BASES LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO En Santiago a 21 de agosto de 2020, la Ilustre Municipalidad de Santiago, en atención a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, los artículos 10 y 11 de la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales, el Reglamento N°915 de fecha 11 de diciembre de 2019, el Decreto Exento Sección Tercera N° 422, de fecha 15 de abril de 2020, llama a Concurso Público para proveer los siguientes cargos vacantes de la Planta Municipal, con desempeño en las unidades que se señalan: Planta
Cargo
G°
Unidad de desempeño
Requisitos Específicos
Requisitos Generales
Requerirá título profesional de Abogado o Ingeniero Civil o Ingeniero Comercial o Administrador Público o Ingeniero Industrial Dirección de o Ingeniero Civil Industrial o Contador Auditor Fiscalización o Arquitecto o Geógrafo o Constructor Civil. Requerirá además 5 años de experiencia en funciones relacionadas con el cargo Requerirá título profesional de Ingeniero Civil o Ingeniero Civil Mecánico o Ingeniero Civil Dirección de Eléctrico o Ingeniero Civil Industrial o Operaciones y Ingeniero Industrial. Requerirá además 5 Servicios Urbanos años de experiencia en funciones relacionadas con el cargo. Requerirá título profesional de Ingeniero Civil Mecánico o Ingeniero Civil Eléctrico o Subdirección de Ingeniero Civil Industrial o Ingeniero Civil en Aseo y Gestión Los señalados Transporte o Ingeniero Civil Ambiental o Integral de en los Art. 10 Geógrafo o Arquitecto. Requerirá además 3 Residuos y 11 de la Ley años de experiencia en funciones N°18.883 relacionadas con el cargo.
Directivos
Director de Fiscalización
3°
Directivos
Director de Operaciones y Servicios Urbanos
3°
Directivos
Subdirector de Aseo Y Gestión Integral De Residuos
4°
Directivos
Directivo Genérico
5°
Dirección de Desarrollo Comunitario
Directivos
Subdirector de Alumbrado Público
6°
Dirección de Operaciones
Directivos
Subdirector de Administración de Personas
6°
Dirección de Gestión de Personas
Profesional
3 Secretario Abogados
5°
2°, 3° y 5°r Juzgados de Policía Local
No aplica Requerirá título profesional de Ingeniero Civil o Ingeniero de Ejecución Eléctrica. Requerirá además 3 Años de experiencia en funciones en el ámbito del Alumbrado Público. Requerirá título profesional de una carrera de, a lo menos, de ocho semestres del área de humanidades o Gestión Pública. Requerirá además 3 años de experiencia en funciones en el ámbito de recursos humanos municipal Requerirá título profesional de Abogado
PUNTAJE POR FACTOR: Factor
I.
Puntaje Máximo
1. Estudios
30
2. Experiencia Laboral
20
3. Entrevista Personal
50
REQUISITOS GENERALES: Los señalados en los artículos 10° y 11° de la Ley N° 18.883
II.
REQUISITOS ESPECÍFICOS Y DE ESTUDIOS: Los señalados en el artículo 9° del Reglamento N° 915 de 2019.
ANTECEDENTES REQUERIDOS: 1.
Currículum vitae (registro en línea)
2.
Certificado de nacimiento o fotocopia simple de la cédula de identidad.
3.
Certificado de situación militar al día (postulantes varones).
4.
Título Profesional, correspondiente a lo señalado en requisitos específicos.
5.
Documentos que acrediten experiencia laboral, correspondiente a lo señalado en requisitos específicos.(no se consideran cotizaciones previsionales, deben ser documentos que indiquen período de inicio y término de la experiencia laboral)
6.
Documentos que acrediten cursos de especialización y/o perfeccionamiento referidos al cargo.
7.
Declaración jurada simple que acredite que cumple con los requisitos contemplados en el artículo 10° letras c), e) y f) de la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y que no se encuentra afecto a las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en los artículos 54 y 55 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N°1–19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (formato preestablecido que se adjunta en la página siguiente).
Los antecedentes solicitados en su postulación en línea, deben ser subidos en formato PDF, los que deben ser originales, o fotocopias legalizadas ante notario, o certificadas (mediante exhibición del original) por el Director de Gestión de Personas o Secretario Municipal.
III.
RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES: Desde el día 03 de septiembre 2020, hasta el 07 de septiembre de 2020, ambas fechas inclusive, vía online, a través del sitio web del municipio www.municipalidaddesantiago.cl, ingresando a concursos públicos.
