BOLETร N OFICIAL Diciembre 2013
Ordenanzas: Nยบ 815/13 hasta 821/13 inclusive
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 2
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 3
ORDENANZA Nº 815/ 2013 OBJETO: Autorizar recomposición tarifa servicio agua potable. VISTO: Las facultades establecidas en la Ley Orgánica Municipal, Ordenanza 35/91 y demás normativa legal vigente. Y CONSIDERANDO: La necesidad de asegurar la normal provisión de agua potable en la ciudad, garantizando la ecuación económica apta que permita la sustentabilidad de la prestación del Servicio, y su continuidad con eficacia y eficiencia; Que en una economía inflacionaria, con el consiguiente aumento sostenido de los costos, deviene necesario proceder a la actualización total de la tarifa frente a un retraso prolongado en el tiempo y que ha obligado a los socios a sostener el aplazamiento con mecanismos asamblearios de capitalización; Que, estos desajustes se han producido a consecuencia de actualizaciones tarifarias aprobadas sobre estudios de costos desactualizados, es decir, efectuados con varios meses de diferencia, lo que ha ido acumulando aumento en los costos no reflejados en las tarifas autorizadas; Que, a tal fin, los socios por asamblea y en base a las disposiciones legales y estatutarias, han resuelto recomponer el impacto negativo en el capital social mediante aportes especiales que compensen y aseguren la ecuación económica referida en proporción con el uso real o potencial de los servicios sociales; Que, la última actualización tarifaria (Ordenanza Nº 747/2012) se sancionó con fecha 14 de Agosto de 2012 teniendo como base el estudio de costos presentados con fecha 15 de Mayo del mismo año, haciéndose notar en los fundamentos que la tarifa no tenía adecuación desde el año 2010 y ésta a su vez se había originado en un estudio de costos realizado en el año 2009; Que tales antecedentes evidencian en relación a las variaciones de la economía que, desde el año 1991 que se concesionó el servicio, la tarifa sólo se actualizó en los años 2010 y 2012; Que, Presidente y Tesorera de la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo - Mendiolaza Ltda., Contador Mario Raúl Hoya y Arquitecta Liliana Fratini, respectivamente, han solicitado el trámite que establece el Artículo 15º de la Ordenanza Nº 35/91 a los efectos de la fijación de una nueva tarifa en la Provisión del Servicio Público de Agua Potable para la Ciudad de Unquillo, adjuntando para ello un informe sobre el esquema actual y la propuesta de ajuste; Que si bien, los estudios de costos formulados dan cuenta de la necesidad de revisar y ajustar otra vez la tarifa, tal adecuación necesariamente debe, en un primer momento, reflejar el componente que los socios han establecido para reducir el impacto negativo en el capital social de la concesionaria, eliminando definitivamente retrasos tarifarios y dando sustentabilidad y previsibilidad al sistema; Que, absorber el componente por capitalización en la nueva tarifa a aprobarse importa reconocer el precio real del servicio y no representa impacto alguno en el bolsillo de los usuarios, pues, son ellos mismos en su carácter de socios de la Cooperativa concesionaria quienes han dispuesto de este cargo adicional para asegurar la sustentabilidad del servicio; Que el cobro por capitalización se viene haciendo en forma accesoria y separada de la factura que los usuarios abonan por el consumo de agua, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 639/2010 que ordena consignar en la facturación, exclusivamente, el importe correspondiente al agua consumida o el mínimo según corresponda, con más los cargos e impuestos correspondientes; Que, en un segundo momento, la adecuación tarifaria reflejará los importantes incrementos verificados en la estructura de costos que componen el actual esquema, proyectando concretamente un aumento del 22% sobre la tarifa actual, que se aplicará en un 11% a partir de Febrero de 2014, y otro 11% a partir del mes de junio de 2014; Que, en definitiva y frente a este cuadro de situación, el Municipio de Unquillo, conforme al informe elaborado por el área técnica respectiva, como poder concedente del servicio de agua, debe establecer la tarifa de agua conforme lo indica el artículo 15 de la Ordenanza Nº 35/91 y según la propuesta presentada por la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo Mendiolaza;
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 4
Que, reiteramos, la realidad actual impone revisar los extremos vigentes para incorporar instrumentos que aseguren el equilibrio en los costos de la prestación del servicio, por un lado y por el otro, garantir la continuidad de una empresa de propiedad conjunta de los usuarios y gestión democrática, concesionaria del servicio público de agua; Que la modificación en el cuadro tarifario debe respetar el esquema de escalonamiento en los consumos de los usuarios del sistema como herramienta para combatir el consumo desproporcionado; Que por otra parte, la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos –Unquillo Mendiolaza Ltda, adjunta el Acta de Asamblea Nº 29, del día 25 de octubre de 2013, en la que se resuelve ratificar lo actuado de acuerdo al mecanismo vigente de capitalizar el resultado del estudio de actualización tarifario, hasta que se sancionen las ordenanzas respectivas y con la premisa de que desaparezca en la medida que sea rectificado por el poder concedente. Que en este mismo sentido, en la Audiencia Pública celebrada a los efectos del artículo 37 de la Ley 8102, el representante de dicha Cooperativa expresa que de sancionarse el nuevo cuadro tarifario, sería a favor de todos y la capitalización no va a ser necesaria. Por todo ello, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA APROBADA EN PRIMERA Y SEGUNDA LECTURA Artículo 1º.- AUTORÍZASE a la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo Mendiolaza Ltda., a aplicar a partir del día 01 de Diciembre de 2013, por el Servicio de Distribución de Agua Potable en la Ciudad de Unquillo, la TARIFA en Pesos y sin impuestos ni aportes, que a continuación se detalla: A-) La TARIFA BÁSICA se compone de los siguientes elementos: CARGO FIJO $ 19,90 por mes por conexión. CONSUMO BÁSICO, TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) $ 36,96 por mes por conexión. TARIFA BÁSICA MÍNIMA BONIFICADA (exclusivamente TRECE METROS CÚBICOS – 13 m3 – de consumo) $56,86 B). CARGOS VARIABLES de cada Metro Cúbico, por excedentes de TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) de consumo mensual: De 13,01 m3 a 30 m3 $ 4,25 De 30,01 m3 a 50 m3 $ 8,44 De 50,01 m3 a 80 m3 $ 16,00 Más de 80,01 m3 $ 16,85 Cargo de mantenimiento de red, igual al CUARENTA POR CIENTO (40 %) de la TARIFA BÁSICA. Artículo 2º: AUTORÍZASE a la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo Mendiolaza Ltda., a aplicar a partir del día 01 de febrero de 2014, por el Servicio de Distribución de Agua Potable en la Ciudad de Unquillo, la TARIFA en Pesos y sin impuestos ni aportes, que a continuación se detalla: A-) La TARIFA BÁSICA se compone de los siguientes elementos: CARGO FIJO $ 22,08 por mes por conexión. CONSUMO BÁSICO, TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) $ 41,03 por mes por conexión. TARIFA BÁSICA MÍNIMA BONIFICADA (exclusivamente TRECE METROS CÚBICOS – 13 m3 – de consumo) $ 63,11 B). CARGOS VARIABLES de cada Metro Cúbico, por excedentes de TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) de consumo mensual: De 13,01 m3 a 30 m3 $ 4,72 De 30,01 m3 a 50 m3 $ 9,03 De 50,01 m3 a 80 m3 $ 17,37 Más de 80,01 m3 $ 18,45 Cargo de mantenimiento de red, igual al CUARENTA POR CIENTO (40 %) de la TARIFA BÁSICA.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 5
Artículo 3º: AUTORÍZASE a la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo Mendiolaza Ltda., a aplicar a partir del día 01 de junio de 2014, por el Servicio de Distribución de Agua Potable en la Ciudad de Unquillo; la TARIFA en Pesos y sin impuestos ni aportes, que a continuación se detalla: A-) La TARIFA BÁSICA se compone de los siguientes elementos: CARGO FIJO $ 24,28 por mes por conexión. CONSUMO BÁSICO, TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) $ 45,09 por mes por conexión. TARIFA BÁSICA MÍNIMA BONIFICADA (exclusivamente TRECE METROS CÚBICOS – 13 m3 – de consumo) $ 69,37 B). CARGOS VARIABLES de cada Metro Cúbico, por excedentes de TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) de consumo mensual: De 13,01 m3 a 30 m3 $ 5,18 De 30,01 m3 a 50 m3 $ 9,63 De 50,01 m3 a 80 m3 $ 18,75 $ 20,04 Más de 80,01 m3 Cargo de mantenimiento de red, igual al CUARENTA POR CIENTO (40 %) de la TARIFA BÁSICA. Artículo 4º: Fijase como fecha de análisis y revisión anual de la tarifa del servicio de agua potable el mes de Agosto de cada año. A estos efectos, se deberá arbitrar los medios necesarios para elaborar la fórmula polinómica que fije el nuevo valor de la tarifa. Artículo 5º: DISPONESE que la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo – Mendiolaza Ltda., deberá consignar en la facturación que emite por consumo de agua a los usuarios, los datos que arroja la lectura del medidor. Asimismo deberá figurar un gráfico de barras de los últimos seis (6) meses de consumo. Artículo 6º: EN todas las facturas que la Cooperativa emita deberán estar discriminados los conceptos de impuestos y aportes correspondientes Artículo 7º: DE FORMA MARCELA IGOILLO SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE
MARÍA GABRIELA FARÍAS PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión ordinaria del día 26 de noviembre de Dos Mil Trece, constando en Acta Nº 262/2013.-----------------------------------ORDENANZA Nº 816/ 2013 OBJETO: Fijar las pautas generales y demás normativas organizativas para la realización de los Corsos 2014 por parte de la “MESA DE COORDINACION CORSOS DE UNQUILLO” VISTO: Las disposiciones de la Ordenanza Nº 561/2008 y las facultades conferidas por la Ley Orgánica Municipal, Nº 8.102 y demás normativa legal vigente. Y CONSIDERANDO: Que conforme lo establecido en el Artículo 9º, Inciso B, de la Ordenanza de creación de la “Mesa de Coordinación Corsos Unquillo”, Ordenanza Nº 561/2008; son atribuciones de la Mesa de Coordinación el celebrar todo tipo de contratos, convenios y todo aquello necesario para el cumplimiento de sus fines. Que a tales efectos se debe cumplimentar con las normas establecidas en el Régimen de Compras y Contrataciones. Que la modalidad, los instrumentos y los procesos que promueven compras, concesiones y / o contrataciones para el normal desarrollo de las actividades de la Mesa de Coordinación de Corsos en general, y en particular la organización del evento Corsos de Unquillo deben garantizar imparcialidad, calidad, igualdad de oportunidades y transparencia entre los interesados.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 6
Que asimismo se debe propender a promover el desarrollo local, incentivando a los productores de bienes y servicios, comerciantes, artistas, artesanos, micro emprendedores, mediante información clara y precisa de las necesidades de la organización, para fomentar el “COMPRE LOCAL”. Que el Artículo 44° del Anexo I de la Ordenanza N° 612/2009 prevé la actualización anual de los montos económicos para los distintos tipos de compra y/o contrataciones, previa autorización del Concejo Deliberante de la ciudad. Que bajo el objetivo de conseguir que los corsos se autofinancien, es necesario y conveniente el cobro de una entrada, delimitando los espacios de realización y la determinación de accesos, dotando a la MESA COORDINADORA DE LOS CORSOS de los instrumentos legales para adoptar las medidas citadas. Que sin vulnerar el esquema de autofinanciar los corsos, es voluntad del DEM garantizarle a los vecinos de la ciudad el acceso libre y gratuito a los corsos; para ello propone implementar un innovador sistema que combina el cobro de entradas a las personas que no se domicilian en la ciudad y la posibilidad de acceder gratis a una entrada a los vecinos unquillenses. Que es conveniente dotar a la MESA COORDINADORA DE LOS CORSOS del instrumento legal que permita arbitrar los mecanismos para la distribución y venta de las respectivas entradas. Que la MESA COORDINADORA DE LOS CORSOS 2014 tiene todas las atribuciones para organizar, dirigir y administrar el evento, previendo recaudar fondos por concesiones, espacios y exclusividades, compra y venta de productos (nieve artificial), etc. Que la MESA COORDINADORA DE LOS CORSOS 2014 ha dispuesto que el estacionamiento de vehículos se realice en adyacencias del sector determinado para su realización, y que se utilicen como playas de estacionamiento las distintas calles del municipio. Por todo ello, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 44º del Anexo I de la Ordenanza Nº 612/2009, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 44°: “ESTABLÉCENSE los montos económicos para determinar los distintos tipos de compra y/o contratación, de bienes y servicios previstos en la presente, los cuales podrán ser actualizados anualmente, previa autorización del Concejo Deliberante de la Ciudad. 1. CONTRATACION DIRECTA, hasta PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) con simple COTEJO DE PRECIOS. 2. CONTRATACION DIRECTA, hasta PESOS TREINTA SIETE MIL QUINIENTOS ($ 37.500) con la presentación de TRES (3) PRESUPUESTOS FORMALES como mínimo. 3. CONCURSO DE PRECIOS, desde MÁS DE PESOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($37.500) HASTA PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000), 4. LICITACION PUBLICA, más de pesos CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) Las disposiciones del presente artículo no serán de aplicación para las contrataciones específicas establecidas en esta Ordenanza. Artículo 2º: DETERMÍNASE que los Corsos de Unquillo 2014 se realicen en la Doble Avenida San Martín y adyacencias, y en diferentes barrios de la ciudad a determinar por la Mesa de Coordinación de Corsos.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 7
Artículo 3º: SE autoriza a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS a fijar el calendario completo del evento que se realizará a lo largo de cinco días sobre la avenida San Martín y cinco días en distintos barrios de la ciudad, con comunicación al DEM y al Concejo Deliberante. Se autoriza a la Mesa de Coordinación, junto con la Secretaría de Gobierno a cerrar las calles y lugares de acceso, durante los días fijados para realizar dicho Evento en la Doble Avenida San Martín, quedando facultada la MESA DE COORDINACION DE CORSOS a definir los días y horarios en que se realizarán los corsos en los diferentes barrios de la ciudad. Artículo 4º: AUTORÍZASE a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS a cambiar el o los días de realización de los Corsos de Unquillo 2.014, en caso de suspensión por causas de fuerza mayor. Artículo 5º: FIJASE en PESOS VEINTICINCO ($ 25) el precio de la Entrada a los Corsos de Unquillo 2.014 para las personas mayores de DIEZ (10). La noche de los Niñ@s la entrada será LIBRE Y GRATUITA para todo público. Artículo 6º: AUTORÍZASE a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS, a instrumentar un sistema de entrega gratuita de entradas, exclusivamente para vecinos domiciliados en Unquillo, verificándose el mismo en el Documento de Identidad, o mediante algún otro documento válido para comprobar. La modalidad de entrega consistirá en un máximo de dos entradas por persona y por día, que haya sido retirada del/los puesto/s que a tal fin se habiliten, hasta las 18 horas de los días de realización del evento. Artículo 7º: QUEDA PROHIBIDO EL INGRESO Y / O LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS en el predio donde se desarrolle el Corso durante los días y horarios de realización de los mismos, entre las 20:00 horas del día de realización hasta las 04:00 horas del día siguiente, salvo en las confiterías y/ o bares existentes y en los lugares expresamente autorizados por el Municipio y la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS; por razones de seguridad y tranquilidad pública. Para la Noche de los Niñ@s, o la que la reemplace en caso de cambios en la programación, la prohibición de venta de alcohol será total. Artículo 8°: AUTORÍZASE a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS a cobrar, por si o por terceros, estacionamiento en las distintas calles de nuestra Ciudad que se afecten a tal fin, durante las noches que se realicen los Tradicionales Corsos de Unquillo 2014. Artículo 9º: EL horario de estacionamiento rentado, será desde las 20:00 HORAS HASTA LAS 04:00 HORAS DEL DÍA SIGUIENTE. El precio a cobrar en este concepto será único y su monto de PESOS TREINTA ($ 30,00) $ 30 por vehículo; el cual debe abonarse obligatoriamente al momento de ser estacionado el automotor. Dicho monto será cobrado al automovilista, únicamente por el Encargado del Estacionamiento, debidamente identificado y autorizado por la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS, estando este obligado a extender al automovilista el correspondiente Comprobante Oficial de Pago. Queda facultada la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS para disponer el porcentaje que se le abonará al Encargado de Estacionamiento por la tarea desarrollada. Artículo 10º: EL Departamento Ejecutivo Municipal por medio de la Secretaría de Gobierno y la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS determinarán qué calles serán utilizadas como Playas de Estacionamiento. Artículo 11º: LA MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS deberá instalar en las calles determinadas para Playas de Estacionamiento, cartelería informativa respecto a los horarios e importes del costo de estacionamiento y multas por infracción. Artículo 12º: NO se les cobrará el estacionamiento a aquellos Vecinos que acrediten con sus documentos de identidad vivir en esa calle.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 8
Artículo 13º: En caso que algún automovilista se niegue a pagar la suma autorizada en concepto de Estacionamiento, el vehículo será retirado mediante una grúa contratada y llevado al Corralón Municipal, designado a tal efecto. La multa fijada por cometer esta infracción, es de PESOS SEISCIENTOS CINUIENTA ($ 650,00) incluyendo el traslado. Artículo 14º: AUTORÍZASE a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS a contratar, comprar o dar en concesión, mediante el sistema de CONCURSO DE PRECIOS POR INVITACIÓN, conforme a lo previsto por la Ordenanza Nº 561/2008 y modificatoria Nº 612/2009 de Régimen de Contrataciones. Artículo 15º: AUTORÍZASE, para la compra de “Nieve Artificial en Aerosol de Cotillón”, a contratar por un monto total de hasta PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($ 440.000), por CONCURSO DE PRECIOS POR INVITACIÓN; debiéndose respetar el resto de las prescripciones previstas en el Régimen de Contrataciones de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS. Además deberán establecerse las siguientes condiciones: A. La presentación de Propuestas deberá ser realizada en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Unquillo. B. La Apertura de Sobres y el Acto de Adjudicación se llevarán a cabo en la Secretaría de Finanzas y Desarrollo Económico de la Municipalidad; con la participación de DOS (2) miembros de la MESA COORDINADORA DE CORSOS, Oferentes que deseen hacerlo y DOS (2) Concejales designados por el Concejo Deliberante, quienes suscribirán las Actas Respectivas. Artículo 16º: APRUÉBASE el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Concurso de Precios por Invitación para la adquisición en consignación de “Nieve Artificial en Aerosol de Cotillón”, el que como ANEXO I, de Cinco (5) Fojas Útiles se incorpora como parte integrante y constitutiva de la presente Ordenanza. Artículo 17º: AUTORÍZASE a la MESA COORDINACIÓN DE CORSOS a fijar el precio de venta de la Nieve Artificial y condiciones de entrega a los comercios y/u organizaciones sin fines de lucro, según el resultado del Concurso de Precios. Artículo 18º: AUTORÍZASE a efectuar contrataciones de conjuntos artísticos, musicales, comparsas, murgas, etc.; hasta la Suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) por todo concepto, incluido IVA, por cada número artístico, tal cual lo establece la Ordenanza Nº 561/2008 y modificatoria Nº 612/2009. El monto total de contrataciones de conjuntos artísticos para todas las noches del Carnaval edición 2014 no podrá exceder la Suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000). Artículo 19º: AUTORÍZASE a la MESA COORDINACIÓN DE CORSOS a contratar Servicios de Sonido e Iluminación, por un monto, por todo concepto, de hasta PESOS CIENTO SETENTA MIL ($ 170.000), por CONCURSO DE PRECIOS POR INVITACIÓN, debiéndose respetar las prescripciones previstas en el Régimen de Contrataciones de la MESA COORDINACIÓN DE CORSOS. Además deberán establecerse las siguientes condiciones: A. La presentación de Propuestas deberá ser realizada en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Unquillo. B. La Apertura de Sobres y el Acto de Adjudicación se llevaran a cabo en la Secretaria de Finanzas y Desarrollo Económico de la Municipalidad; con la participación de DOS (2) miembros de la MESA COORDINACIÓN DE CORSOS, Oferentes que deseen hacerlo y DOS (2) Concejales designados por el Concejo Deliberante, quienes suscribirán las Actas Respectivas. Artículo 20º: APRUÉBASE el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Concurso de Precios por invitación para la contratación de los servicios de “SONIDO e ILUMINACION” el que como ANEXO II, de diez (10) Fojas Útiles se incorpora como parte integrante y constitutiva de la presente Ordenanza.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 9
Artículo 21°: AUTORÍZASE a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS a dar en concesión DOCE (12) Puestos de venta de comidas y bebidas, en los CORSOS UNQUILLO 2.014 mediante el sistema de Concurso Público de Precios; conforme a lo previsto por las Ordenanza Nº 561/2008 y modificatorias. Establécese que la convocatoria al concurso de precios fijado en el presente artículo será dispuesto mediante la publicación de edictos en medios escritos locales, página web municipal y propalación callejera, con más la exhibición del llamado en las oficinas públicas municipales y/o reparticiones oficiales. Artículo 22º: APRUÉBASE el Pliego de Condiciones Generales y Particulares para la concesión de DOCE (12) Puestos de venta de comidas y bebidas, el que como ANEXO III compuesto de DOCE (12) Fojas útiles, forma parte integrante y constitutiva de la presente Ordenanza. Artículo 23º: AUTORÍZASE a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS a dar en concesión el servicio de provisión mayorista de comidas y bebidas a los puestos de venta concesionados para funcionar dentro del predio de la doble avenida San Martín durante los Corsos edición 2014 mediante el sistema de Concurso de Precios por Invitación, conforme a lo previsto por la Ordenanza Nº 561/2008 y modificatorias, Ordenanza Nº 612/2009. Artículo 24º: APRUÉBASE el Pliego de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a Concurso de Precios por invitación para la concesión del “Servicio de Provisión Mayorista de comidas y bebidas a los puestos de venta concesionados por la MESA DE COORDINACION DE CORSOS para funcionar dentro del predio de la doble Avenida San Martín”, el que como ANEXO IV compuesto de once (11) Fojas útiles, forma parte integrante y constitutiva de la presente Ordenanza. Artículo 25º: AUTORÍZASE a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS a contratar servicios sanitarios (baños móviles) conjuntamente con el alquiler de las cabinas para el cobro de entradas en forma directa, hasta un monto máximo de pesos TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 37.500), por todo concepto, con la presentación de por lo menos tres presupuestos. Artículo 26º: AUTORÍZASE a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS a contratar los servicios de fuegos artificiales para una o más noches en la que se lleven adelante los CORSOS 2014, en forma directa hasta un monto máximo de pesos TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 37.500) por todo concepto, con la presentación de por lo menos tres presupuestos. Artículo 27º: COMUNÍQUESE, Publíquese en el Boletín Oficial, Dése al Registro Municipal, a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS, a las demás Oficinas Correspondientes y Archívese. MARCELA IGOILLO SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE
MARÍA GABRIELA FARÍAS PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Extraordinaria del día 03 de diciembre de Dos Mil Trece, constando en Acta Nº 263/2013.------------------------------------
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 10
ANEXO I ORDENANZA Nº 816/2013 INVITACIÓN A COTIZAR CONCURSO DE PRECIOS NIEVE ARTIFICIAL EN AEROSOL PARA COTILLÓN PROVISIÓN DE MERCADERÍA EN CONSIGNACIÓN OBJETO: Con motivo de los Corsos de Unquillo Edición 2014, la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS UNQUILLO; convoca a CONCURSO DE PRECIOS para la provisión de Nieve Artificial en Aerosol para Cotillón, en envases de capacidad de Cuatrocientos (400 cm3) y Quinientos (500 cm3) Centímetros Cúbicos. CONDICIONES GENERALES: La presente selección de oferentes se regirá por las disposiciones legales y por las Ordenanzas Municipales vigentes. La presentación de la Oferta importa de parte del Oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el Concurso, la evaluación en todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las Bases y Condiciones estipuladas. LUGAR Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: La recepción de las ofertas tendrá lugar en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Unquillo, sita en Avenida San Martín 2186, hasta el día 23de enero de 2014 a las10:00 horas. La presentación debe efectuarse en Sobre Cerrado, sin identificación de firma oferente, con la siguiente leyenda: CORSOS UNQUILLO 2014. NIEVE ARTIFICIAL EN AEROSOL PARA COTILLÓN. CONCURSO DE PRECIOS. APERTURA DE SOBRES: La apertura de las ofertas tendrá lugar el día 23 de enero de 2014 a las 13 hs. en el Salón de la Democracia – Edificio Anexo Municipal de Unquillo. CONTENIDO DE LAS OFERTAS: Las propuestas contendrán en las condiciones especificadas. 1. Provisión de mercadería: Se indicara: A. Precio Unitario por envase (Precio base PESOS ….- $ -), en las presentaciones indicadas al inicio. B. Precio Total para la eventual adquisición en consignación de CUARENTA Y CINCO MIL (45.000) UNIDADES, quedando entendido que el Oferente garantiza la provisión de esta cantidad. 2. Disposiciones generales: A. Relativas a las Mercaderías: 1. Se indicará la marca del producto ofrecido, volumen y peso de cada unidad. El Oferente podrá garantizar sólo una o bien ambas presentaciones. 2. Se indicará también la denominación, domicilio legal y C.U.I.T. del fabricante y / o importador. 3. Se admitirán ofertas correspondientes a marcas y fabricantes incluidos en el último listado Anexo “Nieves”, según información suministrada por la A.N.M.A.T. (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica), sin necesidad de constancia de autorización o habilitación. 4. Para el caso de productos no incluidos en el listado Anexo, se adjuntará fotocopia juramentada de Constancia de autorización y registración de la marca ofrecida, expedida por el Servicio de Productos Cosméticos de la A.N.M.A.T. 5. Se acompañaran también certificados de análisis dérmicos y oculares, expedidos por laboratorios autorizados. 6. Sin perjuicio de las exigencias precedentes, el Oferente adjudicado asume Plena Responsabilidad Civil por la calidad y estado de conservación de la mercadería abastecida. 7. Para el caso de que luego de adjudicada la oferta, la A.N.M.A.T. dispusiere la prohibición de venta del producto ofrecido, la adjudicación quedará sin efecto de pleno derecho, quedando la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS UNQUILLO, habilitada a ejecutar la garantía. 8. Se procederá a la devolución de envases que se encontraren en mal estado, sin propelente, incompletos, defectuosos o vencidos.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 11
9. De igual modo se procederá respecto de aquellos sin etiqueta o en los que resulte imposible identificar la marca, certificado de autorización oficial o número de lote de fabricación. B. Relativas a la forma de pago: 1. El pago se efectuará de contado en el plazo de DIEZ (10) DÍAS de recibida la factura por el monto neto de devoluciones de envases remanentes, consolidando el saldo mediante notas de débito y crédito. 2. Los comprobantes deberán reunir los requisitos exigidos por la Resolución 3419 y modificatorias de la A.F.I.P. y la D.G.R. C. Relativas a las cotizaciones: 1. Las cotizaciones deben expresarse en Moneda Argentina. 2. No podrán contener, cláusulas de actualización monetaria, indexación de precios o variaciones de costos. 3. Los importes deberán incluir I.V.A., por revestir la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS UNQUILLO el carácter de exento ante dicho tributo. D. Relativas a los Oferentes: Las firmas proponentes acompañarán a las Propuestas, la información y constancias que se indican a continuación: 1. Nota de carácter de Declaración Jurada donde se señalen los siguientes datos: • Denominación o Razón Social del Oferente. • Domicilio Legal. • Apellido y Nombre, Documento de Identidad y Domicilio Real del Representante Legal. 2. Fotocopia de la Inscripción en la A.F.I.P. 3. Fotocopia del Documento de Identidad del Titular, Representante Legal o Mandatario de la firma oferente. 4. Original o fotocopia del Presente Pliego, firmado por el Oferente en todas y cada una de sus fojas, con sello o leyenda aclaratoria de puño y letra. 3. Garantía de mantenimiento de la oferta: Deberá acompañarse a la Oferta una garantía equivalente al CINCO POR CINTO (5 %) del Precio Total Cotizado, según Rubro 1, Inciso B., del presente Pliego, debiendo tomarse como base de cálculo el mayor valor resultante. La Garantía podrá constituirse mediante: A. Seguro de caución. B. Aval bancario. C. Pagaré, con firma certificada por Autoridad bancaria o Escribano Público y reposición del Impuesto de Sellos. Será devuelto luego de cumplido su objeto (inmediatamente luego de adjudicación a otro Oferente, o con posterioridad al cumplimiento de las obligaciones asumidas en caso de resultar Adjudicatario). 4. Condiciones de adjudicación: La Adjudicación recaerá en la oferta que a juicio de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS UNQUILLO, resulte ser la más conveniente a sus intereses, no siendo el menor precio cotizado una condición determinante o excluyente a los fines de aquella. En tal sentido, se valorarán especialmente las características diferenciales de las ofertas. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS UNQUILLO, se reserva la atribución de recabar datos adicionales a la información y constancias aportadas por los Oferentes. Se reserva también el derecho de rechazar las ofertas que no resultaren provechosas o estuvieren incompletas. En caso de deficiencias formales leves – cuya evaluación queda a su exclusivo criterio – se solicitará al Oferente que las subsane en un plazo que se fijará prudencialmente. Podrá asimismo declarar desierto el presente Concurso, sin que ello confiere a los Oferentes derechos a reclamo alguno. 5. Notificación al adjudicatario: Decidida la Adjudicación, la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS UNQUILLO, notificará por medio fehaciente al Adjudicatario a los efectos detallados en los apartados precedentes, dentro de los quince días corridos. El incumplimiento de lo estipulado se entenderá como desestimado de su oferta, con la consecuente ejecución de la garantía ofrecida. En tal supuesto, la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS UNQUILLO podrá a su exclusivo criterio dejar sin efecto la convocatoria, o adjudicar a otro proponente. 6. Jurisdicción:
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 12
Los Oferentes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Córdoba, renunciando expresamente a todo otro fuero que pudiere corresponderles con motivo de derechos y obligaciones emergentes de este Pliego. Sin perjuicio de ello, el Oferente deberá antes agotar la Instancia Administrativa conforme a normas procesales vigentes.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 13
ANEXO II ORDENANZA Nº 816/2013 “CONCURSO DE PRECIOS POR INVITACION SERVICIOS DE SONIDO E ILUMINACION CORSOS UNQUILLO 2.014” Artículo 1PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN: El procedimiento de la presente contratación es por Concurso de Precios y se solicita cotización para la PROVISIÓN, COLOCACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE LOS EQUIPOS DE SONIDO E ILUMINACIÓN PARA EL EVENTO CORSOS DE UNQUILLO 2014 en la Ciudad de Unquillo, según especificaciones técnicas y demás detalles y condiciones que surgen del presente pliego mediante la presentación de las ofertas conforme al mismo, adjudicándose a la propuesta técnica que cumpla las necesidades de adquisición y económica más conveniente. Artículo 2.OBJETO DEL CONTRATO: Comprende la provisión, colocación y puesta en servicio de los equipos de sonido e iluminación y en un todo de acuerdo a lo estipulado en las Bases y condiciones particulares del presente Pliego. Artículo 3.PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto oficial total de la presente contratación asciende a la suma única y total de PESOS ciento setenta mil ($170.000) Artículo 4.PRECIO DEL PLIEGO: Se establece en PESOS $1500 el valor del presente pliego. Artículo 5.TERMINOLOGÍA: A los efectos de la aplicación del pliego y demás documentación contractual, se entenderá por: Circulares: Las resoluciones o disposiciones de la Municipalidad que signifiquen complementación o aclaración de cualquier aspecto relacionado con la contratación, ya sea como consecuencia de consulta formulada por algún oferente, o por decisión propia de la Municipalidad. Especificaciones técnicas: norma en la que describen en particular las características, medio y / o modalidades para la prestación de los distintos servicios. Oferente o proponente: profesional, sociedad unipersonal, sociedad legalmente constituida o consorcio de profesionales que formule una oferta. Adjudicatario: el oferente cuya propuesta ha sido adjudicada por acto formal de la administración. Representante: la / s persona / s designada / s por el oferente con amplias facultades para considerar y resolver cuestiones, relativas a la oferta de contrato, obligando al oferente, adjudicatario o concesionario, según corresponda. Contratista o Concesionario: el adjudicatario que haya suscrito el contrato. Artículo 6.DOCUMENTACIÓN: La constituye el presente Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego Particular de Especificaciones Técnicas y Anexos. Artículo 7.FORMA DE COTIZAR: Se deberá cotizar en PESOS sobre la totalidad de los Equipos a suministrar y este será el que abonará la Municipalidad por todo concepto. 8.PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: Toda la documentación requerida se presentará contenida en el sobre presentación, sin membrete comercial, cerrado y lacrado, con rótulo o leyenda que contenga la siguiente inscripción: “MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – PROVISIÓN SONIDO E ILUMINACIÓN EVENTO CORSOS DE UNQUILLO 2014” Todas las ofertas deberán entregarse en sobre cerrado, con original y una copia en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Unquillo, con domicilio en Avenida San Martín Nº 2186, Unquillo, C.P. X5109ABV, hasta las 10:00 (diez) horas del día.23 de enero de 2014. Artículo 9.-
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR DENTRO DEL SOBRE PRESENTACIÓN:
EL SOBRE PRESENTACIÓN, deberá contener: 1. Solicitud de admisión que encabeza la documentación contenida en la propuesta, no estará sometida a fórmula sacramental alguna y contendrá:
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 14
La correcta individualización del oferente, manifestando su intención de participar en el presente Concurso de Precios. • Apellido y Nombre, Documento de Identidad y Domicilio Real del Representante Legal. • Fotocopia de la Inscripción en la A.F.I.P. • Fotocopia del Documento de Identidad del Titular, Representante Legal o Mandatario de la firma oferente. • Firma del o de los representantes legales y / o apoderados que correspondan, quienes deberán acreditar en forma fehaciente la representación y facultades para obligar a la sociedad. Cuando se hubiera actuado en violación a la representación plural, la oferta será desestimada sin más trámite. La omisión no podrá ser salvada ni aún mediante confirmación o saneamiento posterior. • Denuncia del Domicilio Real y constitución del Domicilio Especial. 2. Comprobante de las garantías exigidas por el pliego. 3. Comprobante de la adquisición del pliego de bases y condiciones del presente Concurso de Precios. 4. Pliegos completos firmados, cada folio, por el oferente. 5. Toda otra documentación que se solicite en el pliego particular respectivo. 6. Copia legalizada del poder o de la documentación que acredite la personería o representación del apoderado o representante legal, conforme los términos del presente. EL SOBRE PROPUESTA, cerrado y firmado, con la inscripción propuesta económica del “MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – PROVISIÓN SONIDO E ILUMINACIÓN PARA EL EVENTO CORSOS DE UNQUILLO 2014” y que contendrá la propuesta económica, por duplicado consignando en números y letras, sin enmiendas ni raspaduras, el precio final por los materiales especificados en el presente pliego. En caso de discrepancia el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. Todo lo que se presente demás del pliego debe ir firmado en todas sus fojas por el proponente y / o su representante. 1. Moneda del Concurso: El oferente podrá expresar el precio de la oferta en PESOS, exclusivamente. Deberá señalar el o los monto / s en números y letras. En caso de no coincidencia en lo expresado, se tomara como válido, el importe expresado en letras. 2. Moneda a utilizarse para los pagos. La moneda a utilizarse para los pagos será PESOS, la misma que se utilizará en los precios de la oferta. •
Artículo 10.ADHESIÓN A LAS CONDICIONES DEL PLIEGO: La concurrencia o presentación a este Concurso, significará la aceptación lisa y llana de todas las estipulaciones de este pliego. Consecuentemente, el oferente no podrá con posterioridad invocar en su favor, para justificar los errores en que pudiera haber incurrido al formular la oferta, duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales vigentes. Artículo 11.FACULTAD DE LA MESA DE COORDINACIÓN: La Mesa de Coordinación podrá efectuar de oficio, todas las aclaratorias que considere conveniente respecto de las disposiciones de los pliegos, las que pasarán a integrar las condiciones del presente. Artículo 12.- DE LA INFORMACION SUMINISTRADA POR LOS OFERENTES: Toda la información requerida a los oferentes será presentada con carácter de Declaración Jurada. Toda falsedad comprobada descalificará al oferente, sin perjuicio de las sanciones que corresponda por la falta cometida. Artículo 13.OFERENTES: Las personas físicas, las sociedades regularmente constituidas conforme a las disposiciones de la Ley Nacional Nº 19.550 y las Uniones Transitorias de Empresas. Las personas físicas deberán presentar copia certificada de su inscripción en la Dirección General de Rentas de la Provincia (D.G.R.) y la A.F.I.P. y deberán consignar sus datos personales completos. Las sociedades regulares deberán acompañar a su presentación copia auténtica y legalizada en su caso, del contrato social, estatutos y debidamente inscriptas en el Registro Público de Comercio y acreditar en forma fehaciente la representación y facultades para obligar a la sociedad, de quien formule la presentación. En la misma deberán consignarse además todos los datos personales de los socios que la integran y de los gerentes, apoderados o representantes legales, con excepción de las sociedades de capital, en las que tales recaudos deberán cumplimentarse respecto de los directores, síndicos y demás funcionarios que ejerzan la representación o administración de la misma. Unión Transitoria de Empresas: Las empresas bajo esta forma asociativa deberán acompañar copias certificadas del contrato que instrumenta la unión empresaria, el cual deberá cumplir con la totalidad de los recaudos exigidos por el Artículo Nº 378 de la Ley 19.550.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 15
Así mismo deberán presentar copia certificada por Escribano Público de la documentación correspondiente a cada uno de sus integrantes conforme a lo dispuesto por el Inciso 4º del Artículo Nº 378 de la Ley 19.550. La inscripción en el registro del contrato de Unión Transitoria se realizará solo en caso de que esta resulta adjudicataria, debiendo acreditar, en forma previa a la suscripción del contrato pertinente, la iniciación del trámite judicial a tal fin. La oferta y toda la documentación que se presente a este Concurso deberá ser suscrita por el / los representantes designados en el contrato constitutivo de la U.T.E. con facultades suficientes para obligarlos, en tal sentido a tenor de lo exigido por el Inciso 7º del Artículo 378 del referido cuerpo legal. Artículo 14.VALIDEZ DE LA OFERTA: La oferta tendrá validez por el término de TREINTA (30) Días corridos a contar de la fecha de la apertura de sobres. Artículo 15.GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: El Oferente deberá incluir como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de oferta en su versión original, la cual deberá cubrir el CINCO POR CIENTO (5,0 %) del Presupuesto Oficial, de acuerdo a las siguientes modalidades: En efectivo; o cheque de caja o cheque certificado; seguro de caución; Pagaré a la vista; caja recaudadora de la Municipalidad o mediante depósito en la Cuenta Corriente Nº 209/09 del Banco Provincia de Córdoba, Sucursal Río Ceballos, Banco Nación Argentina 20048, Nuevo Macro 051-16-610/5, acompañando la Nota de Crédito correspondiente. Dicha constitución de Garantía no devengará interés alguno. Cualquiera que fuese el medio elegido; las mismas deberán poder ser hechas efectivas por el contratante durante el lapso de su vigencia, por lo tanto no se admitirán libramientos de pago diferidos o cualquier instrumento que limite la ejecutabilidad del período. La garantía de mantenimiento de oferta será válida por un plazo que debe exceder en TREINTA (30) Días a la fecha de vencimiento del período de validez de la oferta. Esta disposición será aplicable también en el caso que se prorrogue el período de validez de la oferta. Toda oferta que no esté acompañada del comprobante de garantía de mantenimiento de oferta, será rechazada por el contratante por no ajustarse a los documentos del Concurso. Las garantías de mantenimiento de oferta serán devueltas dentro de los DOS (2) Días a partir de que se haya formalizado la contratación con el adjudicatario. Artículo 16.LUGAR Y FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: La Mesa de Coordinación de Corsos queda facultada para fijar día y hora de apertura de las propuestas. Artículo 17.APERTURA Y ACTA DE APERTURA: Las propuestas serán abiertas en acto público, en el lugar, día y hora que a tales efectos establezca La Mesa de Coordinación de Corsos o en el día hábil siguiente en el caso de resultar aquel feriado o inhábil, con intervención de los funcionarios que se designen y en presencia de los interesados que concurran al acto. Los oferentes podrán formular observaciones relacionadas con las presentaciones efectuadas y con el acto, una vez terminada la lectura de todas ellas. Del acto de apertura de sobres se labrará un acta donde se dejará constancia del nombre de cada oferente, del número que corresponda a cada uno y los precios de las cotizaciones de cada una de las propuestas. Asimismo se consignarán en forma sintética las observaciones que formulen los oferentes acerca de la regularidad del acto. Esta acta será rubricada por el funcionario que presida y por los oferentes que hubieran solicitado la inclusión de observaciones o hubieran efectuado manifestación de observaciones de cualquier naturaleza y por los demás oferentes presentes que quisieran hacerlo. Si los oferentes que formulan observaciones no suscriben el acta, las observaciones se tendrán por no formuladas. Artículo 18.IRRECURRIBILIDAD: La resolución sobre la calificación de oferentes y propuestas, previas a la adjudicación, será irrecurrible y no dará derecho a reclamación de ninguna naturaleza, por cuanto queda establecido que ello es facultad privada y exclusiva de la Municipalidad. Artículo 19.EXAMEN PRELIMINAR: La Mesa de Coordinación de Corsos examinará las ofertas para determinar si cada una de ellas se ajusta sustancialmente a los documentos del Concurso, declarándolo desierto en el caso de que las ofertas presentadas no reúnan los requisitos exigidos. Artículo 20.
