Convivencia

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PLAN DE CONVIVENCIA.

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GUIÓN: GUIÓN: _____________________________________ 2 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBJETIVOS __________ 5 2. PRINCIPIOS GENERALES ______________________ 9 3. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO ______ 9 3.1.-ORGANIZACIÓN HORARIA ____________________ 9 3.2.- ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS Y RECURSOS. _____ 10 A) Descripción de espacios ___________________________ 10 B) Descripción de recursos ___________________________ 11 C) Uso de espacios y recursos ________________________ 11

3.3 ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS. ___ 18 A) Órganos de gobierno _____________________________ 18 B) Órganos de Coordinación Pedagógica _______________ 29

4.- ORGANIZACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ___________________________ 45 4. 1. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ___________________________ 45 A) El profesorado __________________________________ 45 B) Los alumnos ____________________________________ 54

C ) Las familias ________________________________ 62 D) El personal de administración y servicios ________ 64 a) Competencias personal de administración ___________ 65 b) Competencias de los ordenanzas ___________________ 66 c) Competencias del personal de limpieza ______________ 67

5. ACTUACIONES EDUCATIVAS Y PREVENTIVAS A DESARROLLAR DESDE LOS DISTINTOS SECTORES _________ 68 5.1 DESDE EL PROFESORADO ____________________ 68 5.2 DESDE LOS TUTORES ________________________ 70 5.3 DESDE ELALUMNADO ________________________ 72 2


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5.4 DESDE LA FAMILIA __________________________ 73 5.5 DESDE LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS _______ 73 5.6 DESDE EL EQUIPO DIRECTIVO _________________ 74 5.7 DESDE EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN ____ 74 5.8 DESDE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA__________ 74 5.9 DESDE LOS EQUIPOS DE MEDIACIÓN. EL MEDIADOR DEL CENTRO _________________________________________ 75

6. RÉGIMEN DE NORMATIVA SOBRE ACTUACIÓN ESPECÍFICA EN EL CAMPO DE LA CONVIVENCIA. _________ 79 6.1 NORMAS DE CONVIVENCIA DE CARÁCTER GENERAL 79 6.2 NORMAS DE CONVIVENCIA SOBRE FALTAS DE ASISTENCIA A CLASE / FALTAS DE ASISTENCIA EN LOS PRIMEROS PERIODOS DE LA JORNADA LECTIVA / FALTA DE PUNTUALIDAD 81 6.3 ACTUACIONES CORRECTIVAS ANTE FALTAS DE ASISTENCIA A CLASE / FALTAS DE ASISTENCIA EN LOS PRIMEROS PERIODOS DE LA JORNADA LECTIVA / FALTA DE PUNTUALIDAD ANTE FALTAS DE ASISTENCIA. ___________________________ 82 6.4 NORMAS DE CONVIVENCIA SOBRE EVALUACIÓN / PROMOCIÓN Y TITULACIÓN ____________________________ 84 6.5 NORMAS DE CONVIVENCIA SOBRE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y VIAJE FIN DE CURSO __________________ 85 6.6 CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (FALTAS LEVES): __________________________ 90 6.7 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALEAS PARA LA CONVIVENCIA (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES) ___________ 91 6.8 PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCI) _____________ 92 6.9 PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN DE CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES A LAS NORMAS DE CONVIVENCI A. ___________________________________________________ 94 3


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6.10 RECLAMACIONES __________________________ 97 6.11 MEDIDAS EXTRAORDINARIAS ANTE CASOS DE EXTREMA GRAVEDAD _________________________________ 97

7. MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA _____________________________ 97 7.1. MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA ________________________________ 98

8. ANEXOS: ________________________________ 100

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1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBJETIVOS El presente plan será de aplicación al IESO. ”Juan Patiño Torres”, un centro educativo público dependiente de la Conserjería de Educación y Cultura de Castilla La Mancha, situado en el municipio de Miguel Esteban de la provincia de Toledo, con razón social Avenida Europa, 3. La descripción y las características del IESO están explicitadas, detalladamente, en su Proyecto Educativo de Centro, y para un conocimiento exhaustivo y detallado de éste podemos remitirnos al mismo, ya que en él se abordan elementos como: creación, sede, denominación, señas de identidad, actuaciones, las relaciones con otras entidades e instituciones... Concretar para el campo que estamos abordando, que se trata de un IESO en el que se imparte los dos ciclos de Educación Secundaria, a los que incorpora alumnado de integración con profesorado especializado y alumnos inmigrantes, hay grupos de Diversificación (uno de 1º y otro de 2º). En su oferta educativa también figura el programa de Garantía Social (Servicios Auxiliares de Oficina) y el Programa Bilingüe inglés. Todo ello hace que las edades de nuestros alumnos matriculados estén comprendidas entre los 12 y los 21 años. Evidentemente estas diferencias de edad hacen que los comportamientos y el trato sean muy diversos, y el tema de la convivencia muy variado y complejo a la hora de abordarlo. Basándonos en el contexto y ámbito de aplicación, en nuestro Plan de Convivencia se va a explicitar: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 5

Objetivos Principios generales. La estructura organizativa del centro. La organización de la participación de los órganos y miembros de la Comunidad Educativa Las actuaciones a desarrollar desde los distintos sectores. Régimen de normativa sobre tipificación de conductas y actuación específica sobre las mismas. Proceso de evaluación y modificación del Plan de Convivencia


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La finalidad principal de nuestro Plan de Convivencia es promover y mejorar la convivencia en el Instituto, para ello se proponen los siguientes objetivos: 1. Prevenir los conflictos entre los distintos sectores de la Comunidad Educativa. 2. Mejorar las relaciones entre todos los miembros de la Comunidad Educativa, implicándolos en todas las actividades encaminadas a facilitar la convivencia en el centro. 3. Conseguir la integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, edad, creencia o religión. 4. Desarrollar una coordinación adecuada entre el equipo docente para que se pueda dar una buena convivencia en el aula. Ésta deberá establecerse sobre lo esencial, marcando una actuación coherente y una misma línea de trabajo. Se determinará cuáles son los objetivos básicos a conseguir con ese grupo-clase, en cuanto a normas de convivencia. 5. Fomentar la acción tutorial como instrumento para desarrollar la convivencia. A través de ella, el profesorado puede: disponer dinámicas de mediación y consolidación del grupoclase, aportar información al profesorado y a las familias, desarrollar actitudes de comunicación, intercambio y conocimiento mutuo, de habilidades sociales, de formas de reconocerse a sí mismos con sus emociones y comportamientos así como de expresar sus opiniones. 6. Priorizar la educación en valores de entre los demás contenidos del currículo, asignándoles espacios y tiempos específicos. 7. Fomentar la existencia de actividades, espacios y tiempos comunes para abordar la convivencia entre el alumnado. 8. Prever una atención específica al alumnado que, por diversas causas, presente comportamientos que alteren la convivencia en el centro y la de aquel otro alumnado que padece sus consecuencias. 9. Fomentar la implicación de las familias, tanto en la transmisión de valores a sus hijos que favorezcan la convivencia en la familia, en el centro y en la sociedad, como 6


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en su participación en las actividades del centro y en la colaboración con los profesores en la tarea educativa. 10. Colaborar con la AMPA y otras entidades externas del centro, que organizan actividades dirigidas a la formación integral de los alumnos del centro. El marco legal en el que se basa este Plan de Convivencia comprende: a) Normativa genérica: Constitución española de 1978, Art. 27. Ley Orgánica (LOE) 2/2006, de 5 de mayo de Educación. Decreto 2/2008, de 8 de enero, de la Convivencia Escolar en Castilla – La Mancha. b) Normativa de organización de centros: • • •

Real Decreto 83/1996 de 26 de Enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria (B. O. E de 21 de febrero). • Orden de 8-4-2002 por la que se establece el Reglamento Provisional de los Institutos de Educación Secundaria Obligatoria (D. O. C. M. de 8 de mayo). • Orden 25 de Mayo de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se dictan las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria, en la Comunidad de Castilla La Mancha. • Resolución de 4 de abril de 2006, de la Dirección General de Ordenación Académica, por la que se dictan instrucciones en relación con situaciones de acoso escolar en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares. • Orden Ministerial que regula el uso por los Ayuntamientos y otras entidades de las instalaciones de Escuelas Públicas, Centros de E. Especial e Institutos de Secundaria dependientes del MEC (BOE 20-7-95). c) Normas de personal de enseñanza: •

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Ley de Funcionarios


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Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo (BOE 27-11) • Real Decreto 33/1986 de 10 de Enero, Régimen disciplinario de los Funcionarios: derechos y deberes de los profesores (B.O.E 17 de enero). d) Normas para el alumnado: •

Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo por el que se establecen los Derechos y Deberes de los alumnos/as y las normas de convivencia de los Centros (B.O.E de 2 de junio) • Orden de 28 de marzo de 1995, sobre procedimientos que garanticen el derecho del alumnado de la E.S.O a ser evaluados conforme a criterios objetivos (BOE 20 de septiembre). e) Normas de participación y asociación en comunidad educativa: •

Real Decreto 1533/1986 que regula las asociaciones de padres y madres de alumnos (BOE 29-7-1986) • Real Decreto 1532/1986 que regula las asociaciones del alumnado (BOE 5-3 1996). f) Varios: •

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Orden Ministerial de 7-11-89, sobre prohibición de venta de tabaco y bebidas alcohólicas. Real Decreto 162/98, sobre prohibición de uso de tabaco ( BOE 11-3-88) Orden Ministerial 13-11-84 sobre el plan de evaluación de Centros. ( BOE 17-11-84) Plan para la promoción y mejora de la Convivencia Escolar. Ministerio de Educación y Ciencia y Organizaciones Sindicales firmantes. Madrid, 23 de marzo de 2006. Acuerdo por la Convivencia en los Centros Escolares de Castilla La Mancha, 31 de agosto de 2006. Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.


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2. PRINCIPIOS GENERALES Nuestro Plan de Convivencia se apoya en los siguientes principios generales, recogidos y explicitados en el Proyecto educativo: 1.

2.

3.

4.

5. 6.

7. 8.

El derecho de todos los españoles a recibir una educación digna, de calidad y gratuita dentro del marco que dicta la Constitución Española. El logro, con la colaboración de todos los sectores de la Comunidad Educativa, de un marco de convivencia y auto responsabilidad que haga prácticamente innecesaria la adopción de medidas disciplinarias El desarrollo de la educación dentro del marco de la tolerancia y respeto a la libertad de las personas y a sus convicciones morales y políticas. El derecho de todos los miembros de la comunidad escolar a intervenir en el control y la gestión del Instituto a través de sus representantes elegidos libremente. El derecho de todos a expresar sus pensamientos, ideas u opiniones en un clima de mutuo respeto. La regulación de los principales derechos y deberes de los principales protagonistas de la Comunidad Educativa que permita conseguir con la mayor plenitud los objetivos educativos del Centro. La práctica de medidas preventivas La aplicación de la mediación escolar como recurso para la resolución de conflictos

3. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO 3.1.-ORGANIZACIÓN HORARIA El horario lectivo del instituto es de lunes a viernes de 8.15 a 13.55 horas. Las clases se desarrollan en períodos de 55 minutos y cada grupo de alumnos/as tiene 6 diarios. Existe un séptimo periodo, desde las 13,55 a 9


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las 14,55 horas, destinado al refuerzo del alumnado que participa en el programa de sección europea. A lo largo de la jornada se realiza un descanso o recreo de 20 minutos, desde las 10.55 a las 11.15 horas. 3.2.- ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS Y RECURSOS.

