Pleno Extraordinario en Tembleque. 13-11-2014

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ASISTENTES ALCALDE-PRESIDENTE D. Jesús Fernández Clemente CONCEJALES GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA

Dña. María del Mar Muñoz Cereceda (P) D. Francisco Javier Mota Plaza. D. Jesús Santiago Díaz-Carralero. Dña. Luisa Vega García. D. Alfredo Saavedra García.

Juan José de la Mata Posadilla (2 de 2) Secretario - Interventor Fecha Firma: 24/11/2014 HASH: b20b84e727a8c68c916c8adbe7b13f21

GRUPO MUNICIPAL POPULAR

D. Miguel Ángel López Fernández (P) D. José Manuel Chozas Bueno. D. Antonio Revuelta Fernández Dña. Consuelo Maqueda Tello. Dña. Alicia Valero de la Peña. SECRETARIO D. Juan José de la Mata Posadilla (P) = Portavoz

En Tembleque a 13 de Noviembre de 2014. Siendo las 19:00 horas del día señalado, se reúnen en la Salón de Plenos bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, los miembros de la Corporación que figuran al margen, asistidos por el Secretario D. Juan José de la Mata Posadilla. Constituida válidamente la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el art.46 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 90 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales. El Sr. Alcalde - Presidente, abrió la sesión, procediéndose según el Orden del Día.

1 Ayuntamiento de Tembleque Pza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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Jesús Fernández Clemente (1 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 24/11/2014 HASH: 3a6e3b5280b0374cda9a1a1a5c080448

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN, EL 13 DE NOVIEMBRE DE 2014.


PRIMERO.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. Se aprueba el acta de la sesión anterior de 25 de Septiembre de 2014 por unanimidad de los miembros de la Corporación. SEGUNDO.- APROBACIÓN DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO PARA ACTIVIDADES CULTURALES E INSTALACIONES DEPORTIVAS POR IMPORTE DE 19.237,82 EUROS (EXPEDIENTE 371/2014) Tramitado, de conformidad con lo señalado en el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y en las Bases de Ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento, Expediente de Modificación de Crédito, de la clase de los de Suplemento de Crédito. Se propone la aprobación, en su caso, de la siguiente modificación presupuestaria del tipo Suplemento de Crédito por importe de 19.237,82 €, para los fines siguientes: - Transferencias corrientes. Asociaciones culturales. - Ordinario no inventariable. Piscina. Y que se pretende financiar con Anulaciones o bajas de otras partidas cuyos importes se estimen reducibles sin perturbar el funcionamiento del servicio.

1º.- La aprobación del Expediente de Modificación de Créditos nº 14 al vigente Presupuesto de la Corporación en el corriente ejercicio 2014, de la clase de los de Suplemento de Crédito, Por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, afectando a las siguientes partidas presupuestarias:

ESTADO DE GASTOS Partida

Denominación

2014/330/48002

Transferencias culturales

corrientes.

2014/342/22000

Ordinario no inventariable. Piscina

Importe Asociaciones

Total modificación Estado de Gastos

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5.546,49 € 13.691,33 € 19.237,82 €

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Correspondiendo, la competencia para su aprobación, al Pleno de la Corporación, en uso de las facultades conferidas por la vigente legislación de Régimen Local y reguladora de las Haciendas Locales, así como en las Bases de Ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento, se acuerda por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, aprobar el siguiente dictamen:


ESTADO DE INGRESOS/ PARTIDA DE GASTOS EXCENDENTARIA Concepto/ Partida

Denominación

Importe

2014/233/22711

Trabajos realizados empresas. Residencia de ancianos

2014/920/22700

Imprevistos y funciones no clasificadas

10.837,82 €

2014/912/23000

Dietas asistencias a órganos colegiados

2.400,00 €

Total modificación Estado de Ingresos/ o reducción del Estado de Gastos TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

6.000,00 €

19.237,82 € 19.237,82 €

2º.- Someter el expediente a exposición pública. Si no hubiera reclamaciones se entenderá elevado a definitivo el presente acuerdo.

TERCERO.- APROBACIÓN DE CREDITO EXTRAORDINARIO PARA ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA Y MOBILIARIO (EXPEDIENTE 381/2014). Tramitado, de conformidad con lo señalado en el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y en las Bases de Ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento, Expediente de Modificación de Crédito, de la clase de los de Crédito Extraordinario.

