Boletín oficial marzo

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BOLETÍN OFICIAL


MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/marzo de 2014 – Pág. 2

ORDENANZA Nº 822/ 2014 VISTO: El Acta Acuerdo suscripto con fecha 19 de Diciembre de 2013, entre la Municipalidad de Unquillo, representada por el Señor Intendente Municipal Germán E. Jalil, la Secretaria de Finanzas y Desarrollo Económico Contadora Marisa Dasso y el Secretario de Gobierno, CR. Marcos Mingorance; y los Miembros del Sindicato de Trabajadores Municipales de Unquillo, representado por la Señora Nora Cristina Figueroa, en carácter de Secretario General, por ante la Dirección de Conciliación y Arbitraje de la Secretaría de Trabajo del Gobierno de Córdoba. Y CONSIDERANDO: Que, por el referido acuerdo, las partes han convenido fijar criterios para la pauta salarial a aplicar en el año 2014, la que se ha consentido en un veinticinco por ciento (25%) pagadero en dos tramos iguales en oportunidad de liquidar los haberes del mes de febrero y julio de 2014. Que de igual modo se ha acordado aplicar el mismo aumento al refrigerio que perciben los trabajadores municipales de Unquillo y la aplicación de coeficientes de despegue de las categorías de la escala salarial vigente. Que el acuerdo se enmarca en la decisión política de adoptar medidas que recuperen los ingresos de los trabajadores, frente a la pérdida del poder adquisitivo, como consecuencia del contexto económico que vive el país en general.

Que, para la puesta en marcha de los puntos acordados con el Sindicato de Empleados Municipales y, en definitiva, con el personal; es necesario, conforme Artículo 30 Inciso 9 de la Ley Orgánica Municipal, proceder al dictado del correspondiente instrumento legal. Por todo ello, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1.- FIJASE para el personal municipal una mejora salarial para el año 2014 del veinticinco por ciento (25%) según el siguiente detalle: A. A partir del 1 de Febrero de 2014: doce con cincuenta por ciento (12,50 %), con carácter remunerativo sobre la escala salarial vigente a Diciembre de 2013. B. A partir del 1 de Julio de 2014: veinticinco por ciento (25%), con carácter remunerativo sobre la escala salarial vigente a Diciembre de 2013. Artículo 2.- A partir del 1 de Julio de 2014, aplícase un incremento del veinticinco por ciento (25,00%) al valor vigente a Diciembre de 2013, en concepto Refrigerio. Artículo 3.- A partir del 1 de julio de 2014, y en el marco de generar un despegue o mayor diferencia entre los valores de los sueldos básicos de las veinticuatro categorías vigentes, se aplicará un incremento diferenciado por categorías superior a la pauta general acordada en el artículo primero, que permitirá llevar la diferencia entre los básicos de la categoría 1 y 24 respectivamente y que actualmente se ubica en el 32,68% a un 35,12%, tal como lo muestra el siguiente cuadro:


MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/marzo de 2014 – Pág. 3

Valor Cat. 1 a Diciembre 2013 Valor Cat.24 a Diciembre 2013 Valor Cat. 1 a Diciembre 2014 Valor Cat. 24 a Diciembre 2014

3834,33 5087,39

32,68%

4792,91 6476,25

35,12%

Artículo 4.- Lo dispuesto en el artículo anterior, entrará en vigencia a partir del julio de 2014 aplicando la siguiente escala:

Categoría 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Diciembre 25.0 25.1 25.2 25.3 25.4 25.5 25.6 25.7 25.8 25.9 26.0 26.1 26.2 26.3 26.4 26.5 26.6 26.7 26.8 26.9 27.0 27.1 27.2 27.3

Artículo 5.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adecuar las imputaciones presupuestarias correspondientes a los efectos del cumplimiento de la presente Ordenanza.


MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO – BOLETÍN OFICIAL/marzo de 2014 – Pág. 4

Artículo 6.- De forma. MARCELA IGOILLO

MARÍA GABRIELA FARÍAS

SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Extraordinaria del día 27 de febrero de Dos Mil Catorce, constando en Acta Nº 265/2014.---------