A) Descripción de espacios El edificio del centro de una sola planta, está anexo a un pabellón polideportivo - propiedad del Ayuntamiento- que se utiliza para el desarrollo de las clases de Educación Física y puntualmente para el desarrollo actividades extraescolares y complementarias. Dicho centro consta de tres patios interiores: uno de mayores dimensiones a la entrada del centro y otro, de menor tamaño entre dos pasillos de aulas. Entre el edificio del centro y el pabellón deportivo está situado el patio de recreo. Las instalaciones y espacios de que dispone el Centro son los siguientes: a) Aulas de Grupo: -Primer pasillo: cuatro aulas. -Segundo pasillo: cuatro aulas. -Tercer pasillo: cuatro aulas. b) Aulas materia: -Un laboratorio de ciencias -Dos aulas de Informática. -Un aula de Educación Plástica y Visual. -Dos espacios-talleres de Tecnología. -El aula TDIC (Althia) -Un pequeño salón de actos que se utiliza como Aula de Música o Aula de Exámenes -Un aula de apoyo. c) Dependencias comunes: -Cuatros departamentos: de Ciencias; Lenguas Extranjeras; Sociolingüístico, Música y E. Física, -Una biblioteca. -Dos aulas de diversificación. -Un aula de Garantía Social. 10


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-Una biblioteca d) Espacios para profesores y personal laboral: -Una sala de profesores. -Una sala de visitas de padres. -Una sala de reuniones del AMPA. -Un despacho del Orientador. -Un despacho de administración. -Un despacho de Dirección. -Un despacho de Jefatura de Estudios. -Un despacho de Secretaría. Un espacio de Conserjería. e) Otras dependencias: -6 cuartos de baños para alumnos, al final de cada pasillo de los aularios. -2 cuartos de baños de profesores. -2 cuartos de baños en el ala administrativa. -Un almacén para los utensilios de limpieza.

B) Descripción de recursos

A nivel general, el Centro cuenta con recursos materiales ajustados a las necesidades de las actividades que se realizan. Estos recursos son adquiridos en su mayor parte por la vía presupuestaria. Aunque, actualmente, existen nuevas demandas, especialmente hacia el uso de materiales relacionados con las nuevas tecnologías, que el centro está intentando cubrir.

C) Uso de espacios y recursos

Las aulas-grupo

Las aulas-grupo poseen acceso directo, pero también tienen llave, para que puedan cerrarse cuando el grupo se encuentre ausente, y están dotadas del mobiliario básico para su correcto aprovechamiento (mesas y sillas de alumnos y de profesor, pizarras, papelera, armarios, tablones de anuncios…). Cuentan con luz, ventilación y calefacción adecuadas. El cuidado y la conservación de los materiales de cada aula corresponde en cada momento al profesor y grupo de alumnos que hagan uso de la misma en ese especio de tiempo y cualquier desperfecto que se produzca será reflejado en el parte del día, siendo responsable de la 11


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restauración del desperfecto por mal uso, la persona que lo ocasione, debiendo reponer o pagar el daño realizado, según tarifas vigentes, además será sancionado por su conducta, según recoge el presente Plan de Convivencia. En todas las puertas de las aulas existirá un cuadrante del horario del grupo correspondiente, no pudiendo ser utilizada dicha aula por ningún otro grupo en periodos libres, salvo orden de la Jefatura de estudios, apoyada en cuestiones organizativas del centro.

◊ Aulas y espacios materias-específicos: aula de plástica, aula de música, talleres de tecnología, aulas de informática, laboratorio, pabellón. La utilización de estos espacios, y recursos debe ajustarse al fin con el que fueron concebidos. Estas aulas y espacios específicos permanecerán cerradas, salvo cuando se estén utilizando con fines docentes. Cada profesor, que imparta la materia velará por su buen uso y dispondrá de una llave para su utilización, si lo hace asiduamente. Estas aulas e instalaciones específicas no deben utilizarse sin la presencia de un profesor. Cuando éste falte, el profesor de guardia y los alumnos utilizarán el aula convencional, siempre que ello sea posible. Los profesores que, por necesidades del Centro o por hechos puntuales, deberán utilizar algunos de estos espacios podrán hacerlo previo conocimiento del Jefe del Departamento al que se esté adscrito el aula específica. La llave se les facilitará en Conserjería. Los alumnos respetarán todo el material específico de estas aulas o espacios, haciéndose responsables del correcto uso del mismo. El profesor responsable articulará las medidas necesarias para controlar que todo el material se encuentre en perfecto estado y disposición del alumnado. Es, pues, muy importante que cualquier anomalía que se detecte se comunique inmediatamente a este profesor.

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Aula Althia


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Para el uso del aula Althia existen normas de funcionamiento y uso especifico (según modelo Anexo I ) que todos los usuarios de la misma deben conocer y cumplir. Todos los profesores que vayan a hacer uso de la dependencia deben reflejarlo con anterioridad en el cuadrante que existe, para tal fin. Al finalizar las tareas en la sala cada alumno y profesor firmarán en sus cuadrantes correspondientes y se reflejará cualquier desperfecto o incidencia detectada en cualquier elemento de la sala.

Biblioteca ⇒ normas generales y préstamos.

1.

Todos los miembros de la comunidad educativa son responsables del uso y cuidado del material (libros de texto, CDs, DVDs, vídeos, etc.) que forma parte de la biblioteca del centro. 2. El material que no esté en préstamo deberá permanecer en el lugar establecido, es decir, en las estanterías de la biblioteca. 3. Para poder sacar el material es imprescindible presentar el carné de la biblioteca. 4. Sólo se prestará: 5. un libro por alumno y día. 6. dos libros por profesor y día. 7. 1 CD o DVD por alumno y día. 8. 2 CDs o DVDs por profesor y día 9. obras de consulta para clase diaria (libro de registro donde se anotará quién lo utiliza responsable profesor de guardia de biblioteca). 10. El plazo de préstamo será de siete días para libros y de cuatro para audiovisuales. Aquel que se exceda en el préstamo un día tendrá una sanción de tres (esta sanción será acumulativa). Si no se ha devuelto en un plazo de 10 días se notificará por carta, pasados los 20 días se exigirá el pago del mismo. 11. El material se podrá renovar (hasta un máximo de dos veces consecutivas) siempre y cuando no esté en espera otro usuario. 13


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12. Como excepción, en el caso de los periodos vacacionales, si ha excedido los diez días el material prestado será devuelto el primer día de la vuelta a clase. 13. El préstamo y la devolución de libros se realizará en los recreos. 14. El material de sólo consulta no se podrá sacar de la biblioteca (revistas, periódicos) o del centro (diccionarios, enciclopedias, etc.), a no ser que los responsables de la misma lo autoricen. 15. Se ha de devolver el material prestado en perfecto estado, ante el desperfecto o tara del material será pagado de inmediato por el usuario. 16. encargados de la biblioteca. 17. Los encargados de los préstamos serán los responsables de biblioteca. 18. Se nombrarán a principio de curso. 19. A lo largo del curso se podrá completar la biblioteca con más materiales. 20. normas de comportamiento en la biblioteca. 21. En la biblioteca se está en completo silencio, si algún usuario no respeta esta norma será expulsada de la misma y será sancionado durante diez días (no podrá entrar a la biblioteca). Si esto ocurre por segunda vez no podrá hacer uso de la misma durante un mes y se le retirará el carné. 22. No se come ni se bebe. 23. Las sillas y las mesas deben quedar igual que estaban una vez utilizada la sala. 24. El aforo de la biblioteca queda limitado al número de plazas a ocupar. 25. Todos los libros consultados durante los periodos se deberán dejar en la zona habilitada para ello. 26. La sustracción o robo de cualquier material de la biblioteca conlleva sanción según las normas de convivencia del centro. 27. Habrá una hoja de incidencias y un buzón de sugerencias. 28. Normas de uso del ordenador y de la impresora de la biblioteca. 29. La impresora será sólo de uso para la biblioteca. 14


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30. No se incorporarán programas al ordenador principal de la biblioteca salvo consentimiento de los responsables.

Sala de profesores

Dispone de armarios, mesas, sillas, tres ordenadores… para el trabajo del profesorado. A veces se usa para las reuniones de los diferentes órganos colegiados de la comunidad educativa: reuniones de departamento, claustros, consejos escolares… Se cuidara el oportuno orden y cuidado, respetando en todo momento la posibilidad de trabajo de todo el conjunto del profesorado.

Departamentos didácticos

Situados en la zona central del instituto son pequeños espacios que cuentan con armarios, mesas y sillas pero que debido a sus escasas dimensiones resultan poco acogedores para reuniones y se utilizan básicamente para el almacenaje de recursos didácticos (libros, dispositivas, mapas, calculadoras,…) y otros materiales. El Jefe del departamento será el encargado del control y correcto uso de estos recursos y realizará al inicio y al final del curso un inventario de todo el material e informará al secretario de posibles desperfectos, adquisiciones, pérdidas o necesidades.

Aulas de diversificación

El uso prioritario de las mismas aparece delimitado desde comienzo de curso por parte de la Jefatura de Estudios, marcado especialmente por las materias específicas de los dos grupos de diversificación. El uso durante el resto del horario libre se controlará con unos cuadrantes de ocupación de espacios, que se colocarán en la sala de profesores, en los que se reflejará la hora, grupo y materia que se impartirán en dichas dependencias. Ello debe ser respetado para evitar coincidencias y grupos.

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El servicio de secretaría

La secretaría del centro, situada en el ala administrativa tiene un único acceso, funciona en horario escolar. Durante dicho periodo se pueden pedir certificaciones y cuantos papeles oficiales pueda expedir este servicio. El servicio funcionará según las normas que hay establecidas en documentos oficiales que marcan las pautas al respecto.

Conserjería

En ella se ubica la centralita telefónica desde donde se canalizan todas las llamadas del centro y dispone de servicios de reprografía así como materiales elementales: tizas, papel, grapadora, tijeras, pegamento…y los cajetines con todas las llaves del centro. El control y uso de estos materiales corresponde a los ordenanzas del centro, que serán los responsables de registrar el uso del servicio de fotocopias para su posterior registro y examen por parte del secretario del centro. -La fotocopiadora constituye otro servicio del que puede beneficiarse la comunidad escolar, siendo necesaria la observación de las siguientes reglas: 1.

2.

3. 4. 5.

