como la "Batalla de Calpulalpan", la última batalla contra las fuerzas conservadoras dirigidas por Miramón, acaecida el 22 de diciembre de 1860 en las inmediaciones de la comunidad de San Miguel de la Victoria en el municipio de Jilotepec, Estado de México. Seis días después, Juárez hace su entrada triunfal a la Ciudad de México, el 1 de enero de 1861, poniendo oficialmente el fin a la guerra. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

197

198 Cuevas, José María. Informe del Licenciado... ante la Primera Sala

del Tribunal Superior en el Punto sobre Competencia del Juzgado de Distrito, para Conocer de la Causa que se Instruye al Sr. D. Luis G. Cuevas por Haber sido Ministro de Relaciones en la Administración Establecida en Enero de 1858. México: Imprenta de J. M. Lara, 1861. 8o. marquilla, 60 p. Lomo reforzado. Encuadernado en rústica. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 198

87


199 Juárez, Benito - Zarco, Francisco. Arreglo del Régimen Interior del Distrito Federal. Art. 1o. Para el mejor arreglo del régimen interior del Distrito Federal, se divide su territorio en las secciones siguientes: I. Municipalidad de México. II. Partido de Guadalupe Hidalgo. III. Partido de Xochimilco. IV. Partido de Tlalpam. V. Partido de Tacubaya. Art. 2o. En la municipalidad de México, las funciones de la autoridad local serán desempeñadas por el gobernador. Art. 3o. En los partidos habrá prefectos, cuyo nombramiento y remoción corresponde al gobernador…". México, mayo 6 de 1861. 30.5 x 21.3 cm. Este decreto no considera fuera de la jurisdicción del estado de México el territorio del Distrito Federal, define la situación de los municipios y sus prefecturas, aunque este no se aplicara efectivamente hasta terminada la segunda intervención francesa, el 5 de marzo de 1862 por decreto se definen los límites y particularidades del territorio del Distrito Federal con base al decreto del 6 de mayo de 1861, reafirma el Municipio de Guadalupe Hidalgo como constitucional aunque haya sido creado como municipio eclesiástico en el Siglo XVIII y el Municipio de Cuajimalpa se reafirma como municipio independiente de la municipalidad de Santa Fe y San Ángel. Quedando integrado el Distrito Federal Municipio Central y 16 municipios que se organizan en cuatro partidos, los cuales limitan a los municipios varias de sus funciones, lo cual causa gran malestar en los municipios. $9,000.00 - $11,000.00 M.N.

199

200 Juárez, Benito / Bustamante,

Gavino F. Nombramiento; Discurso Pronunciado… al Tomar Posesión de la Presidencia de la República; Contestación del… Presidente del Soberano Congreso de la Unión. Sin pie de imprenta, 1861. 8o. marquilla, 8 p. Encuadernado en rústica. Primer nombramiento oficial de Benito Juárez como Presidente electo de México, puesto que en 1858 solo era presidente sustituto. En 1858 en medio del conflicto contra los conservadores, el General Manuel Doblado y una junta de Gobernadores de los Estados desconocieron al gobierno de Comonfort y nombran a Juárez como presidente sustituto. Al terminar la Guerra de Reforma con la toma de la Ciudad de México en enero de 1861, Juárez se enfrentó al cuestionamiento de la legitimidad de su gobierno, obligándolo a llamar a elecciones para seguir el orden constitucional, una vez restablecidos los Supremos Poderes Federales. En junio 11 de 1861 con 61 votos a favor y 55 en contra nombran a Benito Juárez Presidente de la República. 200

201 Juárez, Benito / Díaz, Porfirio - Limantour, José Yves / Fernández, Justino. Ley de Presupuestos Generales / Ley

que Establece la Dirección General / Ley de Organización Judicial. a) Juárez, Benito - Núñez, José Higinio. Ley de Presupuestos Generales de la República Mexicana. Agosto de 1861. México: Imprenta de I. Cumplido, 1861. 4o. marquilla, 41 p. Rúbrica de José Higinio Núñez. Pasta anterior con mancha de humedad. Lomo con faltantes. Encuadernado en rústica. b) Díaz, Porfirio - Limantour, José Yves. Ley que Establece la Dirección General de Aduanas / Circular Modificando el Vocabulario de la Tarifa de la Ordenanza General de Aduanas. México: Tipografía de la Oficina Impresora del Timbre, Palacio Nacional, 1900. 4o. marquilla, 6 h. + 13 p. Dos obras en un volumen. 201 Encuadernado en rústica. c) Díaz, Porfirio - Fernández, Justino. Ley de Organización Judicial para el Distrito y Territorios Federales. México: Imprenta de J. F. Jens Sucesores, 1903. 4o. marquilla, 76 p. Pasta anterior con mancha de humedad. Lomo con faltantes. Encuadernado en rústica. Total de piezas: 3. $7,000.00 - $9,000.00 M.N. 88


202 Juárez, Benito. Ley sobre Libertad de Cultos. Precedida de la Nota con que fue Circulada por el Ministerio de Justicia. México: Imprenta de Vicente García Torres, 1861. 8o. marquilla, 28 p. Encuadernado en rústica. Esta ley da término a una serie de decretos juaristas que terminaron con el control político, económico e ideológico de la Iglesia católica, entre ellos, la nacionalización de los bienes del clero y la ley de matrimonio civil. La presente legislación, abre definitivamente la posibilidad de ejercer sus actividades religiosas libremente, por fuera del marco de la Iglesia Católica. La ley sin duda contrarió fuertemente los intereses de los grupos conservadores, quienes se volcaron hacia el extranjero en busca de un monarca europeo que pudiera reestablecer un gobierno católico en México. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

203 Arias, Juan de Dios. "El Ministro de Relaciones Exteriores de los Estados

202

Unidos Mexicanos Certifica que D. Julián Miranda es Súbdito de S. M. Católica, Según consta del documento que ha presentado…". México, septiembre 9 de 1862. 40 x 26.5 cm. 2 h. Rasgado.

$3,000.00 - $4,000.00 M.N.

204 Barragán. A. / Greguar, Eduardo / Arriaga, P.

Proclama / Manifestración / Declaración. a) Barragán. A. Proclama que Dirije el C. Coronel del Rejimiento Lanceros de la Unión a sus Subordinados. "Soldados: La Francia, una de las Naciones más civilizadas del Mundo nos declara con injusticia la guerra, aumentando con esto las dificultades de nuestra Patria. Más nada importa, la razón está de nuestra parte y triunfaremos... Soldados: Sois sufridos y valientes y tened presente, que el que muere por la Patria vive eternamente...". Aguascalientes, abril 30 de 1862. b) Greguar, Eduardo. Manifestación Pública de un 204 Francés. "...El infrascrito, originario de Francia y habitante de esta República, desde el año de 1835: en vista de los documentos oficiales publicados por toda la prensa del país, relativos a la cuestion internacional, cree de su deber, reprobar publicamente, por el honor del pabellón de su nación... la conducta desleal y arbitraria de los comisarios representantes del gobierno francés... Y al protestar advierte... ofreciendo gratis al supremo gobierno de la nación, sus servicios para luchar a mano armada en defensa de la libertad e independencia de Méjico...". Colima, Abril 28 de 1862. c) Arriaga, P. El Gobernador y Comandante Militar del Estado, a los Habitantes del Mismo. "Conciudadanos: Una exigencia imperiosa de la situación en que se halla la República, ha obligado al Supremo gobierno a declarar la ley marcial en el Estado... encargandome del mando político y militar... Unir y concentrar todos los esfuerzos del honor y del patriotismo, para defender con gloria los derechos de la nación... demostrar... que somos capaces de gobernarnos y que están lejos de la verdad las calumnias y difamaciones que han servido de pretesto para la intervención estranjera y para la vil traición de malos mexicanos...". Aguascalientes, junio 6 de 1862. Total de piezas: 3. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

205 Juárez, Benito - Soto, Manuel F. Decreto de Suspensión de Garantías Individuales.

"El Ciudadano Manuel F. Soto, Gobernador y Comandante del Segundo Distrito del Estado de México... Benito Juárez, Presidente Constitucional de los Estados-Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed… Art. 2. La suspensión de garantías y las autorizaciones concedidas al ejecutivo por la presente Ley, durarán seis meses, siempre que antes no se restableciere la paz con Francia… Art 3. El ejecutivo dará cuenta del uso que hiciera de estas facultades…". Pachuca, noviembre 19 de 1862. Rúbricas de Manuel F. Soto y Ramón Mancera. 44 x 32 cm. Manchas de humedad, afectan poco texto. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

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206 Un Mejicano. Canto Patriótico.

"Coro. Para ir á vengar los agravios Que hace á México el vil español, Dén las nubes su trueno á los lábios; Preste al alma sus rayos el sol.". Estrofa XI. "Tanto miedo cobrado á la América La cobarde gentuza española, Que temiendo invadir por sí sola, Va a París á implorar protección. Traicionera gentuza es la Ibérica: ¡Con razón no la oyó la Inglaterra, y la Francia el oído le cierra Con potente sobrada razón!..". Puebla, enero 8 de 1862. 33.5 x 23 cm. Rasgado en márgenes izquierdo e inferior.

$6,000.00 - $8,000.00 M.N.

207 Ballesteros, Norberto. Certificado de Nacionalidad del Sr. Julián Miranda. México, agosto 12 de 1863. Firma. 27 x 20.5 cm. El Infrascrito agregado diplomático y cónsul general de España en México Certifica que Dn. Julián Miranda súbdito Español queda matriculado en calidad de tal, en el registro que se lleva este consulado general. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

206

208 Comonfort, Ignacio. Nueva Derrota de las Columnas Francesas ¡Viva el Heroico Ejército de Oriente!

¡Viva La República! "Con la mayor satisfacción publicamos el siguiente parte que acabamos de recibir, felicitando a la nación por los gloriosos triunfos que obtienen nuestras armas! Los valientes mexicanos que combaten con tanto heroísmo, merecen bien la patria…". Pachuca: Imprenta del Gobierno, 1863. 31 x 20.5 cm. Impreso que da parte de guerra, en él se detalla la defensa de la Ciudad de Puebla durante el segundo sitio de Puebla contra una incursión de las fuerzas francesas. Específicamente, da cuenta de la defensa de la fortaleza de San Javier "Hoy a la una y media de la mañana, el enemigo saltó de su paralela más inmediata a la fortaleza de San Javier o sea Iturbide, y atacó este fuerte de una manera ruda vigorosa…". Asimismo, relata el número de bajas en las filas de las tropas republicanas. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

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209 Álvarez Benítez, Juan / Álvarez Benítez, Diego. Correspondencia Particular Dirigidas a Alfredo Chavero. México, 1863. a) Álvarez, Juan. La Providencia, enero 23 de 1863. Carta de felicitación por el año nuevo, y relata la retirada del ejército francés de Acapulco y del bombardeo sufrido por dicho puerto. Firmada por Juan Álvarez. b) Álvarez, Juan. La Providencia, febrero 14 de 1863. Recuento de la victoria conseguida en Acapulco en contra de las fuerzas invasoras. Firma. c) Álvarez, Diego. La Providencia, febrero 14 de 1863. Noticias sobre la defensa de Acapulco. Firma. d) Álvarez, Diego. La Providencia, febrero 16 de 1863. Carta que informa sobre el envío de un Boletín Oficial, con información sobre la defensa de Acapulco. Firma. e) Álvarez, Diego. La Providencia, marzo 20 de 1863. Relato de la precaria situación en la que se encuentra su Brigada Pinzón y referencias a la batalla de Zaragoza. Firma. f) Álvarez, Diego. La Providencia, mayo 2 de 1863. Agradecimiento por las noticias recibidas sobre la batalla de Zaragoza. Firma. g) Álvarez, Diego. La Providencia, mayo 12 de 1863 Noticias sobre la situación del país y de la contienda militar contra los franceses. Firma. 26.5 x 21.2 cm. Total de piezas: 7. Cartas escritas durante el periodo de la Intervención Francesa, contienen referencias directas a las batallas de Acapulco y de Zaragoza. Juan Álvarez Benítez fue caudillo de la Guerra de Independencia, participó en la defensa 209 de México contra los Estados Unidos, ocupó brevemente la presidencia en 1857 y comandó la División del Sur en contra el ejército francés. Por su parte, Diego Álvarez Benítez, también fue un reconocido militar mexicano, General de División durante la Intervención Francesa y gobernador del Estado de Guerrero en varias ocasiones. $18,000.00 - $22,000.00 M.N.

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210 Almonte, Juan Nepomuceno. Cartas Dirigidas al Sor. Gral. Don

Feliciano Liceaga. a) "...Le doy espresivas gracias por la parte que toma en el pesar que me aflije, y espero que en sus oraciones no olvidará a mi difunta hermana... Como U. verá por el decreto que se ha publicado ya, ha sido preciso detituir a los Srs. de la corte; se habian propuesto no obeder (sic), y creyeron que con su resistencia imponian a la Regencia. Preciso es que vayan acostumbrandose a obedecer, y que pierdan esa mala costumbre de querer gobernar al que manda. El ejemplar ha sido duro pero preciso...". México, enero 4 de 1864. Firma. 26.5 x 21 cm. b) "...Tengo a la vista sus letras de fecha 9 del actual, y quedo enterado de cuanto me dice respecto del Sr. Sayado. Quedo enterado también, de que, de oficio, dara los informes al Ministro de la Guerra, relativos a dicho Sr. Ya habra U. vistolas últimas noticias de Europa, y que dentro de breves días tendremos en el país a muchos Soberanos...". México, mayo 18 de 1864. Firma. 21 x 13 cm. Total de piezas: 2.

210

$7,000.00 - $9,000.00 M.N.

211 Castagny, Armand Alexandre de. Carta Manuscrita Dirigida al Cura

de la Catedral. "Monsieur le Curé, mi votre lettre en date de ce jóur, es j'ai l' honneur de vous faire larois que le Concordat eu riqueur eu France ne recomaio quo quatro grandes fetes dans C' armeé…" Querétaro, mayo 24 de 1864. 26.3 x 21.4 cm. Hoja membretada del cuerpo expedicionario francés en México. De Castagny destacó por la violencia en sus operaciones de contraguerrilla llevadas a cabo en el norte del país. Participó en el sitio de Puebla e incendió la ciudad sinaloense de San Sebastián como parte de sus represalias en contra de las fuerzas liberales.