- Instalaciones deportivas. Maquinaria. - Mobiliario Paseo Cementerio. Y que se pretende financiar con Anulaciones o bajas de otras partidas cuyos importes se estimen reducibles sin perturbar el funcionamiento del servicio. Correspondiendo, la competencia para su aprobación, al Pleno de la Corporación, en uso de las facultades conferidas por la vigente legislación de Régimen Local y reguladora de las Haciendas Locales, así como en las Bases de Ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento, se acuerda por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, aprobar el siguiente dictamen: 1º.- La aprobación del Expediente de Modificación de Créditos nº 15 al vigente Presupuesto de la Corporación en el corriente ejercicio 2014, de la clase de los de Crédito Extraordinario, Por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, afectando a las siguientes partidas presupuestarias:

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Se propone la aprobación, en su caso, de la siguiente modificación presupuestaria del tipo Crédito Extraordinario por importe de 9.044,75 €, para los fines siguientes:


ESTADO DE GASTOS Partida

Denominación

Importe

2014/342/62300

Instalaciones deportivas. Maquinaria

3.793,35 €

2014/155/62500

Mobiliario Paseo Cementerio

5.251,40 €

Total modificación Estado de Gastos

9.044,75 €

PARTIDA DE GASTOS EXCENDENTARIA Concepto/ Partida

Denominación

Importe

2014/920/13111

Laboral Temporal Arquitecta y auxiliar

5.584,15 €

2014/164/62100

Construcción de fosas en el cementerio

3.460,60 €

Total modificación Estado de Ingresos/ o reducción del Estado de Gastos

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

9.044,75 €

9.044,75 €

CUARTO.- APROBACIÓN INICIAL DE OPERACIÓN DE SUSTITUCIÓN DE PRESTAMO DEL FONDO DE FINANCIACIÓN DEL PAGO A PROVEEDORES Y PLAN DE REDUCCIÓN DE DEUDA. (EXPEDIENTE 358/2014) Visto que con fecha 10 de octubre de 2014, se inició procedimiento para la Refinanciación para la Cancelación de Operaciones de Préstamo Formalizadas por las Entidades Locales con el Fondo para la Financiación del Pago a Proveedores. Visto que con esa misma fecha, se emitió por intervención informe, para valorar la viabilidad de la concertación de dicha operación de refinanciación así como informe por parte de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir. Visto que se solicitó oferta a las Entidades financieras de la localidad otorgándoles el plazo de 12 días naturales para la presentación de las mismas.

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2º.- Someter el expediente a exposición pública. Si no hubiera reclamaciones se entenderá elevado a definitivo el presente acuerdo.


Visto que durante el plazo indicado desde la fecha de envío de la invitación, se presentaron las ofertas que constan en el expediente. Visto las ofertas presentadas y tras la recepción del informe de valoración técnica, se realizó propuesta de adjudicación a favor de Liberbank Banco de Castilla - La Mancha, A la vista de las ofertas presentadas, tras la recepción del informe de valoración técnica, el informe propuesta de secretaría, de conformidad con el artículo 52.2 Del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, el Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, aprobar el siguiente dictamen: ACUERDO PRIMERO. Aprobar inicialmente una nueva operación para refinanciar la operación suscrita con cargo al mecanismo de financiación del Fondo de pago a proveedores.

Dadas las cantidades existentes de endeudamiento, considerando deuda viva el riesgo deducido de los avales, que actualmente es por el total del Aval del Auditorio, por importe de 482.266,46 euros, la cifra de endeudamiento que quedaría a final de ejercicio sería de 1.494.194,02 euros por lo que de amortizar la cantidad de 42.000 euros en el ejercicio 2014, se reduciría a 1.452.194,02 euros: Por tanto el Plan de reducción de deuda puede consistir en la ejecución de una amortización extraordinaria de deuda del FFPP antes del 31 de Diciembre de 2014, por importe de 42.000 euros con lo que: 1.494.194,02- 42.000 = 1.452.194,02 1.452.194,02 / 1.964.733.32 = 73,91 %