ADJUDICACION:
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 16
La Adjudicación será efectuada por la Mesa de Coordinación de Corsos al proponente cuya propuesta, a juicio de aquel, resulte más conveniente en atención a los siguientes aspectos. a) Haber cumplido con los requisitos en los pliegos de base. b) Precio cotizado. Asimismo, en caso que LA MESA DE COORDINACIÓNDE CORSOS considere que ninguna de las propuestas es conveniente, podrá rechazar la totalidad de las mismas, sin que esto de derecho a reclamos de ninguna naturaleza a los interesados en la misma. El presente Concurso se adjudicará al Proponente que ofrezca las condiciones técnicas y económicas más convenientes. Artículo 21.NOTIFICACIÓN: Antes de la expiración del período de validez de la oferta, LA MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS notificará al adjudicatario de un modo fehaciente por escrito (fax u otro medio apropiado), que su oferta ha sido aceptada. Al mismo tiempo, el contratante deberá notificar a los demás oferentes el resultado del Concurso. Artículo 22.-
IMPUGNACIONES:
Los participantes podrán presentar impugnaciones a la Adjudicación dentro del término fatal de TRES (3) Días a contar de la respectiva notificación, previa constitución de una garantía en pesos equivalente al UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5 %) del valor de la oferta impugnada, a favor de la Municipalidad, en alguna de formas previstas en el presente pliego. La referida garantía deberá ser constituida por tiempo indeterminado, con carácter irrevocable y ejecutable de pleno derecho y por sola decisión de la Municipalidad y su importe quedará en poder de la misma en caso de ser rechazada la impugnación por resultar manifiestamente infundada, ello sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieran corresponder. La constitución de ésta es condición habilitante para poder efectuar impugnaciones. En caso de ser omitida, la impugnación pertinente se tendrá por no presentada. La Mesa de Coordinación de Corsos resolverá sobre las impugnaciones planteadas y comunicará sus decisiones mediante notificaciones a los Participantes. Los recursos administrativos que se dedujeren contra la resolución de una impugnación o contra cualquiera de las etapas de la misma o contra cualquier decisión de la Municipalidad no tendrán efecto suspensivo. En caso que la impugnación resulte fundada, dicho depósito será devuelto a solicitud del recurrente una vez resuelto el caso por la autoridad competente. En todos los casos y como requisito indispensable para reclamar por la vía judicial deberá agotarse previamente la vía administrativa. Artículo 23.- GARANTÍA DE CONTRATO: Dentro de los DIEZ (10) Días hábiles a la notificación de la adjudicación, el Oferente seleccionado suministrará una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que será por un DIEZ POR CIENTO (10 %) del precio del Contrato, en alguna de las modalidades previstas para la garantía de mantenimiento de la oferta. La garantía de mantenimiento de la oferta se convertirá en garantía de cumplimiento de contrato, debiendo complementar el oferente el porcentaje restante por los medios y modos previstos en el presente Pliego. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta dentro de los VEINTE (20) Días a partir de que haya cumplimentado el Contrato. Artículo 24FORMALIZACION DEL CONTRATO: Notificado el Adjudicatario de que su oferta ha sido aceptada, el Contratante formalizará el contrato incorporando todos los acuerdos necesarios entre las partes. Artículo 25El adjudicatario declara y asume que es su exclusiva y única responsabilidad, el cumplimiento de todo aquello que corresponda a las actividades que deban realizar las personas que subcontratare para el cumplimiento de la prestación objeto de este contrato.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 17
Artículo 26LA MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS se compromete abonar al adjudicatario, la suma TOTAL DE HASTA PESOS CIENTO SETENTA MIL ($ 170.000) que será abonada dentro de los QUINCE (15) días hábiles a contar de la fecha de inicio del evento Corsos Unquillo 2014, contra la presentación de factura tipo “B” ó “C”, atendiendo la condición del IVA de la MESA DE COORDINACION DE CORSOS. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta dentro de los VEINTE (20) Días posteriores a la fecha de vencimiento de la garantía de los bienes previstos en el presente pliego. Artículo 27RECLAMACIÓN PREVIA: En forma previa a la promoción de cualquier demanda judicial, el afectado estará obligado a formular reclamación administrativa ante la Municipalidad, tendiente a obtener el pronunciamiento del Departamento Ejecutivo. CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE SONIDO. LISTADO DE NECESIDADES REQUERIMIENTO TECNICO PARA SONORIZAR LA DOBLE AVENIDA SAN MARTÍN EVENTO: CORSO DE UNQUILLO 2014 NIVEL SPL requerido frente al escenario: 120 db NIVEL SPL requerido a lo largo de la avenida: 90 db 1- Sistemas de PA (frente) para escenario principal, monitoreo y sidefeel para bandas grandes. Contemplar la cantidad de mezclas de monitoreo de una banda de rider complejo. 2- La cantidad de sistemas de sonido auxiliares necesarios para satisfacer los niveles de spl requeridos. 3- Iluminación para espectáculos del escenario principal frente, side y back: cabezas móviles, par 64 1000 w, par 64 LED rgbw, (seguidor hmi, humo, flash, etc ). 4- Iluminación para el público situado al frente del escenario. 5- Iluminación auxiliar general para sentido sur norte de doble avenida (lado Municipalidad, mano hacia Río Ceballos). 6- Musicalización, operación y asistencia de escenario principal y palcos auxiliares, para llevar a cabo el evento satisfactoriamente. 7- Microfonería profesional para grupos de género musical variado. Incluir 2 micrófonos inalámbricos de largo alcance ( 200 mts) 8- Opcional a tratar con el licitante: Filmación y transmisión del evento en vivo. Situar pantallas y proyectores en puntos estratégicos de la doble avenida. 9- Sonido e iluminación sobre tres (3) palcos dispuestos sobre la Doble Avenida San Martín Es importante destacar que cae sobre el licitante la responsabilidad de que el evento se realice en tiempo y forma. Además de que deberá contactarse con los grupos que actuaran en el evento antes de definir el presupuesto final. Se deberá contemplar dentro del presupuesto el material extra utilizado para alguna situación imprevista, personal, viáticos y absolutamente todos los ítems para que el licitante sea autosuficiente y pueda llevar a cabo el corso como único responsable del evento.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 18
ANEXO III ORDENANZA Nº 816/2013“CONCURSO DE OFERENTES CONCESIÓN ESPACIO PÚBLICO VENTA DE COMIDAS Y BEBIDAS CORSOS UNQUILLO 2.014” CAPÍTULO I CONDICIONES GENERALES 1.- CONVOCATORIA: 1. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS UNQUILLO 2.014 invita a presentar ofertas para cotizar la concesión de espacio público destinado a la venta de comidas y bebidas, en el predio de la Doble Avenida San Martín, durante el evento Corsos de Unquillo,. 2. Solamente serán tenidas en cuenta las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Pliego. 3. Los interesados podrán obtener información adicional en la Secretaría Privada de Intendencia por la mañana, y por la tarde en la oficina de atención de la MESA DE COORDINACIÓN CORSOS DE UNQUILLO, con domicilio en Avenida San Martín Nº 2186, Unquillo, C. P. X5109ABV, teléfono 03543-488853, 488106 y 488999 4. Todas las ofertas deberán entregarse en sobre cerrado, con original y una copia, en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Unquillo, con domicilio en Avenida San Martín Nº 2186, Unquillo, C.P. X5109ABV, hasta las DIEZ (10:00) Horas del día 21 de enero de 2014 y deben ser acompañadas de una garantía de mantenimiento de oferta por un monto de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA ($650,00), estipulado en el Pliego de la presente Concurso de Oferentes. 5. Las ofertas serán abiertas a las trece (13:00) Horas del día 21 de enero de 2014 en el Salón de la Democracia – Edificio Anexo Municipal, sito en Avenida San Martín Nº 2186, Unquillo. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS DE UNQUILLO no tiene obligación de contratar con alguna de las personas que hayan presentado ofertas. 2.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN: El procedimiento de la contratación es por Concurso de Precios en los términos de la Ordenanza Nº 561/2008 y modificaciones conforme a las condiciones establecidas en la presente. 3.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: Toda la documentación requerida se presentará contenida en el sobre presentación, sin membrete comercial, cerrado y lacrado, con rótulo o leyenda que contenga la siguiente inscripción: “MESA DE COORDINACION DE CORSOS UNQUILLO - CONCURSO DE OFERENTES CONCESIÓN ESPACIO PÚBLICO VENTA DE COMIDAS Y BEBIDAS CORSOS UNQUILLO 2.014.” 4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR DENTRO DEL SOBRE PRESENTACIÓN: EL SOBRE PRESENTACIÓN, deberá contener: 1. Nota del oferente identificándose con apellido y nombre y documento de identidad, manifieste su intención de participar en el presente Concurso de Oferentes. 2. Fotocopia de Documento Nacional de Identidad. 3. Denuncia del domicilio real, anexando una fotocopia del pago de un servicio y/o fotocopia de Documento Nacional de Identidad, y constitución de un domicilio especial dentro de la ciudad de Unquillo. 4. Comprobante de cumplimiento de las garantías exigidas por el pliego. 5. Comprobante de la adquisición del pliego de bases y condiciones del presente Concurso de Precios. 6. Pliegos completos firmados en cada folio, por el oferente. 7. Antecedentes en el rubro y en el evento Corsos Unquillo, si los tuviese. 8. Declaración jurada de los bienes a utilizar, a tal fin deberá indicar la nómina y tipos de útiles, muebles, vajillas y demás elementos necesarios para la presente concesión. 9. Toda otra documentación que se solicite en el pliego particular respectivo. EL SOBRE PROPUESTA, cerrado y firmado, con la inscripción propuesta económica “MESA DE COORDINACION DE CORSOS UNQUILLO - CONCURSO DE OFERENTES CONCESIÓN ESPACIO PÚBLICO VENTA DE COMIDAS Y BEBIDAS CORSOS UNQUILLO 2014”, que contendrá la propuesta económica por duplicado consignando en números y letras, sin enmiendas ni raspaduras. En caso de discrepancia prevalecerá el importe expresado en letras. Asimismo dentro del sobre propuesta se deberá indicar la forma de pago de la propuesta económica, elegida conforme las opciones establecidas en el presente.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 19
Todo lo que se presente demás del pliego debe ir firmado en todas sus fojas por el proponente y / o su representante. 5.- BASE MÍNIMA DE LA CONCESIÓN: La Base mínima de la concesión asciende a la suma total de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS MIL ($ 7.500,00) para los KIOSKOS identificados como 1 al 5, en PESOS OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 8.750,00) para los KIOSKOS identificados como 6 al 12. 6.- DIFERENTES FORMAS DE PAGO: El oferente debe optar entre algunas de las siguientes formas del pago de la propuesta económica ofrecida. a) Contado efectivo. b) Cheque de caja o cheque certificado. c) Cincuenta por ciento (50 %) al contado y cincuenta por ciento hasta la fecha máxima del 10 de Febrero de 2014. 7.- PRECIO DEL PLIEGO: Se establece en PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250,00) el valor del presente pliego. 8.- ADHESIÓN A LAS CONDICIONES DEL PLIEGO: La concurrencia o presentación a este concurso, significará la aceptación lisa y llana de todas las estipulaciones de este pliego. Consecuentemente, el oferente no podrá con posterioridad invocar en su favor, para justificar los errores en que pudiera haber incurrido al formular la oferta, duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales vigentes 9.- FACULTAD DE LA MESA DE COORDINACION: La MESA DE COORDINACIÓN podrá efectuar de oficio, todas las aclaratorias que considere conveniente respecto de las disposiciones de los pliegos, las que pasarán a integrar las condiciones del presente. 10.- DE LA INFORMACION SUMINISTRADA POR LOS OFERENTES: Toda la información requerida a los oferentes será presentada con carácter de declaración jurada. Toda falsedad comprobada descalificará al oferente, sin perjuicio de las sanciones que correspondas por la falta cometida. 11.- OFERENTES: Podrán ser oferentes todas aquellas personas que no se encuentren comprendidas en las disposiciones, prohibiciones e inhabilidades establecidas en la Ordenanza Nº 561/2008 y modificatorias, que no posean deudas vencidas con el Municipio por tasas o contribuciones que pudiesen corresponderle, de acuerdo a los registros municipales. 12.- VALIDEZ DE LA OFERTA: La oferta tendrá validez por el término de TREINTA (30) Días corridos a contar de la fecha de la apertura de sobres. 13.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: El Oferente deberá incluir como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de oferta en su versión original, la cual deberá cubrir el DIEZ POR CIENTO (10 %) del presupuesto oficial, de acuerdo a las siguientes modalidades: a) En efectivo; b) cheque de caja o cheque certificado; c) Pagaré a la vista; d) Deposito realizado en la Caja recaudadora de la Municipalidad o e) Deposito realizado mediante depósito en la cuenta corriente Nº 209/09 del Banco Provincia de Córdoba, Sucursal Río Ceballos ó Banco Nación Argentina 20048 o Banco Macro 051-16-610/5, acompañando la Nota de Crédito correspondiente. Dicha constitución de Garantía no devengará interés alguno. Cualquiera que fuese el medio elegido; las mismas deberán poder ser hechas efectivas por el contratante durante el lapso de su vigencia, por lo tanto no se admitirán libramientos de pago diferidos o cualquier instrumento que limite la ejecutabilidad del período. La garantía de mantenimiento de oferta será válida por un plazo que debe exceder en TREINTA (30) Días a la fecha de vencimiento del período de validez de la oferta. Esta disposición será aplicable también en el caso que se prorrogue el período de validez de la oferta. Toda oferta que no esté acompañada del comprobante de garantía de mantenimiento de oferta, será rechazada por el contratante por no ajustarse a los documentos del Concurso. Las garantías de mantenimiento de oferta serán devueltas dentro de los CINCO (5) Días a partir de que se haya formalizado la contratación con el adjudicatario. 14.- LUGAR Y FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: El lugar, fecha y hora de la apertura serán fijados por la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 20
15.- APERTURA Y ACTA DE APERTURA: La Comisión de Adjudicación designada oportunamente por la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS y dos Concejales designado por ese cuerpo serán los encargados de abrir las propuestas en acto público y en presencia de los interesados que concurran al acto. Las propuestas se abrirán en el lugar, día y hora indicados o en el día hábil siguiente en el caso de resultar aquel feriado o inhábil. Los oferentes podrán formular observaciones relacionadas con las presentaciones efectuadas y con el acto, una vez terminada la lectura de todas ellas. Del acto de apertura de sobres se labrará un acta donde se dejará constancia del nombre de cada oferente, del número que corresponda a cada uno y los precios de las cotizaciones de cada una de las propuestas. Asimismo se consignarán en forma sintética las observaciones que formulen los oferentes acerca de la regularidad del acto. Esta acta será rubricada por los miembros de la Comisión designada a tal efecto y por los oferentes que hubieran solicitado la inclusión de observaciones o hubieran efectuado manifestación de observaciones de cualquier naturaleza y por los demás oferentes presentes que quisieran hacerlo. Si los oferentes que formulan observaciones no suscriben el acta, las observaciones se tendrán por no formuladas. 16.- IRRECURRIBILIDAD: La resolución sobre la calificación de oferentes y propuestas, previas a la adjudicación, será irrecurrible y no dará derecho a reclamación de ninguna naturaleza, por cuanto queda establecido que ello es facultad privada y exclusiva de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS. 17.- EXAMEN PRELIMINAR: La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS examinará las ofertas para determinar si cada una de ellas se ajusta sustancialmente a los documentos del presente Concurso, declarándolo desierto en el caso de que las ofertas presentadas no reúnan los requisitos exigidos. 18.- ADJUDICACION: La Adjudicación será efectuada por la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS al proponente cuya propuesta, a juicio de aquel, resulte más conveniente en atención a los siguientes aspectos. a) Haber cumplido con los requisitos en los pliegos de base. b) Precio cotizado. c) Forma de pago. d) Elementos de Trabajo. Asimismo, en caso que la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS, considere que ninguna de las propuestas es conveniente, podrá rechazar la totalidad de las mismas, sin que esto de derecho a reclamos de ninguna naturaleza a los interesados en la misma. El presente Concurso se adjudicará al Proponente que ofrezca las condiciones técnicas y económicas más convenientes. 19.- NOTIFICACIÓN: Antes de la expiración del período de validez de la oferta, el Contratante notificará al Adjudicatario de un modo fehaciente por escrito (fax u otro medio apropiado), que su oferta ha sido aceptada. Al mismo tiempo, el Contratante deberá notificar a los demás oferentes el resultado del Concurso. 20.- IMPUGNACIONES: Los participantes podrán presentar impugnaciones a la Adjudicación dentro del término fatal de TRES (3) Días a contar de la respectiva notificación, previa constitución de una garantía en pesos equivalente al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor de la oferta impugnada, a favor de la organización, en alguna de formas previstas en el presente pliego. La referida garantía deberá ser constituida por tiempo indeterminado, con carácter irrevocable y ejecutable de pleno derecho y por sola decisión de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS y su importe quedará en poder de la misma en caso de ser rechazada la impugnación por resultar manifiestamente infundada, ello sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieran corresponder. La constitución de ésta es condición habilitante para poder efectuar impugnaciones. En caso de ser omitida, la impugnación pertinente se tendrá por no presentada. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS resolverá sobre las impugnaciones planteadas y comunicará sus decisiones mediante notificaciones a los Participantes. Los recursos administrativos que se dedujeren contra la resolución de una impugnación o contra cualquiera de las etapas de la misma o contra cualquier decisión de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS no tendrán efecto suspensivo. En caso que la impugnación resulte fundada, dicho depósito será devuelto a solicitud del recurrente una vez resuelto el caso por la autoridad competente.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 21
En todos los casos y como requisito indispensable para reclamar por la vía judicial deberá agotarse previamente la vía administrativa. 21.- GARANTÍA DE CONTRATO: Dentro de los DIEZ (10) Días hábiles a la notificación de la adjudicación, el Oferente seleccionado suministrará una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que será por un VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) del precio del Contrato, en alguna de las modalidades previstas para la garantía de mantenimiento de la oferta. La garantía de mantenimiento de la oferta se convertirá en garantía de cumplimiento de contrato, debiendo complementar el oferente el porcentaje restante por los medios y modos previstos en el presente Pliego. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta dentro de los VEINTE (20) Días a partir de que haya cumplimentado el Contrato. 22.- FORMALIZACION DEL CONTRATO: Notificado el Adjudicatario de que su oferta ha sido aceptada, el Contratante formalizará el contrato incorporando todos los acuerdos necesarios entre las partes. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS se reserva la facultad de establecer, para la presente concesión, las condiciones de compra y comercialización de pan, bebidas con o sin alcohol, hielo, descartables, productos cárnicos y demás productos alimenticios, que estime conveniente. CAPÍTULO II CONDICIONES PARTICULARES DE LA CONCESIÓN 23.- DISPOSICIONES A OBSERVAR POR PARTE DEL CONCESIONARIO: a) El espacio deberá ser destinado exclusivamente a la concesión conforme los términos de la presente. b) El horario mínimo de atención al público será de 21:00 horas a 04:00 horas durante los días previstos para la celebración de los Corsos de Unquillo 2.013 c) La atención al público deberá ser esmerada y el espacio como los elementos de servicios afectados a la concesión serán objeto del más riguroso aseo. d) Es responsabilidad exclusiva del concesionario, el mantenimiento y conservación de los bienes e instalaciones que se otorgan en concesión, estando a su cargo la reposición de vidrios, cerraduras, canillas de agua, llaves de luz, artefactos de iluminación y / o partes o todo del componente kiosco de chapa, entregado en concesión, etc., afectados a la explotación; por cualquier rotura o deterioro que se produjera durante el transcurso de la concesión. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS entregará el componente kiosco de chapas, en perfectas condiciones de uso, debiendo ser reintegrado al vencimiento de la concesión en las mismas condiciones, salvo deterioro propio del uso normal del mismo. e) Quedará terminantemente prohibido al adjudicatario realizar mejoras de cualquier especie en el espacio, objeto de concesión, sin expresa autorización por escrito de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS; las instalaciones de propiedad del concesionario que de algún modo se adhieran al inmueble pasarán a ser de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS. f) No podrá el adjudicatario transferir la concesión en todo o en parte, o sub – alquilar o modificar su destino. g) El espacio que se da en concesión podrá ser inspeccionado por la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS en cualquier momento para constatar las condiciones de higiene, atención al público y cumplimiento de las normas que reglamentan su funcionamiento. h) Los muebles, útiles e instalaciones destinadas al servicio, deberán ajustarse a las necesidades que requiera un óptimo servicio. i) El ambiente dispuesto para la atención al público deberá estar orientado en observación a las normas morales y de buenas costumbres. No podrán realizarse la venta de publicaciones y / u objetos pornográficos; asimismo no se permitirá la permanencia en el local de personas en estado de ebriedad y / o que molesten al público. j) El concesionario deberá mantener en exposición visible al público, lista completa de los insumos y servicios que se prestan, con sus respectivos precios, los que no podrán superar a los vigentes en bares y negocios del ramo existente en la localidad al momento de su vigencia. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS podrá, en cualquier momento verificar los mismos. k) Las mercaderías adquiridas por el concesionario, así como los envases vacíos, deberán estar debidamente almacenados en la sección destinada a su aprovisionamiento, no pudiendo permanecer por ningún motivo obstruyendo los lugares destinados al público.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 22
l)
El concesionario no podrá, en ningún momento, suspender sus funciones salvo caso de fuerza mayor. En presencia de circunstancias que pudieren compelerle a suspender en sus tareas, deberá comunicarlo a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS y esperar su autorización antes de proceder al cierre. m) El concesionario deberá mantener y proveer los útiles, muebles, vajillas y demás elementos necesarios para la explotación. n) El concesionario deberá observar lo dispuesto en la Ordenanza Nº 360/2005, que regula el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y demás normativa legal vigente.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 23
ANEXO IV ORDENANZA Nº 816/2013 “CONCURSO DE PRECIOS POR INVITACION SERVICIO DE PROVISION MAYORISTA DE COMIDAS Y BEBIDAS A LOS PUESTOS DE VENTA CONCESIONADOS POR LA MESA DE COORDINACION DE CORSOS AUTORIZADOS A FUNCIONAR DENTRO DEL PREDIO DE LA DOBLE AVENIDA SAN MARTIN CORSOS UNQUILLO 2.014” CAPÍTULO I CONDICIONES GENERALES 1.- CONVOCATORIA: 1. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS UNQUILLO 2.014 invita a presentar ofertas para cotizar la concesión del servicio de provisión mayorista de comidas y bebidas a los puestos de venta autorizados a funcionar dentro del predio de la doble avenida San Martín durante el evento Corsos de Unquillo 2014. 2. Solamente serán tenidas en cuenta las ofertas que cumplan con los requisitos establecidas en el presente Pliego. 3. Los interesados podrán obtener información adicional en la Secretaría Privada de Intendencia por la mañana, y por la tarde en la oficina de atención de la MESA DE COORDINACIÓN CORSOS DE UNQUILLO, con domicilio en Avenida San Martín Nº 2186, Unquillo, C. P. X5109ABV, teléfono 03543-488853, 488106 y 488999 4. Todas las ofertas deberán entregarse en sobre cerrado, con original y una copia, en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Unquillo, con domicilio en Avenida San Martín Nº 2186, Unquillo, C.P. X5109ABV, hasta las DIEZ (10:00) Horas del día 23 de enero de 2014 y deben ser acompañadas de una garantía de mantenimiento de oferta por un monto de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO ($ 625,00), estipulado en el Pliego de la presente Concurso de Oferentes. 5. Las ofertas serán abiertas a las QUINCE (15:00) Horas del día 23 de enero de 2014 en el Salón de la Democracia – Edificio Anexo Municipal Avenida San Martín Nº 2.186, Unquillo. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS DE UNQUILLO no tiene obligación de contratar con alguna de las personas que hayan presentado ofertas. 2.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN: El procedimiento de la contratación es por Concurso de Precios por Invitación en los términos de la Ordenanza Nº 561/2008 y modificaciones conforme a las condiciones establecidas en la presente. 3.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: Toda la documentación requerida se presentará contenida en el sobre presentación, sin membrete comercial, cerrado y lacrado, con rótulo o leyenda que contenga la siguiente inscripción: “MESA DE COORDINACION DE CORSOS UNQUILLO - CONCURSO DE OFERENTES SERVICIO DE PROVISION MAYORISTA DE COMIDAS Y BEBIDAS A LOS PUESTOS DE VENTA CONCESIONADOS POR LA MESA DE COORDINACION DE CORSOS AUTORIZADOS A FUNCIONAR DENTRO DEL PREDIO DE LA DOBLE AVENIDA SAN MARTIN CORSOS UNQUILLO 2.014”. 4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR DENTRO DEL SOBRE PRESENTACIÓN: EL SOBRE PRESENTACIÓN, deberá contener: 1. Nota del oferente identificándose con apellido y nombre y documento de identidad, manifestando su intención de participar en el presente Concurso de Oferentes. 2. Fotocopia de Documento Nacional de Identidad. 3. Denuncia del domicilio real, anexando una fotocopia del pago de un servicio y/o fotocopia de Documento Nacional de Identidad, y constitución de un domicilio especial dentro de la ciudad de Unquillo. 4. Comprobante de cumplimiento de las garantías exigidas por el pliego. 5. Comprobante de la adquisición del pliego de bases y condiciones del presente Concurso de Precios. 6. Pliegos completos firmados en cada folio, por el oferente. 7. Antecedentes en el rubro y en el evento Corsos Unquillo, si los tuviese. 8. Declaración jurada de los bienes a utilizar, a tal fin deberá indicar la nómina y tipos de útiles, muebles, vajillas y demás elementos necesarios para la presente concesión. 9. Declaración jurada expresando la modalidad de venta a implementar con los kioscos o puestos minoristas, modalidad de entrega de la mercadería (vehículo, tiempos, reposición), espacio físico que utilizará para instalar la mercadería y cualquier otra especificación que amplíe o aclare el proyecto de trabajo a desarrollar. 10. Toda otra documentación que se solicite en el pliego particular respectivo. EL SOBRE PROPUESTA, cerrado y firmado, con la inscripción propuesta económica “MESA DE COORDINACION DE CORSOS UNQUILLO - CONCURSO DE OFERENTES SERVICIO DE PROVISION MAYORISTA DE COMIDAS Y
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 24
BEBIDAS A LOS PUESTOS DE VENTA CONCESIONADOS POR LA MESA DE COORDINACION DE CORSOS AUTORIZADOS A FUNCIONAR DENTRO DEL PREDIO DE LA DOBLE AVENIDA SAN MARTIN CORSOS UNQUILLO 2.014”, que contendrá la propuesta económica por duplicado consignando en números y letras, sin enmiendas ni raspaduras. En caso de discrepancia prevalecerá el importe expresado en letras. Asimismo dentro del sobre propuesta se deberá indicar la forma de pago de la propuesta económica, elegida conforme las opciones establecidas en el presente. Todo lo que se presente demás del pliego debe ir firmado en todas sus fojas por el proponente y / o su representante. 5.- BASE MÍNIMA DE LA CONCESIÓN: La Base mínima de la concesión asciende a la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00). 6.- DIFERENTES FORMAS DE PAGO: El oferente debe optar entre algunas de las siguientes formas del pago de la propuesta económica ofrecida. a) Contado efectivo. b) Cheque de caja o cheque certificado. c) Cincuenta por ciento (50 %) al contado y cincuenta por ciento hasta la fecha máxima dispuesta por la Mesa de Coordinación 7.- PRECIO DEL PLIEGO: Se establece en PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 650,00)$ 650 el valor del presente pliego. 8.- ADHESIÓN A LAS CONDICIONES DEL PLIEGO: La concurrencia o presentación a este concurso, significará la aceptación lisa y llana de todas las estipulaciones de este pliego. Consecuentemente, el oferente no podrá con posterioridad invocar en su favor, para justificar los errores en que pudiera haber incurrido al formular la oferta, duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales vigentes 9.- FACULTAD DE LA MESA DE COORDINACION: La MESA DE COORDINACIÓN podrá efectuar de oficio, todas las aclaratorias que considere conveniente respecto de las disposiciones de los pliegos, las que pasarán a integrar las condiciones del presente. 10.- DE LA INFORMACION SUMINISTRADA POR LOS OFERENTES: Toda la información requerida a los oferentes será presentada con carácter de declaración jurada. Toda falsedad comprobada descalificará al oferente, sin perjuicio de las sanciones que correspondas por la falta cometida. 11.- OFERENTES: Podrán ser oferentes todas aquellas personas que no se encuentren comprendidas en las disposiciones, prohibiciones e inhabilidades establecidas en la Ordenanza Nº 561/2008 y modificatorias, que no posean deudas vencidas con el Municipio por tasas o contribuciones que pudiesen corresponderle, de acuerdo a los registros municipales. 12.- VALIDEZ DE LA OFERTA: La oferta tendrá validez por el término de TREINTA (30) Días corridos a contar de la fecha de la apertura de sobres. 13.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: El Oferente deberá incluir como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de oferta en su versión original, la cual deberá cubrir el DIEZ POR CIENTO (10 %) del presupuesto oficial, de acuerdo a las siguientes modalidades: a) En efectivo; b) cheque de caja o cheque certificado; c) Pagaré a la vista; d) Deposito realizado en la Caja recaudadora de la Municipalidad o e) Deposito realizado mediante depósito en la cuenta corriente Nº 209/09 del Banco Provincia de Córdoba, Sucursal Río Ceballos ó Banco Nación Argentina 20048 ó Banco Macro 051-16-610/5, acompañando la Nota de Crédito correspondiente. Dicha constitución de Garantía no devengará interés alguno. Cualquiera que fuese el medio elegido; las mismas deberán poder ser hechas efectivas por el contratante durante el lapso de su vigencia, por lo tanto no se admitirán libramientos de pago diferidos o cualquier instrumento que limite la ejecutabilidad del período.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 25
La garantía de mantenimiento de oferta será válida por un plazo que debe exceder en TREINTA (30) Días a la fecha de vencimiento del período de validez de la oferta. Esta disposición será aplicable también en el caso que se prorrogue el período de validez de la oferta. Toda oferta que no esté acompañada del comprobante de garantía de mantenimiento de oferta, será rechazada por el contratante por no ajustarse a los documentos del Concurso. Las garantías de mantenimiento de oferta serán devueltas dentro de los CINCO (5) Días a partir de que se haya formalizado la contratación con el adjudicatario. 14.- LUGAR Y FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: El lugar, fecha y hora de la apertura serán fijados por la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS. 15.- APERTURA Y ACTA DE APERTURA: La Comisión de Adjudicación designada oportunamente por la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS y dos Concejales designado por ese cuerpo serán los encargados de abrir las propuestas en acto público y en presencia de los interesados que concurran al acto. Las propuestas se abrirán en el lugar, día y hora indicados o en el día hábil siguiente en el caso de resultar aquel feriado o inhábil. Los oferentes podrán formular observaciones relacionadas con las presentaciones efectuadas y con el acto, una vez terminada la lectura de todas ellas. Del acto de apertura de sobres se labrará un acta donde se dejará constancia del nombre de cada oferente, del número que corresponda a cada uno y los precios de las cotizaciones de cada una de las propuestas. Asimismo se consignarán en forma sintética las observaciones que formulen los oferentes acerca de la regularidad del acto. Esta acta será rubricada por los miembros de la Comisión designada a tal efecto y por los oferentes que hubieran solicitado la inclusión de observaciones o hubieran efectuado manifestación de observaciones de cualquier naturaleza y por los demás oferentes presentes que quisieran hacerlo. Si los oferentes que formulan observaciones no suscriben el acta, las observaciones se tendrán por no formuladas. 16.- IRRECURRIBILIDAD: La resolución sobre la calificación de oferentes y propuestas, previas a la adjudicación, será irrecurrible y no dará derecho a reclamación de ninguna naturaleza, por cuanto queda establecido que ello es facultad privada y exclusiva de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS. 17.- EXAMEN PRELIMINAR: La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS examinará las ofertas para determinar si cada una de ellas se ajusta sustancialmente a los documentos del presente Concurso, declarándolo desierto en el caso de que las ofertas presentadas no reúnan los requisitos exigidos. 18.- ADJUDICACION: La Adjudicación será efectuada por la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS al proponente cuya propuesta, a juicio de aquel, resulte más conveniente en atención a los siguientes aspectos. a) Haber cumplido con los requisitos en los pliegos de base. b) Precio cotizado. c) Forma de pago. d) Elementos de Trabajo. Asimismo, en caso que la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS, considere que ninguna de las propuestas es conveniente, podrá rechazar la totalidad de las mismas, sin que esto de derecho a reclamos de ninguna naturaleza a los interesados en la misma. El presente Concurso se adjudicará al Proponente que ofrezca las condiciones técnicas y económicas más convenientes. 19.- NOTIFICACIÓN: Antes de la expiración del período de validez de la oferta, el Contratante notificará al Adjudicatario de un modo fehaciente por escrito (fax u otro medio apropiado), que su oferta ha sido aceptada. Al mismo tiempo, el Contratante deberá notificar a los demás oferentes el resultado del Concurso. 20.- IMPUGNACIONES: Los participantes podrán presentar impugnaciones a la Adjudicación dentro del término fatal de TRES (3) Días a contar de la respectiva notificación, previa constitución de una garantía en pesos equivalente al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor de la oferta impugnada, a favor de la organización, en alguna de formas previstas en el presente pliego. La referida garantía deberá ser constituida por tiempo indeterminado, con carácter irrevocable y ejecutable de pleno derecho y por sola decisión de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS y su importe quedará en poder de la misma
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 26
en caso de ser rechazada la impugnación por resultar manifiestamente infundada, ello sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieran corresponder. La constitución de ésta es condición habilitante para poder efectuar impugnaciones. En caso de ser omitida, la impugnación pertinente se tendrá por no presentada. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS resolverá sobre las impugnaciones planteadas y comunicará sus decisiones mediante notificaciones a los Participantes. Los recursos administrativos que se dedujeren contra la resolución de una impugnación o contra cualquiera de las etapas de la misma o contra cualquier decisión de la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS no tendrán efecto suspensivo. En caso que la impugnación resulte fundada, dicho depósito será devuelto a solicitud del recurrente una vez resuelto el caso por la autoridad competente. En todos los casos y como requisito indispensable para reclamar por la vía judicial deberá agotarse previamente la vía administrativa. 21.- GARANTÍA DE CONTRATO: Dentro de los DIEZ (10) Días hábiles a la notificación de la adjudicación, el Oferente seleccionado suministrará una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que será por un VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) del precio del Contrato, en alguna de las modalidades previstas para la garantía de mantenimiento de la oferta. La garantía de mantenimiento de la oferta se convertirá en garantía de cumplimiento de contrato, debiendo complementar el oferente el porcentaje restante por los medios y modos previstos en el presente Pliego. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta dentro de los VEINTE (20) Días a partir de que haya cumplimentado el Contrato. 22.- FORMALIZACION DEL CONTRATO: Notificado el Adjudicatario de que su oferta ha sido aceptada, el Contratante formalizará el contrato incorporando todos los acuerdos necesarios entre las partes. La MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS se reserva la facultad de establecer, para la presente concesión, las condiciones de compra y comercialización de pan, bebidas con o sin alcohol, hielo, descartables, productos cárnicos y demás productos alimenticios, que estime conveniente. CAPÍTULO II CONDICIONES PARTICULARES DE LA CONCESIÓN 23.- DISPOSICIONES A OBSERVAR POR PARTE DEL CONCESIONARIO: o) La concesión deberá ser excluyentemente conforme los términos de la presente. p) El horario mínimo de atención a los puestos será de 18:00 horas a 04:00 horas durante los días previstos para la celebración de los Corsos de Unquillo 2.013 q) La atención a los puestos deberá ser esmerada y el espacio como los elementos de servicios afectados a la concesión serán objeto del más riguroso aseo, garantizando la reposición de mercadería durante todo el evento. r) No podrá el adjudicatario transferir la concesión en todo o en parte, o sub – alquilar o modificar su destino. s) El adjudicatario podrá ser inspeccionado por la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS en cualquier momento para constatar las condiciones de higiene, atención al público y cumplimiento de las normas que reglamentan su funcionamiento. t) Los muebles, útiles e instalaciones destinadas al servicio, deberán ajustarse a las necesidades que requiera un óptimo servicio. u) El ambiente dispuesto para la atención a los puestos minoristas deberá estar orientado en observación a las normas morales y de buenas costumbres. No podrán realizarse la venta de publicaciones y / u objetos pornográficos; asimismo no se permitirá la permanencia en el local de personas en estado de ebriedad y / o que molesten al público. v) El concesionario deberá mantener en exposición visible al público, lista completa de los insumos que se venden con sus respectivos precios, los que deberán ser coordinados y convenidos previamente con la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS quien podrá, en cualquier momento verificar los mismos. w) Las mercaderías adquiridas por el concesionario, así como los envases vacíos, deberán estar debidamente almacenados en el espacio físico que fijó al momento de realizar la oferta, no pudiendo permanecer por ningún motivo obstruyendo los lugares destinados al público. x) El concesionario no podrá, en ningún momento, suspender sus funciones salvo caso de fuerza mayor. En presencia de circunstancias que pudieren compelerle a suspender en sus tareas, deberá comunicarlo a la MESA DE COORDINACIÓN DE CORSOS y esperar su autorización antes de proceder al cierre.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 27
y) El concesionario deberá mantener y proveer los útiles, muebles, vajillas y demás elementos necesarios para la explotación. El concesionario deberá observar lo dispuesto en la Ordenanza Nº 360/2005, que regula el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y demás normativa legal vigente.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 28
ORDENANZA Nº 817/ 2013 OBJETO: Fijar para el año 2014, los montos de Tasas y Contribuciones Municipales. VISTO: Las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 8102 (Ley Orgánica Municipal) y demás leyes y disposiciones normativas vigentes. Y CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha elevado a consideración del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, el Proyecto de Ordenanza Impositiva Municipal para el año 2014. Que es atribución de este Concejo Deliberante fijar los montos de las Tasas y Contribuciones, que regirán en el ámbito de la Municipalidad de Unquillo. Por todo ello, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA APROBADA EN PRIMERA Y SEGUNDA LECTURA
Artículo 1º: FÍJASE para el año 2014 los montos de TASAS Y CONTRIBUCIONES MUNICIPALES detalladas en las PLANILLAS ANEXAS que, con un total de noventa (90) folios útiles y ciento treinta y uno (131) artículos, forman parte integrante y constitutiva de la presente. Artículo 2º: COMUNÍQUESE, Publíquese en el Boletín Oficial, Dese Copia al Registro Municipal, a la Secretaría de Finanzas y Desarrollo Económico, al Tribunal de Cuentas, a las Oficinas correspondientes, Protocolícese y Archívese.
MARCELA IGOILLO SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE
MARÍA GABRIELA FARÍAS PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Extraordinaria del día 17 de diciembre de Dos Mil Trece, constando en Acta Nº 264/2013.------------------------------------
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 29
ANEXO I ORDENANZA Nº 817 /2013 ORDENANZA IMPOSITIVA MUNICIPAL (O.I.M.) 2.014 TITULO I. CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LOS INMUEBLES. Art. 1º: A los fines de la aplicación del título correspondiente del Código Tributario Municipal, fijase para los inmuebles edificados las tasas básicas anuales y sus correspondientes mínimos, según las zonas en que se encuentran ubicados. INMUEBLES EDIFICADOS ZONAS
TASA POR METRO LINEAL DE FRENTE
TASA MINIMA S/ 15 MT.
A1 A2 A3 A4 A5 A6 A7 A8
77.07 61.67 43.69 37.02 22.73 14.80 10.84 -
1156,00 925,00 655,00 555,00 341,00 222,00 163,00 1020,00
TASA POR METRO LINEAL DE FRENTE S/ EXCEDENTE 15 MT. 54,67 44,24 29,07 23,61 17,79 12,99 9,72 -
Art. 2º: Las tasas a los terrenos baldíos se establecen según las zonas en las que se encuentren ubicados y según el siguiente detalle: INMUEBLES BALDÍOS TASA POR METRO TASA POR METRO TASA MINIMA S/ 15 ZONAS LINEAL DE FRENTE S/ LINEAL DE FRENTE MT. EXCEDENTE 15 MT. A1 113,47 1702,00 81,00 A2 88,73 1331,00 61,69 A3 51,60 774,00 34,49 A4 43,80 657,00 27,85 A5 26,80 402,00 21,14 A6 19,07 286,00 15,39 A7 14,20 213,00 12,72 A8 1020,00 ZONAS ZONA A 1: NEGRO
a) b)
SERVICIOS Iluminación, a gas de mercurio y/o sodio Barrido y limpieza diaria.-
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 30
ZONA A 2: AMARILLO
ZONA A 3 NARANJA
ZONA A 4: VERDE
ZONA A 5: MARRON
ZONA A 6: MORADO
c) Recolección de residuos seis veces por semana.d) Recolección de poda una vez por semana.e) Recolección Diferencial de Residuos.f) Mantenimiento de arboleda.g) Bacheo.h) Servicios de Oficina.i) Otros servicios – Art. 103 CTM a) Iluminación a gas de mercurio y/o sodio o vía Blanca b) Barrido y limpieza.c) Recolección de residuos tres veces por semana.d) Recolección de Poda una vez por semana.e) Recolección Diferencial de Residuos.f) Mantenimiento de Arboleda.g) Bacheo.h) Servicios de Oficina.i) Otros servicios – Art. 103 CTM a) Iluminación a gas de mercurio y/o sodio.b) Recolección de residuos tres veces por semana.c) Recolección de poda una vez por semana.d) Recolección Diferencial de Residuos.e) Arreglo de calles. f) Servicios de Oficina.g) Otros servicios – Art. 103 CTM a) Iluminación a gas de mercurio y/o bajo consumo b) Recolección de residuos tres veces por semana.c) Recolección de Poda una vez por semana. d) Recolección Diferencial de Residuos.e) Arreglos de calles.f) Servicios de Oficina.g) Otros servicios – Art. 103 CTM a) Recolección de residuos tres veces por semana.b) Recolección Diferencial de Residuos.c) Arreglos de calles.d) Servicios de Oficina.e) Otros Servicios a Pedido.f) Otros servicios – Art. 103 CTM a) Recolección de residuos una vez por semana b) Arreglo de calles esporádicos.c) Servicios de oficina.d) Recolección Diferencial de Residuos.e) Otros servicios a pedido.f) Otros servicios – Art. 103 CTM -
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 31
ZONA A 7: CELESTE
ZONA A 8: MAGENTA
a) b) c) a)
b) c) d) e)
Servicios de oficina.Otros servicios a pedido.Otros servicios – Art. 103 CTM Recolección de residuos una vez por semana. Esta Recolección se realizará desde canastos o contenedores comunes ubicados en el acceso al barrio.Arreglo de calles a pedido.Recolección de Poda a pedido.Servicios de oficina.Otros servicios – Art. 103 CTM -
Art. 3º: A) PROPIEDADES EDIFICADAS Y BALDIOS. Tributarán la tasa Municipal de acuerdo a la zona en que se encuentren y que esta descripta en los Artículos 1º y 2º de esta Ordenanza. B) PROPIEDADES EDIFICADAS Y BALDIOS CON FRENTE A MAS DE UNA CALLE Y/O ESQUINA. Tributarán el sesenta por ciento (60%) de la tasa correspondiente a la zona de mayor valor, acumulando los metros de frente correspondientes a los dos frentes de mayor longitud, a cuyo total se le aplicará la tabla del Artículo 1º o 2º, según corresponda.- El monto resultante nunca podrá ser inferior al monto del frente de mayor tasa.- Si así lo fuere deberá tributar la tasa del frente de mayor valor tributario. C) PROPIEDADES COMPRENDIDAS EN EL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL. Tributarán por la planta baja completa el cien por ciento (l00%) de la tasa correspondiente a su zona.- Por las restantes plantas el cuarenta por ciento (40%) de la tasa correspondiente a su zona. D) PROPIEDADES DE MAS DE UNA UNIDAD HABITACIONAL SIN SUBDIVISION Pagarán la tasa que le corresponde por aplicación del Artículo 1º por la propiedad original, y un quince por ciento (15%) de la tasa mínima de la zona por cada unidad habitacional o comercial adicional. E) GALERIAS COMERCIALES: l.- LOCALES CON PLANTA BAJA C/FRENTE A LA CALLE: Tributarán el sesenta y cinco por ciento (65%) de la tasa correspondiente a la zona. 2.- LOCALES INTERNOS: Tributarán el treinta por ciento (30%) de la tasa correspondiente a la zona. 3.- LOCALES EN PISOS SUPERIORES: Tributaran el treinta por ciento (30%) de la tasa correspondiente a la zona. 4.- Los locales cuyo frente superen el mínimo de metros dispuesto por el Artículo 1º de esta Ordenanza, tributarán por el exceso siguiendo la metodología de cálculo dispuesta en dicho Artículo y se le aplicarán los descuentos que pudieren corresponderle según su tipificación. F) El Departamento Ejecutivo Municipal podrá, mediante Resolución fundada, solucionar las diferencias que pudieran surgir con relación a la interpretación de lo dispuesto en el presente Artículo. Así también podrá incluir propiedades en la zona que corresponda en función de brindar nuevos servicios. G) Las propiedades ubicadas en la zona A7 cuya superficie total supere los 10.000 metros cuadrados, tributarán por año, de acuerdo a la siguiente escala: Superficie de 10.001 a 20.000 metros cuadrados Superficie de 20.001 a 40.000 metros cuadrados Superficie de 40.001 a 60.000 metros cuadrados Superficie de 60.001 a 80.000 metros cuadrados Superficie de 80.001 a 100.000 metros cuadrados
1.731,00 1.898,00 2.064,00 2.263,00 2430,00
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 32
Superficie de más de 100.000 metros cuadrados
2.596,00
Art. 4º: Para aquellas propiedades con características tales que no puedan ser encuadrados en ninguno de los puntos anteriores, o el monto resultante de su Tasa supere los criterios de razonabilidad impositiva, la Tasa será fijada directamente por el Departamento Ejecutivo Municipal, quien lo hará con arreglo al criterio general de esta Ordenanza, de acuerdo a los servicios que recibe la propiedad y a la razonabilidad impositiva. En ningún caso, el importe final de la tasa resultante de la aplicación de este artículo, podrá ser inferior al 40% (cuarenta por ciento) del valor inicial liquidado de acuerdo a los criterios generales definido en los artículos precedentes. Art. 5º: El monto de la contribución establecida en el presente Titulo, se abonará de la siguiente manera: a) Contado: 1) 1º vencimiento el 31/01/2014, con un descuento del quince por ciento (15%). 2) 2º vencimiento el 14/02/2014, con un descuento del diez por ciento (10%). 3) 3º vencimiento el 07/03/2014, con un descuento del cinco por ciento (5%). Cada descuento se concederá siempre que el inmueble no posea deuda de períodos anteriores. b) En doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, de acuerdo al siguiente esquema de vencimientos: CUOTA 1 / 2014 2 / 2014 3 / 2014 4 / 2014 5 / 2014 6 / 2014 7 / 2014 8 / 2014 9 / 2014 10 / 2014 11 / 2014 12 / 2014
FECHA DE VENCIMIENTO 31/01/2014 17/02/2014 17/03/2014 15/04/2014 15/05/2014 16/06/2014 15/07/2014 15/08/2014 16/09/2014 15/10/2014 17/11/2014 15/12/2014
c) A partir de la fecha de vencimiento de las cuotas y no habiéndoselas cancelado en la forma prevista, las mismas no gozarán de descuento alguno y sufrirán un recargo mensual del tres por ciento (3,00%) que se aplicará en forma proporcional a los días de atraso transcurridos hasta su cancelación. Art. 6º: Las propiedades que hayan abonado totalmente la contribución de éste título antes del 31 de Diciembre de 2014, gozarán de un cinco por ciento (5%) de descuento en la contribución correspondiente al año 2015. Este descuento se aplicará independientemente de la forma en que se abone la contribución del año 2015. Art. 7°: De conformidad a lo reglado en el artículo 120 del Código Tributario Municipal, último párrafo, fijase el monto del haber jubilatorio que permitirá acceder a la exención parcial en la contribución que incide sobre los inmuebles, la suma de dos jubilaciones mínimas del régimen nacional vigente y siempre que ese sea su único ingreso.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 33
Art. 8º: Divídase el ejido Municipal a los efectos de la contribución Inmobiliaria en ocho (8) zonas. Cada zona se encuentra delimitada en el nomenclador de calles y zonas explicitado en el artículo siguiente. Dentro de una zona podrá haber inmuebles o sectores que tengan tratamiento como de otra zona, según los menores servicios a que pueda acceder por su ubicación o bien por lo que el Departamento Ejecutivo Municipal disponga para casos especiales. Art. 9º: VILLA LAS MERCEDES A 4 - Las Mercedes A 4 - Guadalupe A 4 - Fátima A 4 - Lourdes A 4 - El Timbo A 4 - Los Ceibos A 4 - Los Álamos A 5 - Los Álamos A 7 - Los Espinillos A 5 – Los Espinillos
Completa Completa Completa Completa Completa Completa Entre El Timbo y Lourdes Entre y El Timbó Arroyo Saldán Desde Arroyo Saldán hasta Los Aromos (cerrada) Desde Los Aromos hasta Las Moras
VILLA FORCHIERI A 5 - Los Aromos A 5 - Las Moras A 7 – Las Moras A 5 – Las Moras A 5 - Los Olmos A 5 – Los Olmos A 3 - Esteban Echeverría A 4 - Esteban Echeverría A 5 - Los Nogales A 5 - Los Talas A 5 - Los Sauces A 5 - Los Pinos A 5 - Los Almendros A 5 - Los Paraísos A 5 - Pasaje Las Totoras A 5 - Los Algarrobos A 5 - Los Robles A 5 - Pasaje Los Algarrobos A 5 – Gustavo Centeno A 7 – Gustavo Centeno A 5 - Los Espinillos
Completa Desde arroyo Saldán hasta Los Espinillos Desde Los Espinillos hasta Los Ceibos (cerrada) Desde Los Ceibos hasta Los Álamos Desde Camino Provincial hasta Los Ceibos Desde Los Ceibos hasta Los Álamos Desde Av. San Martín hasta Gustavo Centeno Desde Gustavo Centeno hasta Los Álamos Completa Desde arroyo Saldán hasta Los Álamos Desde rotonda hasta Los Álamos Desde arroyo Saldán hasta Los Álamos Completa Completa Completa Completa Completa Completa Desde Las Moras hasta Los Almendros Desde arroyo Saldán hasta Las Moras (Cerrada) Desde Las Moras hasta Los Almendros
A 5 - Los Ceibos
Desde Las Moras hasta Los Almendros
A 5 - Jacarandá
Completa
A 5 - Los Álamos
Desde Las Moras hasta Los Almendros
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 34
A 5 – Los Álamos
Desde los Aromos hasta las Moras
A 7 – Los Plátanos
Completa (cerrada)
BARRIO SAN JOSE A 5 – Gustavo Centeno A 7 - Adela
Desde los Almendros hasta calle Padre Covello Desde arroyo Río Ceballos hasta calle Gustavo Centeno (Cerrada), desde calle Gustavo Centeno hasta Av. Pan de Azúcar, desde Av. Pan de Azúcar hasta Calle Pública sin abrir.
A 7 - De Los Arroyos
Completa (Cerrada)
A 7 – Av. Pan de Azúcar
Completa (Cerrada)
A 6 – El Fausto
Completa.
A 4 - 25 de Julio
Desde arroyo Río Ceballos hasta encuentro con segunda Calle Pública.
A 7 – 25 de Julio A 4 - Santa Cruz A 5 - Alfredo Baleri
Desde segunda Calle Pública hasta el final (cerrada) Completa Desde España hasta calle Gustavo Centeno
A 6 – Alfredo Baleri
Desde calle Gustavo Centeno hasta el final
A 6 – Sergio Hipólito Bosio
Desde Calle Gustavo Centeno hasta Country Las Corzuelas
A 3 – Sergio Hipólito Bosio
Desde Country Las Corzuelas hasta Ruta E 53
A 5 - 20 de Junio A 5 - 17 de Agosto A 5 - Juan Manuel de Rosas A 5 - Monseñor Enrique Angelelli A 7 - Obispo Orellano A 7 – Obispo Oro A 4 - Deán Funes A 5 - Cura Brochero A 5 - Montserrat A 4 - Islas Malvinas A 4 - Colón A 4 - Santa Cruz A 5 - España A 7 - Avelina A 7 - Las Cuadreras A 7 - El Goyo A 6 - Pública Nº 1
Completa Completa Completa Completa Completa Completa (Cerrada) Desde arroyo Río Ceballos hasta el final Completa Completa Completa Desde Arroyo Río Ceballos hasta 25 de Julio.Completa Desde Cura Brochero hasta arroyo Saldán Completa (Cerrada) Completa (Cerrada) Completa (Cerrada) Desde arroyo Río Ceballos hasta Calle Gustavo Centeno Desde calle Gustavo Centeno hasta el final Desde arroyo Río Ceballos hasta calle Gustavo
A 7 - Pública Nº 1 A 7 – Pública Nº 2
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 35
A 5 – Los Almendros A 7 – Los Almendros LOS CIGARRALES "A" A 4 - Calle 1 A 4 - Calle 2 A 7 – Calle 2 A 7 - Calle 2 bis A 4 - Calle 3 A 1 - Av. San Martín A 1 - Ruta Intermunicipal “Intendente Julio Ray”
Centeno(Cerrada) Desde arroyo Saldán hasta mitad segunda cuadra Desde mitad segunda cuadra hasta el Final
Completa Desde rotonda ruta interc. hasta calle 1 Desde calle 1 hasta calle 3 (Cerrada) Completa (Cerrada) Completa Desde Esteban Echeverría hasta calle 3 desde Esteban Echeverría hasta calle 3
LOS CIGARRALES "B" A 3 – Costanera A 3 – 29 de Agosto A 3 – La Porteña A 3 - Unión Ferroviaria A 3 - La Fraternidad A 3 - Esteban Echeverría A 3 - 17 de Octubre A 3 - Del Trabajo A 1 - Av. San Martín
Completa Completa Completa Completa Completa Desde Av. San Martín hasta Costanera Completa Completa Desde puente ingreso sur hasta Esteban Echeverría.
LOS CIGARRALES "C" A 3 - Francisco Luján A 3 - Saúl Taborda A 3 - Enrique Salvador A 3 - Pablo Strumia A 3 - Salvador Tortosa A 3 - José‚ Hernández A 3 - Domingo Pesasi A 3 - Pedro Papi
Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa
BARRIO PROGRESO A 4- Colón A 4 - Pública A 2 - Sarmiento A 3 - 1º Junta A 3 - Silvia Caballero A 3 - Martínez Zuviría A 3 - Vélez Sarsfield A 4 – Vélez Sarsfield
Desde arroyo Río Ceballos hasta Vélez Sarsfield Completa (entre José Romo y Derqui) Desde Plaza Alem hasta calle Vélez Sarsfield Completa Completa Completa Desde Silvia Caballero hasta Sarmiento.Desde Silvia Caballero hasta Sarmiento (El Hornerito)
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 36
A 2 - Vélez Sarsfield A 3 - Pasaje Vélez Sarsfield A 3 - Charcas A 3 – Esquiú A 3 - Pasaje Andrade A 4 - Entre Ríos A 4 - La Unión A 4 - Derqui A 4 – Pje. Martín Víctor Bravino A 4 - Pasaje Luís Zalak A 4 - José Romo A 4 - Deán Funes A 4 - Chile A 5 - Caseros A 4- Caseros A 7 - Larrea A 4 - Cuba A 5 – Juan José Paso A 4 – Pje. Entre Ríos BARRIO CENTRO A 1 - Av. San Martín
Desde Sarmiento (Escuela Vélez Sarsfield) hasta Av. San Martín. Desde Av. San Martín hasta Arroyo Unquillo.Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completo Completo Completa Completa Completa Desde Entre Ríos hasta Larrea Desde Larrea hasta Vélez Sarsfield Completa (Cerrada) Completa Completa (Desde Mapuches Hasta el final) Completa
A 3 - Pasaje Luís Morzone A 3 - Río Negro A 4 - Pje.Pbro. Vergonjeane A 2 - Juan Milich
Desde puente Doble Avenida hasta puente ingreso sur Unquillo. Desde Av. San Martín hasta Colegio Ntra. Sra. de Las Mercedes.Desde Colegio Ntra. Sra. de las Mercedes hasta arroyo Unquillo. Completa Completa Desde Av. San Martín hasta Poeta Vicente Barbieri Desde Av. San Martín hasta Poeta Vicente Barbieri Completo Completa Completa Completa
BARRIO GOBERNADOR PIZARRO A 5 – Martiniano Giovannetti
Completa
A 5 - Chanas A 5 - Onas A 5 - Mapuches
Completa.Completa Completa
A 2 - Azopardo A 3 - Azopardo A 3 - Rosario A 2 - Alberdi A 2 - Corrientes A 2 - Chaco
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 37
A 5 - Pampas A 5 - Pehuelches A 5 - Tobas A 5 - Quilmes A 5 - Guiches A 5 - Timbúes A 5 - Guaicurúes A 5 - Yamanas A 5 - Puelches A 5 - Matacos A 5 - Guaraníes A 7 - Chonik A 5 - Charrúas A 5 - Comechingones A 5 - Tehuelches A 5 - Diaguitas A 7 - Ranqueles A 5 - Omauacas A 5 - Sanavirones A 5 - Huarpes A 5 - Atacama A 5 - Onelia de Giovannetti A 3 - Sarmiento A 5 - Sarmiento BARRIO SPILIMBERGO A 2 - Vicente Barbieri A 3 - Vicente Barbieri A 1 - Av. San Martín A 3 - Pasaje Warner A 4 - Corrientes A 4 - Pasaje Piotti A 4 - Luís Felipe Luiggi A 1 - Lino Spilimbergo A 4 - Pasaje Arias A 4 - Pasaje Blas Parera A 4 - Pasaje Falucho A 4 - Germanie Cauiría A 4 - Uruguay A 4 – Pje. Público
Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Desde Vélez Sarsfield (El Hornerito) hasta Omaguaca Desde Omaguaca hasta final
Desde Av. San Martín hasta Chaco Desde Chaco hasta Pje Zuviría Desde Sargento Cabral hasta Spilimbergo -Av. San Martín 3000 Completa Desde Poeta Vicente Barbieri hasta el final Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa (ubicado sobre Av. San Martín frente a clínica Sierras Chicas)
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 38
BARRIO LA LOMA A 2 - Santa Fe A 3 - Santa Fe A 3 – Santa Fe A 2 - Pavón A 3 - Pasaje Pavón A 2 - Dorrego A 3 - Dorrego A 7 - Dorrego A 2 - Juan XXIII A 3 - Alfredo Vallini A 2 - Remedios de Escalada S. Martín
Desde Av. San Martín hasta Yapeyú.Desde Yapeyú hasta San Gabriel Desde Edmundo Cartos hasta Pje. Miracle Completa Completa Desde Santa Fe hasta Puente Desde Sta. Fe hasta Los Andes Desde Los Andes hasta el final (Cerrada) Completa Completa Desde Av. San Martín hasta Santa Fe
A 3 – Remedios de Escalada S. Martín A 4 - Remedios de Escalada S. Martín A 3 - Salta A 3 - Los Andes A 3 - Pasaje Los Andes A 3 - Panamá A 3 - 3 de Febrero
Desde Santa Fe hasta Los Andes Desde Los Andes hasta AlfredoVallini Completa Completa Completa Completa Desde arroyo Las Ensenadas hasta Santa Fe
A 3 - Pasaje 3 de Febrero
Completa
A 3 - Pasaje Perú
Completa
A 3 - Yapeyú
Desde Arroyo Las Ensenadas hasta Santa Fe
A 3 - Córdoba
Desde Santa fe hasta 4º lote manzana 69
A 6 – Córdoba
Desde 4º lote manzana 69 hasta el final.