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El personal especializado deberá ser el único que use la fotocopiadora y la multicopista. Los profesores encargarán las fotocopias necesarias a dicho personal. Para facilitar la labor de los conserjes es recomendable que los profesores entreguen lo que se prevea fotocopiar con una antelación de al menos 24 horas. El original irá acompañado de una nota en la que conste el número de copias y el departamento al que pertenece Los encargados de la reprografía velarán porque no se extravíen los documentos que deban fotocopiarse. Para ahorrar papel, se procurará fotocopiar los documentos, a petición de los interesados, por las dos caras. Los alumnos podrán solicitar el servicio de reprografía, siguiendo las instrucciones del personal que lo maneja exclusivamente en la hora de los recreos. Los alumnos no podrán encargar fotocopias en los cambios de clase. El precio por unidad será el estipulado por el órgano correspondiente Los miembros del profesorado deberán también abonar el


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mismo precio en el caso de que hagan fotocopias de carácter privado. 6. Para el control del papel, los miembros de la conserjería llevará un registro en el que se indiquen la persona que solicita el servicio y el número de fotocopias realizadas. Los ordenanzas tomarán nota de todos estos datos e informarán al secretario que llevará un control de todo ello. -Las llamadas telefónicas particulares se efectúan desde el teléfono público del centro. Las llamadas oficiales, cuyo coste correrá a cargo del presupuesto del centro, se efectuarán desde la sala de profesores o sala de visita de padres, nunca desde la centralita con el fin de evitar la entrada de llamadas. Los tutores utilizarán preferentemente el teléfono situado en la sala de visita de padres. De acuerdo con la normativa sobre órganos de gobierno de los centros públicos, corresponderá a la Secretaría formular el inventario general del centro y mantenerlo actualizado, para lo cual contará con la colaboración de los Jefes de Departamento, que le aportarán un inventario, al inicio y final de curso, de todo el material y enseres pertenecientes a cada departamento. -Botiquín. En el Centro hay varios botiquines de primeros auxilios, uno en conserjería y otro en el pabellón deportivo, para atender pequeños accidentes o molestias ocasionales. Si se produjera una lesión o accidente de carácter grave, el profesor, bajo cuya custodia se encuentre el alumno en ese momento, lo pondrá en conocimiento inmediato de los profesores de guardia, con el fin de avisar a los padres o tutores y, en caso de que se considere necesario, llamar a los servicios de asistencia médica de manera urgente. En ningún caso el personal del Centro trasladará voluntariamente a un alumno, sacándolo del recinto escolar.

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3.3 ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS.

A) Órganos de gobierno

Colegiados ⇒ El Consejo Escolar

El Consejo Escolar es el órgano de participación de todos los sectores de la Comunidad Educativa, regulado en la Sección 1ª del Capítulo II del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. El Consejo Escolar está compuesto por los siguientes miembros: 1. 2. 3. 4.

5. 6. 7. 8.

La Dirección del Instituto, que será su presidente. La Jefatura de Estudios. Cinco profesores elegidos por el Claustro. Tres representantes de los padres de alumnos, uno de los cuales ha sido designado por la asociación de padres de alumnos, legalmente constituida. Dos representantes de los alumnos. Un representante del personal de administración y servicios. Un concejal o representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el Instituto. La Secretaría del Instituto que actuará como secretario del Consejo Escolar, con voz, pero sin voto.

Para lograr sus fines el Consejo Escolar, tendrá las siguientes reuniones durante el curso: Deberá reunirse cuantas veces sean necesarias para el buen funcionamiento del centro, a instancias del presidente o siempre que lo solicite, al menos, un tercio de los consejeros. Estas reuniones habrán de celebrarse en días y horas que permitan la asistencia de todos sus componentes, salvo en circunstancias urgentes o excepcionales. La Dirección realizará la convocatoria con una semana de antelación (salvo en asuntos urgentes, que será con cuarenta y ocho horas). La convocatoria incluirá, además del orden del día, la documentación relativa a los temas que vayan a ser objeto de análisis o de 18


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aprobación. Cuando la extensión de los documentos o el procedimiento lo aconsejen los documentos completos permanecerán disponibles en Secretaría. Cada sesión comenzará con la lectura y las alegaciones al acta, si las hubiera, y la aprobación de la misma. Para garantizar la agilidad, el respeto democrático a la opinión ajena y la participación de todos los consejeros, el uso de la palabra se sujetará a las siguientes normas: 1. 2. 3. 4.

Se evitarán los turnos de palabra repetitivos, las digresiones y las cuestiones marginales. En caso de estimarlo oportuno, los consejeros podrán entregar por escrito el contenido de sus intervenciones. En todo caso, los consejeros pueden hacer uso del turno de réplica y de la intervención por alusiones. En el contexto de respeto a las normas de convivencia y a la opinión ajena, las actitudes y el uso de la palabra en las reuniones del Consejo Escolar han de caracterizarse por la cortesía y las buenas formas.

El Consejo Escolar tendrá las siguientes atribuciones: 1.

2.

3. 4.

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Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la Ley Orgánica de Educación. Establecer las directrices para la elaboración del Proyecto Educativo, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el Claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje. Aprobar el presente Plan de Convivencia. Conocer los conflictos y las correcciones, con finalidad pedagógica, que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro, de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos.


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8. 9.

10.

11. 12.

13. 14. 15.

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Aprobar el proyecto de presupuesto del Instituto y la ejecución del mismo. Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento del Instituto, y vigilar su conservación. Aprobar y evaluar la programación general del Instituto, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al Claustro. Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias. Fijar las directrices para la colaboración del Instituto, con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y organismos. Analizar y evaluar el funcionamiento general del Instituto, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe que se incluirá en la Memoria Anual. Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del Instituto. Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Instituto realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo. Informar y aprobar la Memoria Anual sobre las actividades y situación general del Instituto. Conocer las relaciones del Instituto con las instituciones de su entorno y con los centros de trabajo. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la administración educativa y la normativa vigente.

En aquellos asuntos que requieran procedimientos de tomas de decisiones se tendrá en cuenta las votaciones, éstas se llevarán a cabo, según la normativa, en los siguientes casos: 1. 2.

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Aprobación del presupuesto y de la ejecución del mismo, que se realizará por mayoría absoluta. Aprobación del Proyecto Educativo de Centro y del Plan de Convivencia, así como sus modificaciones, que se realizará por mayoría de dos tercios.


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En las situaciones de empate, decidirá el voto de calidad del presidente. Las votaciones se realizarán a mano alzada, excepto en los casos en que sea exigible el voto secreto o cuando lo solicite algún consejero. La Dirección y la Jefatura de Estudios, por ser miembros del Consejo en su calidad de representantes de la Administración, no podrán abstenerse, aunque sí votar en blanco. Dentro del Consejo Escolar se crearán las comisiones temporales que puedan determinarse para algún motivo específico. Se constituirán, asimismo, dos comisiones permanentes: la Comisión de Convivencia y la Comisión Económica. Ambas quedarán formalizadas en la sesión constitutiva del Consejo Escolar. El Consejo podrá delegar en las comisiones creadas las competencias que estime convenientes. a) La Comisión de Convivencia Tendrá la siguiente composición: 1. 2. 3. 4.

La Dirección del Instituto, que será su presidente. La Jefatura de Estudios. Un profesor titular y otro suplente Un alumno titular y otro suplente Sus competencias se concretan en: • • •

• •

• • •

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Velar por el correcto ejercicio de los derechos y los deberes de los alumnos. Fomentar la convivencia entre todos los miembros de la comunidad escolar. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de esta comunidad para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia. Mediar en los conflictos planteados y resolverlos. Asesorar, siempre que se solicite su consejo, en la imposición de correcciones a los alumnos por conductas contrarias a la convivencia. Velar para que estas correcciones tengan una finalidad educativa y se basen en criterios objetivos. Asesorar a la Dirección en la incoación de sanciones. Estudiar con urgencia los problemas que pudieran producirse, así como velar por el cumplimiento de este reglamento.


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Valorar medidas correctoras o sancionadoras, por delegación del Consejo Escolar, en los supuestos y términos por éste establecidos, a la luz de lo dispuesto en las bases legales.

La Comisión de Convivencia dispondrá de los medios necesarios para desarrollar su labor y resolver cualquier conflicto que surja en el centro. Se reunirá, convocada por el Director, o a instancias de algún otro miembro que lo solicite, cada vez que sea necesario, por temas disciplinarios. Las conclusiones que se deriven de cada reunión de la Comisión de Convivencia, constarán en acta y serán informadas al Consejo Escolar. La Comisión de Convivencia garantizará la coherencia entre la aplicación de la norma o consecuencia ante un conflicto determinando y la finalidad eminentemente educativa de la misma. b) La Comisión Económica Estará formada por los siguientes miembros del Consejo Escolar: 1. 2. 3. 4. 5.

La Dirección, que actuará de presidente. El Secretario. Un representante de los profesores, perteneciente al Consejo Escolar. Un representante de los padres, perteneciente al Consejo Escolar. Un representante de los alumnos, perteneciente al Consejo Escolar.

Su función será, en general, agilizar el funcionamiento de las reuniones del Consejo Escolar en los asuntos económicos y de actividades extraescolares que requieran un análisis previo, dentro de lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. La elección y/o renovación del Consejo Escolar, así como sus procedimientos, se hará conforme a la normativa vigente. ⇒ El Claustro de profesores El Claustro, órgano propio de participación de los profesores en el Instituto, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos educativos del mismo. 22


PLAN DE CONVIVENCIA.

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El Claustro será presidido por el Dirección y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicios en el Instituto. Para la consecución de los objetivos de planificación, coordinación, decisión e información se reunirá: 1. 2. 3.

Una vez al principio y otra vez al final del curso lectivo. Una vez por trimestre. Siempre que lo convoque la Dirección o lo solicite una tercera parte de sus miembros. Todos los profesores tienen el deber de asistir para que las competencias asignadas al mismo sean una realidad que redunde en los aspectos educativos del centro. Se entregará la convocatoria con el orden del día a los miembros del profesorado con una antelación de al menos cuarenta y ocho horas. También se hará pública en el tablón de anuncios de la sala de profesores el acta de la sesión anterior para que pueda ser leída. El Claustro empezará con las alegaciones al acta de la sesión anterior, si las hubiera y seguidamente con el orden del día. Todos miembros del Claustro podrán intervenir previa petición de palabra. Cualquier miembro del profesorado podrá entregar por escrito a la Jefatura de Secretaria su intervención siempre que quiera que conste en el acta de forma literal. El respeto al Claustro como órgano por excelencia de participación de los profesores exige que sus miembros mantengan actitudes de cortesía y buenas formas durante el desarrollo de sus sesiones. Las votaciones se realizarán a mano alzada, excepto cuando el voto secreto sea exigido por algún miembro del Claustro. El Claustro tendrá todas las competencias que le reconoce la ley en el Reglamento orgánico de los Institutos, artículo 24, y en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, Título II, capítulo II. Entre las principales competencias del Claustro de profesores hay que destacar: 1.

