Revista Mundo Forestal edición Noviembre 2021

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MUNDO FORESTAL®

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La actividad forestal, bosques y biodiversidad en el proceso constituyente

El tratamiento de la cuestión ambiental en la constitución de 1980

Determinación de los estados erosivos actuales en áreas afectadas por los incendios forestales de la Región del Maule usando datos LiDAR.

12

Propuestas del Colegio de Ingenieros forestales para incorporar en la nueva constitución

Los recursos genéticos en la nueva constitución.

La administración de las áreas silvestres protegidas por comunidades indígenas. ¿Cuáles son los desafíos?

30

Fajas corta combustibles para enfrentar incendios en bosque esclerófilo.

Derechos a la naturaleza ¿De qué se trata?

Los desafíos de la Ingeniería Forestal: ¿Cómo nos hacemos cargo?

Fundación Reforestemos lanza programa de conservación para terrenos privados

Ingeniero forestal chileno finalista en Premio Internacional Tierra por la Vida 2021

Proyecto +Bosques forestará, restaurará y manejará bosques naturales en un total de 25 mil hectáreas a lo largo de seis regiones de Chile.

El sector forestal y los desafíos del próximo de gobierno: una propuesta del Colegio de Ingenieros Forestales

- Bernardo Zentilli

- Gerardo Soto Urbina

- Octavio Larraín Maroto

- Gustavo Moreno

- Luis Alarcón

- Claudio Donoso

MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021
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contenidos
FOTO PORTADA Julio Torres C. Bosque de Llancahue, Región de Los Ríos.
4 ANÁLISIS
16 22
6
34 40 44 46 54 48 58
CONSTITUCIÓN CONSTITUCIÓN
in memorian
NOTA
EDITORIAL
Investigación
CONSTITUCIÓN DESTACADO POLÍTICA INSERTO FORMACIÓN PROYECTO
CONSERVACIÓN
TÉCNICA 3

LA ACTIVIDAD FORESTAL, BOSQUES Y BIODIVERSIDAD EN EL PROCESO CONSTITUYENTE

No hay que ser adivino para anticipar que la discusión sobre el tratamiento de los recursos naturales en la propuesta de nueva constitución, que debería iniciarse este mes, generará una confrontación entre miradas antagónicas respecto a cómo abordar desde el Estado la propiedad, gestión, regulación y preservación de las distintas componentes de la naturaleza, entre ellos, los bosques y otras formaciones vegetales.

Se considera una temática de la máxima importancia, tanto es así que una de las siete comisiones de la Convención Constituyente lo aborda puntualmente, nos referimos al Comité Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico.

Ya algunos convencionales han adelantado sus opiniones enfatizando que la nueva carta fundamental debe originarse desde una mirada eco-constituyente que contenga declaraciones explícitas hacia un tratamiento de la naturaleza que priorice su protección y no su uso. Esta mirada fuertemente dicotómica no es nueva y aparece cada vez que se trata de abordar la gestión de los recursos naturales, en tanto bienes fundamentales para el desarrollo económico y el bienestar de las personas, pero también como componentes valiosos en sí mismos, independiente del aporte que realizan a la humanidad.

En este escenario se repiten conceptos que han formado parte del debate de los últimos veinte años: extractivismo, mirada antropocéntrica versus mirada ecocéntrica. A ellas ahora se ha sumado el concepto del buen vivir y, como el

mismo nombre del comité lo señala, los derechos de la naturaleza. Se aspira a seguir la senda del neoconstitucionalismo que representan las constituciones de Ecuador y Bolivia en nuestra región.

La dificultad del debate medio ambiental en la Convención Constituyente será el mismo que enfrentarán otras temáticas de similar importancia, lograr dar con el nivel de detalle que estas temáticas deben tener en el texto. Existirá una tendencia a querer precisar una serie de conceptos y acotar las posibilidades para que los poderes del Estado desarrollen interpretaciones del contenido constitucional. No es extraño que el nombre del comité sea ya una declaración de intenciones respecto al tema ambiental, se incluye en la denominación los derechos de la naturaleza, los bienes naturales comunes y el modelo económico.

Respecto de los bosques, es poco probable que sean explícitamente nombrados en la propuesta de constitución, lo más probable es que serán incorporados en lo que se defina para los recursos naturales como un todo, donde como ya señalamos, la discusión se centrará en derechos de propiedad (bienes comunes o privados), derechos consuetudinarios sobre la naturaleza de los pueblos originarios, asignación de derechos a la naturaleza y la limitación de la propiedad dada su función social asociada a la preservación de la biodiversidad.

3 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021 Editorial

INVESTIGACIÓN

DETERMINACIÓN DE LOS ESTADOS EROSIVOS ACTUALES

EN ÁREAS AFECTADAS POR LOS INCENDIOS FORESTALES DE LA REGIÓN DEL MAULE USANDO DATOS LIDAR.

La erosión de los suelos es uno de los problemas ambientales más significativos del sector silvoagropecuario, especialmente porque el recurso suelo no es renovable a escala humana y es altamente vulnerable a acciones antrópicas, condiciones de variabilidad y de cambio climático global (FAO, 2015).

Después de los incendios forestales ocurridos en enero y febrero del año 2017 en la región del Maule, CONAF identificó y delimitó una superficie de 244.288 ha con distintos estados de severidad de impactos de los incendios. Esta zona afectada involucra a once comunas de la región del Maule: Cauquenes, Chanco, Constitución, Curepto, Empedrado, Hualañé, Licantén, Maule, Pencahue, San Javier y Vichuquén. El Centro de Información de Recursos Naturales (CIREN) (2020), estimó que unos $7.400 millones de pesos al año se han perdido por efecto de la erosión de los suelos que fueron siniestrados. Por consiguiente, la cuantificación actual de la erosión de los suelos y la elaboración de un inventario de erosión en la zona afectada por el mega-incendio del año 2017 eran necesarias para proyectos de restauración ambiental del secano costero e interior del Maule.

Diversas técnicas se han utilizado para delimitar áreas erosionadas con presencia de cárcavas (Casalí et al., 1999; James et al., 2007; Giménez et al., 2009, Evans y Lindsay, 2010. Recientemente, se han descrito estudios para mapear redes de cárcavas, utilizando enfoques semi o totalmente automatizados basados en análisis digital del terreno (Evans y Lindsay, 2010;

Perroy et al., 2010) o clasificación orientada a objetos (Eustace et al., 2011; Shruthi et al., 2011; Johansen et al., 2012) usando LiDAR (Light Detection and Ranging) u otras fuentes de datos de alta resolución (0,5 a 2 m).

Según Korzeniowska (2017), la rugosidad del terreno local, que es derivada de la detección de luz de alta resolución y el rango de los datos (LiDAR), puede ayudar en la detección no supervisada de cárcavas y otros signos de erosión del suelo en vastas superficies. Adicionalmente, otros factores como diferentes umbrales de rugosidad, resoluciones de granos y de datos de entrada, influyen directamente en la calidad de la detección de cárcavas. No obstante, los resultados obtenidos son auspiciosos y muestran que la curvatura total es una medida adecuada para reconocer cárcavas con datos LiDAR.

Una cárcava es un canal natural o incisión causado por un flujo de agua concentrado, a través del cual fluye la escorrentía durante o inmediatamente después de un evento intenso de lluvia (SCSA, 1982). Las cárcavas se forman debido a las actividades antropogénicas y factores físicos como son el uso inapropiado del suelo y de la vegetación, sobrepastoreo, construcción de caminos, senderos creados por animales o vehículos, intensidad y cantidad de lluvia, topografía, tamaño y forma de la cuenca, longitud y gradiente de laderas, y características del suelo, entre otros (Bocco, 1991; Strunk, 2005).

6 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021

ÁREA DE ESTUDIO Y METODOLOGÍA

El inventario abarcó un área de 29 cuencas hidrográficas de interés ecológico y productivo distribuidas en once comunas declaradas bajo emergencia ambiental durante el período que se produjeron los incendios. La superficie estudiada alcanzó las 878.917 ha, incluyendo territorio de las regiones de Ñuble y O’Higgins, ya que las cuencas sobrepasan los límites administrativos regionales.

Los datos LiDAR utilizados en el estudio presentaron una densidad de entre 1 y 4 puntos/ m2, levantados con un sensor Harrier 68i, que permitió generar un modelo digital del terreno (DEM) con una resolución de un metro. La unidad territorial del estudio para el desarrollo de los estados erosivos de los suelos fue la cuenca hidrográfica.

Previamente a la determinación de los estados erosivos de los suelos, se delimitaron las zonas sin datos de degradación, tales como, la infraestructura urbana, red caminera, tranques, embalses y cuerpos de agua naturales, así como otros usos del suelo identificados en el territorio. Para la clasificación de los estados de erosión a

partir de información LiDAR fue necesario seguir una serie de procesos geomáticos que consideran a la rugosidad, pendiente y la curvatura del terreno, tres conceptos fundamentales (Figura 1) para delimitación de zonas con presencia de cárcavas y otros signos de perturbación del suelo. En este caso, valores negativos de la curvatura indican que la superficie es convexa en cierto grado (propicia procesos erosivos, mayor energía cinética), mientras que valores positivos indican que la superficie es cóncava (propicia procesos de sedimentación, mayor energía potencial).

7 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021 INVESTIGACIÓN
El recurso suelo no es renovable a escala humana y es altamente vulnerable a acciones antrópicas como los incendios forestales. Figura 1. Esquema metodológico para la delimitación y clasificación de los estados erosivos del suelo, en áreas con datos LiDAR.

INVESTIGACIÓN

La metodología utilizada correspondió a la desarrollada por Korzeniowska (2017), con la rugosidad de la superficie como variable morfométrica que muestra la heterogeneidad del terreno por medio de la rugosidad (µ). Se calculó la curvatura y se realizó un análisis focal con una ventana de 10x10 aplicándole la desviación estándar a la curvatura. El producto generado fue una matriz raster que fue segmentado con el software eCognition, logrando agrupar de esa manera unidades homogéneas. Luego, se clasificaron los polígonos en base a sus atributos de curvatura y pendiente del terreno dentro de un SQL con umbrales, entregando los distintos estados erosivos. Hasta este paso, la clasificación del grado de erosión no considera la cobertura vegetacional, lo que resulta una condición de potencial erosivo del suelo. En esta condición, muchas Unidades Homogéneas (principalmente laderas) con relieve abrupto, a pesar de presentar una cobertura vegetacional densa, presentan una gran proporción de los grados erosivos severos y muy severos clasificados por pendiente a partir de 45%. Por ello, luego de la calibración de los datos en febrero del 2020, en cuatro cuencas hidrográficas pilotos; laguna Tilicura, estero Las Vegas, río Cauquenes, río Purapel, se consideró la incorporación de un indicador de cobertura que relacione la reflectividad del suelo y la vegetación (con índices espectrales obtenidas de imágenes satelitales Sentinel 2A) para recalificar zonas con gradientes abruptas que se consideraron sobreestimadas.

Los datos clasificados previamente en gabinete fueron validados a través de una campaña de terreno realizada en octubre de 2020 (Figura 2)

Se levantaron 211 puntos de validación que incluyeron distintos tipos de uso de la tierra, series de suelos, pendiente, exposición y cobertura vegetal. Los puntos se localizaron

de tal forma para cubrir la totalidad de las 29 cuencas estudiadas. Finalmente, se llevó a cabo un análisis de fiabilidad de la información cartografiada, estimando un porcentaje de acierto entre la categoría estimada y la observada en terreno (Matriz de confusión).

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Imagenes de la campaña de validación de los estados erosivos identificados en la zona del megaincendio de la región del Maule.

RESULTADOS

Para cada una de las 29 cuencas del estudio fue posible generar una cartografía de sus estados erosivos a escala 1:10.000, resolución nunca lograda en este tipo de estudio y que permitirá generar diferentes acciones sobre el territorio (Tabla 1). Se destacan dos cuencas pequeñas de 5.000 hectáreas, como estero Las Vegas y estero Los Calabozos ubicadas en las cercanías de la costa de Constitución, con más de 60% de su superficie clasificada entre los estados de erosión severa y muy severa. Por otra parte, las cuencas de río Perquilauquén, río Cauque y río Claro presentan menos de un 10% de su superficie

clasificada entre los estados de erosión severa y muy severa, teniendo en común ser cuencas ubicadas cerca del valle central del Maule, de uso preferentemente agropecuario. Las cuencas de mayor preocupación ambiental es la cuenca del río Purapel con un área quemada que representa el 67,1% de la cuenca y con procesos erosivos moderados, severos y muy severos que superan las 53.352 hectáreas (67,3% de la cuenca).