A 3 – Córdoba
Desde Santa Fe hasta Panamá
A 3 - Pasaje San Carlos
Completa
A 3 - Pasaje San Lorenzo A 3 - Pasaje Severo Moldes A 3 - Pasaje Severo Moldes A 3 - Pasaje Miracle A 3 - Calixto Gaona A 3 - Pasaje San Gabriel
Completa (Pasaje Privado, tiene servicios sobre Santa Fe) Completo (Pje. Público) Completa Completa Desde Santa Fe hasta mitad del séptimo lote sobre mano derecha Desde mitad del séptimo lote sobre mano derecha hasta final noveno lote sobre mano derecha Desde final del noveno lote sobre mano derecha hasta
A 4 – Pasaje San Gabriel A 6 – Pasaje San Gabriel
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 39
A 3 – Edmundo Cartos A 5 – Miraflores A 7 – Los Corrales A 7 – Ceibal A 7 – Pública A 7 – Pública BARRIO RESIDENCIAL A 1 - Av. San Martín A 1 - Aspirante Santucho A 3 - Aspirante Santucho A 2 - 12 de Octubre A 2 - 3 de Febrero
Santa Fe Completa Desde Santa Fe hasta el final Desde Santa Fe hasta el final (Cerrada) Desde Santa Fe hasta el final (Cerrada) Desde Ceibal hasta el final (Cerrada) Desde San Gabriel hasta el final (Cerrada)
A 3 - 24 de Noviembre A 2 - Yapeyú A 3 - Yapeyú A 2 - 9 de Julio A 3 - 9 de Julio A 3 - Güemes A 3 - Ituzaingó A 5 – Ituzaingó
Desde Aspirante Santucho hasta 25 de Mayo Desde Av. San Martín hasta 12 de Octubre Desde 12 de Octubre hasta Yapeyú Completa Desde 25 de Mayo hasta Aspirante Santucho Desde San Martín hasta San Lorenzo Desde San Lorenzo hasta Calixto Gaona Completa Desde 25 de Mayo hasta arroyo Las Ensenadas.Desde 25 de Mayo hasta Vilcapugio Desde Av. San Martín hasta Alborada Desde Alborada hasta el final Completa Desde Yapeyú hasta Sipe Sipe Desde Sipe Sipe hasta La Rioja
A 3 - Vilcapugio
Desde Yapeyú hasta Sipe-Sipe
A 3 - San Lorenzo
Desde 25 de Mayo hasta arroyo Las Ensenadas.-
A 3 - San Lorenzo
Desde 25 de Mayo hasta Arroyo Cabana
A 5 - Sipe-Sipe
Desde Ituzaingó hasta Yatasto
A 6 – Sipe-Sipe
Desde Yatasto hasta el final
A 3 - La Rioja
Desde 5 de Octubre hasta Paraná.-
A 3 - Gral. Busto
Completa
A 3 - Alborada
Completa
A 3 - 5 de Octubre
Desde San Lorenzo hasta Suipacha
A 3 - Los Granaderos
Completa
A 3 - Reconquista
Completa
A 3 - Campichuelo
Completa
A 3 - Tacuarí
Completa
A 3 - Calixto Gaona A 3 - Maipú
Desde 5 de Octubre hasta arroyo Las Ensenadas Completa
A 2 - 25 de Mayo A 3 - 25 de Mayo
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 40
A 3 - Huaqui A 3 – Plumerillo A 4 - Vuelta de Obligado A 3 - Ayohuma A 7 – Ayohuma
A 7 - Barranca Yaco A 2 – Pje. 9 de Julio A 5 – Yatasto A 3 – Pje Cabo S. Nosikosky
Completa Completa Completa Desde comienzo hasta Suipacha Desde Suipacha hasta el final (Cerrada) Desde 9 de Julio hasta arroyo Las Ensenadas.Completa Desde Ayohuma hasta arroyo Las Ensenadas Completa (cerrada) Completa Completa Completa
BARRIO I.P.V. (sobre 9 de Julio) A 3 - Caá Guazú A 3 - La Tablada A 3 - Oncativo A 7 – Publica Nº 4
Completa Completa Completa Completa
A 3 - Paraguay A 3 - Suipacha A 3 - Colombia
BARRIO HERBERA A 3 - Santa Fe A 3 - 25 de Agosto A 3 - Paraguay A 3 - Mendoza A 3 - Calixto Gaona A 4 - Bolivia A 4 - Colombia A 4 - Pública Nº 1 A 4 – Pública Nº 2 A 4 – Pública Nº 3
BARRIO ALTO ALEGRE A 4 - Las Ensenadas A 4 - Las Lomas A 4 - Cabana A 4 - Los Indios A 4 - Del Inca A 3 - Bello Horizonte
Desde Calixto Gaona hasta Las Ensenadas Completa Desde arroyo Las Ensenadas hasta Santa Fe.Completa Desde Santa Fe hasta arroyo Las Ensenadas Completa Desde arroyo Las Ensenadas hasta Santa Fe.Entre Bolivia y Arroyo Las Ensenadas Costea el arroyo entre Calixto Gaona y Paraguay Desde Mendoza hasta Paraguay (tiene forma de L)
Completa Completa Completa Completa Completa Completa
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 41
A 3 - Av. Pan de Azúcar A 3 - Mogote Moro A 3 - Santa Fe A 3 - Av. Alto Alegre A 3 - Bella Vista A 3 - Quebrachitos A 5 - Quebrachitos A 3 - Cerro de la Cruz
Completa Completa Desde Las Ensenadas hasta Los Marítimos Completa Completa Desde Bella Vista hasta Cabana Desde Cabana hasta el final Completa
BARRIO PARQUE SERRANO A 4 - Santa Fe A 4 - Los Corrales A 4 - Las Piedritas A 4 - Miraflores A 4 - El Brete A 7 – El Brete A 4 - El Tala A 4 - Las Bajaditas A 4 - Ruiz de Los Llanos A 4 - El Jardín A 7 - Potrerillo A 6 - Aguadita A 7 - La Represa A 6 – Pampa A 4 – Los Marítimos
Desde Los Marítimos hasta el Completa Completa Completa Desde El Tala hasta Santa Fe. Desde comienzo hasta El Tala Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa
BARRIO LAS ENSENADAS A 4 – 5 de Octubre A 6 - López Jordán A 4 - Aráoz de La Madrid A 4 - Francisco Ramírez A 4 - El Chacho Peñaloza A 4 - Estanislao López A 4- Rosario Vera Peñaloza A 4 - Juana Azurduy A 4 - Facundo Quiroga A 4 – Con. 6 de Septiembre A 6 – Con. 6 de Septiembre A 6 - Pública Nº l A 6 - Pública Nº 2 A 7 - Pública Nº 3 A 7 - Pública Nº 4 A 7 - Pública Nº 5
Desde Suipacha hasta Los Quebrachitos Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Desde 5 de Octubre hasta Country Corral de Barrancas Desde Country Corral de Barrancas hasta el vado Completa Completa Completa (Cerrada) Completa (Cerrada) Completa (Cerrada)
final
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 42
A 7 - Pública Nº 6 A 7 - Pública Nº 7 A 7 - Pública Nº 8 A 7 - Pública Nº 9 A 7 - Pública Nº 10 A 7 – Pública Nº 11
Completa (Cerrada) Completa (Cerrada) Completa (Cerrada) Completa (Cerrada) Completa (Cerrada) Completa (Cerrada)
BARRIO VILLA AURORA A 3 - Lavalleja A 3 - Magallanes A 3 - Uspallata A 4 – Uspallata A 2 - República Argentina A 3 - República Argentina A 3 - Tucumán A 3 - Independencia A 3 - Buenos Aires A 3 - Alvear A 3 - Belgrano A 3 - Paraná A 7 – Enrique Discépolo
Completa Completa Desde Lavalleja hasta el Final Desde Enrique Discépolo hasta Lavalleja (Cerrada) Desde Av. San Martín hasta Tucumán Desde Tucumán hasta Paraná Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa (Cerrada)
BARRIO NORTE A 3 - Libertad A 3 - Marcelo Besso A 1 - Av. San Martín A 5 - Pasaje Méjico A 4 - Pasaje Auday A 4 - Sargento Cabral A 4 – Pje. Candonga
Completa Completa Desde Sgto. Cabral hasta Gral. Paz. Completa Completa Completa Completa
BARRIO LAS HIGUERAS A 3 - Dr. Carlos Contreras A 3 - El Ceibo A 3 - Pedro Luis Boffelli
Desde Roque Evangelisti hasta arroyo Cabana Desde Uspallata hasta Pedro Boffelli Desde Juan Giaveno hasta El Ceibo
BARRIO LA MUTUAL A 4 - Dr. Carlos Contreras A 4 - Dr. Roque Evangelisti A 4 - Juan Giaveno A 7– Juan Giaveno A 4 - Eugenio Rivol A 4 - Dr. Celso Casullo A 4 - 5 de Octubre
Desde 5 de Octubre hasta Roque Evangelisti Completa Desde Carlos Contreras Hasta Dr. Roque Evangelisti Desde Pedro Bofelli Hasta Pedro Contreras Completa Completa Desde Roque Evangelisti hasta Pedro Luis Boffelli.-
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 43
A 4 - Ing. Luis Belardez A 4 - Pedro Luís Boffelli A 4 - Ramón Moldes A 7 - Pública A 7 - Pública
Completa Desde 5 de Octubre hasta Juan Giaveno Completa Completa (Cerrada) Completa (Cerrada)
BARRIO LA PROVIDENCIA A 4 - Almirante Brown A 5 - Almirante Brown A 4 - Chubut A 7 - Falucho A 5 - Lima A 4 - Lavalle A 5 - Laprida A 4 – Laprida A 1 - Av. San Martín A 3 - San Luís A 5 – Pje Olmos A 3 - San Cristóbal (Pje.) A 4 - Jujuy A 3 - Urquiza A 3 – Pje Orlando Rond A 5 – Didimo Pizarro A 5 – El Ombú A 5 – Pje. Ecuador A 5 – Pje. Venezuela A 5 – Pje. Honduras A 5 – Pje. Publico A 4 - Saavedra
Desde Spilimbergo hasta Falucho Desde Falucho hasta Lavalle Completa Completa (Cerrada) Completa Desde Av. San Martín hasta Av. San Martín Desde comienzo hasta San Luís (cerrada) Desde San Luís hasta Saavedra Desde Gral. Paz hasta curva del Peligro Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa
BARRIO LOS TALITAS A 3 - Crucero La Argentina A 3 - Fragata Sarmiento A 3 - Fragata Libertad A 3 - Corbeta República A 3 - Crucero Gral. Belgrano
Completa Completa Completa Completa Completa
VILLA SAN MIGUEL A 5 – Ricardo Güiraldes A 4 - Ricardo Rojas A 4– Leopoldo Lugones A 5 – Leopoldo Lugones A 6 – Leopoldo Lugones A 5 - José Ingenieros
Completa Desde Gral. Paz hasta Juana de Ibarborou Desde Av. San Martín hasta J. De Ibarburou Desde Juana de Ibarburou hasta Ricardo Güiraldes Desde Ricardo Güiraldes hasta el final Desde Av. San Martín hasta Juana de Ibarburou
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 44
A 5 - José Ingenieros A 7 – José Ingenieros A 5 - Arturo Capdevila A 5 - Juana de Ibarburou A 5 - Amado Nervo A 5 - Alfonsina Storni A 5 – Constancio Vigil A 1 - Av. San Martín A 1 – Av. San Martín A 6 - Gabriela Mistral A 4 - General Paz A 5 – General Paz A 4 – Mariano Moreno A 4 – San Antonio A 4 – Jorge Luís Borges A 5 – Guido Buffo A 5 - Esteban Agüero A 4 – Pedro Giachino CABANA A 4 – El Mogote A 4 - 5 de Octubre A 4 - Las Lomas A 4 - Ángela Diana A 4 - Camino Provincial A 4 - El Cañadón A 4 - Las Breñas A 4 - Av. Cabana A 4 - El Nevado A 4 - El Hornero A 4 - El Zorzal A 4 - Los Cóndores A 4 - Los Naranjos A 6 - Yati A 5 - La Apacheta A 6 - Los Quebrachitos A 7 - Los Quebrachitos A 4 – Santa Rita A 6 - El Aguaribay A 6 – El Pedregal A 4 - La Herradura A 4 - La Pirca A 4 - El Arrayán
Desde Juana de Ibarburou hasta Gabriela Mistral Desde Gabriela Mistral hasta el final Completa Completa Completa Completa Completa Desde Gral. Paz hasta Curva Desde Dídimo Pizarro hasta Pedro Giachino Completa Desde Av. San Martín hasta bifurcación Desde bifurcación hasta el final Completa Completa Completa Completa Completa Completa
Completa Desde Los Quebrachitos hasta encuentro c/ Cno. Provincial Gral. Manuel Belgrano Completa Completa Desde pasarela hasta camino 5 de Octubre Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Desde El Arrayán hasta Santa Rita.Desde 5 de Octubre hasta El Arrayán (Cerrada) Completa Completa Completa (cerrada) Completa Completa Desde Los Quebrachitos hasta Los Eucaliptos
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 45
A 7 – Las Canteras A 6 - El Bosque
Completa (Cerrada) Completa
A 6 – El Cerco
Completa
A 6 - El Valle
Completa
A 6 - El Tala
Completa (cerrada)
A 7 - Las Ensenadas
Completa (Cerrada)
A 7 - Los Chorrillos
Completa (Cerrada)
A 7 - Pública Nº 1
Completa
A 7 - Pública Nº 2
Completa
A 7 - Pública Nº 3
Completa
A 7 - Pública Nº 4
Completa
A 7 - Pública Nº 5
Completa
A 7 – Inty
Completa (Cerrada)
A 4 – Los Eucaliptos
Completa
A 4 – Pje San Antonio
Completa
A 4 – Av. Cabana
Completa
A 5 – Camino a Los Quebrachitos
Desde encuentro camino 5 de Octubre y Gral. Belgrano hasta el final
A 4 – La Quebrada
Completa
VILLA TORTOSA A 4 – Gustavo Centeno A 4 – Florentino Ameghino A 6 – Florentino Ameghino A 4 – Santos Vega A 5 – Segundo Sombra A 5 – Martín Fierro A 5 – Juan Moreira A 5 – La Cautiva A 5 – Padre Covello A 5 – República de Israel A 5 - Pública Nº 1 A 5 - Pública Nº 2 A 5 - Pública Nº 3 A 7 – Pública N 4 a la N 10 A4 – Amadeo Sabatini A 5 – Ruta E 53
Desde Alejandro Centeno hasta Amadeo Sabatini Desde Arroyo Río Ceballos hasta Gustavo Centeno Desde Gustavo Centeno hasta el final (cerrada) Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completas (Cerradas) Completa Desde camino San José hasta Amadeo Sabatini
QUEBRADA HONDA A 4 – Camino Gral. Belgrano A 4 – La Capilla
Desde Agustín Magaldi hasta pasarela s/arroyo a Cabana Completa
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 46
A 4 – Ercilia López
Completa
LOMA DEL ZUPAY A 4 – El Ceibo A 4 – Enrique Larreta A 4 – Julio Sosa A 4 – Evaristo Carriego A 4 – Debray Alcides Casati A 4 – Homero Manzi A 4 – Juan D’Arienzo A 6 – Francisco Canaro A 6 – La Paz A 5 – Cjal. Antonio M. Venadía
Desde Pedro Boffelli hasta el final Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa
VILLA DÍAZ A 4 - Augusto Da Rocha A 4 - Cno. Provincial Gral. Belgrano A 4 - Agustín Magaldi A 4 - Quirino Cristiani A 4 – Edmundo Rivero A 4 – Ángel Vargas A 4 – Aníbal Troilo A 5 – Ignacio Corsini A 5 – Floreal Ruiz A 7 – Roberto Goyeneche A 4 – Juan de Dios Filiberto
Completa Desde Uspallata hasta Roberto Goyeneche Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa Completa (Cerrada) Completa
BARRIO SAN CAYETANO DE LA DIVINA PROVIDENCIA (Ex Cohetera) A 5 – El triunfo Completa A 5 – Carlos Gardel Completa A 5 – Atahualpa Yupanqui Completa LOTEO CORRAL DE BARRANCAS A8
Completo
LOTEO CUATRO HOJAS A8
Completo
LOTEO LAS CORZUELAS A8
Completo
LOTEO CIGARRAL DE SANTA ROSA A 4 – Calle Pública A 1 - Av. San Martín
Completa Desde rotonda hasta final del loteo
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 47
A 6 – Concejal Raúl Ramos
Completa
Art. 10º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un veinticinco por ciento (25%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos. TITULO II CONTRIBUCION POR MEJORAS Art. 11º: Los inmuebles que fueren afectados por mejoras correspondientes a obras públicas de interés general, abonarán por la misma de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza específica que disponga la realización de la obra. Si la misma omitiera fijar los importes a abonar por frentista, regirá lo siguiente: Se declara de utilidad pública y pago obligatorio, las obras de pavimento, cordón cuneta, alumbrado público, arbolado de calles, arreglo de veredas y redes de gas natural, que puedan realizarse en el radio urbano del municipio, según las modalidades y plazos que el Departamento Ejecutivo Municipal determine, corresponde a los vecinos frentistas abonar las siguientes contribuciones: A) CORDON CUNETA METRO LINEAL. .......................................................................... $ 214,00 B) ALUMBRADO PUBLICO METRO LINEAL ................................................................... $ 107,00 C) PAVIMENTO POR METRO CUADRADO .................................................................... $ 321,00 D) ARBOLADO DE CALLES POR ESPECIE.................................................................... $ 86,00 E) VEREDAS METRO CUADRADO .................................................................................. $ 171,00 Los valores anteriores podrán gozar de descuentos de hasta un cincuenta por ciento (50%) establecidos por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal para los contribuyentes que abonen estas mejoras en los plazos y condiciones de financiación determinados por la Ordenanza que autorice su ejecución. Art. 12º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un veinticinco por ciento (25%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos.
TITULO III. CONTRIBUCIÓN QUE INCIDE SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS Art. 13º: De acuerdo a lo establecido en esta Ordenanza, fijase en el cinco por mil (5 ‰) la alícuota general que se aplicará en todas las actividades, con excepción de las que tengan alícuotas diferentes asignadas en los artículos siguientes. Art. 14º: Las alícuotas y los mínimos para cada actividad, se especifican en el siguiente detalle. Para aquellos rubros cuyos mínimos no se encuentren consignados corresponderá aplicar lo establecido en el artículo 15. Código Actividad Alícuota Mínimo A AGRICULTURA, GANADERIA, CAZA Y SILVICULTURA Cultivos agrícolas 011112 Cultivo de trigo 5‰ 153 011119 Cultivo de cereales excepto los forrajeros y las semillas n.c.p. 5‰ 153 (Incluye alforfón, cebada cervecera, etc.) 011121 Cultivo de maíz 5‰ 153 011122 Cultivo de sorgo granífero 5‰ 153 011129 Cultivo de cereales forrajeros n.c.p. 5‰ 153 (Incluye alpiste, avena, cebada forrajera, centeno, mijo, etc.) 153 011131 Cultivo de soja 5‰ 011132 011139
Cultivo de girasol Cultivo de oleaginosas n.c.p.
5‰ 5‰
153 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 48
Código
011140
011210 011221 011229
011230
011241 011242 011251 011252 011319 011320 011330
011340 011460 011490 011511 011512 011513 011519 011520
012111
Actividad Alícuota (Incluye los cultivos de oleaginosas para aceites comestibles y/o uso industrial: cártamo, colza, jojoba, lino oleaginoso, maní, olivo para aceite, ricino, sésamo, tung, etc.) Cultivo de pastos forrajeros 5‰ (Incluye alfalfa, moha, pastos consociados, sorgo azucarado y forrajero, etc.) Cultivo de papa, batata y mandioca 5‰ Cultivo de tomate 5‰ Cultivo de bulbos, brotes, raíces y hortalizas de frutos n.c.p. 5‰ (Incluye ají, ajo, alcaparra, berenjena, cebolla, calabaza, espárrago, frutilla, melón, pepino, pimiento, sandía, zanahoria, zapallo, zapallito, etc.) Cultivo de hortalizas de hoja y de otras hortalizas frescas 5‰ (Incluye acelga, apio, cebolla de verdeo, choclo, coles, espinaca, lechuga, perejil, radicheta, repollo, etc.) Cultivo de legumbres frescas 5‰ (Incluye arveja, chaucha, haba, lupino, poroto, etc.) Cultivo de legumbres secas 5‰ (Incluye arveja, garbanzo, haba, lenteja, poroto, etc.) Cultivo de flores 5‰ Cultivo de plantas ornamentales 5‰ Cultivo de frutas de pepita n.c.p. 5‰ (Incluye membrillo, níspero, etc.) Cultivo de frutas de carozo 5‰ (Incluye cereza, ciruela, damasco, durazno, pelón, etc.) Cultivo de frutas cítricas 5‰ (Incluye bergamota, lima, limón, mandarina, naranja, pomelo, kinoto, etc.) Cultivo de nueces y frutas secas 5‰ (Incluye almendra, avellana, castaña, nuez, pistacho, etc.) Cultivo de especias (de hoja, de semilla, de flor y de fruto) y de plantas 5‰ aromáticas y medicinales Cultivos industriales n.c.p. 5‰ (Incluye olivo para conserva, palmitos, etc.) Producción de semillas híbridas de cereales y oleaginosas 5‰ Producción de semillas varietales o autofecundadas de cereales, 5‰ oleaginosas, y forrajeras Producción de semillas de hortalizas y legumbres, flores y plantas 5‰ ornamentales y árboles frutales Producción de semillas de cultivos agrícolas n.c.p. 5‰ Producción de otras formas de propagación de cultivos agrícolas 5‰ (Incluye gajos, bulbos, estacas enraizadas o no, esquejes, plantines, etc.) Cría de animales 8‰ Cría de ganado bovino -excepto en cabañas y para la producción de
Mínimo
153
153 153 153
153
153 153 153 153 153 153 153
153 153 153 153 153 153 153 153
212
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 49
Código 012112 012113 012130 012140 012150 012161 012162 012163 012169 012171 012179
012211 012212 012220 012230 012241 012243 012290
014111 014112 014119
014120
014130
Actividad lecheInvernada de ganado bovino excepto el engorde en corrales (Feedlot) Engorde en corrales (Feedlot) Cría de ganado porcino, excepto en cabañas Cría de ganado equino, excepto en haras (Incluye equinos de trabajo) Cría de ganado caprino, excepto en cabañas y para producción de leche Cría de ganado bovino en cabañas (Incluye la producción de semen) Cría de ganado ovino, porcino y caprino en cabañas (Incluye la producción de semen) Cría de ganado equino en haras (Incluye la producción de semen) Cría en cabañas de ganado n.c.p. Producción de leche de ganado bovino Producción de leche de ganado n.c.p. (Incluye la cría de ganado de búfala, cabra, etc. para la producción de leche) Cría de aves para producción de carne Cría de aves para producción de huevos (Incluye pollitos BB para postura) Producción de huevos Apicultura (Incluye la producción de miel, jalea real, polen, propóleo, etc.) Cría de animales para la obtención de pieles y cueros Cría de animales para la obtención de plumas Cría de animales y obtención de productos de origen animal, n.c.p. (Incluye ciervo, conejo -excepto para pelos-, gato, gusano de seda, lombriz, pájaro, perro, rana, animales para experimentación, caracoles vivos, frescos, congelados y secos -excepto marinos-, cera de insectos excepto la de abeja, etc.) Servicios agrícolas y pecuarios, excepto los veterinarios Servicios de labranza, siembra, transplante y cuidados culturales Servicios de pulverización, desinfección y fumigación aérea y terrestre, excepto la manual Servicios de maquinaria agrícola n.c.p., excepto los de cosecha mecánica (Incluye enfardado, enrollado, envasado - silo-pack -, clasificación y secado, etc.) Servicios de cosecha mecánica (Incluye la cosecha mecánica de granos, caña de azúcar, algodón, forrajes, el enfardado, enrrollado, etc.) Servicios de contratistas de mano de obra agrícola (Incluye la poda de árboles, transplante, fumigación y desinfección manual, cosecha manual de citrus, algodón, etc.)
Alícuota
Mínimo
8‰ 8‰ 8‰ 8‰
212 212 212 212
8‰ 8‰
212 212
8‰
212
8‰
212
8‰ 8‰ 8‰
212 212 212
8‰ 8‰
212 212
8‰ 8‰
212 212
8‰ 8‰ 8‰
212 212 212
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 50
Código 014190
014210 014220
014291 014292 014299
015010
015020 020110 020120 020130 020210
B 101000
141100
141200 141300
Actividad Servicios agrícolas n.c.p (Incluye planificación y diseño paisajista, plantación y mantenimiento de jardines, parques y cementerios, riego, polinización o alquiler de colmenas, control acústico de plagas, etc.) Inseminación artificial y servicios n.c.p. para mejorar la reproducción de los animales y el rendimiento de sus productos Servicios de contratistas de mano de obra pecuaria (Incluye arreo, castración de aves, esquila de ovejas, recolección de estiércol, etc.) Servicios para el control de plagas, baños parasiticidas, etc. Albergue y cuidado de animales de terceros Servicios pecuarios n.c.p., excepto los veterinarios Caza y captura de animales vivos, repoblación de animales de caza y servicios conexos Caza y captura de animales vivos y repoblación de animales de caza (Incluye la caza de animales para obtener carne, pieles y cueros y la captura de animales vivos para zoológicos, animales de compañía, para investigación, etc.) Servicios para la caza Silvicultura, extracción de madera y servicios conexos Plantación de bosques Repoblación y conservación de bosques nativos y zonas forestadas Explotación de viveros forestales (Incluye propagación de especies forestales) Extracción de productos forestales de bosques cultivados (Incluye tala de árboles, desbaste de troncos y producción de madera en bruto, rollizos, leña, postes, carbón, carbonilla y productos forestales n.c.p.)
EXPLOTACION DE MINAS Y CANTERAS Extracción y aglomeración de carbón Extracción y aglomeración de carbón (Incluye la producción de hulla no aglomerada, antracita, carbón bituminoso no aglomerado, briquetas, ovoides y combustibles sólidos análogos a base de hulla, etc.) Extracción de piedra, arena y arcillas Extracción de rocas ornamentales (Incluye areniscas, cuarcita, dolomita, granito, mármol, piedra laja, pizarra, pórfido, serpentina , etc.) Extracción de piedra caliza y yeso (Incluye caliza, castina, conchilla, riolita, yeso natural, anhidrita, etc.) Extracción de arenas, canto rodado y triturados pétreos (Incluye arena para construcción, arena silícea, otras arenas naturales, canto rodado, dolomita triturada, granito triturado, piedra partida y otros
Alícuota 5‰
Mínimo 153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
5‰
153
5‰
153
Exento Exento 5‰
153
5‰
153
10‰
1058
10‰
1058
10‰
1058
10‰
1058
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 51
Código 141400
142110 142120
142900
C
151111 151112
151113 151120 151130 151140 151191 151199 151201 151202 151203 151310 151320 151330 151340 151390
Actividad triturados pétreos, etc.) Extracción de arcilla y caolín (Incluye andalucita, arcillas, bentonita, caolín, pirofilita, silimanita, mullita, tierra de chamota o de dinas, etc.) Explotación de minas y canteras n.c.p. Extracción de minerales para la fabricación de abonos excepto turba. (Incluye guano, silvita, silvinita y otras sales de potasio naturales, etc.) Extracción de minerales para la fabricación de productos químicos (Incluye azufre, boracita e hidroboracita, calcita, celestina, colemanita, fluorita, litio y sales de litio naturales, sulfato de aluminio, sulfato de hierro, sulfato de magnesio, sulfato de sodio, ocres, tinkal, ulexita, asfaltita, laterita, etc.) Explotación de minas y canteras n.c.p. (Incluye amianto, baritina, cuarzo, diatomita, piedra pómez, ágata, agua marina, amatista, cristal de roca, rodocrosita, topacio, corindón, feldespato, mica, zeolita, perlita, granulado volcánico, puzolana, toba, talco, vermiculita, tosca, grafito, etc.) INDUSTRIA MANUFACTURERA Producción y procesamiento de carne, pescado, frutas, legumbres, hortalizas, aceites y grasas Matanza de ganado bovino Procesamiento de carne de ganado bovino (Incluye los mataderos y frigoríficos que sacrifican principalmente ganado bovino) Saladero y peladero de cueros de ganado bovino Matanza y procesamiento de carne de aves Elaboración de fiambres y embutidos Matanza de ganado excepto el bovino y procesamiento de su carne (Incluye ganado ovino, porcino, equino, búfalo, etc.) Fabricación de aceites y grasas de origen animal Matanza de animales n.c.p. y procesamiento de su carne; elaboración de subproductos cárnicos n.c.p. Elaboración de pescados de mar, crustáceos y productos marinos n.c.p. Elaboración de pescados de ríos y lagunas y otros productos fluviales y lacustres Fabricación de aceites, grasas, harinas y productos a base de pescados n.c.p. Preparación de conservas de frutas, hortalizas y legumbres Elaboración de jugos naturales y sus concentrados, de frutas, hortalizas y legumbres Elaboración y envasado de dulces, mermeladas y jaleas Elaboración de frutas, hortalizas y legumbres congeladas Elaboración de frutas, hortalizas y legumbres deshidratadas o desecadas; preparación n.c.p. de frutas, hortalizas y legumbres (Incluye la elaboración de harina y escamas de papa, sémola de
Alícuota
Mínimo
10‰
1058
10‰
1058
10‰
1058
10‰
1058
Rige Título VI Rige Título VI
5‰ 212 5‰ 212 Rige Título VI 5‰
212
5‰
212
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 52
Código
151410 151420 151430 152010
152020 152030 152090
153110 153120 153131 153139 153200 153300 154110 154120 154191 154199
154200 154301 154309 154410 154420 154911
Actividad hortalizas y legumbres, frutas, hortalizas y legumbres deshidratadas, etc.) Elaboración de aceites y grasas vegetales sin refinar y sus subproductos; elaboración de aceite virgen Elaboración de aceites y grasas vegetales refinadas (No incluye aceite de maíz) Elaboración de margarinas y grasas vegetales comestibles similares Elaboración de productos lácteos Elaboración de leches y productos lácteos deshidratados (Incluye la estandarización, homogeneización, pasteurización y esterilización de leche, la elaboración de leches chocolatadas y otras leches saborizadas, leches condensadas, leche en polvo, dulce de leche, etc.) Elaboración de quesos (Incluye la producción de suero) Elaboración industrial de helados (No incluye las heladerías artesanales) Elaboración de productos lácteos n.c.p. (Incluye la producción de caseínas, caseinatos lácteos, cremas, manteca, postres, etc.) Elaboración de productos de molinería, almidones y productos derivados del almidón y de alimentos preparados para animales Molienda de trigo Preparación de arroz Elaboración de alimentos a base de cereales Preparación y molienda de legumbres y cereales n.c.p. (excepto trigo) Elaboración de almidones y productos derivados del almidón (Incluye la elaboración de glucosa, gluten, aceites de maíz) Elaboración de alimentos preparados para animales Elaboración de productos alimenticios n.c.p. Elaboración de galletitas y bizcochos Elaboración industrial de productos de panadería, excluido galletitas y bizcochos (Incluye la elaboración en establecimientos con más de 10 ocupados) Elaboración de masas y productos de pastelería Elaboración de productos de panadería n.c.p. (Incluye la elaboración de churros, prepizzas, masas fritas, de hojaldre, etc. en establecimientos de hasta 10 ocupados) Elaboración de azúcar Elaboración de cacao, chocolate y productos a base de cacao Elaboración de productos de confitería n.c.p. (Incluye caramelos, frutas confitadas, pastillas, gomas de mascar, etc.) Elaboración de pastas alimentarias frescas Elaboración de pastas alimentarias secas Tostado, torrado y molienda de café
Alícuota
Mínimo
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153 153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 53
Código 154912 154920 154930 154991 154992 154999
155110 155120 155210 155290 155300 155411 155412 155420 155490
160010 160091 160099 171111 171112 171120 171131 171132 171139 171141 171142 171143 171148 171149 171200
Actividad Elaboración y molienda de hierbas aromáticas y especias Preparación de hojas de té Elaboración de yerba mate Elaboración de extractos, jarabes y concentrados Elaboración de vinagres Elaboración de productos alimenticios n.c.p. (Incluye la elaboración de polvos para preparar postres y gelatinas, levadura, productos para copetín, sopas y concentrados, sal de mesa, mayonesa, mostaza, etc.) Elaboración de bebidas Destilación de alcohol etílico Destilación, rectificación y mezcla de bebidas espiritosas Elaboración de vinos (Incluye el fraccionamiento) Elaboración de sidra y otras bebidas alcohólicas fermentadas a partir de frutas Elaboración de cerveza, bebidas malteadas y de malta Embotellado de aguas naturales y minerales Fabricación de sodas Elaboración de bebidas gaseosas, excepto soda Elaboración de hielo, jugos envasados para diluir y otras bebidas no alcohólicas (Incluye los jugos para diluir o en polvo llamados "sintéticos" o de un contenido en jugos naturales inferior al 50%) Elaboración de productos de tabaco Preparación de hojas de tabaco Elaboración de cigarrillos Elaboración de productos de tabaco n.c.p. Fabricación de hilados y tejidos, acabado de productos textiles Desmotado de algodón; preparación de fibras de algodón Preparación de fibras textiles vegetales excepto de algodón (Incluye la preparación de fibras de yute, ramio, cáñamo y lino) Preparación de fibras animales de uso textil, incluso lavado de lana Fabricación de hilados de lana y sus mezclas Fabricación de hilados de algodón y sus mezclas Fabricación de hilados textiles excepto de lana y de algodón Fabricación de tejidos (telas) planos de lana y sus mezclas Fabricación de tejidos (telas) planos de algodón y sus mezclas Fabricación de tejidos (telas) planos de fibras manufacturadas y seda Fabricación de tejidos (telas) planos de fibras textiles n.c.p. (Incluye hilanderías y tejedurías integradas) Fabricación de productos de tejeduría n.c.p. Acabado de productos textiles Fabricación de productos textiles n.c.p.
Alícuota 5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
Mínimo 153 153 153 153 153 153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
5‰ 5‰
153 153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153 153 153 153 153
5‰ 5‰
153 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 54
Código 172101 172102 172103 172104 172109 172200 172300 172900 173010 173020 173090 181110 181120 181130 181191 181192 181199 181201 181202 182001 182009
191100 191200 192010 192011 192013 192020 192021 192022 192030 201000
Actividad Fabricación de frazadas, mantas, ponchos, colchas, cobertores, etc. Fabricación de ropa de cama y mantelería Fabricación de artículos de lona y sucedáneos de lona Fabricación de bolsas de materiales textiles para productos a granel Fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles excepto prendas de vestir n.c.p. Fabricación de tapices y alfombras Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes Fabricación de productos textiles n.c.p. Fabricación de tejidos de punto y artículos de punto y ganchillo Fabricación de medias Fabricación de suéteres y artículos similares de punto Fabricación de tejidos y artículos de punto n.c.p. Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel Confección de ropa interior, prendas para dormir y para la playa Confección de indumentaria de trabajo, uniformes, guardapolvos y sus accesorios Confección de indumentaria para bebés y niños Confección de pilotos e impermeables Fabricación de accesorios de vestir excepto de cuero Confección de prendas de vestir n.c.p., excepto las de piel, cuero y sucedáneos, pilotos e impermeables Fabricación de accesorios de vestir de cuero Confección de prendas de vestir de cuero Terminación y teñido de pieles; fabricación de artículos de piel Confección de prendas de vestir de piel y sucedáneos Terminación y teñido de pieles; fabricación de artículos de piel n.c.p. Curtido y terminación de cueros; fabricación de artículos de marroquinería y talabartería Curtido y terminación de cueros Fabricación de maletas, bolsos de mano y similares, artículos de talabartería y artículos de cuero n.c.p. Fabricación de calzado y de sus partes Fabricación de calzado de cuero, excepto el ortopédico: Hasta 3 personas afectadas a la actividad Más de 3 personas afectadas a la actividad Fabricación de calzado de tela, plástico, goma, caucho y otros materiales, excepto calzado ortopédico y de asbesto: Hasta 3 personas afectadas a la actividad Más de 3 personas afectadas a la actividad Fabricación de partes con destino a la industria de la confección o del calzado (talleres de costura, taller de aparado, etc.) Aserrado y cepillado de madera Aserrado y cepillado de madera Fabricación de productos de madera, corcho, paja y materiales
Alícuota 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
Mínimo 153 153 153 153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
271 544
5‰ 5‰
271 544
5‰
153
5‰
153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 55
Código
202100
202201 202202 202300 202901 202902 202903 202904 202909 210101 210102 210201 210202 210910 210990 221100 221200 221300 221900 222101 222109 222200 223000 241110 241120 241130 241180 241190
241200 241301 241309
Actividad trenzables Fabricación de hojas de madera para enchapado; fabricación de tableros contrachapados; tableros laminados; tableros de partículas y tableros y paneles n.c.p. (Incluye la fabricación de madera terciada y machimbre) Fabricación de aberturas y estructuras de madera para la construcción Fabricación de viviendas prefabricadas de madera Fabricación de recipientes de madera Fabricación de artículos de cestería, caña y mimbre Fabricación de ataúdes Fabricación de artículos de madera en tornerías Fabricación de productos de corcho Fabricación de productos de madera n.c.p Fabricación de papel y de productos de papel Fabricación de pulpa de madera Fabricación de papel y cartón excepto envases Fabricación de envases de papel Fabricación de envases de cartón Fabricación de artículos de papel y cartón de uso doméstico e higiénico sanitario Fabricación de artículos de papel y cartón n.c.p. Edición Edición de libros, folletos, partituras y otras publicaciones Edición de periódicos, revistas y publicaciones periódicas Edición de grabaciones Edición n.c.p. Impresión y servicios conexos Impresión de diarios y revistas Impresión excepto de diarios y revistas Servicios relacionados con la impresión Reproducción de grabaciones Reproducción de grabaciones Fabricación de sustancias químicas básicas Fabricación de gases comprimidos y licuados. Fabricación de curtientes naturales y sintéticos. Fabricación de materias colorantes básicas, excepto pigmentos preparados. Fabricación de materias químicas inorgánicas básicas n.c.p. Fabricación de materias químicas orgánicas básicas n.c.p. (Incluye la fabricación de alcoholes excepto el etílico, sustancias químicas para la elaboración de sustancias plásticas, etc.) Fabricación de abonos y compuestos de nitrógeno Fabricación de resinas y cauchos sintéticos Fabricación de materias plásticas en formas primarias n.c.p.
Alícuota
Mínimo
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153 153 153 153 153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153
5‰
153
5‰
153 Exento Exento
5‰ 5‰
153 153 Exento
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 56
Código 242100 242200 242310 242320 242390 242411 242412 242490 242901 242903 242909
243000 251110 251120 251901 251909 252010 252090 261010 261020 261091 261099 269110 269191 269192 269193 269200 269301 269302 269309 269410
Actividad Alícuota Fabricación de productos químicos n.c.p. Fabricación de plaguicidas y productos químicos de uso agropecuario 5‰ Fabricación de pinturas; barnices y productos de revestimiento similares; 5‰ tintas de imprenta y masillas 5‰ Fabricación de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos Fabricación de medicamentos de uso veterinario 5‰ Fabricación de productos de laboratorio, sustancias químicas 5‰ medicinales y productos botánicos n.c.p. Fabricación de preparados para limpieza, pulido y saneamiento 5‰ Fabricación de jabones y detergentes 5‰ Fabricación de cosméticos, perfumes y productos de higiene y tocador 5‰ Fabricación de tintas 5‰ Fabricación de colas, adhesivos, aprestos y cementos excepto los 5‰ odontológicos obtenidos de sustancias minerales y vegetales Fabricación de productos químicos n.c.p. 5‰ (Incluye la producción de aceites esenciales, etc.) Fabricación de fibras manufacturadas Fabricación de fibras manufacturadas 5‰ Fabricación de productos de caucho Fabricación de cubiertas y cámaras 5‰ Recauchutado y renovación de cubiertas 5‰ Fabricación de autopartes de caucho excepto cámaras y cubiertas 5‰ Fabricación de productos de caucho n.c.p. 5‰ Fabricación de productos de plástico Fabricación de envases plásticos 5‰ Fabricación de productos plásticos en formas básicas y artículos de 5‰ plástico n.c.p., excepto muebles Fabricación de vidrio y productos de vidrio Fabricación de envases de vidrio 5‰ Fabricación y elaboración de vidrio plano 5‰ Fabricación de espejos y vitrales 5‰ Fabricación de productos de vidrio n.c.p. 5‰ Fabricación de productos minerales no metálicos n.c.p. Fabricación de artículos sanitarios de cerámica 8‰ Fabricación de objetos cerámicos para uso industrial y de laboratorio 8‰ Fabricación de objetos cerámicos para uso doméstico excepto artefactos 8‰ sanitarios Fabricación de objetos cerámicos excepto revestimientos de pisos y 8‰ paredes n.c.p. Fabricación de productos de cerámica refractaria 8‰ Fabricación de ladrillos 8‰ Fabricación de revestimientos cerámicos 8‰ Fabricación de productos de arcilla y cerámica no refractaria para uso 8‰ estructural n.c.p. Elaboración de cemento 8‰
Mínimo 153 153 153 153 153 153 153 153 153 153 153
153 153 153 153 153 153 153 153 153 153 153 238 238 238 238 238 238 238 238 238
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 57
Código 269421 269422 269510 269591 269592 269600 269910 269990 271002 271009
272010 272090 273100 273200
281101 281102 281200 281300
289100 289200 289301 289302 289309
289910 289991 289992 289993 289999
291200 291300
Actividad Elaboración de yeso Elaboración de cal Fabricación de mosaicos Fabricación de artículos de cemento y fibrocemento Fabricación de premoldeadas para la construcción Corte, tallado y acabado de la piedra (Incluye mármoles y granitos, etc.) Elaboración primaria n.c.p. de minerales no metálicos Fabricación de productos minerales no metálicos n.c.p. Industrias básicas de hierro y acero Laminación y estirado Fabricación en industrias básicas de productos de hierro y acero n.c.p. Fabricación de productos primarios de metales preciosos y metales no ferrosos Elaboración de aluminio primario y semielaborados de aluminio Producción de metales no ferrosos n.c.p. y sus semielaborados Fundición de metales Fundición de hierro y acero Fundición de metales no ferrosos Fabricación de productos metálicos para uso estructural, tanques, depósitos y generadores de vapor Fabricación de carpintería metálica Fabricación de estructuras metálicas para la construcción Fabricación de tanques, depósitos y recipientes de metal Fabricación de generadores de vapor Fabricación de productos elaborados de metal n.c.p.; servicios de trabajo de metales Forjado, prensado, estampado y laminado de metales; pulvimetalurgia Tratamiento y revestimiento de metales; obras de ingeniería mecánica en general realizadas a cambio de una retribución o por contrata Fabricación de herramientas manuales y sus accesorios Fabricación de artículos de cuchillería y utensilios de mesa y de cocina Fabricación de cerraduras, herrajes y artículos de ferretería n.c.p. (No incluye clavos, productos de bulonería, vajilla de mesa y de cocina, etc.) Fabricación de envases metálicos Fabricación de tejidos de alambre Fabricación de cajas de seguridad Fabricación de productos metálicos de tornería y/o matricería Fabricación de productos metálicos n.c.p. (Incluye clavos, productos de bulonería, vajilla de mesa y de cocina, etc.) Fabricación de maquinaria de uso general Fabricación de bombas; compresores; grifos y válvulas Fabricación de cojinetes; engranajes; trenes de engranaje y piezas de
Alícuota 8‰ 8‰ 8‰ 8‰ 8‰ 8‰
Mínimo 238 238 238 238 238 238
8‰ 8‰
238 238
5‰ 5‰
153 153
5‰ 5‰
153 153
5‰ 5‰
153 153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153
5‰
173
5‰
173
5‰ 5‰ 5‰
173 173 173
5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
173 173 173 173 173
5‰ 5‰
173 173
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 58
Código 291400 291900 292200 292300 292400
292500 292600 292901 292909 293010 293020 293091 293092 293093 293094 293095 293099 300000 311000 312000 313000 314000 315000
319000 321000
Actividad transmisión Fabricación de hornos; hogares y quemadores Fabricación de maquinaria de uso general n.c.p. Fabricación de maquinaria de uso especial Fabricación de máquinas herramienta Fabricación de maquinaria metalúrgica Fabricación de maquinaria para la explotación de minas y canteras y para obras de construcción (Incluye la fabricación de máquinas y equipos viales) Fabricación de maquinaria para la elaboración de alimentos, bebidas y tabaco Fabricación de maquinaria para la elaboración de productos textiles, prendas de vestir y cueros Fabricación de maquinaria para la industria del papel y las artes gráficas Fabricación de maquinaria de uso especial n.c.p. Fabricación de aparatos de uso doméstico n.c.p. Fabricación de cocinas, calefones, estufas y calefactores de uso doméstico no eléctricos Fabricación de heladeras, "freezers", lavarropas y secarropas Fabricación de máquinas de coser y tejer Fabricación de ventiladores, extractores y acondicionadores de aire, aspiradoras y similares Fabricación de enceradoras, pulidoras, batidoras, licuadoras y similares Fabricación de planchas, calefactores, hornos eléctricos, tostadoras y otros aparatos generadores de calor Fabricación de artefactos para iluminación excepto los eléctricos Fabricación de aparatos y accesorios eléctricos n.c.p. Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica Fabricación de hilos y cables aislados Fabricación de hilos y cables aislados Fabricación de acumuladores y de pilas y baterías primarias Fabricación de acumuladores y de pilas y baterías primarias Fabricación de lámparas eléctricas y equipo de iluminación Fabricación de lámparas eléctricas y equipo de iluminación (Incluye la fabricación de letreros luminosos) Fabricación de equipo eléctrico n.c.p. Fabricación de equipo eléctrico n.c.p. Fabricación de tubos, válvulas y otros componentes electrónicos Fabricación de tubos, válvulas y otros componentes electrónicos Fabricación de transmisores de radio y televisión y de aparatos
Alícuota
Mínimo
5‰ 5‰
173 173
5‰ 5‰
173 173
5‰
173
5‰
173
5‰
173
5‰ 5‰
173 173
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 59
Código 322000
323000
331100 331200 331300 332001 332002 332003 333000 359100 359200 359900 361010 361020 361030 369101 369102 369200 369300
369400 369910 369920 369991 369992 369999
Actividad para telefonía y telegrafía con hilos Fabricación de transmisores de radio y televisión y de aparatos para telefonía y telegrafía con hilos Fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos Fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos Fabricación de aparatos e instrumentos médicos y de aparatos para medir, verificar, ensayar, navegar y otros fines, excepto instrumentos de óptica Fabricación de equipo médico y quirúrgico y de aparatos ortopédicos Fabricación de instrumentos y aparatos para medir, verificar, ensayar, navegar y otros fines, excepto el equipo de control de procesos industriales Fabricación de equipo de control de procesos industriales Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico Fabricación de aparatos y accesorios para fotografía excepto películas, placas y papeles sensibles Fabricación de lentes y otros artículos oftálmicos Fabricación de instrumentos de óptica Fabricación de relojes Fabricación de relojes Fabricación de equipo de transporte n.c.p. Fabricación de motocicletas Fabricación de bicicletas y de sillones de ruedas para inválidos Fabricación de equipo de transporte n.c.p. Fabricación de muebles y colchones Fabricación de muebles y partes de muebles, principalmente de madera Fabricación de muebles y partes de muebles, principalmente de otros materiales (metal, plástico, etc.) Fabricación de somieres y colchones Industrias manufactureras n.c.p. Fabricación de joyas y artículos conexos Fabricación de objetos de platería y artículos enchapados Fabricación de instrumentos de música Fabricación de artículos de deporte (Incluye equipos de deporte, para gimnasios y campos de juegos, equipos de pesca y camping, etc., excepto indumentaria deportiva) Fabricación de juegos y juguetes Fabricación de lápices, lapiceras, bolígrafos, sellos y artículos similares para oficinas y artistas Fabricación de cepillos y pinceles Fabricación de fósforos Fabricación de paraguas Industrias manufactureras n.c.p.
