SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL ANTIOQUIA CENTRO DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES LA SALADA ALIANZA ENTRE EL SENA, CENTRO DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES LA SALADA Y EL MUNICIPIO DE xxxxxx PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN TITULADA Entre los suscritos a saber: Jorge Antonio Londoño, mayor de edad, vecino y residente en la ciudad de Caldas (Antioquia), identificado con la cédula de ciudadanía 71.608.941, en su condición de Subdirector (e) del Centro de los Recursos Naturales Renovables la Salada, de la Regional Antioquia, del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, y quien para efectos de esta alianza se denominará el SENA, y xxxxxxxxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía xxxxxxxxx en su condición de Alcalde Municipal del municipio de xxxxx, hemos convenido realizar la siguiente Alianza Estratégica que se regirá por las cláusulas que a continuación se expresan: PRIMERA - OBJETO: El objeto de la presente alianza es establecer compromisos para la ejecución de la formación, en los municipios de la región para los programas de Formación Titulada. SEGUNDA – PROGRAMAS A DESARROLLAR: -
Técnico en Contabilidad.
Para los logros del objeto de la presente alianza las partes se obligan así: EL SENA: 1. El SENA asignará y asumirá el valor de los Instructores y Materiales de Formación necesarios para su desarrollo, en el caso de que el programa sea aprobado. 2. Seleccionará a los instructores y hará el proceso de selección de los aprendices beneficiarios del programa. 3. Formará a los aprendices de acuerdo con el contenido de la estructura curricular del programa, definida por el Sena. 4. Certificará a los aprendices que aprueben el programa. LA ALCALDIA: a) Colaborará con el proceso de promoción e inscripción de aspirantes cuando el centro de formación no lo pueda realizar directamente. b) Facilitará la logística; tales como aulas apropiadas para la formación, lugares de práctica, no distantes de la cabecera municipal y equipos para el desarrollo de las acciones de los programas de formación. c) Implementará los mecanismos necesarios que ayuden a facilitar el desarrollo de la etapa práctica de los aprendices. d) En caso de desarrollar algún proyecto como infraestructura, los materiales, herramientas, y equipos deben ser suministrados por la Administración Municipal. TERCERA MODIFICACIONES: Cualquier modificación que tenga relación directa con la presente alianza se hará de común acuerdo entre las partes.
CUARTA TERMINO DE DURACIÓN. La duración de la presente alianza será por el tiempo que dure la formación en curso, prorrogable por mutuo acuerdo entre las partes. QUINTA TERMINACIÓN. Las partes de común acuerdo podrán dar por terminada la presente alianza antes de su vencimiento, si las circunstancias dan mérito para ello, por medio de comunicaciones escritas entre las partes, sin perjuicio de los procesos de formación que estén en curso. SEXTA PERFECCIONAMIENTO. La presente alianza requiere para su validez y perfeccionamiento la firma de las partes que en ella intervienen.
Jorge Antonio Londoño Subdirector (e) Centro de los Recursos Naturales Renovables La Salada
Caldas, xx de septiembre de 2013.
Proyecto: Claudia Ma. Avendaño L.
xxxxxxxxxxxxxxxxxx Alcalde Municipal Municipio de XXXXX