Mientras que, merecen una alerta de restauración ecológica, las cuencas del estero La Pellana (98,1%), río Rari (92,4%) y el estero Empedrado (83,3%) por su superficie quemada, con distintos grados de severidad (CONAF, 2017).

(1) Cuerpos de agua, (2) Otros no suelos, (3) Urbano y caminos (http://erosionmaule.ciren.cl y www.ciren.cl).

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Nula Muy No o baja severa aparente Río Maule 81.920 7.193 10.325 22.512 21.058 8.188 98 9.702 220 2.625 Río Pinotalca 24.418 626 2.231 12.051 6.985 1.856 - 202 183 285 Los Pellines 25.894 671 5.118 14.534 3.814 517 - 142 277 822 Estero Las Vegas 5.002 6 127 1.480 2.315 955 - 29 1 88 Estero Los Calabozos 5.090 8 126 1.679 2.281 952 - 24 - 20 Estero Los Culenes 9.859 116 601 4.461 3.375 996 - 77 90 144 Estero Cachipivil 24.435 4.817 2.683 8.667 6.606 1.169 - 153 - 339 Río Cauquenes Alto 67.316 1.812 9.487 36.277 15.086 2.744 - 567 7 1.338 Estero La Vaquería 20.651 58 769 9.134 7.711 2.660 - 149 - 170 Río Huenchullami 23.431 529 1.170 11.537 7.088 1.250 - 106 1.584 166 Estero Rapilermo 19.142 116 722 8.137 7.269 2.642 - 115 - 142 Estero Eloisa 9.767 688 1.786 4.256 2.278 535 - 66 1 157 Estero La Pellana 5.999 47 315 2.215 2.399 956 - 41 - 28 Lago Vichuquén 23.508 409 739 7.179 8.737 3.904 - 1.689 70 781 Iloca 13.098 24 545 6.606 4.198 1.115 - 68 176 366 Río Perquilauquén 70.376 29.244 25.136 11.135 2.379 443 - 825 11 1.202 Río Purapel 79.294 9.870 14.406 26.641 20.827 5.884 - 679 2 985 Estero Coipue 32.382 226 1.720 15.203 11.470 3.383 - 151 - 229 Estero Curepto 11.755 736 812 3.787 4.466 1.454 - 125 - 376 Laguna Tilicura 25.412 472 1.412 9.589 9.152 4.132 - 538 - 118 Río Rari 13.137 646 727 5.629 4.523 1.413 - 101 - 98 Río Tutuvén 37.528 1.004 5.080 22.159 6.925 1.158 - 415 1 786 Estero Empedrado 6.690 31 432 3.470 1.881 603 - 58 - 215 Río Reloca 42.988 2.555 5.792 17.975 11.081 4.550 - 520 106 408 Río Cauque 70.004 16.499 24.336 21.499 5.260 920 - 728 35 726 Carrizal 33.625 2.604 3.693 14.606 7.119 1.640 - 861 2.505 596 Río Claro 14.746 2.234 5.911 2.902 876 127 423 363 74 1.836 Río Mataquito 88.464 12.241 16.437 23.551 20.181 4.411 1.868 5.657 626 3.492 Estero Nilahue 88.644 7.873 11.430 30.012 26.124 9.993 642 1.265 219 1.088 TOTAL 974.575 103.355 154.068 358.880 233.464 70.552 3.030 25.415 6.189 19.622 3 Ligera Moderada Severa Unidad hidrográfica Superficie (ha) Superficie de estados
1 2
erosivos actuales (ha)
INVESTIGACIÓN

A nivel administrativo, las comunas de Constitución y Empedrado son las más afectadas. Constitución tiene 62% de su superficie (69.446 hectáreas) con algún grado de erosión, mientras que Empedrado llega a un 92% (52.266 hectáreas). Las localidades rurales con mayores superficies degradadas corresponden a Pichamán, El Mellico, Putú y los Pellines (Constitución), Las Garzas y Sauzal (Cauquenes), y Provoste (Empedrado). Estas áreas superan las 20.000 hectáreas con algún grado de erosión del suelo. Los agricultores de estas zonas pueden postular al programa de incentivos de recuperación de suelos degradados (SIRSD-S) que gestiona INDAP y SAG. Los suelos con estos niveles de degradación física requieren incorporar biotecnias e hidrotecnias para su recuperación de aguas y suelos (Pizarro et al., 2003).

La tabla 2 muestra la superficie de los estados erosivos actuales del suelo afectado por el megaincendio del año 2017, en la región del Maule por comuna.

Tabla N°2. Estados erosivos actuales de suelos, por comuna y distrito afectado por el megaincendio del año 2017. Región del Maule.

(6)No aparente, (7) No suelos

La tabla 3 muestra la matriz de confusión generada para la etapa de validación de los estados erosivos en las 29 unidades hidrográficas afectadas por los incendios forestales. En este caso, el porcentaje de precisión global alcanzado para la clasificación supervisada de los estados erosivos del año 2020 es de 89,6%.

Tabla 3. Matriz de confusión aplicada a la validación de la cartografía de los estados erosivos del suelo. Región del Maule.

10 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021 Superficie Superficie comunal Estudio (ha) (ha) Nula o baja Ligera Moderada Grave Muy Grave -6 -7 Cauquenes 212.723 48.744 169.799 26.191 43.893 66.572 23.620 5.167 - 4.357 Constitución 133.439 69.466 133.554 4.119 11.813 55.537 39.836 13.340 - 8.910 Curepto 106.887 4.340 95.630 2.314 6.326 39.423 32.533 10.105 - 4.928 Empedrado 56.839 52.266 56.839 1.718 4.118 24.973 18.461 6.518 - 1.052 Hualañé 63.199 32.347 63.144 3.730 6.953 23.353 19.988 6.440 280 2.401 Licantén 27.202 2.414 27.188 1.362 1.887 12.651 8.125 1.604 - 1.560 Maule 24.299 4.328 22.176 3.800 7.156 4.928 1.374 232 519 4.169 Pencahue 76.632 494 34.470 789 4.348 15.775 9.448 2.543 - 1.567 San Javier 126.985 43.448 103.968 13.358 17.305 34.360 27.420 6.882 2 4.642 Vichuquén 45.192 15.873 36.223 550 1.259 12.499 13.226 5.496 - 3.194 Chanco 50.171 4.005 30.216 2.271 4.902 15.477 5.368 1.304 - 893 Comunas Superficie afectada incendio (ha) Superficies(ha)
1:
2:
3:
4:
1 2 3 4 5 7 muestras (%) 1 17 4 1 0 0 0 22 0,77 2 0 24 5 1 0 0 30 0,8 3 0 1 61 2 1 0 65 0,94 4 0 1 3 52 2 0 58 0,9 5 0 0 0 1 34 0 35 0,97 7 0 0 0 0 0 1 1 1 muestras 17 30 70 56 37 1 211 (%) 1 0,8 0,87 0,93 0,92 1 Estado de erosión modelado observado
Nula o Baja,
Ligera,
moderada,
Severa, 5: Muy severa, 7: áreas No suelos
INVESTIGACIÓN

La determinación de los estados erosivos actuales en áreas afectadas por los incendios forestales de la región del Maule, mediante el uso de datos LiDAR, ofrece una alta confiabilidad, superando el 89% de acierto. Además, permitió delimitar estados erosivos severos y muy severos representados por cárcavas o barrancos, en áreas desnudas y cubiertas de vegetación. El uso de estos datos (activos) supone una mejora tecnológica, con respecto al uso de los datos provenientes de sensores pasivos como las imágenes satelitales LANDSAT y SENTINEL, de mediana resolución. Sin embargo, el uso combinado de índices espectrales y datos de altimetría de alta resolución permite resultados satisfactorios, como los mostrados en este trabajo.

El estudio logró determinar los estados erosivos para 974.575 hectáreas, compuestas por 29 cuencas hidrográficas que están circunscritas a once comunas afectadas del secano costero e interior de la región del Maule identificando. Las cuencas del río Purapel, estero La Pellana, río Rari y estero Empedrado, son las que revierten mayor preocupación medioambiental, debido a su afectación por los incendios forestales del 2017 y los procesos erosivos presentes. Las comunas de Constitución y Empedrado fueron las más afectadas por el mega-incendio, así como por su determinación de los estados erosivos.

Toda la información generada es disponible en un sistema de información georreferenciada de acceso público GEONODE http:// erosionmaule.ciren.cl, y presenta todos los resultados tabulares y mapas de erosión por unidad hidrográfica.

AGRADECIMIENTOS

Este trabajo está en el marco del proyecto “Inventario de erosión de suelos en las zonas afectadas por mega-incendio del año 2017: Región del Maule” (código 19BP-117368) financiado por el Comité InnovaChile de CORFO y apoyado por la Subsecretaria de Agricultura de Chile. Se agradece a los Ingenieros(as) que aportaron su conocimiento y dedicación; Carlos Silva, Alejandra Lizama, María Cristina Silva y Juan Pablo Camus, y a los profesionales de CIREN; Audrey Gallaud, Paola Catalán, Carlos Torres, Fernando Neira Gonzalo Gajardo, Pedro Muñoz y Héctor Sáez.

Las referencias de este artículo pueden ser revisadas en www.cifag.cl

11 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021
INVESTIGACIÓN

Constitución

PROPUESTAS DEL COLEGIO DE INGENIEROS FORESTALES

PARA INCORPORAR EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN

Sin perjuicio de los múltiples temas que son de interés, se han acotado las propuestas a dos ámbitos específicos: 1) Atribuciones, estructura y calidad jurídica de los colegios profesionales y 2) El tratamiento del medioambiente y los recursos naturales en la nueva constitución.

Bajo distintos gobiernos los colegios profesionales han realizado gestiones para recuperar las atribuciones que la Constitución de 1980 les arrebató. En la imagen derecha con el Ministro Secretario General de la Presidencia del actual gobierno, Juan José Ossa (2019). En la imagen izquierda con Nicolás Eyzaguirre, quien ejercía el mismo cargo durante el segundo mandato de Bachelet (2014).

SOBRE LOS COLEGIOS PROFESIONALES

A) Devolver las atribuciones de tuición ética a los colegios profesionales, tanto de los colegiados como de aquellos profesionales no colegiados.

Para ello, es necesario eliminar de la actual constitución el inciso segundo del número 15 del artículo 19, en el que se sostiene que nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.

Esta derogación es fundamental para permitir que los colegiados y no colegiados estén efectivamente sometidos a vigilancia disciplinaria de sus asociaciones gremiales. Esto no quiere decir que se retome la colegiatura obligatoria, sino que se consagra la tuición ética como atribución de los colegios profesionales.

B) Se debe derogar el Decreto Ley Nº 2.757, de 1979, modificado por el Decreto Ley Nº 3.163,

de 1980, que estableció que los colegios profesionales serían en adelante “asociaciones gremiales” y recuperar la personalidad de derecho público a los colegios profesionales. Esto implica que los colegios deben ser creados por ley y que se les reconoce una determinada función pública.

C) Crear un registro público de profesionales como condición habilitante para el ejercicio legal de las profesiones. Es una valiosa herramienta para enfrentar el ejercicio ilegal de la profesión.

D) Recuperar la atribución de contar con la colegiatura para el desempeño de cargos públicos. Para ello se debe derogar parte del inciso tercero del número 16 del artículo 19, que señala los siguiente: “Ninguna ley o disposición de autoridad pública podrá exigir la afiliación a organización o entidad

12 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021

alguna como requisito para desarrollar una determinada actividad o trabajo, ni la desafiliación para mantenerse en éstos”.

SOBRE EL TRATAMIENTO DE NATURALEZA Y LOS RECURSOS NATURALES: DERECHOS

A) Se propone modificar el artículo 19 número 8 respecto al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Las distintas constituciones del mundo han mejorado la redacción de este derecho, ya que vivir en un medio ambiente libre de contaminación limita las posibilidades de este derecho y lo circunscribe a los seres hum nos sin incluir al propio ambiente en si mismo. Para ello se propone utilizar “derecho a vivir en un medio ambiente sano o ecológicamente equilibrado” en reemplazo de “libre de contaminación”.