Alícuota
Mínimo
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 60
Código
371000 372000 D 401190
401300 402001 402009 410010 410020 E 451100
451200
451900
452100
452200
Actividad Alícuota Mínimo (Incluye fabricación de cochecitos de bebé, termos, velas, pelucas, etc.) Reciclamiento de desperdicios y desechos metálicos Reciclamiento de desperdicios y desechos metálicos 5‰ 153 Reciclamiento de desperdicios y desechos no metálicos Reciclamiento de desperdicios y desechos no metálicos 5‰ 153 ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA Generación, transporte y distribución de energía eléctrica Generación de energía n.c.p. EXENTO (Incluye la producción de energía eléctrica mediante fuentes de energía solar, biomasa, eólica, geotérmica, mareomotriz, etc.) Distribución de energía eléctrica 7‰ Fabricación de gas y distribución de combustibles gaseosos por tuberías P/ m3 $ 0,0224 Comercialización, transporte, distribución y/o distribución de gas natural por redes. Mínimo mens. 1.469 Fabricación y distribución de combustibles gaseosos n.c.p. Sobre P/ m3 $ 0,35 facturación 8, 00% (ocho por ciento). Captación, depuración y distribución de agua Captación, depuración y distribución de agua de fuentes subterráneas Exento Captación, depuración y distribución de agua de fuentes superficiales Exento CONSTRUCCION Preparación de terrenos para obras Demolición y voladura de edificios y de sus partes 5‰ 153 (Incluye los trabajos de limpieza de escombros asociados a la demolición y voladura, las perforaciones asociadas a la preparación del terreno para la construcción de obras, la limpieza del terreno de malezas y la estabilización del suelo, etc.) Perforación y sondeo excepto: perforación de pozos de petróleo, de gas, 5‰ 153 de minas e hidráulicos y prospección de yacimientos de petróleo (Incluye los trabajos de perforación, sondeo y muestreo con fines de construcción o para estudios geofísicos, geológicos u otros similares, las perforaciones horizontales para el paso de cables o cañerías de drenaje, etc.) (No incluye los servicios de perforación relacionados con la extracción de petróleo y gas, actividad 112000, ni los trabajos de perforación de 5‰ 153 pozos hidráulicos, actividad 452510) Movimiento de suelos y preparación de terrenos para obras n.c.p. 5‰ 153 (Incluye el drenaje, remoción de rocas, excavación de zanjas para servicios públicos, alcantarillado urbano y para construcciones diversas, movimientos de tierras para hacer terraplenes o desmontes previos a la construcción de vías, autopistas, FFCC, etc.) Construcción de edificios y sus partes y obras de ingeniería civil Construcción, reforma y reparación de edificios residenciales 5‰ 153 (Incluye la construcción, reforma y reparación de viviendas unifamiliares y multifamiliares; bungalows, cabañas, casas de campo, departamentos, albergues para ancianos, niños, estudiantes, etc.) Construcción, reforma y reparación de edificios no residenciales 5‰ 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 61
Código
452310 452390
452400
452510 452520 452590
452900
453110 453120 453190
453200 453300
453900 454100
454200
Actividad (Incluye construcción, reforma y reparación de restaurantes, bares, campamentos, bancos, oficinas, galerías comerciales, estaciones de servicio, edificios para tráfico y comunicaciones, garajes, edificios industriales y depósitos, escuelas, etc.) Construcción, reforma y reparación de obras hidráulicas (Incluye obras fluviales y canales, acueductos, diques, etc.) Construcción, reforma y reparación de obras de infraestructura del transporte n.c.p (Incluye la construcción, reforma y reparación de calles, autopistas, carreteras, puentes, túneles, vías férreas y pistas de aterrizaje, la señalización mediante pintura, etc.) Construcción, reforma y reparación de redes (Incluye la construcción, reforma y reparación de redes de electricidad, de gas, de agua, de telecomunicaciones, etc.) Perforación de pozos de agua Actividades de hincado de pilotes, cimentación y otros trabajos de hormigón armado Actividades especializadas de construcción n.c.p. (Incluye el alquiler e instalación de andamios, la construcción de chimeneas y hornos industriales, el acorazamiento de cajas fuertes y cámaras frigoríficas, el armado e instalación de compuertas para diques, etc.) Obras de ingeniería civil n.c.p. (Incluye los trabajos generales de construcción para la minería y la industria, de centrales eléctricas y nucleares, excavaciones de sepulturas, etc.) Instalaciones para edificios y obras de ingeniería civil Instalaciones de ascensores, montacargas y escaleras mecánicas Instalación de sistemas de iluminación, control y señalización eléctrica para el transporte Ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas y electrónicas n.c.p. (Incluye la instalación de antenas, pararrayos, sistemas de alarmas contra incendios y robos, sistemas de telecomunicación, etc.) Aislamiento térmico, acústico, hídrico y antivibratorio Instalaciones de gas, agua, sanitarios y de climatización, con sus artefactos conexos (Incluye la instalación de compactadores, calderas, sistemas de calefacción central, etc.) Instalaciones para edificios y obras de ingeniería civil n.c.p. Terminación de edificios y obras de ingeniería civil Instalaciones de carpintería, herrería de obra y artística (Incluye instalación de puertas y ventanas, carpintería metálica y no metálica, etc.) Terminación y revestimiento de paredes y pisos (Incluye yesería, salpicré, el pulido de pisos y la colocación de
Alícuota
Mínimo
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 62
Código
454300
454400 454900
455000 F
501110 501190
501210 501290
502100 502210 502220 502300
502400 502500 502600 502910 502920 502950 502990
Actividad revestimientos de cerámicas, de piedra tallada, de suelos flexibles, parqué, baldosas, empapelados, etc.) Colocación de cristales en obra (Incluye la instalación y revestimiento de vidrio, espejos y otros artículos de vidrio, etc.) Pintura y trabajos de decoración Terminación de edificios y obras de ingeniería civil n.c.p. (Incluye trabajos de ornamentación, limpieza exterior de edificios con vapor, chorro de arena u otros métodos, etc.) Alquiler de equipo de construcción o demolición dotado de operarios Alquiler de equipo de construcción o demolición dotado de operarios COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; REPARACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES, MOTOCICLETAS, EFECTOS PERSONALES Y ENSERES DOMESTICOS Venta de vehículos automotores, excepto motocicletas Venta de autos, camionetas y utilitarios, nuevos y usados (Incluye taxis, jeeps, 4x4 y vehículos similares) Venta de vehículos automotores, nuevos n.c.p. y usados n.c.p. (Incluye casas rodantes, trailers, camiones, remolques, ambulancias, ómnibus, microbuses y similares, cabezas tractoras, etc.) Venta de autos, camionetas y utilitarios, usados (Incluye taxis, jeeps, 4x4 y vehículos similares) Venta de vehículos automotores, usados n.c.p. (Incluye, casas rodantes, trailers, camiones, remolques, ambulancias, ómnibus, microbuses y similares, cabezas tractoras, etc..) Mantenimiento y reparación de vehículos automotores, excepto motocicletas Lavado automático y manual Reparación de cámaras y cubiertas (Incluye reparación de llantas) Reparación de amortiguadores, alineación de dirección y balanceo de ruedas Instalación y reparación de lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras, radios, sistemas de climatización automotor y grabado de cristales (Incluye instalación y reparación de parabrisas, aletas, burletes, colisas, levantavidrios, parlantes y autoestereos, aire acondicionado, alarmas y sirenas, etc.) Tapizado y retapizado Reparaciones eléctricas, del tablero e instrumental; reparación y recarga de baterías Reparación y pintura de carrocerías; colocación de guardabarros y protecciones exteriores Instalación y reparación de caños de escape Mantenimiento y reparación de frenos Instalación y reparación de equipos de GNC Mantenimiento y reparación del motor n.c.p.; mecánica integral (Incluye
Alícuota
Mínimo
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰
906
5‰
906
5‰
544
5‰
544
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 360 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 63
Código
503100 503210 503220 503290
504010 504020
505000
511111 511112 511119 511121 511122 511911 511912 511919 511920 511930 511940 511950 511960 511970
Actividad auxilio y servicios de grúa para automotores) Venta de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores Venta al por mayor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores Venta al por menor de cámaras y cubiertas Venta al por menor exclusivamente de baterías Venta al por menor de partes, piezas y accesorios excepto cámaras y cubiertas Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios Venta de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios Mantenimiento y reparación de motocicletas Venta al por menor de combustible para vehículos automotores y motocicletas Venta al por menor de combustible para vehículos automotores y motocicletas (Incluye estaciones de servicios y la venta al por menor de productos lubricantes y refrigerantes para automotores y motocicletas) Venta al por mayor en comisión o consignación Venta al por mayor en comisión o consignación de cereales (incluye arroz), oleaginosas y forrajeras excepto semillas Venta al por mayor en comisión o consignación de semillas Venta al por mayor en comisión o consignación de productos agrícolas n.c.p. Operaciones de intermediación de ganado en pie. (Incluye consignatarios de hacienda y ferieros) Operaciones de intermediación de lanas, cueros y productos afines de terceros. Operaciones de intermediación de carne - consignatario directo Operaciones de intermediación de carne excepto consignatario directo (Incluye matarifes abastecedores de carne, etc.) Venta al por mayor en comisión o consignación de alimentos, bebidas y tabaco n.c.p. Venta al por mayor en comisión o consignación de productos textiles, prendas de vestir, calzado excepto el ortopédico, artículos de marroquinería, paraguas y similares y productos de cuero n.c.p. Venta al por mayor en comisión o consignación de madera y materiales para la construcción Venta al por mayor en comisión o consignación de energía eléctrica, gas y combustibles Venta al por mayor en comisión o consignación de minerales, metales y productos químicos industriales Venta al por mayor en comisión o consignación de maquinaria, equipo profesional industrial y comercial, embarcaciones y aeronaves Venta al por mayor en comisión o consignación de papel, cartón, libros, revistas, diarios, materiales de embalaje y artículos de librería
Alícuota
Mínimo
5‰
358
5‰ 5‰
252 153
5‰
252
5‰ 5‰
271 153
5‰
544
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰ 5‰
358 358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 64
Código 511990
512111 512112 512119 512121 512129 512211 512212 512221 512229 512230 512240
512250 512260 512271 512272 512273 512279 512291 512292 512299 512311 512312 512319
512320
512400
Actividad Alícuota Venta al por mayor en comisión o consignación de mercaderías n.c.p. 5‰ (Incluye galerías de arte) Venta al por mayor de materias primas agropecuarias, de animales vivos, alimentos, bebidas y tabaco, excepto en comisión o consignación Venta al por mayor de cereales (incluye arroz), oleaginosas y forrajeras 5‰ excepto semillas Venta al por mayor de semillas 5‰ Venta al por mayor de materias primas agrícolas y de la silvicultura n.c.p. 5‰ (Incluye el acopio y venta al por mayor de frutas, flores y plantas, etc.) Venta al por mayor de lanas, cueros en bruto y productos afines 5‰ Venta al por mayor de materias primas pecuarias incluso animales vivos 5‰ n.c.p. Venta al por mayor de productos lácteos 5‰ Venta al por mayor de fiambres y quesos 5‰ Venta al por mayor de carnes y derivados excepto las de aves. 5‰ Venta al por mayor de aves, huevos y productos de granja y de la caza 5‰ n.c.p. Venta al por mayor de pescado 5‰ Venta al por mayor y empaque de frutas, de legumbres y hortalizas 5‰ frescas (Incluye la conservación en cámaras frigoríficas por parte de los empaquetadores) Venta al por mayor de pan, productos de confitería y pastas frescas 5‰ Venta al por mayor de chocolates, golosinas y productos para kioscos y 5‰ polirrubros n.c.p., excepto cigarrillos Venta al por mayor de azúcar 5‰ Venta al por mayor de aceites y grasas 5‰ Venta al por mayor de café, té, yerba mate y otras infusiones y especias 5‰ y condimentos (Incluye la venta de sal, etc.) Venta al por mayor de productos y subproductos de molinería n.c.p. 5‰ Venta al por mayor de frutas, legumbres y cereales secos y en conserva 5‰ Venta al por mayor de alimentos para animales 5‰ Venta al por mayor de productos alimenticios n.c.p. 5‰ (Incluye la venta de miel y derivados, productos congelados, etc.) Venta al por mayor de vino 5‰ Venta al por mayor de bebidas espiritosas 5‰ Venta al por mayor de bebidas alcohólicas n.c.p. 5‰ (Incluye la venta de aperitivos con alcohol, cerveza, sidra, el fraccionamiento de alcohol, etc.) Venta al por mayor de bebidas no alcohólicas 5‰ (Incluye la venta de aguas, sodas, bebidas refrescantes, jarabes, extractos, concentrados, gaseosas, jugos, etc.) Venta al por mayor de cigarrillos y productos de tabaco 5‰ Venta al por mayor de artículos de uso doméstico y/o personal
Mínimo 358
358 358 358 358 358 358 358 358 358 358 358
358 358 358 358 358 358 358 358 358 358 358 358
358
358
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 65
Código 513111 513112 513113 513114 513115 513121 513122 513129 513130 513141 513142
513149 513211 513212 513221 513222 513223 513310
513320 513330
513410
513420 513511 513519 513520 513531
Actividad Alícuota Venta al por mayor de productos textiles excepto telas, tejidos, prendas y 5‰ accesorios de vestir (Incluye fibras vegetales, animales, minerales y manufacturadas) Venta al por mayor de tejidos (telas) 5‰ Venta al por mayor de artículos de mercería 5‰ (Incluye la venta de puntillas, galones, hombreras, agujas, botones, etc.) Venta al por mayor de mantelería, ropa de cama y artículos textiles para 5‰ el hogar Venta al por mayor de tapices y alfombras de materiales textiles 5‰ Venta al por mayor de prendas de vestir de cuero 5‰ Venta al por mayor de medias y prendas de punto 5‰ Venta al por mayor de prendas de vestir n.c.p. 5‰ Venta al por mayor de calzado excepto el ortopédico 5‰ (Incluye venta de calzado de cuero, tela, plástico, goma, etc.) Venta al por mayor de pieles y cueros curtidos y salados 5‰ Venta al por mayor de suelas y afines 5‰ (Incluye talabarterías, artículos regionales de cuero, almacenes de suelas, etc.) Venta al por mayor de artículos de marroquinería, paraguas y productos 5‰ similares n.c.p. Venta al por mayor de libros y publicaciones 5‰ Venta al por mayor de diarios y revistas 5‰ Venta al por mayor de papel y productos de papel y cartón excepto 5‰ envases Venta al por mayor de envases de papel y cartón 5‰ Venta al por mayor de artículos de librería y papelería 5‰ Venta al por mayor de productos farmacéuticos y veterinarios 5‰ (Incluye venta de medicamentos y kits de diagnóstico como test de embarazo, hemoglucotest, vacunas, etc.) Venta al por mayor de productos cosméticos, de tocador y de perfumería 5‰ Venta al por mayor de instrumental médico y odontológico y artículos 5‰ ortopédicos (Incluye venta de vaporizadores, nebulizadores, masajeadores, termómetros, prótesis, muletas, plantillas, calzado ortopédico y otros artículos similares de uso personal o doméstico) Venta al por mayor de artículos de óptica y de fotografía 5‰ (Incluye venta de lentes de contacto, líquidos oftalmológicos, armazones, cristales ópticos, películas fotográficas, cámaras y accesorios para fotografía, etc.) Venta al por mayor de artículos de relojería, joyería y fantasías 5‰ Venta al por mayor de muebles metálicos excepto de oficina 5‰ Venta al por mayor de muebles n.c.p. excepto de oficina; artículos de 5‰ mimbre y corcho; colchones y somieres Venta al por mayor de artículos de iluminación 5‰ Venta al por mayor de artículos de vidrio 5‰
Mínimo 358 358 358 358 358 358 358 358 358 358 358
358 358 358 358 358 358 358
358 358
358
358 358 358 358 358
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 66
Código 513532 513540
513551 513552 513910 513920 513930
513940
513950 513991 513992 513999
514110 514191 514199 514200 514310
514320 514330 514340 514350 514391 514392
Actividad Alícuota Venta al por mayor de artículos de bazar y menaje excepto de vidrio 5‰ Venta al por mayor de artefactos para el hogar eléctricos, a gas, 5‰ kerosene u otros combustibles (Incluye electrodomésticos, cocinas, estufas y salamandras, hornos, etc., 5‰ excepto equipos de sonido, televisión y video) Venta al por mayor de instrumentos musicales, discos y casetes de 5‰ audio y video, etc. Venta al por mayor de equipos de sonido, radio y televisión, 5‰ comunicaciones y sus componentes, repuestos y accesorios Venta al por mayor de materiales y productos de limpieza 5‰ Venta al por mayor de juguetes 5‰ (Incluye artículos de cotillón) Venta al por mayor de bicicletas y rodados similares 5‰ (Incluye cochecitos y sillas de paseo para bebés, andadores, triciclos, etc.) Venta al por mayor de artículos de esparcimiento y deportes 5‰ (Incluye embarcaciones deportivas, armas y municiones, equipos de pesca, piletas de natación de lona o plástico, etc.) Venta al por mayor de papeles para pared, revestimiento para pisos de 5‰ goma, plástico y textiles, y artículos similares para la decoración Venta al por mayor de flores y plantas naturales y artificiales 5‰ Venta al por mayor de productos en general en almacenes y 5‰ supermercados mayoristas, con predominio de alimentos y bebidas Venta al por mayor de artículos de uso doméstico y/o personal n.c.p 5‰ (Incluye artículos de platería excepto los incluidos en talabartería, cuadros y marcos que no sean obra de arte o de colección, sahumerios y artículos de santería, parrillas y hogares, etc.) Venta al por mayor de productos intermedios, desperdicios y desechos no agropecuarios Venta al por mayor de combustibles y lubricantes para automotores 5‰ Fraccionamiento y distribución de gas licuado 5‰ Venta al por mayor de combustibles y lubricantes, excepto para 5‰ automotores, leña y carbón Venta al por mayor de metales y minerales metalíferos 5‰ Venta al por mayor de aberturas 5‰ (Incluye puertas, ventanas, cortinas de enrollar de PVC, madera, aluminio, puertas corredizas, frentes de placards, etc.) Venta al por mayor de productos de madera excepto muebles 5‰ (Incluye placas, varillas, parqué, machimbre, etc.) Venta al por mayor de artículos de ferretería 5‰ Venta al por mayor de pinturas y productos conexos 5‰ Venta al por mayor de vidrios planos y templados 5‰ Venta al por mayor de artículos de plomería, electricidad, calefacción, 5‰ obras sanitarias, etc. Venta al por mayor de artículos de loza, cerámica y porcelana de uso en 5‰ construcción
Mínimo 358 358 358 358 358 358 358 358
358
358 358 358 358
358 358 358 358 358
358 358 358 358 358 358
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 67
Código 514399 514910 514920 514931 514932 514933 514940
514990
515110
515120
515130
515140
515150
515160
515190
Actividad Venta al por mayor de ladrillos, cemento, cal, arena, piedra, mármol y materiales para la construcción n.c.p. Venta al por mayor de productos intermedios n.c.p., desperdicios y desechos textiles Venta al por mayor de productos intermedios n.c.p., desperdicios y desechos de papel y cartón Venta al por mayor de abonos, fertilizantes y plaguicidas Venta al por mayor de caucho y productos de caucho excepto calzado y autopartes Venta al por mayor de artículos de plástico Venta al por mayor de productos intermedios n.c.p., desperdicios y desechos metálicos (Incluye chatarra, viruta de metales diversos, etc.) Venta al por mayor de productos intermedios, desperdicios y desechos n.c.p. (Incluye venta al por mayor de petróleo, minerales no metalíferos, etc.) Venta al por mayor de máquinas, equipo y materiales conexos Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en los sectores agropecuario, jardinería, silvicultura, pesca y caza (Incluye venta de tractores, cosechadoras, enfardadoras, remolques de carga y descarga automática, motosierras, cortadoras de césped autopropulsadas, etc.) Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en la elaboración de alimentos, bebidas y tabacos (Incluye máquinas para moler, picar y cocer alimentos, fabricadora de pastas, bateas, enfriadoras y envasadoras de bebidas, etc.) Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en la fabricación de textiles, prendas y accesorios de vestir, calzado, artículos de cuero y marroquinería (Incluye venta de máquinas de coser, de cortar tejidos, de tejer, extender telas, robots de corte y otros equipos dirigidos por computadora para la industria textil y confeccionista, etc.) Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en imprentas, artes gráficas y actividades conexas (Incluye venta de máquinas fotocopiadoras - excepto las de uso personal-, copiadoras de planos, máquinas para imprimir, guillotinar, troquelar, encuadernar, etc.) Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso médico y paramédico (Incluye venta de equipos de diagnóstico y tratamiento, camillas, cajas de cirugía, jeringas y otros implementos de material descartable, etc.) Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en la industria del plástico y del caucho (Incluye sopladora de envases, laminadora de plásticos, máquinas extrusoras y moldeadoras, etc.) Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso especial n.c.p.
Alícuota
Mínimo
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 68
Código
522111 522112
Actividad (Incluye motoniveladoras, excavadoras, palas mecánicas, perforadoraspercutoras, etc.) Venta al por mayor de máquinas - herramienta de uso general Venta al por mayor de vehículos, equipos y máquinas para el transporte ferroviario, aéreo y de navegación Venta al por mayor de muebles e instalaciones para oficinas Venta al por mayor de muebles e instalaciones para la industria, el comercio y los servicios n.c.p. Venta al por mayor de equipo profesional y científico e instrumentos de medida y de control Venta al por mayor de equipos informáticos y máquinas electrónicas de escribir y calcular (Incluye la venta de computadoras incluso las portátiles y sus periféricos, impresoras, suministros para computación, software, máquinas de escribir y calcular electrónicas, incluso las de bolsillo, cajas registradoras y de contabilidad electrónicas, etc.) Venta al por mayor de máquinas y equipos de comunicaciones, control y seguridad (Incluye venta de productos de telefonía, equipos de circuito cerrado, sistemas de alarmas y sirenas contra incendios, robos y otros sistemas de seguridad, equipos de facsímil, etc.) Venta al por mayor de máquinas, equipo y materiales conexos n.c.p. (Incluye máquinas registradoras de escribir y de calcular mecánicas, equipos para destruir documentos, etc.) Venta al por mayor de mercancías n.c.p. Venta al por mayor de mercancías n.c.p. Venta al por menor excepto la especializada Venta al por menor en hipermercados con predominio de productos alimentarios y bebidas Venta al por menor en supermercados ( establecimiento con más de tres cajas de cobro) con predominio de productos alimentarios y bebidas Tres cajas de cobro Venta al por menor en minimercados ( establecimiento con hasta dos cajas de cobro) con predominio de productos alimentarios y bebidas Una caja de cobro Dos cajas de cobro Venta al por menor en kioscos, polirrubros y comercios no especializados n.c.p. Venta al por menor excepto la especializada, sin predominio de productos alimentarios y bebidas Venta al por menor de productos alimentarios, bebidas y tabaco en comercios especializados Venta al por menor de productos lácteos Venta al por menor de fiambres y embutidos
522120
Venta al por menor de productos de almacén y dietética
5‰
153
522210
Venta al por menor de carnes rojas, menudencias y chacinados frescos
5‰
153
515200 515300 515410 515420 515910 515921
515922
515990
519000 521110 521120 521121 521130 521131 521132 521190 521200
Alícuota
Mínimo
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
358
5‰
4.166
5‰
2.709
5‰
1.457
5‰ 5‰
219 436
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 69
Código 522220 522300 522410 522420 522500 522910 522991 522999
523110 523120 523130
523210
523220
523290 523310
523320 523330 523391 523399 523410
523420 523490
Actividad Alícuota Venta al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y 5‰ de la caza n.c.p. Venta al por menor de frutas, legumbres y hortalizas frescas 5‰ Venta al por menor de pan y productos de panadería 5‰ Venta al por menor de bombones, golosinas y demás productos de 5‰ confitería Venta al por menor de bebidas 5‰ Venta al por menor de pescados y productos de la pesca 5‰ Venta al por menor de tabaco y sus productos 5‰ Venta al por menor de productos alimentarios n.c.p., en comercios 5‰ especializados Venta al por menor de productos n.c.p. excepto los usados, en comercios especializados Venta al por menor de productos farmacéuticos y de herboristería 5‰ 5‰ Venta al por menor de productos cosméticos, de tocador y de perfumería Venta al por menor de instrumental médico y odontológico y artículos 5‰ ortopédicos (Incluye venta de vaporizadores, nebulizadores, masajeadores, termómetros, prótesis, muletas, plantillas, calzado ortopédico y otros artículos similares de uso personal o doméstico) Venta al por menor de hilados, tejidos y artículos de mercería 5‰ (Incluye mercerías, sederías, comercios de venta de lanas y otros hilados, etc.) Venta al por menor de confecciones para el hogar 5‰ (Incluye la venta al por menor de sábanas, toallas, mantelería, cortinas confeccionadas, colchas, cubrecamas, etc.) Venta al por menor de artículos textiles n.c.p. excepto prendas de vestir 5‰ (Incluye la venta al por menor de tapices, alfombras, etc.) Venta al por menor de ropa interior, medias, prendas para dormir y para 5‰ la playa (Incluye corsetería, lencería, camisetas, medias excepto ortopédicas, pijamas, camisones y saltos de cama, salidas de baño, trajes de baño, etc.) Venta al por menor de indumentaria de trabajo, uniformes y 5‰ guardapolvos Venta al por menor de indumentaria para bebés y niños 5‰ Venta al por menor de prendas de vestir de cuero y sucedáneos excepto 5‰ calzado Venta al por menor de prendas y accesorios de vestir n.c.p. excepto 5‰ calzado, artículos de marroquinería, paraguas y similares Venta al por menor de artículos regionales y de talabartería 5‰ (Incluye venta de artículos de talabartería y regionales de cuero, plata, alpaca y similares) Venta al por menor de calzado excepto el ortopédico 5‰ Venta al por menor de artículos de marroquinería, paraguas y similares 5‰ n.c.p.
Mínimo 153 153 153 153 153 153 153 153
219 219 219
153
153
153 153
219 219 219 219 153
219 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 70
Código 523510 523520 523530 523540 523550
523560 523590 523610
523620 523630 523640 523650 523660 523690 523710 523720 523810 523820 523830 523911 523912 523920 523930 523941 523942 523950 523960 523961 523970 523991
Actividad Venta al por menor de muebles excepto de oficina, la industria, el comercio y los servicios; artículos de mimbre y corcho Venta al por menor de colchones y somieres Venta al por menor de artículos de iluminación Venta al por menor de artículos de bazar y menaje Venta al por menor de artefactos para el hogar eléctricos, a gas, a kerosene u otros combustibles (Incluye electrodomésticos -excepto equipos de sonido-, televisión y video, cocinas, estufas, hornos, etc.) Venta al por menor de instrumentos musicales, equipos de sonido, casetes de audio y video, discos de audio y video Venta al por menor de artículos para el hogar n.c.p. Venta al por menor de aberturas (Incluye puertas, ventanas, cortinas de enrollar de PVC, madera, aluminio, puertas corredizas, frentes de placards, etc.) Venta al por menor de maderas y artículos de madera y corcho excepto muebles Venta al por menor de artículos de ferretería Venta al por menor de pinturas y productos conexos Venta al por menor de artículos para plomería e instalación de gas Venta al por menor de cristales, espejos, mamparas y cerramientos Venta al por menor de materiales de construcción n.c.p (Corralones, etc. ). Venta al por menor de artículos de óptica y fotografía Venta al por menor de artículos de relojería, joyería y fantasía Venta al por menor de libros y publicaciones Venta al por menor de diarios y revistas Venta al por menor de papel, cartón, materiales de embalaje y artículos de librería Venta al por menor de flores y plantas naturales y artificiales Venta al por menor de semillas, abonos, fertilizantes y otros productos de vivero Venta al por menor de materiales y productos de limpieza Venta al por menor de juguetes y artículos de cotillón Venta al por menor de artículos de deporte, equipos e indumentaria deportiva Venta al por menor de armas y artículos de cuchillería, artículos para la caza y pesca Venta al por menor de máquinas y equipos para oficina y sus componentes y repuestos Venta al por menor de fuel oil, gas en garrafas (No incluye las estaciones de servicios que se clasifican en 505000) Venta al por menor de carbón y leña Venta al por menor de productos veterinarios y animales domésticos Venta al por menor de artículos de caucho excepto cámaras y cubiertas
Alícuota
Mínimo
5‰
271
5‰ 5‰ 5‰
271 219 153
5‰
365
5‰
365
5‰ 5‰
365 219
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
397 185 185 146
5‰
397
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 56
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
271 153 153 153 153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 71
Código 523992 523993 523994 523999
524100 524200 524910 524990
525100 525200 525900
526100 526200 526901 526909 H
551100 551210 551211 551221 551223 551224 551225 551229
552111
Actividad Venta al por menor de máquinas y motores y sus repuestos Venta al por menor de equipo profesional y científico e instrumentos de medida y de control Venta al por menor de artículos de colección y objetos de arte Venta al por menor de artículos nuevos n.c.p. (Incluye casas de regalos, de artesanías y artículos regionales excepto de talabartería, de artículos religiosos, de monedas y sellos, etc.) Venta al por menor de artículos usados excluidos automotores y motocicletas Venta al por menor de muebles usados Venta al por menor de libros, revistas y similares usados Venta al por menor de antigüedades (Incluye venta de antigüedades en remates) Venta al por menor de artículos usados n.c.p. excluidos automotores y motocicletas Venta al por menor no realizada en establecimientos Venta al por menor por correo, televisión, internet y otros medios de comunicación Venta al por menor en puestos móviles Venta al por menor no realizada en establecimientos n.c.p. (Incluye venta mediante máquinas expendedoras, vendedores ambulantes y vendedores a domicilio) Reparación de efectos personales y enseres domésticos Reparación de calzado y artículos de marroquinería Reparación de artículos eléctricos de uso doméstico Reparación de relojes y joyas Reparación de artículos n.c.p. SERVICIOS DE HOTELERIA Y RESTAURANTES Servicios de alojamiento en hoteles, campamentos y otros tipos de hospedaje temporal Servicios de alojamiento en camping (Incluye refugios de montaña) Servicios de alojamiento por hora hasta seis habitaciones Servicios de alojamiento por cada habitación excedente
Alícuota 5‰
Mínimo 153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰ 5‰ 5‰
56 56 153
5‰
56
5‰
474
5‰ 5‰
153 132
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
120 120 120 120
5‰
153
5‰ 5‰
545 91
Servicios de alojamiento en pensiones Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora. Con instalaciones de hasta 10 habitaciones Con instalaciones de más de 10 habitaciones Servicios de hospedaje temporal n.c.p. (Incluye hospedaje en estancias, residencias para estudiantes y albergues juveniles, apartamentos turísticos, etc.) Servicios de expendio de comidas y bebidas Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
93 153 93
5‰
365
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 72
Código 552112 552113
552114
552119 552120 552210
552290
I 602110 602120 602130 602180
602190
602210
602220 602230
602240
Actividad Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo Servicios de pizzerías, "fast food" y locales de venta de comidas y bebidas al paso (Incluye el expendio de pizza, empanadas, hamburguesas, productos lácteos excepto helados, etc.) Servicios de bares y confiterías (Incluye locales de expendio de bebidas con servicio de mesa y/o de mostrador para consumo en el lugar, salones de té, servicios de comedores escolares, cantinas deportivas, fábricas etc.) Servicios de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador - excepto en heladerías - n.c.p. Expendio de helados Provisión de comidas preparadas para empresas (Incluye el servicio de catering, el suministro de comidas para banquetes, bodas, fiestas y otras celebraciones, etc.) Preparación y venta de comidas para llevar n.c.p. (Incluye casas de comidas, rotiserías y demás lugares que no poseen espacio para el consumo in situ) SERVICIOS DE TRANSPORTE, DE ALMACENAMIENTO Y DE COMUNICACIONES Servicio de transporte automotor Servicios de mudanza por vehículo afectado a la actividad. (Incluye servicios de guardamuebles) Servicios de transporte de mercaderías a granel, incluido el transporte por camión cisterna, por unidad Servicios de transporte de animales por vehículo afectado a la actividad Servicio de transporte urbano de carga n.c.p., por unidad afectada a la actividad. (Incluye el transporte realizado por fleteros y distribuidores dentro del ejido urbano) Transporte automotor de cargas n.c.p., por vehículo afectado a la actividad. (Incluye servicios de transporte de carga refrigerada, automotores, transporte pesado y de mercaderías peligrosas) Servicio de transporte automotor urbano regular de pasajeros ( Ómnibus) Servicios de transporte automotor de pasajeros mediante taxis y remises; alquiler de autos con chofer, por vehículo afectado a la actividad Servicio de transporte escolar, por vehículo afectado a la actividad (Incluye el servicio de transporte para colonias de vacaciones y clubes) Servicio de transporte automotor urbano de oferta libre de pasajeros excepto mediante taxis y remises, alquiler de autos con chofer y transporte escolar, por vehículo afectado a la actividad (Incluye servicios urbanos especiales como charters, servicios
Alícuota 5‰
Mínimo 411
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰
93
5‰
93
5‰
153
5‰
93
5‰
153
2,5%
-
5‰
93
5‰
153
5‰
153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 73
Código
602250 602260 602290 603200 631000
632000
633110 633120 633190
634100 634200 634300 635000
641000 642010 642020 642021 642091
Actividad contratados, servicios para ámbito portuario o aeroportuario, servicio de hipódromos y espectáculos deportivos y culturales) Servicio de transporte automotor interurbano de pasajeros
Alícuota
Mínimo
5%
-
Servicio de transporte automotor de pasajeros para el turismo Servicio de transporte automotor de pasajeros n.c.p., por vehículo afectado a la actividad Servicio de transporte por tuberías Servicio de transporte por gasoductos Servicios de manipulación de carga Servicios de manipulación de carga (Incluye los servicios de carga y descarga de mercancías o equipajes de pasajeros, sin discriminar medios de transporte, la estiba y desestiba, etc.) Servicios de almacenamiento y depósito Servicios de almacenamiento y depósito (Incluye silos de granos, depósitos con cámaras frigoríficas, almacenes para mercancías diversas, incluso productos de zona franca, etc.) Servicios complementarios para el transporte Servicios de explotación de infraestructura para el transporte terrestre; peajes y otros derechos Servicios prestados por playas de estacionamiento y garajes Servicios complementarios para el transporte terrestre n.c.p. (Incluye servicios de mantenimiento de material ferroviario, terminales y estaciones) Servicios de agencias de viaje y otras actividades complementarias de apoyo turístico Servicios mayoristas de agencias de viajes Servicios minoristas de agencias de viajes Servicios complementarios de apoyo turístico Servicios de gestión y logística para el transporte de mercaderías Servicios de gestión y logística para el transporte de mercaderías (Incluye las actividades de los agentes aduaneros, actividades de empresas empaquetadoras, etc.) Servicios de correos Servicios de correos. Mínimo por pieza con origen y/o destino en esta jurisdicción. Servicios de telecomunicaciones Servicios de transmisión de radio y televisión Servicios de comunicación por medio de telefonía fija, telégrafo y télex. Mínimo por cantidad de abonados. Servicios de comunicación por medio de telefonía celular. Mínimo por cantidad de abonados. Personas y/o empresas dedicadas a la instalación, distribución, explotación de imágenes de televisión por cable coaxil, con sistema de abonados.
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰ 5‰ 5‰
358 153 153
5‰
153
5‰
$ 0,047
Exento 2,5%
3,45
2,5%
3,45
1,5%
-
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 74
Código 642092 642099 643000 643001 643002 J
652100
652200 652300 652400 652500 652600 652700 652800 K
701010 701011 701012 701013 701020 701090
702000
702001
Actividad Personas y/o empresas dedicadas a la instalación, distribución, explotación de imágenes de televisión por aire, con sistema de abonados Servicios de transmisión n.c.p. de sonido, imágenes, datos u otra información Cabinas telefónicas, hasta 3 aparatos Locutorio con capacidad hasta 5 aparatos Telecentro con capacidad superior a 5 aparatos SERVICIOS FINANCIEROS Y OTROS SERVICIOS Operaciones financieras realizadas por bancos y otras instituciones similares: por la suma de todas las cuentas de ingresos, sin deducción de los resultados negativos generados por operaciones de igual naturaleza a la que generaron los ingresos. Solo podrán deducirse los intereses pasivos devengados por captación de fondos de Operaciones de la misma índole realizadas por Instituciones no comprendidas en el régimen de la Ley de Entidades FinancierasTarjetas de Créditos, etc.: Cajeros automáticos por cada uno Compra venta de divisas Intermediario / consignatario /comisionista, que perciba comisiones, porcentajes u otras retribuciones análogas Cooperativa /Mutual o Compañía Privada de seguros y/o reaseguros Agente de seguros y servicios relacionados con seguros Cobro de Impuestos y Servicios SERVICIOS INMOBILIARIOS, EMPRESARIALES Y DE ALQUILER Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares hasta 150 mts2 Superficie cubierta hasta 300 mts2. Superficie cubierta hasta 700 mts2 Superficie cubierta superior a 700 mts2 Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas infantiles Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados n.c.p. Servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrata Servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrata desarrollados bajo la figura legal de empresa unipersonal (Incluye compra, venta, alquiler, remate, tasación, administración de bienes, etc., realizados a cambio de una retribución o por contrata, y la actividad de administradores, martilleros, rematadores, comisionistas, etc.) Servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrata desarrollados bajo otra figura legal distinta a la mencionada en 702000
Alícuota
Mínimo
4%
-
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
56 79 100
3,5 %
10.000
3,5 %
10.000
1.000 cada uno 3,5 % 3.000 1,5 %
300
1,5 % 1% 1%
300 400 400
5‰
227
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
454 728 1363 271
5‰
271
5‰
219
5‰
365
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 75
Código 711100 712100 712200 712300 712901 712902 712909 712910 713001 713009
721000
722000 723000 724000
725000 729000
741101 741102 741200 741300 742101
Actividad Alquiler de equipo de transporte Alquiler de equipo de transporte para vía terrestre, sin operarios ni tripulación Alquiler de maquinaria y equipo n.c.p. Alquiler de maquinaria y equipo agropecuario, sin operarios Alquiler de maquinaria y equipo de construcción e ingeniería civil, sin operarios (Incluye el alquiler de andamios sin montaje ni desmantelamiento) Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluso computadoras Alquiler de maquinaria y equipo para la industria manufacturera, sin personal Alquiler de maquinaria y equipo minero y petrolero, sin personal Alquiler de maquinaria y equipo n.c.p., sin personal Alquiler de Equipos de Sonido Alquiler de efectos personales y enseres domésticos n.c.p. Alquiler de ropa Alquiler de efectos personales y enseres domésticos n.c.p. (Incluye alquiler de artículos deportivos y de videos) Servicios de consultores en equipo de informática Servicios de consultores en equipo de informática Servicios de consultores en informática y suministros de programas de informática Servicios de consultores en informática y suministros de programas de informática Procesamiento de datos Procesamiento de datos Servicios relacionados con bases de datos Servicios relacionados con bases de datos Mantenimiento y reparación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática Mantenimiento y reparación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática Actividades de informática Actividades de informática n.c.p.: Servicios jurídicos y de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos; estudios de mercados y realización de encuestas de opinión pública; asesoramiento empresarial y en materia de gestión Servicios jurídicos Servicios notariales Servicios de contabilidad y teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal Estudio de mercado, realización de encuestas de opinión pública Servicios de arquitectura e ingeniería y servicios técnicos n.c.p. Servicios relacionados con la construcción. (Incluye los servicios prestados por ingenieros, arquitectos y técnicos)
Alícuota
Mínimo
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153
5‰
153
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 76
Código 742102 742103 742109 742200 743000 749100 749210 749290 749300 749400 749500 749600 749900 L 851110 851190 851210
851211 851220
851230
851300 851400
851500
Actividad Servicios geológicos y de prospección Servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones Servicios de arquitectura e ingeniería y servicios conexos de asesoramiento técnico n.c.p. Ensayos y análisis técnicos Servicios de publicidad Servicios de publicidad Servicios empresariales n.c.p. Obtención y dotación de personal Servicios de transporte de caudales y objetos de valor Servicios de investigación y seguridad n.c.p. Servicios de limpieza de edificios Servicios de fotografía Servicios de envase y empaque Servicios de impresión heliográfica, fotocopia y otras formas de reproducciones Servicios empresariales n.c.p. SERVICIOS SOCIALES Y DE SALUD Servicios relacionados con la salud humana Servicios de internación Servicios hospitalarios n.c.p. Servicios de atención ambulatoria hasta 4 especialidades (Incluye las actividades de consultorios médicos de establecimientos sin internación, consultorios de guardia para resolver urgencias médicas, vacunatorios, centros del primer nivel de atención, etc. Los servicios de cirugía ambulatoria, tales como cirugía plástica, oftalmológica, artroscopía, electrocoagulación, lipoaspiración, etc.) Servicios de atención ambulatoria de más de 4 especialidades Servicios de atención domiciliaria programada (Incluye las actividades llevadas a cabo en establecimientos que ofrecen atención por módulos a domicilio y actividades de agentes sanitarios relacionados con la prevención y educación para la salud) Geriátricos y casas de descanso: Capacidad de hasta 10 camas Capacidad de hasta 20 camas Capacidad de más de 20 camas Servicios odontológicos Servicios de diagnóstico (Incluye las actividades de laboratorios de análisis clínicos y patológicos, centros de diagnóstico por imágenes, centros de endoscopía, de electrodiagnóstico, consultorios de hemodinamia, etc.) Servicios de tratamiento (Incluye las actividades de centros de cobaltoterapia, de radiología convencional, de acelerador lineal de rehabilitación física, de psicoterapia, de hemoterapia, de rehabilitación psíquica, unidades de
Alícuota 5‰ 5‰
Mínimo 153 153
5‰
153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 153 153 93 153
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
906 153 153
5‰ 5‰
238 56
5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 305 649 56 56
5‰
56
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 77
Código 851600
851900 852000 853200 M
900010 900020 900090
921110 921120 921200 921301 921302 921410 921420
921430
921910 921911 921920 921921 921930 921931 921940 728000 921990
Actividad hemodiálisis, centros de medicina nuclear, etc.) Servicios de emergencias médicas y traslados: Hasta 2 unidades afectadas a la actividad, ambulancias o no Mas de 2 unidades afectadas a la actividad, ambulancias o no Servicios relacionados con la salud humana n.c.p. Servicios veterinarios Servicios veterinarios Servicios Sociales Servicios sociales sin alojamiento n.c.p. ( incluye guardería) SERVICIOS COMUNITARIOS, SOCIALES Y PERSONALES N.C.P. Eliminación de desperdicios y aguas residuales, saneamiento y servicios similares Recolección, reducción y eliminación de desperdicios Servicios de depuración de aguas residuales, alcantarillado y cloacas Servicios de saneamiento público n.c.p. Servicios de cinematografía, radio y televisión y servicios de espectáculos artísticos y de diversión n.c.p. Producción de filmes y videocintas Distribución de filmes y videocintas Exhibición de filmes y videocintas Servicios de radio (No incluye la transmisión, actividad 642010) Producción y distribución por televisión (No incluye la transmisión, actividad 642010) Producción de espectáculos teatrales y musicales Composición y representación de obras teatrales, musicales y artísticas (Incluye a compositores, actores, músicos, conferencistas, pintores, artistas plásticos etc.) Servicios conexos a la producción de espectáculos teatrales y musicales (Incluye diseño y manejo de escenografía, montaje de iluminación y sonido, funcionamiento de agencias de venta de billetes de teatro, conciertos, etc.) Confiterías Bailables y similares Negocios con música: locales con propalación de música, expendio de bebidas y/o minutas, en los que los concurrentes puedan bailar, y similares, sin discriminar rubros. ( incluye Pubs) Salas de juegos electrónicos con hasta 10 maquinas o juegos Salas de juegos electrónicos con más de 10 maquinas o juegos Servicios de Cyber e Internet con capacidad hasta 15 maquinas Servicios de Cyber e Internet con capacidad mayor a 15 maquinas Alquiler de castillos inflables Alquiler de canchas de tenis, paddle, futbol cinco u otro deporte no clasificado. Mínimo aplica por cancha Servicios de espectáculos artísticos y de diversión n.c.p. (Incluye parques de diversión y centros similares, circenses)
Alícuota
Mínimo
5‰ 5‰
271 543
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰
153 153 153
Exento 5‰ Exento Exento
153
5‰
153
5‰ Exento
153
5‰
153
2,5%
926
2%
794
5‰ 5‰ 5‰ 5‰ 5‰
120 182 153 182 120
5‰
93
5‰
238
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 78
Código 922000
923100 923200 924110
924111 924112 924120 924130
924910 924990 930100 930201 930202 930300 930910
930990
N 990000
Actividad Servicios de agencias de noticias Servicios de agencias de noticias y servicios de información (Incluye el suministro de material informativo, fotográfico y periodístico a medios de difusión) Servicios de bibliotecas, archivos y museos y servicios culturales n.c.p. Servicios de bibliotecas y archivos Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos Servicios para la práctica deportiva y de entretenimiento n.c.p. Servicios de organización, dirección y gestión de prácticas deportivas y explotación de las instalaciones – Sin aparatos (Incluye clubes, gimnasios y otras instalaciones para practicar deportes) Servicios de organización, dirección y gestión de prácticas deportivas y explotación de las instalaciones – Con aparatos Piletas de natación, cualquiera que fuese el titular de la explotación, bajo el sistema de admisión por cobro de entrada. Escuelas de Verano y clases de natación Promoción y producción de espectáculos deportivos Servicios prestados por profesionales y técnicos, para la realización de prácticas deportivas (Incluye la actividad realizada por deportistas, atletas, entrenadores, instructores, jueces árbitros, escuelas de deporte, etc.) Servicios de esparcimiento relacionados con juegos de azar y apuestas Servicios de entretenimiento n.c.p. Servicios n.c.p. Lavado y limpieza de artículos de tela, cuero y/o de piel, incluso la limpieza en seco Servicios de peluquería Servicios de tratamiento de belleza, excepto los de peluquería Pompas fúnebres y servicios conexos Servicios para el mantenimiento físico-corporal (Incluye baños turcos, saunas, solarios, centros de masajes y adelgazamiento, etc.) Servicios n.c.p. (Incluye actividades de astrología y espiritismo, las realizadas con fines sociales como agencias matrimoniales, de investigaciones genealógicas, de contratación de acompañantes, la actividad de lustrabotas, acomodadores de autos, etc.) OTRAS ACTIVIDADES Otras Actividades n.c.p
Alícuota
Mínimo
5‰
153
Exenta Exento 5‰
196
5‰
153
5‰
183
5‰
153
5‰
153
5‰ 5‰
153 153
5‰
153
5‰ 5‰ 5‰ 5‰
153 153 365 153
5‰
153
5‰
153
Art. 15º: Para el resto de las actividades no mencionadas en el artículo precedente se establece como alícuota general el cinco por mil (5‰) con un mínimo de pesos ciento cincuenta y tres ($ 153). Art. 16º: Actividades con mínimos especiales deberán tributar de acuerdo a lo fijado en el cuadro tarifario de la alícuota establecida en el artículo 13°. Art. 17º: Para aquellos contribuyentes donde la aplicación de los mínimos establecidos en el artículo 14° de la presente ordenanza signifique una carga impositiva que no se condice con la realidad económica de la
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 79
explotación, superando criterios de razonabilidad impositiva, podrán solicitar mediante nota fundada y acompañada de los elementos de prueba que respalden su pedido, se revea la aplicación del mínimo correspondiente de la Tasa que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios acorde a las características de explotación y a la magnitud de la actividad. El Departamento Ejecutivo Municipal, evaluadas las razones y elementos de prueba aportados por el contribuyente y con arreglo al criterio general de esta Ordenanza podrá, mediante resolución fundada, asignar un valor mínimo diferentes a los establecidos en el artículo 14°, que resulte acorde a la capacidad impositiva de la explotación, con notificación al Concejo Deliberante sobre las situaciones que se resuelvan en el marco del presente artículo. Art. 18º: Cuando un contribuyente explote dos o más rubros sometidos a distintas alícuotas, tributará como mínimo lo que corresponda para el rubro de mayor base imponible, siempre que no resulte inferior a la tasa total resultante de la suma de los productos de las bases imponibles de cada una de las actividades que desarrolla por la alícuota que para cada una de ellas fija la presente ordenanza. Art. 19º: Cuando un mismo contribuyente tenga habilitado más de una unidad de explotación, las alícuotas y montos mínimos mencionados en los artículos precedentes serán de aplicación para cada una de las explotaciones. Art. 20º: En caso de que la actividad 192030 corresponda a un emprendimiento ejecutado en forma personal o familiar, previa declaración jurada del interesado y constatación municipal al respecto, a criterio del Departamento Ejecutivo Municipal podrá ser eximido total o parcialmente de la tasa por un plazo no mayor al período que resta de transcurrir para que finalice el año calendario, mediante resolución fundada. Art. 21º: Los comercios que exploten las actividades 521190 y 522111 a 522500 en zonas calificadas como A4, A5, A6 y A7 según artículo 2° de la presente ordenanza, tributarán la presente tasa considerando a tal efecto un mínimo especial de pesos ochenta y uno ($ 81,00), resultando de aplicación la alícuota que para cada actividad se establece en el artículo 14°. Los Comercios que desarrollen la actividad 523630 en las zonas mencionadas precedentemente, tributarán la presente tasa considerando a tal efecto el mínimo definido en el artículo 14° reducido en un cincuenta por ciento (50%). Art. 22º: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá mediante Resolución fundada, eximir en todo o en parte del pago de la Tasa prevista en el presente capítulo a los microemprendedores y artesanos que lo soliciten, y que se ajusten a la normativa vigente del municipio, garantizando calidad y salubridad en su caso. La duración de la exención no podrá extenderse por un plazo superior al período que resta de transcurrir para que finalice el año calendario y deberá ser solicitada en cada año por el titular de la explotación. El Departamento Ejecutivo Municipal evaluará en cada caso si corresponde su continuidad. Art. 23º: Los contribuyentes sexagenarios que ejerzan únicamente una actividad de artesano, enseñanza u oficio; cuando la actividad sea ejercida en forma personal, sin empleados permanentes ni temporarios, podrán solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la exención del tributo previsto en el presente Título. Para gozar de este beneficio, los mismos deberán inscribir su actividad en la respectiva Oficina Municipal, y solicitar expresamente la exención. Esta exención tendrá vigencia a partir de la solicitud, y no podrá aplicarse en forma retroactiva. Art. 24º: Operaciones en varias jurisdicciones: cuando cualquiera de las actividades que menciona el artículo 14 se desarrolle en más de una jurisdicción, ya sea que el contribuyente tenga su sede central o una sucursal en la Ciudad de Unquillo, u opere en ella mediante terceras personas – intermediarios, corredores, comisionistas, mandatarios, viajantes, consignatarios u otros – con o sin relación de dependencia, o incurra en cualquier tipo de gasto en la jurisdicción municipal, la base imponible del tributo asignable a la Municipalidad de Unquillo se determinará mediante la distribución del total de los ingresos brutos del contribuyente de conformidad con las normas técnicas del Convenio Multilateral del 18/08/77 independientemente de la existencia del local habilitado. Serán de aplicación, en lo pertinente, los regímenes especiales previstos por el mencionado Convenio, sin que ello implique prórroga de la jurisdicción natural. Cuando por razones operativas y por un periodo no mayor a seis meses, resulte compleja la aplicación de este artículo, debidamente fundamentado, se abonará un mínimo de pesos trescientos cuatro ($ 304,00).
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 80
Art. 25º El Contribuyente deberá presentar una declaración jurada mensual con indicación del monto de ingresos brutos determinado según lo dispuesto por el Código Tributario Municipal en sus artículos 132 y siguientes. Esta obligación y el pago vencerán acorde al siguiente esquema: Mes imponible Fecha de Vencimiento Enero 2014 20/02/2014 Febrero 2014 20/03/2014 Marzo 2014 21/04/2014 Abril 2014 20/05/2014 Mayo 2014 23/06/2014 Junio 2014 21/07/2014 Julio 2014 20/08/2014 Agosto 2014 22/09/2014 Septiembre 2014 20/10/2014 Octubre 2014 20/11/2014 Noviembre 2014 22/12/2014 Diciembre 2014 20/01/2015 Los pagos que fueran realizados fuera de término sufrirán un recargo igual al establecido en el Artículo 5º inciso c) de esta Ordenanza. Art. 26: Fíjanse en los valores que se establecen a continuación, los topes mínimos y máximos establecidos por el artículo 80 del Código Tributario Municipal: a) Omisión de presentar declaraciones juradas dentro de los plazos establecidos en el artículo precedente, multa del cincuenta por ciento (50,00%) del valor del mínimo asignado a la actividad, sin necesidad de requerimiento previo por parte del organismo fiscal. b) Para el resto de las infracciones que constituyan incumplimientos a los deberes formales exigidos por el Código Tributario Municipal, el Departamento Ejecutivo Municipal impondrá multas graduables entre 25 y 1.250 U.E.M.. Previa solicitud escrita y fundada del contribuyente en la que exponga las razones y causas que dieron origen al incumplimiento, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá, de considerar como válidas las exposiciones del sujeto pasivo, aplicar reducciones de hasta el cincuenta por ciento (50,00%) sobre el valor resultante de la multa automática establecida en el inciso a). Art. 27º El Departamento Ejecutivo Municipal podrá exigir, en cualquier momento, el certificado de habilitación Municipal, declaraciones Juradas presentadas ante la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba y/o ante la Administración Federal de Ingresos Públicos por los tributos que correspondiera, registros o documentación contable de respaldo de la actividad económica y toda otra información y/o documentación que permita verificar la exactitud de los montos de ingresos declarados por el contribuyente a este municipio. Art. 28º El Departamento Ejecutivo Municipal dará curso a las solicitudes de: alta, baja de comercio, baja temporaria, cambio de domicilio, alta de rubro o baja de rubro, aunque el contribuyente tenga alguna cuota vencida impaga de la Contribución de este Título, siempre y cuando se reconozca y se comprometa por escrito a saldar la deuda y se ofrezca un medio de pago seguro (ejemplo: pagaré comercial). Art. 29º El pago de la Tasa de Comercio, Industria y Servicios será mensual y hasta tanto se cumplimente con la presentación de “Declaración Jurada”, los importes abonados serán considerados como anticipos, y el período no se tendrá como cancelado. Art. 30º Los Comercios que se inscriban en los meses de noviembre, diciembre y enero de cada año, previo a su habilitación, deberán depositar en concepto de garantía, el mínimo establecido en el artículo 14 equivalente a 3 (tres) meses, el que podrá ser afectado a cancelar obligaciones vencidas referidas a esa actividad comercial o por tasas a la propiedad del inmueble en el que se desarrolla la misma. Los Comercios encuadrados en los rubros 921910; 921911; 551211 y 551210, estarán obligados a realizar este depósito en cualquier época del año.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 81
Art. 31º: De conformidad a lo normado por el Artículo 144º del Código Tributario Municipal, quien no cumpla con gestionar la habilitación Municipal correspondiente o si la misma se hallara vencida, será sancionado con una multa que podrá ser fijada entre cuatro (4) y doscientas (200) U.E.M., sin perjuicio de la clausura que podrá disponer el Departamento Ejecutivo Municipal o el Tribunal Administrativo Municipal de Faltas. Asimismo, idéntica sanción será aplicable en el caso de quién, teniendo una habilitación, la misma no habilite para ejercer todas o algunas de las actividades que realiza. El Departamento Ejecutivo Municipal fijará por Decreto el valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M.). Art. 32º: Los comerciantes que soliciten habilitación de un local comercial en el ejido Municipal, y que no sean propietarios del mismo deberán presentar una garantía propietaria a satisfacción del Departamento Ejecutivo Municipal. En su defecto pueden constituir un depósito como garantía por el importe de tres cuotas del mínimo de la actividad en la que resulte encuadrado conforme al artículo 14 de la presente ordenanza. Dicho importe deberá ser abonado por adelantado y de contado en el momento de solicitar la habilitación Municipal. Art. 33º: Los comercios inscriptos en este Título, podrán solicitar su baja temporaria por un período no menor a tres (3) meses. Esta baja temporaria no abonará arancel alguno, deberá exponer los fundamentos de la solicitud, y acompañar el respectivo Certificado de Habilitación. Art. 34: Servicios de Radio locales y comunitarios: Las Personas Físicas o Jurídicas titulares de Licencias de radiodifusión, adjudicadas de acuerdo con las condiciones y procedimientos establecidos en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, o en trámite, serán exentos de la tasa de Comercio e Industria. Dicha exención tendrá validez para el ejercicio fiscal en curso y será otorgada mediante resolución fundada. Art. 35: Galerías de Arte, Salas de Exposiciones de Obras de Arte: En caso de que la actividad Galería de Arte o Sala de Exposiciones de Obras de Arte, corresponda a un emprendimiento ejecutado en forma personal o familiar, u ONG, previa declaración jurada del interesado y constatación municipal al respecto, podrá ser eximido total o parcialmente de la tasa de Comercio e Industria y de la Tasa de Servicio a la Propiedad, acreditando titularidad del inmueble o contrato de locación. Dicha exención tendrá validez para el ejercicio fiscal en curso y será otorgado mediante resolución fundada. Art. 36º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un veinticinco por ciento (25%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos. TITULO IV CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LAS DIVERSIONES Y ESPECTACULOS PUBLICOS CINEMATÓGRAFOS Art. 37º: Tributa como comercio. CIRCOS Y PARQUES DE DIVERSIONES Art. 38º: Las representaciones de los circos y parques de diversiones que se instalen en el ejido urbano abonarán por mes y por anticipado .........................................................................................$ 2.956,00 Este importe se proporcionará a los días efectivamente instalados en la ciudad y en el que deberá estar prevista la realización de una función gratuita para grupos vulnerables.