ORDENANZA Nº 823/ 2014

VISTO: La detección de un error material en la redacción de la Ordenanza Nº 812/2013, nuevo Régimen de Contrataciones y las facultades conferidas por la Ley Orgánica Municipal, Ley Nº 8102 y demás normativa legal vigente. Y CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 812/2013 fija un nuevo Régimen de Contrataciones, derogando así la normativa anterior, Ordenanza Nº 342/2004, que regulaba todo el proceso de contratación pública. Que, sin embargo, se ha detectado un error material en el artículo 19º de la Ordenanza Nº 812/2013 al establecer la derogación de la Ordenanza 340/2004, Ordenanza de cálculos de recursos y presupuestos de erogaciones para el año 2005. Que, por consiguiente, y a los efectos de subsanar dicho error, el artículo 19 de la Ordenanza 812/2013 debe establecer, en carácter de Fe de Erratas, la derogación de la Ordenanza 342/2004. Por lo que corresponde el dictado del instrumento legal pertinente. Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


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Artículo 1º: Procédase, en carácter de Fe de Erratas, a subsanar el error detectado en el artículo 19 de la Ordenanza Nº 812/2013, nuevo Régimen de Contrataciones; donde dice 340/2004 debe decir 342/2004. Artículo 2º: La presente Ordenanza tiene vigencia en forma retroactiva, a partir del 01 de enero del año 2014. Artículo 3º: De forma.

MARCELA IGOILLO

MARÍA GABRIELA FARÍAS

SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Ordinaria del día 11 de marzo de Dos Mil Catorce, constando en Acta Nº 268/2014.-----------------------------------

Unquillo, 05 de Marzo de 2014 DECRETO Nº 175/2014 VISTO: La ordenanza Nº 803/2013 por la que se suspende por un plazo de ciento ochenta días la aprobación de fraccionamientos de tierras dentro de los límites de la reserva Hídrica, Recreativa y Natural “Los Quebrachitos”. Y CONSIDERANDO: Que la norma suspende tanto la aprobación de proyectos de mensuras, uniones, subdivisiones o permisos urbanísticos para el desarrollo de nuevos loteos o fraccionamientos como el trámite administrativo y plazos que estuvieran corriendo en aquellos proyectos, cuya presentación se hubiera formalizado con anterioridad a la promulgación de la referida ordenanza; Que así mismo la norma dispone que tales suspensiones puedan ser prorrogadas por un plazo de noventa días por resolución fundada; Que las razones esgrimidas por este Departamento Ejecutivo Municipal al tiempo de elevarse el proyecto mantienen plena vigencia, fundamentalmente aquellas relacionadas con la reglamentación del Uso del Suelo, Fraccionamiento, Ocupación y adecuación del Código de Edificación en vigencia, en aras de un desarrollo armónico y sustentable de la cuidad; Que por otra parte, continúa manifestándose el proceso de crecimiento, y su consecuente ocupación del territorio, lo que obliga a mantener aquellas previsiones normativas que amparen preventivamente estas áreas naturales de alto valor ambiental;


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Que todo lo relacionado tiene por fundamento conservar los recursos naturales propios, proveedores de bienes y servicios ecosistémicos, profundizando las medidas para evitar intervenciones en el sector e impedir la degradación ambiental del mismo; Por ello, en virtud a lo relacionado y lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ley Orgánica Municipal (Ley 8102),

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE UNQUILLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY DECRETA Artículo 1º.- PRORROGASE por el término de noventa (90) días corridos las suspensiones establecidas mediante Artículo 1º y 2º de la Ordenanza Nº 803/2013.Artículo 2º.-ELEVESE copia del presente dispositivo al Concejo Deliberante de la Ciudad y a las Oficinas Municipales correspondientes.Artículo 3º.- Comuníquese, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.-


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Municipalidad de Unquillo Intendente: Germán Eduardo Jalil Secretario de Gobierno: Marcos Mingorance

Secretaria de Finanzas y Desarrollo Económico: Marisa Silvia Dasso

Secretario de Obras y Servicios Roberto Frezzi

Secretaria de Gestión Participativa Carina Bittar

Secretaria de Políticas Sociales Gabriela Pautasso

Concejo Deliberante Concejales: María Gabriela Farías Marcelo Oscar Ramón Ray María Elena Riusech de Morsino Gabriela Noemí Crespo Gustavo José Álvaraz Graciela María Domínguez Leandro Bernasconi

Tribunal de Cuentas Mónica Lilian Venturino Walter Alberto Rodríguez Mario Fabián Pérez

Av. San Martín 2186 – Tel. (03543) 488999 / 488106 CPX 5109 ABV – UNQUILLO – Provincia de Córdoba www.unquillo.gov.ar Concejo Deliberante Correo-e: concejodeliberante@unquillo.gov.ar – concejodeliberante@hotmail.com


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