$7,000.00 - $9,000.00 M.N.

212 Importante Decreto sobre Modificación de los Símbolos Patrios. Habsburgo, Maximiliano de. Circular sobre Decreto del Escudo de

Armas y Bandera del Imperio / Modelo No. 1 de Escudo de Armas. a) Circular sobre Decreto del Escudo de Armas y Bandera del Imperio. "…Art. 1o. El escudo de armas del Imperio es el que señala el modelo núm. 1. Art. 2o. Las banderas del Estado son las que se designan en el modelo núm. 2. Art. 3o. En consecuencia quedan derogadas todas las disposiciones anteriores que existen sobre esta materia…". México, junio 18 de 1864. 30.5 x 21.5 cm. Ligera mancha de humedad y pequeños faltantes en margen izquierdo. b) Escudo de Armas. Modelo número 1 referente al decreto fechado el 18 de Junio de 1864. 22.5 x 15.5 cm. (hoja completa) y 11 x 9.5 cm. (escudo), con error de impresión en parte derecha. Hoja con pequeña mancha de humedad en punta inferior izquierda. Total de piezas: 2. El 20 de Septiembre de 1863 dispuso la Regencia del Imperio un escudo que se había diseñado para la llegada del Emperador. Al parecer no gustó el diseño por lo que expidieron el presente decreto, sin embargo, este debía de acompañar dos diseños anexos pero no siempre llegaban a su destino. El decreto de junio 18 de 1864, fue realizado a dos meses de la ascensión al trono de Maximiliano, fue el primer decreto que estableció el nuevo escudo de armas, la bandera que usaría el imperio y derogó de las disposiciones anteriores al respecto, aunque fue hasta el decreto del primero de noviembre de 1865 que realmente entro en vigor. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

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213 Carrillo y Ancona, Crescencio. Estudio Histórico sobre la Raza Indígena de Yucatán. Veracruz: Tipografía de J. M. Blanco, 1865. 8o. marquilla, 26 p. Encuadernado en pasta dura. Estudio histórico sobre el origen, costumbres y desarrollo de los pueblos indígenas de Yucatán. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

214 Maximiliano I - Ávila, José M. Bando sobre Prórroga de la Amnistía Concedida en el

Decreto de 3 de Octubre de 1865. "...el Emperador por la nobles sugestiones de su ánimo naturalmente benévolo á apurar todos los medios que conduzcan á acelerar la pacificación del país sin efusión de sangre, y á no hacer uso de los medios de fuerte represión, con que cuenta el Gobierno en la opinión y en la fuerza públicas, sino cuando en la esfera de la posibilidad humana no quede otro recurso para conservar el orden social, S.M ha tenido á bien disponer que se amplíe el término que concede el art. 14 de la ley de 3 de Octubre POR QUINCE DIAS contados desde la publicación de esta orden en cada capital de Departamento...". Zacatecas, diciembre 11 de 1865. 32.8 x 23 cm. No tardó en surgir la desavenencia entre Maximiliano y el mariscal Bazaine, acusando este último al primero de no poder organizar la hacienda pública, mientras Maximiliano lo tildaba de negligente y descuidado para sofocar el estado de rebelión existente. Bazaine, para contradecir al emperador, le hizo saber que el país estaba pacificado; que el gobierno republicano había desaparecido desde el momento en que Juárez pasó a los Estados Unidos y que en consecuencia todo individuo alzado en armas, ya sin bandera, era simplemente un bandido. Maximiliano publicó un decreto el 3 de octubre de 1865, en el que declaraba fuera de la ley a cualquiera que estuviera armado. El decreto constó de 15 artículos, siendo el artículo 14, el que otorgaba la amnistía a quién se presentara a la autoridad correspondiente antes de noviembre 15 de 1865, siempre y cuando no hubiese cometido delito alguno desde la fecha en que circulara el decreto. Véase en: Gobernantes de México. Orozco Linares, Fernando. Panorama Editorial, 1985. Pág. 353.

$7,000.00 - $9,000.00 M.N. 214

215 Quinet, Edgar. L'Expedition du Mexique. Londres, 1865. 8o. marquilla, 20 p. Pastas y lomo con faltantes y rasgaduras. Encuadernado en rústica. Ensayo crítico sobre la intervención francesa en México. La obra fue prohibida en Francia, por lo cual debió ser impresa en Inglaterra. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

215

216 Almonte, Juan N. Nombramiento como Oficial de la Imperial Orden de Guadalupe al Sr. Julián Miranda, Medico Principal del Ejercito. México, febrero de 1866. Firmado al reverso, Almonte. 32 x 22 cm. 2 h. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

217 El Ministerio de Guerra. Nombramiento de Medico Subinspector de 1o. Clase para Julián Miranda. México, agosto 1 de 1866. Firma. 43 x 29 cm. 2 h. Conserva sellos. Rasgado en dobleces. $4,000.00 - $5,000.00 M.N.

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218 Habsburgo, Maximiliano de - Ruelas, Eligio (Prefecto Político de Tula). Bando sobre la

Concesión de Terrenos a Militares Franceses, Austriacos y Belgas. "Art. 1. A los militares franceses, austriacos y belgas, que cumplido el tiempo de su servicio quieran quedarse en el Imperio como colonos, se les darán terrenos…". Tula, agosto 4 de 1866. Firma. 40 x 31.5 cm. Faltante en mitad inferior derecha. Decreto expedido en junio 20 de 1866, por el Emperador Maximiliano, por el cual se otorgarían terrenos a soldados extranjeros que quisieran asentarse como colonos en el Imperio, al término de sus servicios. Según lo dispuesto por la presente orden, los lotes debían repartirse de manera acorde al grado militar de los interesados y de manera gratuita. Las únicas dos condiciones establecidas para adquirir dichas propiedades eran, la de cultivar el terreno y vivir en él durante cinco años y la obligación de volver a tomar las armas si en un periodo de dos años la patria se veía necesitada de sus servicios. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

219 Habsburgo, Maximiliano de. Bando sobre el Decreto Fundos Legales, Egidos y Posesión

de Tierras. "El Prefecto Político del Departamento de Tulancingo a los habitantes del mismo, sabed: Que S.M. el Emperador ha expedido el Decreto siguiente que se halla inserto en el Diario del Imperio del día 16 de Setiembre de 1866… Art.1o. Los Pueblos que carezcan de fundo legal y egido tendrán derecho a obtenerlos siempre que reúnan las circunstancias designadas en los dos artículos siguientes...". Tulancingo, 1866. 70 x 45 cm. Pequeños faltantes en puntas.

218

$4,000.00 - $6,000.00 M.N.

220 Lares, Teodosio - Aguirre, Manuel G. - Marín, Teófilo - Mier y Terán, Joaquín de. Consejo

Extraordinario de Ministros del 1o. de Noviembre de 1866. "Reunidos a las cuatro y media de la tarde por citación del E. Sr. Presidente del Consejo, Ministro de Justicia, los S.S. Ministros de Gobernación, Ynstrucción Pública y Fomento para tratar un negocio urgente, promovido por el Sr. Subsecretario encargado del ministro de Hacienda, espone este: que privado el gobierno actualmente de los productos de la aduana marítima de Veracruz y aplicados los de la administración de rentas de los departamentos a cubrir en parte los gastos del ramo de guerra y los locales…". Firmas. México, noviembre 1 de 1866. 33 x 22 cm. 2 h. Papel membretado de la Presidencia del Consejo de Ministros. Cuatro orificios para archivo en margen izquierdo y rasgaduras en dobleces. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

220

221 Documento Interesante por hacer Referencia al Cuerpo Imperial de Voluntarios de Austria-Hungría en una de sus Últimas Operaciones, Previo a su Disolución el 6 de Diciembre de 1866. Ricoy, Agustín. Circular sobre Declaración de Estado de Sitio en Tlaxcala, Tulancingo y Tuxpan.

"Maximiliano, Emperador de México: Considerando que los Departamentos de Túxpan y de Tulancingo, así como el Distrito de Zacatlán (Departamento de Tlaxcala), están amagados continuamente por bandas de malhechores… este desorden es ocasionado por individuos que no tratan más que favorecer el contrabando para perjudicar el interés de la nación y de los ciudadanos…", por lo que se declaran en Estado de Sitio dichos Departamentos y se ordena la formación de un Consejo de Guerra en Tulancingo. En el artículo segundo, se designa al General de Brigada Austriaco, el Conde Thun, al mando de dichos departamentos y distritos. Tulancingo, agosto 7 de 1866. Nota manuscrita "Publíquese fijándose en los lugares acostumbrados, Zampoala Agosto 13/866", firmado "El Comiso. Mpal.". 35 x 23.5 cm. De acuerdo con Konrad Ratz, el Conde Franz von Thun llegó a México el 1 de enero de 1865, junto con 35 oficiales y 1082 soldados, como Comandante General del Cuerpo Imperial de Voluntarios de Austria-Hungría en México. Tuvo su primer cuartel en Puebla, donde fue descrito como un hombre inflexible, autoritario y violento. Su guarnición sofoco fuertemente 221 las manifestaciones y revueltas locales, lo que encendió los odios de la población local contra las fuerzas ocupantes. Se le asignaron, principalmente, tareas de pacificación en la Sierra Madre y en la Huasteca. Posteriormente situó su cuartel en la línea Pachuca-Tulancingo-Huachinango, hasta que en noviembre de 1866 abandonó el país con la retirada de las tropas francesas. Véase en: Tras las Huellas de un Desconocido: Nuevos Datos y Aspectos de Maximiliano de Habsburgo. México: Siglo XXI, 2008.

$8,000.00 - $10,000.00 M.N. 93


222 Vizcaíno, Antonio M. Proyecto para el Reclutamiento de los Batallones de Cazadores de México. a) Proyecto para el Reclutamiento de los Batallones de Cazadores.

"Ministerio de Guerra.- México, Septiembre 9 de 1866.- Modo de reclutar los Batallones de Cazadores. Es importante activar el reclutamiento de los Batallones de Cazadores, pues el poco resultado que hasta aquí se ha obtenido en los diferentes Batallones, es debido en parte á la negligencia de las autoridades mexicanas; por lo mismo está probado que hay necesidad de adoptar mas eficaz que el que se ha usado hasta hoy… El Mariscal Comandante en Jefe. (Firmado.) - Bazaine. Es copia.- México, Septiembre 29 de 1866.- El Subsecretario de Guerra.- Ch. Blanchot.". Es copia.- México, octubre de 1866. Rúbrica. 33.5 x 22 cm. 2 h. Sello seco del Segundo Imperio. b) Circular sobre Proyecto de Reclutamiento. "Acompaño á Vs un ejemplar del proyecto dado por S. E. el Mariscal Comandante en Jefe para el reclutamiento de los Batallones de Cazadores de México que S. M. el Emperador se ha servido aprobar…". México, octubre 17 de 1866. 33 x 22 cm. Facsimilar de época, dirigida al Comisario de la 6ª. División, Durango. Impresa en hoja con sello seco del Ministerio de Gobernación del Imperio. Pequeños faltantes en margen superior. Total de piezas: 2. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

223

223 Esquivel, José María. Querétaro Año de 1868 Oficio Público. Querétaro: Tipografía de Rodríguez Velázquez.

"En la Ciudad de Querétaro de Arteaga a veinticinco de Febrero de mil ochociento sesenta y ocho ante mi el Escribano Público y testigos el Señor Don Manuel María Rubio... dijo: que por la ley general de diez y nueve del pasado noviembre se previno que todas las reclamaciones por créditos contraidos para sostener la guerra contra la intervención estrangera se presenten con sus comprobantes ante la primera sesión liquidataria creada... ya sea directamente por los interesados o ya por sus representantes con poder bastante. Que teniendo el Señor comparesente que hacer algunas reclamaciones... no pudiendo verificarlo personalmente, por el presente Otorga: que da y confiere todo su poder amplio, cumplido especial pero bastante... al Señor Don Rafael Cansino vecino de México...". Firmas. Portada impresa y texto manuscrito. 32.5 x 22 cm. 4 p. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

224 Fundamental y Raro Impreso Correspondiente a la Creación del Estado de Hidalgo. Expediente sobre la División del Estado de México y Formación de uno Nuevo con el Nombre de Hidalgo, del que Fue Segundo Distrito Militar del Expresado Estado. México: Imprenta del Gobierno, 1868. 8o. marquilla, 45 p. + dos tablas plegadas, una reforzada en doblez. Encuadernado en pasta dura, lomo y puntas en piel. A pesar de que este proceso había empezado desde 1861, los trámites tuvieron que interrumpirse por el desencadenamiento de la Intervención Francesa en México. Concluido el Segundo Imperio Mexicano y restaurada la República se reinicia el proceso. El 16 de enero de 1869, el Congreso de la Unión emitió el Decreto de Erección del Estado de Hidalgo, por el presidente Benito Juárez siendo el primer Gobernador Juan C. Doria. A la nueva entidad se le asignó el nombre de "Hidalgo" en honor a Miguel Hidalgo y Costilla, considerado padre de la patria e iniciador de la Independencia de México. El presente impreso contiene todos los documentos relativos al proceso de la formación del nuevo Estado; desde diciembre de 1867, 224 en el que se levantaron las actas de los pueblos del Segundo Distrito del Estado de México pidiendo la erección del Estado de Hidalgo; hasta marzo de 1868 donde se acuerda la formación del nuevo Estado Independiente de Hidalgo. Cierra el impreso con los ayuntamientos que pidieron la erección de Hidalgo en 1862, 1867 y 1868. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

94


225 Lombardo de Miramón, Concepción (Viuda de Miguel Miramón). Carta Manuscrita Dirigida a

Fernando Ramírez. "…le contaré algunos detalles de los últimos días del Emperador Maximiliano asi como también la conducta poco digna, o mejor dicho, sucia, que su familia a tenido con la viuda del hombre que después de estar perseguido y desterrado por Maximiliano se sacrifico tan amablemente por él…". Viena, febrero 4 de 1868. Firma. 20.3 x 13.5 cm. Membrete de la correspondencia particular de Concepción Lombardo de Miramón. Pequeñas rasgaduras en dobleces. Concepción Lombardo de Miramón, escribió sus memorias personales, con detalles de primera mano sobre su marido y la formación y caída del Segundo Imperio. $8,000.00 - $10,000.00 M.N. 225

Detalle

226

226 M.*** Attaché a la Cour de L'Empereur Maximilien. Bibliotheca Mexicana. Catalogue d'une Collection de Livres Rares (Principalment sur L'Histoire et la Linguistique) Reunie au Mexique. Paris: Libraire Tross, 1868. 4o., 47 p. Lomo y pasta anterior con pequeños faltantes. Encuadernado en rústica. Catálogo para la subasta de una parte de la biblioteca de Maximiliano, que fue transportada a Europa por el padre Fischer. Contiene una relación de libros raros, la mayor parte de ellos sobre la historia de México y sobre lenguas indígenas. $18,000.00 - $22,000.00 M.N.

