Boletín oficial. Mayo/12

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BOLETÍN OFICIAL

Período de publicación Mayo 2012


MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO - BOLETÍN OFICIAL. Mayo 2012

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MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO - BOLETÍN OFICIAL. Mayo 2012

Período de publicación Mayo 2012

Ordenanzas: Nº 735/2012 a Nº 736/2012 Declaraciones Resoluciones Decretos: 030/12; 035/12

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ORDENANZA Nº 735/2012 ORDENANZA

VISTO: La nota presentada por el propietario del inmueble de designación catastral C:02:S:01 M:012 P:020, en donde está en trámite una subdivisión de la cual se desprende un polígono para ser destinado a ampliación de la calle Alte Brown y las disposiciones legales vigentes.Y CONSIDERANDO: Que la Sra. Juana Rosa LUJÁN, ofrece en donación un polígono de 96,80 m2 de superficie el que se desprende de la subdivisión de una parcela de su propiedad, con destino al Dominio Público Municipal para ensanche de la calle Almirante Brown, con ancho de 0,90 metros, al norte y al sur 1,16 metros.Que la donación efectuada es conveniente para el Municipio debido a que en esta zona la calle ha perdido su ancho oficial motivado por la falta de mensura de las parcelas, lo que produce emplazamiento fuera de lugar, que esto hace que la calle vaya perdiendo la apertura correspondiente. Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º: ACÉPTASE la donación ofrecida por la Sra. Juana Rosa LUJÁN, de una fracción de la parcela en trámite de subdivisión designada catastralmente como C:02 S:01 M:012 P:020, de la cual se desprende el polígono 1-2-A-H, de una superficie de 96,80 m2, para ensanche de la calle Almirante Brown del Barrio La Providencia de nuestra ciudad y que surge del Anexo I, el que compuesto de una (1) foja útil, forma parte integrante y constitutiva de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: AFÉCTESE con destino al Dominio Público Municipal para ensanche de la calle Almirante Brown, el polígono descripto en el artículo 1º de la presente Ordenanza. Los gastos que demanden la transferencia de dominio serán a cargo del Municipio. Artículo 3º: De forma. Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Ordinaria del día 08 de mayo de Dos Mil Doce, constando en Acta Nº 192/2012.----------------------------------------------------------------------------------------PROMULGADA POR EL D.E.M – DECRETO Nº 030/12

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ORDENANZA Nº 736/2012 VISTO: Las disposiciones de la Ordenanza Impositiva Municipal, Nº 725/2011, y las facultades conferidas por la Ley Orgánica Municipal, Nº 8102 y demás normativa legal vigente.-

Y CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Impositiva Municipal carece de una norma de carácter general para que el Tribunal Administrativo de Faltas pueda establecer penas en aquellas faltas que no se haya determinado establecido específicamente sanción. Por lo que resulta menester proceder a incorporar un artículo en la Ordenanza Impositiva Municipal a los efectos de establecer las penas de multa a aplicar por el Tribunal Administrativo de Faltas, en aquellos casos que no se ha determinado sanción para conductas que se consideran infracciones. Que la presente incorporación implica la modificación del artículo 107 del Anexo I, de la Ordenanza Impositiva Municipal, Nº 725/2011, cuyo texto queda incorporado al nuevo artículo 116 bis de la referida normativa. Por todo ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º: MODIFÍCASE el artículo 107 del Anexo I, de la Ordenanza Impositiva Municipal, Nº 725/2011, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 107: De conformidad a lo establecido en el artículo 2.5.3.2. de la Ordenanza Nº 34/86 (Código de Edificación), las multas se establecen en un monto equivalente al valor de cincuenta (50) U.E.M. a diez mil (10.000) U.E.M.” Artículo 2º. INCORPÓRASE el artículo116 bis el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 116 bis: Las infracciones contempladas en Ordenanzas específicas y que no posean penas de multas determinadas, el Tribunal Administrativo de Faltas podrá aplicar penas de multa entre una (1) y un mil (1.000) U.E.M. para cada caso en particular, de manera fundada.-“ Artículo 3º: DE FORMADada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Ordinaria del día 29 de mayo de Dos Mil Doce, constando en Acta Nº 194/2012.----------------------------------------------------------------------------------------MARCELA IGOILLO SECRETARIA C.D.

MARCELO RAY VICEPRESIDENTE PRIMERO C.D.

PROMULGADA POR EL D.E.M – DECRETO Nº 035/12

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Municipalidad de Unquillo Intendente: Germán Eduardo Jalil Secretario de Gobierno: Luis Eduardo Carrizo Secretario de Finanzas y Desarrollo Económico: Marcelo Pablo Fassi Secretario de Obras y Servicios Roberto Frezzi Secretaria de Gestión Participativa Carina Bittar Secretaria de Políticas Sociales Gabriela Pautasso

Concejo Deliberante Concejales: Marcos Luis Mingorance Aubrit María Gabriela Farías Marcelo Oscar Ramón Ray María Elena Riusech de Morsino Gabriela Noemí Crespo Gustavo José Álvarez Graciela María Domínguez

Tribunal de Cuentas Mónica Lilian Venturino Walter Alberto Rodríguez Mario Fabián Pérez

Av. San Martín 2186 – Tel. (03543) 488999 / 488106 CPX 5109 ABV – UNQUILLO – Provincia de Córdoba www.unquillo.gov.ar Concejo Deliberante Correo-e: concejodeliberante@unquillo.gov.ar – concejodeliberante@hotmail.com

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