23

Formular propuestas al Equipo Directivo para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y del Plan Anual del mismo.


PLAN DE CONVIVENCIA.

2.

3.

4. 5. 6. 7. 8.

9. 10. 11.

12. 13. 14.

15. 16.

◊ 24

IESO “Juan Patiño Torres”. Miguel Esteban

Establecer criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos, conforme al Proyecto Educativo del Centro. Aprobar los aspectos docentes del Plan Anual del Centro, conforme al Proyecto Educativo del Centro e informarlo antes de su presentación al Consejo Escolar, así como de la Memoria Final de Curso. Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación educativas. Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del Centro. Conocer las candidaturas a la Dirección y los programas presentados por los candidatos. Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos y alumnas. Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración Educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo. Analizar y evaluar los aspectos docentes del Proyecto Educativo del Centro y del Plan Anual del mismo. Promover iniciativas en la formación del profesorado del Centro y elegir a su representante en el Centro de Profesores. Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración del horario general del Centro, de los horarios de los alumnos y de las alumnas y de los horarios del profesorado. Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación. Analizar y valorar la situación económica del Centro. Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del Centro a través de los resultados de las evaluaciones y de cuantos otros medios se consideren. Conocer las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno. Cualesquiera otras que le sean atribuidas en la normativa vigente.

Unipersonales


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⇒ El Equipo Directivo a) Los Órganos Unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo. Sin perjuicio de las competencias que la legislación atribuye a cada uno de los cargos directivos, para lograr la máxima eficacia y la mayor coordinación, la Dirección, la Jefatura de Estudios y el Secretario actuarán siempre en equipo. b) Asimismo, se tendrán en cuenta, a la hora de establecer su horario, estas necesidades: c) El Equipo Directivo permanecerá en el Centro durante toda la jornada lectiva, para lo cual en la elaboración de su horario se establecerá el reparto de guardias de Dirección que cubran todo el horario lectivo del Centro. d) El Equipo tiene como funciones: 1. 2.

3.

4.

5.

6. 7. 8.

25

Velar por el buen funcionamiento del centro Estudiar y presentar al Claustro y Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del centro Proponer procedimientos de evaluación de las distintas actividades y proyectos del centro y colaborar en las evaluaciones externas de su funcionamiento Proponer a la comunidad escolar actuaciones de carácter preventivo que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y mejoren la convivencia en el centro. Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinadas de las decisiones del consejo escolar u del claustro en el ámbito de sus perspectivas competencias Establecer los criterios para la elaboración del proyecto del presupuesto Elaborar la propuesta del proyecto educativo del centro, la programación general anual y la memoria final del curso Aquellas otras funciones que le sean atribuidas en la normativa vigente.


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a) Director a) Tiene atribuidas las siguientes competencias: 1.

Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes 2. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y adoptar las resoluciones disciplinarias que correspondan de acuerdo con las normas aplicables. 3. Dirigir y coordinar todas las actividades del centro hacia la consecución del proyecto educativo del mismo, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al claustro de profesores y al consejo escolar del centro. 4. Ostentar la representación del centro sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas 5. Colaborar con los órganos de la administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos del centro. 6. Proponer a la administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al claustro de profesores y al consejo escolar del centro. 7. Impulsar la colaboración con las familias con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno. 8. Fomentar un clima escolar integral que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos. 9. Favorecer la convivencia en el centro, resolver los conflictos e imponer todas las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos de acuerdo con las normas que establezcan las administraciones educativas y en cumplimiento de los criterios fijados en Este Plan de Convivencia. A tal fin se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros. 10. Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del consejo escolar y del claustro de profesores del centro u ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias 26


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11. Realizar las contrataciones de obras servicios y suministros así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro todo ello de acuerdo con lo que establezcan las administraciones educativas 12. Promover planes de mejora de la calidad del centro así como proyectos de innovación e investigación educativa 13. Impulsar procesos de evaluación interna del centro y colaborar en las evaluaciones externas. 14. Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa. Para la elección, nombramiento y cese del director, se atenderá a la normativa vigente. b) Jefatura de Estudios a) Sus funciones se concretan en: 1. 2. 3.

4.

5. 6.

7.

27

Ejercer, por delegación del director, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico. Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad. Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos, en relación con proyectos educativos, los proyectos curriculares de etapa la programación general anual y, además velar por su ejecución. Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento. Coordinar las actividades de los jefes de departamento. Coordinar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración, en su caso, del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial. Coordinar con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y recursos las actividades de perfeccionamiento del profesorado así como planificar y


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organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el instituto. 8. Organizar los actos académicos. 9. Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización y apoyando el trabajo de la junta de delegados 10. Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo 11. Favorecer la convivencia en el instituto y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan de acuerdo con las disposiciones vigentes y según lo establecido en este Plan de Convivencia. 12. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia c) Secretario a) Son competencias del secretario: 1.

2. 3. 4. 5. 6.

7.

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Ordenar el régimen administrativo del instituto, de conformidad con las directrices del director. Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del instituto, levantar el acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director Custodiar los libros y archivos del instituto Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados Realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado Custodiar y coordinar la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico Ejercer por delegación del director y bajo su autoridad la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al instituto Elaborar el anteproyecto de presupuesto del instituto


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8.

Ordenar el régimen económico del instituto de conformidad con las instrucciones del director realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes 9. Velar por el mantenimiento material del instituto en todos sus aspectos de acuerdo con las indicaciones del director 10. Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo 11. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia. b) La designación, nombramiento, sustitución y cese del jefe de estudios y del secretario se harán conforme a la normativa

B) Órganos de Coordinación Pedagógica ⇒ Departamentos Didácticos Son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas y materias asignadas al departamento. Estarán adscritos a un departamento los profesores que, aún perteneciendo a otro, impartan algún área o materia del primero. a) Departamento Socio-lingüístico En este departamento se integrará el profesorado perteneciente a las especialidades de: Ética, Lengua Castellana y Literatura, Geografía e Historia y Ámbito Sociolingüístico. b) Departamento de Lenguas Extranjeras En él se integrará el profesorado perteneciente a las especialidades de Francés e Inglés. c) Departamento de Ciencias Está integrado por el profesorado perteneciente a las especialidades de Matemáticas, Física y Química, Biología y Geología y Ámbito Científico-Tecnológico. d) Departamento de Música y Educación Física En este departamento se integrará el profesorado perteneciente a las especialidades de Música y Educación Física.

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e) Departamento de Plástica y Tecnología En él se integra el profesorado perteneciente a las especialidades de EPV, Imagen y Expresión, Tecnología y Conservación del Patrimonio. a) Las principales funciones de los Departamentos Didácticos son: 1.

Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la elaboración o modificación del Proyecto Educativo de Centro y la Programación General Anual. 2. Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración o modificación de los proyectos curriculares de etapa. 3. Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas, materias y módulos integrados en el departamento, bajo la coordinación y Dirección del jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por la comisión de coordinación pedagógica. 4. Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros. 5. Mantener actualizada la metodología didáctica. 6. Colaborar con el departamento de orientación, bajo la dirección de la Jefatura de Estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y elaborar la programación y aplicación de adaptaciones curriculares para los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de diversificación. 7. Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente. 8. Resolver las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que los alumnos formulen al departamento y dictar los informes pertinentes. 9. Elaborar, a final de curso, una Memoria en la que se evalúe el desarrollo de la programación didáctica, la práctica docente y los resultados obtenidos. 10. Proponer materias optativas dependientes del departamento, que serán impartidas por los profesores del mismo. 30


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f) Designación y competencias de las Jefaturas de departamento. a) Las Jefaturas de los departamentos didácticos serán designadas por la Dirección del Instituto, siguiendo la normativa vigente, y desempeñarán su cargo durante cuatro cursos académicos o durante el período de duración del mandato de la Dirección. b) La jefatura de departamento será desempeñada por un miembro del profesorado que pertenezca al mismo con la condición de catedrático; si en un departamento haya más de un catedrático, la jefatura del mismo será desempeñada por el catedrático que designe la Dirección. En el caso de que en algún departamento no haya ningún catedrático, o habiéndolo no estuviera habilitado para esta función por alguna razón legislada, la jefatura será desempeñada por un profesor del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, que pertenezca al mismo, designado por la Dirección, oído el departamento. c) Las funciones de la Jefatura del Departamento son, además de las establecidas en los documentos oficiales: 1.

2. 3.

4.

5.

31

Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa, coordinar la elaboración de la programación didáctica de las áreas, materias o módulos que se integran en el departamento y la Memoria final de curso, así como redactar ambas. Dirigir y coordinar las actividades académicas del departamento. Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter extraordinario, fuera preciso celebrar. En dichas reuniones deberán de revisarse mensualmente el desarrollo de la programación. Los acuerdos tomados en ellas han de recogerse en actas que deberán presentarse cada mes a la Dirección. Coordinar la elaboración y la difusión entre los alumnos de la programación, con especial referencia a los objetivos, los contenidos mínimos y los criterios de evaluación. Velar por el cumplimiento de la programación didáctica del departamento y la correcta aplicación de los criterios de evaluación.


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6.

7.

8.

9.

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Resolver las reclamaciones de final de curso que afecten a su departamento, de acuerdo con las deliberaciones de sus miembros, y elaborar los informes pertinentes. Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el equipamiento específico asignado al departamento, y velar por su mantenimiento. Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos proyectos y actividades del mismo. Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del Instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración educativa. ⇒ El Departamento de Orientación

a) La composición y las competencias del Departamento de Orientación son las que se determinan en el Reglamento Orgánico de los IESO. Esta disposición legal otorga al Departamento de Orientación una función relevante dentro de la organización general de los Centros. b) Las principales funciones del Departamento de Orientación son: 1.

2.

3.

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Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la elaboración o modificación del proyecto educativo del instituto y la programación general anual Elaborar de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica y en colaboración con los tutores las propuestas de organización de la orientación educativa, psicopedagógica, profesional y del plan de acción tutorial y elevarlas a la comisión de coordinación pedagógica para su discusión y posterior inclusión en los proyectos curriculares de etapa. Contribuir al desarrollo del de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional de los alumnos, especialmente en lo que concierne a los cambios de ciclo o etapa, y a la elección entre las distintas opciones académicas, formativas y profesionales


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4.