227 Mejía, Ignacio. Circular sobre Orden de Aprehensión de Miguel Negrete al ser Derrotado Maximiliano.

"El ex - general D. Miguel Negrete, despues de haber desertado de la defensa de la independencia nacional marchándose al extrangero, traicionó á su patria poniéndose al servicio de Maximiliano. Como consecuencia de su mala conducta no ha tenido cabida en el ejército. El C. Presidente de la República, animado del deseo de restablecer la paz y el órden público, y de proporcionar á la sociedad las seguridades que merece y que tanto necesita para reparar los grandes sufrimientos que ha tenido durante la guerra; se ha servido acordar que se prevenga á todas las autoridades y fuerzas de la nacion que aprehendan á D. Miguel Negrete y sus cómplices en cualquiera parte que se presenten, en el concepto que el disimulo y tolerancia que pudiera usar en este sentido los haría responsables como cooperadores y protectores del crímen de rebelion.". Rúbrica. México, mayo 17 de 1868. 31.5 x 21 cm. Rasgaduras en dobleces y pequeños faltantes en márgenes. $4,000.00 - $5,000.00 M.N. 95


228 Calendario Histórico del Archiduque Maximiliano de Austria y de sus Generales D. M. Miramon y D. T. Mejía para el Año de 1869. México - Puebla: T. F. Neve. 8o. marquilla, 2 h. (publicidad) + 40 p. Una lámina "Funerales del Archiduque Maximiliano de Austria", litografía del comercio. Primeras dos hojas y última página con rayones de color. Lomo con faltantes y sin pasta posterior. Encuadernado en rústica. Reseña histórica de la prisión, juicio y ejecución del Emperador Maximiliano y de los Generales Miramón y Mejía; continúa con cantos al Emperador y los funerales en Viena. $4,000.00 - $5,000.00 M.N.

229 Juárez, Benito - Doria, Juan C. Bando sobre Salteadores y Plagiarios.

229

"El C. Juan C. Doria, Gobernador provisional del Estado de Hidalgo, a todos sus habitantes, sabed… Benito Juárez, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, á sus habitantes… El Congreso de la Unión decreta: Art. 1o Quedan suspensas esclusivamente para los salteadores y plagiarios…". Pachuca, Hidalgo, abril 16 de 1869. Menciona circular del 12 de Marzo de 1861. Imprenta del Gobierno del Estado de Hidalgo, a cargo de M. García. 44.6 x 33.7 cm. Faltantes en márgenes y parte central. En este bando decreta que para todos los salteadores, ladrones y plagiarios cogidos infraganti delito, se habilita a las fuerzas de seguridad pública fusilarlos sin demora. Benito Juárez suspendió las garantías constitucionales para los salteadores de caminos o plagiarios y aprobó la aplicación de la pena de muerte. Tras la caída del Segundo Imperio y la restauración de la República, pasó a ser prioridad del Estado el restablecimiento del orden público. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

230 Juárez, Benito. Carta Dirigida a Juan Hernández y Marín, Gobernador de Durango.

230

"A mi regreso de… he tenido el gusto de recibir ayer la apreciable de Ud. Fecha 5 del que cursa en que tiene Ud. La bondad de participarme su nombramiento de Gobernador de ese Estado…". México, septiembre 22 de 1869. Firma y rúbrica, al reverso. 24 x 19.5 cm. Mancha en mitad inferior, rasgado en pliegues, pequeños faltantes. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

231 Juárez, Benito. Nombramiento de Jesús Hernández y Marín como Jefe de

Hacienda del Estado de Durango. "En atención a la aptitud y merito… he tenido a bien nombrarlo jefe de hacienda del Estado de Durango con el sueldo de dos mil pesos anuales que tiene asignados esa plaza conforme a la ley…". México, enero 12 de 1869. Firma y rúbrica. 43 x 32.5 cm. 2 h. Dos sellos troquelados en margen izquierdo. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

231

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232 Comonfort, Ignacio. Circular y Decreto sobre Facultades Extraordinarias

Concedidas al Ejecutivo por el Congreso de la Unión en 1 de Diciembre de 1871. México: Imprenta del Gobierno en Palacio, a cargo de José María Sandoval, 1871. 8o. marquilla, 25 p. Sellos de antiguo propietario. Mancha de humedad en tercio superior del margen interno. Sin pasta posterior, pasta anterior y lomo con pequeños faltantes. Encuadernado en rústica. Worldcat: 254004875. Localiza un solo ejemplar en el Instituto Ibero-Americano de Patrimonio Cultural Prusiano, Berlín, Alemania. Decreto para la suspensión de diversas garantías individuales, derivado de la Revolución de la Noria, liderada por Porfirio Díaz en noviembre de 1870, contra la reelección de Benito Juárez; la revolución llegaría a su fin con la muerte de Benito Juárez el 18 de julio de 1872, dejando sin motivo el conflicto entre las partes. $7,000.00 - $9,000.00 M.N. 232

233 Bencomo, Diego. Juárez. Ensayo Épico. México: Imprenta de Francisco Díaz de León, 1875. 4o. marquilla, sin paginar. Cuatro láminas, dos por "L. Arteaga"y una por "M. Fernández". Prólogo de José María Vigil. Encuadernado en rústica. Composición poética dividida en siete partes, en las cuales se presentan los principales rasgos de la vida pública de Benito Juárez. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

233

234 Méndez, Juan N. Convocatoria a Elecciones según lo Dispuesto en el Plan de Tuxtepec.

"…Ha quedado hoy cumplida la más importante de las promesas de la Revolución de Tuxtepec. La convocatoria ha sido ya expedida, y pronto la República volverá al orden constitucional, del que la arrancó por los medios más pérfidos y atentatorios la administración anterior… Mexicanos: La tiranía ominosa é hipócrita que pesaba sobre la República, ha desaparecido en medio de la execración universal; pero la revolución de Tuxtepec no ha podido triunfar sino á precio de costosísimos sacrificios para el país. Que esos sacrificios no sean estériles, y que las tendencias moralizadoras de la revolución tengan todo su cumplimiento…". México, diciembre 23 de 1876. 36.7 x 28 cm. El triunfo del plan de Tuxtepec derivó en la convocatoria a elecciones presidenciales tras el desconocimiento del gobierno electo de Sebastián Lerdo de Tejada, acusado de haber accedido a la presidencia mediante fraudes electorales. La revuelta armada en contra de Lerdo de Tejada, culminaría con la elección de Porfirio Díaz, como Presidente de la República en 1877.

$6,000.00 - $8,000.00 M.N.

234

235 Reconocimiento como Gran Elegido Cab. Kadosch o del Águila Blanca y Negra, Concedido a Alfredo Chavero. México, mayo 16 de 1876. 48 x 33 cm. Sellos de la logia masónica del Valle de México y firmas de sus principales dirigentes. $10,000.00 - $12,000.00 M.N. 235

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236 Mendivil, Manuel. Asunto Supremo. La Vida y Prosperidad de México. Su Punto Crítico. Puebla: Imprenta Guadalupana de Obreros, 1878. 8o. marquilla, 48 p. Pastas y primeras 11 páginas con manchas de humedad en tercio superior y margen externo. Notas en pasta anterior. Encuadernado en rústica.

"Resulta pues, que en general las producciones de México y la vitalidad de México, no pueden sostenerse sino por protección efectiva y eficaz, por mientras al mal radical, consistente en la baratura del dinero en México, no se ponga remedio suficiente. En México, con relación a los demás países ser sostenidamente barato el dinero, es hoy , y ha sido siempre el punto crítico y fatal de la economía política por lo relativo á México.". Véase en: Página 48.

$4,000.00 - $6,000.00 M.N.

237 Alfaro, Francisco. Nombramiento de Presidente de la Corporación "Estado de Jalisco" del

Gobierno de la Confederación Yorkina. "El dignisimo Jefe, encargado del Poder Ejecutivo e la Condecoración de Caballeros Yorkinos del Gran Campamento de la República Mexicana, Carlos Diez Gutiérrez, por acuerdo de esta fecha, se ha servido disponer... se expida a Ud. el nombramiento de Presidente de la Corporación que lleva el nombre del Estado de Jalico...". México, mayo 17 de 1884. Firma. 34.5 x 21.5 cm. Manchas de humedad, afecta poco texto. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

237

238

238 Fernández, Ramón. Testamentos con Firmas de Certificación de Gustavo Baz, Ignacio Manuel Altamirano, Manuel Díaz Miniaga, Rafael Arizpe Ramos y Nicolás Chatrian. a) "…En la Ciudad de París, a los veintitrés días del mes de Enero de mil ochocientos ochenta y nueve, estando yo en el pleno ejercicio de

mis facultades intelectuales, en vísperas de hacer un viaje a Américas en uso de una licencia que me ha concedido el Gobierno procedo a hacer este testamento que anula el que hice ante el Notario José María del Villar y Marticorena, antes de mi salida de México. Yo Ramón Fernández nacido en San Luis Potosí en 5 de Junio de 1836, de 52 años de edad, Profesor de medicina y cirugía de la Facultad de México… en virtud del cargo que desempeño de Enviado Extraordinario de los Estados Unidos Mexicanos en Francia desde el 10 de Mayo de 1884, fecha en que dejé la Ciudad de México para venir a desempeñar este cargo… Este testamento anula el que otorgué el año de 1884…". Firma. 33 x 22 cm. 10 hojas, rasgadas. En sobre con certificación del testamento firmado por el Secretario de Legislación de México en Francia Gustavo Baz y los testigos: Manuel Díaz Miniaga, Rafael Arizpe Ramos y Nicolás Chatrian, con cinco sellos de lacre rojos compuestos de las armas nacionales de México y la leyenda "Legislación de los Estados Unidos Mexicanos. Manchas, rasgaduras y pequeños faltantes. b) "En la Ciudad de París, a los diez y nueve del mes de Junio de mil ochocientos noventa, estando yo en plenitud de uso de mis facultades mentales he tenido a bien reformar el testamento cerrado que hice con fecha 25 de Enero de mil ochocientos ochenta y nueve…". Firma. 3 hojas, rasgadas. En sobre, certificación del testamento firmado por el Secretario de Legislación de México en Francia Gustavo Baz y los testigos: Ygnacio Manuel Altamirano, Francisco de P. Pasalagua y Aurelio Guillen, con dos sellos de lacre rojos compuestos de las armas nacionales de México con leyenda "Legislación de los Estados Unidos Mexicanos". 33 x 22 cm. Manchas de humedad. Total de piezas: 2. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

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239

239 González, Manuel. Nombramiento a Eustaquio Durán.

"En atención al mérito y servicios del C. Eustaquio Durán, Capitán segundo de Artillería permanente, le confiero el empleo de Capitán primero de la propia arma y milicia…". México, junio 20 de 1884. Firma. 43.3 x 28.8 cm. Conserva sello. $8,000.00-$10,000.00 M.N.

240

240 Silva, Máximo. Notas sobre el Síntoma Albuminuria en sus Relaciones con el Mal de Bright. Trabajo Presentado como Tesis Inaugural.

México: Tipografía y Litografía de "La Época" - Ignacio Haro y Compañía, 1885. 4o. marquilla, 61 p. Dos láminas. Dedicado y firmado por el autor. Pastas y texto con manchas de humedad en parte superior. Encuadernado en rústica. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

241 Díaz, Porfirio. Nombramiento como Oficial 1o. de la Administración de Correos en Zacatecas a Enrique Miranda. México, 30 de abril de 1886. Firmado. 43 x 29 cm. 2 h. Firma de Manuel Romero Rubio. Rasgado en parte central. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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242

Detalle

242 González Bocanegra, Francisco - Nuno, Jaime. Himno Nacional Mexicano. México: Tip. El Gran Libro, 1886. fo.marquilla, 28 p. 12 litografías por Debray y por Moreau. Conserva pastas originales en rústica. Algunas manchas de humedad en márgenes. Encuadernado en pasta dura. Worldcat: no menciona ningún ejemplar. Publicación editada por la Prensa Asociada de México, con motivo del cumpleaños del Presidente Porfirio Díaz. Contiene la letra y partitura del Himno Nacional, así como numerosos textos en prosa y en verso, escritos por algunos de los más notables literatos de la época: Ireneo Paz, Mariano Bárcena, José T. de Cuéllar, José María Vigil, Gustavo Baz, entre otros. Las finas láminas litográficas, ilustran escenas de la historia patria y retratan a los principales próceres mexicanos. $9,000.00 - $11,000.00 M.N.

243 Rodríguez, Juan María / Abogado, Enrique L. Cuatro Palabras

Razonadas / Crónica Medica Mexicana. a) Rodríguez, Juan María. Cuatro Palabras Razonadas sobre Antisepcia Obstétrica. México: Imprenta del Gobierno, en el Ex - Arzobispado, 1891. 4o. marquilla, 10 p. Publicado en el Tomo XI de "La Escuela de Medicina". Pastas sucias. Encuadernado en rústica. b) Abogado, Enrique L. Crónica Médica Mexicana. México: Imprenta Universal, D. C. Smith, 1898. 4o. marquilla, 242 - 328 p. Tomo I, número 11. México, mayo 1 de 1898. Revista de Medicina Cirugía y Terapéutica y Órgano de los Hospitales de la República. Contiene: Un caso de varices de las venas del cuello vesical, Terapéutica Medicación antiséptica y Juicio Crítico del "Juicio crítico sobre los artículos 569 y 570 del Código Penal vigente" sobre el aborto. Pastas desprendidas. Encuadernado en rústica. Total de piezas: 2. En México, durante el Porfiriato la cuestión de la honra femenina forzó 243 tanto a la medicina como a la justicia a ser "benévolos" con las mujeres que decidían abortar, siempre y cuando siguieran las pautas de discreción recomendadas. Es decir, que si una mujer "decente" tomaba o llevaba a cabo alguna maniobra abortiva y lo lograba hacer en secreto, en el ámbito privado, no había consecuencias. En la "Exposición de motivos" que precedían al Código Penal, Antonio Martínez de Castro, explica claramente la importancia del secreto y de la privacidad en todas las cuestiones de honor que se legislaron; no se consideraron como delito las acciones que "aunque envuelven una muy grave ofensa a la moral no perturban el reposo público". Véase en: De una práctica privada a una sanción pública. La anticoncepción en el porfiriato. Núñez Becerra, Fernanda. En Nuevo Mundo Mundos Nuevos, número 8 - 2008.