TERCERO. Adjudicar la concertación de la operación de refinanciación en las siguientes condiciones a esta entidad financiera Banco de Castilla - La Mancha Liberbank con un diferencial de 0,80 puntos. Resto de condiciones: 1. Plazo: No superar el plazo máximo de amortización que reste para cancelar

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SEGUNDO: Al incumplir este Municipio el requisito del endeudamiento inferior al 75% de los recursos liquidados según el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, así como según la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, se hace necesaria la aprobación de un Plan de reducción de deuda, para el período 2014 – 2015, que se acompaña como anexo, y que permite obtener un nivel de endeudamiento por debajo del 75%, respectivamente, en un período máximo de seis meses.


de manera completa la operación de crédito formalizada con el Fondo. 2. Objetivo: Reducir la carga financiera anual. 3. Sin Garantía PIE (Participación en los Ingresos del Estado). 4. Finalidad: Toda la operación se destina a amortizar la operación concertada con el FFPP. 5. Concertación: Durante el año 2014. 6. Tipo de interés: Euribor a 3 meses.

CALCULO DE AHORRO POR REBAJA EN EL TIPO DE INTERÉS

INTERESES EN PRÉSTAMO ACTUAL

CAPITAL

TIPO

INTERESES

213.100,85 €

4,02%

40.869,70 €

CAPITAL

TIPO

INTERESES

INTERESES EN PRÉSTAMO A FORMALIZAR ENTIDAD BANCO CCM

213.100,85 € 0,881%

DIFERENCIA INTERESES

8.956,77 €

-31.912,93 €

% AHORRO

-78,08%

CUARTO. Notificar la adjudicación a las Entidades financieras que presentaron ofertas y resultaron excluidas. QUINTO. Notificar a Liberbank Banco de Castilla - La Mancha, adjudicatario provisional de dicha operación de refinanciación el presente acuerdo e indicarle que hasta la recepción de la autorización del Ministerio, no se podrá entender adjudicada definitivamente la nueva operación.

QUINTO.- APROBACIÓN DE AMORTIZACIÓN ANTICIPADA (EXPEDIENTE 382/2014)

SUPLEMENTO DE CREDITO PARA DE PRÉSTAMO A LARGO PLAZO

Tramitado, de conformidad con lo señalado en el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y en las Bases de Ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento, Expediente de Modificación de Crédito, de la clase de los de Suplemento de Crédito. Se propone la aprobación, en su caso, de la siguiente modificación presupuestaria del tipo Suplemento de Crédito por importe de 11.688,28 €, para los fines siguientes: - Amortización Préstamo Casa de las Torres para Plan de Reducción de Deuda. Y que se pretende financiar con Remanente Líquido de Tesorería para gastos generales. Correspondiendo, la competencia para su aprobación, al Pleno de la Corporación, en uso de las facultades conferidas por la vigente legislación de Régimen Local y reguladora de las Haciendas Locales, así como en las Bases de Ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento, se acuerda por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, aprobar el siguiente dictamen:

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SEXTO: Comunicar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el Plan de reducción de deuda y la solicitud de autorización.


1º.- La aprobación del Expediente de Modificación de Créditos nº 16 al vigente Presupuesto de la Corporación en el corriente ejercicio 2014, de la clase de los de Suplemento de Crédito, Por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, afectando a las siguientes partidas presupuestarias:

ESTADO DE GASTOS Partida

Denominación

2014/011/91301

Amortización Préstamo Casa de las Torres

Total modificación Estado de Gastos

Importe 11.688,28 € 11.688,28 €

ESTADO DE INGRESOS Concepto 87000

Denominación Remanente Líquido de Tesorería para gastos generales

Total modificación Estado de Ingresos/ o reducción del Estado de Gastos

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Importe 11.688,28 € 11.688,28 €

11.688,28 €

SEXTO.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS (399/2014). En virtud de la Providencia de Alcaldía, el estudio técnico-económico del coste de la actividad administrativa, por lo que respecta a las tasas por la prestación de servicios públicos o la realización de actividades administrativas de competencia local, el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por Tasa por licencias urbanísticas, y el informe de Secretaría, conforme al artículo 54 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el Pleno de la Corporación acuerda se aprueba con seis votos a favor de los miembros del grupo municipal socialista y cinco en contra de los miembros del grupo municipal popular, dictaminar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo: PRIMERO. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Tasa por licencias urbanísticas, “Artículo 6.– Cuota tributaria.