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Contribuir al desarrollo del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial y elevar al consejo escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso 5. Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con necesidades educativas especiales, y elevarla a la comisión de coordinación pedagógica para su discusión y posterior inclusión en los proyectos curriculares de etapa 6. Colaborar con los profesores del instituto bajo la dirección del jefe de estudios en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje y en la programación y aplicación de adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programadas de diversificación 7. Realizar la evaluación psicológica y pedagógica prevista en el artículo 13 del Real Decreto 1007/1991 de 14 de junio por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la enseñanza secundaria obligatoria 8. Asumir la docencia de los grupos de alumnos que le sean encomendados de acuerdo con las normas que se dicten al efecto u con lo previsto en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 1007/1991 de14 de junio y los artículos 5 y6 del Real Decreto 1007/1991 de 14 de junio al término de la educación secundaria obligatoria 9. Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica sobre los aspectos psicopedagógicos del proyecto curricular 10. Participar en la elaboración del consejo orientador que, sobre el futuro académico profesional del alumno ha de formularse según lo establecido en el artículo 15.2 del real decreto 1007/1991 de 14 de junio término de la educación secundaria obligatoria 11. Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros 12. Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente 33


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13. En los institutos donde se imparta formación profesional específica coordinar la orientación laboral y profesional con aquellas otras administraciones o instituciones competentes en la materia 14. Elaborar el plan de actividades del departamento y al final del curso una memoria en la que se evalúe el desarrollo del mismo 15. Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa. 16. Redactar el plan de actividades del departamento y la Memoria final de curso. 17. Dirigir y coordinar las actividades del departamento. 18. Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter extraordinario, fuera preciso celebrar. 19. Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del departamento. 20. Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el equipamiento específico asignado al departamento y velar por su mantenimiento. 21. Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos proyectos y actividades del mismo. 22. Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del Instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración educativa. 23. Velar por el cumplimiento del plan de actividades del departamento. c) Los jefes del departamento de orientación serán designados por la Dirección, según la normativa vigente, y desempeñarán su cargo durante cuatro cursos académicos o durante el tiempo de mandato de ésta. d) La jefatura del departamento de orientación será desempeñada por un miembro del profesorado perteneciente al mismo departamento, preferentemente de la especialidad de Psicología y Pedagogía, o que ostente la titularidad de una plaza de esta especialidad, al amparo del Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre. De otro modo, la jefatura será desempeñada por otro profesor/a del departamento que designe la Dirección, oído el departamento.

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e) La jefatura del departamento de orientación actuará bajo la dependencia directa de la Jefatura de Estudios y en estrecha colaboración con el Equipo Directivo. f) Además de las funciones establecidas en el Reglamento Orgánico, la Jefatura del Departamento de Orientación tendrá las siguientes funciones: 1. 2.

Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa. Redactar el plan de actividades del departamento y la Memoria final de curso. 3. Dirigir y coordinar las actividades del departamento. 4. Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter extraordinario, fuera preciso celebrar. 5. Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del departamento. 6. Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el equipamiento específico asignado al departamento y velar por su mantenimiento. 7. Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos proyectos y actividades del mismo. 8. Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del Instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración educativa. 9. Velar por el cumplimiento del plan de actividades del departamento. a) Los profesores de ámbito Los profesores de ámbito socio-lingüístico, científico-técnico y técnico de Formación Profesional tendrán las siguientes funciones: 1. 2.

3. 35

Colaborar con los Departamentos del centro y elaborar materiales para la atención a la diversidad. Diseñar las programaciones individualizadas e impartir la docencia que les sea asignada de grupos de alumnos pertenecientes a programas de diversificación curricular para los correspondientes ámbitos o materias. Impartir materias obligatorias u optativas, relacionadas con su ámbito o especialidad, con grupos ordinarios de alumnos.


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4.

Asumir la tutoría de un determinado grupo de alumnos de diversificación curricular, y coordinar el proceso de adopción de decisiones respecto a su promoción y titulación. b) Los profesores de apoyo Tendrán las siguientes funciones:

1. 2. 3.

4.

Asumir actividades docentes de apoyo para los alumnos con necesidades apoyo educativo específico. Desempeñar la tutoría de estos alumnos, cuando se considere procedente. Coordinar el proceso de toma de decisiones relativas a la elaboración y programación de adaptaciones curriculares. A tal fin, se establecerán en horario lectivo las reuniones con los profesores de área que se consideren convenientes, siempre que la organización del centro lo permita. Colaborar en la toma de decisiones sobre promoción y titulación de los alumnos con estas necesidades. ⇒ El Departamento de actividades Extraescolares y Complementarias

a) Se encargará de promover, organizar y facilitar este tipo de actividades. b) Estará integrado por el jefe/a del mismo y, para cada actividad concreta por los profesores y alumnos responsables de la misma. c) La jefatura de departamento de actividades complementarias y extraescolares será designada por la Dirección, según la normativa vigente, por un período de cuatro años o durante el período de mandato de la misma. La jefatura del departamento será desempeñada por un profesor con destino definitivo en el Instituto, a propuesta de la misma. El jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares actuará bajo la dependencia directa del jefe de estudios y en estrecha colaboración con el Equipo Directivo. d) El jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares tendrá las siguientes funciones: 1. Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa 2. Elaborar el programa anual de las actividades complementarias y extraescolares en las que recogerán las propuestas de los 36


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3. 4.

5.

6.

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departamentos, de los profesores, de los alumnos, de los padres. Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades de los departamentos Promover y coordinar las actividades culturales y deportivas en colaboración con el claustro, los departamentos, la Junta de delegados de alumnos, las asociaciones de padres y de alumnos y en su caso del equipo directivo educativo Coordinar la organización de los viajes de estudios, los intercambios escolares y cualquier tipo de viajes que se realicen con los alumnos Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades realizadas que se incluirá en la memoria del Centro. ⇒ Comisión de Coordinación Pedagógica –CCP-

a) Estará integrada al menos por el director/a que serán su presidente, el jefe/a de estudios y los jefes/as de departamento. Actuará como secretario/a el jefe de departamento de menor edad b) Tendrá las siguientes competencias: 1. 2.

3.

4. 5.

37

Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa Supervisar la elaboración y revisión así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y su posible modificación y asegurar su coherencia con el proyecto educativo del instituto Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas de los departamentos de plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial incluidos en el proyecto curricular de etapa Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa


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6.

Proponer al claustro el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del rendimiento escolar del instituto y el proceso de enseñanza 7. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo por iniciativa de los órganos de gobierno o de la administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones. c) Los jefes de departamento en reunión del mismo, informará al resto de los miembros, los puntos tratados en la Comisión Pedagógica. ⇒

Tutoría y Equipo docente de grupo.

a) Cada unidad o grupo de alumnos tendrá un profesor tutor que será designado, entre los que imparten docencia a la totalidad del grupo, por la Dirección a propuesta de la Jefatura de Estudios, oídas las solicitudes de cada miembro del Claustro y vistas las necesidades de cada departamento didáctico para completar horarios. Los profesores tutores ejercerán las siguientes funciones: 1.

2. 3. 4. 5. 6. 7.

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Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios y en colaboración con el departamento de orientación del Instituto. Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo. Organizar y presidir la Junta de Profesores y las sesiones de evaluación de su grupo. Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del Instituto. Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales. Colaborar con el Departamento de Orientación del Instituto, en los términos que establezca la Jefatura de Estudios. Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y de acción tutorial.


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8.

9. 10.

11. 12. 13.

14. 15.

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Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el Equipo Directivo en los problemas que se planteen. Coordinar las actividades complementarias para los alumnos del grupo. Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos del grupo de todo aquello que les concierna, en relación con las actividades docentes y complementarias y con el rendimiento académico. Facilitar la cooperación educativa entre los profesores/as y los padres y madres de los alumnos. Presidir la Junta de Evaluación del grupo del que es tutor y deberá levantar acta de las sesiones que realice. Cumplimentar la documentación académica individual de los alumnos a su cargo así como recoger los justificantes firmados de cuantos informes o boletines se remitan a los padres del grupo. Los tutores del primer ciclo deberán controlar el material del Programa de Gratuidad. Llevar el control de faltas y amonestaciones, comunicar en Jefatura que un alumno ha reunido el número acordado de partes para excluirlo temporalmente del Centro, recoger trabajos para estos alumnos y entrevistar de forma individual a los alumnos que lo precisen.

a) Criterios para la adscripción de tutorías Para la asignación de tutorías se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 47 de la Orden de 25.06.2007 de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Secundaria ( DOCM 6 de julio de 2007 ): El tutor será nombrado por el director a propuesta de la jefatura de estudios entre los profesores que imparten docencia al grupo de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de convivencia, organización y funcionamiento. El tutor mantendrá con las familias al menos las reuniones que establece la normativa sobre evaluación; el 39


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horario de tutorías con las familias se pondrá en conocimiento de las mismas y se expondrá en el tablón de anuncios. Con carácter supletorio la normativa vigente dispone (Orden 29 de junio de 1994): Art 13. Para la designación de los tutores se tendrá en cuenta: 1. 2.

3.

4.

5.

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Las Tutorías serán asignadas preferentemente a Profesores que impartan un área, materia común a todos los alumnos. Las Tutorías de grupos del primer ciclo de Educación secundaria obligatoria serán asignadas, preferentemente, a los Maestros que impartan clase a dichos grupos. Los tutores de los grupos de diversificación de la Educación secundaria obligatoria serán, preferentemente, profesores del departamento de orientación y se coordinarán con el resto de los tutores de sus alumnos. En la medida de lo posible se procurará la continuidad de los tutores de primer ciclo de ESO y diversificación. El horario del Profesor tutor incluirá una hora lectiva semanal para el desarrollo de las actividades de Tutoría con todo el grupo de alumnos, tanto si se trata de un grupo ordinario como de un grupo de diversificación. Esta hora figurar en el horario lectivo del Profesor y en el del correspondiente grupo de alumnos. Asimismo, deber incluir dos horas complementarias semanales para la atención a los padres, la colaboración con el Jefe de estudios, con los departamentos de orientación y actividades complementarias y extraescolares y para otras tareas relacionadas con la Tutoría. Estas horas de Tutoría se comunicarán a padres y alumnos al comienzo del curso académico. De acuerdo con lo establecido en el artículo 45.2 d) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, el Claustro de Profesores coordinar las funciones de orientación y Tutoría de los alumnos. Para facilitar esta tarea, el departamento de orientación apoyará la labor de los tutores de acuerdo con el Plan de acción tutorial y bajo la dirección del Jefe de estudios.


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El Jefe de estudios convocará las reuniones de tutores y, para facilitarlas, procurará que los tutores de un mismo curso dispongan, en su horario individual, de alguna hora complementaria común. Se intentará evitar la acumulación de cargos en el mismo profesor. b) Criterios para la adscripción de grupos y elaboración de

horarios. Para la distribución del alumnado a grupos, en la medida que la propia elección del alumno de asignaturas y optativas lo permita, se tendrá en cuenta lo establecido en el apartado III de la Orden de 25 de mayo de 2006 de la Consejería de Educación y Ciencia ( DOCM de 21 de junio de 2006 ) que en sus artículos 77 y 78 expone: 1.

2.

3.