BILLARES, BOCHAS Y JUEGOS SIMILARES Art. 39º: Por cada mesa de billar, pool o similar, instaladas en negocios particulares e instituciones explotadas por particulares, abonarán un derecho mensual y por adelantado de ..................................….$ 61,00
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 82
Art. 40º: Por cada cancha de bochas instaladas en negocios particulares e instituciones explotadas por particulares, abonarán un derecho mensual y por adelantado de ........................................….$ 61,00
FESTIVALES DIVERSOS Art. 41º: Los eventos que se mencionan a continuación tributarán de acuerdo al siguiente esquema: a) Los festivales diversos, recitales, bailes, espectáculos de canto, peñas, desfiles de modelos, exposiciones o similares realizados en clubes y otras entidades, abonarán por cada reunión el diez por ciento (10%) del valor de las entradas vendidas, consumición mínima y/o cualquier otra forma de percepción por derechos de acceso o permanencia en el espectáculo, importes que deberán abonar dentro de los tres (3) días posteriores a su realización, con un pago mínimo anticipado de pesos un mil doscientos noventa y cuatro ($ 1.294,00) . Los bailes durante los días de carnaval abonarán superando las 500 entradas vendidas, utilizando a tal efecto el esquema mencionado en el párrafo anterior. b) Los espectáculos de doma abonarán el diez por ciento (10%) del valor de las entradas vendidas, consumición mínima y/o cualquier otra forma de percepción por derechos de acceso o permanencia en el espectáculo, importes que deberán abonar dentro de los tres (3) días posteriores a su realización, con un pago mínimo anticipado de pesos setecientos diecinueve ($ 719,00) por jornada. c) Los bares, restaurantes o similares que realicen ocasionalmente alguno de los eventos mencionados anteriormente o espectáculos con música en vivo abonarán por adelantado un mínimo de pesos doscientos dieciséis ($ 216,00) por cada evento, previa autorización municipal. OTROS 396,00 Art. 42º: Los espectáculos de boxeo, o similares, abonarán por función: ............................$ Art. 43º: Las carreras de automóviles o motocicletas que se realicen en el Ejido Municipal abonarán por adelantado: a) Las carreras de automóviles ................................................................................................$ 396,00 b) Las carreras de motocicletas y MotoCross .........................................................................$ 396,00 c) Las carreras de Go-Kart, tricicross o cuadriciclos...............................................................$ 396,00 d) Las carreras de caballos .....................................................................................................$ 396,00 Art. 44º: Los espectáculos de compañías de revista, café-concert, varieté, obras frívolas y obras picarescas que se realicen en teatros, locales cerrados o al aire libre, abonarán, con anterioridad a cada función como mínimo .......................................................................................................................................$ 396,00 Art. 45º: Las entidades de bien público, con o sin Personería Jurídica, y las organizaciones estudiantiles (Pro viaje de estudios) que en locales propios o arrendados, efectúen alguna actividad comprendida en el presente Título, debidamente autorizados por el Departamento Ejecutivo están exentos del presente gravamen. Las instituciones anteriormente mencionadas deberán solicitar la autorización correspondiente para realizar el espectáculo hasta 48 horas hábiles anteriores a la realización del baile. Cuando la actividad sea desarrollada por terceros, y la misma se efectúe en alguno de los edificios de dependencia Municipal, deberán presentar, además la autorización y los comprobantes de pago a SADAIC y AADI – CAPIF. Art. 46º: El resto de las actividades que correspondan por el presente titulo y que no puedan encuadrarse en las actividades mencionadas en los artículos precedentes abonarán por mes y por adelantado, pesos un mil doscientos noventa y cuatro ($ 1.294,00) Art. 47º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 83
TITULO V CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LA PUBLICIDAD Y PROPAGANDA LETREROS Y CARTELES Art. 48º: Por identificación de nombre comercial se tributará: a) Los letreros y/o pasacalles denominativos que identifiquen los comercios, industrias, profesionales, edificios o negocios de cualquier naturaleza, donde se ejerza una actividad con fines de lucro y lo que se refiere al ramo a que se dedican, colocados en los establecimientos enunciados abonarán anualmente por metro cuadrado o fracción $ 166,00 b) Sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, todos aquellos letreros denominativos a que hace referencia y en la medida que tengan iluminación propia en las distintas formas técnicas que fuere, y que se ajusten a la normativa específica que dicte el Municipio abonarán anualmente por metro cuadrado o por fracción……………………………………………………………………………………………….$ 166,00 Los letreros salientes, los que se aparten de la línea de edificación y los que se exhiben sobre techos, deberán solicitar en la Oficina de Obras Públicas Municipal, autorización previa a su colocación. ANUNCIO DE PROPAGANDA VISUAL Art. 49º: Por aviso de propaganda, publicidad o anuncio se tributará: a) Los avisos, carteles, señalizadores, etc. de propaganda de cualquier índole que contengan texto y/o imágenes fijas y/o móviles, pintadas, plasmadas, grabadas o proyectadas instalados en la vía pública o visibles desde ella, en caminos, calles, jardines, retiros, azoteas, fachadas, hipódromos, campos de deportes, etc. abonarán anualmente por metro cuadrado o fracción $ ......................................................... 512,00 b) Por cada letrero que se coloque con avisos con fines comerciales, industriales en los edificios en construcción, reparación, ampliación, o predios próximos a ellos, o como cierre y/o vallados de los mismos, etc. abonarán anualmente por metro cuadrado o por fracción ......................................................$ 166,00 c) Los carteles o afiches que se fijen en CARTELERAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL abonarán mensualmente y por adelantado, por metro cuadrado o fracción…………………………....$ .......................72,00 Esta obligación vencerá el día 31 de marzo de cada año, devengando, a partir de esa fecha los recargos previstos en el Artículo 5º Inciso c) de esta Ordenanza. El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para eximir total o parcialmente de los derechos previstos por este concepto, ad referéndum del Concejo Deliberante. ANUNCIO DE REMATES DE VENTA Art. 50º: Por letreros que anuncian las ventas o remates, pagarán lo siguiente: a) Por los que se coloquen en la propiedad a venderse por mes.... ......................................$ 37,00 b) Los que se coloquen fuera de la propiedad en el caso de las inmobiliarias por metro cuadrado o fracción por mes ............................................................................................................................................ $ 37,00 PUBLICIDAD SONORA - VEHÍCULOS DE PROPAGANDA Art. 51º: Por cada vehículo con el que se realice actividad de propalación en la vía pública, se abonará: a) Vehículos de empresas inscriptas en la Municipalidad en un rubro distinto al de propalación, por día ………………………………………………………………………………………………………… $ 22,00 b) Vehículos de empresas no radicadas en Unquillo, por día ................................................$ 112,00 PROMOCIONES – PUBLICIDAD HUMANA - LUGARES PUBLICOS Art. 52º: Por cada stand instalado en interiores de supermercados, cafés, bares, restaurantes, hall de cines, teatros, etc., que están destinados a exhibir el producto que anuncia, distribución de muestras gratis, entregar volantes, hacer demostraciones, etc., abonarán con autorización previa del Departamento Ejecutivo Municipal: a) semanalmente y por adelantado .........................................................................................$ 166,00 b) mensualmente y por adelantado .........................................................................................$ 497,00 Art. 53º: Por el resto de las actividades de promoción abonarán:
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 84
a) Promociones realizadas en la vía pública y/o visible desde ellas, previamente autorizada por el Departamento Ejecutivo Municipal., abonarán por día, por adelantado y por promotor/a ...$ 40,00 b) Entrega de volantes exclusivamente, por día y por adelantado ........................................$ 29,00 c) Cualquier otro tipo de promoción, no contemplada en este artículo, abonará por adelantado y por día ................................................................................................................................................... $ 40,00 Art. 54º: Si las actividades mencionadas en los artículos 48 y 49 inciso a) se ejecutarán sin solicitar autorización previa al Departamento Ejecutivo Municipal corresponderá tributar por los importes mencionados incrementados en un cien por ciento (100%). Art. 55º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos.
TITULO VI CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LOS FRIGORIFICOS Y MATADEROS Art. 56º: Por la emisión de guías para el tránsito de ganados y cueros en virtud del poder de Policía Provincial, se abonarán los montos establecidos en la Ley Impositiva Provincial. Art. 57º: Se abonará en concepto de tasa Retributiva Municipal de Servicios pesos tres ($ 3,00) por animal faenado, correspondiente a Guías de Transferencias, Consignaciones, Tránsito de ganado mayor y menor. Se exceptúan las Guías de cueros mayores, las que abonarán un peso con cincuenta centavos ($1,50) por cada cuero transferido. El importe fijado quedará sujeto a la modificación que surja de la Resolución de la Mesa de Trabajo Provincia Municipios dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Córdoba, quedando facultado el Departamento Ejecutivo Municipal para actualizar los valores si correspondiera. Art. 58º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un veinticinco por ciento (25%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos. TITULO VII CONTRIBUCION QUE INCIDEN SOBRE LOS SERVICIOS DE PROTECCION SANITARIA Art. 59º: El Departamento Ejecutivo fijara por vía reglamentaria las actividades alcanzadas por el presente titulo, como así también los estudios mínimos a requerirse. a) b)
Por libreta sanitaria de las personas que desarrollan actividades .................................$ Por desinfección de vehículos de transporte público de pasajeros ...............................$
61,00 40,00
c) Por desinfección de vehículos de transporte de alimentos y otros ................................$ 198,00 d) Por registro de envases....................................................................................................$ 61,00 Art. 60º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos. TITULO VIII CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LA OCUPACION O UTILIZACION DE ESPACIOS DEL DOMINIO PÚBLICO Y LUGARES DE USO PÚBLICO. Art. 61º: Por la ocupación de la vía pública a efectos de comerciar o exhibir mercaderías de los negocios que se encuentren habilitados por esta Municipalidad, pagarán por mts2 y por mes..................$ 118,00 En todos los casos se deberá respetar un paso peatonal no menor a un metro cuando se use la acera. Art. 62º: Fijanse los siguientes importes como contribución del presente título, por la colocación de mesas frente a Cafés, Bares y Confiterías, se abonará: por cada mesa: a) Por mes .............................................................................................................................$ 15,00
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 85
b)
Por año adelantado ... ......................................................................................................$
144,00
En todos los casos se deberá contar con el permiso municipal correspondiente y respetar un paso peatonal no menor a un metro cuando se use la acera. Art. 63°: Por la ocupación de la vía pública con depósitos contenedores de residuos no domiciliarios de áridos o de materiales de construcción, se abonará por cada día y por recipiente o mts2……………………………………………………………………………………………..$ 48,00 En todos los casos se deberá contar con el permiso municipal correspondiente. Art. 64º: La ocupación de la vía pública a efectos de comerciar o ejercer oficio y que no tengan negocios habilitados en la localidad, pagarán: a) Vendedores Ambulantes, con Heladeras para la venta de bebidas sin alcohol, helados y similares, abonarán por mes o fracción, por adelantado y por cada una ………………………………………………………………………………………………………. $ 72,00 b)
Vendedores ambulantes, con o sin vehículos, abonarán por adelantado: Por día........................................................................................... .................................$ 144,00 Por semana.................................................................................... ................................$ 575,00 Por mes.........................................................................................................$ 2.156,00 c) La Venta de frutas de estación o producción local, desde camión, acoplado, semirremolque u otros vehículos, por adelantado: Por día.......................................................................................... ..................................$ 144,00 Por semana.................................................................................. ..................................$ 575,00 Por mes........................................................................................................$ 2.156,00 d).- Ferias, abonarán por día, por adelantado y por cada puesto............... .........................$ 15,00 e).- Las Ferias Artesanales, abonaran por adelantado, por puesto y por semana................................................................................................................................$ 5,00 f).- Los Vendedores Ambulantes locales tendrán una rebaja del 30% (treinta por ciento) sobre los valores señalados precedentemente.g).- Los estantes para la exhibición de Mercaderías, Diarios, Revistas, abonarán mensualmente: Por metro cuadrado................................................................................................................$ 8,00 Art. 65º: La introducción de mercaderías con destino venta a particulares, sin importar el lugar donde se emita la factura deberá abonar: A) Por día ...............................................................................................................................$ 39,00 B) Por semana .......................................................................................................................$
130,00
C) Por mes .............................................................................................................................$
396,00
Este tipo de pago, no dará derecho a omitir el cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en el Código Tributario Municipal y en las Normas de Convenio Multilateral. Art. 66°: Por cada ocupación del dominio público de cualquier modo no especialmente previsto en el presente capítulo, se abonará por metro cuadrado (m2) y por día ......................................................$ 51,00 Art. 67º El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos. TITULO IX CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LOS CEMENTERIOS INHUMACION Art. 68º: Fijase los derechos de inhumación y categoría de los servicios fúnebres: Servicios de primera categoría en Cementerio: a) Panteón familiar ................................................................................................................$
250,00
b) c) d)
150,00 100,00 200,00
Nicho .................................................................................................................................$ Fosas .................................................................................................................................$ Cementerio Parque Privado .............................................................................................$
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 86
CONCESION DE USO DE NICHOS, URNAS Y TERRENOS Art. 69º: La concesión de uso del Cementerio Municipal se otorgará por un plazo máximo de quince (15) años de acuerdo con el siguiente detalle: a.1) .Concesión de uso de nicho: Primera y Cuarta fila .................................................................................................$ 1.506,00 Segunda y Tercera fila .............................................................................................$ 2.010,00 Urna …………………………………………………………………………………$ 502,00 Tierra .........................................................................................................................$ 1.394,00 a.2) . Concesión de uso de nicho en zona de panteones ......................................................$ 3.360,00 a.3) . El DEM, podrá en aquellos casos planteados por vecinos de escasos recursos, debidamente acreditados, eximir total o parcialmente del tributo correspondiente al Punto a.1); únicamente para la concesión de tierra. b) Por los servicios establecidos en el Art. 181 del Código Tributario Municipal se abonará antes del día 31 de marzo de cada año, a partir del siguiente al de la concesión, cualquiera hubiera sido la fecha de otorgamiento de la misma. Se abonará por año: Primera y Cuarta fila .................................................................................................$ 127,00 Segunda y Tercera fila .............................................................................................$ 127,00 Urna ...........................................................................................................................$ 50,00 Tierra .........................................................................................................................$ 127,00 La falta de pago de los servicios mencionados precedentemente por dos años, hará caducar la concesión, reintegrándose la fosa o nicho a la Municipalidad. El DEM podrá aplicar un descuento de hasta el 50% del tributo previsto en el inciso b) del presente artículo para aquellas personas que perciban jubilación y/o pensión con el mínimo previsto por la Provincia de Córdoba como único ingreso. c) En concepto de mantenimiento, arreglo, limpieza, etc., los concesionarios de terrenos, fosas monumentos y panteones a perpetuidad, abonarán anualmente la suma de ............................................$ 285,00 Los nichos concedidos a perpetuidad son intransferibles y en caso de ser desocupados deberán reintegrarse a la Municipalidad. d) Concesión de terrenos especiales por noventa y nueve años, por metro cuadrado: Zona Primera ....................................................................................................................$ 1.791,00 Zona Segunda...................................................................................................................$ 1.571,00 Zona Tercera .....................................................................................................................$ 1.344,00 Zona Cuarta ......................................................................................................................$ 1.119,00 Zona Quinta.......................................................................................................................$ 899,00 Zona Sexta ........................................................................................................................$ 672,00 Los terrenos podrán abonarse al contado o en cuotas mensuales, iguales y consecutivas con más el interés indicado en el Artículo 5º Inciso c) de esta Ordenanza. Art. 70º: El derecho de exhumación para nicho, fosa o urna, cuando no sea por vía judicial, será de pesos doscientos ($ 200,00). Art. 71º: El derecho de concesión caduca a los quince (15) años; el 31 de Diciembre, a contar desde el año que se produjo la inhumación, salvo disposición en contrario por Ordenanza Especial. La Municipalidad se reserva el derecho de trasladar los restos de un nicho a otro, cuando así lo exijan razones de fuerza mayor, modificaciones del panteón o cualquier otra causa fundada. Cada nicho Municipal podrá ser ocupado por un cajón o urna. El Departamento Ejecutivo Municipal a solicitud del interesado podrá acceder al pago de las tasas fijadas a los Artículos anteriores, en cuotas mensuales y consecutivas con más el interés correspondiente. Art. 72º: Por depósito de cadáveres, cuando no sea motivado por falta de lugares disponibles para su inhumación, por cada diez (10) días o fracción se pagará……………………… ..................$ 102,00 Art. 73º: Por introducción de restos se abonará: a.1) Por introducción de restos mortales para ser sepultados en el Municipio de Unquillo, cuando acrediten su residencia de alguna manera comprobable durante los últimos dos años en panteones y/o monumentos, terrenos categorías especiales se abonará $ 200,00
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 87
a.2) Por introducción de restos en el Cementerio Parque ....................................................$ 200,00 a.3) Por introducción de restos en nicho sepultura ...............................................................$ 1.529,00 a.4) Por introducción de restos en urnas ...............................................................................$ 1.529,00 a.5) Por introducción de restos en tierra ................................................................................$ 1.529,00 El DEM, podrá en aquellos casos planteados por vecinos de escasos recursos, debidamente acreditados, eximir total o parcialmente del tributo correspondiente. b)
Cuando no acrediten residencia, o provengan de otra jurisdicción: Por introducción de restos en el Cementerio Parque .....................................................$ 447,00 Por introducción de restos en nicho sepultura ................................................................$ 3.590,00 Por introducción de restos en urnas ................................................................................$ 3.590,00 Por introducción de restos en tierra .........................................................................................$ 3.590,00 Art. 74º: Por los traslados fuera del Cementerio o de la Localidad se abonará ................... $ 156,00 Art. 75º: Por el traslado de restos, ataúdes o urnas dentro del mismo Cementerio incluida la exhumación y posterior inhumación se abonará $ 200,00 Art. 76º: Por trabajos de reducción de restos realizados por La Municipalidad se abonarán $ 586,00 Art. 77: En forma excepcional, se fija plazo hasta el día 30 de abril de 2014 para cancelar, con una quita del cincuenta por ciento (50%) de los intereses, la deuda devengada hasta el 31 de diciembre de 2013 por contribuciones reguladas en el presente título. CONSTRUCCIONES, REFACCIONES O MODIFICACIONES EN LOS CEMENTERIOS Art. 78º: Las construcciones, refacciones o modificaciones que se hagan en el Cementerio, panteones o fosas monumentos deberán contar con sus respectivos planos aprobados, y abonarán los mismos importes previstos para la construcción de obras privadas. Art. 79º: Para la presentación de planos, documentos, verificaciones de cálculo y estudios de planos se aplicarán las disposiciones vigentes que rigen para la construcción de obras privadas. La comprobación de la falta de cumplimiento de las disposiciones del Artículo 78º, serán penadas con multas equivalentes al triple del derecho que les hubiere correspondido abonar. Art. 80º: Los Cementerios Parques se regirán y tributarán de acuerdo a la Ordenanza Nº 40/85 y el Decreto Nº 178/85. Art. 81º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos. TITULO X CONTRIBUCION QUE INCIDEN SOBRE LA CONSTRUCCION DE OBRAS CONSTRUCCIONES PRIVADAS PROYECTO: Vivienda-Permiso de edificación. Art. 82º: Todo proyecto de construcción de obra nueva o ampliación de obra destinada a vivienda dentro del Radio Municipal pagará derecho de aprobación conforme la siguiente escala: Obra de hasta 100 mts2 Obra de hasta 150 mts2 Obra de hasta 200 mts2 Obras de más de 200 mts2 Obras con presupuesto global
0.7 % del monto de obra 1.0 % del monto de obra 1.1 % del monto de obra 1.2 % del monto de obra 1.1 % del presupuesto
Por cada presentación de planos conforme a obra, se cobrará la diferencia de superficie, hasta 30 metros cuadrados cubiertos. Por más de 30 mt2 cubiertos deberá presentar proyecto de ampliación de obra. a) Cuando la tasación no está dada en mt2 de superficie, se tomará el monto de obra conforme al presupuesto aprobado por el colegio correspondiente. b) La construcción destinada a vivienda única de interés social de acuerdo a Resolución del Colegio respectivo abonará un cincuenta por ciento (50%) de lo establecido precedentemente.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 88
c) Las construcciones, ampliaciones o modificaciones de viviendas, realizadas bajo intervención municipal (Programa Mejoramiento Hábitat), según el caso, serán eximidas total o parcialmente de los importes correspondientes del Título, previo informe de la Secretaria de Políticas Sociales. d) Por cada construcción sin planos aprobados (relevamiento de obra), cuya ejecución se encuentre dentro de la Ordenanza de edificación vigente, abonará de acuerdo a la siguiente escala: d.1) Edificios de una antigüedad mayor de 21 años, el dos por mil (2‰) del valor de la obra, con un mínimo de $ 961,00 d.2) Edificios de una antigüedad entre 10 y 20 años, el cinco por mil (5‰) del valor de la obra, con un mínimo de $ 1.114,00 d.3) Edificios de una antigüedad entre 3 y 10 años, el diez por mil (10‰) del valor de la obra, con un mínimo de $ 1.281,00 d.4) Edificios de una antigüedad menor de 3 años, el quince por mil (15 ‰) del valor de la obra, con un mínimo de $ 1.603,00 e) Por cada construcción sin planos aprobados (relevamiento de obra), cuya ejecución se encuentre fuera de la Ordenanza de edificación vigente, quedando “obra registrada” abonará un dieciocho por mil (18 ‰) del valor de la obra, con un mínimo ……………… .$ 1.845,00 f) Obras sin superficie cubierta, el ocho por mil (8‰) del valor de la obra, conforme presupuesto aprobado por el Colegio correspondiente, con un mínimo ...........................................................$ 961,00 g)
Certificado final de obra: g.1) Obra de hasta 55 mts2 g.2) Obra de hasta 100 mts2 g.3) Obra de hasta 150 mts2 g.4) Obra de hasta 200 mts2 g.5) Obra de más de 200mts2 Art. 83º: Piletas de natación tributaran: a) Por cada proyecto de construcción abonarán b) Por cada relevamiento abonarán
$ .$ .$ $ $ $ $
386,00 504,00 677,00 935,00 1.150,00
575,00 1075,00
USO DE LA VIA PÚBLICA Art. 84º: Por ocupación de veredas mediante cercos puntales, materiales, escombros, etc, dejando paso peatonal por la vereda en un ancho mínimo de setenta centímetros (0,70 cm.) se abonará por día y por metro lineal $ 8,00 Art. 85: En forma excepcional, se fija plazo hasta el día 30 de junio de 2014 para aquellas propiedades que al 31 de diciembre de 2013 no hayan regularizado su situación respecto de las contribuciones legisladas en el presente título. Podrán abonar hasta la fecha mencionada y en hasta en doce (12) cuotas la contribución que corresponde reducida en un treinta por ciento (30%.) Art. 86º: Las contribuciones por obras o ampliaciones de obras con o sin colocación de postes de hormigón o madera realizadas en espacio público municipal, correspondientes a la red de energía eléctrica, tendido de video cable, red telefónica, fibra óptica o similares, abonarán el equivalente al dos con cincuenta por ciento (2,50%) de valor de la obra, con un mínimo de pesos dos mil trescientos ($ 2.300,00). Art. 87º: Las contribuciones por obras o ampliaciones de obras realizadas en espacio público municipal subterráneo, correspondientes a la red de energía eléctrica, tendido de video cable, red telefónica, fibra óptica o similar, abonarán el equivalente al uno con cincuenta por ciento (1,50%) de valor de la obra, con un mínimo de pesos un mil ciento cincuenta ($ 1.150,00). Art. 88º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos. TITULO XI CONTRIBUCIÓN QUE INCIDE SOBRE LA INSPECCION MECANICA E INSTALACIÓN Y SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA y AGUA CORRIENTE, SERVICIOS TELEFONICOS, INTERNET Y VIDEO CABLES.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 89
POR CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA, AGUA CORRIENTE, SERVICIOS TELEFONICOS E INTERNET Art. 89º: Fijase un derecho del catorce por ciento (14%) sobre lo facturado neto de IVA por la empresa prestataria del servicio público de energía eléctrica sobre todos los servicios que preste por consumo, residenciales, comerciales, industriales y en general para atender la fiscalización, vigilancia, controles e inspección. Estos importes serán cobrados por medio de la entidad que, a su vez, liquidará a la Municipalidad las sumas devengadas dentro de los diez días posteriores al vencimiento de cada factura.- La demora en que incurra la prestataria para abonar a la Municipalidad los importes devengados a favor de ésta, será penada con un recargo equivalente al que cobra el Banco de la Provincia de Córdoba por las operaciones de descubierto en cuenta corriente sin acuerdo en mora. Art. 90º: Fijase en el cuatro por ciento (4%) sobre lo facturado neto de IVA más capitalizaciones relacionadas al servicio, por la Cooperativa de Aguas, Obras y Servicios Públicos Unquillo-Mendiolaza Ltda. sobre todos sus servicios. La cooperativa, liquidará a la Municipalidad las sumas devengadas por mes vencido y hasta el día quince (15) del mes subsiguiente. Art. 91º: Por los servicios destinados a preservar y verificar la seguridad y las condiciones de registración y estructurales de estructuras portantes de antenas de telefonía fija y/o celular y sus infraestructuras directamente relacionadas, se abonará anualmente un monto fijo de pesos treinta y cuatro mil ($ 34.000) por cada una de dichas estructuras portantes. Por antenas destinadas al servicio de internet, se abonará anualmente un monto fijo de pesos doce mil ($ 12.000) por cada antena. En todos los casos, el vencimiento para el pago será el último día del mes de febrero, y la mora devengará una multa automática mensual equivalente al diez por ciento (10%) del monto que correspondiera abonar.
DERECHO DE INSPECCION EN INSTALACION ELECTRICA Art. 92°: Fijase los siguientes derechos de inspección de instalación eléctrica para conexión definitiva: a) Por metro de superficie cubierta que tenga una obra abonará un derecho de inspección de instalación de acuerdo al siguiente detalle: a.1) Casa habitación de 50 metros Cuadrados de superficie quedan exentas del pago, al igual que las familias que posean tarifa social del ERSEP. a.2) Casa habitación de más de 50 a 100 metros cuadrados de superficie abonarán .. $ 84,00 Este importe se reducirá en un cincuenta por ciento (50%) cuando se solicite la reconexión a EPEC por corte de suministro. a.3) Casas habitación o edificios de departamentos de más de 100 metros cuadrados de superficie cubierta y hasta de dos plantas, abonarán por casa o departamento $ 136,00 a.4) Casa habitación o edificio de Departamentos de 3 plantas, abonarán por casa o plantas $ 269,00 a.5) Edificios en propiedad horizontal, edificaciones comerciales, aunque parte de ellas estén destinadas a casa habitación, cines, teatros, estudios auditorios, lugares nocturnos de baile, hoteles, restaurantes y salones de confiterías, abonarán $ 402,00 b) Construcciones industriales, garajes, galpones, depósitos, etc. b.1) Con cabriadas o tiranterías de madera ..................................................................$ 135,00 b.2) Con estructuras metálicas y H.A .............................................................................$ 269,00 c) Independización de medidor, por cada medidor abonará .............................................$ 41,00 d) Además por instalación de los artefactos que a continuación se detallan, abonarán: d.1) Instalación de altavoces (central y parlante) en la vía pública ..............................$ 27,00 Por cada parlante adicional se deberá abonar .........$ 12,00 Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a eximir total o parcialmente de este concepto.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 90
e) f)
Pedido aumento para autorización de carga amperaje .................................................$ 69,00 Los circos y parques de diversiones abonarán en concepto de inspección eléctrica, luz y fuerza motriz $ 537,00 Art. 93°: Las inspecciones especiales solicitadas abonarán por cada inspección: a) Residenciales ....................................................................................................................$ 69,00 b) Comerciales e Industriales ...............................................................................................$ 69,00 CONTRIBUCIÓN POR DISTRIBUCIÓN DE ENERGIA CON OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO MUNICIPAL Art. 94º: Por los metros lineales que ocupe el tendido de la red eléctrica aérea de cualquier designación o voltaje, se abonará por mes y por metro lineal pesos uno con veinticinco centavos ($ 1,25). Por los metros lineales que ocupe el tendido de la red eléctrica subterránea de cualquier designación o voltaje, abonará por metro lineal por mes pesos cincuenta y seis centavos ($ 0,56). Cuando se autorice a otras empresas de servicios a compartir servicios públicos por la utilización de postes, estos valores se reducirán en un cincuenta por ciento (50%) el valor del metro lineal en el área de efectivo convenio. CONTRIBUCION POR EL TENDIDO DE LINEAS TELEFÓNICAS CON OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO MUNICIPAL. Art. 95º: Por los metros lineales que ocupe el tendido de la red telefónica aérea de cualquier designación, por mes y metro lineal cualquiera fuere la cantidad de cables instalados por metro, se abonará por mes y por metro lineal pesos uno con veinticinco centavos ($ 1,25). Por los metros lineales que ocupe el tendido de la red telefónica subterránea, cualquiera fuera la cantidad de cables instalados, abonará por metro lineal y por mes pesos cincuenta y seis centavos ($ 0,56). CONTRIBUCIÓN POR EL TENDIDO DE LINEAS DE VIDEO CABLES CON OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO MUNICIPAL Art. 96º: Ocupación de espacios del dominio público municipal por empresas particulares para el tendido de líneas de transmisión, interconexión, captación y/o retransmisión, de imágenes de televisión, pagará por mes el uno punto tres por ciento (1.3%) de sus ingresos brutos. Art. 97º: La contribución prevista en los Artículos 94°, 95° y 96°, en donde el tendido de la red no se realice en postes o instalaciones propias, sino que se utilice para ello apoyos en, casas particulares, edificios públicos de cualquier jurisdicción, postes del alumbrado público, o en forma conjunta, etc., se incrementará en un cincuenta por ciento (50%).- Previa autorización del DEM. Art. 98º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos. TITULO XII CONTRIBUCIÓN QUE INCIDE SOBRE LA INSTALACIÓN Y EL CONSUMO DE GAS NATURAL Art. 99º: Por los metros lineales que ocupe el tendido de la red de distribución del gas natural, de cualquier designación, se abonará por metro lineal y por año, pesos uno con siete centavos ($ 1,07). La presente contribución vence el quince de Diciembre de 2014, en función a los metros de redes habilitados al 30 de Noviembre de 2014. Art. 100º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un veinticinco por ciento (25%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 91
TITULO XIII CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LA INSTALACION Y SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Art. 101º: Por los metros lineales que ocupe el tendido de la red de distribución del agua potable, por metros lineal cualquiera fuera el diámetro de los conductos, se abonará por metro lineal y por año pesos cincuenta y seis centavos ($ 0,56). Art. 102º: Por los metros lineales que se incorporen al tendido de la red de distribución del agua potable, cualquiera fuera el diámetro de los conductos, quedaran exentas del pago establecido en el Artículo precedente por el término de vigencia de la presente Ordenanza; a partir de la aprobación realizada por Obras Públicas. Art. 103º: La presente contribución se abonará en base a los metros lineales de red de distribución existentes al cierre del ejercicio fiscal anterior, en dos cuotas iguales con vencimiento el 15 de Junio y el 15 de Diciembre de 2014. TITULO XIV CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LAS RIFAS Y OTROS JUEGOS DE AZAR Art. 104º: Por la circulación y venta dentro del radio Municipal de rifas u otras figuras, que den la opción a premios, se abonará un derecho por adelantado del diez por ciento (10%) del precio de venta sobre el total de los números habilitados para la venta. Art. 105º: También se abonará con carácter de garantía en forma simultánea con la solicitud, un diez por ciento (10%) del precio total de venta al público de todos los números habilitados para la venta. El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para excluir total o parcialmente de los derechos previstos por este concepto. EXENCIONES Art. 106º: A los efectos de aplicar exenciones a los derechos establecidos precedentemente, según lo dispuesto en el Código Tributario Municipal, estarán exentos de contribución, las actividades indicadas en el Artículo 80º cuando el monto total a recaudar no supere los pesos un mil dieciséis ($ 1.016,00). TITULO XV TASA DE ACTUACION ADMINISTRATIVA Art. 107º: Todo trámite o gestión que se realice ante el Municipio estará sometido a derechos de oficina que a continuación se establecen: Derechos de Oficina referidos a los inmuebles: a) Informes notariales por designación catastral .........................................................$ 125,00 b) Solicitud de libre deuda de propiedades..................................................................$ 62,00 Derechos de Oficina referidos a catastro: a) Por inspección catastral ...........................................................................................$ 97,00 b) Mensura por unidad ..................................................................................................$ 481,00 c) Copias del plano general de la ciudad.....................................................................$ 129,00 d) Fotocopia de planos parcelarios ..............................................................................$ 12,00 e) Copia de planos parcelarios en soporte magnético ................................................$ 244,00 f) Derecho de inscripción en el Registro de profesionales dispuesto en Ordenanza Nº 4/86 …………………………………………… ……………………$ 97,00 g) Por unión de dos o más parcelas formando otra única (de hecho o de derecho) $ 481,00 h) Por división de parcela, sin apertura de calles o pasajes, dentro de lo establecido en la Ordenanza Nº 34/86(Código de Edificación) y sus modificaciones, por parcela resultante $ 781,00
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 92
i)
Por UNION y DIVISION de parcelas se abonará los derechos de DIVISION únicamente.
j)
Por solicitud de aprobación de loteo de inmuebles: j.1) Loteos Tipificados dentro de la Ordenanza Nº 25/96 de URBANIZACIONES RESIDENCIALES ESPECIALES: Por las primeras 5 hectáreas $ 22.279,00 Por lo que supere las 5 hectáreas se pagará: De 6 a 10 hectáreas o fracción, por cada hectárea excedente $ 5.997,00 De 11 á 25 hectáreas o fracción, por cada hectárea excedente $ 5.570,00 De 26 á 50 hectáreas o fracción, por cada hectárea excedente $ 4.180,00 De 51 hectáreas en adelante, por cada hectárea excedente $ 2.781,00 j.2) Resto de Loteos abonarán: Importe básico, cualquiera sea la superficie a lotear $ 8.352,00 Mas: Por cada parcela con superficie menor a 600 m2 $ 559,00 Por cada parcela con superficie entre 600 m2 y 1.000 m2 $ 417,00 Por cada parcela con superficie mayor a 1.000 m2 $ 279,00 k) Por Certificados de Pre-Factibilidad $ 750,00 l) Mensura de posesión, por unidad $ 875,00 En todos los casos previstos en este Inciso deberá acreditarse el previo pago de la Contribución que Incide sobre los Inmuebles por el año calendario. Derechos de Oficina referidos a Comercio e Industria: a) Inscripción y/o transferencia de negocios: Superficie afectada Hasta 100 Mts2. Hasta 300 Mts2 Hasta 500 Mts2 Hasta 1000 Mts2 Más de 1000 Mts2
Zona A1 312,00 1.016,00 1.484,00 1.954,00 4.531,00
Zona A2 281,00 704,00 1.031,00 1.360,00 3.125,00
Zona A3 a A8 235,00 312,00 430,00 586,00 1172,00
b) c) d) e) f) g) h) i) j) k)
Solicitud de baja de negocio ....................................................................................$ 110,00 Solicitud de baja, extemporánea ..............................................................................$ 430,00 Solicitud de baja temporaria Artículo 26º.................................................................$ 180,00 Renovación de Libreta Sanitaria ..............................................................................$ 31,00 Análisis de productos alimenticios ...........................................................................$ 31,00 Constancia de Inscripción, Certificados de Libre Deuda, Certificados en General $ 55,00 Autorización temporal p / venta de pirotecnia hasta quince (15) kilogramos $ 259,00 Autorización temporal p / venta de pirotecnia más de quince (15) kilogramos $ 430,00 Cambio de unidad de taxi, flete y transporte escolar $ 79,00 Altas, bajas, cambios de rubro, cambios de domicilios, duplicado de certificado de habilitación, y otros trámites no mencionados en los apartados precedentes $ 40,00 Derechos de Oficina referidos a Cementerio: a) Sellado por Concesión a perpetuidad de terreno o panteón fosas monumentos o nichos ya otorgados $ 196,00 b) Solicitudes para aperturas y / o cierres de nichos, traslados de cadáveres fuera del Cementerio, construcción de cercos en fosas……………………… .$ 196,00 c) Autorización para colocación de placas en nichos y construcción o refacción de panteones .$ 42,00
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 93
d) Por cada autorización de cremación efectuada de acuerdo a la Ordenanza Nº 011/97 $ 47,00 Derechos de Oficina referidos a Mataderos, Mercados y toda clase de productos alimenticios y bebidas en general: a) Inscripción en el Reg. Gral. De abastecedores ......................................................$ 280,00 b) Transferencia de Registro ........................................................................................$ 280,00 Derechos de Oficina referidos a Vehículos: a) Adjudicación de chapa de Taxi ...............................................................................$ 9.641,00 b) Licencia de transporte de carga liviana ...................................................................$ 3.211,00 c) Adjudicación chapa transporte escolar ....................................................................$ 3.211,00 d) Certificado de Baja para automóviles: Modelos 2006 y anteriores .......................................................................................$ 144,00
e)
Modelos 2007 a 2013 ...............................................................................................$ Modelo 2014 .............................................................................................................$ Certificado Baja para Motocicletas: Modelos 2006 y anteriores .......................................................................................$
290,00 321,00 129,00
Modelos 2007 a 2013 ...............................................................................................$ 149,00 Modelo 2014 .............................................................................................................$ 194,00 f) Certificados ...............................................................................................................$ 66,00 g) Empadronamiento Automotores ..............................................................................$ 94,00 h) Empadronamiento de moto vehículos .....................................................................$ 84,00 i) Transferencia Automotores ......................................................................................$ 75,00 j) Transferencia de Moto vehículos .............................................................................$ 84,00 k) Estacionamiento Medido por Hora...........................................................................$ 2,50 Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el valor del estacionamiento medido por hora ad referéndum del Concejo Deliberante. Derechos de Oficinas referidos a Obras Privadas: a) Demolición total o parcial del inmueble por mt2 .....................................................$ 15,00 b) Línea de edificación o línea Municipal ....................................................................$ 470,00 b.1) Cuando, por la ubicación del terreno, o por falta de demarcación del loteo, deba realizarse un estudio de agrimensura $ 3.850,00 c) Notificación para ser presentada ante E.P.E.C.: c.1) Para reconexión por corte por falta de pago ...................................................$ 55,00 c.2) Vivienda única hasta 100 m2) ..........................................................................$ 29,00 c.3) Independización de servicio ............................................................................$ 55,00 c.4) Variación de voltaje, aumento de energía, cambio de nombre .....................$ 97,00 d) Sellado de visación previa de planos de edificación o subdivisión ........................$ 140,00 e) Sellado de presentación de planos p/su aprobación ..............................................$ 140,00 f) Sellado de registro de planos de relevamiento de obras fuera de Ordenanza de edificación…………………………………………………………………………….. $ 161,00 g)
Sellado de presentación de planos construcción única en vivienda de hasta 100 m2.de superficie cubierta………………………………………………………………………..$ h) Emplazamiento de antenas de telefonía celular, internet, tv por cable y similares deben abonar el 2% del monto de monto de obra, en casos especiales, se resolverá a través del D.E.M. i) Cambio de titularidad de Planos ..............................................................................$ Derechos varios Polideportivo Municipal “General San Martín”: a)
Por ingreso vehicular al predio: AUTOS: .....................................................................................................................$
140,00
172,00
19,00
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 94
CAMIONETAS ..........................................................................................................$ MOTOCICLETAS......................................................................................................$ b) Por entradas Pileta Olímpica: Días de Semana: Niños:(5 a 11 años) ................................................................................................$ Niños:(12 a 16 años) ..............................................................................................$ Mayores de 17 años...............................................................................................$ Días sábados, domingos y feriados: Niños: (5 a 11 años) ...............................................................................................$ 6,00 Niños: (12 a 16 años).............................................................................................$ 12,00 Mayores de 17 años...............................................................................................$ 19,00 c) Contingentes (con autorización por escrito) ............................................................$ 6,00 d) Abonos: quince (15) días mínimo y treinta (30) días máximo veinte por ciento (20%) de descuento). e) Por el uso de los asadores por día ..........................................................................$ 12,00 f) Por carpa por persona .............................................................................................$ 22,00 Derechos varios Casa de la Cultura:
31,00 12,00 6,00 10,00 12,00
a)
1.Por uso del Cine Municipal Instituciones educativas ...................................................................................................$ 112,00 Otras Instituciones Privadas.............................................................................................$ 437,00 2. Para la realización de espectáculos: 10% de las entradas vendidas y, Alquiler por día …………………………………………………………………………$1500,00 En todos los casos se deberá dejar un depósito en garantía de $ 450,00 por posibles daños en las instalaciones. Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a fijar otras formas de pago, en función a las actividades de que se trate. 3. Programación INCAA en la proyección de películas: Entrada general $ 15,00 Estudiantes y Jubilados .$ 8,00 Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a fijar un valor simbólico denominado “entrada de impuesto” para los casos que considere pertinente, que no deberá ser inferior a pesos dos con cincuenta centavos ( $ 2,50) b)Por entradas a los Museos: Bono contribución general………………………………………………………………… c)Por talleres a dictarse
$ 10,00
Por mes y por persona...........................................................................................……..$ 6,00 Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal, a eximir del presente derecho a las personas que realizan los talleres determinado en el inciso c. Derechos de Oficina Registro Civil: a) Copia Certificada de Acta de inhumación, Matrimonio o nacimiento b) Por Matrimonio en oficina Municipal c) Por Matrimonio fuera de oficina Municipal, dentro ejido… d) Por Matrimonio fuera de oficina Municipal, fuera ejido…
.$ 31,00 $ 79,00 $ 321,00 .$ 781,00
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 95
Derechos de Planta Tratamiento Residuos Sólidos Urbanos: a) Ingreso con carga máxima 1 m3 diferenciados y limpio $21,00 El ingreso será sin costo para los PET, PLÁSTICOS DUROS, PAPEL, CARTÓN, REVISTAS, TRAPOS y BOTELLAS DE VIDRIO, diferenciado y limpio. b) Otros. Cadáveres de mascotas y ganado menor (caprino, ovino y porcino) Cadáveres de ganado mayor (bovino y equino) Escombros Poda menor a 5cm diámetro Poda mayor a 5cm diámetro Chatarra Cubiertas, neumáticos
$ 44,00 por cuerpo $ 107,00 por cuerpo $ 107,00 por camión $ 44,00 por camión $ 107,00 por camión $ 107,00 por camión $ 11,00 c/u
Derechos varios de Oficina: a) Copias de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones Municipales, por folio .............$ 0,50 b) Copias de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones en soporte magnético .............$ 11,00 c) Solicitudes Varias .....................................................................................................$ 29,00 d) Tasa de Justicia, Apertura de Causa en el Tribunal de Faltas ...............................$ 45,00 Art. 108º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos excepto para los Derechos Varios Polideportivo Municipal “General San Martín”, y Casa de la Cultura. TITULO XVI RENTAS DIVERSAS Carnet de conducir Art. 109º: a) Para el otorgamiento de Licencia de Conducir, fíjense las siguientes tasas:
1
Importe por cantidad de años 2 3 4
Vehículo
Clase
5
Ciclomotores, Motocicletas y Triciclos Motorizados Moto 50cc Moto 50cc a 150cc Moto Superior a 150cc
A1 A2 A3
74,00 79,00 86,00
136,00 147,00
187,00 202,00
227,00 245,00
267,00 289,00
B-1 B-2 C
89,00 89,00 92
151 151 174,00
208,00 208,00 261,00
253,00 253,00 291,00
298 298 342,00
Automotores y camionetas con acoplado de hasta 750 kg. Auto-Camioneta Camión sin Acoplado Transporte de pasajeros, emergencias y otros
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 96
Vehículo Vehículos Transp. De pasajeros Policía-Bomberos Ambulancias Transporte de cargas y maquinas viales Camión con Acoplado Maquinaria Espec. no Agrícola Otros Vehículos para discapacitados Tractores Maquina Espec. Agrícola
Clase D-1 D-2
1 113,00 106,00
Importe por cantidad de años 2 3 4 174,00 240,00 290,00 181,00 250,00 301,00
5 342,00 354,00
D-3
102,00
174,00
240,00
290,00
342,00
E-1
120,00
202,00
279,00
339,00
399,00
E-2
120,00
202,00
279,00
339,00
399,00
F
53,00
90,00
124,00
G
120,00
202,00
279,00
338,00
399,00
Certificado de autenticidad de carnet.