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2º.- Someter el expediente a exposición pública. Si no hubiera reclamaciones se entenderá elevado a definitivo el presente acuerdo.


La cuota tributaria se determinará con arreglo a las siguientes normas: (…) 3. Las parcelaciones y segregaciones, 120,00 euros en suelo urbano y 69,52 euros en suelo rústico.” SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto. Miguel Ángel López Fernández explica que se debería cobrar lo mismo por el servicio administrativo, dado que el servicio es el mismo, con independencia de lo que valga para el suelo urbano y suelo rústico. Se debe cobrar igual en suelo urbano como en rústico. Miguel Ángel López Fernández, explica que se trata de una subida muy importante y cree que haya pocas parcelas con más de mil metros cuadrados en suelo urbano y que ellos no pueden apoyar la medida. El Alcalde explica que cuando hay solares grandes, se les cobraba mucho más y que lo que se cobra por los pueblos de alrededor está en línea con lo propuesto.

SEPTIMO.- MODIFICACIÓN DE LA TASA DE AGUA, ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN CONFORME AL CONTRATO CON GESTAGUA. (EXP. 228/2014)

De conformidad con el contrato de gestión de servicio público del Ciclo Integral del Agua suscrito con la concesionaria Gestión y Técnicas del Agua S.A. y para el mantenimiento del equilibrio económico financiero del contrato, firmado el 11 de Julio de 2011, a la vista de la evolución del Índice de Precios al consumo de Agosto de 2013 a Agosto de 2014 situado en un -0,5% interanual, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo: 1º.- Aprobar inicialmente la modificación de las Ordenanzas fiscales de la

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Miguel Ángel López Fernández pide que se estudie más lo que se está cobrando en otros pueblos.


Tasa por Abastecimiento de agua potable, Tasa por servicio de alcantarillado y Tasa por Depuración para 2015. 2º.- Someter el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. Artículos que se modifican DISPOSICIÓN Nº 7

Artículo 5.- Cuota tributaria. 1. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red general de suministros del servicio se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 108,03 EUR, por tasa de enganche al ayuntamiento, y a la empresa concesionaria: - Por acometida de agua en calzada con apertura y reposición, 501,96 EUR. - Por acometida de agua en acera con apertura y reposición, 341,82 EUR. - Por acometida de agua en acera sin apertura y reposición, 381,97 EUR. - Por Instalación de contador de agua en batería, 135,25 EUR. - Por instalación de contador sin acometida, 170,43 EUR. - Traslado contador a la calle, 114,94 EUR. 2. Todos éstos precios incluyen, el IVA, los gastos de materiales, incluido contador, y mano de obra hasta llave de paso o contador si está en el exterior, ambos inclusive. Desde dicha llave de paso o contador exterior, la responsabilidad de su ejecución y conservación corresponde al usuario. La acometida será realizada por el Ayuntamiento, por sí o a través de la empresa concesionaria del servicio. 3. La cuota tributaria a exigir, por la prestación del servicio de suministro, se determinará en función de las siguientes tarifas: a) Canon o cuota fija: 5,1833 EUR trimestrales IVA no incluido, por conservación de acometida y contador. b) Consumo (trimestral), IVA no incluido: - B1 < de 15 metros cúbicos, a 0,3248 EUR el metro cúbico. - B2 16 a 25 metros cúbicos, a 0,6942 EUR el metro cúbico. - B3 > de 25 metros cúbicos, a 1,2767 EUR el metro cúbico. 4. En caso de averías interiores sin conocimiento del usuario, cuya

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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ABASTECIMIENTO DE AGUA


consecuencia sea un consumo excesivo de agua, se facturará la media de consumos anteriores (entendiendo por éstos el consumo histórico del usuario), de acuerdo a los diferentes bloques por m3 consumido, facturándose el exceso provocado por la avería por el primer bloque. DISPOSICIÓN Nº 8 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ALCANTARILLADO Artículo 5. Cuota tributaria. 1. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de alcantarillado se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 108,03 EUR de derecho de enganche; por materiales y mano de obra de su efectiva realización, 422,28 EUR, cuando sea en tierra o zahorra y 548,85 EUR, cuando sea en hormigón, asfalto o similar. La acometida será realizada por el Ayuntamiento, por sí o a través de la empresa concesionaria del servicio. 2. La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de alcantarillado y depuración se determinará en función de la cantidad de agua, medida en metros cúbicos, consumida en la finca. A tal efecto, se aplicará la siguiente Tarifa: Por cada metro cúbico de agua consumida, a 0,4118 EUR más IVA. 3. En caso de avería interior de la vivienda, cuya consecuencia sea un consumo excesivo de agua, la base para la tarifa será la media de consumos anteriores. DISPOSICIÓN Nº 8 BIS