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La organización de los grupos de alumnos y alumnas respetará, en todos los casos, el criterio de heterogeneidad y el principio de no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Para garantizar una situación de enseñanza y aprendizaje adecuada todos los grupos tendrán un número semejante de alumnado e incorporarán de manera equilibrada al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, así como otras circunstancias de aprendizaje valoradas por jefatura de estudios, repeticiones, áreas evaluadas negativamente, medidas de atención a la diversidad, etc. Los centros docentes podrán en el ejercicio de su autonomía pedagógica proponer agrupamientos diferentes por cursos siempre que se respete lo establecido en el punto anterior. Para la distribución de espacios se utilizarán como aula grupo las doce clases de los pasillos centrales. Se procurará reducir al máximo por otros grupos su ocupación para que pueda ser cerrada con llave. Los grupos de diversificación y las áreas prácticas así como la Garantía Social en las aulas materias específicas (laboratorio, aula de plástica y taller de tecnología. Informática, etc.…). También el proceso de enseñanza – aprendizaje se llevará a cabo en el Aula de informática (aula Althia) que se reservará para la asignatura de informática y


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tecnología de 4 de ESO, en las aulas de apoyo, en la sala de Música y en el Pabellón deportivo cubierto. La elección de grupos se realizará por los miembros de cada departamento materia por materia y grupo por grupo en función de la antigüedad en el cuerpo de los miembros de cada departamento, eligiendo en primer lugar la materia y el grupo el más antiguo, a continuación elegirá el segundo más antiguo y así sucesivamente. Debido a la específica estructura de los departamentos en los IESOS que incluyen varias especialidades, jefatura de estudios podrá facilitar una propuesta organizativa en el primer claustro a los departamentos para ayudar en la distribución organizativa.

A tenor de lo establecido en la Orden de 29 de febrero de 1996 por la que se modifican las Ordenes de 29 de junio de 1994 por las que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas de Educación Infantil y colegios de Educación Primaria y de los institutos de Educación Secundaria (BOE 9-3-96): “en la primera reunión del claustro, al comenzar el curso, el jefe de estudios presentará los datos de matrícula y propondrá los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos, que serán sometidos a la aprobación del claustro” ( art 66). Para la elaboración de horarios (art 67) se tendrán en cuenta las propuestas de la comunidad educativa que habrán de presentarse antes de finalizar el curso anterior. En todo caso se respetarán los siguientes criterios: 1. Ningún grupo de alumnos podrá tener más de siete períodos lectivos diarios. 2. Cada período lectivo tendrá una duración mínima de cincuenta minutos. 3. En ningún caso podrá haber horas libres intercaladas en el horario lectivo de los alumnos. 4. La distribución de las áreas y materias en cada jornada, y a lo largo de la semana, se realizará atendiendo a razones exclusivamente pedagógicas. 42


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5. Las horas de tutoría no estarán, preferiblemente, al principio o al final del horario de los alumnos. 6. No será necesario que las horas de tutorías coincidan en la misma sesión. 7. En la medida de lo posible, siempre que la organización lo permita, no se impartirá el área de un grupo siempre a la misma hora. 8. Se intentará evitar que las clases de una misma asignatura se impartan a última hora y primera del día siguiente. 9. Evitar que las materias con dos horas semanales se impartan dos días seguidos. 10. Habrá una hora común en el horario de los tutores de cada ciclo, curso o enseñanza, según determine Jefatura de Estudios, en la que se reunirán con el Jefe de Estudios y el Jefe del Departamento de Orientación. 11. Habrá aula materia para todas las áreas de Música, Tecnología, Informática, Educación Física y Plástica, Talleres, Laboratorios y tendrán lugar, siempre que el número de horas lo permita, en su aula específica. ⇒ La Junta de Profesores a) Estará constituida por todos los profesores que imparten docencia a los alumnos del grupo y será coordinados para su labor. Se reunirá según lo establecido en normativa sobre evaluación y siempre sea convocada por la Jefatura de Estudios a propuesta en su caso del tutor del grupo. b) Funciones de la junta del profesor: 1. Llevar a cabo la evaluación y el seguimiento global de los alumnos del grupo estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje en los términos establecidos por la legislación específica sobre evaluación. 2. Establecer las actuaciones necesarias para mejorar el clima de convivencia del grupo. 3. Tratar coordinadamente los conflictitos que surjan en el seno del grupo, estableciendo las medidas adecuadas para resolverlos. 43


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Procurar la coordinación de las actividades de la enseñanza y aprendizaje que se proponga a los alumnos. Proponer alumnos, bajo los criterios y normas que considera la legislación vigente y previo debate consensuado, para su incorporación al programa de diversificación del centro. Asimismo deberán facilitar al máximo la labor del orientador en cuanto a los formularios; niveles de competencia curricular; etc. necesarios para la entrada de los alumnos convenidos en tal programa. ⇒

Coordinador de Medios Audiovisuales e Informáticos.

a) El coordinador de medios audiovisuales e informáticos será un profesor del Claustro nombrado anualmente por la Dirección del Centro. b) Las principales funciones del coordinador son: 1. 2. 3.

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Preparación, puesta a punto y organización del material audiovisual. Actualización del inventario de material audiovisual y de la videoteca del centro. Informar y prestar ayuda a los profesores que lo soliciten, sobre cuestiones referentes a los medios audiovisuales, incluida la entrega de material. Mantener contacto con el asesor de Medios Audiovisuales del Centro de Profesores y Recursos y reunirse con él cuando las circunstancias lo requieran, tanto por parte del coordinador, como para resolver posibles problemas del profesorado. Organizar el uso de los vídeos y otros materiales audiovisuales existentes en el centro, para lograr un mejor aprovechamiento de los mismos por parte de los profesores. Estudiar con los Departamentos Didácticos interesados la utilización de Medios Audiovisuales no aprovechados en la actualidad, para poder dar un uso adecuado al material de que se disponga. Coordinar el uso que de las aulas de informática y de sus medios pueda hacerse por las distintas asignaturas. Velar por el mantenimiento de los equipos, encargándose de avisar a quien corresponda.


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Coordinar el software que funcione en los distintos equipos para su uso por los diferentes departamentos, y el software específico de las asignaturas de informática. 10. Conocer la situación acerca de las licencias de las que dispone el Centro para manejo de determinados programas. 11. Asesorar sobre el manejo de los materiales en el desarrollo de las programaciones de las asignaturas de informática en 4º ESO, colaborando en lo preciso con los distintos profesores que la impartan. 12. Coordinar el mantenimiento y funcionamiento de las PDA.

4.- ORGANIZACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 4. 1. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. Todos los colectivos que representan la Comunidad Educativa, deben responsabilizarse de cumplir las disposiciones vigentes con lo que respecta a la disciplina y convivencia.

A) El profesorado Son profesores y profesoras del instituto aquellas personas que han sido nombrados por la administración educativa. Los profesores tienen los derechos y los deberes que la ley les reconoce. Tienen, asimismo, la obligación de conocer y respetar los derechos y los deberes de los alumnos. ⇒ Derechos: a) Los principales derechos son: 1. 2.

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Poder participar activamente en la vida del centro aportando iniciativas y observaciones. Que sea respetada su dignidad recibiendo trato correcto tanto de parte de los alumnos como el resto de la comunidad educativa.


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Seguir formándose en el campo profesional para lo que el centro les dará facilidades que estén a su alcance. Estar informados por parte de la dirección de todo lo que concierne al desempeño de su función educativa dentro del centro: gestión administrativa y económica y cualquier del centro. Reunirse libremente debiendo facilitarle los medios para el ejercicio de este derecho. No ser discriminado por razón de raza, sexo o religión. Ejercer la libertad de enseñanza siempre que esto no se implique a otras áreas compañeros o grupos.´ Elegir libremente a través del claustro a sus representantes para los órganos colegiados. Derecho a intervenir en el control y gestión del centro, a través de sus representantes en los diferentes órganos colegiados. Los profesores en el marco de la Constitución tienen garantizada la libertad de cátedra. Su ejercicio se orientará a la realización de los fines educativos, de conformidad con los principios establecidos en esta ley. A impartir de modo regular sus clases, aplicando la metodología y didáctica establecidas en los Proyectos Curriculares de la Programación General del Centro. A que le sean facilitados los medios materiales y pedagógicos que considere necesarios para el desarrollo de su labor docente. Desarrollar su actividad profesional en condiciones de seguridad e higiene. Recibir colaboración por parte de las familias de los alumnos en el desempeño de la tarea educativa. Y todos los demás derechos reconocidos por la Constitución y en las demás leyes. ⇒ Deberes:

a) Los profesores tienen los deberes que dicta la legislación vigente. Sus principales deberes son: 1. 46

Cumplir y hacer cumplir este Plan de Convivencia.


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Hacer respetar el orden y las normas de convivencia en todas las dependencias del centro donde se hallen presentes. Cumplir puntualmente su horario de trabajo y las obligaciones que en su horario personal le asigne la Jefatura de Estudios respecto a las horas complementarias de obligada permanencia en el centro. Proporcionar a los alumnos una enseñanza suficiente y una educación que desarrolle plenamente la personalidad de éstos. Mantener en todo momento un espíritu de colaboración responsable y activa en el cumplimiento de las normas de convivencia y de la disciplina general del Centro. La responsabilidad del control y el orden de la clase mientras los profesores esté en el aula. En el caso de que un profesor falte a clase, ha de justificar su ausencia dentro de los tres días siguientes a ésta o entregar la baja médica (cuando vaya a faltar más de tres días). En caso de ausencia prevista, dejar trabajo para proseguir en la hora de ausencia el correcto desarrollo del área; de la misma manera, los profesores que se encuentren desarrollando una actividad extraescolar con sus alumnos, deberán dejar tareas para los alumnos que permanezcan en el centro con el fin de que puedan conseguir los mismos objetivos que los que participan en la actividad extraescolar. Tratar con corrección a todos los componentes de la Comunidad Educativa y respetar sus derechos. Asistir a los Claustros, sesiones de evaluación, reuniones de departamento y a todas cuantas actividades de orden académico tengan un carácter oficial. Cumplir rigurosamente con las guardias, la función tutorial, la jefatura de Departamento y del cargo directivo con la misma exigencia que en la función docente. Participar en los trabajos de los departamentos didácticos colaborando con los demás profesores. Prestar atención a las sugerencias y posibles quejas del alumnado y estar abierto a una crítica constructiva y respetuosa.


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14. Informar al Tutor y a la Jefatura de Estudios de cualquier problema o medida adoptada con algún alumno o grupo. 15. Respetar la libertad de pensamiento del alumno y no utilizar su saber y conocimientos como instrumento de dominación o manipulación ideológica. 16. Recibir a los padres y madres de los alumnos, en la hora asignada en su horario para ello y siempre que sea posible, concertando cita previa. 17. Controlar la asistencia de los alumnos a clase, y trasladar dichos datos a soporte informático a través del programa Delphos, en los plazos marcados desde la dirección y avisando al tutor y Jefatura de Estudios en caso de faltas no justificadas. 18. Preparar actividades tanto para los alumnos que son expulsados de clase como del centro con el fin de que no pierdan la continuidad del proceso formativo. Así como para aquellos que no participen en las actividades extraescolares organizadas por el centro. 19. Colaborar con el Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias en la planificación y ejecución de las actividades. 20. Los profesores que impartan clase en las sesiones anteriores al recreo colaborarán con los compañeros de guardia de recreo, procurando que los alumnos salgan con rapidez del aula y los delegados puedan cerrar la puerta y así acompañar a todos los alumnos hasta el pasillo central del recreo. 21. Y todos aquellos deberes previstos en la ley. a) Profesores tutores Tienen como principales deberes los siguientes: 1.