$6,000.00 - $8,000.00 M.N.

244 Invitación Dirigida a Matías Romero a una Función de Ópera, en Celebración del Natalicio de Porfirio Díaz.

"Tenemos la honra de invitar a Vd. a una función de Ópera, que la Sociedad de México dedica al Sr. General Porfirio Díaz, en celebración del aniversario de su natalicio, la cual tendrá lugar en el Teatro Nacional, el 14 del presente á las 9 e la noche en punto.". México, septiembre de 1892. 25.2 x 20 cm. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 244

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245

Detalle

245 Ocampo Manzo, Melchor. Apuntes Históricos del Antiguo Convento de San Diego de Morelia, Hoy Edificio del Internado Anexo a la Academia de Niñas. Morelia: Imp. de la Escuela Industrial Militar Porfirio Díaz, 1895. 4o. marquilla, 22 p. Dos litografías, una reproducción fotográfica y una fotografía montada. Dedicado al "Sr. Director de la Escuela Industrial Militar Porfirio Díaz, Felipe Breña" y con el sello del Gobierno del Estado de Michoacán. Encuadernado en pasta dura. El Ex - convento de San Diego es, desde 1967, la sede de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Fue levantado en el Siglo XVIII para albergar el Convento de los Dieguinos. En 1821, sirvió de alojamiento del 17 al 20 de mayo a Don Agustín de Iturbide, sitio donde recibió la rendición de Don Miguel Quintanar. En 1859 los religiosos son exclaustrados del convento debido a las Leyes de Reforma, y queda el edificio en completo abandono. No es hasta 1861 que el Gobernador del estado, Epitacio Huerta, ordena que se instale allí el Hospital Civil. En 1891 el edificio pasó a ser un internado para niñas. Durante la Revolución Mexicana fue clausurado, volviéndose a utilizar como Hospital Militar en 1925. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

246 Constitución de la Universidad Pontificia de México, que Había sido Disuelta por el Presidente Juárez. Constitutiones Universitatis Mexicanae Additis Nonnullis Documentis Ad Eiusdem Erectionem Pertinentibus. Mexici: Ex Typographia Sacratis. Cordis Iesu, 1896. 4o., 32 p. Lomo rasgado. Encuadernado en rústica. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

247 Landa y Escandón, Francisco de. Dictamen sobre Conservación de Monumentos Arqueológicos. México: Tipografía T. Gonzáles Sucesores, 1896. 8o. marquilla, 3 - 10 p. Primera Comisión de Instrucción Pública. Sellos de antigua biblioteca borrados. Encuadernado en rústica. Ley relativa a los monumentos arqueológicos, determinó por primera vez que los bienes prehispánicos existentes en territorio mexicano fuesen considerados propiedad de la nación y que nadie podía explorarlos, removerlos ni restaurarlos sin autorización del Ejecutivo Federal. En esta ley se dispone el delito de destrucción o deterioro de los monumentos prehispánicos, pena que consistió en arresto mayor y multa de segunda clase. Ley fundamental para la conservación del patrimonio prehispánico. $4,500.00 - $6,000.00 M.N.

248 Díaz, Porfirio. Carta Manuscrita.

"…es manifiesto que para tratar sobre el asunto á que refiero será bueno que hable con el Señor Secretario de Fomento, quien a su vez me consultará si alguna dificultad hubiese para resolver la solicitud de Ud.". México, julio 26 de 1897. Firma. 27 x 20.5 cm. Esquina superior izquierda con iniciales "P. D.". $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

249 Lerdo de Tejada, Miguel. El Gran Presidente Marcha - Polka (Two Step). México: A.

Wagner y Levien Sucs. 1900. fo., 5 p. Pasta anterior con un fotograbado de Porfirio Díaz, reproducción de una fotografía de C.B. Waite. Pastas y lomo con faltantes. Página tres reforzada en margen externo. Encuadernado en rústica. $4,000.00 - $6,000.00 M.N. 248

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250 Obras del Desagüe del Valle de México. México, 1900. 4o. marquilla, sin paginar. Diez fotograbados. Encuadernado en rústica. Obra en la que se muestran las obras del túnel de Tequixquiac, que formaron parte de los trabajos del drenaje profundo de la Ciudad de México. El proyecto fue terminado el 17 de marzo de 1900 e inaugurado por Porfirio Díaz. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

251 La Casa de Moneda de México. México: Imprenta de Francisco Díaz de León, 1901. 4o. marquilla, 11 p. Cuatro láminas, tres de ellas desprendidas. Sellos de antiguo propietario. Encuadernado en rústica. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

252 Carnet de Baile en Honor de la Señora Carmen Romero Rubio de Díaz / Impreso en Seda. a) Carnet de Baile en Honor de la Señora Carmen Romero Rubio de Díaz. México, diciembre 15 de 1904. 10 x 6 cm. 2 h. Lomo rasgado. Pastas en rústica. b) Impreso en Seda. Recuerdo de la Fiesta dada en el Casino Español de México. México, junio 8 de 1907. 11 x 12.5 cm. En Recuerdo del nacimiento de S.A.R. el Príncipe de Asturias. Rasgado en parte central. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $5,000.00 M.N.

253 Mier, Sebastián Bernardo de / Mondragón, Manuel / Limantour, José Yves. Correspondencia sobre la Entrega de la Cruz de la Orden Nacional de la Legión de Honor a Manuel Mondragón. París / México, 1906. a) Mier, Sebastián B. de.

"Me es sumamente agradable comunicar á Ud que el Señor Presidente de la República, queriendo dar un particular testimonio de su benevolencia al General Mondragón, Agregado Militar de Vuestra Legación, acaba, a propuesta mía, de conferirle la Cruz de Commendador de la Orden Nacional de la Legión de Honor…". París, octubre 18 de 1906. Firma. 33 x 22 cm. Membrete de la Legación de los Estados Unidos Mexicanos en Francia. b) Mondragón, Manuel. "Tengo el honor de acusar á Ud. Recibo de su atento oficio de 18 de octubre próximo pasado, pro el cual se sirve transcribirme traducida la nota que le dirijió con fecha 22 del mes anterior el señor Ministro de Negocios Extrangeros comunicándole el benévolo acuerdo del Señor Presidente de la República Francesa, por el que se sirvió conferirme la honrosa Cruz de la Legión de Honor…". México, noviembre 5 de 1906. 33 x 22 cm. c) Limantour, José Yves. "Tengo el gusto de enviar á Ud. Una cajita con las insignias de Comendador de la Legión de Honor, que nuestro buen amigo el Señor don Sebastián B. de Mier, me encaro poner en manos en Ud.". México, noviembre 8 de 1906. 25.2 x 20.3 cm. Membrete de la Correspondencia Particular del Ministro de Hacienda. Firma a lápiz de color. Total de piezas: 3. $4,000.00 - $5,000.00 M.N.

254 Membreño, Alberto. Aztequismos de Honduras. México: Imprenta de Ignacio Escalante, 1907. 8o. marquilla, 28 p. Encuadernado en rústica. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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255 Díaz Lombardo, Germán - Salazar S., Leopoldo - Ibarra, Federico – Otros (Agrupación Electoral Independiente). Propaganda a Favor de Francisco I. Madero.

"Los firmantes, que no son políticos de profesión, sino en su simple calidad de ciudadanos y de personas conscientes de sus obligaciones cívicas, y penetrados de su papel en las próximas elecciones de Presidente de la República, se han unido temporalmente para el logro de los patrióticos fines que a continuación se expresan…". México, ca. 1910. 51.5 x 33 cm. Pequeñas rasgaduras en dobleces.

$7,000.00 - $9,000.00 M.N.

255

256 León de la Barra, Francisco - González, Fidencio. Bando sobre

Nombramiento de Francisco I. Madero como Presidente de la República y de Pino Suárez como Vicepresidente. "Artículo primero: Es presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos para concluir el periodo constitucional que terminará el 30 de Noviembre de 1916, el ciudadano Francisco I. Madero, por haber obtenido la mayoría absoluta de los sufragios emitidos en las elecciones extraordinarias verificadas los días 1 y 15 del mes de Octubre del año pasado Artículo Segundo. - Es presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos para concluir el periodo constitucional que terminará el 30 de Noviembre de 1916, el ciudadano Francisco I. Madero, por haber obtenido la mayoría absoluta de los sufragios...". Ensenada, Distrito Norte de la Baja California, noviembre 6 de 1911. 32.5 x 22.5 cm. Pequeños faltantes en tercio inferior, sin afectar al texto. Worldcat: A nivel mundial, no registra ningún ejemplar. "Las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República se llevaron a cabo con espíritu ampliamente democrático y constituyeron la función cívica más limpia que se había registrado. Ni los más encarnizados enemigos del señor Madero podrán tachar esas elecciones, pues en cuanto a él concierne, fueron la expresión sincera y casi unánime del pueblo mexicano. Hubo, sí, un marcado disgusto por lo que se refiere a la candidatura del Vicepresidente, que era impopular, y si la fórmula MaderoPino Suárez triunfó, fue debido a la fuerza del primero". Véase en: Emiliano Zapata y el Agrarismo en México. Magaña, Gildardo. México: Editorial Ruta, 1951 -1952.

"Uno de los nombramientos presidenciales más relevantes de la historia de México.".

256

Véase en: Taracena Alfonso. La verdadera Revolución Mexicana. Primera etapa. 1901 - 1913. Figuras y Episodios de la Historia de México. Núm. 82. México: Editorial Jus, 1960.

$16,000.00 - $20,000.00 M.N.

257 Madero, Francisco I. Bando que Prohíbe la Importación al País de Armas y Pertrechos de Guerra y Reglamenta la de Efectos para usos

Industriales ó Mineros. "Se prorroga por el tiempo que sea necesario, el Decreto 427 de 20 de enero del año, prohibiendo la importación por todas las aduanas de la República, de armas de fuego, cartuchos para las mismas y cualquiera clase de pertrechos de guerra, destinados á comerciantes ó á particulares, ya sean éstos nacionales o extranjeros…". México, mayo 4 de 1912. 46.2 x 33.8 cm. Pequeños faltantes en doblez, restaurado y reforzado al reverso; mancha de humedad en margen superior, izquierdo y en doblez, afectan poco texto. Provee una lista detallada de las armas y explosivos prohibidos. Se reglamentan también los explosivos para uso industrial y minero, así como los permisos necesarios para adquirir armas. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

103


258 Carranza, Venustiano. Cartas. a) Carta Dirigida al Coronel Jacob Zorraime.

"Me refiero a la atenta de usted fecha 2 de los corrientes, para manifestarle que puede usted dirigirse el C. General don Pablo González, Jefe de la División del Noroeste para que proceda como lo estime de justicia en el asunto que trata usted, en vista de los informes que de sus servicios le proporcionen los Jefes a cuyas órdenes militó usted...". Firma. Veracruz, marzo 16 de 1915. 28 x 21.5 cm. b) Carta Dirigida al Señor Fernando Fernández. "...En contestación a su carta de fecha 22 de Abril próximo pasado, manifiesto a usted que encontrándose en ésta el General Pablo González, puede dirigirse a él para que se sirva impartirle la ayuda que fuere justa...". Firma. Veracruz, mayo 19 de 1915. 28 x 21.5 cm. Total de piezas: 2. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

258

259

259 Zapata, Emiliano. Salvoconducto.

"Este Cuartel General ha tenido a bien extender el presente salvoconducto en favor de la Sra. Ruperta Rojas Vda. de Torres, vecina de El Gallinero, Tlazola, ordenándose por tanto a todas las autoridades civiles y militares sea respetada en su persona e intereses y se le presten las mas amplias garantías. Tlatizapan... septiembre de 1915.". Firma. 27.5 x 21 cm. Rasgaduras. - Incluye: Retrato de Francisco Villa. Fotografía, 13.5 x 9.5 cm. firmada en negativo con monograma "Lup" (José María Lupercio). Total de piezas: 2. $30,000.00 - $40,000.00 M.N.