Artículo 4.- Cuota tributaria Las bases y cuotas de gravamen serán las siguientes: a) La tasa base por este concepto se fija en un importe por metro cúbico de agua facturada, en razón a los costes de tal servicio, quedando fijado en un coste de 0,3318 euros por metro cúbico de agua consumida + IVA. b) Se establece un canon fijo trimestral por inmueble de 5,6534 euros + IVA. Tras deliberación de los Sres. miembros del Pleno de la Corporación, y por unanimidad de los miembros del Pleno de la Corporación se aprueba la propuesta.

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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIO DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES


OCTAVO.- APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA 2015 Y EL TECHO DE GASTO (EXP. 313/2014). En virtud de lo dispuesto en el artículo 168.1.a) del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y del artículo 18.1.a) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, esta Alcaldía presenta al Pleno de la Corporación el Proyecto del Presupuesto General y sus Bases de Ejecución dictaminados favorablemente el ejercicio anterior, para el ejercicio económico 2015, acompañado de esta Memoria en la que se explican las modificaciones más esenciales que han sido introducidas respecto al ejercicio anterior: ESTADO DE GASTOS Capítulo

Presupuesto 2014

Denominación

EUROS

%

Presupuesto 2015 EUROS

%

I

Gastos de Personal

694.520,00

38,31

694.236,78

39,59

II

Gastos en bienes corrientes y servicios

775.379,62

42,77

823.660,49

46,97

III

Gastos financieros

60.150,90

3,32

22.980,84

1,31

IV

Transferencias corrientes

11.309,64

0,62

20.609,64

1,18

VI

Inversiones reales

145.078,80

8,00

102.000,00

5,82

IX

Pasivos financieros

126.458,04

6,98

90.176,44

5,14

1.753.664,19

100

TOTAL GASTOS

1.695.808,27

1.812.897

ESTADO DE INGRESOS

I

Impuestos directos

622.553,05

34,34

665.553,05

37,95

II

Impuestos indirectos

25.460,00

1,40

13.460,00

0,77

III

Tasas y otros ingresos

530.473,89

29,26

510.205,15

29,09

IV

Transferencias corrientes

519.891,00

28,68

536.985,41

30,62

V

Ingresos patrimoniales

26.764,08

1,48

27.460,58

1,57

VII

Transferencia de capital

87.754,98

4,84

0,00

0,00

1.753.664,19

100

TOTAL INGRESOS

EUROS

1.695.808,27

%

Presupuesto 2015

Denominación

1.812.897

EUROS

%

DE LOS GASTOS El proyecto de Presupuestos para 2015 se propone para su dictamen por la Comisión Informativa Mixta, Se debe indicar del Presupuesto para 2015 que la primera premisa que se ha tenido en cuenta para la elaboración de los Presupuestos ha sido el cumplimiento del Plan de Ajuste elaborado de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan las obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación

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Presupuesto 2014 Capítulo


para el pago a los proveedores de las entidades locales, y la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, elaborado por el Ayuntamiento de Tembleque y aprobado por el Pleno de la Corporación en fecha de 29 de Marzo de 2012. Para examinarlo con más detalle veamos los distintos capítulos: CAPÍTULO I. Con respecto al gasto de personal existe correlación entre los créditos del Capítulo I de Gastos de Personal, incluidos en el Presupuesto y el Anexo de Personal de esta Entidad Local para este ejercicio económico, siendo su importe global levemente superior al consignado en el Presupuesto del ejercicio anterior debido a que se adecuan las bases de cotización del personal a las reales establecidas legalmente tras el recorte de retribuciones del 5% de 2010, que supuso el mantenimiento de dichas bases y por error no se advirtió hasta Noviembre de 2013. Hay una vacante presupuestada si bien no se permite su convocatoria porque se prevé una tasa de reposición de cero en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015. Las retribuciones del personal se presupuestan en el marco de una nueva congelación salarial. En estos momentos no se prevén subidas, por lo que las retribuciones están en el mismo lugar que estaban las cuantías iniciales del año 2011, con las lógicas diferencias del cumplimiento de trienios del personal funcionario y el laboral que los tiene reconocidos.