216,00
Cambio de Categoría
120,00
Duplicado todas las categorías
Valor por un año de la categoría del carnet original
b) Certificado apto psicofísico, otorgado por el Municipio. ........................................$ c) Derecho de examen para carnet conducir (incluye folletería) ................................$ Vehículos detenidos en depósitos
25,00 25,00
Art. 110º: Los vehículos detenidos en depósito municipal abonarán el siguiente derecho diario en concepto de piso: a) Automóviles, camiones, jeeps, etc.: a.1) Por traslado y/o ingreso al corralón Municipal .................................................$ 181,00 a.2) Por día de estadía en el corralón Municipal.....................................................$ 100,00 b) Motos, motocicletas, motonetas: b.1) Por traslado y/o ingreso al corralón Municipal .................................................$ 159,00 b.2) Por día de estadía en el corralón Municipal.....................................................$ 100,00 Alquiler de máquinas, bienes y espacios municipales Art. 111º: Fijase los siguientes importes por hora por el alquiler de maquinarias de propiedad Municipal: a) Motoniveladora .........................................................................................................$ 396,00 b) Camión volcador .......................................................................................................$ 230,00 c) Tractor .......................................................................................................................$ 198,00 d) Camionetas ...............................................................................................................$ 198,00 e) Desmalezadora con tractor ......................................................................................$ 296,00 f) Pala frontal ................................................................................................................$ 396,00 Art. 112º: Fíjanse los siguientes importes por alquiler de: a) Edificio Casona Villa Forchieri, por día $ 1.380,00
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 97
b) Albergue Villa Forchieri, por persona y por día $ c) Predio Polideportivo (sin uso pileta) por persona por día $ d) Cancha de Fútbol durante en horario diurno, por hora $ e) Cancha de Fútbol durante en horario nocturno, por hora $ f) Alquiler locales de la Terminal de Ómnibus destinados a Boletería $ Policía de tránsito:
6,00 5,00 61,00 79,00 1.578,00
Art. 113º: Será de aplicación lo consignado en el Anexo “G” de la Ley Provincial Nº 8560 y Decreto Nº 1.993/99 “Nomenclador de Infracciones Único de la Provincia de Córdoba”. Cumplimiento de normas de Higiene Urbana. Art. 114º Por limpieza y desmalezado de lotes baldíos se abonará. a) Realizado por la Municipalidad a solicitud del propietario, por metro cuadrado. $ 5,00 b) Realizado por la Municipalidad por incumplimiento de la Ordenanza de Higiene Urbana, por metro cuadrado $ 9,00 Provisión de agua Art 115º: Por cada viaje de agua para consumo familiar se abonará: a) Por cada 1000 litros ..................................................................................................$ 40,00 b Para uso industrial o construcción se abonará por cada 1000 litros......................$ 138,00 c) Por cada viaje de agua p / piletas de natación, hasta 8000 litros ..........................$ 791,00 El Departamento Ejecutivo Municipal podrá mediante Resolución fundada eximir total o parcialmente del pago de la provisión de hasta Un Mil (1.000) litros diarios, destinados a uso familiar exclusivamente. Penalidades por violación a código de edificación Art. 116º: De conformidad a lo establecido en el Artículo 2.5.3.2 de la Ordenanza Nº 34/86 (Código de Edificación), las multas se establecen en un monto equivalente al valor de cincuenta (50) U.E.M. a diez mil (10.000) U.E.M. Art. 117º: : El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos. Lo establecido en el presente artículo no será de aplicación respecto de los aranceles definidos en el artículo 100°. TITULO XVII CONTRIBUCION QUE INCIDE SOBRE LOS SERVICIOS SANITARIOS Art. 118º: Los inmuebles comprendidos en éste Título abonarán un diez por ciento (10%) de recargo de la Tasa correspondiente por el servicio existente y el valor que disponga la Ordenanza Especial que regule toda construcción nueva ampliación del servicio existente. Art. 119º: El monto final de la Contribución prevista en el presente Título, se incrementará un diez por ciento (10%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos TITULO XVIII CONTRIBUCIÓN QUE INCIDEN SOBRE LOS AUTOMOTORES ACOPLADOS Y SIMILARES Art. 120º: Por los vehículos automotores, acoplados y similares radicados en la jurisdicción de la Municipalidad de la ciudad de Unquillo, se abonará anualmente el impuesto que incide sobre los vehículos Automotores y acoplados, aplicando las tablas de valores y alícuota que anualmente fije la Municipalidad de Unquillo (TABLA A.C.A.R.A.) y los importes mínimos establecidos en la Ley Impositiva Provincial Anual. Actualmente la alícuota es del uno y medio por ciento (1,50%) Asimismo se establece que este tributo podrá abonarse de contado o hasta en seis (6) cuotas según el siguiente cronograma: a) Contado: a.1) 1º vencimiento el 18/02/2014, con un descuento del diez por ciento (10%).a.2) 2º vencimiento el 09/03/2014, con un descuento del cinco por ciento (5%).-
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 98
b)
En cuotas: Fijándose un plan de seis cuotas bimestrales, con los siguientes vencimientos: b.1) La primera cuota el 18 de Febrero del 2014 b.2) La segunda cuota el 16 de Abril de 2014 b.3) La tercera cuota el 16 de Junio de 2014 b.4) La cuarta cuota el 15 de Agosto de 2014 b.5) La quinta cuota el 16 de Octubre de 2014 b.6) La sexta cuota el 16 de Diciembre de 2014 Las cuotas serán la sexta parte de la contribución básica anual. Vencido el plazo para pago contado el contribuyente que opte por cancelar total o parcialmente la contribución anual, podrá pagar la misma abonando las cuotas restantes a la fecha de presentación al valor de la siguiente cuota no vencida.El Organismo determinará las escalas del tributo que corresponda a acoplados de turismo, casas rodantes, tráiler y similares y a motocicletas, triciclos, cuatriciclos y ciclomotores, todo ellos en los términos del Código Tributario Municipal. Art. 121º: Los plazos para el patentamiento de automotores y demás vehículos que se incluyen en esta Ordenanza son los mismos que establece la Ley Impositiva Provincial para el Impuesto a la Propiedad Automotor. La falta de cumplimiento en término, a lo dispuesto en el presente artículo, hará pasible a los responsables de las multas y recargos que se establece al Código Tributario Provincial. Ante la eventualidad de que un contribuyente omitiera la denuncia del cambio de radicación y/o responsable en el municipio, de un vehículo transferido y continuara abonando las cuotas al impuesto automotor indebidamente, se le reintegrará el monto abonado, según las disposiciones del Artículo 34º de la Ordenanza General Impositiva. Art. 122º: El monto final del impuesto previsto en el presente Título, se incrementará un veinticinco por ciento (25%) con destino al Fondo de Disposición de Residuos Art. 123º: Para el caso de empresas que radiquen sus vehículos en este Municipio y superen las diez (10) unidades, se les practicará un descuento del treinta por ciento (30%). Art. 124º: Los propietarios de motos radicadas en la ciudad de Unquillo, que se encuentren en regla respecto a la tenencia del carnet de conducir, tenencia de cascos reglamentarios y otras disposiciones fijadas por el DEM, y que a lo largo de todo el año fiscal 2014 no registren infracciones de tránsito y/o multas firmes relacionadas, gozarán un cincuenta por ciento (50,00 %) de descuento en el impuesto correspondiente al año 2015. Se autoriza al DEM a reglamentar el beneficio fijado en el párrafo anterior, mediante la implementación de una campaña de concientización, capacitación y educación vial especialmente diseñada para motociclistas. Este descuento se aplicará independientemente de la forma en que se abone la contribución del año 2015. TITULO XIX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Art. 125º: Las Contribuciones, Tasas, Multas y Derechos Municipales contemplados en la presente Ordenanza se cobrarán en las fechas y plazos puestos por esta misma Ordenanza. Por aquellos Tributos que no fueran abonados en término, se pagará un interés del tres por ciento (3%) mensual. Art.126º: Las Contribuciones, Tasas, Multas y Derechos Municipales previstas en esta Ordenanza, cuyo cobro no pueda efectuarse por Vía Administrativa, y deba procurarse su cobro por Vía Judicial, pagarán un recargo del tres con setenta y cinco por ciento (3,75%) mensual desde su vencimiento original con más un 10 % del total de la deuda actualizada en concepto de “Fondo de Actuación Jurídica” para financiar los gastos que genera la gestión judicial. Art.127: Las infracciones contempladas en Ordenanzas especificas y que no posean penas de multas determinadas, el Tribunal Administrativo de Faltas podrá aplicar penas de multa entre una (1) y un mil (1.000) U.E.M. para cada caso en particular, de manera fundada. Art. 128º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a: a) Percibir una o más cuotas por anticipado, el valor de las mismas en el momento de la liquidación y su efectivo pago para todos los títulos mencionados precedentemente. b)
A la percepción de una cuota adicional determinada mediante Ordenanza del Concejo Deliberante en caso que se estime conveniente para ser aplicada a la ejecución de Obras Públicas que afectan directa o indirectamente a los contribuyentes de la comuna y/o para el desenvolvimiento Municipal.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 99
c)
De todos los importes estipulados en esta Ordenanza, que no contare el Departamento Ejecutivo Municipal autorización para su adecuación por tratarse de caso o situaciones especiales, podrá efectuar su regulación adecuada mediante Decreto y comunicando esa situación al Concejo Deliberante quien deberá ratificar el mismo para la plena vigencia de la modificación, caso contrario se tendrá por no autorizada, correspondiendo el pago realizado como una entrega a cuenta de la contribución correspondiente. d) Efectuar quitas o descuentos de hasta el cien por ciento (100%) de los recargos previstos en la presente Ordenanza. e) Actualizar las tasas por causas inherentes al incremento en el nivel general de precios; de acuerdo al índice general de la construcción, publicado por el INDEC, correspondiente al trimestre inmediato anterior, en los meses de abril, julio y octubre; ad referéndum de Concejo Deliberante. Art. 129º: Esta Ordenanza comenzará a regir a partir del 1º de Enero de 2014 quedando derogada toda otra disposición que se oponga a la presente a excepción de las Ordenanzas Nº 40/85, y el Decreto Nº 178/85. Art. 130º: Las siglas n.c.p. son abreviación de “no clasificado precedentemente” a los fines de incluir clasificaciones por analogía que por error, omisión o novedad no han sido explícitamente mencionadas. Art.º 131º: Todo punto no previsto en esta Ordenanza, será legislado por Ordenanza separada, que pasará a formar parte de la presente.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 100
ORDENANZA Nº 818/ 2013 OBJETO: Estimar el Presupuesto de Recursos y fijar el presupuesto de las erogaciones de la Administración Municipal para el año 2014 . VISTO: Las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 8102 (Ley Orgánica Municipal) y demás leyes y disposiciones normativas vigentes. Y CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha elevado a consideración del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, el Proyecto de Ordenanza de Estimación de Recursos y Presupuesto de Erogaciones para el año 2.014. Que en el presente Proyecto se ha tenido en cuenta el incremento en los ingresos propios del Municipio, en un todo de acuerdo con el Proyecto de Ordenanza Impositiva Municipal elevado. Que también se ha tenido en cuenta en la elaboración del presente presupuesto el incremento en los ingresos por coparticipación, estimados de acuerdo a la población que arroja el censo provincial, como así también la pauta de incremento de los recursos proyectados a nivel provincial y nacional. Que la presentación del Presupuesto de Egresos, se ha elaborado de acuerdo a la técnica de Presupuesto por Programas, adjuntando además la correspondiente codificación del Plan de Cuentas Municipal. Que en la Jurisdicción 1.3 - Secretaria de Desarrollo Urbano, Dirección de Obras Públicas y Mantenimiento se presenta el Plan de Obras Públicas correspondiente, a los fines de cumplimentar con lo establecido en el Artículo 74º de la Ley Nº 8.102. Que para la fijación de las erogaciones se han tenido en cuenta pautas inflacionarias estimadas por el Gobierno Nacional, el Gobierno Provincial, las estimaciones del sector Privado Nacional y las necesidades de funcionamiento presentes del Municipio. Por todo ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA APROBADA EN PRIMERA Y SEGUNDA LECTURA Artículo 1º: FIJAR en la suma de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO($ 73.555.971) de acuerdo al detalle que figura en Anexo Nro. I compuesto por un total de CINCO (05) folios, llamado PRESUPUESTO DE INGRESOS que forman parte de la presente Ordenanza, y que refleja el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal para todo el año 2.014. Artículo 2º: FIJAR en la suma de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO($ 73.555.971) de acuerdo al detalle que figura en Anexo Nro. II compuesto por un total de DIECIOCHO (18) folios, llamado PRESUPUESTO DE EGRESOS que forman parte de la presente Ordenanza, y que refleja el Cálculo de Gastos de la Administración Municipal para todo el año 2.014. Artículo 3º: ESTABLECER que de acuerdo a lo estipulado en los artículos precedentes el RESULTADO ECONÓMICO FINANCIERO DEL MUNICIPIO SERÁ EQUILIBRADO para el periodo fiscal 2.014.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 101
Artículo 4º: EL Departamento Ejecutivo Municipal podrá efectuar mediante Decreto, cuando lo crea necesario, compensaciones de rubros, conforme lo prevé el Artículo 33º de la Ley Provincial Nº 7.631; con comunicación al Concejo Deliberante. Artículo 5º: FIJAR en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) conforme a lo establecido en el artículo 7 inciso 1 de la Ordenanza 812/2013, PESOS CUARENTA MIL ($40.000) conforme a lo establecido en el artículo 7 inciso 2 de la Ordenanza 812/2013 y PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) conforme a lo establecido en el artículo 7 inciso 3 de la Ordenanza 812/2013, para la CONTRATACIÓN DIRECTA. Artículo 6º: FIJAR en la suma de PESOS CINCUENTA MIL con un centavo ($ 50.000,01), el monto a partir del cual el procedimiento de la contratación será el de CONCURSO PRIVADO DE PRECIOS, conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ordenanza 812/2013, Régimen de Contrataciones. Artículo 7º: FIJAR en la suma de PESOS CIEN MIL con un centavo ($ 100.000,01), el monto a partir del cual el procedimiento de la contratación será el de CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ordenanza 812/2013, Régimen de Contrataciones. Artículo 8º: FIJAR en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL con un centavo($ 200.000,01), el monto a partir del cual el procedimiento de la contratación será el de LICITACIÓN PÚBLICA, conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ordenanza 812/2013, Régimen de Contrataciones. Artículo 9º: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá reglamentar el procedimiento de Fondos Fijos y Viáticos y Movilidad para la Administración Municipal. Artículo 10º: FIJAR en CINCO (5) las Jurisdicciones Presupuestarias, a los efectos de la implementación del Presupuesto por Programas, a saber: A. B. C. D. E. F. G. H. I. J.
1.1 – Intendencia. 1. 2 – Secretaría de Gobierno. 1. 3 – Secretaría de Desarrollo Urbano. 1. 4 – Secretaría de Políticas Sociales. 1. 5 – Secretaría de Finanzas y Desarrollo Económico. 1. 6 - Secretaría de Gestión Participativa 2. 0 – Tribunal de Cuentas. 3. 0 – Concejo Deliberante. 4. 0 – Tribunal de Faltas 5. 0 – Erogaciones Dependencias Municipales
Artículo 11º: FIJAR en la suma de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS ($ 5.693.600) el monto de CUENTAS DE ORDEN a incorporarse en el plan de cuentas Municipal, correspondiendo la jurisdicción 3 (TRES) a INGRESOS y la jurisdicción 9 (NUEVE) a EGRESOS, de acuerdo al detalle que figura en los ANEXOS I y II de la presente. Artículo 12º: FIJAR en la suma máxima de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000), el monto del FONDO FIJO a utilizar por Tesorería para el pago de gastos de funcionamiento. Una vez agotado dicho valor, la reposición del FONDO FIJO se realizará mediante rendición al Tribunal de Cuentas con los procedimientos contables normales y habituales fijados por la normativa vigente.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 102
Artículo 13º: COMUNIQUESE, publíquese en el Boletín Oficial. Dése copia al Registro Municipal, a la Secretaria de Finanzas y Desarrollo Económico, Tribunal de Cuentas, a las Oficinas correspondientes, Protocolícese y Archívese. MARCELA IGOILLO SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE
MARÍA GABRIELA FARÍAS PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Extraordinaria del día 17 de diciembre de Dos Mil Trece, constando en Acta Nº 264/2013.------------------------------------
PRESUPUESTO DE RECURSOS 2014 1
INGRESOS CORRIENTES
1.1
INGRESOS TRIBUTARIOS
1.1.1
CONTRIBUCIONES
1.1.1.01
CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LOS INMUEBLES
1.1.1.01.01
DEL EJERCICIO
1.1.1.01.02
DE EJERCICIOS ANTERIORES
1.1.1.01.03
25% DISPOSICIÓN FINAL
1.1.1.02
CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LA ACT COMERC. IND Y DE SERV.
1.1.1.02.01
DEL EJERCICIO
1.1.1.02.02
DE EJERCICIOS ANTERIORES
1.1.1.02.03
25% DISPOSICIÓN FINAL
1.1.1.02.04
TASAS ADMINISTRATIVAS COMERCIO
1.1.1.03
CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LOS AUTOMOTORES
1.1.1.03.01
DEL EJERCICIO
1.1.1.03.02
DE EJERCICIOS ANTERIORES
1.1.1.03.03
25% DISPOSICIÓN FINAL
1.1.1.03.04
TASAS ADMINISTRATIVAS AUTOMOTORES
1.1.1.05
CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LOS CEMENTERIOS
1.1.1.05.01
DEL EJERCICIO
1.1.1.05.02
DE EJERCICIOS ANTERIORES
1.1.1.05.03
10% DISPOSICIÓN FINAL
1.1.1.05.04
TASAS ADMINISTRATIVAS CEMENTERIOS
73.555.971 70.801.696 24.496.830 24.496.830 10.360.000 5.188.000 3.875.000 1.297.000 4.437.900 2.070.000 1.632.000 517.500 218.400 4.567.500 2.250.000 1.400.000 562.500 355.000 625.250 300.000 210.000 75.000 40.250
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 103
1.1.1.06
CONTRIBUCIONES POR EL USO DEL ESPACIO PUBLICO
1.1.1.06.01
DEL EJERCICIO
1.1.1.06.02
DE EJERCICIOS ANTERIORES
1.1.1.06.03
10% DISPOSICIÓN FINAL
1.1.1.06.04
TASAS ADMINISTRATIVAS ESPACIO PUBLICO
1.1.1.07
CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LA PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
1.1.1.07.01
DEL EJERCICIO
1.1.1.07.02
DE EJERCICIOS ANTERIORES
1.1.1.07.03
10% DISPOSICIÓN FINAL
1.1.1.07.04
TASAS ADMINISTRATIVAS PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
1.1.1.08
CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE FRIGORIFICOS Y MATADEROS
1.1.1.08.01
DEL EJERCICIO
1.1.1.08.02
DE EJERCICIOS ANTERIORES
1.1.1.08.03
25% DISPOSICIÓN FINAL
1.1.1.08.04
TASAS ADMINISTRATIVAS FRIGORIFICOS Y MATADEROS
1.1.1.09
CONTRIBUCIONES S/ENERGIA ELECTRICA,TELEFONOS Y CABLE
1.1.1.09.01
POR CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA
1.1.1.09.02
POR CONSUMO DE AGUA POTABLE
1.1.1.09.03
POR LÍNEAS TELEFÓNICAS EN ESPACIOS PUBLICOS
1.1.1.09.04
POR LINEAS DE VIDEO EN ESPACIOS PUBLICOS
1.1.1.09.05
10% DISPOSICIÓN FINAL
1.1.1.10
OTRAS CONTRIBUCIONES
1.1.1.10.01
POR CONSTRUCCION DE OBRAS
1.1.1.10.02
SERVICIOS DE PROTECCION SANITARIA
1.1.1.10.03
UTILIZACION DE DOMINIO PUBLICO Y LUGARES DE USO PÚBLICO
1.1.1.10.04
DERECHOS DE REGISTRO CIVIL
1.1.1.10.05
INSTALACION Y CONSUMO DE GAS NATURAL
1.1.1.10.06
INSTALACION Y CONSUMO DE AGUA POTABLE
1.1.1.10.07
RIFAS Y JUEGOS DE AZAR
1.1.1.10.08
OTROS
63.600 56.000 1.000 5.600 1.000 39.500 25.000 11.000 2.500 1.000 517.000 412.000 1.000 103.000 1.000 2.912.500 2.125.000 227.500 500.000 10.000 50.000 860.000 675.000 1.000 1.000 87.500 1.000 25.000 1.000 1.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 104
1.1.1.10.09
10% DISPOSICIÓN FINAL
1.1.1.11
OTROS TRIBUTOS
1.1.1.11.01
FONDO DE ACTUACIÓN JURÍDICA
1.1.1.11.02
OTROS TRIBUTOS
1.2
INGRESOS NO TRIBUTARIOS
1.2.1
CONTRIBUCIONES
1.2.1.01
CONTRIBUCIONES POR MEJORAS
1.2.1.01.01
PAVIMENTO DE CALLES
1.2.1.01.02
ILUMINACION CALLES
1.2.1.01.03
OBRA GAS NATURAL
1.2.1.01.04
CORDON CUNETA
1.2.1.01.05
VEREDAS
1.2.1.01.06
FONDO MUNICIPAL OBRA GAS Capítulo VI Ordenanza 734/2012
1.2.2.
RENTAS QUE PRODUCE EL PATRIMONIO MUNICIPAL
1.2.2.01
RENTAS QUE PRODUCE EL PATRIMONIO ACTIVO
1.2.2.01.01
CONCESIONES EN CEMENTERIO
1.2.2.01.02
ALQUILERES
1.2.2.01.03
VARIOS PILETA MUNICIPAL
1.2.2.01.04
ENTRADAS CINE
1.2.2.01.05
ALQUILERES CINE
1.2.2.01.06
INGRESOS MUSEOS
1.2.2.01.07
VARIOS CULTURA
1.2.3
OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS
1.2.3.01
OTROS INGRESOS
1.2.3.01.01
CARNET DE CONDUCTOR
1.2.3.01.02
CANONES VARIOS
1.2.3.01.03
INGRESOS CORSO 2014
1.2.3.01.04
INGRESOS EVENTOS ESPECIALES 2014
1.2.3.01.05
SERVICIOS CENTROS DE SALUD
1.2.3.01.06
OTROS
67.500 113.580 60.000 53.580 5.385.000 2.055.000 2.055.000 882.800 15.300 1.000 776.100 96.400 283.400 482.000 482.000 50.000 56.250 207.000 37.500 6.250 62.500 62.500 2.848.000 2.378.000 625.000 1.000 1.500.000 2.000 62.500 187.500
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 105
1.2.3.02
MULTAS
1.2.3.02.01
MULTAS TRIBUTARIAS
1.2.3.02.02
MULTAS TRANSITO
1.2.3.02.03
MULTAS OBRAS PRIVADAS Y AMBIENTE
1.2.3.02.04
MULTAS VARIAS
1.3
INGRESOS DE OTRAS JURISDICCIONES
1.3.1
PARTICIPACION IMPUESTOS PROVINCIALES Y NACIONALES
1.3.1.01
TASA RETRIBUTIVA
1.3.1.01.01
TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS
1.3.1.02
COPARTICIPACION IMPOSITIVA
1.3.1.02.01
COPARTICIPACION IMPOSITIVA
1.3.1.02.02
FO.FIN.DES.
1.3.1.02.03
FONDO SOLIDARIO (SOJA)
1.3.1.02.04
OTROS (INMOBILIARIO Y VIALIDAD)
1.3.2.
APORTES NO REINTEGRABLES
1.3.2.01
SUBVENCIONES Y SUBSIDIOS PROVINCIALES
1.3.2.01.01
PROGRAMA NIÑEZ FUNCIONAMIENTOS CDI
1.3.2.01.02
PROGRAMA ADULTOS MAYORES
1.3.2.01.03
CAPS (MINISTERIO SALUD PCIA)
1.3.2.01.04
FODEMEEP
1.3.2.01.05
OTROS SUBSIDIOS
1.3.2.02
SUBVENCIONES Y SUBSIDIOS NACIONALES
1.3.2.02.01
EQUIPAMIENTO MUNICIPIOS PARA RESIDUOS
1.3.2.02.02
PLAYÓN DEPORTIVO UNQUILLO NORTE
1.3.2.02.03
CENTRO DE CUIDADO INFANTIL CABANA
1.3.2.02.04
PROGRAMA MAS CERCA MEJORAMIENTO AGUA CABANA
1.3.2.02.05
PROGRAMA MAS CERCA MEJORAMIENTO HABITAT
1.3.2.02.06
PROGRAMA DERECHOS NIÑAS Y NIÑOS
1.3.2.02.07
OTROS SUBSIDIOS
470.000 100.000 250.000 60.000 60.000 40.919.866 32.173.366 2.005.866 2.005.866 30.167.500 23.542.500 1.700.000 2.025.000 2.900.000 8.746.500 1.046.500 107.000 143.000 100.000 346.500 350.000 7.700.000 3.500.000 400.000 500.000 1.800.000 1.400.000 50.000 50.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 106
2
INGRESOS DE CAPITAL
2,1
USO DEL CREDITO
2.1.1
DE INSTITUCIONES BANCARIAS
2.1.1.01
BANCOS OFICIALES
2.1.1.02
OTROS BANCOS
2.1.2
DE OTRAS INSTITUCIONES
2.1.2.01
FONDO PROVINCIAL P/OBRAS MUNICIPALES
2.1.2.02
OTROS CREDITOS
2.2
REEMBOLSO DE PRESTAMO
2.2.1
DE FRENTISTAS Y BENEFICIARIOS DE OBRAS
2.2.1.01
PLAN FEDERAL I
2.2.1.02
PLAN FEDERAL II
2.2.1.03
OTROS REEMBOLSOS
2.3
OTROS INGRESOS DE CAPITAL
2.3.1
VENTAS DEL PATRIMONIO MUNICIPAL
2.3.1 .01
PARCELAS CEMENTERIO PARQUE DEL RECUERDO
2.3.1 .02
INMUEBLES
2.3.1 .03
VEHICULOS
2.3.1 .04
MATERIAL DE REZAGO
2.3.2
EXCEDENTES LIQUIDOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
2.3.2.01
CAJA
2.3.3
BANCOS
2.3.3.01
BANCO DE LA NACION ARGENTINA
2.3.3.02
BANCO DE CORDOBA
2.3.3.03
BANCO MACRO
3
NO CLASIFICADOS
3.1
CUENTAS DE ORDEN
3.1.1
POR TRABAJOS PUBLICOS
2.754.275 1.450.000 40.000 20.000 20.000 1.410.000 1.350.000 60.000 102.275 102.275 29.275 72.000 1.000 1.202.000 40.000 10.000 10.000 10.000 10.000 60.000 60.000 1.102.000 1.072.000 10.000 20.000
5.693.600 5.693.600 40.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 107
3.1.1.01
FONDO DE REPARO
3.1.1.02
GARANTIA DE LICITACION
3.1.2
OTRAS CAUSAS
3.1.2.01
RETENCION CAJA DE JUBILACIONES
3.1.2.02
RETENCION APROSS
3.1.2.03
RETENCION SEGURO DE VIDA
3.1.2.04
RETENCIONES JUDICIALES
3.1.2.05
RETENCION TRIBUTOS VARIOS
3.1.2.06
RETENCIONES VARIAS
3.1.2.07
RETENCIONES SINDICATO
3.1.2.08
CUOTA SINDICAL
3.1.2.09
PERCEPCIONES AFIP
3.1.3
PROCURADORES
3.1.3.01
RETENCION COLEGIO DE ABOGADOS
3.1.3.02
RETENCION GASTOS JUDICIALES
3.1.3.03
PROCURADORES
3.1.3.04
FONDO DE TERCEROS EN GARANTIA
20.000 20.000 5.587.100 3.152.300 700.600 45.200 20.000 340.000 1.000 840.000 438.000 50.000 66.500 20.000 20.000 20.000 6.500
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 108
PRESUPUESTO DE EGRESOS AÑO 2014 1.1
INTENDENCIA
1.1.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.1.01.01.01
PERSONAL
1.1.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.01.01.05
TRANSFERENCIAS
1.1.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.02.01
INTEGRACIÓN CON OTROS ORGANISMOS
1.1.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.02.01.05
TRANSFERENCIAS
1.1.03.00
EVENTOS ESPECIALES
1.1.03.01
CORSOS EDICION 2014
1.1.03.01.01
PERSONAL
1.1.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.03.01.05
TRANSFERENCIAS
1.1.03.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.03.03
OTROS EVENTOS ESPECIALES
1.1.03.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.03.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.04.01
PROG.MUNIC. DE MANT.A LAS ESCUELAS PÚBLICAS LOCALES
1.1.04.01.05
TRANSFERENCIAS
1.1.05.01
DESCENTRALIZACION Y ATENCION AL VECINO
1.1.05.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.05.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
73.555.971 11.060.337 1.359.000 842.400 94.100 231.500 175.000 16.000
19.500 1.500 12.000 6.000
1.650.000 1.500.000 131.000 412.000 754.000 179.000 24.000 150.000 60.000 90.000
346.500 346.500
61.000 21.000 40.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 109
1.1.06.01
ASESORIA LETRADA
1.1.06.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.06.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.06.01.04
BIENES DE CAPITAL
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.1.00.00.10
CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS
1.1.1
DIRECCION DE CULTURA Y EDUCACION
1.1.1.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.1.1.01.01.01
PERSONAL
1.1.1.01.01.02.
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.01.01.03.
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.01.01.05
TRANSFERENCIAS
1.1.1.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.1.02.01
CELEBRACIONES Y CONMEMORACIONES
1.1.1.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.1
COORDINACIÓN DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS
1.1.1.1.01.00
PROGRAMA APOYO A LA INCLUSIÓN EDUCATIVA
1.1.1.1.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.1.1.1.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.1.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.1.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.1.1.01.02
ACTIVIDAD 2 (CTCE)
1.1.1.1.01.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.1.01.02.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.1.2.01.01
PROGRAMA ELENCOS ARTISTICOS
1.1.1.2.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
10.000 5.600 2.400 2.000 64.260 61.640
4.106.000 3.016.400 518.600 57.000 2.394.800 31.000 15.000 14.000 8.000 6.000
82.000 82.000 46.000 39.000 4.000 3.000 36.000 16.000 20.000
54.000 15.000 24.000 15.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 110
1.1.1.2.02
PROGRAMA ARTES Y MUSEOS
1.1.1.2.02.01
ACTIVIDAD 1 (CASAS Y MUSEOS)
1.1.1.2.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.02.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.1.2.02.02
ARTE EN ESPACIOS PUBLICOS
1.1.1.2.02.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.02.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.02.03
SIMPOSIO DE ESCULTORES
1.1.1.2.02.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.02.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.02.04
CINE TEATRO
1.1.1.2.02.04.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.02.04.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.02.04.05
TRANSFERENCIAS
1.1.1.2.02.04.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.1.2.02.05
CASA ABIERTA UNQUILLO DECIDE
1.1.1.2.02.05.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.02.05.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.03.00
PROGAMA EPA
1.1.1.2.03.01
ESCUELA PUEBLO DE ARTISTAS
1.1.1.2.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.03.01.05
TRANSFERENCIAS
1.1.1.2.03.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.1.2.03.02
PUNTO EPA UNQUILLO DECIDE
1.1.1.2.03.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.03.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.04
PROGRAMA CULTURA POPULAR
445.000 126.500 79.500 40.000 7.000 47.000 25.000 22.000 95.000 40.000 55.000 128.500 18.500 90.000 12.000 8.000
48.000 25.500 22.500
177.500 122.000 26.000 16.000 60.000 20.000
55.500 31.500 24.000
177.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 111
1.1.1.2.04.01
CARNAVAL
1.1.1.2.04.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.04.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.04.02
FESTIVALES FOLCLORICOS
1.1.1.2.04.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.1.2.04.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.1.2.04.02.05
TRANSFERENCIAS
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.1.1.00.00.10
CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS
1.1.0.3
COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
1.1.0.3.01
FUNCIONAMIENTO
1.2.1.3.01.01.01
PERSONAL
1.2.1.3.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.2.1.3.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.2.1.3.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.0.3.02
COMUNICACIÓN
1.1.0.3.02.01
ACTIVIDAD 1 (Comunicación)
1.1.0.3.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.0.3.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.0.3.02.02
ACTIVIDAD 2 (Medios de Comunicación)
1.1.0.3.02.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.0.3.02.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.1.0.3.00.10
CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS
1.1.2
DIRECCION DE SALUD
1.1.2.01.01.
FUNCIONAMIENTO
1.1.2.01.01.01
PERSONAL
1.1.2.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
115.000 105.000 10.000 62.000 16.000 31.000 15.000 82.880
57.220
822.437 309.737 187.137 10.800 101.800 10.000
488.200 326.800 181.000 145.800 161.400 14.400 147.000 11.480
13.020
2.560.000 1.810.200 81.100 33.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 112
1.1.2.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.2.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.2.02.01
GESTION CAPS
1.1.2.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.2.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.2.02.01.05
TRANSFERENCIAS
1.1.2.02.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.1.2.03
PREVENCION DE LA SALUD
1.1.2.03.01
ACTIV. 1 (PROGR. ESCUELAS PROMOTORAS DE SALUD)
1.1.2.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.2.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.2.03.02
ACTIV. 2 (PROGR. SALUD EN EVENTOS MUNICIPALES)
1.1.2.03.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.2.03.03
ACTIV. 3 (PREV.y ASIST. CONSUMO SUSTANCIAS TOX.)
1.1.2.03.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.2.03.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.2.03.04
ACTIV. 4 (SALUD INTEGRAL DE LA MUJER)
1.1.2.03.04.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.2.03.04.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.2.03.05
ACTIV. 5 (PREVENCION ENFERM.CRONICAS NO TRANSM.)
1.1.2.03.05.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.2.03.05.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.2.04
ATENCIÓN Y PREVENCIÓN EN DISCAPACIDAD
1.1.2.04.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.1.2.04.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.1.2.04.01.05
TRANSFERENCIAS
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.1.2.00.10
CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS
1.2
SECRETARIA DE GOBIERNO
1.639.100 57.000
560.000 318.000 167.000 28.000 47.000
133.000 23.000 13.000 10.000 66.000 66.000 16.000 15.000 1.000 21.000 7.000 14.000 7.000 6.000 1.000
24.000 15.000 6.000 3.000 20.510
12.290
5.315.700
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 113
1.2.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.2.01.01.01
PERSONAL
1.2.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.2.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.2.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.2.02.00
SEGURIDAD CIUDADANA
1.2.02.01
ACTIVIDAD 1 (SEGURIDAD Y PREVENCIÓN)
1.2.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.2.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.2.02.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.2.02.02
ACTIVIDAD 2 (103 Y CAPACIT.CUERPO S.CIUDADANA)
1.2.02.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.2.02.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.2.02.02.04
BIENES DE CAPITAL
1.2.02.03
ACTIVIDAD 3 (CONTROL SANITARIO DE ANIMALES)
1.2.02.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.2.02.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.2.02.03.04
BIENES DE CAPITAL
1.2.03.01
SUAC
1.2.03.01
ACTIVIDAD 1
1.2.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.2.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.2.03.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.2.0.1
COORDINACIÓN DE TURISMO
1.2.0.1.01.01
GESTION TURISTICA
1.2.0.1.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.2.0.1.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.2.00.10
CREDITO ADICIONAL PARA REFUERZO DE PARTIDAS
4.968.200 2.742.700 130.600 2.053.900 41.000
152.500 52.500 32.000 16.000 4.500 75.000 59.500 9.500 6.000 25.000 6.000 18.000 1.000
30.000 30.000 11.000 11.000 8.000
29.000 29.000 13.500 15.500 13.300
122.700
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 114
1.3
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
1.3.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.3.01.01.01
PERSONAL
1.3.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.3.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.3.4.
DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y MANTENIMIENTO
1.3.4.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.3.4.01.01.01
PERSONAL
1.3.4.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.4.02
PROGRAMA OBRAS PUBLICAS
1.3.4.02.01
PROYECTO CORDON CUNETA
1.3.4.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.02.02
PROYECTO PAVIMENTO
1.3.4.02.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.02.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.02.03
PROYECTO ALUMBRADO PÚBLICO
1.3.4.02.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.02.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.02.04
REMODELACIÓN POLIDEPORTIVO
1.3.4.02.04.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.02.04.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.02.05
PROYECTO CAPS ALTO ALEGRE
1.3.4.02.05.02
BIENES DE CONSUMO
37.155.074 1.663.920 425.620 1.000 1.237.300 70.000
47.000
9.217.850 2.248.400 2.245.400 1.000 1.000 1.000
5.290.800 406.800 340.000 66.800 222.000 151.000 71.000 425.000 299.000 126.000 133.000 94.000 39.000 100.000 71.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 115
1.3.4.02.05.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.02.06
PAVIMENTO ADOQUINADO
1.3.4.02.06.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.02.06.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.02.07
PLAZAS PROYECTO CONJUNTO
1.3.4.02.07.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.02.07.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.02.09.1
OTRAS OBRAS
1.3.4.02.08
PROYECTO OBRAS NO PREVISTAS
1.3.4.02.08.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.02.08.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.03
MANTENIMIENTO
1.3.4.03.01
HERRERÍA Y CARTELERÍA
1.3.4.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.03.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.4.03.02
MANTENIMIENTO DE PLAZAS Y ESPACIOS PÚBLICOS
1.3.4.03.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.03.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.03.02.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.4.03.03
MANTENIMIENTO Y MEJORA DE EDIFICIOS MUNICIPALES
1.3.4.03.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.4.03.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.4.03.03.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.4.04
OBRAS DEL UNQUILLO DECIDE
1.3.4.04.01
PROGRAMA 1: ZONA 1
1.3.4.04.02
PROGRAMA 2: ZONA 4
1.3.4.04.03
PROGRAMA 3: ZONA 6
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES
29.000 2.104.000 2.101.000 3.000 50.000 46.000 4.000 1.800.000 50.000 36.000 14.000
332.000 100.000 70.000 20.000 10.000 92.000 2.000 25.000 65.000 140.000 50.000 31.000 59.000 1.084.450 299.650 465.900 318.900 116.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 116
1.3.4.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.3.2
DIRECCION DE AMBIENTE E HIGIENE
1.3.2.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.3.2.01.01.01
PERSONAL
1.3.2.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.2.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.2.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.2.02.01
AMBIENTE
1.3.2.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.2.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.2.02.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.2.03
PROGRAMA SERVICIOS PUBLICOS
1.3.2.03.01
ACTIVIDAD 1 RECOLECCION DE RESIDUOS
1.3.2.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.2.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.2.03.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.2.03.02
ACTIVIDAD 2 DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS
1.3.2.03.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.2.03.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.2.03.02.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.2.03.03
ACTIVIDAD 4 (MANTENIMIENTO DE ESPACIOS VERDES)
1.3.2.03.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.2.03.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.2.03.03.04
BIENES DE CAPITAL
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.3.2.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.3.3.
DIRECCION DE REDES DE AGUA, GAS Y CLOACAS
1.3.3.01.01
FUNCIONAMIENTO
146.200
11.865.000 4.850.000 3.181.300 6.000 1.640.500 22.200
388.200 199.320 176.880 12.000
6.373.600 862.800 9.600 829.200 24.000 5.083.600 819.700 535.900 3.728.000 427.200 8.400 384.000 34.800 81.300
171.900
7.404.052 1.432.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 117
1.3.3.01.01.01
PERSONAL
1.3.3.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.3.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.3.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.3.02
OBRAS INFRAESTRUCTURA DE LA CIUDAD
1.3.3.02.01
PROYECTO GAS NATURAL
1.3.3.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.3.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.3.02.02
RED CLOACAL AV. SAN MARTÍN
1.3.3.02.02.01
PERSONAL
1.3.3.02.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.3.02.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.3.02.01
PROYECTO DE AGUA CABANA
1.3.3.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.3.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.3.3.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.3.1
DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
1.3.1.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.3.1.01.01.01
PERSONAL
1.3.1.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.1.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.1.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.1.02.00
MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA
1.3.1.02.01
ACTIVIDAD 1 (ALUMBRADO PÚBLICO)
1.3.1.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.1.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.1.02.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.1.02.02
ACTIVIDAD 2 (CALLES Y CAMINOS)
1.068.000 76.000 164.000 124.000
5.733.952 3.470.800 384.200 3.086.600 461.152 5.000 70.400 385.752 1.802.000 1.081.000 721.000
140.500 97.600
5.919.212 1.194.900 1.068.000 11.900 65.000 50.000 2.123.300 483.900 399.780 83.120 1.000 1.639.400
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 118
1.3.1.02.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.1.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.1.02.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.1.03.00
MANTENIMIENTO DE FLOTA
1.3.1.03.01
ACTIVIDAD 1 (PROVISION TECNICA DE REPUESTOS)
1.3.1.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.1.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.1.03.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.1.03.02
ACTIVIDAD 2 (PROVISION DE HERRAMIENTAS)
1.3.1.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.1.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.1.03.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.1.03.03
ACTIVIDAD 3 (PROVISION DE CUMBUSTIBLE)
1.3.1.03.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.1.03.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.1.03.03.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.1.03.04
ACTIVIDAD 4 (DEPOSITO DE PAÑOL)
1.3.1.03.04.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.1.03.04.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.1.03.04.04
BIENES DE CAPITAL
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.3.1.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.3.0.1
COORDINACIÓN DE PLANEAMIENTO URBANO
1.3.0.1.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.3.0.1.01.01.01
PERSONAL
1.3.0.1.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.0.1.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.0.1.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.0.1.02.01
OBRAS PRIVADAS
848.550 768.350 22.500 2.405.312 411.000 348.500 61.500 1.000 50.000 1.000 48.000 1.000 1.827.312 1.824.312 2.000 1.000 117.000 98.750 17.250 1.000
110.800 84.900
606.900 523.700 277.100 35.000 195.600 16.000
65.500
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 119
1.3.0.1.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.0.1.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.0.1.02.04
BIENES DE CAPITAL
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.3.0.1.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.3.0.2
COORDINACIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
1.3.0.2.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.3.0.2.01.01.01
PERSONAL
1.3.0.2.02
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
1.3.0.2.02.01
ACTIVIDAD 1 (TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES)
1.3.0.2.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.0.2.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.0.2.02.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.3.0.2.02.02
ACTIVIDAD 2 (BANCO DE TIERRA MUNICIPAL)
1.3.0.2.02.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.0.2.02.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.3.0.2.02.03
ACTIVIDAD 3 (ASESORAMIENTO TÉCNICO Y DE EJECUCIÓN)
1.3.0.2.02.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.3.0.2.02.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.3.0.2.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.4
SECRETARIA POLITICAS SOCIALES
1.4.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.4.01.01.01
PERSONAL
1.4.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.4.02.00
PROGRAMA PROMOCION Y ASISTENCIA SOCIAL
1.4.02.01
ACTIVIDAD 1 (PROMOC. Y ASIST. DIRECTA)
18.500 37.000 10.000
4.200 13.500
361.140 123.300 123.300 224.840 43.440 8.940 23.500 11.000 97.900 13.900 84.000 83.500 17.300 66.200
5.500 7.500
3.082.300 2.187.800 1.866.400 35.000 276.400 10.000
465.800 226.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 120
1.4.02.01.05
TRANSFERENCIAS
1.4.02.02
ACTIVIDAD 2 (FORTALEC.FLIAS. Y REDES)
1.4.02.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.02.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.02.03
ACTIVIDAD 3 (ADULTOS MAYORES)
1.4.02.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.02.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.02.03.05
TRANSFERENCIAS
1.4.02.04
ACTIVIDAD 4 (VIOLENCIA FAMILIAR)
1.4.02.04.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.02.04.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.02.05
PROGRAMA DEL UNQUILLO DECIDE: VIOLENCIA FAMILIAR
1.4.03.00
PROGRAMA OFICINA DE DERECHOS
1.4.03.01
ACTIV. 1 (PROTEC.DERECHOS Y ACCES.JUSTIC.)
1.4.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.03.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.4.04.00
PROGRAMA OFICINA DE EMPLEO
1.4.04.01
ACTIVIDAD 1 (FUNCIONAMIENTO)
1.4.04.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.04.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.04.01.2
PROGRAMA DEL UNQUILLO DECIDE: CAPACITACIÓN LABORAL
1.4.04.02
ACTIV. 2 (PROGR.JOV.CON MAS Y MEJOR TRAB.)
1.4.04.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.04.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.04.03
ACTIVIDAD 3 (AUTOEMPLEO)
1.4.04.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.04.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.04.03.05
TRANSFERENCIAS
1.4.04.03.04
BIENES DE CAPITAL
226.000 5.000 2.000 3.000 208.000 201.000 3.000 4.000 15.000 7.000 8.000 11.800
2.000 2.000 1.000 1.000
145.300 69.300 18.000 12.000 39.300 10.000 9.000 1.000 66.000 2.500 3.500 50.000 10.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 121
1.4.05.00
PROGRAMA NIÑEZ Y JUVENTUDES
1.4.05.01
ACTIVIDAD 1 (CDI AGUAS CLARAS)
1.4.05.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.05.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.4.05.02
ACTIVIDAD 2 (CDI SANCHEZ DE MARQUEZ)
1.4.05.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.05.02.04
BIENES DE CAPITAL
1.4.05.03
AC. 3 (CAJAS DIDAC.PROM.DERECHOS NIÑOS/AS)
1.4.05.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.05.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.05.04
ACTIVIDAD 4 (PARTICIPACION JUVENIL)
1.4.05.04.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.05.04.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.05.05
ACTIV. 6 (NIÑOS Y NIÑAS TIENEN LA PALABR.)
1.4.05.05.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.05.05.03
SERVICIOS NO PERSONALES
DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES 1.4.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.4.1
DIRECCION DE HABITAT Y VIVIENDA
1.4.1.01.00
PROGRAMA VIVIENDAS
1.4.1.01.01
ACTIVIDAD 1 (MEJORAMIENTOS DE VIVIENDAS)
1.4.1.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.4.1.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.4.1.01.01.05
TRANSFERENCIAS
1.4.1.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.4.1.01.02
ACTIVIDAD 2 (VIVIENDAS NUEVAS)
1.4.1.01.02.05
TRANSFERENCIAS
1.4.1.01.03
ACTIVIDAD 3 (PROGRAMA MÁS CERCA MEJORAMIENTO VIVIENDAS) DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES
188.000 72.000 71.000 1.000 77.000 72.000 5.000 16.000 10.000 6.000 8.000 1.500 6.500 15.000 9.000 6.000 5.100
88.300
1.822.300 1.808.000 368.000 19.000 10.000 331.000 8.000 40.000 40.000 1.400.000 10.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 122
1.4.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.5
SECRETARIA FINANZAS Y DESARROLLO ECONOMICO
1.5.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.5.01.01.01
PERSONAL
1.5.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.5.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.5.01.01.08
OTROS GASTOS
1.5.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.5.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.5.02.00.07
AMORTIZAC. DEUDAS
1.5.02.01
DEUDAS CONTRAIDAS EN EJERCICIOS ANTERIORES
1.5.02.02
DEUDAS CONTRAIDAS EN EL EJERCICIO
1.5.1
DIRECCIÓN DE RECURSOS TRIBUTARIOS
1.5.1.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.5.1.01.01.01
PERSONAL
1.5.1.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.5.1.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.5.1.02.01
PROCURACION
1.5.1.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.5.1.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.5.1.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.6
SECRETARIA GESTION PARTICIPATIVA
1.6.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.6.01.01.01
PERSONAL
1.6.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.02.01
PROGRAMA UNQUILLO DECIDE
1.6.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
4.300
6.980.448 4.337.600 2.949.100 114.000 1.194.500 10.000 70.000
60.000 2.582.848 2.148.848 434.000
281.300 217.000 177.000 7.000 33.000
54.000 10.000 44.000 10.300
2.695.000 568.600 436.800 19.000 112.800
409.500 32.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 123
1.6.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.02.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.6.03.01
PROGRAMA INFORMACION Y TRANSPARENCIA
1.6.03.01
Acceso a la Informac. Pública
1.6.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.03.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.6.04.01
PROGRAMA DE LAS ORGANIZACIONES
1.6.04.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.04.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.04.01.05
TRANSFERENCIAS DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES
1.6.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
1.6.1
DIRECCION DE DEPORTES Y RECREACION
1.6.1.01.01
FUNCIONAMIENTO
1.6.1.01.01.01
PERSONAL
1.6.1.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
1.6.1.02.01
POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
1.6.1.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.03.01
ACTIVIDADES RECREATIVAS
1.6.1.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.04.00
PROGRAMA BARRIOS JUGANDO
1.6.1.04.01
ACTIVIDAD 1 (BARRIOS JUGANDO)
1.6.1.04.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.04.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
374.500 3.000
72.100 72.100 11.500 52.600 8.000
121.600 8.500 73.100 40.000 5.300 19.500
1.498.400 1.127.000 394.400 8.000 710.600 14.000
150.000 130.000 20.000
47.000 32.000 15.000
38.000 10.000 8.000 2.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 124
1.6.1.04.02
ACTIVIDAD 2 (ENCUENTRO BARRIOS JUGANDO)
1.6.1.04.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.04.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.05.00
PROGRAMA A PONERSE EN MOVIMIENTO
1.6.1.05.01
ACTIVIDAD 1 (ADULTOS MAYORES)
1.6.1.05.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.05.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.05.02
ACTIVIDAD 2 (NIÑOS de 2 a 4 AÑOS)
1.6.1.05.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.05.03
ACTIVIDAD 3 (ACTIVIDADES FISICAS PARA MUJERES)
1.6.1.05.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.05.03.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.06.00
PROGRAMA PROMOCION DE LA PRACTICA DEPORTIVA
1.6.1.06.01
ACTIVIDAD 1 (ESCUELAS DEPORTIVAS)
1.6.1.06.01.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.06.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.06.02
ACTIVIDAD 2 (ENCUENTRO ESCUELAS DEPORTIVAS)
1.6.1.06.02.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.06.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.06.03
ACTIVIDAD 3 (INTERBARRIALES)
1.6.1.06.03.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.06.04
ACTIVIDAD 4 (DEPORTE EN LOS BARRIOS)
1.6.1.06.04.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.06.04.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.06.05
ACTIVIDAD 5 (ENCUENTRO DEPORTE EN LOS BARRIOS)
1.6.1.06.05.02
BIENES DE CONSUMO
1.6.1.05.05.03
SERVICIOS NO PERSONALES
1.6.1.07.01
PROGRAMA MANTENIM. ESPACIOS DEPORTIVOS
1.6.1.07.01.02
BIENES DE CONSUMO
28.000 25.000 3.000
18.000 6.000 4.000 2.000 6.000 6.000 6.000 4.000 2.000
79.000 15.000 12.000 3.000 10.000 7.000 3.000 20.000 20.000 20.000 17.000 3.000 14.000 10.000 4.000
10.000 8.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 125
1.6.1.07.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES
1.6.1.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
2.0
TRIBUNAL DE CUENTAS
2.0.01.01
FUNCIONAMIENTO
2.0.01.01.01
PERSONAL
2.0.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
2.0.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
2.0.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
2.0.02.00
PROGRAMA OTRAS ACTIVIDADES DEL TC
2.0.02.01
ACTIVIDAD 1 CAPACITACIÓN
2.0.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
2.0.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES
2.0.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
3.0
CONCEJO DELIBERANTE
3.0.01.01
FUNCIONAMIENTO
3.0.01.01.01
PERSONAL
3.0.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
3.0.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
3.0.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
3.0.02.00
INFORMATIZACION CONCEJO DELIBERANTE
3.0.02.01
ACTIVIDAD 1 (Sistematización informática)
3.0.02.01.02
BIENES DE CONSUMO
3.0.02.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
3.0.02.02
ACTIVIDAD 2 (Comunicaciones del C.D.)