B) Se debe mantener lo relativo a: “Es deber del Estado velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente”.

C) Siguiendo en el ámbito de los derechos se debe modificar el número 21 del artículo 19. Este texto consigna el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen. Acá se debe agregar una nueva limitación al derecho a desarrollar cualquier actividad económica basado en consideraciones ambientales. No pueden permitirse actividades económicas que vayan en perjuicio del medio ambiente o impliquen pérdidas irreversibles de la biodiversidad terrestre y marina.

D) Asimismo, el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales que se establece en el número 24 del artículo 19, señala que sólo la ley puede establecer limitaciones y obligaciones que deriven de su función social. Detallando que estas limitaciones surgen de los intereses generales de la Nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad públicas y la conservación del patrimonio ambiental.

Lamentablemente, las limitaciones de la propiedad derivadas de la función social de conservación del patrimonio ambiental son las más débiles de la constitución. Se requiere especificar en detalle a qué refiere el texto legal con conservación del patrimonio ambiental. Es necesario fortalecer esta causal de limitación de derechos, asociado, por ejemplo, a distintos grados de amenaza de las componentes de la biodiversidad.

E) Respecto al agua, es importante enfatizar que es el principal recurso natural de Chile y se constituye en la actualidad en el recurso natural más importante sobre el que descansa la estructura productiva, ambiental y de desarrollo económico y social de Chile. Es nuestro parecer que quede explícito en la nueva constitución la definición del agua como bien nacional de uso público. En la actualidad no está incorporada esta declaración, encontrándose solamente en el artículo 5 del Código de Aguas.

Asimismo, el inciso final del número 24 del artículo 19, que aborda el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales e incorporales, señala que: “ Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”.

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Constitución

Creemos que es fundamental estudiar la derogación de este inciso y transformar los derechos de aprovechamiento en concesiones de plazo limitado (30 años), como ocurre en otros países. El derecho de aprovechamiento de las aguas consagrado en los artículos 5 y 6 del Código de Aguas, es uno de los derechos que menos limitaciones posee derivadas de su función social. La sobrexplotación de los recursos hídricos por actividades económicas a cuarenta años de promulgado, ha ido en directo desmedro de los equilibrios ecosistémicos y de la seguridad de abastecimiento para el consumo humano. Se requiere reforzar la limitación de los derechos de aprovechamiento del agua, ya sea transformándolos en concesiones, o bien apelando a la función social derivada de la conservación de los ecosistemas y del derecho a la salud de las personas

Respecto al agua, es importante enfatizar que es el principal recurso natural de Chile y se constituye en la actualidad en el recurso natural más importante sobre el que descansa la estructura productiva, ambiental y de desarrollo económico y social de Chile.

SOBRE EL TRATAMIENTO DE NATURALEZA Y LOS RECURSOS NATURALES: PRINCIPIOS

Si bien el tratamiento de los derechos en la nueva constitución es de los aspectos más relevantes, ya que generan posteriormente la arquitectura jurídica para asegurarlos; los principios o ideas generales también vienen a establecer un marco general para la nueva carta fundamental.

En este sentido, el inciso cuarto del artículo 1 de la Constitución de 1980 señala: “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material pos ible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece”.

En los análisis posteriores a la publicación del texto de 1980, se pudo saber que la cuestión ambiental no se incorporó en el capítulo I sobre Bases de la Institucionalidad, por estar implícita en la noción bien común. En la actualidad parece existir un consenso en la necesidad de explicitar las consideraciones ambientales al principio del texto constitucional, es decir, en las Bases de la Institucionalidad y evitar la noción de “bien común” como término demasiado amplio.

Pese a que el país cuenta con disponibilidad de agua, las diferencias regionales generan conflictos entre el uso humano y el uso productivo, minero y agrícola. Arriba: Río Baker. Abajo, Río Petorca.

Creemos que debe hacerse mención explícita a la sostenibilidad como marco conceptual de desarrollo.

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simbólica sin aplicación práctica es alto y se puede observar en cómo se han operativizado los artículos de la Constitución de Ecuador respecto a este tema. De acuerdo con Costa (2021), la formulación de estos derechos en la constitución ecuatoriana viene a constituir más bien un estatuto y no un conjunto de derechos propiamente tales para la naturaleza. Es decir, si bien puede haber un reconocimiento de la naturaleza como un sujeto, el énfasis no está en eso, sino que en el respeto que debe tenerse para con ella.

Como menciona Galdámez (2018), incorporar como principio una referencia a la sostenibilidad, señalando, por ejemplo, que el crecimiento del país debe desarrollarse considerando los límites del medio ambiente, preservando las bases de la vida y los derechos de futuras generaciones a disfrutar del entorno. La preservación del medio ambiente contempla el patrimonio natural y cultural del país.

SOBRE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA

El objeto del derecho fundamental a vivir en un medio ambiente libre de contaminación consiste en una garantía para que las personas disfruten de un entorno que asegure su bienestar y su calidad de vida. Se trata de un derecho egocéntrico según Galdámez (2016). La Constitución asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, pero no garantiza un derecho cuyo titular sea el ambiente, al que en cambio coloca como objeto de protección. En este caso sólo las personas naturales son titulares de este derecho.

Existe una línea de argumentación que busca incorporar a la naturaleza como sujeto de derechos. Es lo que ha hecho la constitución de Ecuador. Sin embargo, el riesgo de que los derechos de la naturaleza representen únicamente una declaración

Podemos añadir que ese respeto se construye principalmente a través de regulaciones desde el Estado y no en un cambio operacional del tratamiento de los impactos ambientales, como lo entiende Stone, es decir, cumpliendo los tres criterios ya mencionados (Ver nota en este mismo número).

Dado que la propuesta de asignar derechos a la naturaleza implica una operatividad compleja y un ajuste significativo del sistema judicial, la probabilidad de que terminemos como Ecuador, es decir, entendiendo los derechos solo como un conjunto adicional de normas y obligaciones, es alto. Más eficiente es incluir en la constitución mayores limitaciones del derecho de propiedad que deriven de su función social. Pese a la relevancia del artículo 19, N°8 de la actual constitución, la libertad de emprender en la actualidad tiene como límite la moral, el orden público y la seguridad nacional, mientras que la protección del medio ambiente ha quedado fuera de los límites que el Estado le coloca a esta libertad económica. Fortalecer la protección del medioambiente como causal de limitación de derechos, sería una mejor estrategia que la asignación de derechos a la naturaleza.

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Constitución

BIODIVERSIDAD Y LOS RECURSOS GENÉTICOS FORESTALES EN UNA NUEVA CONSTITUCIÓN

Los recursos genéticos son claves para la biodiversidad y son definidos en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) como “todo material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo que contenga unidades funcionales de la herencia y valor real o potencial”. De acuerdo con esta definición, son parte de los recursos

biológicos, contienen información genética de valor real o potencial y capacidad de reproducción.

En un intento de contextualizar el termino biodiversidad, Lazo, et al. (2008), dividen la biodiversidad en tres niveles: genes, especies y ecosistemas; y esta se puede extender a cualquier escala o nivel de organización biológica. Dichos autores muestran dicha relación en la Figura N° 1.

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Representación de los tres niveles clásicos de biodiversidad y sus relaciones directas e indirectas (Lazo, et al., 2008)

Constitución

TRATAMIENTO DE LA BIODIVERSIDAD EN LA ACTUAL CONSTITUCIÓN

La actual constitución no aborda en forma directa el tema de la biodiversidad y sus recursos genéticos, ya que la biodiversidad no tiene rango legal constitucional como si ocurre para otros recursos naturales (Pellet et al, 2005), pero si contiene algunas consideraciones ambientales, como en el artículo 19 N°8, donde establece que todas las personas tienen: “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones especificas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente”.

Asimismo, el artículo 20, se establece que “Procederá también, el recurso de protección en el caso del N°8 del artículo 19, cuando el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación sea afectado por un acto u omisión ilegal imputable a una autoridad o persona determinada.”

Por último, en el artículo 19 N°24 sobre el derecho a la propiedad a través de la llamada función social de la propiedad, establece la posibilidad de limitar el derecho de propiedad para la conservación del patrimonio ambiental. Un análisis histórico y de compatibilidad de los aspectos legales que afectan a los recursos genéticos, en el ámbito nacional e internacional ha sido desarrollado por Lobo y Torres (2012).

Los países más avanzados tienen en sus respetivas constituciones elementos provenientes del Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1987, también conocido como Informe Brundtland. La definición de desarrollo sostenible más citada es la del informe Brundtland: “el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades”. Consiste en una idea de tres dimensiones: sostenibilidad ambiental, social y económica, contraponiendo el problema de la degradación ambiental que tan frecuentemente acompaña el crecimiento económico y, al mismo tiempo, la necesidad de ese crecimiento para aliviar la pobreza.

TRATADOS INTERNACIONALES Y DERECHOS A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Numerosos tratados internacionales abordan la conservación del patrimonio natural, tales como la Convención de Washington (1940), Convenio RAMSAR (1971), Convención CITES (1973) y el Convenio sobre la Diversidad Biológica-CDB (1992), entre otros (BIOFIN CHILE, 2017).

En el año 2001, el Compromiso Internacional sobre Recursos Fitogenéticos fue reformulado con el propósito de constituirse en el instrumento jurídico encargado de regular el manejo internacional de los recursos genéticos para la agricultura y la alimentación, pasando a llamarse Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (TIRFGAA), el cual entró en vigor el año 2004. El Gobierno de Chile ratificó dicho Tratado en el año 2016.

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Gro Harlem Brundtland, ex Primera Ministra de Noruega. Encabezó en 1987 la elaboración del informe “Nuestro futuro en común”.

El régimen de propiedad de los recursos genéticos representa un asunto bioético y jurídico a fin de conservar la diversidad genética del patrimonio mundial.

El Tratado busca la conservación y la utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización en armonía con el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), para una agricultura sostenible y la seguridad alimentaria.

El derecho a la soberanía que sugiere dicho tratado implica que Chile tiene poder y jurisdicción para determinar cómo se han de distribuir, utilizar y, eventualmente, someter a los derechos de propiedad de los recursos y bienes tangibles e intangibles existentes en su territorio. En este contexto, el problema de la propiedad y particularmente del régimen de propiedad que recae sobre estos recursos genéticos, representa un asunto bioético y jurídico trascendental a dilucidar a fin de proteger, promover y conservar la diversidad genética del patrimonio mundial.

En relación con la propiedad intelectual en Chile, vale la pena destacar la dictación de la Ley N°19.996 del 2005, que modifica la Ley N°19.039 sobre Propiedad Industrial. En relación con los vegetales y animales, se modificó el art. 37 de la Ley N°19.039. La modificación apunta a precisar aquellos recursos genéticos que quedarán excluidos de la protección por patentes. En este sentido se define que las plantas y los animales, están excluidos, excepto los microorganismos que cumplan las condiciones generales de patentabilidad.

En el caso de las variedades vegetales sólo gozarán de protección de acuerdo con lo dispuesto por la ley Nº19.342, sobre Derechos de Obtentores de Nuevas Variedades Vegetales (Gutiérrez, 2008). Tampoco son patentables los procedimientos para la producción de plantas y animales como los de cruce y selección, excepto los procedimientos microbiológicos. Finalmente quedan excluidos de patentamiento los seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos

naturales, el material biológico o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma. Sin embargo, serán susceptibles de protección los procedimientos que utilicen los materiales biológicos y los productos directamente obtenidos por ellos, siempre que satisfagan los requisitos establecidos en el artículo 32 de la presente ley, que el material biológico esté adecuadamente descrito y que la aplicación industrial del mismo figure explícitamente en la solicitud de patente.

Los recursos genéticos se están perdiendo a un ritmo cada vez más alarmante. La erosión de esos recursos reduce el potencial para adaptarse a las nuevas condiciones que impone el cambio climático.