CAPÍTULO III. Los gastos financieros recogidos en este Capítulo se refiere a las consignaciones de pagos de intereses y gastos de los préstamos contratados por la Entidad. En concreto los siguientes:  Préstamos de Caja Rural de Toledo para inversiones.  Préstamo suscrito con la Caja Castilla - La Mancha para la adquisición de la Casa de las Torres.  Gastos de formalización y cancelación, en previsión de amortización de deuda.  Comisión de riesgo del Aval del Auditorio.  Préstamo derivado del RDL 4/2012 de pago a proveedores, en menor cuantía que el año anterior, tras la amortización parcial anticipada realizada en 2014 y la renegociación de la operación que se somete a autorización del Ministerio en la misma sesión plenaria que el presente proyecto de presupuestos. Todo ello según el Estado de la Deuda que se incluye en el presente proyecto de Presupuesto. CAPÍTULO IV. Las transferencias corrientes comprenden los créditos por aportaciones del Ayuntamiento sin contraprestación de los agentes receptores y con destino a operaciones corrientes. Se ajustan las cuantías destinadas a estos fines a lo reconocido en el avance de ejecución de 2014. CAPÍTULO VI. Se han consignado en el Estado de Gastos del Presupuesto de 2015 inversiones reales, financiadas con recursos propios, y sin perjuicio de eventuales modificaciones que se puedan realizar en el futuro por generación de créditos por nuevos

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CAPÍTULO II. Se ha hecho un esfuerzo de contención de gasto en bienes, servicios corrientes, consignando en el Presupuesto Municipal de 2015, para este tipo de gastos, crédito suficiente según la Liquidación de 2013 y el avance de 2014. El total de los créditos presupuestarios consignados por operaciones corrientes y los gastos derivados del funcionamiento de los servicios existentes en el Ayuntamiento de Tembleque pueden considerarse suficientes para atender las obligaciones exigibles a la Corporación, en función del avance de Liquidación del ejercicio 2014 y de la Liquidación ya cerrada del ejercicio 2013.


o mayores ingresos. Los créditos presupuestarios para Inversiones Reales suponen un porcentaje reducido del total del Presupuesto pues se prevé una escasa cuantía de transferencias de capital, salvo las ya indicadas. CAPÍTULO IX. Comprenden los pasivos financieros los gastos por amortización de pasivos financieros; devolución de depósitos y fianzas que en este caso comprende la parte de los préstamos concertados con la Caja Rural de Toledo que tienen que consignarse presupuestariamente en este ejercicio para atender las anualidades correspondientes al ejercicio 2014, el Préstamo de la Casa De las Torres. De todo ello se puede observar con detalle en el Estado de Movimiento de la Deuda. DE LOS INGRESOS CAPÍTULO I. Los impuestos directos comprenden el Impuesto de Bienes Inmuebles, el Impuesto de Actividades Económicas, el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cuyas previsiones se ajustan a la liquidación de 2013 y al avance de 2014 con la máxima prudencia, si bien se amplía su importe por efecto de la aplicación ya consolidada de los coeficientes de actualización catastral conforme a la Orden HAP 2308/2013 de 5 de diciembre, en relación con el artículo 32, apartado 2º de la Ley del Catastro Inmobiliario. CAPÍTULO II. Los ingresos que provienen de los impuestos indirectos provienen del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en el que según avance de ejecución del Presupuesto se observa una disminución en el nivel de derechos en el avance de la liquidación del ejercicio 2014 respecto de los reconocidos netos en la Liquidación del ejercicio 2013, por lo que se ajustan sus previsiones a la baja por prudencia.