3.0.02.02.02
BIENES DE CONSUMO
3.0.03.00
CONCEJO y COMUNIDAD
2.000 9.100 20.300
759.500 722.500 663.000 15.000 34.500 10.000
15.000 15.000 3.000 12.000 2.500 19.500
1.387.460 1.293.460 1.257.400 11.160 12.900 12.000
18.600 9.600 6.000 3.600
9.000 9.000
21.600
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 126
3.0.03.01
ACTIVIDAD 1 (CENTENARIO DE LA CIUDAD)
3.0.03.01.02
BIENES DE CONSUMO
3.0.03.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
3.0.03.02
ACTIVIDAD 2 (Concejo de Jóvenes)
3.0.03.02.02
BIENES DE CONSUMO
3.0.03.02.03
SERVICIOS NO PERSONALES DEUDAS EJERCICIOS ANTERIORES
3.0.00.10
CREDITO ADICIONAL POR REFUERZO DE PARTIDAS
4.0
TRIBUNAL DE FALTAS
4.0.01.01
FUNCIONAMIENTO
4.0.01.01.01
PERSONAL
4.0.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
4.0.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
4.0.01.01.04
BIENES DE CAPITAL
5.0
EROGACIONES DEPENDENCIAS MUNICIPALES
5.0.01.01
FUNCIONAMIENTO
5.0.01.01.02
BIENES DE CONSUMO
5.0.01.01.03
SERVICIOS NO PERSONALES
9
NO CLASIFICADOS
9,1
CUENTAS DE ORDEN
9.1.1
POR TRABAJOS PUBLICOS
9.1.2
OTRAS CAUSAS
9.1.3
PROCURADORES
7.200 4.600 2.600
14.400 11.000 3.400 2.300
51.500 635.552 635.552 621.552 10.000 1.000 3.000
2.381.000 2.381.000 290.000 2.091.000
5.693.600 5.693.600 40.000 5.587.100 66.500
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 127
JURISDICCIÓN 1.1 INTENDENCIA LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Intendencia
02.01
Integración a Otros Organismos
Intendencia
19.500
03.00
Eventos Especiales
Intendencia
1.650.000
04.01
Programa Municipal Mantenimiento de escuelas públicas locales
Intendencia
346.500
05.01
Descentralización y Atención al Vecino
Intendencia
61.000
06.0
Asesoría Letrada
Intendencia
10.000
Deudas ejercicios anteriores
Intendencia
64.260
Refuerzo de Partidas
Intendencia
61.640
00.10
CREDITO 1.359.000
LISTADO DE SUBJURISDICCIONES CODIGO 1.1 1.0.3 1.2
DENOMINACION Dirección de Cultura Coordinación Comunicación Institucional Dirección de Salud
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Cultura y Educación Área de Comunicación Institucional Dirección de Salud
CREDITO 4.106.000 822.437 2.560.000
SUBJURISDICCION 1.1 DIRECCIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN
LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO 1.01
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Cultura y Educación
CREDITO 3.016.400
02.01
Celebraciones y conmemoraciones Elencos Artísticos Artes y Museos – Comisión de Patrimonio Cultura Popular EPA! Deuda Ejercicios Anteriores Refuerzo de Partidas
Dirección de Cultura y Educación
14.000
Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación
54.000 445.000
Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación
177.000 177.500 82.880 57.220
01.01 02.02 2.04 03.00 00.10
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 128
LISTADO DE SUBJURISDICCIONES CODIGO 1.1
DENOMINACION COORDINACIÓN DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Cultura y Educación
CREDITO 82.000
PROGRAMA ELENCOS ARTÍSTICOS UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN DESCRIPCION DEL PROGRAMA Este programa está destinado a la actividad, la formación y el fortalecimiento de los elencos artísticos municipales: -
Coro Polifónico
-
Coro de Niños
-
Danzas Folclóricas
-
Banda Municipal
Los elencos se constituyen en valiosos espacios de encuentro, formación y expresión artística. En este sentido se implementarán estrategias que promuevan y amplíenla participación de niños, jóvenes y adultos: ensayos abiertos en los barrios, intervenciones en las escuelas, convenios con organizaciones barriales para favorecer la inclusión de vecinos a los elencos, etc. Asimismo se promoverá la participación en encuentros y festivales, dentro y fuera de la ciudad, dando continuidad a los diversos ciclos implementados (Coro por los Rincones, Música en Banda, Música de Cámara) y la realización de una nueva edición del Pericón de mi Pueblo. En relación a este último, se propone avanzar en la descentralización de los ensayos en algunos barrios de Unquillo, a través del trabajo coordinado con otros grupos de danzas folclóricas. En el marco de este programa se prevé también promover la re-edición de una puesta de teatro con vecinos, sumando así un nuevo espacio de expresión a los ya existentes. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO
DENOMINACION Elencos Artísticos
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Cultura y Educación
CREDITO 54.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 129
PROGRAMA ARTES Y MUSEOS UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN DESCRIPCION DEL PROGRAMA Este programa se compone de tres líneas: - Casas y Museos, destinado a difundir y revalorizar el patrimonio y la producción artística local, promoviendo el acceso de toda la población a los espacios y bienes culturales - Cine Teatro Municipal, destinado a fomentar el desarrollo de actividades culturales vinculadas al cine, la música y el teatro - Arte en espacios públicos, destinado a promover el encuentro y la participación de la población en espacios públicos a través de expresiones artísticas En relación a las Casas y Museos la Municipalidad cuenta con de diversos espacios culturales: Casa Museo Lino Spilimbergo, Casa Museo y Capilla Buffo, Casa Museo y Centro Cultural Rivolta, Museo de la Ciudad y Casa de la Cultura. En estos espacios se difunde y preserva el patrimonio cultural, se promueve la participación de artistas en la exhibición de producciones individuales y colectivas (muestras de pintura, dibujo, fotografía, escultura, grabado, etc.) y se proponen diversas actividades de formación artística para niños y adultos en disciplinas vinculadas a las artes musicales, visuales y escénicas. También se ofrecen visitas guiadas a particulares y grupos. En el Museo de la Ciudad se prevé incorporar un Archivo Oral, a través de la realización de talleres de Historia Oral en algunos barrios de nuestra ciudad. En Museo Spilimbergo, en el marco del 50° aniversario de la muerte de Lino Spilimbergo, se llevarán a cabo tareas de puesta en valor de dicho espacio. De igual relevancia es la intervención en el exterior e interior de la Capilla Buffo, que incluye la restauración de los frescos. En todos los museos se avanzará en la documentación de colecciones. En el marco de la Comisión de Patrimonio, se trabajará en pos de rescatar, recuperar, catalogar y fijar políticas destinadas a la protección del patrimonio históricoarquitectónico y cultural tangible e intangible, según lo establecido por la Ordenanza N°764/2012. En relación al Cine Teatro Municipal, se propone diversas acciones con el propósito de favorecerel acceso de la población a la exhibición cinematográfica y la producción audiovisual. El funcionamiento de la sala se realizará en base a la programación INCAA. Para estimular el acceso de la población al cine, se planificará un recorrido con un equipamiento de Cine Móvil por los barrios, definido con instituciones y organizaciones sociales. La programación de las actividades culturales en la sala se ampliará con la presentación de producciones culturales locales y de la zona, en música, teatro y danza. Se prevé también la realización de la 4º muestra de cine cordobés, con la presencia de productores, funciones en sala, proyecciones en escuelas y organizaciones barriales, charlas y talleres de formación. Arte en espacios públicos es otro de los componentes de este programa. Para ello se propone la realización de encuentros comunitarios, de carácter recreativo-cultural, en espacios públicos barriales, en el marco del proyecto CASAbierta y en articulación con otras acciones de la Dirección (cine móvil, elencos artísticos, EPA!, etc.) y otras áreas municipales (Dirección de Deportes y Recreación, Secretaría de Políticas Sociales). En el mes de julio, se llevará a cabo el 2° Festival de Artistas Andariegos, con la realización de espectáculos de títeres, teatro, narración, danza y circo en diferentes espacios de la ciudad: sala, centros vecinales, plazas, etc. El 10º Simposio de Escultores, es otra de las actividades previstas, con la realización de esculturas en gran formato que se emplazarán en diferentes espacios públicos de la ciudad. Asimismo, en el marco de las actividades previas y posteriores a esta décima edición, se emplazarán y pondrán en valor esculturas realizadas en ediciones anteriores.
LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 130
CODIGO 2.02 02.03 02.02 02.05 02.04
DENOMINACION Casas y Museos Simposio de Escultores Arte en espacios públicos CASA Abierta (Unquillo Decide) Cine Teatro Municipal
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación
CREDITO 126.500 95.000 47.000 48.000 128.500
PROGRAMA EPA! ESCUELA DE ARTE GRATUITA PARA JOVENES UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN DESCRIPCION DEL PROGRAMA Este programa está destinado favorecer la inclusión y participación juvenil a través de la expresión y formación en disciplinas artísticas. Para el 2014 se prevé incluir en su estructura formativa la Diplomatura en Música Popular, en convenio con la Universidad Nacional de Villa María, un trayecto formativo con reconocimiento y certificación oficial. Los talleres artísticos-expresivos, por su parte, tiene como objetivo el aprendizaje y la expresión juvenil desde diversas disciplinas artísticas (musicales, visuales, escénicas). Punto EPA!, proyecto elaborado en el marco del Unquillo Decide, tendrá presencia en tres barrios: Gdor. Pizarro, Herbera y Cabana; en modalidad regular y con actividades programadas según intereses y particularidades de cada sector. Las 100 guitarras se desarrollará nuevamente desde la EPA!, proponiéndonos convocar cada año a más vecinos de Unquillo a participar del evento. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 03.01 03.02
DENOMINACION EPA! Punto EPA! (Unquillo Decide)
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación
CREDITO 122.000 55.500
PROGRAMA CULTURA POPULAR UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN DESCRIPCION DEL PROGRAMA Este programa está destinado al fomento y revalorización de las identidades y manifestaciones culturales locales. Avanzar en políticas culturales inclusivas, democráticas y participativas implica entender que la cultura es un derecho de todos y que todos somos portadores y productores de cultura. La cultura no se agota en la producción o consumo de los “objetos de arte”, sino que ella es el campo donde las personas reinventan y reelaboran en términos simbólicos sus identidades individuales y colectivas. En este sentido, estamos convencidos que las políticas culturales no sólo deben democratizar y descentralizar los bienes y servicios culturales existentes, sino que de lo que se trata también es de reconocer y valorar las culturas locales y barriales, estimulando su producción y desarrollo. Esto implica apartarnos de la idea de “llevar cultura a los barrios”, para comprender que “los barrios tienen su propia cultura”, avanzando en políticas participativas e inclusivas basadas en discursos y acciones respetuosos de la cultura popular, políticas culturales ancladas en las identidades locales, en el entramado de prácticas culturales populares, en sus tradiciones, en sus
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 131
anhelos, en sus creencias, en sus expresiones artísticas, en sus prácticas recreativas, en sus solidaridades, en sus memorias colectivas, en sus fiestas. Componen este programa: - Carnaval, destinado a profundizar el carácter participativo y popular de la fiesta más antigua de Unquillo. - Festivales folclóricos, destinado a revalorizar las diversas manifestaciones folclóricas locales - Cultura Comunitaria, destinado a apoyar las iniciativas culturales de grupos y organizaciones barriales Se prevé avanzar en la concreción del Galpón de Carnaval, espacio destinado a la producción artística y al resguardo de materiales relacionados a esta fiesta popular, recientemente declarada Patrimonio de la Ciudad (Ord. N°807/2013). Está previsto también el 2° Campamento Murguero, con actividades de encuentro, intercambio y formación para las murgas y otros actores del carnaval. En cuanto a los festivales folclóricos, se prevé la participación en la organización de las Fiestas Patronales, la realización del Pericón de mi Pueblo, el Festival Gerardo Lópezy el apoyo a la Doma de Cabana, fiesta que también ha sido declarada Patrimonio de la Ciudad, y que camina hacia la celebración de sus 50 años de vida. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 04.01 04.02
DENOMINACION Carnaval Festivales folclóricos
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Cultura y Educación Dirección de Cultura y Educación
CREDITO 115.000 62.000
SUBJURISDICCIÓN 1.1.1 COORDINACIÓN DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 01.00 01.01
DENOMINACION PROGRAMA APOYO A LA INCLUSIÓN EDUCATIVA PROGRAMA ELENCOS ARTÍSTICOS
UNIDAD EJECUTORA COORDINACIÓN DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS COORDINACIÓN DE ESTRATEGIAS EDUCATIVAS
CREDITO 82.000 54.000
PROGRAMA APOYO A LA INCLUSION EDUCATIVA UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN DESCRIPCION DEL PROGRAMA Este programa tiene el propósito de contribuir a permanencia escolar de niños, y a la inclusión de jóvenes y adultos a través de la alfabetización y la finalización de estudios de nivel primario y de nivel medio. Para ello, se implementan diversas estrategias: - Apoyos educativos en los barrios, destinados a niños y niñasen edad escolar, y en articulación con familias, escuelas y comunidad. - Alfabetización de jóvenes y adultos, en el marco del Plan Nacional de Alfabetización, y gestión para la implementación de programas de inclusión educativa y finalización de estudios - Red de Bibliotecas Comunitarias, con el propósito de articular y generar acciones de capacitación a promotores barriales, promoción a la lectura y dotación de materiales y recursos, fortaleciendo las capacidades existentes en la comunidad
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 132
También se prevé, en el marco del Equipo Intersectorial de Apoyo a las Instituciones Educativas, la realización de encuentros de debate y formación sobre problemáticas escolares. Otra de las líneas de este programa se centra en la promoción de la participación estudiantil, convencidos que una escuela democrática implica considerar e incluir la palabra de los niños y los jóvenes. La coordinación de acciones con los Centros de Actividades Juveniles y Centros de Estudiantes, en articulación con la Secretaría de Gestión Participativa, son algunas de las estrategias que se proponen en este sentido. La Fiesta de los Estudiantes es otra de las instancias relevantes de participación estudiantil. Para ello, en conjunto con la Dirección de Deportes y Recreación, se propone fortalecer la participación de los estudiantes en todas las instancias del proceso (diseño de la propuesta, ejecución, evaluación), acordando las actividades en el marco de los lineamientos definidos: integración entre las escuelas y recuperación del sentido de diversión y encuentro. Por último, desde el Centro Tecnológico Comunitario y Educativo, se propone la implementación del CTCE móvil, acción que procura favorecer el acceso a las nuevas tecnologías y a la alfabetización informática de niños, jóvenes y adultos.
SUBJURISDICCIÓN 1.2 ÁREA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
3.01
Actividad Central Funcionamiento
Área de Comunicación Institucional
3.02
Comunicación Institucional
Área de Comunicación Institucional
Deudas ejercicios anteriores
Área de Comunicación Institucional
Refuerzo de Partidas
Área de Comunicación Institucional
00.10
CREDITO 309.737
488.200 11.480
13.020
LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
03.01
Funcionamiento
Área de Comunicación Institucional
3.02
Comunicación
Área de Comunicación Institucional
CREDITO 309.737
488.200
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 133
PROGRAMA 16 COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL UNIDAD EJECUTORA ÁREA DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA El Programa de Comunicación Institucional consta de dos actividades que, en conjunto, persiguen el objetivo de lograr que la comunicación interna, y externa con los vecinos, vecinas y medios masivos de difusión sea más fluida y de mayor cobertura. La Actividad 1, comunicación externa e interna, se refiere a la comunicación con los vecinos y vecinas e incluye la difusión de los eventos, actividades de las áreas municipales e información sustantiva de la gestión. Los productos más claros de esta línea de trabajo son la revista institucional El Junquillo (tirada bimensual), la agenda de actividades municipales (tirada mensual) y medios digitales integrados (Página Wb, redes sociales, boletín digital semanal). La Actividad 2, relación con los medios de comunicación, tiene como objetivo establecer una relación fluida con los medios masivos de comunicación, locales y provinciales, a fin de instalar en la agenda informativa a la ciudad, con sus eventos y realizaciones. La acción más clara de esta actividad es la implementación de una nueva modalidad de contratación de publicidad en los medios y de propuestas de fortalecimiento de los mismos (locales y regionales). LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CÓDIGO
DENOMINACIÓN
02.01
Comunicación Externa e Interna
02.02
Relación con Medios de Comunicación
UNIDAD EJECUTORA Área de Comunicación Institucional Área de Comunicación Institucional
CRÉDITO 326.800 161.400
CUADRO DE METAS DENOMINACIÓN
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
Comunicación Externa e Interna
Revista El Junquillo Agenda municipal Boletín digital semanal
30.000 ejemplares 50.000 ejemplares 240.000 boletines
Actividades para fortalecimiento de medios locales y regionales. Relación con los medios de comunicación locales y provinciales Convenio económico con medios locales y regionales.
Programa radial institucional en las 2 radios locales.
2 actividades. 5 convenios con medios locales. 5 convenios medios regionales.
80 emisiones
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 134
SUBJURISDICCION 1.2 DIRECCION DE SALUD LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO 01.01 00.10
02.01 02.03 02.04
DENOMINACION Funcionamiento Refuerzo de partida
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Salud Dirección de Salud
CREDITO 1.810.200 12.290
Deudas ejercicios anteriores
Dirección de Salud
20.510
Gestión CAPS Promoción y Prevención en Salud Atención y Prevención en Discapacidad
Dirección de Salud Dirección de Salud Dirección de Salud
560.000 133.000 24.000
PROGRAMA 01 ACTIVIDADES CENTRALES UNIDAD EJECUTORA DIRECCION DE SALUD LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS CODIGO 01.01
00.10
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Salud
Deudas Ejercicios Anteriores Refuerzo de partidas
Dirección de Salud
CREDITO 1.810.200 20.510 12.290
Dirección de Salud
CUADRO DE METAS DENOMINACIÓN COORDINACION CENTRAL
UNIDAD DE MEDIDA Protocolos de atención interdisciplinaria por programas. Reuniones de monitoreo y evaluación de los servicios de salud con directores de cada CAPS Nuevos actores incluidos en la mesa intersectorial de salud Actividad y/o proyecto de promoción de salud organizada por la mesa en forma conjunta
CANTIDAD. 5 4 4 2
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 135
PROGRAMA GESTION CAPS UNIDAD EJECUTORA DIRECCION DE SALUD DESCRIPCION DEL PROGRAMA Entendiendo a la salud como un derecho fundamental de las personas, este programa se propone: Garantizar el funcionamiento de los Centros de Salud con atención de alta calidad científica y humana para los vecinos de Unquillo. Considerando que los centros de atención Primaria son la puerta de entrada al sistema nacional de Salud, se pretende que los mismos tengan una cobertura universal en su zona de referencia, y un diálogo sistemático con la misma, que le permita conocer sus características y prestar los servicios acorde a ellas. En la gestión de los centros la Dirección se propone para el 2014: -
-
consolidar los programas que actualmente se implementan (control de Niño Sano, Salud sexual y reproductiva, inmunizaciones, salud bucal, control de enfermedades crónicas no transmisibles) afianzar el programa de atención para adolescentes a través del consultorio de adolescente. sostener los servicios complementarios incorporados (laboratorio, y ecografías) fortalecer la articulación con las instituciones de salud que representan mayor nivel de complejidad, a los fines de ofrecer prestaciones integrales a la población. Ampliar la zona de cobertura de la política de atención primaria en barrios de mayor vulnerabilidad sanitaria, para esto se prevé un consultorio Móvil en barrio Tortosa Las Ensenadas y a Fin de 2014 Inaugurar el 6t0. Centro de Salud, en Alto Alegre Continuar con prestaciones complementarias a la atención en los centros que garantizan el acceso a la salud como cobertura de medicación, traslados, prótesis, tramitar turnos para estudios diagnósticos, etc. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS
CODIGO 02.01
DENOMINACION Gestión Centros de Atención Primaria de salud
UNIDAD EJECUTORA Dirección de salud
CREDITO 560.000
CUADRO DE METAS DENOMINACIÓN
UNIDAD DE MEDIDA Población a cargo georreferenciada y nominalizada por CAPS
GESTION DE LOS CAPS.
Diagnostico participativo de la situación de salud de la comunidad por CAPS. Ampliación de cobertura del CCyD respecto al 2013 Implementación del consultorio de salud integral de jóvenes. Cantidad de consultorios Ampliación de cobertura del programa de SSyR Embarazadas con los controles de salud y estudios complementarios correspondientes. Ampliación de cobertura del programa ECNT Cantidad mensual de métodos complementarios diagnósticos (ECO, laboratorio) en los CAPS. Cantidad de órdenes de compra para farmacia entregadas al año Cantidad de Subsidios otorgados al año
CANTIDAD El 60% de cada Caps. 5 en un 20% 5 en un 40%. 90% En un 50%. 100 ECO 800 LABORA. 400 30
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 136
Pasajes otorgados a Córdoba para tratamiento médico (ida y vuelta) Traslados realizados por la unidad de traslado
700 200
Nuevo centro de salud Alto Alegre con atención médica. Atención en un Móvil en Bº Tortosa Atención en un Móvil en Las Ensenadas
1 1 1
PROGRAMA PREVENCION Y PROMOCION EN SALUD UNIDAD EJECUTORA DIRECCION DE SALUD DESCRIPCION DEL PROGRAMA Las políticas de prevención y promoción en salud contemplan todos los proyectos y actividades dirigidas a prevenir enfermedades prevalentes en la comunidad, (o detectarlas precozmente para poder tratarlas), y aquellas actividades de promoción de estilos de vida saludables. Todos los proyectos promueven la participación de la comunidad, entendiendo que la misma es la tarea en la que los diversos sectores, las organizaciones formales e informales y la comunidad participan activamente tomando decisiones y asumiendo responsabilidades específicas en el cuidado de la salud, En este marco la Dirección de Salud se propone:
Generar espacios de participación a través de los cuales la población pueda informarse y apropiarse de los servicios de salud disponibles en los centros de salud.
Promover la adquisición de herramientas para el auto cuidado de su salud.
Promocionar la participación de la comunidad en la definición de las necesidades y prioridades de salud de la misma.
Favorecer el desarrollo de acciones comunitarias de promoción de estilos de vida saludables
Implementar campañas de detección precoz de enfermedades prevalentes en cada grupo etario a los fines de prevenir el desarrollo de las mismas.
Los proyectos contemplados en este programa son: • ESCUELAS PROMOTORAS DE SALUD Se propone lograr el compromiso de las comunidades educativas de la localidad en la promoción de hábitos saludables. Se pretende que en las escuelas primarias se promueva hábitos de alimentación saludables y de higiene bucal para prevenir el déficit de nutrición y las patologías bucales, (enfermedades prevalentes en la infancia). En las escuelas secundarias se promueve el acceso a información por parte de los jóvenes para el auto cuidado de su salud en tres ejes: sexualidad, relaciones de pareja y consumo de sustancias toxicas. Este proyecto se orienta a la prevención de enfermedades de transmisión sexual, prevención de embarazos no deseados, prevención de violencia en la pareja, y prevención de consumo de sustancias toxicas.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 137
• SALUD EN LOS EVENTOS MUNCIPALES Está a cargo de la Dirección, la cobertura médica de los eventos de convocatoria masiva organizados por el municipio. El objetivo de este programa es, además de garantizar atención medica en el lugar, difundir información para la promoción de hábitos saludables a través de folleteria, spots radiales, videos, etc. • PREVENCION Y ASITENCIA AL CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS TOXICAS Este proyecto se propone Disminuir el consumo de drogas en la población de Unquillo, y los daños por este producido mediante intervenciones a nivel prevención (evitar la aparición de nuevos casos de consumo problemático de drogas) y asistencia (garantizar la contención y el abordaje terapéutico, dentro de la APS, de las personas con problemas de consumo). Para el logro de estos objetivos, en el 2014 se prevén las siguientes líneas de acción: Difusión masiva en relación a las sustancias psicoactivas, los efectos en la salud, y la importancia de su prevención y la reducción de daños frente a situaciones de riesgo Conformación de grupos de Padres, para el fortalecimiento de sus funciones parentales. Trabajar los factores de protección y Factores de Riesgo Formación de referentes comunitarios en la prevención del consumo. Consolidar los equipos de asistencia en el sector salud a nivel local. Elaboración de estrategias integrales con la participación de otras áreas municipales y actores comprometidos a nivel local. Promover al auto cuidado de la salud, para aquellos adolescentes que participan en actividades deportivas, artísticas, etc. • SALUD INTEGRAL DE LA MUJER Este proyecto, surge a partir de un diagnostico comunitario, donde se señala a la salud de la mujer, como la más vulnerable de la familia, por ser quien prioriza el cuidado de los otros y por desconocimiento de sus derechos en salud. Considerando esto, el proyecto Salud integral de la mujer se propone promocionar el acceso de las mujeres a sus derechos de salud. En este sentido los objetivos para el 2014 son: - Prevenir las enfermedades prevalente en la mujer adulta (cáncer de mama y cuello de útero) - Consolidar el trabajo de las promotoras comunitarias de la salud de Cabana y Quebrada Honda y formación de Promotoras en Bº Tortosa, como estrategia para facilitar la participación de la mujer en el cuidado de su propia salud y la de su comunidad, y como una estrategia para mejorar la accesibilidad a los servicios de Salud disponibles. - Promover de espacios (terapéuticos) para mujeres víctimas de violencia, ya que es éste un problema que afecta a un gran número de mujeres y familias de nuestra comunidad. • PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES Considerando que en los últimos años ha aumentado notoriamente el porcentaje de personas que padecen hipertensión, diabetes y obesidad (enfermedades crónicas no transmisibles), que son causa de las muertes por accidente cardiovasculares, (principal causa de muerte a nivel mundial), es que en el 2014 se propone trabajar en la detección precoz de estas enfermedades para su tratamiento oportuno, y en la prevención de las mismas. Para esto se realizaran campañas de detección precoz y promoción de estilos de vida saludables (alimentación sana, ejercicio físico, disminución del consumo de tabaco, sal etc.), tratamiento y seguimiento correspondiente de los pacientes por parte del Equipo de Salud Se trabajara conjuntamente con Bromatología, para que se instale y cumplan las ordenanzas 785/13 y 786/13
LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 03.01 02.02 03.03
DENOMINACION Escuelas Promotoras de la Salud Salud en Eventos Municipales Prevención y Asistencia consumo de
UNIDAD EJECUTORA Dirección de salud Dirección de Salud Dirección de Salud
CREDITO 23.000 66.000 16.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 138
03.04 03.05
sustancias tóxicas Salud Integral de la Mujer Prevención de Enfermedades Crónicas no transmisibles
Dirección de Salud Dirección de Salud
21.000 7.000
CUADRO DE METAS DENOMINACIÓN
ESCUELAS PROMOTORAS DE SALUD
DENOMINACIÓN SALUD EN EVENTOS MUNICIPALES DENOMINACIÓN
PREVENCION Y ASISTENCIA AL CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS TOXICAS.
DENOMINACIÓN
SALUD INTEGRAL DE LA MUJER
UNIDAD DE MEDIDA Docentes capacitados en los pilares de la alimentación saludable y salud bucal pertenecientes a las 8 escuelas primarias. Docentes que trabajen la temática de la salud bucal y nutrición en el aula Escuelas con kioscos saludables. Alumnos de las escuelas primarias que conozcan los pilares de la alimentación saludable e higiene bucal. Consultorías en salud en los IPEM 23 y 78, consolidado como espacio de consulta permanente para los jóvenes. Talleres en todos los cursos con diferentes técnicas de reflexión e información en salud.
CANTIDAD. 100%
UNIDAD DE MEDIDA Cantidad de eventos con cobertura de salud
CANTIDAD. 8
UNIDAD DE MEDIDA Diagnostico integral de las percepciones y niveles de consumo general de la población. Diagnostico de la asistencia a las personas con consumo problemático que han consultados en los centros de SALUD de la localidad. monitores deportivos formados en prevención y detección precoz de consumo problemático de sustancias Promotores y referentes barriales formados en prevención y detección precoz de consumo problemático de sustancias Jóvenes participantes con un control de salud integral en los CAPS. talleres de salud con la participación de al menos 20 jóvenes realizados en cada espacio deportivo recreativo barrial, Equipo de salud mental de APS y hospital articulado y capacitado en el abordaje de la temática. Reuniones de capacitación Grupos de reflexión para padres, orientados a fortalecer los factores protectores familiares.
CANTIDAD. 1
UNIDAD DE MEDIDA Promotoras por cada barrio capacitadas en temas relacionados a la salud sexual y reproductiva, y violencia de género. Diagnóstico participativo (equipo de salud-promotoras), de la salud del barrio por centro
CANTIDAD. 15
90% 100% 90% 2 24
1 5 15
140 10 4 2
4
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 139
Proyectos de promoción de salud ejecutado por los promotores y equipo de salud en cada barrio Campaña anual de acceso gratuito a las mamografías para las mujeres de Unquillo mayores de 40 años. Cantidad de mamografías Cantidad de PAP realizados en los CAPS Grupos de apoyo para mujeres víctimas de violencia. DENOMINACIÓN PREVENCION DE ENFERMEDADES CRONICAS NO TRANSMISIBLES
3 300
500 2
UNIDAD DE MEDIDA Protocolo de detección precoz de ECNT implementado en forma permanente en los 5 CAPS por enfermería. Campaña anual de prevención y detección precoz de ECNT. Cantidad de personas a cubrir Población bajo programa de ECNT nominalizada y atendida oportunamente.
CANTIDAD. 1 1.000 300
PROGRAMA 18 PREVENCION Y ATENCIÓN EN DISCAPACIDAD UNIDAD EJECUTORA DIRECCION DE SALUD DESCRIPCION DEL PROGRAMA Entendiendo a la Discapacidad como “el conjunto de condiciones ambientales, físicas, biológicas, culturales, económicas y sociales, que pueden afectar el desempeño de una actividad individual, familiar o social en algún momento del ciclo vital” La discapacidad tiene una dimensión superior a la de un problema de salud individual y por tanto afecta al individuo en relación con su familia y en su integración con la comunidad. La discapacidad no necesariamente es una desventaja; es la situación que la rodea y la falta de oportunidades para superar el problema lo que genera tal condición, desde esta perspectiva, la Dirección de Salud se propone establecer los lineamientos básicos de la política de discapacidad para la Ciudad de Unquillo, en consonancia con los principios que rigen la gestión de Gobierno. Objetivo general: Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad de la localidad de Unquillo, y su acceso efectivo a los bienes y servicios sociales mediante la coordinación y articulación de las acciones gubernamentales y de las organizaciones de la sociedad civil. . Objetivos Específicos: - Mantener actualizado el diagnostico de la situación actual de las personas con discapacidad de la localidad de Unquillo, (cantidad de población, características, necesidades, etc.) - Consolidar el funcionamiento del consejo intersectorial, se definió como lineamiento del 2014, una ciudad segura, comenzando con la sensibilización a todas las fuerzas vivas de la Ciudad definir en el marco del mismo. Incorporar al Consejo Asesor personas con discapacidad.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 140
- Promover en todos los sectores de la municipalidad de Unquillo, políticas que garanticen las condiciones necesarias para que las personas con discapacidad puedan desempeñar sus actividades en condiciones de plena igualdad dentro de la sociedad. - Sostener y consolidar la oficina de atención a la problemáticas relacionadas a la discapacidad. - Continuar con el segundo tramo de accesibilidad LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 01
DENOMINACIÓN Prevención y Atención en Discapacidad
UNIDAD EJECUTORA Dirección de salud
CREDITO 24.000
CUADRO DE METAS DENOMINACIÓN
UNIDAD DE MEDIDA Población incluida en el censo Reuniones para la consolidación del Consejo de discapacidad( 1 por mes) Prevención y Atención en Discapacidad Consultas atendidas desde la oficina de discapacidad Pasantías de jóvenes asistentes a la escuela Especial Morzone Proyecto de Gestión de fondos de CONADIS para banco de prótesis Familias beneficiarias del transporte adaptado Talleres de sensibilización en escuelas con CILSA Talleres de Sensibilización Terciario las Mercedes Talleres de Sensibilización Colectiveros, Policías, etc.
CANTIDAD. 700 6 200 6 1 50 15 4 8
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 141
JURISDICCIÓN 2 SECRETARÍA DE GOBIERNO SECRETARIA DE GOBIERNO FUNCIONAMIENTO DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA El programa tiene como objetivo contribuir a la mejora del funcionamiento administrativo general del municipio centrado en el ciudadano, a través de un sistema accesible y transparente y una estructura operativa del municipio refuncionalizada para el logro de mayor eficacia y eficiencia, con un sistema de gestión de trámites informatizado funcionando. De esta manera se busca consolidar la recepción, clasificación, ordenamiento, derivación, seguimiento y devolución de trámites de la Administración central. Mantener organizado el protocolo de Decretos, Resoluciones y Ordenanzas. Boletín Oficial y el Inventario de Bienes Municipales. Administración de bienes muebles e inmuebles públicos, creando las condiciones de accesibilidad a los mismos por parte de los ciudadanos y organizaciones de la comunidad con criterios de equidad y transparencia. La mejora continua en el servicio prestado por el municipio se extiende también hacia los visitantes de la ciudad, mediante el trabajo conjunto con otras áreas municipales, la mejora en la comunicación y la coordinación de actividades conjuntas con otras localidades. Dentro del mismo concepto del funcionamiento administrativo durante el año 2014 se llevara adelante dos nuevas actividades: primero) área de inspectoría en donde se desarrollaran programas de inspecciones transversales desde las área de comercio, ambiente , higiene urbana, servicios, integración territorial y planeamiento urbano . Segundo el server el seguimiento informático y telefónico de todos los registros municipales y su guarda, el área de sistemas ya en actividad será integrada al funcionamiento de la Secretaria de Gobierno.LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO DENOMINACION UNIDAD EJECUTORA CREDITO 01.01 Funcionamiento Secretaria de Gobierno 4.968.200.01.02 Seguridad Ciudadana Secretaria de Gobierno 152.500.01.03 S.U.A.C Secretaria de Gobierno 30.000.0.1 Coordinación de Turismo Secretaria de Gobierno 29.000.Deudas Ejercicios Anteriores Secretaria de Gobierno 13.300 00.10
Crédito adicional para refuerzo de partidas
122.700.-
CUERPO DE SEGURIDAD CIUDADANA UNIDAD EJECUTORA SECRETARIA DE GOBIERNO DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA El programa tiene como objetivo, consolidar las acciones del CSC, en materia de prevención y promoción en la comunidad, desde una visión integral, que incorporen conceptos como calidad de vida, dignidad humana, libertad y acceso a las oportunidades sociales. De esta manera, las acciones del Cuerpo de Seguridad Ciudadana están orientadas al logro de una ciudad segura, con ciudadanos involucrados en el ejercicio de sus obligaciones y derechos para el logro de una convivencia armónica. Asimismo la capacitación de los miembros del CSC y la Seguridad Vial son ejes de este programa, la gestión del 103, orientada al perfeccionamiento de la atención a las demandas; esto es, operadoras capacitadas, articulaciones con áreas municipales eficientes, articulaciones institucionales logradas, sistema informático consolidado, diagramación y ejecución de rondas del móvil CSC establecidos. Optimizar la coordinación con el Tribunal de Faltas, en cuanto al seguimiento de actas y resolución de las mismas. Debemos introducir dentro de las acciones para lograr una mayor seguridad de los ciudadanos. El programa Desarrollo Vial de la Avda. San Martin y sus calles laterales desde el acceso sur hasta el acceso norte con cartelería y señalización adecuada para la comprensión del desarrollo del tránsito y para un mejor ordenamiento del estacionamiento en la zona céntrica incluiremos el proyecto del estacionamiento medido LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 142
CODIGO 02.01 02.02 02.03
DENOMINACION Actividad 1 SEGURIDAD Y PREVENCIÓN 103 Capacitación Cuerpo Seguridad Ciudadana Control sanitario de animales
DENOMINACION Inspecciones SEGURIDAD Y PREVENCIÓN
UNIDAD EJECUTORA Secretaria de Gobierno
CREDITO 52.500
Secretaria de Gobierno
75.000
Secretaria de Gobierno
25.000
CUADRO DE METAS UNIDAD DE MEDIDA Operatvio Blanco del mes de marzo a Diciembre dos turnos diarios Operativo de control de transito de enero a diciembre , dos turnos diarios, sabados y domingos. Inspecciones de comercio realizadas Inspecciones a confiterías nocturnas control de alcoholemia y bromatología
CANTIDAD 500 intervenciones anuales.14 inspectores 600 intervenciones anuales 14 Inspectores 800 comercios anuales Dos inspectores
Inspecciones bromatológicas realizadas Controles temporarios de motos, el uso de cascos , documentación vehicular del centro a la periferia
1 Inspector 288 intervcenviones anuales 3 inspectores
Campañas de Educación Vial realizadas en establecimientos públicos primarios y secundarios
1 curso anual por curso y por colegio I inspector técnico
Inspecciones ,regulaciones de la normativa de taxis y transportes escolares aplicada Inspecciones anuales a taxis realizadas 103 Y CAPACITACIÓN CUERPO SEGURIDAD CIUDADANA
Control Sanitario de animales
Horas de Recorrido en Rondas del móvil CSC realizadas Instrumentación de orden de servicio Utilización del trackeo Instalación del programa PGM para el registro de las multas .Entrega del manual del peaton ( escuelas primarias y secundarias) Campaña de sensibilización generando compromiso Campaña de vacunación antirrábica y control de sarna Campaña de castración , colocación de dispositivo de identificación Creación de un espacio para castraciones masivas Creación de un espacio de guarda
S.U.A.C UNIDAD EJECUTORA SECRETARIA DE GOBIERNO DESCRIPCION DEL PROGRAMA
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 143
A través del Sistema Único de Atención al Ciudadano, se efectuará el estudio y seguimiento de los distintos trámites relacionados al personal de la administración pública, que ingresan por mesa de entrada. Como así mismo los funcionarios y/o agentes que solicitan información de expedientes. El programa tiene como objetivo que cualquier ciudadano en forma gratuita y sin vencimiento que posea el Nº de Sticker de control o número de trámite que haya ingresado por el Sistema Único de Atención al Ciudadano, pueda consultar el estado del mismo, ya sea personalmente o por sistema ON – LINE El funcionamiento del SUAC en toda las áreas del municipio circuito ida y vuelta de los reclamos. La atención personalizada al vecino recepción de notas y reclamos. Poner en ejecución el sistema codificando y derivando a las áreas. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECIFÍCAS Y PROYECTOS CODIGO DENOMINACION UNIDAD EJECUTORA CREDITO 03.01 SUAC Secretaria de Gobierno 30.000 COORDINACION DE TURISMO UNIDAD EJECUTORA SECRETARIA DE GOBIERNO DESCRIPCION DEL PROGRAMA El programa tiene como finalidad la realización de acciones e inversiones que contribuyan a encaminar el desarrollo turístico sustentable de la ciudad. Para ello es necesario comprender la importancia del turismo como actividad dinamizadora de la economía local e integradora de la sociedad. El programa tiende a facilitar y promover la participación del sector privado y de la comunidad en general en el proceso de toma de decisiones, como así también busca mejorar la comunicación y el trabajo conjunto con otras áreas municipales directa o indirectamente relacionadas a través de la cooperación y coordinación de actividades conjuntas dada la multisectorialidad de la actividad turística. Se busca promocionar la ciudad de Unquillo como lugar con opciones turísticas basando nuestra oferta en la belleza paisajístico-ambiental y el perfil cultural de la ciudad, diferenciándola del resto de las localidades pero integrada al Valle Turístico de las Sierras Chicas. Optimizar la calidad de los servicios turísticos prestados y sensibilizar a la comunidad sobre la potencialidad turística de la ciudad preparando al ciudadano en su rol de anfitrión y promotor de la localidad, con el fin de mejorar el nivel de vida económico, cultural y social de los habitantes, fomentando la conciencia a favor del turismo y posibilitando la participación de todos los sectores sociales en su desarrollo. Al mismo tiempo que se promueve la protección y conservación del medio ambiente y de los atractivos culturales. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 01.01
DENOMINACION Gestión Turística
DENOMINACION Promoción turística de la localidad.
Concientización pública, formación y capacitación
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Gobierno
LISTADO DE METAS UNIDAD DE MEDIDA Creación de la marca pueblo e imagen turística de la localidad con identidad y su consolidación para diferenciar y posicionar la localidad dentro del valle de sierras chicas. Diseño e impresión de folletería con fines turísticos Participación de la localidad en ferias y eventos de turismo Participación en las distintas acciones de promoción conjunta con otras localidades del Valle de Sierras Chicas y la Agencia Córdoba Turismo Charla de sensibilización turística implementada en colegios. Para emprendimientos turísticos, comerciantes y personal municipal en contacto directo con el turista. Participación del personal afectado a la atención al turista en cursos o jornadas de capacitación en temas relacionados al turismo. Mejora y reacondicionamiento de la Oficina de turismo para una mejor atención al visitante y su correcta señalización.
CREDITO 29.000
CANTIDAD
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 144
Coordinación de acciones con los actores públicos y privados
Mejora de la comunicación y coordinación de actividades conjuntas con otras áreas municipales para la gestión de la Oficina de informes.
Desarrollo e implementación del manual de procedimiento de la Oficina de turismo. Programa de Becas a estudiantes de turismo de la localidad y del valle implementado. Firma de convenio Elaboración de una guía de servicios conjunta con el sector privado. Participación y colaboración en la realización de FAM TOUR en la localidad. Comunicación efectiva, Información de las actividades culturales, deportivas, eventos organizadas o con adhesión del municipio Capacitación del personal municipal en contacto directo con el turista, especialmente el servicio de guía. Participación en la promoción de los eventos que se realizan en la localidad a través de los diferentes medios que se dispone en la oficina de informes Participación en el diseño y elaboración de proyectos que se vinculen directa o indirectamente con el turismo
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 145
JURISDICCIÓN 3 SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01
00.10
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Desarrollo Urbano
Deudas Ejercicios Anteriores
Secretaría de Desarrollo Urbano
Refuerzo de Partidas
Secretaría de Desarrollo Urbano
CREDITO 1.663.920 70.000 47.000
LISTADO DE SUBJURISDICCIONES CODIGO 3.4
DENOMINACION Dirección de Obras Públicas y Mantenimiento
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Desarrollo Urbano
CREDITO 9.217.850
3.2
Dirección de Ambiente e Higiene
Secretaría de Desarrollo Urbano
11.865.000
3.3
Dirección de Redes de Agua, Gas y Cloacas Dirección de Servicios Públicos
Secretaría de Desarrollo Urbano
7.404.052
Secretaría de Desarrollo Urbano
5.919.212
3.1
SUBJURISDICCIÓN 3.4 Dirección de Obras Públicas y Mantenimiento LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CÓDIGO
DENOMINACIÓN
01.01
Funcionamiento
04.02
Obras Públicas
04.03
Mantenimiento
04.04
00.10
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Obras Públicas y Mantenimiento Dirección de Obras Públicas y Mantenimiento Dirección de Obras Publicas y Mantenimiento
CRÉDITO 2.248.400 5.290.800 332.000
Obras Unquillo Decide
Dirección de Obras Públicas y Mantenimiento
1.084.450
Deudas Ejercicios Anteriores
Dirección de Obras Públicas y Mantenimiento
116.000
Refuerzo de Partidas
Dirección de Obras Públicas y Mantenimiento
146.200
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 146
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 147
PROGRAMA OBRAS PÚBLICAS UNIDAD EJECUTORA DIRECCION DE OBRAS PÚBLICAS Y MANTENIMIENTO DESCRIPCION DEL PROGRAMA Este programa tiene como objetivos la realización de obras públicas necesarias para la ciudad y contribuir al desarrollo sustentable de nuestra ciudad. Involucra la concreción de obras de cordón cuneta, la continuidad del Plan de Mejoramiento Integral de Alumbrado Público, la pavimentación de calles, la ejecución de parques y paseos, el mejoramiento y ejecución de plazas y playones de usos múltiples en distintos barrios de la ciudad y otras obras que hacen a la infraestructura general de la ciudad con un criterio sustentable, además del mantenimiento de edificios municipales, plazas y distintos espacios públicos de la ciudad
CODIGO PROYECTOS
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
4.02.01
CORDÓN CUNETA
Dirección de Obras públicas y Mantenimiento
406.800
4.02.032
EXTENSION ALUMBRADO PUBLICO PAVIMENTO
DE Dirección de Obras públicas y Mantenimiento Dirección de Obras públicas y Mantenimiento REMODELACION Dirección de Obras públicas y POLIDEPORTIVO Mantenimiento CONSTRUCCIÓN CAPS Dirección de Obras públicas y BARRIO ALTO ALEGRE Mantenimiento PAVIMENTO ADOQUINADO Dirección de Obras públicas y Mantenimiento
425.000
4.02.02 4.02.04 4.02.05 4.02.06
CREDITO
222.000 133.000 100.000 2.104.000
4.02.07
PLAZAS PROYECTO CONJUNTO
Dirección de Obras públicas y Mantenimiento
50.000
4.02.09
OTRAS OBRAS
Dirección de Obras públicas y Mantenimiento
1.800.000
4.02.08
OBRAS NO PREVISTAS
Dirección de Obras públicas y Mantenimiento
50.000
PROGRAMA MANTENIMIENTO UNIDAD EJECUTORA DIRECCION DE OBRAS PÚBLICAS Y MANTENIMIENTO
CODIGO 4.03.01
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
HERRERIA Y CARTELERIA
Dirección de Obras públicas y Mantenimiento
CREDITO 100.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 148
4.03.02
MANTENIMIENTO DE PLAZAS Y ESPACIOS PUBLICOS MANTENIMIENTO Y MEJORA DE EDIFICIOS MUNICIPALES
Dirección de Obras públicas y Mantenimiento Dirección de Obras públicas y Mantenimiento
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
4.04.01
UNQUILLO DECIDE ZONA 1
4.04.02
UNQUILLO DECIDE ZONA 4
4.04.03
UNQUILLO DECIDE ZONA 6
Dirección de Obras públicas y Mantenimiento Dirección de Obras públicas y Mantenimiento Dirección de Obras públicas y Mantenimiento
4.03.03
CODIGO
92.000 140.000
CREDITO 299.650 465.900 318.900
SUBJURISDICCION 3.2 DIRECCIÓN DE AMBIENTE E HIGIENE URBANA LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO 01.01
DENOMINACION Funcionamiento
02.01
Ambiente
2.03
Programa Servicios Públicos
DIRECCIÓN AMBIENTE E HIGIENE URBANA
6.373.600
Deudas Ejercicios Anteriores
DIRECCIÓN AMBIENTE E HIGIENE URBANA
81.300
Refuerzo de Partidas
DIRECCIÓN AMBIENTE E HIGIENE URBANA
00.10
UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN AMBIENTE E HIGIENE URBANA DIRECCIÓN AMBIENTE E HIGIENE URBANA
CREDITO 4.850.000 388.200
171.900
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 149
PROGRAMA SERVICIOS PUBLICOS UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE AMBIENTE E HIGIENE URBANA DESCRIPCION DEL PROGRAMA Este programa está dirigido a lograr una gestión sostenible y adecuada de los Residuos Sólidos Urbanos conforme al crecimiento de la ciudad. Para ello se pretende implementar distintas estrategias de intervención, tendientes a resolver diferentes aspectos relativos al problema integral. La gestión integrada involucra a todas las actividades asociadas con el manejo de diversos flujos de residuos dentro de la sociedad y su meta básica es administrar los residuos de tal forma que sean compatibles con el medio ambiente y la salud pública. Ademas, tiene como objetivo el hacer más eficiente los circuitos de recolección y fortalecer otros sistemas de gestión como la limpieza en la vía pública eliminando la presencia de residuos en la misma, la recolección diferenciada y el mantenimiento limpio y ordenado de los espacios verdes. De la misma manera se pretende consolidar a la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y allí darle valor agregado a los residuos allí seleccionados y acopiados, teniendo como meta el incremento paulatino de los residuos reciclables y la disminución de los residuos que no pueden volver a introducirse al circuito productivo y que son trasladados a enterramiento sanitario. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 03.01
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
Recolección de Residuos
DIRECCIÓN DE AMBIENTE E HIGIENE URBANA
03.02
Disposición final de Residuos
03.03
Mantenimiento de Espacios Verdes
CREDITO 862.800
DIRECCIÓN DE AMBIENTE E HIGIENE URBANA DIRECCIÓN DE AMBIENTE E HIGIENE URBANA
5.083.600 427.200
SUBJURISDICCION 3.3 DIRECCIÓN DE REDES DE AGUA, GAS Y CLOACAS UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE REDES DE AGUA, GAS Y CLOACAS DESCRIPCION DEL PROGRAMA Esta Dirección tiene como objetivo realizar las obras necesarias para llevar adelante el Proyecto Integral Municipal de Gasificación, Provisión de Agua Potable y Depuración de Aguas Grises de nuestra Ciudad, cuya visión se asienta sobre los principios de accesibilidad y de equidad en el acceso de estos servicios para los vecinos y vecinas de nuestra ciudad. LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO 01.01
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
Funcionamiento
Dirección de Redes de Agua, Gas y Cloacas
CREDITO 1.432.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 150
3.02
Obras Infraestructura de la Ciudad
Dirección de Redes de Agua, Gas y Cloacas
5.733.952
Deudas Ejercicios Anteriores
Dirección de Redes de Agua, Gas y Cloacas
140.500
Refuerzo de Partida
Dirección de Redes de Agua, Gas y Cloacas
97.600
3.02.01
Gas Natural
3.470.800
3.02.02
Red Cloacal en Avda. San Martín entre Sargento Cabral y Lino E. Spilimbergo Recuperación Fuentes de Agua Red Distribución Agua en Cabana
Dirección de Redes de Agua, Gas y Cloacas Dirección de Redes de Agua, Gas y Cloacas Dirección de Redes de Agua, Gas y Cloacas
00.10
PROYECTOS
3.02.03
461.152 1.802.000
SUBJURISDICCION 3.1 DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS La Dirección de Servicios Públicos tiene el objetivo de optimizar los recursos para mantener y mejorar las calles, caminos, tanto de tierra, asfalto, hormigón o de cualquier otro material. Para brindar de esta forma un mejor circulación tanto como en el tránsito vehicular como peatonal. Así mismo optimizar, actualizar el mantenimiento y mejorado del alumbrado público para brindar mayor seguridad. Para todo esto debe sostener la flota municipal en las mejores condiciones de funcionamiento, de esta forma prestara los servicios antes mencionados eficaz, efectiva y eficientemente. LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01
00.10
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Servicios
CREDITO 1.194.900
Deuda Ejercicios Anteriores
Dirección de Servicios
110.800
Refuerzo de Partidas
Dirección de Servicios
84.900
LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO 02.00 03.00
DENOMINACION Mantenimiento de Infraestructura Mantenimiento de Flota
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Servicios
CREDITO 2.123.300
Dirección de Servicios
2.405.312
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 151
PROGRAMA MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DESCRIPCION DEL PROGRAMA Con la mirada puesta en garantizar la accesibilidad, el acceso y la circulación de los vecinos, el uso adecuado de los espacios públicos y la puesta en valor y cuidado del patrimonio de la ciudad, el principal objetivo de este programa es realizar el manteniendo y mejoramiento de los espacios públicos, las calles, los edificios y dependencias municipales. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
CREDITO
02.01
Mantenimiento de Alumbrado Público
Dirección de Servicios
483.900
02.02
Mantenimiento de Calles
Dirección de Servicios
1.639.400
PROGRAMA MANTENIMIENTO DE FLOTA DESCRIPCION DEL PROGRAMA Este programa está dirigido a garantizar el correcto funcionamiento del parque automotor, maquinarias viales y herramientas necesarias e imprescindibles para la terminación en tiempo y forma de la obra pública y la prestación de servicios del Municipio. Asimismo se pretende realizar de manera eficiente la provisión de repuestos y la reparación en tiempo y forma, optimizando recursos y el control del gasto de combustibles y lubricantes y la calidad de los mismos. Involucra las siguientes actividades: LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 03.01 03.02 03.03 03.04
DENOMINACION Provisión técnica de repuestos Provisión de Herramientas Provisión de combustible Deposito de pañol
UNIDAD EJECUTORA Dirección Servicios Dirección Servicios Dirección Servicios Dirección Servicios
CREDITO 411.000 50.000 1.827.312 117.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 152
SUBJURISDICCION 3.0.1 COORDINACIÓN DE PLANEAMIENTO URBANO LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO 01.01
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Coordinación de Planeamiento
CREDITO
2.01
Obras Privadas
Coordinación de Planeamiento
65.500
Coordinación de Planteamiento
4.200
00.10
Deudas Ejercicios Anteriores Refuerzo de Partidas
Coordinación de Planeamiento
13.500
523.700
LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO
01.01
02.01
DENOMINACION Evaluación de proyectos particulares. Elaboración de normativas parte del Código Urbano. Estudio y Evaluación de Ordenanzas, Normativas, Leyes y aquello que afecte a la urbanización de la Localidad Sistematización de la Información Procesamiento de datos – Ingreso al sistema SIG. OBRAS PRIVADAS Atención al Público. Asesoramiento a Profesionales. Recepción y Armado de expedientes. Inspecciones en Obras Privadas. Sistematización y digitalización de la información. Capacitación de Formación: al personal y a todo el público.