Una vez cerrado el plazo de recepción de antecedentes, no se podrá recibir nuevas postulaciones ni incorporar nuevos documentos a lo presentado, como tampoco se aceptarán postulaciones por medios distintos al establecido. Las personas que presenten alguna discapacidad, que genere impedimento o dificultad para el desarrollo de la entrevista personal, deben indicarlo en su Curriculum Vitae para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos los postulantes que se presenten a este Concurso. IV.
ENTREVISTA PERSONAL: Considera sólo a las personas que obtengan un puntaje mínimo de 30 puntos sumado entre los factores de estudio y experiencia laboral considerados en las bases, la que se realizará en la oficina del Administrador Municipal a partir del día 15 de septiembre de 2020.
V.
RESOLUCIÓN DEL CONCURSO: A partir del día 13 de octubre de 2020, lo que se comunicará a cada postulante al correo electrónico indicado en su postulación. En caso de modificación de alguna de las fechas señaladas en estas bases, se comunicará a través del señalado correo.
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE Por la presente, yo ___________________________________________________________, RUN N° ___________________, domiciliado (a) en _____________________________________, comuna de ____________________, declaro bajo juramento, para los efectos provistos en el Artículo 10° de la Ley Nº18.883 de 1989, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y DFL 119653, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que: Tengo salud compatible con el cargo. No he cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria; no estoy inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos y no he sido condenado o procesado por crimen o simple delito. No tengo vigente, o a través de terceros, contratos o cauciones ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, con la Municipalidad de Santiago, como tampoco litigios pendientes que en todo caso pudieran no referirse al ejercicio de derechos propios, de mi cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. No formo parte del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, que tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, o litigios pendientes con la Municipalidad de Santiago. No soy cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos de la Municipalidad de Santiago, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive. Además, señalo que no me encuentro afecto a ninguna de las causales de inhabilidad previstas en los artículos 54º a 56° del DFL N° 1 – 19.653, del 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado., ni las establecidas en los artículos 83° y 84° de la Ley Nº18.883, para el cargo al cual postulo. SANTIAGO,
FIRMA DE EL (LA) DECLARANTE ACLARACION DE PARENTESCOS: Parientes hasta el tercer grado de consanguinidad: Además de los hijos y adoptados, los Padres en un grado, los abuelos, hermanos y nietos en dos grados, los tíos y sobrinos en tres grados. Parientes por afinidad; Es el que se produce en relación con los parientes consanguíneos del cónyuge funcionario. De esta manera, los suegros del funcionario y los hijos del cónyuge de otro matrimonio son parientes en un grado; los abuelos y nietos del cónyuge y los cuñados del funcionario en dos grados.
SISTEMA DE EVALUACIÓN – CONCURSO PÚBLICO Se evaluarán los antecedentes de todos los postulantes que cumplan los requisitos especificados en el llamado a Concurso Público, vale decir: Postulación con los antecedentes respectivos, solicitado en postulación en linea.
ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS (Relacionados con el cargo)
Post título o post grado Cursos de capacitación y/o perfeccionamiento
EXPERIENCIA LABORAL (Relacionada con el cargo)
Máximo 30 puntos 10 puntos por c/u 2 puntos por c/u Máximo 20 puntos
1.- Director de Fiscalización – Director de Operaciones – Directivo Genérico
Entre más de 5 años y hasta 7 años Más de 7 años
15 puntos 20 puntos
2.- Subdirector de Aseo – Subdirector de Alumbrado Público – Subdirector de Administración de Personas Entre 3 años y hasta 5 años 15 puntos Más de 5 años 20 puntos 3.- Secretarios Abogados (experiencia en materias de Policía Local) Hasta 1 año Más de 1 año y hasta 3 años Más de 3 años y hasta 5 años Más de 5 años
5 puntos 10 puntos 15 puntos 20 puntos
IMPORTANTE: Se considerará como postulante idóneo sólo a las personas que obtengan un puntaje mínimo de 30 puntos, sumado los factores de estudio y experiencia laboral.
ENTREVISTA PERSONAL
Máximo 50 puntos
Cada integrante de la Comisión de Concurso asignará puntaje a los postulantes en forma individual, con una escala de 1 a 50 puntos, donde evaluará: personalidad, conocimientos de la labor a realizar, liderazgo y capacidad de trabajo en equipo. Posteriormente, se promediarán los puntajes de manera de obtener el puntaje final de la entrevista.
RESULTADO Finalmente, se sumarán los puntajes por concepto de Estudios, Experiencia laboral y Entrevista Personal, para confeccionar un ranking de mayor a menor puntaje, a partir del cual, se elaborarán las ternas que serán puestas a consideración del señor Alcalde de Santiago.