Un claro ejemplo de las amenazas del cambio climático sobre los recursos genéticos forestales, lo constituye la rápida expansión de una sintomatología que produce muerte de ramas y ejemplares de la especie Araucaria araucana. En la imagen se observa el proyecto de migración asistida desarrollado por INFOR con la colaboración de CMPC, quien produjo más de 400.000 plantas, con las que se busca rescatar el germoplasma de la especie y desarrollar conservación ex situ.

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OPORTUNIDADES DE LA CONVENCIÓN

CONSTITUYENTE SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA

Los recursos genéticos, motor de la biodiversidad, constituyen parte del patrimonio mundial de la humanidad dado su incalculable valor, para mantener y potenciar la productividad de la silvicultura, agricultura y la ganadería, junto con la capacidad de responder antes las situaciones extremas del cambio climático. Sin embargo, los recursos genéticos se están perdiendo a un ritmo cada vez más alarmante. La erosión de esos recursos reduce el potencial del ser humano para adaptarse a nuevas condiciones socioeconómicas y ambientales, en especial las que impone el cambio climático.

La velocidad de adaptación de las comunidades de plantas y animales no es compatible con la rapidez de las modificaciones climáticas. Por esta razón seguir considerando el concepto de área protegida como la mejor y única estrategia para conservar la biodiversidad in situ, parece poco práctico, en especial ya que su financiamiento a nivel mundial y nacional es cada vez menor. Por lo mismo, parece conveniente complementar dicha estrategia con la conservación de la biodiversidad ex situ (Ipinza, 2015).

Asimismo, la adaptación basada en ecosistemas debiera formar parte de una estrategia más amplia de adaptación, constituyendo soluciones basadas en la naturaleza y costo-efectivas de adaptación al cambio climático, además de beneficios sociales, económicos, ambientales y culturales.

Para enfrentar los desafíos que impone el cambio climático con su correspondiente pérdida de biodiversidad, Chile posee una debilidad estructural por la gran dispersión de la burocracia de la administración del Estado sobre los recursos genéticos, y por ende de la biodiversidad. A modo de ejemplo: la CDB es administrado por el Ministerio de Medio Ambiente (MMA); el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos

para la Alimentación y la Agricultura (TIRFGAA) es administrado por el Ministerio de Agricultura (MINAGRI); y la Ley N° 19.996 que modifica la Ley Nº 19.039, sobre propiedad industrial la administra el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. En resumen, el 99,8 % del territorio donde se sustenta la biodiversidad es rural y ha estado tradicionalmente regulado por legislación dispersa, sectorial e inorgánica (Pellet et al, 2005).

El Convenio de Diversidad Biológica, establece que los recursos genéticos y sus productos derivados son bienes públicos: esto significa que son inalienables (no comercializables), inembargables (no pueden garantizar el pago de un crédito) y son imprescriptibles (no son apropiables por particulares con el paso del tiempo). A la vez el art. 15 Nº 1 de la CDB dispone que “la facultad de regular el acceso a los recursos genéticos incumbe a los gobiernos nacionales y está sometida a la legislación nacional”, siendo una interesante oportunidad para la nueva Constitución.

En relación con la CDB, aún queda mucho camino por recorrer en el ámbito de la conservación de la biodiversidad genética, ya que, a pesar de que existen algunos avances en relación a este tratado y al cumplimiento de metas relacionadas con los objetivos de desarrollo sostenible nacionales e internacionales, Chile y los países en general se encuentran con un nulo o bajo cumplimiento de estas (Ipinza, et al. 2021).

De acuerdo con Soto, (2014), los tratados ambientales que establecen derechos o garantías tienen el mismo rango que la Constitución, por cuanto es el propio poder constituyente el que ha decidido darles esa jerarquía a través de la enmienda del inciso 2º del art.5, que hace suyo el contenido de las convenciones sobre la materia, cumpliéndose los requisitos de haber ratificación y vigencia formal.

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Constitución

La norma del art.5 inciso 2º que dice textualmente “Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigente”, ello representa la expresa incorporación al ordenamiento jurídico nacional de toda la normativa internacional consagrada en los tratados ratificados en tanto tengan correspondencia con la garantía constitucional del art. 19 N°8.

Quedan excluidos de patentamiento de acuerdo con la ley chilena, los seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma.

2- Reconocer explícitamente en la Constitución el dominio absoluto del Estado de Chile sobre los recursos genéticos y la biodiversidad que ellos generan, en forma exclusiva, inalienable e imprescriptible, de sus propiedades bioquímicas, y de sus derivados, en relación con animales y vegetales de carácter endémico que se encuentren en su territorio nacional.

3- Asimismo, se debe avanzar en aspectos claves de la gestión de los recursos genéticos, como es la aprobación del Protocolo de Nagoya e incorporar los mecanismos específicos de compensación de la biodiversidad como valiosas herramientas que permitan una gestión integral a nivel país.

RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL PARA LAS ACCIONES DE CONSERVACIÓN Y USO DE LOS RECURSOS GENÉTICOS

En vista de estas consideraciones, esbozadas en los anteriores acápites, se recomienda incorporar en la nueva constitución los dos siguientes conceptos:

1- Reconocer, ya sea en el preámbulo o explícitamente como principio que rige a la nueva Constitución la definición de desarrollo sostenible, pudiendo citarse de manera genérica o haciendo alusión a la gestión de los recursos naturales renovables y que se deriva del Informe Brundtland.

(*) Una versión extendida y la bibliografía detallada de este documento puede ser revisada en www.cifag.cl

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ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS Y PARTICIPACIÓN INDÍGENA: DESAFÍOS DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

INTRODUCCIÓN

En las últimas décadas en Chile se han dado lugar transformaciones jurídicas y políticas que han permitido el reconocimiento gradual de los pueblos indígenas y de sus derechos, destacando la promulgación de la Ley Indígena Nº 19.253, en el año 1993, que establece normas sobre protección fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), así como la suscripción en el año 2008 del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, que estipula la responsabilidad que deben asumir los Estados en torno a la protección y la aplicación efectiva de los derechos de los pueblos de acuerdo a su legislación, y el compromiso a respetar íntegramente sus diferencias a nivel cultural, social y espiritual, sus costumbres y tradiciones, entre otros tratados internacionales ratificados por Chile como la declaración de la ONU sobre derechos de pueblos indígenas (2007) y el Convenio sobre Diversidad Biológica (1992).

Después de trascurrido casi 30 años la aplicación de estos instrumentos no ha impedido que el conflicto indígena se agrave, especialmente en las regiones de La Araucanía y Los Ríos, lo que da cuenta de una falta de lectura adecuada de este conflicto, que permita al Estado encontrar una vía de solución pacífica y legítima al conflicto. En cierto modo ha sido la misma aplicación de la ley indígena y las consideraciones del Convenio 169, lo que ha permitido advertir sus limitaciones y apreciar cuán difícil resulta implantar la nueva relación intercultural a la que aspiraba

Hoy existe amplio consenso en que el asunto indígena debe ser entendido como una cuestión constitucional que permita reconstruir y fortalecer las relaciones entre el Estado y los pueblos originarios.

(Balbontín-Gallo, 2020). Este conflicto se ha manifestado igualmente en las unidades del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE) ubicadas en territorios indígenas.

Hoy existe amplio consenso respecto de que se requería más que un adecuado marco jurídico para atender la demanda indígena histórica; y que es necesario establecer que el asunto indígena debe ser entendido como una cuestión constitucional que permita reconstruir y fortalecer las relaciones entre el Estado y los pueblos originarios.

ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS DEL ESTADO Y TERRITORIOS INDÍGENAS

En varias regiones del país las áreas silvestres fueron establecidas sobre territorios de ocupación ancestral indígena y las comunidades fueron consideradas como una amenaza para la conservación. La estrategia que aplicó CONAF en un principio como administradora de estas áreas protegidas, fue erradicar a las poblaciones humanas que habitaban dentro de sus límites y/o restringir las actividades de aprovechamiento tradicional de los recursos naturales, en vez de incorporarlas en los procesos de planeamiento y gestión como actores relevantes.

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Juan Pablo Contreras Ingeniero Forestal /Diplomado en Conservación de Áreas Naturales / Corporación Nacional Forestal Región de Antofagasta / Presidente del Colegio de Ingenieros Forestales de Chile Macrozona Norte

Esta situación cambió radicalmente con la aplicación de la Ley Indígena, y en especial del articulado relacionado con los territorios declarados Áreas de Desarrollo Indígena (ADI) en los que los órganos de la administración del Estado deben focalizar su acción para el mejoramiento de la calidad de vida de las personas de origen indígena, y tienen la obligación de escuchar y considerar la opinión de las organizaciones indígenas reconocidas en la ley (artículos 26 y 34).

A lo largo del territorio nacional existen once Áreas de Desarrollo Indígena, sobre un total de 8.191.271 hectáreas, las que se relacionan con veinte áreas silvestres protegidas que abarcan una superficie aproximada de 5.936.200 hectáreas (ver cuadro 1).

El año 2000 CONAF con el apoyo de CONADI, dictó los lineamientos estratégicos institucionales en materia de ASP y comunidades Indígenas, con el objeto de dar cumplimiento al Artículo 35 de la Ley Indígena, documento en el que se establece que la participación de las comunidades solo se

considerará legítima, auténtica y válida si implica acceso real a las decisiones, constituyendo una forma real de redistribución del poder (CONAF, 2000). En función de este nuevo marco estratégico, y producto de una intensa negociación entre los años 1998 y 2002, se concreta el primer proyecto en Chile de participación indígena en la gestión de una ASP, constituyéndose probablemente como la de mayor trayectoria y resultados en el país. Incluye cuatro contratos asociativos entre la CONAF y las comunidades indígenas atacameñas. Este modelo de co-manejo y gobernanza fue replicado en varios sitios ubicados fuera de los límites de las áreas protegidas, en los que el Ministerio de Bienes Nacionales entrega concesiones de uso de largo plazo (50 años) a las comunidades para su administración con fines de protección y generación de beneficios económicos para las comunidades.

Todos estos proyectos han captado un financiamiento muy por sobre lo que el Estado ha destinado históricamente a inversión para las áreas protegidas, tanto en el ámbito público (CONADI

Fuente: Conservación y Desarrollo Indígena: Hacia una Vinculación Positiva en Áreas Silvestres Protegidas CONAF, 2000, actualizado en el contexto del presente artículo.

24 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021 CONSERVACIÓN
CUADRO 1: ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS DEL ESTADO Y ÁREAS DE DESARROLLO INDÍGENA.

y FNDR), como en el sector privado y en el ámbito internacional. Esto ha permitido habilitar senderos de esparcimiento para el público y regulación de flujos, creación de centros de información ambiental, miradores y guarderías de control, cocinerías tradicionales y centros de venta de artesanía, entre otros. Siempre utilizando materialidad y arquitectura tradicional propia de las diferentes localidades dando una importante identidad indígena a las construcciones y gestión general del área protegida.

Los modelos de co-manejo y gobernanza entre CONAF y las comunidades indígenas para la administración de las áreas protegidas ha significado un mejoramiento de la infraestructura y un aumento del número de guarda parques.

A modo de ejemplo, se destaca la gestión de sitios turísticos emblemáticos de la Reserva Nacional Los Flamencos en la región de Antofagasta, que genera importantes ingresos económicos que llegaron a los aproximadamente dos millones de dólares anuales por concepto de cobro de servicios ecoturísticos (año 2019), los que, de acuerdo a lo estipulado en los contratos asociativos existentes entre CONAF y las comunidades involucradas, son de absoluta administración de parte de las comunidades indígenas. En este caso, la reinversión de estos ingresos en el manejo del área protegida, han permitido aumentar de cuatro guardaparques que tenía la CONAF

en la década de los 90, a aproximadamente 35 guardaparques indígenas, que puede aumentar a 50 en periodos estacionales de mayor flujos de visitantes, así como financiar acciones de mantención y desarrollo de infraestructura, de conservación de la biodiversidad, e iniciativas y emprendimientos colectivos de las propias comunidades no necesariamente relacionadas con la administración de la unidad.

El año 2014 se replicó este modelo de co-manejo y gobernanza en el Parque Nacional Rapa Nui, como una forma de liberar las tenciones entre la CONAF y la población indígena. Esta última, además de la reivindicación territorial, cuestionaba la falta de gestión adecuada del patrimonio arqueológico, la fuga de los ingresos del parque hacia las arcas fiscales, y el derecho ancestral de los Rapanui a administrar el territorio y patrimonio de la isla, en especial el parque, donde se concentran los sitios sagrados.