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Desde el momento que los Tutores reciban a sus alumnos procurarán que cada uno de ellos se incorpore al grupo y que éste en conjunto se integre al Centro, participando en todo tipo de actividades. Los Tutores deberán reunirse con los padres de los alumnos del grupo a su cargo para informar de la planificación del curso y del proceso de aprendizaje de su grupo, consecución de objetivos, resultados académicos obtenidos, etc., y al mismo


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tiempo recabar la información que ellos puedan aportar sobre la situación analizada. Las reuniones deberán ser fijadas teniendo en cuenta que no se interrumpa el desarrollo normal de las clases y facilite la asistencia de los padres. Al inicio de cada curso la Dirección organizará una reunión general de padres en las que se informará de aspectos generales de interés para ellos. Cada uno de los Tutores tendrá las horas dedicadas a la función tutorial marcadas por la ley y entre otras funciones, la del seguimiento individualizado de los alumnos y la comunicación a los padres de las faltas de asistencia de los alumnos mensualmente, antes del día 5 del mes siguiente. La justificación de las faltas de los alumnos será una labor del tutor de cada grupo. Los Tutores trasladarán las observaciones de los alumnos de su grupo al profesorado y a la Dirección. Los Tutores presiden el Equipo de Evaluación de su grupo y deberán levantar acta de las sesiones que realicen, con dicha función. Los Tutores, antes de cada evaluación, recogerán las opiniones de los alumnos de su grupo sobre los diversos aspectos académicos del período a evaluar. Una vez elaborada la evaluación, los Tutores comunicarán a sus alumnos las observaciones de la Junta Evaluadora. El control de aprovechamiento y la actitud de los alumnos se comunicará mediante el Boletín de Notas firmado por el tutor, mandado por correo. Los Tutores deberán conocer los problemas que aparezcan en su grupo, informando sobre los casos especiales de indisciplina, faltas de asistencia, deterioro del medio físico, etc., a la Jefatura de Estudios, individualmente o en la reunión de tutores. Los Tutores deberán estar informados, mediar y dar su opinión en los casos de sanción individual o colectiva de los alumnos del grupo a su cargo.

b) Profesores de guardia Tienen como obligaciones: 49

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Atender cualquier incidencia que pueda producirse en el centro, durante el tiempo que permanezca de guardia, que corresponderá con los 55 minutos que dura cada sesión. 2. Velarán por el buen orden y funcionamiento del centro durante el tiempo de guardia, para ello durante la sesión de guardia recorrerá las dependencias del Centro, controlando el orden de los pasillos, las entradas a clases en los cambios de sesión. 3. Cuidar y comprobar que ningún alumno esté fuera de su aula, durante el periodo lectivo e identificando a los mismos y acompañándolos a sus clases. 4. Permanecer en el centro localizable durante toda la hora de guardia, si no estuviera en la sala de profesores, indicará donde se encuentra. 5. Responsabilizarse de los grupos de alumnos que se encuentren sin profesor por cualquier circunstancia. Por tanto, sustituirán la ausencia de cualquier profesor en el aula y vigilarán el estudio del alumnado durante este tiempo. Los profesores acompañarán a los grupos de alumnos que estén solos durante toda la hora de guardia. 6. Anotar y firmar en el parte de faltas a los alumnos que no se encuentren en el aula ante la ausencia del profesor encargado de un área durante el tiempo de guardia. Asimismo pasará la información al casillero personal del profesor sustituido. 7. En ausencia de profesores de Tecnología, Plástica, Educación Física, Música e Informática, los alumnos podrán permanecerá en su aula grupo con el profesor de guardia. 8. Repartir a los alumnos el material de trabajo que han dejado los profesores y recogerlo al final de la clase. 9. Mantener el orden e informar de cualquier alteración o incidencia al directivo de guardia. 10. En caso de accidente o indisposición grave de algún alumno, los profesores de guardia deberán comunicar a la mayor brevedad posible lo sucedido al directivo de guardia e informar a la familia y en caso de necesidad llamar al servicio sanitario correspondiente. 11. Firmar el libro de guardias al iniciar la misma. 50


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12. Si algún alumno, tuviera que salir del Instituto para consulta médica o cualquier otra gestión, el profesor de guardia le deberá aportar un justificante, que se puede recoger en consejería, que debe ser debidamente firmado por el padre o persona mayor que lo recoge, el cual después será entregado a Jefatura de Estudios que posteriormente, podrá entregarlo a los tutores, en caso de comprobación de faltas de asistencia. c) Profesores de guardia de recreo Tienen como funciones: 1.

2. 3. 4.

Revisarán, de manera distribuida, los aseos y aulas de los tres pasillos, acompañando a los alumnos que encuentren hacia el patio de recreo. Impedirán que se ingieran alimentos y bebidas por los pasillos. Velarán por el orden en los pasillos, aseos y patio de recreo, durante el tiempo de recreo. En el caso de haya alumnos que quieran estudiar en el recreo lo harán en la biblioteca.

d) Profesores de guardia de biblioteca Tienen como competencias. Los profesores que en su horario individual tengan horas dedicadas al cuidado y conservación de la biblioteca, serán debidamente informados de la labor que podrán realizar durante este periodo, colaborando con los responsables encargados de la misma. Las funciones básicas a desempeñar son: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

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Permanecer en la biblioteca en el periodo de guardia. Sellado de libros, CDs y demás ejemplares nuevos. Colocación de ejemplares nuevos o devueltos en la vitrina correspondiente a la especialidad. Mantener la ordenación de sillas y mesas antes o después del recreo. Prohibir la ingestión de comida o bebida. Orientar a los alumnos como usuarios de la biblioteca. Asegurarse de que las vitrinas quedan cerradas tras el periodo lectivo diario.


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Cada miembro del profesorado, durante su hora de dedicación a la biblioteca, firmará en el libro de biblioteca haciendo constar su asistencia y realización de tales funciones y anotará en la misma las posibles incidencias que hayan surgido relacionadas con el uso de la biblioteca y todos sus documentos. En caso de necesidad colaborarán en la organización del centro a instancias del equipo directivo, especialmente cuando haya grupos de alumnos desatendidos. e) Profesores de guardia de biblioteca de recreo Tienen como funciones: • • •

Velarán por el cumplimiento de las normas establecidas de funcionamiento y uso de la biblioteca. Se harán cargo de los alumnos que quieran estudiar o consultar libros durante el recreo. Podrán colaborar con los profesores encargados del préstamo de libros. ⇒

Faltas de ausencia de los profesores:

a) El control del cumplimiento del horario de los profesores corresponde a la Jefatura de Estudios que contará con la colaboración de los profesores del guardia. b) Para el buen funcionamiento de las guardias se tendrá en cuenta lo siguiente: 1.

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El profesor que prevea que va a faltar (visita médica, cursillo,..) se apuntará en el libro de guardias e informará de su ausencia a la Jefatura de estudios. También dejará tareas preparadas para los alumnos indicando junto a los mismos grupo y hora. Las ausencias por enfermedad deberán comunicarse telefónicamente a algún miembro del Equipo Directivo, a primera hora de la mañana. Cualquier ausencia que se produzca deberá ser notificada por el profesor correspondiente a la Jefatura de Estudios con la mayor brevedad; el profesor deberá cumplimentar los justificantes correspondientes con los que cuenta el centro el mismo día de su reincorporación y entregarlo en jefatura, acompañado del justificante de la ausencia.


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c) La Dirección enviará, al servicio de inspección antes del día 5 de cada mes el parte de faltas del mes anterior, elaborado por la Jefatura de Estudios, a través del programa Delphos. Una copia del parte de faltas se hará pública en el tablón de anuncios de la sala de profesores. d) Los motivos, documentos y periodos que justifican las ausencias o retrasos de los profesores se ajustarán siempre a la normativa vigente, se pueden concretar en: 1. Enfermedad con ausencia máxima de tres días: Se deberá entregar, lo más brevemente posible, un justificante de terceros al reincorporarse. 2. Enfermedad con ausencia superior a tres días: A partir del cuarto día se necesita de: o Entrega de parte de baja oficial. o Cada quince días hay que entregar un parte de confirmación. o Al reincorporarse entregar parte de alta. 3. Licencia por alumbramiento: Se entregará licencia por dieciséis semanas interrumpidas. El permiso se distribuirá a opción de la interesada, con la condición de que seis semanas del permiso sean inmediatamente posteriores al parto. Se requiere: o Solicitud de baja por alumbramiento en impreso F.20 o Parte de baja médica. o Parte médico con la fecha probable de parto. 4. Permiso para lactancia y cuidado de un hijo menor de nueve meses: se dispondrá de una hora complementaria al día bajo solicitud adjuntando fotocopia del Libro de Familia. 5. Nacimiento de un hijo; enfermedad grave o muerte de un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad propia o del cónyuge: se dispondrá de un permiso de dos días (si el suceso tiene lugar en la misma localidad donde se trabaja) y de cuatro días (si es fuera de la localidad de trabajo). Se deberá entregar solicitud presentando fotocopia del Libro de Familia o certificado médico. 6. Traslado de domicilio: se dispondrá de un día entregando solicitud adjuntando declaración jurada. 53


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7. Permiso por realización de exámenes en centros oficiales: se dispondrá de este permiso mediante la entrega de solicitud y presentación de certificado de asistencia a dicho examen, durante el tiempo que dure el mismo. 8. Licencia por asuntos propios: se dispondrá de hasta tres meses cada dos años sin retribución alguna. Se pedirá mediante solicitud que deberá ir posteriormente acompañada del informe de la Dirección. 9. Deber inexcusable de carácter público o personal: se entregará justificación mediante documento en el que conste su comparecencia. 10. Licencia por matrimonio: se tendrá derecho a quince días naturales mediante la entrega de solicitud, con un mes de antelación, que posteriormente se justificará con fotocopia del Libro de Familia. 11. Permisos no reglados: (cursos, seminarios, imprevistos, etc.): se entregará solicitud, con al menos quince días de antelación, a la que se adjuntará informe de la Dirección. Se precisa permiso de la Delegación Provincial.

B) Los alumnos

a) Son alumnos y alumnas del IESO “Juan Patiño Torres” todas las personas que han suscrito matrícula válida y posteriormente no se han dado de baja o han perdido la condición de alumno/a por sanción u otra consecuencia. b) Los alumnos/as ajustaran su actuación en su doble dimensión de derechos y deberes a lo establecido en el Real Decreto 732/1995 de 5 mayo de cuyo articulado extraemos los siguientes aspectos: ⇒ Derechos: 1.