UNIDAD EJECUTORA
CREDITO
Coordinación de Planeamiento
$523.700
Coordinación de Planeamiento
$65.500
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 153
SUBJURISDICCION 3.0.3 COORDINACIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Esta Coordinación tiene como objetivo impulsar un Ordenamiento Territorial verosímil, razonable y racional de la Ciudad de Unquillo para ello es necesario Provocar un cambio sustancial en la atención a los fraccionadores y profesionales de la agrimensura en relación a la tramitación de expedientes; Refuncionalizar y poner en archa el Banco de Tierra municipal y contribuir con asesoramiento técnico y ejecución de tareas de medición, cartografía y agrimensura en otras áreas del municipio. LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01
00.10 CODIGO 2.02
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA CREDITO Coordinación 123.300 Ordenamiento Territorial Deudas Ejercicios Anteriores Coordinación 5.500 Ordenamiento Territorial Refuerzo de Partidas Coordinación 7.500 Ordenamiento Territorial DENOMINACION UNIDAD EJECUTORA CREDITO Ordenamiento Territorial Coordinación Ordenamiento 224.840 Territorial LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS
CODIGO
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
2.02.01
Tramitación de Expedientes
2.02.02
Banco de Tierras Municipal
Coordinación Ordenamiento Territorial Coordinación Ordenamiento Territorial Coordinación Ordenamiento Territorial
2.02.03
Asesoramiento Técnico y de Ejecución
CREDITO 43.440 97.900 83.500
LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 154
JURISDICCIÓN 4 SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CÓDIGO 02.00
DENOMINACIÓN Promoción y Asistencia Social
03.00
Oficina de Derechos
04.00
Oficina de Empleo
05.00
Niñez y Juventudes
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales
CRÉDITO 465.800 2.000 145.300 188.000
LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01
DENOMINACION
UNIDAD EJECUTORA
Funcionamiento Deudas Ejercicios anteriores
00.10
Refuerzo de Partidas
Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales
CREDITO 2.187.800
5.100 88.300
LISTADO DE SUBJURISDICCIONES CODIGO 4.1
DENOMINACION Dirección de Hábitat
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Políticas Sociales
CREDITO 1.822.300
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 155
PROGRAMA PROMOCION Y ASISTENCIA SOCIAL UNIDAD EJECUTORA SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES DESCRIPCION DEL PROGRAMA PROMOCION Y ASISTENCIA DIRECTA Este Programa se constituye en núcleo central de las políticas sociales, se brinda información, asesoramiento, promoción, asistencia, derivación y articulación con otros Programas de la misma Secretaría, con otras áreas Municipales u otras instituciones de carácter público o privado. Desde el mismo se interviene en las necesidades inmediatas y urgentes de la población, generalmente referidas a la subsistencia familiar o personal, éstas tienen su origen en la falta de ingresos suficientes para garantizar la reproducción personal o familiar. Estas necesidades están fundadas en derechos básicos e inalienables y las políticas que desde aquí se implementan están dirigidas a reparar/compensar las desigualdades en el acceso a recursos, bienes y servicios (alimentación, educación, vivienda). Se dispone de una serie de soportes de “infraestructura” consistentes en: transferencias de recursos materiales bajo la modalidad de subsidios (transferencias monetarias) por tiempo determinado, apoyando a su vez la búsqueda de oportunidades laborales que mejoren los ingresos de las familias y permitan resolver parte sus necesidades. Se apoya el acceso a trámites, gestiones ante diferentes jurisdicciones, a través de la asignación de abonos y pasajes. Se entregan órdenes para la compra de alimentos a personas que padecen algún problema crónico de salud o déficit nutricional, se articula la implementación de políticas y programas sociales de orden nacional y provincial, tal el caso del Plan nacional de seguridad alimentaria (Tarjetas ticket social), Boleto educativo gratuito. Se tramitan expedientes de Pensiones no contributivas para personas mayores de 70 años, discapacitado/as y madres de 7 o más hijos, en acuerdo con la Comisión Nacional de Pensiones. FORTALECIMIENTO DE FAMILIAS Y REDES Programa de carácter focalizado, desde el mismo se desarrollan acciones sistemáticas y por un período de tiempo estipulado, de empoderamiento y autonomía familiar en la construcción de proyectos de vida común, en el respeto e incentivo de las expectativas de sus miembros, en la estimulación del afecto y la solidaridad interna. Se parte del paradigma que no existe un modelo de familia adecuado o cierto y que cualquiera sea la composición de los grupos familiares, éstos son capaces de hacer frente a sus propios problemas “estructurales”, ofreciendo los soportes eficaces que busquen emancipación (no sustituyentes, no dependientes). Este Programa tiene los siguientes propósitos: fortalecer el capital social familiar, ampliar el ejercicio de la democracia intrafamiliar, desarrollar capacidades de negociación y participación activa de todos los miembros: mujeres, hombres, niños, niñas, adultos mayores, reconocer (desde la mirada y perspectiva de las propias familias) la existencia de redes familiares, territoriales, institucionales capaces de vincularse activa y articuladamente en el apoyo a los miembros de las familias en el ejercicio de sus roles y funciones, garantizar equipamiento y mobiliario básico para la satisfacción de necesidades elementales. Las familias destinatarias de este Programa son derivadas desde el Programa Promoción y Asistencia Social, en estrecha articulación con la Oficina de Derechos. Se pretende que las familias puedan ejercer sus derechos en su ámbito familiar, que puedan adquirir mayor capacidad para ejercer sus funciones y progresivamente se encuentren menos “dependientes” de los dispositivos del estado, que reconozcan potencialidades internas y recursos comunitarios, institucionales que le permitan satisfacer sus necesidades. ADULTOS MAYORES
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 156
Este Programa se sustenta en la noción que la vejez es una etapa más del ciclo vital en la que las personas pueden seguir contribuyendo, desarrollando su potencial y ejerciendo sus derechos. Esta mirada implica dejar de ver a los/as mayores como beneficiarios para reconocerlos como ciudadanos activos que producen y consumen bienes y servicios, que realizan aportes a la familia y a la sociedad, que tienen derechos y responsabilidades. Esta concepción supera la visión de la satisfacción de sus necesidades biológicas (alimentación, asistencia médica) para considerar un abordaje integral que de respuesta a sus necesidades de socialización, integración social, contención emocional, expresión creativa e intercambio afectivo. Las acciones que integran este programa, tienen los siguientes objetivos: • Generar un entorno propicio y favorable para la integración y desarrollo de las capacidades de los/as adultos/as mayores entre pares, con sus familias y con la comunidad. (perspectiva intergeneracional). • Garantizar el acceso a una nutrición adecuada y a los servicios de salud. • Promover la participación e integración activa en ámbitos culturales, deportivos, sociales, recreativos. • Reducir el riesgo de enfermedades prevalentes y dependientes en la vejez. Las actividades se concretan en dos Centros de Adultos Mayores, ubicados en los Barrios Gobernador Pizarro y San Miguel. Este último se sustenta en la articulación y trabajo colaborativo entre el Centro Vecinal de B° San Miguel y el Municipio. En ambos se desarrollan acciones que permiten la atención integral de la situación de los adultos, incluyendo no sólo prestaciones alimentarias y de salud, sino también aquellas tendientes a generar un espacio de encuentro y recreación, de reflexión y opinión, reconociendo su lugar activo en la sociedad como sujetos de derecho. Se continuará durante el próximo período desarrollando jornadas del Buen Trato al adulto mayor, en el marco de las campañas nacionales, en articulación con Pami Unquillo, Centro de Jubilados y otros organismos de la región. Desde este Proyecto se articula con las Direcciones Municipales de Salud, Deporte y Recreación y Cultura y Educación, fundamentalmente.
VIOLENCIA DE GÉNERO Este Programa pretende generar y coordinar institucionalmente estrategias de acceso a recursos y servicios ante situaciones de violencia de género, lo constituyen tres ejes de trabajo: A) Promoción y prevención, B) Asistencia y C) Restitución de derechos (a cargo de Oficina de Derechos). Son sus objetivos: A) Implementar coordinadamente acciones de impacto social tendientes a sensibilizar a la ciudadanía para la prevención del problema. B) Garantizar el acceso a recursos, bienes y servicios ante situaciones de violencia. C) Generar ámbitos y medidas que garanticen la protección y restitución de derechos. Principales acciones a ejecutar: campaña masiva local que instale y haga visible públicamente la problemática, implementación de protocolos de actuación en coordinación con actores clave, recepción y atención de situaciones, identificación de redes familiares y comunitarias de sostén, asesoramiento y acompañamiento para el acceso a la justicia. En el marco del Programa Unquillo Decide, este Programa prevé el desarrollo de acciones territoriales específicas en dos sectores de la ciudad.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 157
LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 02.01 02.02 02.03 02.04
DENOMINACION Promoción y Asistencia Directa Fortalecimiento de Familias y Redes Adultos Mayores Violencia Familiar
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales
CREDITO 226.000 5.000 208.000 15.000
02.05
Proyectos Violencia Familiar Unquillo Decide
Secretaría de Políticas Sociales
11.800
CUADRO DE METAS DENOMINACIÓN
Promoción y Asistencia Directa
Fortalecimiento de Familias y Redes
Adultos Mayores
Violencia de género
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
Transferencias monetarias otorgadas Asignaciones alimentarias otorgadas Pasajes otorgados Abonos otorgados Servicios fúnebres otorgados
200 al año 300 al año 400 al año 100 al año 20 al año
Encuentros y talleres realizados
15 al año
Redes familiares, comunitarias e institucionales identificadas e involucradas
5 por barrio
Raciones de desayuno y almuerzo diarias otorgadas
90 por día
Jornadas “Buen Trato” implementadas Actividades deportivas implementadas Paseos recreativos realizados
4 al año 20 al año 10 al año
Protocolo de actuación implementado
1 al año
Campaña pública masiva implementada Proyectos territoriales implementados, Unquillo Decide Asesoramiento/acompañamiento para el acceso a la justica
1al año 2 proyectos al año -
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 158
PROGRAMA OFICINA DE DERECHOS UNIDAD EJECUTORA SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES En coherencia y cumplimiento con La ley nacional 26.061, con las normativas que rigen en nuestro país y provincia y a efectos de fortalecer al Estado local en la consecución de esa responsabilidad, se creó la Oficina de Derechos como ámbito público para la promoción, protección y restitución de derechos, especialmente dirigido a mujeres, niño/as y jóvenes. La Oficina local de Derechos interviene en situaciones de amenaza o violación de derechos en las que se encuentren involucrados los/as sujetos arriba señalados. Son sus propósitos: -
Recepcionar y asesorar situaciones de vulneración de derechos y garantías hacia mujeres, niños/as y jóvenes. Coordinar situaciones de restitución de derechos con Segundo y Tercer nivel del Sistema de Protección de Derechos.
Se constituye centralmente en un instrumento de articulación e integración de las políticas públicas en el espacio local, (Primer nivel del Sistema de protección integral de derechos (sector de salud, educación, cultura, deportes, asistencia y promoción social) mantiene una relación de trabajo conjunto y articulada con el cuerpo de Seguridad Ciudadana, enfatizando y fortaleciendo su componente de Seguridad Humana; y con el Segundo y Tercer nivel del Sistema, coordinando medidas de protección, solicitud de medidas excepcionales, restitución de derechos. Articula - con otros Programas de la Secretaría - campañas de formación, divulgación e instalación de todas estas problemáticas en la agenda pública, (entendiendo que es en las familias más pobres donde más se vulneran derechos, pero que también todas las familias pueden desproteger a uno o varios de sus miembros por ausencia o debilidad de soportes de estructura). LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 03.01
DENOMINACION Protección de Derechos y Acceso a la Justicia
UNIDAD EJECUTORA
CREDITO
Secretaría de Políticas Sociales
2.000
CUADRO DE METAS
DENOMINACIÓN
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
Protección de Derechos y Acceso a la Justicia
Coordinación con primer, segundo y tercer nivel del SPID
-
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 159
PROGRAMA OFICINA DE EMPLEO UNIDAD EJECUTORA SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES DESCRIPCION DEL PROGRAMA Se continuará en 2014 con el fortalecimiento de la institucionalidad y ampliación de los servicios de la Oficina de Empleo Municipal. La misma cuenta con información sistematizada sobre demandas y ofertas de trabajo y capacitación, e implementa políticas activas impulsadas desde el Ministerio de Trabajo de la Nación, como de otras dependencias públicas. Sumado a la propuesta de ofertas propias de capacitación y formación anual, se prevé profundizar y articular con instituciones y organizaciones locales y zonales, públicas y privadas, para la diversificación de ofertas de formación y capacitación en oficios tradicionales y no tradicionales. En el marco del Programa Unquillo Decide, se ejecutarán dos proyectos con anclaje específico en dos sectores de la ciudad, los mismos prevén el montaje de la Oficina Móvil y el dictado de cursos de formación en espacios territoriales. Se continuará con la implementación del Programa Jóvenes con más y mejor Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, (cuarto protocolo) dirigido a mujeres y varones entre 18 y 24 años que estén buscando trabajo y que no hayan podido completar sus estudios primarios o secundarios. Este programa prevé, entre sus prestaciones, la terminalidad educativa, entrenamientos laborales, capacitación y el apoyo a emprendimientos productivos o de servicios. El Programa de Economía Social se sustenta en los principios de la Economía Social, considera que la actividad económica y productiva no sólo es la que se rige por la economía de mercado, sino que existen otras actividades productivas que se asientan en normas y principios fundados en el desarrollo humano, la producción sustentable, el comercio justo y el consumo responsable. Tiene como objetivos la activación de las capacidades de las personas excluidas del mercado del empleo, el apoyo técnico y financiero a los emprendimientos individuales y asociativos de la localidad, y la orientación y apoyo en la búsqueda de empleo, promoviendo principios de solidaridad, justicia e igualdad. Desde aquí se trabaja en el fortalecimiento productivo y organizativo del sector artesanos, manualeros y emprendedores, propiciando la asociatividad en la producción y comercialización de los productos. En vistas al futuro parque integrador a emplazarse en el acceso sur de la ciudad, se pondrá en marcha el espacio de exposición y venta “El Andén” en el marco de la formalización de acuerdos de administración y gestión con el sector de artesanos locales (GEMA). Se dará continuidad a las actividades de apoyo técnico y financiamiento no reintegrable a emprendimientos productivos, profundizando las instancias de capacitación previas y durante la aprobación de los proyectos y monitoreo de los mismos.
LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CÓDIGO
DENOMINACIÓN
UNIDAD EJECUTORA
CREDITO
04.00
Oficina de Empleo (funcionamiento)
Secretaría de Políticas Sociales
69.300
04.01
Cursos de capacitación y formación Proyectos capacitación laboral Unquillo Decide
Secretaría de Políticas Sociales
39.300
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 160
04.02
Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo
Secretaría de Políticas Sociales
04.03
Autoempleo
Secretaría de Políticas Sociales
10.000 66.000
CUADRO DE METAS DENOMINACION
Autoempleo
UNIDAD DE MEDIDA Asesoramiento y capacitación a emprendedores. Financiamientos (no reintegrables) a microemprendedores Sector de Artesanos (GEMA y otros) fortalecidos Espacio de exposición y venta de productos locales “El Andén” habilitado Gestiones de cooperación y coordinación – Municipio, Actores locales, Pcia., Nación Impresión de materiales difusión, campañas informativas realizadas.
Oficina de Empleo
Asesoramiento y seguimiento para intermediaciones y prácticas laborales realizadas Talleres de Orientación Laboral y Apoyo a la búsqueda de empleo
CANTIDAD Atención, asesoría semanal. Capacitación a 50 ciudadanos/as. 15 al año 40 emprendedores organizados.
1 espacio de exposición y venta
1 espacio de articulación constituido 1.000 cartillas 50 intermediaciones anuales 4 talleres al año 9 cursos al año
Cursos de formación y capacitación laboral
Jóvenes con Más y Mejor Trabajo
Seguimiento grupal e individual a jóvenes del Programa Talleres de Orientación e Inducción al Mundo del Trabajo (POI) realizados Cursos de formación profesional diseñados y ejecutados Curso de Apoyo a la Búsqueda de Empleo (ABE) ejecutado
500 jóvenes con seguimiento 2 POI, 220 jóvenes al año 3 cursos al año 1 ABE de verano
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 161
PROGRAMA NIÑEZ Y JUVENTUDES UNIDAD EJECUTORA SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA El Programa Niñez y Juventudes tiene como objetivo general promover la participación protagónica de niños/as, jóvenes, adultos y organizaciones sociales en el diseño y ejecución de las políticas públicas de Niñez y Juventudes en el ámbito Municipal. Esto implica la generación de políticas públicas que favorezcan el desarrollo integral de niños, niñas y jóvenes contribuyendo al fortalecimiento familiar y comunitario para la efectivización de derechos. Las principales acciones en torno a primera infancia se despliegan desde los Centros de Desarrollo Infantil Municipales. Desde los dos Centros de Desarrollo Infantil se aporta a la alimentación y al desarrollo integral de niños y niñas de 2 a 4 años. Se avanza desde aquí en el cumplimiento de la ley 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes para la construcción de un sistema local de protección integral de derechos. A lo largo de 2012 se avanzó en el diseño de la Ordenanza de dicho sistema, previéndose para 2013 su tratamiento en el Concejo Deliberante. Se desarrollan proyectos dirigidos a fortalecer el protagonismo de los niño/as en el diseño de espacios públicos recreativos: “Niños y niñas tienen la palabra”, desde donde se trabajará durante 2014 en la construcción/re funcionalización de espacios barriales (plazas) en articulación con la Dirección Municipal de Hábitat y otras áreas claves para su ejecución. Algunas de estas plazas serán ejecutadas en el marco de los proyectos votados en el Programa Unquillo Decide. Se pretende avanzar en la institucionalización de las Mesas de Niñez y Juventudes como ámbitos de concertación de políticas públicas vía mecanismos de consulta, deliberación y decisión sobre políticas dirigidas a la niñez, adolescencia y juventud estableciendo. Se impulsan con enfoque participativo festejos y celebraciones vinculadas con la niñez, tales como Día del Niño/a, Aniversario Convención sobre Derechos del Niño/a, Encuentros participativos en espacios públicos. Se continuará con espacios intersectoriales de formación en derechos, dirigido a instituciones/organizaciones/grupos con el objetivo de profundizar nuevos paradigmas, lógicas y prácticas en torno a la niñez y adolescencia desde la perspectiva de protección integral de derechos. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 05.01 05.02 05.03 05.04 05.05
DENOMINACION Centro de Desarrollo Infantil "Aguas Claras" Centro de Desarrollo Infantil "María del Carmen Sánchez de Márquez" Promoción de derechos de niños y niñas Participación juvenil Niños y niñas tienen la palabra
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Políticas Sociales
CREDITO 72.000
Secretaría de Políticas Sociales
77.000
Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales
16.000 8.000 15.000
CUADRO DE METAS DENOMINACIÓN Centro de Desarrollo Infantil “Aguas Claras”
UNIDAD DE MEDIDA Raciones de desayuno y almuerzo diarias otorgadas
CANTIDAD 50 por día
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 162
Centro de Desarrollo Infantil “María del Carmen Sánchez de Márquez”
Mesa de Niñez
Mesa de Juventudes
Comisión de madres del CDI fortalecida Festejos especiales realizados Raciones de desayuno y almuerzo diarias otorgadas Comisión de madres del CDI fortalecida Festejos especiales realizados Reuniones de Mesa institucionalizadas Participación en “encuentros participativos”: Día del niño/a, 20 de Noviembre. Reuniones de Mesa institucionalizadas
1 3 al año 50 por día 1 3 al año 8 al año 2 al año 8 al año
6to. Festival Y te digo más!
1 festival al año
Encuentros , jornadas de formación en derechos
Encuentros y jornadas de formación en el marco de la Ley 26061
6 jornadas centrales al año 30 grupos/instituciones convocadas
Niños y niñas tienen la palabra
Espacio público intervenido con enfoque participativo.
40 niños, 20 adultos, 3 plazas intervenidas al año
SUBJURISDICCION 4.1 DIRECCION DE HABITAT PROGRAMA UNIDAD EJECUTORA SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA Este programa entiende al hábitat de manera integral, considerando tanto sus componentes materiales como simbólicos y sociales: suelo, vivienda, servicios, infraestructura, ambiente. Por lo tanto, se afirma que el acceso a una vivienda adecuada, a la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra y a los servicios sanitarios básicos aseguran que las personas disfruten de derechos esenciales que, a su vez, garantizan otros derechos fundamentales como la salud física y mental de las familias, su protección legal contra las amenazas de expulsión y el ámbito educacional necesario para el desarrollo pleno de los niños, niñas y jóvenes. Se atienden prioritariamente los aspectos cualitativos del déficit habitacional. Intervenir en el mejoramiento de viviendas requiere de un aporte económico viable de sostener con recursos genuinos del municipio. Se logra así una amplia cobertura, y se incide significativamente en las condiciones de vida de las familias involucradas. Particularmente para el próximo período se resolvió priorizar dos aspectos del déficit habitacional local: construcción y o terminación de techos y revoques, para ello se dispondrá la compra de kit de materiales específicos necesarios para tal fin. Durante el año 2014 se continuará con el desarrollo las distintas líneas de acción que constituyen la estrategia general de la Dirección y se incluirán otras a modo de diversificar las ofertas en materia de política habitacional.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 163
Continuaremos fortaleciendo las gestiones institucionales con los Gobiernos de la Pcia y Nación, a efectos de implementar Programas de mejoramiento atento a la importante demanda que la Dirección registra anualmente. Particularmente, se ejecutarán las primeras cuatro viviendas nuevas, destinadas a familias del ex Programa Hogar Clase Media, dado que el mismo nunca fue implementado. Es por ello que se articularán en este nuevo Programa: • • •
Recursos municipales, a través de la provisión de lotes, coordinación general y conducción técnica de obra. Gobierno Pcial., a través de la entrega de materiales básicos. Familias destinatarias: aporte de mano de obra.
El valor del lote y de la vivienda será reintegrado por cada familia a partir de la ocupación de la vivienda y cuyo coste no superará el 40% del ingreso familiar. Estos aportes mensuales serán destinados, a modo de fondo revolvente, a financiar la línea de mejoramiento habitacional para los sectores en mayor situación de pobreza y vulnerabilidad que atiende esta Dirección de Hábitat. En cuanto a la problemática de acceso al agua potable, se dispondrán dos estrategias, por un lado garantizar nuevas conexiones domiciliarias y regularización del servicio, en aquellos sectores en los cuales hay extensión del servicio. Esta estrategia se implementará vía el FOSAS, junto con la Cooperativa de Agua. Por otro lado, en sectores donde aún no hay factibilidad de red, se pretende construir comunitariamente cisternas y transferir masivamente esta modalidad constructiva, a modo de mitigar las consecuencias de falta de agua. En resumen, se incluyen en esta Dirección las siguientes líneas de intervención: -
-
Mejoramiento de Viviendas. Emergencia Habitacional. Acceso y/o regularización de servicios públicos. Microcréditos: se proyecta la gestión asociada con entidades no gubernamentales que cuentan con recursos financieros. Esta herramienta permitirá dar respuesta a sectores de la población excluidos de la política de subsidio y de las ofertas tradicionales de acceso a los créditos otorgados por entidades oficiales y/o privadas. Gestión ante Nación del Programa Mejoramiento de Viviendas, Plan Más Cerca. Gestión ante Provincia de Programa Vida Digna. Regularización Dominial. Viviendas nuevas: en gestión asociada con estado provincial y familias destinatarias sector socioeconómico Clase Media, se proyecta la construcción de, al menos, 4 nuevas viviendas.
LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 01.01
DENOMINACION Mejoramiento de viviendas
01.02
Viviendas nuevas
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales
CREDITO 368.000 40.000
Secretaría de Políticas Sociales 01.03
Más Cerca Mejoramiento de Viviendas Deudas Ejercicios Anteriores
00.10
Refuerzo de Partidas
1.400.000 Secretaría de Políticas Sociales Secretaría de Políticas Sociales
10.000 4.300
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 164
CUADRO DE METAS DENOMINACION Mejoramiento de viviendas Emergencia habitacional Programa Más Cerca Programa Vida Digna Acceso al Microcrédito Regularización Dominial Producción de viviendas nuevas Arquitectura sustentable
UNIDAD DE MEDIDA Unidades habitacionales unifamiliares intervenidas bajo diferentes modalidades Situaciones de emergencia resueltas
CANTIDAD 80 viviendas al año 25 viviendas al año Proyecto de 18 viviendas mejoradas al año
Gestión financiamiento ante Nación Gestión financiamiento ante Provincia Sistema de acceso al Microcrédito acordado con AVE-Ceve y familias. Tramitación de Escrituras gratuitas Viviendas construidas y habitadas en cooperación Municipio, familias y Pcia. Construcción comunitaria de cisternas para cosecha de aguas pluviales.
Proyecto 40 viviendas mejoradas al año. 10 microcréditos al año 50 escrituras al año 4 viviendas finalizadas 10 cisternas construidas
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 165
JURISDICCIÓN 5 SECRETARIA DE FINANZAS Y DESARROLLO ECONOMICO
LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Finanzas y Desarrollo Económico
CREDITO 4.337.600
Refuerzo de Partidas
Secretaría de Finanzas y Desarrollo Económico
60.000
Amortización de Deuda
Secretaría de Finanzas y Desarrollo Económico
2.582.848
00.10 00.07
SUBJURISDICCIONES CODIGO 5.1
DENOMINACION Dirección de Recursos Tributarios
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Finanzas y Desarrollo Económico
CREDITO 281.300
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 166
JURISDICCIÓN 6 SECRETARÍA DE GESTIÓN PARTICIPATIVA LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CÓDIGO
DENOMINACIÓN
01.01
Funcionamiento
00.10
Refuerzo de partidas
Secretaría de Gestión Participativa
$19.500
Deudas Ejercicios Anteriores
Secretaría de Gestión Participativa
$5.300
02.01
Unquillo Decide
03.01
Información y Transparencia
04.01
De las Organizaciones
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Gestión Participativa
Secretaría de Gestión Participativa Secretaría de Gestión Participativa Secretaría de Gestión Participativa
CRÉDITO $568.600
$409.500 $72.100 $121.600
LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO
DENOMINACION
01.01
Funcionamiento- Gestión Integral
00.10
Refuerzo de Partidas
Deudas Ejercicios Anteriores
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Gestión Participativa Secretaría de Gestión Participativa Secretaría de Gestión Participativa
CREDITO $568.600 $19.500
$5.300
LISTADO DE SUBJURISDICCIONES CODIGO 1
DENOMINACION Dirección de Deportes y Recreación
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Deportes y Recreación
CREDITO 1.498.400
Unquillo Decide UNIDAD EJECUTORA SECRETARÍA DE GESTIÓN PARTICIPATIVA DESCRIPCION DEL PROGRAMA Cuando las políticas estatales pueden ser discutidas y generadas a través de la participación protagónica de los ciudadanos y ciudadanas, se amplían los espacios y capacidades para el ejercicio de ciudadanía y las condiciones de sustentabilidad de las políticas públicas, con el consiguiente fortalecimiento y profundización de la calidad de la democracia.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 167
Se otorga de ese modo, mayor racionalidad a la intervención del Estado en cada territorio, por ello resulta sustantiva la necesidad de establecer un equilibrio entre la lógica del conjunto (representada por el Estado) con las lógicas particulares que devienen de la demanda de las organizaciones y los vecinos. A través del Programa Unquillo Decide se propone incluir la participación ciudadana en todos los momentos del ciclo de las políticas públicas (elaboración, implementación, monitoreo, evaluación y control) y en casi todos los temas de la agenda pública (Infraestructura, deportes, salud, cultura, servicios, etc.), de manera conjunta entre el estado y la comunidad, creando nuevas herramientas de gestión basadas en el diálogo y la toma de decisiones colectivas. A su vez, implica la adecuación de acuerdo a necesidades, capacidades y cultura locales, de lo que se conoce y aplica como presupuesto participativo en otras ciudades. El Programa Unquillo Decide combina dos modalidades: la planificación participativa y el consenso, y el presupuesto participativo - votación de proyectos - como herramientas de decisión de prioridades de inversión pública. Se someten al diálogo con la comunidad de cada zona, gran parte de las políticas municipales. Se definen asuntos específicos a trabajar desde la estrategia de Presupuesto Participativo y también propuestas (programas, proyectos) que se integrarán y adecuarán la oferta programática de cada área del ejecutivo municipal, conformando un Plan de Acción en cada zona, que es ejecutado y monitoreado participativamente al año siguiente. a. Presupuesto Participativo: proyectos que se elaboran en el marco de una cuota presupuestaria asignada. En esta primera etapa de implementación se aplica a temas referidos a la instalación y acondicionamiento de la infraestructura barrial/zonal. b. Oferta programática del Plan de Gobierno (salud, políticas sociales, ambiente, cultura, deportes, seguridad ciudadana, comunicación, etc.): posibilidad de readecuar las políticas, programas y proyectos de las áreas en función de nuevos asuntos sustantivos y/o problemáticas específicas que se identifiquen en las reuniones de planificación participativa. Sus objetivos son: • •
• •
Generar un proceso de diálogo y planificación colaborativa desconcentrado, respetando las identidades y necesidades de cada zona y/o conjuntos de barrios de Unquillo. Implementar un proceso consensuado de toma de decisiones, basado en la identificación de prioridades y de criterios para la asignación de recursos públicos, en forma conjunta entre el Municipio y la comunidad de cada zona de Unquillo. Diseñar un plan de acción anual en cada zona como resultado tangible del proceso. Generar mecanismos de monitoreo participativo de la implementación de los planes de acción consensuados y su ejecución presupuestaria.
Durante el año 2013 se implementaron todas las etapas del proceso en 3 zonas1 de Unquillo, y se elaboraron participativamente proyectos que han sido incluidos en el Presupuesto Municipal 2014. Durante 2014, se desarrollará el monitoreo participativo y control de la ejecución de estos proyectos, en conjunto con las Mesas Zonales, instancias integradas por vecino/as y conformadas para tal fin. A su vez, se implementarán las etapas de diagnóstico y elaboración participativa de proyectos, así como la definición de prioridades, en las 4 zonas2 restantes y de esta manera incluir a toda la población en la estrategia de Unquillo Decide.
1
2013: Zona 1: Los Quebrachitos, Cabana, Don Bosco, Las Ensenadas. Zona 4: Gdor. Pizarro, Tortosa, La Bancaria, Progreso, San Cayetano. Zona 6. La Loma, Herbera, Alto Alegre, Parque Serrano. 2 2014: Zona 2: Quebrada Honda, Lomas de Zupay, Villa Díaz, Villa Aurora, Las Higueras, Mutual. Zona 3: San Miguel, Los Talitas, La Providencia. Zona 5: San José, Los Cigarrales A y B, Cigarrales Santa Rosa, Villa Forchieri, Villa Las Mercedes, FONAVI. Zona 7: Norte, Spilimbergo, Residencial, IPV, Centro, Cigarrales C.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 168
Consta, en líneas generales de los siguientes momentos: ● Información y difusión: intentando que la mayoría de los vecinos y vecinas se encuentren informados en todos los
aspectos del Presupuesto Participativo Unquillo. ● Identificación participativa de problemas y soluciones, diseño de los proyectos. ● Selección de proyectos. ● Inclusión en el presupuesto anual siguiente, para su ejecución.
LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 01
DENOMINACION Unquillo Decide
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Gestión Participativa
CREDITO $409.500
CUADRO DE METAS DENOMINACIÓN
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD 2
Unquillo Decide
Campaña informativa Reuniones de planificación participativa, por zona Planes zonales elaborados Mesas Zonales de monitoreo funcionando Producto audiovisual y gráfico de sistematización
8 4 3 1
INFORMACION Y TRANSPARENCIA UNIDAD EJECUTORA SECRETARÍA DE GESTIÓN PARTICIPATIVA DESCRIPCION DEL PROGRAMA La información es clave cuando se pretenden desarrollar procesos participativos, o dialogar de modo continuo con la comunidad. Para un municipio que se propone de puertas abiertas a la comunidad, las políticas de fortalecimiento de la participación, de información pública y transparencia se colocan entre sus prioridades, y se entienden como conceptos interdependientes. El acceso a información de relevancia es un derecho en sí mismo que permite comprender e incidir en las políticas públicas –y con ello ejercer plenamente la ciudadanía- y es, al mismo, tiempo condición para la concreción de otros derechos, valores o principios (participación, salud, educación, verdad y justicia, etc.). La información, en sus respectivas modalidades, posee un carácter fundamental como herramienta para la protección de los derechos humanos. A su vez, la disponibilidad de información completa y veraz sobre los servicios, bienes y definiciones del estado municipal (información sobre programas, modos de acceder, decisiones, gastos, etc.) permite el control y la participación ciudadana en los asuntos públicos, fortaleciendo y consolidando un municipio transparente. Es decir que para este municipio la transparencia es un resultado de la concreción del derecho a la información, y viceversa. Por tal razón, esta gestión municipal decide avanzar en el reconocimiento de la importancia de producir y sistematizar información pública sobre aquellos aspectos que hacen a la vigencia efectiva de los derechos fundamentales. Y poner, como parte de la misma política, dicha información a disposición de los ciudadanos ampliando las bases de participación.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 169
Así, este programa responde a la preocupación por reducir las desigualdades en la distribución y acceso a la información, la formación y los conocimientos, como parte de una estrategia para la distribución más equitativa de poder público y la profundización democrática. Durante el año 2014, las acciones se dirigirán a: ● Promover el acceso de organizaciones sociales a información relevante para la participación ciudadana en las
políticas públicas. ● Favorecer la igualdad de oportunidades para el acceso a prestaciones, bienes y servicios públicos ● Contribuir a la regulación y reglamentación de los mecanismos que garantizan el acceso a la información
generada por los organismos del estado local.
LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 01
DENOMINACION Acceso a la Información Pública
UNIDAD EJECUTORA Secretaría de Gestión Participativa
CREDITO $72.100
CUADRO DE METAS
DENOMINACIÓN
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
Acceso a la Información Pública
Organizaciones informadas y participando en ámbitos públicos estatales Instancias de información y debate público “diálogos con la ciudad” Cartilla informativa sobre programas municipales (con circuitos, prestaciones, requisitos, etc) Carteleras instaladas en lugares estratégicos de la ciudad. Campañas de información sobre temas sustantivos de gestión Nodos de acceso libre a internet en barrios Protocolo de publicación de información pública
10 2 1 6 2 3 1
DE LAS ORGANZACIONES UNIDAD EJECUTORA SECRETARÍA DE GESTIÓN PARTICIPATIVA DESCRIPCION DEL PROGRAMA Dentro de la política de la Secretaría de Gestión Participativa se implementan acciones que promuevan el fortalecimiento de una ciudadanía activa y organizada de acuerdo a sus necesidades e intereses, respetando la identidad y la cultura local, y las formas organizativas que de allí devienen.
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 170
Las actividades se dirigen por lo tanto, a estimular la organización ciudadana y favorecer su desarrollo, así como fortalecer sus capacidades para la participación en los ámbitos públicos de deliberación y concertación, y en los distintos momentos de la gestión de la política pública: elaboración, ejecución, evaluación y control. Son los objetivos para el año 2014: Contribuir al fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil. Favorecer su participación en ámbitos municipales de concertación de políticas. Promover la creación de nuevas organizaciones. Fortalecer el desarrollo de las organizaciones vecinales de Unquillo, su funcionamiento democrático y su función de representación de intereses y necesidades colectivas. ● Favorecer el encuentro e intercambio entre organizaciones, grupos e instituciones.
● ● ● ●
LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 01
DENOMINACION Fortalecimiento a Organizaciones sociales
UNIDAD EJECUTORA
CREDITO
Secretaría de Gestión Participativa
$121.600
CUADRO DE METAS
DENOMINACIÓN
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
Fortalecimiento de Organizaciones
Encuentros de Organizaciones Mapa de organizaciones de Unquillo Boletín con información disponible, actualizado periódicamente Fondo de apoyo a proyectos Talleres con centros y comisiones vecinales Nuevas organizaciones sociales
3 1 1 1 10 5
SUBJURISDICCION 6.1 DIRECCIÓN DE DEPORTES Y RECREACIÓN LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO 01.01
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Deportes y Recreación
CREDITO 1.127.000
02.01
Polideportivo Municipal
Dirección de Deportes y Recreación
150.000
03.01 04.00 05.00 06.00 07.01
Actividades deportivas recreativas Barrios Jugando A Ponerse en Movimiento Promoción a la práctica Deportiva Mantenimiento de espacios Deportivos
Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación
47.000 38.000 18.000 79.000 10.000
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 171
00.10
Deudas Ejercicios Anteriores
Dirección de Deportes y Recreación
Refuerzo de Partidas
Dirección de Deportes y Recreación
9.100 20.300
ACTIVIDADES CENTRALES LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01
DENOMINACION Actividad Central
02.01
Polideportivo Municipal
03.01
Actividades deportivas Recreativas
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación
CREDITO 1.127.000 150.000 47.000
PROGRAMA BARRIOS JUGANDO UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE DEPORTES Y RECREACIÓN DESCRIPCION DEL PROGRAMA El Programa Barrios Jugando está destinado a niños, niñas y jóvenes de 5 a 15 años a partir de actividades recreativas, que les permita a todos disfrutar del juego y la recreación. Participar en juegos y otras actividades, estableciendo relaciones constructivas y equilibradas con los demás. Fortalecer los lazos sociales, la pertenencia grupal, las identidades barriales; a través del juego y las actividades recreativas, favoreciendo el desarrollo integral de los niños , jóvenes y familia. Estas acciones tendrán como fin la integración. Se realizarán encuentros recreativos en siete barrios de cobertura de este programa, en conjunto con otras áreas del municipio; para afianzar las relaciones y la cooperación comunitaria a través del deporte. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO 04.01 04.02
DENOMINACION Barrios Jugando Encuentro Barrios Jugando
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación
CREDITO 10.000 28.000
CUADRO DE METAS DENOMINACION Actividades Recreativas Barriales Encuentro Recreativos Barriales
UNIDAD DE MEDIDA Barrios incluidos en actividades Encuentros realizados
CANTIDAD 7 14
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 172
PROGRAMA A PONERSE EN MOVIMIENTO UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE DEPORTES Y RECREACIÓN DESCRIPCION DEL PROGRAMA Ofrecerle un abanico de actividades físicas recreativas, pensadas para niños y niñas de 2 años a 5 años con el fin de mejorar y/o mantener una calidad de vida saludable. Vivenciar y compartir experiencias grupales a través del movimiento. Buscamos mejorar el nivel de bienestar de los adultos mayores de nuestra población. Generando actividades físicas recreativas, pensadas para su edad. Fomentar la convivencia, la cooperación, evitando la discriminación y los prejuicios. Ofrecerles a las mujeres de nuestra localidad, la práctica de actividades físicas-recreativas de forma gratuita, favoreciendo una calidad de vida más saludable. Contribuir a mejorar el nivel de bienestar de la población a través del desarrollo de la actividad física grupal e integradora LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO
DENOMINACION
05.01
Adultos Mayores
05.02
Niños de 2 a 4 años
05.03
Actividades físicas para mujeres
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación
CREDITO 6.000 6.000 6.000
CUADRO DE METAS DENOMINACION Actividades físicas-recreativas para adultos mayores Actividades expresivas recreativas para niños de 2 a 4 años Actividades físicas para mujeres
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
Adultos mayores participando
50
Alumnos incluidos en actividades
80
Mujeres participando en actividades fisicas
60
PROGRAMA PROMOCION DE LA PRÁCTICA DEPORTIVA UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE DEPORTES Y RECREACIÓN DESCRIPCION DEL PROGRAMA
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 173
Promover la práctica sistemática de deportes que son populares o frecuentes en nuestra zona. Brindarle a la sociedad de Unquillo, la posibilidad de practicar esta forma del deporte, en un ámbito de contención, respeto y permanente crecimiento en las disciplinas, atendiendo y satisfaciendo sus necesidades de movimiento; y a su vez promoviendo el desarrollo y evolución de nuestra cultura por el deporte, el gusto por la práctica deportiva de manera consciente y saludable. Promover la práctica del deporte entre los jóvenes (varones y mujeres) de las tres zonas definidas a partir del Unquillo Decide brindándole a los mismos los espacios y recursos necesarios para la realización de las actividades deportivas que más se adecuen a sus intereses. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO
DENOMINACION
06.01
Escuelas Deportivas
06.02
Encuentro de Escuelas Deportivas
06.03
INTERBARRIALES
06.04
Deportes en los Barrios
06.05
Encuentro Deporte en los Barrios
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación Dirección de Deportes y Recreación
CREDITO 15.000 10.000 20.000 20.000
Dirección de Deportes y Recreación
14.000
CUADRO DE METAS DENOMINACION Escuelas Deportivas Encuentro de Escuelas deportivas Interbarriales Deportes en los Barrios
UNIDAD DE MEDIDA Escuelas funcionando Alumnos incluidos en las actividades Encuentros realizadas Encuentros realizados
CANTIDAD 9 400 20 18
Jóvenes participando
120
Encuentros realizados
20
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 174
PROGRAMA MANTANIMIENTO DE ESPACIOS DEPORTIVOS UNIDAD EJECUTORA DIRECCIÓN DE DEPORTES Y RECREACIÓN DESCRIPCION DEL PROGRAMA Este programa tiene como objetivo favorecer a la práctica deportiva recreativa en todos los espacios públicos destinados a tal fin. Manteniendo los lugares en condiciones para desarrollar adecuadamente de cada actividad deportiva-recreativa. LISTADO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Y PROYECTOS CODIGO
DENOMINACION
07.01
Mantenimiento de espacios Deportivos
UNIDAD EJECUTORA Dirección de Deportes y Recreación
CREDITO 10.000
CUADRO DE METAS DENOMINACION Mantenimiento de espacios Deportivos
UNIDAD DE MEDIDA Espacios deportivos mantenidos por personal de la dirección de Deportes y Recreación
CANTIDAD 7
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 175
JURISDICCIÓN 2.0 TRIBUNAL DE CUENTAS LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01 02.00
00.10
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Tribunal de Cuentas
CREDITO
Otras Actividades Tribunal de Cuentas
Tribunal de Cuentas
15.000
Deudas Ejercicios Anteriores
Tribunal de Cuentas
2.500
Refuerzo de Partidas
Tribunal de Cuentas
19.500
722.500
JURISDICCIÓN 3.0 CONCEJO DELIBERANTE LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01
00.10
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Concejo Deliberante
CREDITO
Deudas Ejercicios Anteriores
Concejo Deliberante
2.300
Refuerzo de Partida
Concejo Deliberante
51.500
1.293.460
LISTADO DE PROGRAMAS Y CATEGORIAS EQUIVALENTES CODIGO 01.01
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Concejo Deliberante
02.00
Informatización CD
Concejo Deliberante
CREDITO 1.293.460
18.600 03.00
Concejo y Comunidad
Concejo Deliberante
21.600
JURISDICCIÓN 4.0 TRIBUNAL DE FALTAS LISTADO DE ACTIVIDADES CENTRALES CODIGO 01.01
DENOMINACION Funcionamiento
UNIDAD EJECUTORA Tribunal de Faltas
CREDITO 635.552
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 176
ORDENANZA Nº 819/ 2013 VISTO: El Decreto Nº 143/2013 por el que el Departamento Ejecutivo Municipal da cuenta del contrato de locación suscripto con ALPHA TEL S.A., CUIT. N° 30-70047976-1, domiciliada en calle Tucumán 1, piso 4, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 16 de Diciembre de 2013 y la Municipalidad de Unquillo. Y CONSIDERANDO: Que, mediante el contrato referido, se da en locación un espacio físico que forma parte de un inmueble de mayor extensión y superficie, de propiedad y de dominio privado de la Municipalidad el que será destinado para el armado de una torre y la colocación de equipos de propiedad de la referida empresa, para lo que se ha fijado plazo, precio y demás exigencias legales que completan el acto; Que atento el destino del espacio dado en locación, las partes han establecido que ni aquel ni las reservas formuladas llevan implícito el otorgamiento de autorizaciones, permisos, habilitaciones, pre factibilidades o factibilidades a cargo de la Municipalidad y cuya obtención requiera la instalación de los referidos equipos.Que, la actividad administrativa municipal debe satisfacer las necesidades de la comunidad y buscar su mejor logro, a cuyo fin uno de los pilares sobre los que debe sostenerse el quehacer de la administración es la eficacia, que consiste en la utilización racional de los recursos del Estado, en la toma de decisiones, consiguiendo los mayores beneficios, en el logro de los objetivos planteados; Que si bien el referido contrato constituye un acto de administración de los bienes que integran el patrimonio municipal, tal contratación requiere autorización concreta del cuerpo legislativo, conforme artículo 49 Incisos 15 y 16 de la referida Ley 8102; Que, el referido contrato, conforme lo refleja la Cláusula Décima Segunda ha sido suscripto Ad referéndum de este órgano legislativo; Por todo ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENA NZA
Artículo 1º.- RATIFICASE en todos sus términos el Decreto Nº 143/2013 y el CONTRATO DE LOCACION suscripto entre la Municipalidad de Unquillo y ALPHA TEL S.A., CUIT. N° 30-70047976-1, domiciliada en calle Tucumán 1, piso 4, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 16 de Diciembre de 2013, que en siete (7) fojas útiles es parte integrante del presente.Artículo 2º.- De forma.MARCELA IGOILLO SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE
MARÍA GABRIELA FARÍAS PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Extraordinaria del día 17 de diciembre de Dos Mil Trece, constando en Acta Nº 264/2013.--------
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 177
ORDENANZA Nº 820/ 2013
OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con el Señor Ricardo Ariel IBARRA Convenio de Reconocimiento de Deuda y Dación en Pago. VISTO: Las facultades conferidas por la Ley Orgánica Municipal, la normativa vigente y el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Unquillo, en carácter de acreedora y el Sr Ricardo Ariel Ibarra, en carácter de deudor. Y CONSIDERANDO: Que el deudor ofrece en Dación de Pago a los fines de cancelar la totalidad de la deuda tributaria relacionada con la Contribución que incide sobre los Automotores y la derivada en concepto de multas aplicadas por el Juzgado de Faltas Municipal, el motovehículo descripto en la cláusula segunda del Convenio de referencia. Que el acuerdo es beneficioso para el Municipio toda vez que se recupera deuda, evitando de esta manera el desgaste y mayores costos que insume la tramitación judicial de las tasas y multas adeudadas. Que asimismo el Municipio adquiere el dominio de una motocileta que serán reutilizados en beneficio de la Comunidad de Unquillo. Que conforme lo establecen las disposiciones legales vigentes, el presente Convenio es ad-referéndum del Concejo Deliberante de la Ciudad. Por todo ello, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Artículo 1º: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la Dación en Pago ofrecido por el Sr. Ricardo Ariel Ibarra del motovehículo de su propiedad, Dominio 168HAV, a los fines de cancelar la totalidad de la deuda tributaria y la derivada en concepto de multas aplicadas por el Juzgado de Faltas Municipal que gravan a aquella, no surgiendo a favor del dador derecho a resarcimiento de ninguna naturaleza. Artículo 2º: APRUÉBASE en todos sus partes el Convenio de fecha 20 de Noviembre de 2013 celebrado entre la Municipalidad de Unquillo, representada por el Señor Intendente Municipal, Don Germán Eduardo Jalil y la Secretaria de Finanzas y Desarrollo Económico, Cra. Marisa Dasso por una parte y por la otra, el Señor Ricardo Ariel Ibarra el que compuesto de seis (6) fojas útiles, se agrega como ANEXO I y forma parte integrante y constitutiva de la presente Ordenanza. Artículo 3º: De forma. MARCELA IGOILLO SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE
MARÍA GABRIELA FARÍAS PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 178
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Extraordinaria del día 17 de diciembre de Dos Mil Trece, constando en Acta Nº 264/2013.--------
ORDENANZA Nº 821/ 2013 VISTO: las disposiciones del “Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba” y la necesidad de obtener un nuevo préstamo para la ejecución de obra pública local; Y CONSIDERANDO: Que dentro del plan de obras a desarrollar en el ejercicio fiscal 2014, se prevé ejecutar un Proyecto de Intervención Y Recuperación Integral de la Capilla Buffo, el que se ejecutará en tres etapas, conforme aprobación de la Agencia Córdoba Cultura y bajo la dirección técnica de reconocidos profesionales especializados en restauración y arquitectura; Que el “Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba” esta disponible para el uso de cada Municipio y Comuna de la provincia, toda vez que para su sostenimiento se realiza un aporte mensual por parte del Municipio equivalente al uno por ciento ( 1%) de la masa de impuestos coparticipables, y se completa el fondeo con la devolución de las cuotas acordadas por cada tramo de crédito tomado, y sólo puede utilizarse para el desarrollo de obras de infraestructura básica necesaria. Que financiar la construcción de obras contribuye a la economía del municipio, ya que no genera gastos de otorgamiento, no tiene cláusulas de ajuste por ser en moneda local, no genera servicios de deuda por no corresponder el pago de intereses y la administración lo devuelve, en 36 meses en cuotas fijas en pesos, plazo éste que en el actual contexto inflacionario implica una licuación automática de los montos. Que dicho fondo dispone para nuestra Ciudad de un tramo de $ 450.000 el que se pretende afectar en su integridad al desarrollo del referido proyecto; Que si bien esta obra se concretará en el año 2014, es conveniente contar a la brevedad con el instrumento legal correspondiente, que le permita al DEM realizar las gestiones administrativas ante el Gobierno de la Provincia de Córdoba en los primeros meses del año entrante; Que atento la afectación del préstamo a la referida obra y principalmente teniendo presente la aprobación del proyecto de intervención por la Agencia Córdoba Cultura, solicitamos la autorización para contratar, en los términos del artículo 26 Inciso 2 de la Ordenanza 342/2004, a la Restauradora Marcela Mammana quién proyecta ejecutar la misma bajo su dirección y con equipo profesional especializado; Por todo ello, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 179
Artículo 1: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione del Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba, un préstamo de Pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000,00) con destino a ejecutar la obra denominada “Proyecto de Intervención Y Recuperación Integral de la Capilla Buffo”, conforme descripción técnica y presupuesto que en Anexo 1 de siete (7) fojas útiles se adjunta y es parte constituyente de la presente ordenanza.Artículo 2: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en pago del crédito que obtenga en ejercicio de la facultad que se le confiere por el Artículo anterior, ceda mensualmente al fondo que otorga el préstamo, de los ingresos coparticipables que le corresponden al Municipio en los Impuestos Provinciales, conforme a la Ley Nº 8663, o la que en el futuro la sustituya o modifique, hasta la suma de Pesos Doce Mil Quinientos ($ 12.500,00) mensuales durante el término máximo de Treinta y Seis (36) meses. Artículo 3: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que notifique formalmente a la Provincia de la cesión que efectúe en ejercicio de la facultad que se le confiere por el Artículo anterior, anoticiándola de que, en mérito a la cesión, deberá mensualmente pagar la suma cedida directamente al cesionario. Artículo 4: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito que ceda en ejercicio de la facultad del Artículo 3º de esta Ordenanza, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los Impuestos Provinciales. Artículo 5: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal en los términos del Artículo 26 Inciso 2 de la Ordenanza 342/2004 a contratar en forma directa a la Restauradora Marcela Mammana, DNI Nº 17531527 quién tendrá a su cargo la ejecución del “Proyecto de Intervención Y Recuperación Integral de la Capilla Buffo” conforme descripción técnica y presupuesto agregado al Artículo 1 de la presente ordenanza.Artículo 6: El precio de la contratación (IVA incluido) asciende a la suma total de Pesos Cuatrocientos Treinta y Un Mil Trescientos Ochenta ($ 431.380).Artículo 7: Las autorizaciones conferidas en los artículos 5º y 6º de la presente ordenanza se extienden hasta en un 20 % de los montos y presupuestos oficiales allí establecidos, siempre que la variación en los precios según el índice del costo de la construcción, publicado por la Cámara Argentina de la Construcción, delegación Córdoba, así lo justifique. Artículo 8: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir los instrumentos respectivos que, en el marco de la normativa vigente, tengan por objeto las contrataciones y adquisiciones descriptas en la presente Ordenanza. Artículo 9: De forma. MARCELA IGOILLO SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE
MARÍA GABRIELA FARÍAS PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Extraordinaria del día 17 de diciembre de Dos Mil Trece, constando en Acta Nº 264/2013.--------
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 180
MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/Diciembre 2013 – Pág. 181
Municipalidad de Unquillo Intendente: Germán Eduardo Jalil Secretario de Gobierno: Marcos Mingorance
Secretaria de Finanzas y Desarrollo Económico: Marisa Silvia Dasso
Secretario de Obras y Servicios Roberto Frezzi
Secretaria de Gestión Participativa Carina Bittar
Secretaria de Políticas Sociales Gabriela Pautasso
Concejo Deliberante Concejales: María Gabriela Farías Marcelo Oscar Ramón Ray María Elena Riusech de Morsino Gabriela Noemí Crespo Gustavo José Álvaraz Graciela María Domínguez Leandro Bernasconi
Tribunal de Cuentas Mónica Lilian Venturino Walter Alberto Rodríguez Mario Fabián Pérez
Av. San Martín 2186 – Tel. (03543) 488999 / 488106 CPX 5109 ABV – UNQUILLO – Provincia de Córdoba www.unquillo.gov.ar Concejo Deliberante Correo-e: concejodeliberante@unquillo.gov.ar – concejodeliberante@hotmail.com