El año 2016 comenzó a regir el nuevo modelo de gestión del parque entre CONAF y la Comunidad Mau Henua conformada específicamente para su administración. La organización ha logrado importantes avances, incrementando la dotación de guardaparques de 15 a 70, realizando mejoras en los sitios de visitación, instalando baños ecológicos en gran parte de ellos, habilitando y mejorando casetas de control, dotándolas con paneles solares, entre otras iniciativas.

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Centro Información Tulor Aldea en la Reserva Nacional Los Flamencos, comunidad indígena de Coyo. Construido en adobe de barro, con vigas de chañar y techo cubierto de paja brava.

CONSERVACIÓN

Para el caso de las áreas protegidas ubicadas en territorio mapuche, se pueden destacar la Reserva Nacional Ralco, que ha incluido a las comunidades en el proceso de planificación del manejo, la regularización del uso de piñones, talaje y madera muerta, además de los usos religiosos de algunos sectores; o el caso del Parque Nacional Chiloé que ha desafectado áreas específicas (4.000 ha) para el traspaso a las comunidades.

2: BENEFICIOS DE LA ASOCIATIVIDAD ENTRE CONAF Y COMUNIDADES INDÍGENAS ATACAMEÑAS

indígenas

Mantención de valores espirituales y culturales. Ejercicio pleno de derechos de uso tradicional.

Mantención de condiciones ecológicas, en un contexto de desarrollo minero y/o turístico dinámico.

Acceso a beneficios del manejo y uso de RRNN.

Beneficios económicos de administración turística.

Generación de capacidades sociales y humanas, manteniendo organizaciones tradicionales.

Empoderamiento y participación decisiones.

Re-dignificación de cultura local.

Fortalecimiento de identidad con la tierra y agua.

Fuente: Contreras (2018)

En términos generales, se puede señalar que los niveles de participación van desde mecanismos de participación en los que las decisiones son tomadas en conjunto entre CONAF y las comunidades indígenas (participación vinculante y acceso a los beneficios económicos de la gestión), hacia mecanismos en que CONAF consulta y decide, o solo informa. No existe ningún nivel de participación de las comunidades que se adapte a todos los contextos, ni modelos de gestión,

Mejoramiento de la viabilidad del ecosistema y mantención de las condiciones generales de los RRNN y culturales objetos de conservación.

Incorporación de sitios turísticos sin presencia institucional.

Desarrollo de instalaciones, programas de vigilancia y monitoreo, supervisión, educación ambiental y uso público en general.

Existe una reducción sustancial de los costos del manejo de la Reserva Nacional.

Mejora la sostenibilidad social del manejo del área protegida. Contribuye a mejorar la calidad de vida de las comunidades en los territorios de la unidad.

Disminución de conflictos entre la administración del área protegida y las comunidades.

enfoque particular o receta para asegurar que el proceso funcione en todos los casos (Contreras, 2018). El nivel de conflicto y las presiones de las comunidades difieren considerablemente en términos de las características de los usos tradicionales y productivos de los recursos, tipo de demanda territorial, y características de la demanda por participación en la toma de decisiones en la gestión del área protegida respectiva.

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CUADRO El director de CONAF de la época, Aarón Cavieres, firma el año 2016 el convenio de asociatividad para la co-administración del P.N. Rapanui con representantes de la comunidad Mau Henua. Beneficios del manejo participativo para las comunidades Beneficios del manejo participativo para la gestión del área protegida

En términos generales, se puede señalar que los niveles de participación van desde mecanismos de participación en los que las decisiones son tomadas en conjunto entre CONAF y las comunidades indígenas (participación vinculante y acceso a los beneficios económicos de la gestión), hacia mecanismos en que CONAF consulta y decide, o solo informa. No existe ningún nivel de participación de las comunidades que se adapte a todos los contextos, ni modelos de gestión, enfoque particular o receta para asegurar que el proceso funcione en todos los casos (Contreras, 2018). El nivel de conflicto y las presiones de las comunidades difieren considerablemente en términos de las características de los usos tradicionales y productivos de los recursos, tipo de demanda territorial, y características de la demanda por participación en la toma de decisiones en la gestión del área protegida respectiva.

No obstante, siempre los proyectos exitosos han establecido el reconocimiento de derechos, logrando la generación y mantención de las confianzas en el tiempo. Asimismo, han mostrado un creciente fortalecimiento de capacidades sociales y humanas tanto en CONAF y otras instituciones gubernamentales involucradas, como en las comunidades y ha existido un enriquecedor intercambio de conocimientos, considerado los saberes locales en el planeamiento del manejo y la ordenación espacial del área protegida en función de los usos tradicionales. Cuanto más amplia ha sido la participación de los pueblos indígenas en todos los aspectos del manejo, las acciones de conservación de la biodiversidad y recursos culturales insertos en las unidades han mejorado sustancialmente. Esto se extiende en términos generales, para los proyectos de administración indígena de áreas naturales y sitios arqueológicos fuera de áreas protegidas (ver cuadro 2).

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Las comunidades originarias preservan las propiedades de los ecosistemas que habitan facilitando la conservación de las áreas silvestres protegidas.

Cuanto más amplia ha sido la participación de los pueblos indígenas en el manejo de las áreas protegidas la conservación de la biodiversidad y recursos culturales insertos en las unidades ha mejorado sustancialmente. El debate constitucional sin lugar a duda establecerá un nuevo paradigma respecto de los derechos de los pueblos indígenas en Chile, y las experiencias en de participación indígena las ASP constituyen un referente de análisis en términos de reconocimiento de derechos e intereses de las comunidades en la gestión de las áreas protegidas que se sobreponen con territorios indígenas.

Cabe señalar, que en la consulta indígena impulsada en el contexto del proyecto de Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), actualmente en discusión legislativa, varias comunidades indígenas expresaron la necesidad de considerar una nueva categoría de manejo en el SNASPE, que cumpla con las recomendaciones internacionales en esta materia, como las llamadas Áreas de Conservación Comunitaria que propone la UICN, y que incorpora los estándares establecidos en el Convenio 169 de la OIT. Consecuente con esto, el proyecto de ley SBAP, propone una categoría de manejo denominada Área de Conservación de Pueblos Indígenas (ACPI) (Artículo 66). No obstante, esta definición y los articulados relativos al tema indígena, aún se encuentran pendiente en el debate legislativo.

ACPI es “un área ubicada en tierras indígenas, en la que existen especies nativas, hábitats y ecosistemas naturales terrestres o acuáticos, relevantes para la conservación de la biodiversidad local, regional o nacional y que son voluntariamente destinadas y administradas para lograr la conservación de la biodiversidad a largo plazo, así como la protección del patrimonio natural”.

en el Convenio Nº 169 de la OIT en la materia y la experiencia internacional; la definición del artículo 35 de la Ley Indígena que considera la participación de las comunidades indígenas en la “administración” de las áreas protegidas; y las diversas experiencias aplicadas en las últimas décadas por CONAF en el SNASPE. Se postula que, por tratarse de un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, éste deberá indelegablemente formar parte de la administración y gestión de cada

Los acuerdos que se generen en esta materia deberán considerar los estándares consagrados

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CONSERVACIÓN

Constitución

DERECHOS A LA NATURALEZA ¿DE QUÉ SE TRATA?

En el proceso constituyente el tema medioambiental destaca como uno de los más mencionados, y se relaciona directamente con el cuestionamiento al modelo de desarrollo que ha adoptado el país en los últimos cincuenta años. Una de las propuestas que más se escucha respecto a elaborar una constitución verde es asignarle derechos a la naturaleza. Es decir, que las distintas componentes de los ecosistemas sean tratados como sujetos de derechos legales y no como objetos, que es la forma en que actualmente se entienden y regulan.

Una de las propuestas que más se escucha respecto a elaborar una constitución verde es asignarle derechos a la naturaleza, tratarla como sujeto de derechos legales y no como objetos.

Esta aspiración por asignarle derechos a la naturaleza parece encontrar su génesis en el ejemplo de otros países que adoptaron este enfoque en sus respectivas cartas fundamentales. Costa (2021) señala que, desde el punto de vista del derecho positivo, la manifestación más clara de esta línea constitucional es la que se encuentra en el texto de Ecuador, en que se incorporan dos dimensiones de los derechos de la naturaleza. La primera, es un reconocimiento de la Pacha Mama, declarando en el preámbulo que somos parte de la naturaleza y por lo tanto haciendo un reconocimiento a la visión de los pueblos originarios sobre la naturaleza. En seguida, en el artículo 71° se le reconoce los

derechos “a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos” y el artículo 72° el derecho a la restauración. Estos derechos pueden ser exigidos a la autoridad pública por parte de cualquier persona.

CHRISTOPHER STONE: EL PADRE DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA

Uno de los primeros autores que efectuó un detallado análisis y defensa de la asignación de derechos legales a la naturaleza fue Christopher Stone, quien en 1972 publicó su ensayo “¿Deben tener los árboles derechos? En la búsqueda de derechos legales para los objetos naturales”. Stone es considerado el padre e ideólogo de los derechos de la naturaleza y realizó un destacado trabajo en conceptualizar y tratar de proponer vías operacionales para que la naturaleza pueda ejercer sus derechos.

Stone parte su ensayo argumentando que la idea de asignarle derechos a la naturaleza no debiese parecer impensada o extravagante, ya que a lo largo de la historia existen numerosos ejemplos en que, enfrentados a una tradición legal que no consideraba sujetos de derecho a ciertos grupos, posteriormente se resolvió asignárselos. Es el caso de los de las personas sometidas a esclavitud, o los derechos adquiridos por pueblos originarios, los niños, nonatos y las mujeres, los que en su momento fueron vistos como cambios revolucionarios. Incluye también en esta

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enumeración objetos inanimados que son sujetos de derechos legales como son las corporaciones, empresas e incluso las naciones a través del derecho internacional. Por esta razón el autor expone que existen suficientes antecedentes que permiten al menos discutir la idea y darle algún contenido operacional.

Stone señala que su planteamiento no implica prohibir la corta de árboles o hacer un aprovechamiento comercial de los componentes de la naturaleza. Afirmar que la naturaleza debe tener derechos no implica que deba tener el mismo cuerpo de derechos que los seres humanos. Para que un objeto, en este caso un objeto natural, pueda reconocerse como “poseedor de derechos legales” el autor sostiene que es condición esencial que existan tres criterios: 1) que el objeto natural pueda instituir acciones legales a su petición, 2) que en la concesión de una reparación legal, la corte deba tomar en cuenta el daño que se le ha causado y 3) que la compensación debe ser a beneficio del objeto natural y no a quien lo posee (sea el Estado o un privado).

La aplicación de estos tres criterios la demuestra con la contaminación de un río como ejemplo. Respecto al primer criterio, es claro que el río no puede demandar al responsable de la contaminación. En general la ley se preocupa de la contaminación en cuanto se ven afectados los derechos de las personas aguas abajo de la fuente emisora de contaminantes. En segundo lugar, para quienes pueden establecer una demanda, es decir, las personas aguas abajo, la Corte, en ausencia de normas de emisión, balanceará los impactos sufridos por los demandantes con el costo de reducir la contaminación por parte de la industria o el particular que está emitiendo,

pudiéndose llegar a un acuerdo. En ningún momento se consideran los impactos sobre el río mismo para fallar. Finalmente, en caso de un juicio favorable para quienes son afectados por la contaminación, la compensación va destinada a los poseedores de derechos sobre el río y en ningún caso a restaurar las variables ecológicas afectadas por el curso de agua. En resumen, los objetos naturales no son sujetos de derecho porque no pueden entablar por si mismos demandas, no son considerados los impactos sobre dichos objetos y tampoco son beneficiarios de las compensaciones que se puedan obtener.

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A lo largo de la historia existen numerosos ejemplos en que, enfrentados a una tradición legal que no consideraba sujetos de derecho a ciertos grupos, posteriormente se resolvió asignárselos.