CAPÍTULO IV. El total de ingresos previstos en el Capítulo IV por transferencias corrientes, se prevé similar al previsto en el ejercicio anterior, habida cuenta de las mínimas correcciones que se han realizado en 2014 en la partida de Participación del Municipio en los Tributos del Estado. Se mantienen las transferencias corrientes procedentes de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha, así el artículo 45 “DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA” se reduce a la subvención de Ayuda a domicilio, Plazas de Residencia de ancianos, y Centro de Atención a la Infancia. CAPÍTULO V. Los ingresos patrimoniales provienen de rentas de inmuebles sin incremento respecto del año anterior y cánones de concesiones administrativas. CAPÍTULO VII. No se prevén ingresos de capital, pues se desconocen en estos momentos. No se prevén ingresos financieros.

Considerando dicha Memoria el Dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Mixta en sesión celebrada el día 7 de Noviembre de 2014, se propone

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CAPÍTULO III. Los ingresos previstos por operaciones corrientes procedentes de tasas y otros ingresos, se han calculado teniendo en cuenta los derechos que se prevén liquidar en el ejercicio actual, a la vista del avance de la liquidación del Presupuesto de 2014, que están en trámite simultáneo a los presentes Presupuestos. Se ha reducido notablemente el número de alumnos del CAI por lo que se reduce también la previsión de la tasa, y de la misma forma, se aumenta en tasa por ayuda a domicilio al imponerse el copago para los usuarios del servicio con dependencia.


al Pleno de la Corporación la aprobación del siguiente dictamen, basándose en los siguientes FUNDAMENTOS:  Lo dispuesto en la legislación específica de Régimen Local, así como en la legislación estatal de carácter básico o complementario, en materia presupuestaria.  El Expediente de Presupuesto General de la Entidad para el año 2015.

 Las Bases de Ejecución del Presupuesto

y los Anexos y demás documentación complementaria señalados en los artículos 168 y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

 La Plantilla Presupuestaria del Personal para el Ejercicio 2015.  Lo previsto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en lo referente al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y de la Regla de Gastos.

 El Informe emitido por la Intervención Municipal, con fecha 7 de Noviembre de 2014. Y tras el debate se somete a votación y se acuerda, con seis votos a favor de los miembros del grupo municipal socialista y cinco en contra de los miembros del grupo municipal popular: PRIMERO. Aprobar inicialmente el Expediente de Presupuesto General de la Entidad para el año 2015, por un importe total de Ingresos y Gastos equivalente a 1.753.664,19 euros, cuyo desglose por capítulos es el siguiente: Presupuesto 2015

Denominación

I

Gastos de Personal

694.520,00

38,31

694.236,78

39,59

II

Gastos en bienes corrientes y servicios

775.379,62

42,77

823.660,49

46,97

III

Gastos financieros

60.150,90

3,32

22.980,84

1,31

IV

Transferencias corrientes

11.309,64

0,62

20.609,64

1,18

VI

Inversiones reales

145.078,80

8,00

102.000,00

5,82

IX

Pasivos financieros

126.458,04

6,98

90.176,44

5,14

TOTAL GASTOS

1.812.897

1.812.897

1.753.664,19

100

EUROS

%

EUROS

%

ESTADO DE INGRESOS Presupuesto 2014 EUROS

%

Presupuesto 2015

Capítulo

Denominación

EUROS

I

Impuestos directos

622.553,05

34,34

665.553,05

37,95

II

Impuestos indirectos

25.460,00

1,40

13.460,00

0,77

III

Tasas y otros ingresos

530.473,89

29,26

510.205,15

29,09

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%

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Presupuesto 2014

Capítulo


IV

Transferencias corrientes

519.891,00

28,68

536.985,41

30,62

V

Ingresos patrimoniales

26.764,08

1,48

27.460,58

1,57

VII

Transferencia de capital

87.754,98

4,84

0,00

0,00

TOTAL INGRESOS

1.812.897

1.812.897

1.753.664,19

100

SEGUNDO. Aprobar el Anexo de Inversiones para el año 2015. TERCERO. Entidad.

Aprobar las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la

CUARTO. Aprobar la Plantilla Presupuestaria y las Tablas Retributivas del Personal de la Entidad para el año 2015, que consta en el expediente de Presupuestos, con los incrementos (y en su caso modificación de puestos de trabajo) que en la misma se señalan:

PERSONAL FUNCIONARIO DE SERVICIOS GENERALES DENOMINACIÓN

1.1.

Escala de Habilitación Nacional

1.1.1.

