CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPALIDAD DE UNQUILLO Av. San Martín 2186 – T.E. (03543) - 488999 – 488106 – 488853 E-mail: concejodeliberante@unquillo.gov.ar concejodeliberanteunquillo@hotmail.com C.P. X 5109 ABV – UNQUILLO – Departamento Colón – Provincia de Córdoba.
D E S P A C H O
REF:
Expte Nº 0118 – N – 12. Proyecto de OrdenanzaAutoriza Cooperativa. Nueva Tarifa.
La Comisión del Concejo Deliberante al dictaminar respecto al Expte Nº 0118 – N – 12. Proyecto de OrdenanzaAutoriza Cooperativa. Nueva Tarifa. por el Departamento Ejecutivo Municipal, aconseja al plenario que le preste aprobación de la siguiente manera:
PROYECTO DE ORDENANZA Que el Presidente y Secretario de la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo - Mendiolaza Ltda., Contador Mario Raúl Hoya y Señor José Bongiorno, respectivamente, han solicitado el trámite que establece el Artículo 15º de la Ordenanza Nº 35/91 a los efectos de la fijación de una nueva tarifa en la Provisión del Servicio Público de Agua Potable para la Ciudad de Unquillo. Que mediante Nota Nº 1141, de fecha 15 de Mayo de 2012, la Cooperativa solicita la readecuación de la estructura tarifaría; ello, atento su falta de actualización durante el año 2011, y en función también al retraso de actualización de tarifa, que si bien se realizo en el año 2010, la misma tuvo origen en un estudio de costos, realizado durante el año 2009. Que esta situación de retraso, originó una disminución importante en el capital de la cooperativa, y su consiguiente impacto negativo, razón por la cual los socios resolvieron, reunidos en asamblea, recomponerlo con un aporte de capital igual al desfasaje de los dos años de retraso en la actualización de la tarifa. Que en una economía inflacionaria, con el consiguiente aumento de los costos, resulta menester proceder a su actualización; ello a los efectos de garantizar la ecuación económica apta que permita la sustentabilidad de la prestación del Servicio, y su continuidad con eficacia y eficiencia. Que a efectos de que esta situación no vuelva a producirse, es indispensable acordar un mecanismo de revisión y actualización anual de la tarifa. Que la crisis hídrica imperante en Sierras Chicas, y particularmente en la Ciudad de Unquillo, ameritan establecer un esquema tarifario justo y progresivo, que desaliente los consumos excesivos, y a la vez incentive a quienes hacen del cuidado del agua una cultura cotidiana, permitiendo de esta manera, que el servicio pueda llegar a la mayoría de los Vecinos al menor costo posible. Esto se logra estableciendo un subsidio a los consumos mínimos con cargo a los escalones más altos del esquema.
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Que al respecto, la Cooperativa propone un escalonamiento en los consumos de los usuarios del sistema, cuyo valor aumenta a medida que mas se consume, como así también, la determinación de un fondo especial que permita el acceso al Servicio a aquellas familias que, por situaciones socio - económicas comprobadas, se encuentren imposibilitadas de contar con este servicio básico y elemental. Que el esquema propuesto, contribuye al cuidado del recurso y por ende constituye una importante herramienta para combatir los consumos desproporcionados. Que la propuesta elevada por la Cooperativa, fue elaborada, y por ende cuenta con el rigor científico y la independencia, que le da una entidad oficial prestigiosa y especializada como la Universidad Nacional de Córdoba,; como así también, el respectivo análisis y valoración positiva, realizada por del Departamento Ejecutivo Municipal, en los términos del Artículo 15º de la Ordenanza Nº 35/91. Por todo ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA APROBADA EN PRIMERA LECTURA Artículo 1º: AUTORÍZASE a la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo Mendiolaza Ltda., a aplicar a partir del día 01 de agosto de 2012, por el Servicio de Distribución de Agua Potable en la Ciudad de Unquillo; la TARIFA en Pesos y sin Impuestos, que a continuación se detalla: .
A ) La TARIFA BÁSICA se compone de los siguientes elementos: CARGO FIJO $ 9,93 por mes por conexión. CONSUMO BÁSICO, TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) $ 21,27 por mes por conexión. TARIFA BÁSICA MÍNIMA BONIFICADA (exclusivamente TRECE METROS CÚBICOS – 13 m3 – de consumo) $ 31,20. Cargo de mantenimiento de red, igual al CUARENTA POR CIENTO (40 %) de la TARIFA BÁSICA. B). CARGOS VARIABLES de cada Metro Cúbico, por excedentes de TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) de consumo mensual: De 13,01 m3 a 30 m3 $ 2, 1787 De 30,01 m3 a 50 m3 $ 4,3160 3 3 De 50,01 m a 80 m $ 8,1580 Más de 80,01 m3 $ 8,6031 Cargo de mantenimiento de red, igual al CUARENTA POR CIENTO (40 %) de la TARIFA BÁSICA.
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Artículo 2º: AUTORÍZASE a la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo Mendiolaza Ltda., a aplicar a partir del día 01 de octubre de 2012, por el Servicio de Distribución de Agua Potable en la Ciudad de Unquillo; la TARIFA en Pesos y sin Impuestos, que a continuación se detalla: .
A-) La TARIFA BÁSICA se compone de los siguientes elementos: CARGO FIJO $ 10,82 por mes por conexión. CONSUMO BÁSICO, TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) $ 23,20 por mes por conexión. TARIFA BÁSICA MÍNIMA BONIFICADA (exclusivamente TRECE METROS CÚBICOS – 13 m3 – de consumo) $ 34,02
B). CARGOS VARIABLES de cada Metro Cúbico, por excedentes de TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) de consumo mensual: De 13,01 m3 a 30 m3 $ 2, 3768 3 3 De 30,01 m a 50 m $ 4,7084 De 50,01 m3 a 80 m3 $ 8,8997 Más de 80,01 m3 $ 9,3852 Cargo de mantenimiento de red, igual al CUARENTA POR CIENTO (40 %) de la TARIFA BÁSICA. Artículo 3º: AUTORÍZASE a la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo Mendiolaza Ltda., a establecer un consumo básico de TRECE METROS CÚBICOS (13 m3) MENSUALES por conexión sobre los cuales se aplicará la TARIFA BÁSICA. Artículo 4º: COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal a la Cooperativa de Agua, Obras y Servicios Públicos Unquillo Mendiolaza Ltda., y Archívese.
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