OPERATIVIZAR LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA: LA FIGURA DE GARANTES

Para que la declaración de derechos no quede sólo en un enunciado teórico sin aplicación práctica, Stone describe los aspectos que a su juicio permitirían operativizar los derechos de la naturaleza. Parte haciendo la distinción entre distintos tipos de objetos naturales, señalando que la ley que puede aplicarse a los ríos no necesariamente será aplicable a bosques, lagos, plantas, etc. A su vez, señala que pueden existir importantes diferencias entre los derechos asignados a objetos naturales pertenecientes a todos (bienes comunes) y aquellos sometidos al régimen de propiedad privada.

Sin perjuicio de las diferencias, el autor propone un mecanismo por el cual los objetos naturales puedan demandar a terceros para lograr compensaciones en beneficio propio y no de los humanos que tengan la propiedad de dichos objetos.

En primer lugar, Stone recalca que el hecho de que los objetos naturales no puedan comunicarse no es impedimento para ejercer sus derechos. Lo ejemplifica con las corporaciones, los estados, los recién nacidos o los interdictos, quienes tampoco pueden hablar y ejercer de manera personal sus derechos, y los abogados hablan por ellos. De la misma forma se puede estructurar un sistema en la que una persona (natural o jurídica) preocupada por la naturaleza presente una demanda de tutela del objeto natural afectado. Ya en 1972, fecha de publicación del ensayo, el autor señalaba que existían numerosas organizaciones no gubernamentales que podrían actuar como tutores o garantes de los derechos de los objetos naturales.

El mecanismo de los tutores o garantes señala Stone, diferiría del mecanismo de recurrir de protección por parte de personas interesadas en caso de que se esté afectando un derecho fundamental. Sería el caso, por ejemplo, de recurrir a la corte por la vulneración del derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, que consagra nuestra Constitución. En este caso el derecho que se está vulnerando se refiere a las personas que pudieran verse afectadas por el impacto ambiental y no se orienta a detener los impactos sobre los objetos naturales.

La ventaja del mecanismo de tutores de los derechos de la naturaleza estribaría en que no depende de la existencia de leyes específicas que aborden los impactos ambientales. Lo que manda es la vulneración de un derecho fundamental.

OBJECIONES AL CONCEPTO DE TUTORES O GUARDIANES DE DERECHOS

Dos objeciones surgen del concepto de tutores de los objetos naturales y para los que el autor despliega contrargumentos. El primero se refiere a que el tutor podría no juzgar o interpretar

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Christopher Stone durante sus clases en la Escuela de Leyes de la Universidad de California, EEUU.
Constitución

La ventaja del mecanismo de tutores de los derechos de la naturaleza estribaría en que no depende de la existencia de leyes específicas que aborden los impactos ambientales. Lo que manda es la vulneración de un derecho fundamental. adecuadamente las necesidades de un río o un bosque. Esta objeción es descartada por el autor, señalando que las personas más cercanas y preocupadas de los impactos negativos de una actividad sobre los objetos naturales serán mejores jueces que cualquier servicio público dependiente del Estado.

La segunda objeción apunta a que el sistema de tutores no sería muy distinto de lo que se tiene ahora, es decir, un Estado que a través de legislación ambiental busca proteger los objetos naturales y sus interrelaciones. Bajo esta mirada estamos ante un sistema de tutoría por parte del Estado. A esta objeción el autor responde indicando que los distintos servicios públicos, incluidas las fiscalías, tienen una carga de

trabajo muy diversa en la que las preocupaciones ambientales pueden resultar postergadas ante demandas definidas como más urgentes. Igualmente, señala que a pesar de la existencia de servicios públicos que pudieran actuar como tutores o guardianes de la naturaleza, la figura de tutores distintos del Estado permite en muchos casos no descansar en las prioridades de dichos órganos e incluso desafiar mediante recursos de protección las medidas que estos órganos del Estado ejecuten y que pueden llegar a vulnerar los derechos de los objetos naturales.

Un ejemplo concreto del sistema de tutores o garantes es lo que se llevó a cabo el año 2017 con el río Whanganui, el tercero más largo de Nueva Zelanda. El Whanganui fue declarado una “persona jurídica”, y como tal a partir de su declaración empezó a contar con derechos y obligaciones. Esto significa que el río, que durante mucho tiempo ha sido venerado por el pueblo maorí, adquiere los mismos derechos que

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El río Whanganui ha sido reverenciado por los maoríes durante cientos de años. La tribu maorí de los Whanganui, en la Isla Norte, ha estado luchando durante más de 160 años para que el río, el tercero más grande del país, sea reconocido como un antepasado, es decir, una entidad viva. RÍO WHANGANUI: APLICACIÓN DEL CONCEPTO DE DERECHOS Y TUTORÍA
Constitución

una persona y sus intereses serán representados por dos personas, una del pueblo maorí y otra del gobierno neozelandés.

El encargado de las negociaciones por parte del gobierno señaló lo mismo que planteaba Stone hace casi cincuenta años, al plantear que puede resultar sumamente extraño dar a un recurso natural una personalidad jurídica, sin embargo, no es más extraño que un fideicomiso familiar, o una compañía o una sociedad anónima.

El reconocimiento como persona jurídica y por lo tanto sujeta de derechos le permitirá al río ser representado en cualquier procedimiento legal por un miembro de la tribu de los Whanganui y un delegado del Estado.

CONSIDERACIONES FINALES

El ensayo de Stone es uno de los textos fundamentales para responder a la pregunta sobre ¿qué entendemos por derechos de la naturaleza? El autor señala que este concepto tiene dos ámbitos de análisis, el ámbito simbólico y el ámbito operacional. El ámbito simbólico se refiere a que la introducción del concepto de derechos a los objetos naturales empujaría al sistema jurídico hacia una mayor flexibilidad y apertura. La razón es que muchas veces el lenguaje fuerza el significado de los términos, generando nuevos contextos para la interpretación del derecho, como es el que la naturaleza no existe “para” el hombre y tiene valor en sí mismo.

los tres criterios indicados por Stone, para afirmar que un objeto es poseedor de derechos. El riesgo de que los derechos de la naturaleza representen únicamente un simbolismo es alto y se puede observar en cómo se han operativizado los artículos de la Constitución de Ecuador respecto a este tema. De acuerdo con Costa (2021), la formulación de estos derechos en la constitución ecuatoriana viene a constituir más bien un estatuto y no un conjunto de derechos propiamente tales para

Es probable que quienes plantean la incorporación de derechos a la naturaleza en la nueva constitución no se hayan preocupado hasta ahora de definir claramente qué entienden ellos por tales derechos. Es decir, como hacer operacional este deseo.

la naturaleza. Es decir, si bien puede haber un reconocimiento de la naturaleza como un sujeto, el énfasis no está en eso, sino que en el respeto que debe tenerse para con ella. Podemos añadir que ese respeto se construye principalmente a través de regulaciones desde el Estado y no en un cambio operacional del tratamiento de los impactos ambientales, como lo entiende Stone, es decir, cumpliendo los tres criterios ya mencionados.

En el ámbito operacional, se trata de avanzar para que la propuesta no termine considerándose nada más que una ficción legal y el sistema pueda asegurar operacionalmente

Es muy probable que quienes plantean la incorporación de derechos a la naturaleza en la nueva constitución que deberá redactar la convención constituyente no se hayan preocupado hasta ahora de definir claramente qué entienden ellos por tales derechos. Es decir, como hacer operacional este deseo.

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Constitución

La objeción a lo planteado por Stone tiene que ver con los argumentos que esgrime para desestimar la figura del Estado como tutor o garante de un medioambiente sano. Señala que terceras partes distintas del Estado podrían estar en mejor posición para saber las necesidades de losobjetosnaturalesyporlotantoungaranteno relacionado con los servicios públicos podría ser de mayor beneficio. Sin embargo, este modelo es susceptible de una avalancha de litigios que no encontrarán en la jurisprudencia chilena los mecanismos para resolverlas. El Estado puede y debe ser un buen garante, no de los derechos de la naturaleza, sino de las condiciones para que nuestro medioambiente siga proporcionando los servicios esenciales para la humanidad (criterio antropocéntrico), pero también garante de que el patrimonio natural permanezca saludable más allá de nuestro horizonte de vida, por el valor intrínseco que la naturaleza posee (criterio biocéntrico).

En la legislación ambiental chilena existen normasqueapuntanalasaluddelosecosistemas, independiente de su relación utilitaria con el ser humano. Es el caso de las normas secundarias de calidad ambiental, que se definen como aquellas que establecen los valores de las concentraciones y períodos máximos o mínimos permisibles de sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueda constituir un riesgo para la protección o conservación del medio ambiente, o la preservación de la naturaleza. Lo mismo el caudal ecológico que fue incorporado al Código de aguas y que apunta a establecer un instrumento que mantenga los ríos como base de estos ecosistemas y no solamente como fuente de un recurso renovable necesario para el hombre.

Dado que la propuesta de asignar derechos a la naturaleza implica una operatividad compleja y un ajuste significativo del sistema judicial, la probabilidad de que terminemos como Ecuador, es decir, entendiendo los derechos solo como un conjunto adicional de normas y obligaciones, es alto. Pareciera más eficiente incluir en la nueva constitución mayores limitaciones y obligaciones del derecho de propiedad que deriven de su función social de propiedad.

REFERENCIAS:

Costa, G. 2021. Instituciones para la protección de la naturaleza. En: Una Constitución socio ecológica para Chile. Red de constitucionalismo ecológico.

Stone, C. Should tres have standing? Toward legal rights for natural objects. Southern Californi Law Review 45 (1972):450-501.

BBC News. Whanganui, el río en Nueva Zelanda que tiene los mismos derechos que una persona. https://www.bbc.com/mundo/ noticias-39291759

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Constitución

LOS DESAFÍOS DE LA INGENIERÍA FORESTAL: ¿CÓMO NOS HACEMOS CARGO?

En el marco de la realización de la EXPOCORMA 2021, Alicia Ortega, Ingeniera Forestal y Dra. Ingeniero de Montes presentó un análisis de los desafíos que enfrenta la carrera de Ingeniería Forestal en el país, y las líneas de acción que no solo mantendrán vigentes la profesión, sino que se transformará en un campo profesional destinado a liderar los desafíos provenientes de la crisis climática.

HISTORIA

En el mundo, la primera escuela para estudiar y formar especialistas en ciencias forestales fue creada en 1811 en la ciudad de Tharandt, Alemania. A partir de entonces, otros países europeos enviaron jóvenes a estudiar a esta ciudad. En España cabe destacar a don Agustín Pascual, fundador de la dasonomía en ese país y que en 1848 contribuyó a la formación

de la Escuela de Ingenieros de Montes de Villaviciosa, Madrid, la primera del mundo hispano. En la actualidad en Europa cada país posee por lo menos una escuela de Ingeniería Forestal.

PRINCIPIO ORIENTADOR DE LA FORMACIÓN

La sociedad aún no logra incorporar a cabalidad el desarrollo sostenible como marco de acción en todo el planeta. Los ingenieros forestales del futuro son los llamados a cumplir ese mandato de la sociedad. Este mandato fue planteado en el Informe Brundtland en 1987 e indica cómo podemos lograr la protección ecológica, la justicia social y el desarrollo económico en forma simultánea. En este contexto la Ingeniería Forestal del futuro deberá implementar soluciones basadas en la naturaleza (SbN), para cumplir la tarea que la sociedad le impone.

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FORMACIÓN
A la izquierda la Primera Escuela de Ingenieros de Montes (1848-1871), ubicada en Villaviciosa de Odón (Madrid). A la derecha: Don Agustín Pascual González quien contribuyó a crear esta escuela en España.

DESAFÍOS Y OPORTUNIDADES DE LA CARRERA FORESTAL

La Ingeniería Forestal es de las pocas profesiones que vive ocupada del futuro más que el presente y el pasado. Alimentar a la humanidad y conservar los diversos ecosistemas forestales son objetivos complementarios e interdependientes, y debemos tratarlos como uno solo. La Ingeniería Forestal es la herramienta de manejo sustentable de los bosques y, aporta ciencia y profesionalismo a la gestión de políticas públicas y privadas para el desarrollo forestal. Son profesionales que están frente a nuevas demandas de la población mundial centradas en la sustentabilidad. Además, están estrechamente vinculados a la a restauración y la rehabilitación forestal como una componente fundamental de la conservación y del uso sustentable de los bosques.