104


260 Cantú, Esteban - Ayuntamiento de Ensenada. Elección de Venustiano

Carranza como Presidente Electo de la República Mexicana. Ensenada, 1917. Circulares mecanografiadas, en las que se da el aviso oficial del resultado de las elecciones y la declaración de Venustiano Carranza como presidente. "Esteban Cantú, Gobernador y Comandante Militar del Distrito Norte de Baja California, a sus habitantes sabed... La Cámara de Diputados del XXVII Congreso Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Constituido en Colegio Electoral… ha tenido a bien decretar: Artículo 260 Primero.- Se declara que es Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en el cuatrienio del primero de diciembre de 1916 al 30 de diciembre de 1920 el C. Venustiano Carranza, por haber obtenido la mayoría absoluta en dichas elecciones.". Una firmado por Esteban Cantú, una firmado por representantes del Ayuntamiento de Ensenada, una rubricado. Membretados. 36 x 23 cm. Piezas: 6. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

261

Detalle

261 Zapata, Emiliano. Carta de Recomendación Dirigida a Genovevo de la O a Favor de Joaquín Rojas.

"La presente será puesta en sus manos por el señor coronel Joaquín Rojas, a quien recomiendo a usted para que utilice sus servicios, que ya estuvo prestando al lado de usted anteriormente. Dicho señor ha estado sirviendo de Agente en México a este Cuartel General, para rendirle informes sobre la situación y vigilar a los enemigos…". Tlaltizapán, Morelos, julio 31 de 1917. Firma. 26.8 x 20.5 cm. Membrete de la correspondencia particular del General Emiliano Zapata. Rasgado en doblez, margen izquierdo. Tras la convención de Aguascalientes llevada a cabo en 1914, Zapata y Villa se habían aliado en contra de las fuerzas constitucionalistas comandadas por Venustiano Carranza. Sin embargo, para 1916 la División del Norte había sido casi completamente derrotada por las tropas de Álvaro Obregón, y Carranza ordenó iniciar una ofensiva militar contra los zapatistas. La situación del Ejército Libertador del Sur se tornó paulatinamente más desesperada: sin municiones, sin recursos y sin el apoyo de las fuerzas villistas, se vieron obligados a replegarse hacia la sierra morelense. En 1917 los zapatistas se aventuraron en una última contraofensiva, retomando varios poblados e incluso la ciudad de Cuernavaca, pero ya no lograron tener el control del estado. Genovevo de la O fue uno de los principales cabecillas del movimiento zapatista, acompañó a Zapata desde la promulgación del Plan de Ayala en 1911 y continuó luchando desde las filas del Ejército Libertador del Sur hasta el final de la Revolución Mexicana. $40,000.00 - $60,000.00 M.N. 105


262 Carranza, Venustiano / Obregón, Álvaro. Cartas Mecanografiadas. a) Carranza, Venustiano. Carta Dirigida al Licenciado Manuel Aguirre

262

Berlanga, Secretario de Gobernación. "…Muy Estimado y fino amigo: Oportunamente me enteré de su atenta fecha 25 de Octubre último adjuntándome copia de la correspondencia cruzada en agosto próximo pasado entre los Señores Ingeniero Ignacio Bonillas, Embajador de México en los Estados Unidos, y el licenciado Rafael martínez Carrillo.". México, noviembre 17 de 1919. Firma. 27.5 x 21.5 cm. b) Obregón, Álvaro. Carta Dirigida al Señor Ramón Sánchez Arriola. "…Muy estimado amigo: Me he impuesto del contenido de su apreciable carta fecha 22 del pasado, lamentando sinceramente el que no haya usted podido arreglar de manera favorable el asunto que lo llevó a la Secretaría de Realciones. Me satisface saber, sin embargo, que se ha instalado usted en esa Capital, comenzando a desarrollar sus actividades comerciales efectuando operaciones de provecho. Mucho estimo la buena disposición en que se encuentra usted para emprender trabajos políticos en favor de mi candidatura, de los que espero se obtenga el mejor éxito...". Nogales, Sonora, octubre 7 de 1919. Firma. 27.5 x 21.5 cm. Total de piezas: 2. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

263 Ortiz Rubio, Pascual. Cartas Mecanografiadas. a) Carta dirigida al Señor Licenciado Manuel Aguirre Berlanga, Secretario de Estado y del Despacho de Gobernación.

263

"Morelia, 5 de junio de 1919. Muy estimado y fino amigo. Con relación a la carta confidencia que se sirvió remitirme sobre el súbdito español que fue Administrador del Hotel Morelos de esta Ciudad, manifiesto a usted que dicho undividuo se llama Julio Peréz y ya el ciudadano Procurador de Justicia ha ordenado la más extricta vigilancia para en caso de comprobársele los delitos de que se le acusa proceder energicamente...". Firma. 27 x 21 cm. b) Carta dirigida al Señor Licenciado José M. Beltrán Pérez. "México. D. F., Mayo 22 de 1943. Muy estimado señor y amigo. Acuso a usted recibido del ejemplar del Segundo Informe rendido por el C. Gobernador del Estado de la H. Legislatura, que por instrucciones del mismo señor se sirvió usted enviarme. Mucho le agradezco esta atención y ruego a usted se sirva darle las gracias en mi nombre...". Firma. 27 x 21 cm. Total de piezas: 2. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

264 Cárdenas, Lázaro. Cartas Dirigidas al Gobernador de Veracruz y al Tesorero

264

Detalle de la firma

106

General del Estado de Michoacán. a) Carta de Felicitación Dirigida al Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, el Lic. Jorge Cerdán. Lázaro Cárdenas como Secretario de la Defensa Nacional. "Estimado Licenciado y fino amigo: He tenido el agrado de recibir por separado de su atenta carta fecha 1o. de los corrientes, un ejemplar del Segundo Informe Constitucional que rindió usted ante el Honorable Congreso del Estado. Le agra dezco muy cumplidamente su deferencia y lo felicito por la importante labor que viene desarrollando en beneficio de esa Entidad. Lo saludo afectuosamente y me repito su atento amigo y servidor.". México, D.F., abril 14 de 1943. Firma. 27 x 18 cm. Con perforaciones para archivo. b) Carta Dirigida al Tesorero General del Estado de Michoacán, el Sr. Ramón Sánchez Arriola. Lázaro Cárdenas con el cargo de Jefe de las Operaciones Militares en el Itsmo (sic). "Estimado amigo: Por algun tiempo estuve ausente de esta Plaza, causa por la que hasta ahora contesto tu grata de 18 de febrero próximo pasado, manifestándote despues de haberme enterado de sus conceptos, que me veo en el penoso caso de no enviarte las cartas que deseas, en virtud de que no quiero pedir a mis paisanos esta clase de favores; pero sí puedes disponer de mí para cualquier otro asunto que se te ofrezca, en el concepto de que te ayudaré incondicionalmente, pues te repito me he trazado una línea de conducta completamente agena a la cosa pública. No vayas a atribuir esto a falta de voluntad para servirte en la forma que indicas, sino que es consecuencia de las razones que te expongo...". San Jerónimo, Oax., marzo 23 de 1922. Firma. 28 x 21 cm. Total de piezas: 2. $5,000.00 - $7,000.00 M.N.


265 Obregón, Álvaro. Cartas Dirigidas al Gral. Andrés Zarzosa V. a) "...Mucho me ha complacido al leer su mencionada carta, conocer

el comportamiento que ha observado el referido militar, y en este concepto, ya me dirijo a la Secretaría de Guerra y Marina para que esta dependencia del Ejecutivo a mi cargo le otorgue al interesado su ascenso al grado inmediato por méritos en campaña...". México, abril 10 de 1924. Firma. 23.5 x 17.5 cm. Manchas de óxido, marcas de grapas en margen izquierdo. b) "...Después de mi arribo a ésta capital me enteré de su estimable carta del 19 de febrero próximo pasado, y le agradezco sinceramente la felicitación que se sirve enviarme con motivo de mi onomástico y le ruego hacer extensivo mi agradecimiento a los componentes del batallón a su mando...". México, D.F., marzo de 1928. Firma. 27.5 x 21.5 cm. Pequeños faltantes en márgenes, no afectan texto. Total de piezas: 2. $5,000.00 - $7,000.00 M.N.

266 Álvarez Bravo, Manuel - Barragán, Luis - Kahlo, Frida / Portes Gil, Emilio - Chávez, Carlos - Alfaro Siqueiros, David - Orozco, José Clemente - Chávez Morado, José. Al Público de la América

265

Latina y del Mundo Entero / En Defensa de la Libertad de Expresión. a) Álvarez Bravo, Manuel - Barragán, Luis - Kahlo, Frida - Marín, Guadalupe - Mérida, Carlos - Montenegro, Roberto - Novo, Salvador Rivera, Diego - Tamayo, Rufino. Al Público de la América Latina y del Mundo Entero, principalmente a los Escritores, Artistas y Hombres de Ciencia. México, sábado 18 de junio de 1938. 45.5 x 33 cm. Pequeño faltante en margen superior. Declaración a favor del escritor francés André Bretón a su llegada a México y del trato recibido de parte de la Universidad Nacional de México. b) Portes Gil, Emilio - Chávez, Carlos - Alfaro Siqueiros, David - Orozco, José Clemente - Chávez Morado, José - Otros. En Defensa de la Libertad de Expresión. México, circa 1948. 40 x 30 cm. Declaración a favor a la libertad de expresión y en defensa de Diego Rivera por la elaboración del mural realizado en el Hotel del Prado, llamado "Sueño de una Tarde Dominical en la Alameda Central". Total de piezas: 2. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

267

267 Calles, Plutarco Elías / Cárdenas, Lázaro / Ávila Camacho, Maximino. Cartas Mecanografiadas. a) Calles, Plutarco Elías. Carta al Sr. General A. Zarzosa, Jefe de la guarnición de la Plaza.

"…Muy estimado amigo: El Señor Juan Silveti pasa a ese lugar con el objeto de arreglar una corrida de toros, y mucho le estimaré se sirva de prestarle su valiosa ayuda, a fin de que pueda realizar su propósito lo más fácilmente que le sea posible. Tengo especial empeño en ayudar a mi amigo Silveti y mucho le estimaré la ayuda que se sirva prestarle...". México, D.F., abril 8 de 1924. Firma. 27.5 x 21.5 cm. b) Cárdenas, Lázaro. Carta dirigida al Secretario de Educación Pública. "Para obsequiar solicitud que me fué formulada por los ejidatarios te Tototlán, Michoacán, estimaré a usted ordenar lo conducente con el fin de que esa Secretaría autorice el pago de un maestro de música que lleve a cabo la organización de la orquesta del lugar. Los elementos a que me refiero proponen para tal puesto al Ciudadano Manuel Berber…". Palacio Nacional, octubre 26 de 1939. Firma. 28 x 21.5 cm. Con rasgadura en doblez del borde izquierdo. c) Ávila Camacho, Maximino. Carta dirigida al Señor Licenciado Jorge Cerdan. "…Estimado señor Licenciado y fino amigo: Mucho le agradezco a usted sus conceptos y las palabras encomiásticas que se tiene para mí en su carta del día 3 del actual, y estimándolas en todo su valor siempre las tendré presentes como una demostración de su sincera amistad...". Puebla, junio de 1940. Firma. 23.5 x 17.5 cm. Total de piezas: 3. $8,000.00 - $10,000.00 M.N. 107


268 Torres Bodet, Jaime. Cartas Mecanografiadas Dirigidas al Señor

Licenciado Jorge Cerdán, Gobernador de Veracruz. a) "…Muy distinguido y fino amigo: Me es un agrado acusar a usted recibo de su muy amable mensaje de ayer, por el cual se sirve expresarme su cordial enhorabuena con motivo de la distinción que se ha hecho al designárseme para desempeñar la Subsecretaría de Realciones Exteriores. Muy reconocido a usted, igualmente, por los votos que hace para el éxito de las funciones que me han sido confiadas, aprovecho la oportunidad para reiterarme a sus órdenes en está, con la mayor consideración...". México, diciembre 17 de 1940. Firma. 27 x 21.5 cm. b) "…Muy estimado y fino amigo: Doy respuesta a su muy atenta carta de fecha 3 de febrero actual, para manifestarle que, con todo empeño, estoy procurando que al señor Licenciado José Tamborrel, su recomendado, le sea conferido un nombramineto en la Oficina de esta Secretaría, al presentarse la oportunidad...". México, D.F., febrero 9 de 1944. Firma. 23.5 x 17 cm. Total de piezas: 2. $5,000.00 - $7,000.00 M.N. 268

269

269 Ruíz Cortines, Adolfo / Portes Gil, Emilio / Rodríguez Luján, Abelardo. Cartas de los Expresidentes Mexicanos Dirigida al Lic. Jorge

Cerdán. a) Ruíz Cortines, Adolfo. "...tengo el agrado de rogarle su gentil ayuda para los hermanos del Sr. Profesor don Cayetano Rivera que son las Sritas. Paulina e Isabel, de 75 y 59 años de edad y el Sr. Samuel Rivera, quien se encuentra incapacitado para trabajar a causa de alguna enfermedad que padece. Las referidas señoritas me informan qe se han dirigido a usted en solicitud de que, si para ello no hay inconveniente, el Gobierno que dignamente está a su cargo les otorgue una pensión vitalicia, tomando en cuenta que el Sr. Profesor Rivera consagró toda su vida profesional a la educación de la niñez y juventud veracruzanas...". México, D. F., septiembre 28 de 1942. Firma. 22.5 x 17 cm. b) Portes Gil, Emilio. "...Me tomo la libertad de presentar a usted al señor licenciado José L. Cossío, excelente amigo mío, a quien he rogado trate a usted un asunto relacionado con la Sucesión de Jorge Viteri, de Tampico, Tamps....". México, mayo 12 de 1942. Firma. 27.5 x 21.5 cm. c) Rodríguez Luján, Abelardo. "...Por la interrupción que hubo en el tráfico del Ferrocarril Sud Pacífico de México por algunas semanas, hasta el día 3 de los corrientes tuve el gusto de recibir la muy atenta carta de usted fechada el 7 de diciembre próximo pasado, así como el ejemplar del Tercer Informe Constitucional que rindió usted ante la H. XXXIX Legislatura de esa Entidad...". Hermosillo, Sonora, enero 8 de 1944. Firma. 27.5 x 21.5 cm. Total de piezas: 3. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

270 Ávila Camacho, Manuel - Torres Bodet, Jaime. Diploma. Se le confiere la Medalla del Mérito Docente "Maestro Altamirano" así como este Diploma de Honor al Profesor José Guadalupe Huerta Muñiz. Firmas decoloradas del Presidente de la República Manuel Ávila Camacho y del Secretario de Educación Jaime Torres Bodet. México, mayo 15 de 1944. Rasgado en parte derecha, no afecta texto. Enmarcado. Condecoración "Maestro Altamirano", es un reconocimiento que hace el Gobierno Federal a los maestros nacionales o extranjeros que se distingan en su labor docente, considerando el cumplimiento de 40 años o más de servicio en los niveles de educación básica, media superior y/o superior al servicio de la Federación, los Gobiernos de los Estados y Municipios. $4,000.00 - $5,000.00 M.N. 108


271 El Universal / La Prensa. Periódicos Referentes al Escuadrón 201 y sobre la Rendición de Japón. a) El Universal. La Fuerza Aérea Mexicana Expedicionaria -Escuadrón 201- que ya Entro en Acción. México, Domingo 10 de Junio de 1945. b) La Prensa. Extra. Paz en el Mundo Incondicional Rendición de Japón. México, Viernes 10 de agosto de 1945. "El Efecto Fulminante de las Fantásticas Bombas Atómicas Hizo la Paz". Total de piezas: 2. $3,000.00 - $4,000.00 M.N.

272 Fabela, Isidro. Carta a Mi Hijo Daniel. México, Septiembre 8 de de 1951. 16o. marquilla, 15 h. "Esta "Plaquette" fue impresa en esta Ciudad de México, al cuidado del maestro A. Artís". Encuadernado en pasta dura.

"MI QUERIDO HIJO DANIEL, En este día, el más solemne de tu existencia, voy a entregarte a tu propio destino… Nuestra responsabilidad de padres esta cumplida: te recibimos niño y te entregamos hombre cabal…". $2,000.00 - $3,000.00 M.N.