Secretario-Interventor

1.2.

Escala de Administración General

1.2.1. 1.2.1. 1.3.

Escala de Administración Especial

1.3.1.

Policía Local

2.

GRUPO

NIVEL C.D.

Nº DE PLAZAS

A

26

1

Administrativo

C1

22

1

Auxiliar administrativo

C2

18

2

C1

18

1

PERSONAL LABORAL DENOMINACIÓN

Nº DE PUESTOS

OBSERVACIONES

2.1. 2.1.1. 2.1.1. 2.2.

Servicios Generales Auxiliar Administrativo 1 Laboral duración determinada (v) Arquitecta municipal 1 Laboral duración determinada Servicios de mantenimiento, culturales, sociales y deportivos

2.2.1.

Guardas Rurales

2

Laboral Fijo

2.2.2.

Responsable Oficina de Turismo

1

Laboral duración determinada

2.2.3.

Auxiliares de Ayuda a Domicilio

4

Laboral duración determinada

2.2.4.

Bibliotecaria

1

Laboral duración determinada

2.2.5.

Educadora Infantil

1

Laboral duración determinada

2.2.6.

Subalternos

2

Laboral duración determinada

2.2.7.

Socorristas

2

Laboral duración determinada

2.2.8.

Encargado mantenimiento viales

2

Laboral Fijo

2.2.9.

Oficial de Primera

1

Laboral Fijo

2.2.10. Monitor Deportivo

1

Laboral duración determinada tiempo parcial

QUINTO. Aprobar y fijar el Límite de Gasto no Financiero, también denominado como TECHO DE GASTO, en 1.753.664,19 €, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 30 de la LOEPSF. SEXTO. Exponer al público el acto de aprobación inicial del Expediente, por

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espacio de 15 días hábiles, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, plazo durante el cual los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación. SÈPTIMO. El Expediente se considerará definitivamente aprobado, si al término del periodo de exposición no se hubieran presentado reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, debiendo cumplirse el trámite de su publicación, resumido por Capítulos, en el BOP y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, junto con la Plantilla y la Relación de Puestos de Trabajo, así como relación de cargos con dedicación exclusiva y parcial e indemnizaciones y asistencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.3 del citado Real Decreto Legislativo y en otro caso, se procederá de acuerdo con lo previsto en el número 1 in fine del citado artículo. OCTAVO. Que de conformidad con el número 4 del mismo artículo, se remita copia del referido presupuesto a la Administración General del Estado y a la Comunidad Autónoma.

El Alcalde indica que el Presupuesto es eso un Presupuesto y debe ser flexible para adaptarse a las necesidades municipales que van surgiendo. Añade que también se podría haber hecho una gran modificación a mediados de ejercicio tirando de Remanente pero se optó por no agravar el Presupuesto más. En este Pleno mismamente se han tramitado expedientes de modificación presupuestaria y el Presupuesto inicial está exprimido, pero viene muy bien no gastar más para cumplir el Plan de Ajuste. Cree que el principal lastre del Ayuntamiento es la deuda que la Junta de Comunidades tiene con este Ayuntamiento y que a siete meses de cambio de mandato la deuda está cifrada en 600.000 euros, aunque esta semana se nos han pagado 60.000 euros. Añade el Alcalde que el Presupuesto está controlado y se está cumpliendo el Plan de Ajuste y el Ayuntamiento no se puede permitir grandes lujos pero cumple con todos sus compromisos.

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Miguel Ángel López Fernández indica que la distribución de las partidas es anecdótica porque en todos los Plenos se aprueban modificaciones presupuestarias, pero eso evidencia que las partidas no están muy ajustadas inicialmente. Añade que es un Presupuesto meramente administrativo que está lastrado por decisiones que el actual gobierno socialista adoptó en el pasado y que afectan al Ayuntamiento en el presente y por eso no lo van a votar a favor.


Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las diecinueve horas y cuarenta y nueve minutos y para que conste y surta los efectos oportunos ante quien proceda, expido la presente con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Tembleque a 14 de Noviembre de 2014. Vº Bº EL ALCALDE PRESIDENTE Fdo. Jesús Fernández Clemente

Firmado electrónicamente

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Firmado electrónicamente

EL SECRETARIO INTERVENTOR Fdo. Juan José de la Mata Posadilla


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