La Ingeniería Forestal como profesión, permite identificar, reconocer y valorar los beneficios de las formaciones forestales. A su vez tiene un papel fundamental en la tarea de asegurar que todos estos beneficios derivados de los bosques se mantengan a perpetuidad. Tanto la Biodiversidad, el Cambio Climático, y la Bioeconomía circular con foco en los bosques son aspectos claves para el futuro de la Ingeniería Forestal.

La Ingeniería Forestal aporta la tecnología para conservar y aumentar los sumideros de los gases de efecto invernadero en los bosques. Aporta al conocimiento biológico para la migración y adaptación y planta y maneja para proveer de manera sustentable los bienes y servicios que la sociedad requiere.

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Los ingenieros forestales están estrechamente vinculados a la restauración y la rehabilitación forestal como una componente fundamental de la conservación y del uso sustentable de los bosques.
formación

INGENIERÍA FORESTAL Y EL CAMBIO CLIMÁTICO: ¿CÓMO ENFRENTAR EL FUTURO?

No cabe duda de que en la formación de los ingenieros forestales es necesario actualizar permanentemente los contenidos referentes al cambio climático, sus causas y aquellas estrategias basadas en los bosques para su mitigación. Asimismo, se requiere incorporar explícitamente materias de sustentabilidad y mejores prácticas (no basta con las buenas). Y resulta relevante recuperar la formación de buenos Técnicos Forestales con alta experiencia práctica.

En el ámbito social de la profesión es necesario reforzar la preparación de los jóvenes estudiantes para generar más vínculos con la sociedad civil, servicios públicos, sector privado, industria y comunidades rurales.

Finalmente, la formación profesional requiere cada vez más el saber actitudinal, que permita desarrollar habilidades tales como el emprendimiento, la comunicación efectiva y herramientas para vincularse con la comunidad, con la innovación y transdisciplina que domina cada vez más las distintas áreas de desarrollo.

La versatilidad de los ingenieros forestales para desempeñarse en diversas áreas de la gestión ambiental y de los recursos naturales, debe ser valorada, especialmente en el contexto de la crisis climática.

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FORMACIÓN

Trabaja con

Un proyecto liderado por MINAGRI e implementado por CONAF, en conjunto con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura –FAO-.

Durante sus 6 años de implementación, el proyecto +Bosques levantará licitaciones de servicios y convocatorias de empleo para sus actividades de forestación y revegetación con plantas nativas, restauración y manejo sostenible de bosques, entre otras actividades.

Si tienes experiencia en operaciones forestales y/o en producción de plantas y cuentas con capacidades para prestar servicios de acuerdo a la normativa vigente, déjanos tus datos y te notificaremos de las próximas convocatorias en las regiones de Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos.

Necesitaremos servicios de:

Producción de plantas

Colecta de semillas

Viverización de plantas nativas

Transporte de plantas

Actividades de forestación

Obras de protección de suelo

Instalación de cercos

Actividades restaurativas en bosques

Manejo forestal de bosque nativo

Elaboración de planes de manejo forestal

Actividades de diagnóstico y monitoreo de bosques

Inventario forestal

Actividades de educación ambiental comunitaria

Recolección de productos forestales no madereros

Producción y acopio de leña seca

Acciones de silvicultura preventiva (cortafuego/corta combustible)

Inscríbete
aquí
Fotografías: Max Valencia y archivo fotográfico ENCCRV Chile

PROYECTO +BOSQUES FORESTARÁ, RESTAURARÁ Y

MANEJARÁ BOSQUES NATURALES EN UN TOTAL DE 25 MIL

HECTÁREAS A LO LARGO DE SEIS REGIONES DE CHILE

En agosto de este año, el mundo entero se informaba de las alarmantes conclusiones del último informe IPCC, cuyo centenar de científicos alertaron que las emisiones continuas de gases de efecto invernadero podrían sobrepasar el límite sin retorno para lograr las metas de reducción en poco más de una década. Con este poco auspicioso panorama climático como telón de fondo, el proyecto +Bosques, juntos contra el cambio climático, puso en marcha sus primeras acciones para contribuir con las metas globales de reducción de emisiones, a través del impulso a la gestión sostenible de una superficie total de 25 mil hectáreas en un periodo de seis años, en las regiones de Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos.

El proyecto cuenta con un financiamiento de más US$63 millones provenientes del Fondo Verde del Clima, el mayor mecanismo de financiamiento climático del mundo, y su ejecución está a cargo del Ministerio de Agricultura, a través de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), en conjunto con la Agencia de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

La Ministra de Agricultura, María Emilia Undurraga destacó la adjudicación del proyecto, indicando que “representa un reconocimiento a los esfuerzos que se ha llevado adelante para cumplir con los compromisos internacionales en la lucha contra el cambio climático que como ministerio estamos abordando desde diversas aristas”.

El proyecto beneficiará a cerca de 90 mil personas en seis años, especialmente a pequeños y medianos propietarios forestales, incluyendo una importante participación de mujeres, pueblos indígenas y comunidades locales.

El Director Ejecutivo de CONAF, Rodrigo Munita, destacó que, “junto con enfrentar la pandemia, se ha logrado implementar acciones de apoyo al Chile rural, agrícola y forestal. Además de los beneficios ambientales, también se esperan beneficios sociales mejorando la calidad de vida de miles de pequeños propietarios y propietarias, activando la economía local, considerando procesos de inclusión efectiva de las comunidades locales y comunidades indígenas con enfoque de género”, agregó.

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Ministra de Agricultura María Emilia Undurraga
DESTACADO

Además, las metas del proyecto son parte de los objetivos de la Estrategia Nacional de Cambio Climático y Recursos Vegetacionales de CONAF, instrumento de política pública diseñado para disminuir la vulnerabilidad social, ambiental y económica generada por este fenómeno, además de aportar al cumplimiento de los compromisos asumidos por Chile en su Contribución Nacional Determinada (NDC, por siglas en inglés).

LOS PRIMEROS PILOTOS EN LA REGIÓN DEL MAULE

En el predio Santa Dolores el proyecto realiza el primer pilotaje de reconversión forestal. Por medio de la plantación de 43 hectáreas de quillay, se trasformará un área que antes estuvo destinada al cultivo de plantas introducidas para su cosecha, con una cobertura permanente de especies nativas. Los nuevos árboles permitirán capturar carbono y evitar su liberación a la atmósfera y, en el mediano y largo plazo, restaurar el hábitat de animales y vegetación silvestre, contribuyendo a la polinización, a la protección del suelo y a la recuperación de las reservas subterráneas de agua de la zona.

Arturo Lavín, dueño del predio Santa Dolores, explica que la decisión de iniciar el proceso de reconversión tiene mucho que ver con combatir lo que él cree son las peores consecuencias de la desertificación, que es el desplazamiento de las familias hacia las ciudades.

Un tercer predio intervenido en la provincia de Cauquenes es Belco. Allí, Michael Biggs y Alejandra Ruiz llevan más de treinta años dedicados a conservar el ecosistema nativo. Hasta ahora, la superficie intervenida asciende a un total de 104 hectáreas, en el contexto de una meta regional de cerca de 3.500 hectáreas en un periodo de seis años, lo que representa el 14% de la meta nacional del proyecto +Bosques.

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Rodrigo Munita, Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal
DESTACADO
Imágenes de las iniciativas de reforestación con quillay dentro del programa ded reconversión forestal del Predio Santa Dolores

El mega incendio del año 2017, sólo en el Maule, dejó una superficie afectada equivalente a once veces la ciudad de Talca. El predio La Estrella fue parte de esas más de 260 mil hectáreas afectadas por el fuego. Con miras a iniciar un proceso de recuperación del suelo y del ecosistema nativo del predio, el proyecto +Bosques comenzó la plantación de especies nativas, con una meta de 63,4 en dos años hectáreas en dos años.

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“La llegada del +Bosques fue providencial. Desde hace años que trabajamos para limitar la erosión, mejorar la fertilidad del suelo y restaurar el ecosistema plantando especies nativas. Este proyecto llega a acelerar y consolidar nuestra iniciativa familiar”.
DESTACADO
Maud Biggs Ruiza, hija de la pareja propietaria del predio Belco en la Región del Maule Planta nativa producto de las acciones de reforestación de áreas quemadas.

EN ÑUBLE, UNA RESTAURACIÓN DE LA MANO DE LA COMUNIDAD

Al interior de la Reserva Nacional Ñuble, el proyecto +Bosques busca restaurar 21 hectáreas de bosque quemado, resguardando con ello la alimentación y la supervivencia del huemul, cuyo hábitat más septentrional se encuentra en esta zona del corredor biológico Nevados de Chillán.

El proyecto contempla también un piloto de forestación en el predio El Ajial, un terreno de propiedad fiscal donde se realizarán acciones de reconversión de una superficie de 18 hectáreas de pino radiata de baja calidad, por especies nativas en base a una estrategia de árboles nodrizas, con lo que se busca generar una cobertura permanente de especies nativas esclerófilas que mejoren la provisión de servicios ecosistémicos para las poblaciones aledañas.

El proyecto desarrolla plantaciones en núcleos y control de especies exóticas invasoras. Las actividades del proyecto permitirán la recolonización natural y asistida de la vegetación nativa, para recuperar la cobertura de bosque nativo que existía antes del mega incendio de 2017. Las actividades de forestación, restauración, manejo sustentable y prevención de incendios en la región de Ñuble alcanzarán más de 1.500 hectáreas durante un periodo de cinco años.

21 hectáreas de bosque quemado serán restauradas a través de proyecto, resguardando con ello la alimentación y la supervivencia del huemul, cuyo hábitat más septentrional se encuentra en esta zona del corredor biológico Nevados de Chillán.

C on el fin de vincular a la comunidad con las medidas de restauración y manejo, el proyecto fue presentado ante la Comisión de Conservación del Consejo de la Reserva, integrado por miembros de las comunidades aledañas de Pinto, El Carmen y Yungay, además de representantes del sector privado, servicios públicos y autoridades del gobierno regional.

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DESTACADO

Además de las intervenciones descritas, durante el 2021 y 2022 se prevé el desarrollo de otras 33 iniciativas pilotos entre las regiones del Maule y Los Lagos. De ellas un tercio corresponderán a restauración de ecosistemas afectados por incendios. En tanto, otro tercio de los pilotos incluirá manejo forestal sustentable y apoyo al encadenamiento para la producción de leña y otros derivados de la biomasa. Otro 26% de los pilotos estará enfocado en la forestación y revegetación de suelos desprovistos de bosques, usando especies nativas que formen coberturas permanentes y provean bienes y servicios para los propietarios. El 10% restante estará centrado en la aplicación de técnicas de silvicultura preventiva de incendios en zonas de riesgo donde las personas conviven con la cobertura vegetal.

Luego de la etapa de pilotajes, el proyecto + Bosques abrirá concursos públicos en las seis regiones para pequeños y medianos propietarios y propietarias, quienes, de forma individual o agrupada, podrán postular sus iniciativas y ser beneficiados con la implementación de las acciones en sus predios a través de operadores especializados contratados por el proyecto.

Con el apoyo de la familia propietaria del predio Piedra Lisa, en la comuna de San Nicolás (en la imagen), el proyecto realiza una intervención piloto de restauración post incendios de 73 hectáreas, la intervención de mayor envergadura del proyecto +Bosques en la Región de Ñuble.

La Representante de FAO en Chile, Eve Crowley, ha destacado que el proyecto permitirá la mejora social y económica de las comunidades rurales y su desarrollo sustentable, “un aspecto en el que las mujeres juegan roles clave desde distintas dimensiones de los procesos de recuperación, protección y conservación de los bosques ya que, muchas veces, son pequeñas propietarias, productoras, agricultoras e incluso, proveedoras de plantas nativas”.

Junto con sus metas ambientales el proyecto +Bosques espera capacitar y sensibilizar a más de dos mil personas sobre la importancia de la conservación de ecosistemas nativos y acción climática durante sus seis años de implementación, además, fortalecerá aspectos técnicos requeridos para implementar estas importantes acciones.