273

273 Declaración de Autoría y Firma de Obras del Dr. Atl. Dr. Atl (Gerardo Murillo) - Foreign Service of the United States of America. "Declaration in Connection with Paintings, etc., and Sculptures". México, Mayo 4 de 1953. Foreign Service of the United States of America. 26.5 x 20 cm. Declaración de Gerardo Murillo, de haber firmado como "Dr. Atl" las obras: "Valle de México" "El Sol y la Erupción" "La Erupción" "La Erupción del Paricutín desde el Aire" "El Valle Verde". Firmas y nombre manuscrito en anverso y reverso. Firma del Cónsul Estadounidense. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

274 Pérez Fernández del Castillo, Bernardo / Varios Autores. El Arte Notarial en México / Iconografía Notarial / Un Documento, una Época. a) Pérez Fernández del Castillo, Bernardo. El Arte Notarial en México. México, 2004. 4o. marquilla, 109 p. Encuadernado en pasta dura. b) Pérez Fernández del Castillo, Bernardo. Iconografía Notarial Mexicana. México: Universidad Anáhuac, 1998. 4o. marquilla, 86 p. Encuadernado en rústica. c) Varios Autores. Un Documento, una Época. 500 Años del Notariado en México. México: Ediciones Quinta Chilla, 2013. fo., 207 p. Encuadernado en pasta dura. Total de piezas: 3. $2,000.00 - $3,000.00 M.N. 109


275

Detalles

275 Maximiliano I de México / Carlota de México a) Maximiliano I de México. En porcelana húngara Herend, pintada a mano, con esmalte dorado. Diseño de Andrea Orbán. Dimensiones: 22 x 14 cm. b) Carlota de México. En porcelana húngara Herend, pintada a mano, con esmalte dorado. Diseño de L. Mária Szabdné. Dimensiones: 21.5 cm x 13.5 cm. Total de piezas: 2. Edición limitada, producidas en Herend, Hungría, en donde se encuentra la manufacturera de porcelana Herend más grande a nivel mundial. Las figuras de porcelana Herend son especiales por el proceso de elaboración, pintadas a mano y entre otros materiales, contienen cuarzo y feldespato. $140,000.00 - $160,000.00 M.N. 110


AUTÓGRAFOS Y LIBROS DEDICADOS

276 Campeones de Peso Pesado. Retratos de Boxeadores. - Muhammad Alí. 26 x 20.1 cm. Sello de propiedad al reverso: "The Ring". Firmada. - Rocky Marciano. 24.6 x 19.7 cm. Firmada. Pequeña rasgadura en tercio medio. - Joe Louis. 25.3 x 20.4 cm. Firmada. Sello de propiedad al reverso: "The Ring". Firmada. - Max Schmeling. Tarjeta postal. Firmada. - James J. Corbett. 18.2 x 12.7 cm. Con tarjeta dedicada, firmada y fechada "March 14 / 1894". - Jersey Joe Walcott. 25.7 x 20.7 cm. Dedicada, firmada y fechada "11 - 21 - 75". - Gene Tunney. 25.7 x 20.7 cm. Firmada. - Mickey Walker. 25.7 x 20.7 cm. Dedicada y firmada. - Floyd Patterson. 25.6 x 20.6 cm. Firmada. Montadas sobre papel. Total de piezas: 9. $20,000.00 - $24,000.00 M.N.

276

111


277 Casals, Pablo. Carta Dirigida a Wilton Clute. Respuesta de una carta anterior "when fighting is over i shall be happy and proud to receive you in barcelona or elsewhere...". Diciembre 27 de 1907. Firma. 20.5 x 13.4 cm. En sobre. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

277

278 Edison, Thomas A. Cheque / Retrato. a) Cheque. Botonic Research Corporation. No. 369. West Orange, N. J., febrero 13 de 1928. Firma. 7.5 x 21.5 cm. b) Retrato de Thomas A. Edison. Fotografía, 17.5 x 13 cm. Total de piezas: 2. $20,000.00 - $24,000.00 M.N.

278

279 Horowitz, Vladimir. Retrato / Tarjeta de Autógrafo. a) Retrato. 1976. 21 x 13.5 cm. Firma. b) Tarjeta de Autógrafo. 1974. 7.5 x 12.5 cm. firma. Total de piezas: 2. $7,000.00 - $9,000.00 M.N. 279

112


280 Lehar, Franz. Carta a Paula Dukatenzahler / Carta al

Presidente de la Sociedad de Música. a) Carta manuscrita a Paula Dukatenzahler. 16 x 11 cm., en alemán. Firmada. Expresando afectuosos saludos. b) Carta manuscrita al Presidente de la Sociedad de Música. Viena, Mayo 5 de 1932. 25.5 x 21.5 cm., en alemán. Membretada. Firmada. Dirigida al presidente de la sociedad de música del mundo y coral, dándole las gracias por haberlo nombrado miembro de la sociedad y haber enviado una donación. Total de piezas: 2. Franz Lehar 30 de abril de 1870 - 24 de octubre de 1948, Bad Ischl, Austria, Compositor de operetas, la más famosa: La Viuda Alegre. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

280

281 Rivera, Diego - Hurtado de Rivera, Emma. Carta dirigida a Sofía de Waitz.

"Preciosa Señora Queriendo dar las gracias a Ud, a su esposo Hernán por el maravilloso tiempo que pasamos en el cóctel de "vernnizage" de su cuñado… Muy feliz viaje y que pronto volvamos a disfrutar de su compañía". Domingo 2 de octubre 1956. Firmas. 27.5 x 21 cm. Incluye una fotografía de ambos, 8 x 13 cm. Enmarcadas. Emma Hurtado de Rivera última esposa de Diego Rivera, se casaron en 1955.

$22,000.00 - $24,000.00 M.N. 281

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281 Bis

281 BIS Rivera, Diego. Pagaré.

"Srita Ines Amor, Milan no. 18, México, D. F. pago por lo siguiente que compro al contado. 1 pintura oleo/cartón 3 MUJERES TEJIENDO REDES A LA ORILLA DE JANITZIO"----------$6,000.00.". México, agosto 1 de 1948. Firma. 19 x 13 cm. Enmarcado. Inés Amor, promotora y galerista del arte moderno mexicano, fundadora de la Galería de Arte Mexicano, primera galería de su tipo en México.

$6,000.00 - $8,000.00 M.N.

282 Stokowski, Leopold. Carta / Programa. a) Carta Mecanografiada Dirigida a Maurice J. Speiser. Firma. 25.5 x 20.5 cm. Papel membretado. Respuesta a la invitación de formar parte de la junta directiva de la Asociación Nacional de Artes Escénicas y cuestionamiento sobre las actividades de los miembros. Maurice J. Speiser y su esposa fueron coleccionistas de arte "contemporáneo". b) Programa del Tributo a Leopold Stokowski, por sus 90 Años. Abril 18 de 1972. 21.5 x 15 cm. Total de piezas: 2. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

283 Taylor, Bob. Caricatura de Richard Nixon. 7.5 x 12.5 cm. Firmada. $4,000.00 - $5,000.00 M.N.

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282


284

Detalle

284 Aguillón Guzmán, Miguel. La Enseñanza Antirreligiosa en México. Jalapa, Veracruz: Ediciones Antorcha, 1934. 8o. marquilla, 175 p. + 2 h. Dedicado y firmado por el autor. Lomo con rasgadura en y sin pie. Encuadernado en rústica. El autor de la presente obra, además de ocupar brevemente la gubernatura del Estado de Veracruz, destaca por su participación en el grupo de los Estridentistas. Aguillón Guzmán, fue una pieza central en la conformación de dicho grupo literario y colaboró activamente en varias publicaciones estridentistas, incluyendo la “Revista Horizonte”. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

285

Detalle

285 Cardoza y Aragón, Luis - Tibol, Raquel. Siqueiros. Exposición Retrospectiva. 1911 / 1967. México: UNAM - Museo Universitario de Ciencias, 1967. 4o. marquilla, 38 p. + 5 h. Primera edición. Dedicado y firmado por Siqueiros "Para el Dr. Carrillo Gil al artista, como pequeño homenaje a la gran persona de su viejo amigo". Patas con marcas de dobleces y cajos quebrados. Encuadernado en rústica. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

115


286

Detalle

286 Carrington, Leonora - Weisz, Gabriel. The Dark Book. México: Tiempo Extra Editores, 1996. 4o. marquilla, 14 h. Texto en inglés y español. Para los grabados se utilizaron las técnicas de: Agua fuerte y Aguatinta. La Edición consta de 60 ejemplares numerados y firmados por los autores; ejemplar número 50. Dedicado y firmado por Leonora Carrington en portada. Encuadernado en pasta dura. Incluye 19 grabados de Leonora Carrington y los poemas de su hijo, de los cuales se inspiró para la creación de los grabados. El libro-objeto The Dark Book, contiene un abanico de todas las técnicas del grabado, como aguafuerte, aguatinta, azúcar y ácido directo. $40,000.00 - $50,000.00 M.N.

287 Ceballos, Ciro B. En Turania. México: Tipografía Económica, 1902. 8o. marquilla, 219 p. Retrato del autor por Julio Ruelas. Dedicado y firmado por el autor "A mi muy noble y muy querido Nachito Reyes. Fraternalmente, Ciro. 1905". Anteportada y portada por desprenderse; mancha de humedad en el margen superior, afecta poco texto. Encuadernado en pasta dura, lomo en piel. Ciro B. Ceballos fue un escritor y político mexicano, perteneciente al grupo de los modernistas. También participó en el Congreso Constituyente de Querétaro, en 1916. $4,000.00 - $6,000.00 M.N. 116


288

288 Conde, Teresa del (Introducción). Luis Nishizawa. México: Editora y Distribuidora Cartográfica, S. A., 1989. 11 impresiones en offset, firmadas a lápiz. Edición en Español, inglés, y francés. Edición de 1,000 ejemplares. En carpeta. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

Detalles

289

Detalles

289 Crespo de la Serna, Jorge J. - Siqueiros, David Alfaro. Raúl Anguiano / Fotografia de Mural. a) Crespo de la Serna, Jorge J. - Waldemar, George - Fernandez, Justino - Phillips, Anne. Raúl Anguiano. México: EDAMEX, 1983. 4o. marquilla, 126 p. textos en español, francés e inglés. Dedicado, firmado y dibujo por Raúl Anguiano. Encuadernado en pasta dura. b) Siqueiros, David Alfaro. Mural. Fotografia de un Mural, 22 x 28.7 cm. Firmado por Siqueiros en esquina inferior derecha. Total de piezas: 2. $8,000.00 - $10,000.00 M.N. 117


290 Dedicatoria Manuscrita de Matías Romero a Sebastián Lerdo de Tejada. Cox, Samuel S. Eight Years in Congress, from 1857 - 1865. New York: D. Appleton and Company, 1865. 4o. marquilla, VIII + 5 - 442 p. Retrato del autor. Dedicado y firmado por Matías Romero a Sebastián Lerdo de Tejada "Al Sr. Lic. D. Sebastián Lerdo de Tejada, su afectísimo amigo y S.S. M. Romero. Nueva York, Setiembre 6 de 1865". Pastas y lomo gastados. Encuadernado en pasta dura. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

291

Detalle

291 Dr. Atl (Gerardo Murillo). Un Grito en la Atlántida. México: Editorial Stylo, 1947. 8o. marquilla, 162 p. Intonso. Dedicado y firmado por el autor “a mi amigo el Sr. Barajas, con mi cordial aprecio, el Dr. Atl. México-13-XII-53”. Obra en la que el célebre artista y vulcanólogo mexicano, expone sus teorías sobre la existencia y desaparición de la Atlántida. $7,000.00 - $9,000.00 M.N.

292

Detalle

292 Díaz Mirón, Salvador. Lascas. Xalapa: Tipografía del Gobierno del Estado, 1901. 8o. marquilla, 206 p. Primera edición. Conserva pastas originales en rústica. Sello de antiguo propietario en portada. Dedicado por el autor en guarda anterior "Dejo este librillo a los pies de mi bella y talentosa amiga Amalia Moncada. El Autor". Manchas de humedad en guardas. Encuadernado en pasta dura, en piel. Una de las obras de poesía más relevantes del movimiento modernista latinoamericano. Muchos de los poemas contenidos en el presente volumen fueron escritos por Díaz Mirón mientras este se hallaba preso bajo el cargo de asesinato. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

118


293

Detalle

293 Eder, Rita. Gironella. México: Universidad Nacional Autónoma de México, 1981. 4o., 158 p. Ilustrado. Diseño de Efraín Herrera y Vicente Rojo. Dedicado, firmado y dibujo original por Alberto Gironella. Encuadernado en rústica. $10,000.00 - $12,000.00 M.N.

294 Estrada, Genaro. Pero Galin. México: Editorial Cultura, 1926. 8o. marquilla, 173 p. Guardas ilustradas. Dedicado y firmado por el autor "A Adolfo Cienfuegos y Camus, con el afecto de su amigo G. Estrada". Ante portada y portada con ligeras restauraciones. Cubiertas con faltantes. Encuadernado en pasta dura. Adolfo Cienfuegos fue un importante militar durante el período de la Revolución Mexicana, miembro del Estado Mayor del Presidente Álvaro Obregón. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 294

295

Detalle

Detalles

295 Friedeberg, Pedro. Programa Cultural de la XIX Olimpiada, México 68. México: Comité Organizador de los Juegos de la XIX Olimpiada, 1968. Texto: 8o. marquilla, 5 h. (texto en francés, inglés y español) + 15 Láminas, 22.5 x 22.5 cm. Fimadas. En carpeta, deteriorada. $9,000.00 - $12,000.00 M.N. 119


296 García Márquez, Gabriel. La Mala Hora / Los Funerales de la

Mamá Grande. a) La Mala Hora. México: Editorial Diana, 1989. 8o. marquilla, 189 p. Dedicado y firmado y por el autor. Cantos gastados. Encuadernado en pasta dura. b) Los Funerales de la Mamá Grande. México: Editorial Diana, 1989. 8o. marquilla, 155 p. Dedicado y firmado por el autor. Sin lomo y sin pie. Encuadernado en pasta dura. Total de piezas: 2. $10,000.00 - $12,000.00 M.N. Detalles

296

297

297 Gerard, Max. Dalí de Draeger. Barcelona, Madrid: Editorial Blume, 1975. 4o. marquilla, 256 p. 260 reproducciones en color y en blanco y negro. 7a. edición. Dedicado, firmado y dibujo por Salvador Dalí. Edición española, por José Corredor Matheos. Encuadernado en pasta dura. Esta suntuosa presentación de la obra daliniana representa el estudio más completo de toda la actividad artística del pintor de Cadaqués a través de los nueve grandes temas para él más familiares: la Guerra, el paisaje, gala, la naturaleza muerta, el erotismo, el misticismo, el espacio-tiempo, el onirismo, hacia un clasicismo imperial. La edición española de esta obra ha sido enriquecida con unas palabras de presentación escritas por Salvador Dalí, así mismo se añade un apéndice que contiene la versión castellana de tres artículos originales suyo aparecidos recientemente. Por una obra como ésta, como alguien ha dicho, puede pagarse cualquier precio, porque costará encontrar otra similar. $25,000.00 - $30,000.00 M.N.