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UN MODELO PARA REPLICAR Eve Crowley, representante de FAO en Chile
DESTACADO

ENTREVISTA

EL SECTOR FORESTAL Y LOS DESAFIOS DEL PRÓXIMO DE GOBIERNO:

UNA PROPUESTA DEL COLEGIO DE INGENIEROS FORESTALES

Esta falta de visión de los sucesivos gobiernos se traduce en un estancamiento del sector o bien derechamente un retroceso, como es el caso de la seguridad en la macrozona sur. Varios de los problemas que enfrenta el s ector se desprenden del escenario ya mencionado:

• Imposibilidad por años de sacar adelante una agenda legislativa para el sector.

• Falta de compromiso de la autoridad para entregar seguridad a la actividad forestal en la macrozona sur.

ANTECEDENTES

Como condición de base para cualquier iniciativa de un futuro gobierno en materia forestal, se debe considerar que el sector está profundamente ideologizado y dividido. Esta división abarca la ciencia, la investigación, la educación y, por supuesto, las políticas públicas. Además, posee escasa validación social, pese a los innegables avances en materia de gestión, y sufre sistemáticas críticas de actores ajenos al sector que instalan una agenda de cambio radical para el actual modelo forestal.

La complejidad que esto significa ha llevado a que distintos gobiernos se resten de proponer o bien posterguen las iniciativas que el sector demanda con urgencia. Existe una escasa comprensión del carácter estratégico que posee el sector para los distintos desafíos económicos y ambientales del país. Su aporte a la descentralización productiva, al desarrollo rural, al cumplimiento de compromisos internacionales de reducción de emisiones, entre otros aportes.

• Debilidad estructural en el plano institucional. Sin servicio público y sin Subsecretaría Forestal.

• Visión reduccionista del sector, que lleva a las autoridades a impulsar iniciativas que afectan la gestión forestal productiva y de conservación.

PROPUESTAS DEL COLEGIO DE INGENIEROS FORESTALES

AGENDA LEGISLATIVA

Desde el año 2008, cuando se promulgó la Ley de Bosque Nativo, que no se ha promulgado una nueva ley para el sector. Los sucesivos ministros de agricultura y directores de CONAF prometen sacar adelante las deudas en materia de leyes y, sin embargo, ya han pasado tres administraciones y no se ha sacado ninguna ley. Es urgente actualizar la normativa forestal, acorde a los tiempos y a la situación generada por el cambio climático. En específico se requiere sacar adelante:

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• CREACIÓN DEL SERVICIO NACIONAL FORESTAL (CONAF pública). Para esto se propone una ley corta, distinta al actual proyecto que duerme en el Senado.

• FOMENTO FORESTAL A PEQUEÑOS PROPIETARIOS: desde fines del 2012 expiró el fomento forestal a la forestación. Las cifras de forestación actual son inferiores a 1.000 hectáreas anuales. Esto es una tragedia a la que no se le toma el peso. Implica, entre otros impactos, el incumplimiento de los compromisos suscritos a través del Acuerdo de París.

• Modificación a la Ley de Bosque Nativo y sus reglamentos: se viene trabajando desde hace años para modificar esta legislación, dado que existe el consenso en que hasta ahora ha sido un fracaso en términos de incentivar el manejo del bosque nativo. La ausencia de modificaciones también impactará en el cumplimiento de compromisos de reducción de emisiones.

Fuente: “Evaluación del Funcionamiento del Fondo de Conservación, Recuperación y Manejo Sustentable del Bosque Nativo Ley N°20.283”

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ENTREVISTA

El cuadro refleja la escasa adicionalidad del instrumento de fomento. Para el período 20122018 el 61,3% de los proyectos adjudicados correspondieron a planes de manejo elaborados y aprobados antes de postular. Es decir, que igualmente hubieran manejado su bosque en ausencia del subsidio. Este porcentaje se incrementa a 75,1% para el año 2018. Quienes están recibiendo las bonificaciones son quienes ya tenían decidido manejar su bosque, lo que refleja que el instrumento realmente no incentiva el manejo de nuevos bosques.

• Ley marco de incendios forestales: al igual que los casos anteriores, las iniciativas para dotar al Estado de una ley marco no han prosperado.

• Proyecto que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, para tipificar el delito de sustracción de madera y otros relacionados, y habilitar el uso de técnicas especiales de investigación para su persecución.

AUSENCIA DE ESTADO DE DERECHO EN MACROZONA SUR

El escalamiento de la violencia en los últimos años ha puesto en jaque la actividad forestal en la Región de La Araucanía y amenaza extenderse a otras regiones forestales (Biobío y Los Ríos).

Se han perdido más de 3.000 puestos de trabajo directo asociados a la actividad forestal y está en riesgo la seguridad del sistema de áreas protegidas. Es prioritario enfrentar la violencia, bajo la convicción de que se trata de la fachada para el robo de madera y la usurpación de terrenos. Se requiere un liderazgo que hasta ahora no ha existido.

En la imagen uno por los más recientes ataques incendiarios, en el que desconocidos quitaron rieles y luego del descarrilamiento de un tren de carga. incendiaron los vagones y dos máquinas.

DEBILIDAD INSTITUCIONAL: SUBSECRETARÍA FORESTAL

Existe un desconocimiento del sector forestal por parte de las autoridades sectoriales que obstaculiza un avance adecuado. Se requiere en la administración forestal, contar con autoridades empoderadas y que conozcan de primera mano el sector, de lo contrario, en un período de gobierno de 48 meses, se pierde tiempo valioso y se postergan indefinidamente, como ya lo mencionamos, la agenda legislativa y las urgentes acciones que el sector demanda.

Dado que esta situación es transversal a los distintos gobiernos, se insiste en la necesidad de contar con una Subsecretaría forestal que fortalezca la gestión sectorial y lidere las acciones que el Ministro de Agricultura no puede liderar por lo amplio y variado de los desafíos de su cartera; y que los Directores de CONAF tampoco pueden ni deben liderar, ya que ellos son quienes deben ejecutar las políticas, pero no diseñarlas. Se plantea un modelo análogo al que tiene el sector pesquero, que cuenta con un servicio (SERNAPESCA), pero además cuenta con una subsecretaría (SUBPESCA). El sector forestal no puede tener menos que el sector pesquero.

56 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021 ENTREVISTA

El nulo avance en la modernización de la institucionalidad forestal ha generado un problema grave. La gestión pública forestal en los últimos años se ha visto amenazada por una serie de iniciativas legales que afectan la gestión de los bosques, tanto en el ámbito productivo como de conservación.

Entre los proyectos que requieren una urgente revisión están: 1) El proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, 2) El proyecto que busca que todos los proyectos forestales ingresen al SEIA y 3) El proyecto que busca limitar el cambio de uso del suelo de terrenos afectados por incendios forestales.

Lamentablemente, los programas de gobierno de los principales candidatos a la presidencia han explicitado su intención de impulsar el proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, sin antes realizar una revisión crítica de su contenido y de la eficacia de sus propuestas. A nuestro juicio y el de otras organizaciones vinculadas al tema, el apuro por sacar el proyecto es una estrategia para eludir un debate profundo de sus múltiples inconsistencias.

El reduccionismo con que se entiende la gestión forestal ha llevado a que se desconozca el estrecho vínculo que tiene con la gestión de la biodiversidad terrestre.

57 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021 ENTREVISTA
REVISAR INICIATIVAS QUE IMPACTAN A LA GESTIÓN FORESTAL

IN MEMORIAM

Recordamos a los colegas que han partido y que desde el mundo público, privado y académico, dejaron un enorme legado por su compromiso con nuestro sector. Deseamos rendirles un homenaje y agradecemos a todos los colegas que nos aportaron información para esta sección.

BERNARDO ZENTILLI VAN KILSDONK

Ingeniero forestal promoción 1959 de la Universidad de Chile. Profesional de vasta trayectoria tanto a nivel nacional como en el extranjero. Bernardo trabajó en el Servicio Agrícola Ganadero (SAG) para la Administración de Parques Nacionales y Reservas Forestales (APARFO) y fue director de la División de Patrimonio Forestal en una CONAF que comenzaba a dar sus primeros pasos. Se desempeñó como profesional a cargo de diversos programas en organizaciones internacionales como FAO, UICN, PNUMA, entre otros. Siempre destacó por su vocación y preocupación por la naturaleza, ostentando también el cargo de presidente del Comité pro defensa de la flora y fauna, CODEFF.

OCTAVIO LARRAÍN MAROTO

Ingeniero Forestal de la Universidad Austral de Chile, fue el primer titulado de esta casa de estudios luego de que lograra su autonomía plena el año 1968. Tuvo una destacada trayectoria profesional en el ámbito privado, desempeñándose en puestos gerenciales en las sociedades Forestal Mininco S.A. y Forestal Angol Ltda. (ambas del grupo Empresas CMPC), además de emprendimientos privados ligados a la actividad forestal. Sus colaboradores lo destacan por su gran orientación y enfoque humano en el desempeño del trabajo, así como la capacidad y compromiso para estimular, propiciar y facilitar el desarrollo integral de las personas. A través de su personal y reconocido carisma, motivaba el logro de objetivos laborales y personales, siempre alineándolos hacia alcanzar una visión de futuro.

GUSTAVO MORENO DÍAZ

Ingeniero forestal de la Universidad de Chile, ingresó en marzo de 1969, proveniente del Liceo de Aplicación al que continuamente reverenciaba. Destacó en los estudios, a tal punto que fue de los pocos alumnos que sacaron su carrera en cinco años y así egresaba en 1973. Hizo su memoria teniendo como profesor guía a Claudio Donoso Zegers, del cual fue su admirador y luego su amigo. Llegó a trabajar al Centro de Semillas de CONAF en Chillán, su ciudad natal y el huerto semillero existente en dicho Centro es en gran parte obra de él. Se especializó en genética forestal y luego de un periodo trabajando en CELCO regresó a CONAF en los 90´para colaborar de nuevo en el Centro de Semillas. Publicó libros sobre el “El mejoramiento genético en el desarrollo” y “Semillas Forestales del Bosque Nativo Chileno”.

58 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021
In memoriam

CLAUDIO DONOSO ZEGERS

Ingeniero Forestal de la Universidad de Chile y Master of Science de la Universidad de California (EE.UU.), desarrolló una fructífera actividad académica, inicialmente en la Universidad de Chile y posteriormente en la Universidad Austral de Chile. Desarrolló una vasta obra escrita a través de artículos científicos, libros y otros textos de divulgación. Fue distinguido con varios premios, entre ellos los del Colegio de Ingenieros Forestales de la Región de Los Lagos (2002) y luego, en 2007, recibió el Reconocimiento a la Trayectoria por parte del Colegio de Ingenieros Forestales de Chile. Durante su vida académica desempeñó los cargos de director de Instituto y Prodecano. Fue pionero en mostrar la importancia científica de los bosques nativos. Claudio Donoso Zegers buscó siempre aportar al conocimiento y generar las bases para un manejo sostenible de los bosques nativos, mediante una relación directa de la ciencia con los ambientes forestales y de gestión empresarial que la aplica. Para fortalecer la opinión con base técnica en el ámbito de la política sectorial y comunicar esto a la sociedad, contribuyó a la creación y desarrollo de la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo (AIFBN). Se retiró el año 2000 de su cargo de Profesor Titular de la Facultad de Ciencias Forestales y Recursos Naturales de la Universidad Austral de Chile.

GERARDO SOTO URBINA

Ingeniero Forestal de la Universidad de Chile, de la octava promoción de egresados. Tuvo una destacada trayectoria académica en la Universidad de Talca, especialmente en la creación del Centro Regional de Tecnología e Industria de la Madera (CERTIM) de esta casa de estudios.

JUAN ALARCÓN CANCINO

Ingeniero Forestal de la Universidad de Concepción, desarrolló su vida laboral al alero de la Corporación Nacional Forestal, institución a la que ingresó el año 1994, desarrollando labores en la Región Metropolitana, Biobío y, desde 2011, en la Región del Maule, desempeñándose con profesionalismo en diversas áreas. Durante ese tiempo demostró interés por la ciencia y las tecnologías aplicadas al desarrollo forestal y al medio ambiente.

Expresamos nuestras condolencias a sus familiares, amigos y compañeros de trabajo. Nuestro maravilloso bosque conformado por todas y todos nuestros colegas es más pobre con la partida de estos destacados colegas. Solo bs queda recordarlos y honrarlos por su legado y estar ala altura de su calidad profesional.

59 MUNDO FORESTAL NOVIEMBRE 2021
In memoriam

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