298 Henaine de Larriva, Reyna. Raúl Anguiano. Época

Surrealista / Raul Anguiano 75° Aniversario. a) Henaine de Larriva, Reyna. Raúl Anguiano. Época Surrealista. México: Centro Libanés. México, 1993. 4o. marquilla, 8 h. Prólogo de Ida Rodríguez Prampolini. Dedicado y firmado: "Para mi amigo Federico Wagner, un recuerdo afectuoso R. Anguiano 5 de octubre de 1993". Encuadernado en rústica. Catálogo de las obras expuestas en la Galería Alfredo Atala Boulos del Centro Libanes. b) Raúl Anguiano 75° Aniversario. Dibujos, Litografías y Grabados. Tlaxcala, 1990. 18.5 x 13.2 cm. Tarjeta de exposición. Con un poema de Carlos Pellicer. Firma. Total de piezas: 2. $6,000.00 - $8,000.00 M.N. 120

298

Detalle


299 Marín, Guadalupe. Un Día Patrio. México: Editorial Jalisco, 1941. 8o. marquilla, 204 p. Dedicado y firmado por la autora "Para mi gran amigo Jorge de la Borboya. G. Marín. Méx. Octubre 1975". Lomo y pastas con mancha de humedad. Encuadernado en rústica. Guadalupe Marín fue una reconocida novelista e influyente personalidad en el campo de las artes mexicanas de principios del Siglo XX. Contrajo nupcias con Diego Rivera en 1922, después de que este volviera a México tras haber pasado varios años en Europa, divorciándose de él en 1927. Posteriormente volvió a casarse con el poeta Jorge Cuesta y participó activamente con el grupo de Los Contemporáneos. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

300

Detalles

300 Montenegro, Roberto - Valenzuela, Jesús - Nervo, Amado - Agüeros, Victoriano - Esteva, Adalberto A. - Campos, Rubén M. / Valenzuela, Emilio - Entre Otros. Álbum de Recuerdos. Principios del Siglo XX. 8o. marquilla, 11 h. útiles y 63 h. en blanco. Primera hoja con acuarela de Roberto Montenegro, firmada y fechada 1904; 10 textos dedicados a la Srta. Luz Sagaceta por Jesús Valenzuela, Amado Nervo, Victoriano Agüeros, Adalberto A. Esteva, Rubén M. Campos, Emilio Valenzuela, entre otros. "A la Sta, Luz Sagaceta. Porqué le llamaron Luz… porque en tus pupilas arde, ya el fulgor de la mañana, o ya el fulgor de la tarde. Y si los parpados cierras, en un silencio profundo, se hacen, en las almas, la noche, como se hace en el mundo…". Firmado Jesús Valenzuela, fechado Junio / 1904. Adornado con motivo floral, en acuarela. "Para Luz Sagaceta. Premio a ti porque eres bella, cuando tú premias a todos, si los miras o les ríes, o los bañas en tu encanto poderoso?. Pues que premien a los cielos, por los dos soles preciosos, que dejaron olvidados, en el fondo de tus ojos…". Firmado Amado Nervo, fechado Jul. 1904.

Pasta anterior con fotografía coloreada, con pequeños faltantes; cofia y pasta posterior gastadas. Primeras cuatro hojas por desprenderse y poema de Amado Nervo desprendido. Encuadernado en pasta dura, en piel. $25,000.00 - $35,000.00 M.N.

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301

301 Neruda, Pablo. Selección / Vista Panorámica de la Ciudad de Santiago de Chile. a) Selección. Santiago de Chile: Nascimento, 1943. 8o. marquilla, 348 p. Recopilación y notas de Arturo Aldunate. Lomo deteriorado, sujeto por diurex. Faltantes en portada anterior y ultima hoja, desprendidas desde portada hasta página 95. Dedicado y firmado por Pablo Neruda, Santiago, 1944. b) Vista Panorámica de la Ciudad de Santiago de Chile. Fotopostal. Dedicado y firmado por Pablo Neruda. Total de piezas: 2. Pablo Neruda, Estuvo en México desde 1940 hasta 1945 como embajador de Chile, su estancia dejo una amplia huella en su obra y su imaginario. El presente y libro y fotopostal le fueron enviados a uno de sus amigos en México "García Silva?" como puede constatarse en las líneas que le dedica al reverso de la fotopostal, mismo donde encomienda el recibimiento de un amigo suyo, así como el envío de un libro.

Detalles

$8,000.00 - $10,000.00 M.N.

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302 Novaro, Octavio. Vigilias por Adolfo López Mateos. México: Fundación Adolfo López Mateos, 1970. fo., 52 p. Ilustraciones por Raúl Anguiano. Dedicado, firmado y dibujo por Raúl Anguiano "Para Margarita, con afecto. Raúl Anguiano. 84". Edición de 2,000 ejemplares numerados, ejemplar número 656. Lomo gastado. Encuadernado en rústica. $7,000.00 - $9,000.00 M.N. Detalles

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303 Paz, Octavio. Conjunciones y Disyunciones. México: Cuadernos de Joaquín Mortiz, 1969. 8o. marquilla, 143 p. + 2 h. Primera edición. Dedicado y firmado por el autor: “A Eduardo Iturbe, con simpatía humana y literaria - enlace=conjunción. Octavio Paz. México, a 2 de Julio de 1971”. Pastas con manchas de humedad. Texto con algunas manchas de humedad y subrayado. Encuadernado en rústica. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

303

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304 Paz, Octavio. Cuadrivio / Obra Poética / La Otra Voz. a) Cuadrivio. México: Joaquín Mortiz, 1991. 8o. marquilla, 201 p. Firmado por el Autor. Encuadernado en rústica. b) Obra Poética (1935 - 1988). México: Seix Barral, 1991. 8o. marquilla, 845 p. Firmado y dedicado por el Autor. Encuadernado en pasta dura. c) La Otra Voz, Poesía y Fin de Siglo. México: Seix Barral, 1990. 8o. marquilla, 141 p. Firmado por el Autor. Total de piezas: 3. $8,000.00 - $10,000.00 M.N.

305 Peza, Juan de Dios. Hojas de Margarita. Barcelona: J. Ballescá y Ca., 1904. 8o. marquilla, 81 p. + 1 h. Primera edición. Viñetas a tres tintas. Dedicado y firmado por el autor "A mi querido amigo Aurelio Melgarejo, todo corazón y lealtad, talentoso y sensible, su antiguo devoto que le desea felicidades. México, Dic. 14 de 1907". Rasgaduras y dobleces en pastas, pasta anterior pegada a guarda y lomo con pequeño faltante. Encuadernado en rústica. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

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306

306 Pita Amor (Guadalupe Teresa Amor Schmidtlein). Sonetos y Dibujos.

El Palacio de Iturbide / Es un Palacio de Oro / De Cantera Artezonada / De Piedra Roja Lahada / Del Emperador Primero / De México, el Verdadero / General de la Alborada / Comandante de la Nada / Que dio un Abrazo a Guerrero / Y al Partir una Zandía / Un Ardiente Medio Día / Verde, Blanca y Encarnada / Quedo la Bandera Izada. / La Mejicana Bandera / De América la Primera. 18 Sonetos manuscritos (numerados: 3 - 20, 22) y 13 dibujos coloreados, firmados "Pita". Varios formatos. Una hoja con dos perforaciones, afecta texto. Enmarcados. Piezas: 32. Conocida como la onceava musa, Pita Amor nació en la ciudad de México en el seno de una familia aristócrata, siendo la menor de siete hermanos. Le gustaba autodefinirse entre las mujeres como la más vanidosa y la más bonita, tanto que durante su juventud, su belleza fue inspiración de artistas como Juan Soriano, Raúl Anguiano, Roberto Montenegro y Diego Rivera, quien la pintó desnuda, suceso que representó un gran escándalo en una época donde se satanizaban este tipo de expresiones artísticas. Guadalupe Amor forjó su literatura en temas metafísicos, caracterizado por sus expresiones directas y desencadenadas, siempre en primera persona. Solía comparar su literatura con Sor Juana y Octavio Paz, considerándose superior a este último. En su poesía le cantó a Dios, a la muerte, a la soledad, a la angustia y a la nada. $20,000.00 - $25,000.00 M.N.

307 Portada de la Revista Time con el Retrato de Artur Rubinstein. February 25, 1966. 28 x 19.5 cm. Firmada por Artur Rubinstein. Atlantic edition. Vol. 87. No. 8. $4,000.00 - $5,000.00 M.N.

308 Sabines, Jaime. Uno es el Hombre. México: SEDESOL, 1993. 4o. marquilla, 108 p. + 3 h. Presentación de Luis Donaldo Colosio. Acuarelas de José Luis Cuevas. Fotografías de Daisy Ascher. Edición especial de 150 ejemplares numerados y firmados por Jaime Sabines, José Luis Cuevas y Daisy Ascher, ejemplar firmado y numerado 14 de 150. Encuadernado en pasta dura, en estuche. $7,000.00 - $9,000.00 M.N. 308

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309 Toledo, Francisco - Pacheco, José Emilio. Álbum de Zoología. México: El Colegio Nacional - Ediciones Era, 2006. 8o. marquilla, 127 p. Segunda edición corregida. Textos de José Emilio Pacheco. Ilustraciones de Francisco Toledo. Dedicado y firmado por Francisco Toledo en la primera hoja, a Manuel García Cano. Encuadernado en rústica. $4,000.00 - $6,000.00 M.N.

310 Traba, Marta. Los Signos de Vida. José Luis Cuevas, Francisco Toledo. México: Testimonios del Fondo, FCE, 1976. 4o. marquilla, 63 p. Dedicado y firmado por José Luis Cuevas a Sergio Fernández y con la firma de Francisco Toledo. Encuadernado en rústica. $6,000.00 - $8,000.00 M.N.

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311 Urbina, Luis G. / Torri, Julio / Fuentes, Carlos / Mutis, Álvaro. Los Últimos Pájaros / La Literatura

Española / Cristóbal Nonato / Summa de Maqroll el Gaviero. a) Fuentes, Carlos. Cristóbal Nonato. México: Fondo de Cultura Económica, 1987. 4o., 569 p. Dedicado y firmado por Carlos Fuentes. Pie rasgado. Encuadernado en rústica. b) Urbina, Luis G. Los Últimos Pájaros. Madrid: Imprenta de G. Hernández y Galo Sáez, 1924. 8o. marquilla, 146 p. Encuadernado en pasta dura. c) Torri, Julio.La Literatura Española. México: Fondo de Cultura Económica, 1952. 8o. marquilla, 389 p. Primera edición. Lomo rasgado. Encuadernado en rústica. d) Mutis, Álvaro. Summa de Maqroll el Gaviero, Poesía 1948 - 1988. México: Fondo de Cultura Económica, 1990. 4o. marquilla, Con dos ensayos de Octavio Paz y Ernesto Volkening. Colección Tierra. Dedicado y firmado por Álvaro Mutis. Encuadernado en rústica. Total de piezas: 4.

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$8,000.00 - $10,000.00 M.N.

312 Virgilio. La Eneida. España: Edimat Libros, 1999. 8o. marquilla, 347 p. Clásicos selección. Firmado y dedicado por Gabriel García Márquez. Incluye bolígrafo con la que firmo el libro. Encuadernado en pasta dura. Total de piezas: 2. $4,000.00 - $5,000.00 M.N.

LAUS DEO 125


SUBASTA DE LIBROS Y DOCUMENTOS DE HISTORIA DE MÉXICO Y UNIVERSAL

MARTES 15 DE MAYO DE 2018 5:00 P.M. ABIERTOS A CONSIGNACIÓN PARA NUESTRAS PRÓXIMAS SUBASTAS 19 de junio Subasta de Fotografías, Litografías y Grabados Antiguos y Modernos. 24 de julio Subasta de Libros y Documentos de Ciencias Naturales, Exactas y Sociales. Informes: Jesús Cruz jcruz@mortonsubastas.com Tel. 5283 3140 ext. 3153 Monte Athos 179 Lomas de Chapultepec Ciudad de México

Fray Juan de Zumárraga. Orden de Aprehensión. Nos Fray Juan de Zumárraga por la gracia de Dios y de la Santa Iglesia de Osma primer obispo de la Gran ciudad de México… mandamos que vos Cristóbal de Medinilla alguacil mayor del Santo Oficio de la Inquisición prendas a Antonio de Anguiano…México, a nueve de Septiembre de 1536.”.

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GUÍA PARA COMPRADORES Si usted no ha comprado antes en nuestras Subastas, por favor lea las siguientes reglas de Subasta. En cada catálogo aparece el directorio de todo el personal, que lo atenderá con gusto, así como el personal de los mostradores de la recepción y de la Sala de Ventas. Usted puede consultarnos y responderemos a todas sus preguntas.

I. GENERALES 1. Morton Subastas, S.A. de C.V., en adelante denominada Morton Subastas, actúa únicamente como consignatario en la venta de bienes muebles propiedad de terceros, en virtud de contratos previamente celebrados con estos, de quienes se presume tienen la propiedad de los mismos. 2. Los datos contenidos en el catálogo de la Subasta o cualquier otra declaración hecha acerca del autor de la obra, origen, edad, fecha, estado, autenticidad o precio de la misma, son responsabilidad única y exclusiva de sus propietarios. 3. La Subasta se llevará a cabo en moneda nacional y con la participación mínima de licitadores que previamente determine Morton Subastas.

catálogo son los precios aproximados que se espera sean obtenidos, sin incluir la comisión de la Casa de Subastas. No se proporciona estimado de precio de los lotes cuya salida sea menor de dos mil pesos M.N. 6. Los lotes que se subasten se ofrecerán sujetos a un precio mínimo de venta previamente acordado entre el propietario y Morton Subastas, y sólo podrá ser modificado previo acuerdo por escrito entre los mismos. 7. Para efectos de la Subasta se le denomina licitador, posible comprador o postor, en adelante denominado “Licitador”, a aquella persona que tiene la facultad de hacer ofertas por lotes en el transcurso de la Subasta.

II. LOTES

III. OFERTAS EN PRESENCIA, REGISTRO

1. Los bienes a subastar serán organizados en lotes integrados por uno o más bienes, en el orden y bajo la numeración que Morton Subastas indique. 2. Los lotes serán descritos y en algunos casos incluidas sus fotografías en el catálogo que para la Subasta elabore Morton Subastas. 3. Los lotes serán exhibidos para su inspección, en el lugar designado para ello por Morton Subastas, cuando menos con tres días naturales de anticipación al de la celebración de la Subasta, por lo que el personal de Morton Subastas, estará a su disposición para mostrar en detalle cualquier lote. 4. Los lotes serán subastados en el estado físico en que se encuentren en el momento de celebrarse la Subasta por lo que NO se aceptarán devoluciones ni reclamaciones sobre daños, desperfectos o restauraciones, aunque estos no se hayan hecho constar en el catálogo de la Subasta. Propóngase un precio máximo de compra para las piezas antes de que salgan a Subasta. Esto le ayudará a comprar mejor. Si tiene duda sobre alguna pieza, por favor NO ofrezca, ya que si se le asigna deberá pagarla. 5. Los precios estimados que aparecen impresos bajo las descripciones del

Para hacer una oferta en la Subasta usted deberá registrarse acudiendo a la mesa de registro en presencia, mediante una hoja de registro establecida para ese fin. 1. Como garantía a Morton Subastas, por el o los lotes que le fueren adjudicados durante la Subasta, la contraprestación (Premium) y el impuesto correspondiente, deberá dejar un comprobante de tarjeta de crédito firmado a la orden de Morton Subastas, S.A. de C.V. 2. Comisión al comprador (Premium): Corresponde al 20% sobre el precio de venta, más el 16% de IVA sobre dicha comisión, que serán incrementados al importe de la compra de cada lote. Ejemplo: precio de martillo $5,000.00 más comisión $1,000.00 más IVA $160, total de la factura a pagar $6,160.00 3. Una vez registrado el licitador y otorgada la garantía correspondiente, se le hará entrega de una paleta numerada que lo identificará con su hoja de registro y de la cual hará uso únicamente el licitador, ya que es individual e intransferible. Por esta razón es importante que la conserve durante todo el desarrollo de la Subasta y la devuelva personalmente al abandonar la sala de Subastas. Si se diera el caso de que no se le adjudicara

ningún lote, su depósito en garantía le será devuelto en ese momento. 4. Con la entrega de registro, el licitador queda obligado a pagar el precio del lote más el 20% por concepto de la contraprestación más el IVA correspondiente. Si el pago se efectúa con tarjeta de crédito o débito, se incrementará el 6.6% (seis punto seis por ciento) por concepto de comisión sobre el monto total del lote o los lotes que le hayan sido adjudicados, descontando lo que previamente se tomó como garantía. 5. Para que los licitadores puedan hacer efectivas las pujas o aceptar una postura hecha por el martillero, bastará con levantar la paleta numerada. Por favor, hágalo con rapidez para que la dinámica de la Subasta continúe. Las ofertas aumentan aproximadamente un 10% en cada puja. 6. Se considera que el licitador que hizo efectiva la última puja, es decir la más alta, ha adquirido el bien que integra el lote subastado, en el momento en que no exista puja mayor y el martillero así lo manifieste.

IV. OFERTAS EN AUSENCIA Refiérase a las primeras páginas de este catálogo: “Cómo se compra en subasta”.

V. EXPORTACIÓN El comprador siempre deberá revisar si se requiere de autorizaciones, permisos o licencias de exportación o importación. Al participar en la subasta, acepta que es su sola responsabilidad obtener cualquier licencia, autorización o permiso de exportación o importación y que la negativa a cualquier permiso, autorización o licencia o cualquier retraso en obtenerlos, no justificará la rescisión o devolución de ninguna venta ni cualquier retraso en hacer el pago total de la propiedad adquirida. EL COMPRADOR RENUNCIA A REQUERIR CUALQUIER REEMBOLSO en cualquiera de los casos anteriormente mencionados. Las leyes locales pueden prohibir importar o exportar cierta propiedad y/o pueden limitar la reventa de alguna propiedad. Para mayores informes, consulte: www.tramites.inah.gob.mx


OFERTAS EN AUSENCIA

CONDICIONES Y FICHA DE REGISTRO PARA REALIZAR OFERTAS EN AUSENCIA. AVISO DE PRIVACIDAD Los datos personales serán tratados de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la reglamentación respectiva y el aviso de privacidad están a su disposición en la siguiente liga http://www.mortonsubastas.com/formatos/Aviso-de-Privacidad-Integral.pdf Por favor, consulte el aviso de privacidad antes de proporcionar sus datos. ESTOY DE ACUERDO SI NO

AL FIRMAR LA FICHA DE REGISTRO DE OFERTAS EN AUSENCIA, USTED ACEPTA LO SIGUIENTE:

1. Las reglas y condiciones que aplican para las subastas en Morton Subastas, S.A. de C.V. (“Morton Subastas”) y/o las del catálogo; las cuales se encuentran a su disposición en Morton Subastas. 2. Que el personal de Morton Subastas haga efectivas las pujas en su nombre y representación en la subasta en la que se registra, por las piezas que se describen en el presente documento, hasta por la cantidad que aparece en el apartado “Límite superior de la oferta”.

LÍMITE DE OFERTA

3. Que no están permitidas las ofertas en ausencia sin límite superior.

RESPONSABILIDAD

4. Que Morton Subastas en ningún caso y por ningún motivo, es responsable que usted logre se le adjudique(n) la(s) pieza(s) por las que ofertó en ausencia.

UNA PUJA MÁS

5. Que en caso de que el monto máximo fijado por usted como Límite Superior de la Oferta para una pieza se iguale con la última puja de la sala, podrá autorizar una puja más, según lo establezca el recuadro denominado: “Autoriza una puja más”. En caso de que este recuadro no se haya requisitado, se entenderá que no acepta subir a la siguiente puja.

FICHA DE REGISTRO NOMBRE DE SUBASTA

FECHA

NÚMERO DE PALETA

AUTORIZA UNA PUJA MÁS

SI

NO

OFERTA POR TELÉFONO

SI

NO

NOMBRE COMPLETO CALLE

No.

COLONIA

C.P.

DELEGACIÓN / MUNICIPIO

E-MAIL

TELÉFONO

CELULAR

IDENTIFICACIÓN NÚM DE TARJETA DE CRED. NÚM DE SEGURIDAD

FECHA DE VENCIMIENTO

ADJUDICACIÓN

6. Que en caso de que existan dos o más ofertas en ausencia por la misma pieza y por la misma cantidad señalada como Límite Superior de la Oferta y no haya una puja superior en la sala, la pieza se adjudicará a la Oferta en Ausencia que se haya recibido primero en Morton Subastas. 7. Que el fallo de adjudicación lo emitirá Morton Subastas y será inapelable, por lo que Usted renuncia desde este momento a cualquier acción y/o derecho alguno para ejercer en contra de Morton Subastas y/o a quien sus derechos represente, por cualquier conflicto o controversia que surgiera por esta causa.

NÚMERO SEGÚN CATÁLOGO

LÍMITE SUPERIOR DE OFERTA

DESCRIPCIÓN

REQUISITOS

8. Que Morton Subastas no hará efectiva la Oferta en Ausencia si no cumple con los siguientes requisitos: a) Llenar completamente el presente documento y firmarlo de conformidad, indicando claramente el número de lote por el que desee ofrecer y la cantidad establecida con Límite Superior de la Oferta. b) Entregar firmado el presente documento al personal autorizado de Morton Subastas a más tardar a la fecha de celebración de la subasta y hasta cuatro horas antes de la misma, en el domicilio de Morton Subastas. c) Efectuar un depósito en garantía del cumplimiento de las obligaciones que pudiera llegar a tener como adquiriente, de acuerdo a lo siguiente: Subastas en Monte Athos: $20,000.00 M.N. Subastas en Sadi Carnot: $5,000.00 M.N. El monto de la garantía podrá ser cambiado por Morton Subastas, con previo aviso al cliente. d) La garantía no podrá ser cubierta con tarjeta de débito.

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RECIBIÓ (REPRESENTANTE DE MORTON) NOMBRE Y FIRMA FECHA Y HORA DE RECEPCIÓN

CONDICIONES DE PAGO

9. En caso de que se adjudique la pieza, pagar por el precio martillo, más el 20% por concepto de comisión, más el Impuesto al Valor Agregado sobre dicha comisión (16%). Si el pago se realiza a través de tarjeta de crédito o débito, se cargará un 6.6% adicional al saldo que resulte de restar la garantía. Recuerde que usted tiene 5 días hábiles después de la subasta para liquidar el total de su compra y recoger los artículos adquiridos en el lugar de la subasta.

Acepto se me haga el cargo en garantía establecido de acuerdo a lo señalado en los requisitos del punto no. 8 letra C. reembolsable en el caso que no se me adjudiquen los lotes. Acepto las condiciones del catálogo, las reglas de la subasta y del presente documento.

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OFERTAS POR TELÉFONO

10. Las ofertas en ausencia también se recibirán por teléfono, previa entrega del presente documento firmado y enviado vía correo electrónico a Morton Subastas hasta cuatro horas antes del inicio de la Subasta, siempre y cuando el precio estimado bajo de la pieza por la que oferta sea de $5,000.00 M.N. o mayor.

Ciudad de México a

de

del año

CONFIDENCIALIDAD

11. La información aquí contenida se considera Confidencial, por lo que su divulgación está prohibida y da derecho al pago de daños y perjuicios que causen por este hecho.

Informes: ofertasenausencia@mortonsubastas.com

Nota: Las ofertas en ausencia se recibirán hasta cuatro horas antes de la subasta.

Tel. +52 (55) 5283 3140 Ext. 3148, 3149 y 3150


ABSENTEE BIDS ABSENT BID TERMS, CONDITIONS AND BID FORM

ABSENTEE BID FORM BY SIGNING THIS ABSENTEE BID REGISTRATION FORM YOU AGREE TO THE FOLLOWING TERMS AND CONDITIONS:

1. You agree to the terms and conditions that apply to the auctions at the Morton Subastas, S.A. de C.V. (Morton Subastas) premises and/or those described in the catalogues available at Morton Subastas.

WHO MAKES THE BIDS

2. Allow the personnel of Morton Subastas to make effective the bids on your behalf during the auction to which you are registered, and for the pieces only described herein, up to the amount inserted in the top limit bid.

BIDS LIMIT

3. Unlimited bids are not permitted.

RESPONSIBILITY

4. In no case and by no means, Morton Subastas takes responsibility for the adjunction of the piece(s) for which you made absentee bids.

ONE MORE BID

5. In case the amount stated by you as the top limit bid for a piece is matched by the last bid made in the auction room, and if the option on the "One more bid authorized" section is chosen as "Yes", you will then be allowed to place a higher bid for the piece. In case this option was chosen as "No" or left blank, your bid will be stopped.

ASSIGNATION

AUCTION TITLE

DATE

PALETTE NUMBER

ONE MORE BID AUTHORIZE

YES

NO

TELEPHONE BIDS

YES

NO

FULL NAME ADRESS

ZIP CODE

E-MAIL TELEPHONE

MOBILE

ID NUMBER CREDIT CARD SECURITY CODE

EXPIRING DATE

LOT NUMBER

TOP LIMIT BID

DESCRIPTION

(Mexican Pesos)

6. In case that two or more absentee bidders appear for the same piece and for the same top limit bid stated, and in case there is not a higher bid in the auction room, the piece will be adjudicated to the absentee bid first received by Morton Subastas. 7. The decision for the adjudication will be decided by Morton Subastas, and thus, will be unappealable. By signing this form you agree to not taking any legal action against Morton Subastas or its representatives if any conflict or dispute arise due to disagreement.

REQUIREMENTS

8. Morton Subastas will not make effective the Absentee Bid if the following requirements are not met: a) This document should be duly filled in and properly signed for in the agreement section, making sure that is clearly entered the lot number of the piece you are interested in, and well stated your top limit bid for it. b) This document should be delivered only to the authorized personnel at latest the day of the Auction at the address of Morton Subastas in which the auction will be held. c) Allow a deposit as a guarantee for the payment of the piece and amounts generated by the adjudication of the piece. The deposit will be in the following amounts, and will be taken under the name of Morton Subastas. Auctions at Monte Athos Gallery: $20,000.00 MXP Auctions at Sadi Carnot Gallery: $5,000.00 MXP The amount of the guaranty may be changed by Morton Subastas prior notice to the customer. d) Guaranty may not be paid with a debit card.

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RECEPTION (MORTON STAFF ONLY) NAME AND SIGNATURE DATE AND TIME OF RECEPTION

I DO HEREBY ACCEPT THE CONDITIONS DESCRIBED IN THIS DOCUMENT AND CATALOGUES FOR THE AUCTION

PAYMENT CONDITION

9. If the piece is adjudicated to you, the price of the piece plus twenty percent of commission fee shall be paid, plus the corresponding VAT (16%) calculated over the commission. Payment made with credit or debit card will incur an extra charge of 6.6%, added as a commission fee to the total amount to be paid for.

BIDS OVER THE TELEPHONE

10. Absentee bids by telephone are welcome, previous delivery of the present document duly filled and signed is required, sent to Morton Subastas with at least two working days before the date of the auction if your bid is $10,000.00 MXP or more. Long distance calls to and for the auction should be made by yourself.

SIGNATURE (Date)

MEXICO CITY

CONFIDENTIALITY

11. Information contained herein is deemed Confidential, and its disclosure is prohibited, entitling the payment of damages and looses caused by this fact.

Enquiries: ofertasenausencia@mortonsubastas.com

Please note: On the day of the auction last absentee bids are received 4 hours before the auction.

Telephone. +52 (55) 5283 3140 Ext. 3148, 3149 & 3150




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