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El ejercicio de los derechos de los alumnos implicará el reconocimiento y respeto de todos los miembros de esta comunidad educativa. Según la legislación vigente y como resumen de la misma los derechos de los alumnos son entre otros: El alumno tiene derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad y su preparación para el


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futuro laboral, con una jornada de trabajo escolar acomodada a su edad y una planificación equilibrada de sus actividades de estudio. No ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como discapacidades físicas sensoriales o psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal social. Ser evaluados en su rendimiento escolar con plena objetividad. Conocer los criterios de evaluación y de calificación establecidos en cada una de las áreas o materias. Reclamar contra las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al finalizar un ciclo o curso. Dicha reclamación deberá basarse en la inadecuación de la prueba o pruebas propuestas al alumno en relación con los objetivos o contenidos del área o materia sometida a evaluación y con el nivel previsto en la programación o en la incorrecta aplicación de los criterios de evaluación establecidos. La reclamación deberá presentarse la Jefatura de Estudios por escrito en las cuarenta y ocho horas siguientes de hacerse pública la decisión de la Junta de evaluación. Recibir orientación escolar y profesional para conseguir la máxima información y desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades. Desarrollar su actividad académica en las debidas condiciones de seguridad e higiene. Elegir mediante sufragio directo y secreto a sus representantes de clase y del Consejo Escolar. Ser informados por los delegados de clase y los consejeros de todo aquello que les afecte. Todos los alumnos tienen derecho a asociarse, creando asociaciones, según los criterios establecidos en el Artículo de este Reglamento. Presentar al Consejo Escolar, a través de sus representantes, todas las sugerencias e iniciativas que estimen oportunas.


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14. Discrepar de las decisiones educativas que les afecten. Cuando la discrepancia revista carácter colectivo, será canalizada a través de los representantes de los alumnos en los órganos colegiados establecidos. 15. Participar en el funcionamiento y en la vida del centro a través de sus representantes en el Consejo Escolar, la Junta de Delegados y Asociaciones de Alumnos según establecen las disposiciones legales vigentes al respecto. 16. Ser respetado en su integridad física moral y en su dignidad personal no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes. 17. Utilizar las instalaciones del centro, con las limitaciones derivadas de la programación de las actividades extraescolares y aceptando la responsabilidad que conlleve el mal uso de las mismas. 18. Utilizar los servicios que, a tal efecto, dispone el centro con las limitaciones de horarios y normas que conllevan. 19. Ser informado de las convocatorias de ayudas de estudio. 20. Los alumnos que padezcan infortunio familiar (muerte, accidente, invalidez del cabeza de familia, etc.) tendrán la protección social prevista por la legislación para que puedan continuar sus estudios. El Instituto asesorará a estos alumnos y les prestará toda la ayuda posible. 21. Conocer el presente Plan de Convivencia. c) El Procedimiento de regulación de estos derechos será: 1. El alumnado podrá manifestar sus opiniones en el tablón de anuncios y otros medios de expresión de manera respetuosa 2. El alumnado podrá reunirse para actividades con finalidad educativa sin interferir el horario lectivo. Para ello informaran al jefe de estudios con la suficiente antelación 3. El alumnado o sus representantes serán consultados cobre las fechas de realización de exámenes de evaluación 4. Los alumnos/as nuevos serán informados a comienzos de cada curso del Plan de Convivencia. 5. Durante los primeros días lectivos del curso el profesorado dará a conocer a los alumnos los diversos proyectos curriculares 56


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El alumnado podrá comunicar a los tutores y en su caso al Jefe de Estudios o al Director lo que consideren violaciones de sus derechos bien personalmente o a través de sus representantes El alumnado elegirá a sus delegados durante la primera quincena de octubre. ⇒ Deberes:

a) El estudio constituye el deber básico de los alumnos que se concreta, según la legislación, en las siguientes obligaciones: 1. 2. 3.

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Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio. Cumplir y respetar los horarios y los espacios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro. Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración dentro y fuera del aula y del centro. Acatar las programaciones establecidas por los Departamentos didácticos. Respetar el ejercicio del derecho al estudio de los compañeros. Respetar las opiniones, creencias, la dignidad e integridad de los compañeros, profesores y resto del personal del centro. Respetar las pertenencias de todos los miembros de la Comunidad Educativa. Respetar los derechos de todos los miembros de la Comunidad Educativa. Respetar y cumplir con las normas de convivencia del centro que vienen estipuladas en el presente Plan de Convivencia. Respetar y cumplir las normas establecidas por cada profesor en el ámbito de sus clases. Participar y colaborar en las actividades y el buen funcionamiento del centro. Identificarse ante el profesorado y personal no docente que se lo pida y mostrar el debido respeto. Cuidar y utilizar correctamente el mobiliario e instalaciones del centro. Mantener el decoro y la compostura en sus actuaciones y en su indumentaria.


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15. No salir del recinto escolar durante el periodo lectivo. b) Los alumnos formalizarán la matricula en la Secretaria del centro para el curso en el que estén facultados académicamente. c) Para proceder a la matriculación el alumno deberá: 1. Presentar la documentación requerida de la que se le informará en el tablón de anuncios de Secretaría. 2. Haber abonado las tasas correspondientes al Seguro Escolar para aquellos que les corresponda. 3. Cumplimentar el sobre de matrícula. 4. Plazo de matrícula: Según establezca la normativa legal. 5. Preinscripción: Durante el segundo trimestre del curso, se abrirán los plazos de preinscripción oficiales, para aquellos alumnos que se incorporen por primera vez al Centro desde otros centros. d) El Delegado del grupo: Cada grupo del centro tendrá representación en la Junta de Delegados y ante la Junta de Evaluación mediante la elección anual entre los integrantes del grupo de un Delegado. La elección del delegado de grupo se realizará mediante sufragio directo en la que tomarán parte todos los miembros del grupo. Se debe tener en cuenta: 1.

El grupo conocerá previamente a las elecciones a delegado las funciones, deberes y derechos del delegado de grupo y de la Junta de Delegados. Esto se llevará a cabo mediante una correcta orientación tutorial. 2. Los candidatos que se presentan para cubrir el puesto de delegado serán miembros del grupo. 3. Los candidatos tendrán, antes de proceder a la votación, que exponer su proyecto a la hora de afrontar el puesto. 4. Todos los candidatos tendrán los mismos derechos. 5. En caso de no haber candidatos se considerará que son candidatos todos los miembros del grupo. e) La votación se realizará en horario lectivo en presencia del tutor/a que actuará de Presidente, y del secretario, que será el alumno/a más joven del grupo. La votación se realizará mediante la colaboración de dos alumnos. La votación será nominal y secreta y se proclamará delegado 58


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al alumno que alcance mayor número de votos emitidos, y subdelegado al siguiente. f) Los votos que no sean legibles o no correspondan a algún candidato serán considerados nulos. g) La votación podrá ser recusada por cualquier miembro del grupo o por el tutor/a después de finalizar el recuento y anunciar los resultados. Esta recusación debe estar fundamentada en algún argumento sólido. h) Al finalizar el proceso se levantará acta de la sesión, que será firmada por el presidente y el secretario y archivada en Jefatura de Estudios. i) Las funciones de los delegados de grupo son: 1.

Actuar como portavoz de sus compañeros para plantear los problemas relacionados con su grupo. 2. Fomentar la convivencia entre los alumnos de su grupo. 3. Participar de forma activa, al igual que el Subdelegado, en las sesiones de evaluación, con el objeto de valorar y aportar sugerencias sobre el rendimiento escolar, el comportamiento o cualquier circunstancia referente a su grupo que se plantee. 4. Asistir y representar al grupo en la Junta de Delegados exponiendo las inquietudes y propuestas del mismo. 5. Colaborar con el tutor/a y con la Junta de Profesores del grupo en los temas que afecten al funcionamiento de éste. 6. Colaborar con los profesores y con los órganos de gobierno del Instituto para el buen funcionamiento del mismo. 7. Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del centro. 8. Comunicar a sus compañeros los temas tratados en la Junta de Delegados. 9. Los Delegados, a petición de su grupo, podrán consensuar con el tutor un calendario de exámenes para las evaluaciones, con antelación a las mismas, para facilitar la preparación de las pruebas. 10. Hacerse cargo, diariamente de la recogida y entrega en conserjería del libro de partes del grupo correspondiente, así 59


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como el traslado del mismo a las aulas específicas correspondiente donde recibirán clase su grupo en las diferentes sesiones. 11. Custodiar la llave de su aula, así como responsabilizarse de cierre y apertura de la puerta de su clase en el recreo y cambio de aulas o dependencias. 12. Los delegados no podrán ser sancionados por el correcto ejercicio de sus funciones encomendadas en este Plan de Convivencia. j) Las únicas vías de destitución del delegado de grupo son: 1.

2.

Renuncia de los delegados de grupo: los delegados de grupo no podrán renunciar por cuestiones sin fundamento y si desea renunciar al cargo lo harán presentando por escrito ante la Jefatura de Estudios y el profesor tutor su renuncia argumentando motivos sólidos acerca de dicha renuncia. Dicha renuncia podrá ser aceptada o no por ambos profesores y en caso de no aceptar la renuncia, los alumnos deberán seguir ejerciendo las funciones que conlleva el cargo. Petición de destitución por parte del grupo: el grupo puede destituir a los delegados mediante escrito en el que se argumente con motivos sólidos la petición remitiendo las razones al no cumplimiento de las funciones. Tal escrito, que debe ser firmado por la mayoría absoluta del grupo, se presentará ante el profesor tutor y la Jefatura de Estudios. Estos serán los que finalmente decidan sobre la destitución o ratificación en el cargo del delegado a la mayor brevedad posible.

k) En caso de que la renuncia o la destitución se lleven a efecto, el puesto de delegados será cubierto por los subdelegados del grupo hasta el nuevo nombramiento. l) La Junta de Delegados quedará constituida del siguiente modo por los Delegados de curso y por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar. Se elegirá un Presidente y un vicepresidente siguiendo las pautas establecidas para el nombramiento del delegado y subdelegado. Presidirá la elección la Jefatura de Estudios. 60


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m) La Junta de Delegados podrá reunirse en pleno o, cuando la naturaleza de los problemas lo haga más conveniente, en comisiones, y en todo caso lo hará antes y después de cada una de las reuniones que celebre el Consejo Escolar. Se habilitará para ello un local adecuado. n) La Jefatura de Estudios proporcionará los medios materiales necesarios con el fin de facilitar su organización y funcionamiento. o) Las reuniones de la Junta de Delegados se celebrarán en horario lectivo. En todo caso, en circunstancias de carácter extraordinario, las reuniones podrán celebrarse en horario no lectivo. p) Serán competencias de la junta de delegados: 1. 2. 3.

4. 5. 6. 7.

Elevar propuestas al equipo directivo para la elaboración del proyecto educativo u la programación general anual Informar a los representantes del consejo de los problemas de cada grupo o curso Recibir información de los consejos sobre lo tratado en las reuniones del consejo escolar sobre asociaciones de alumnos, federaciones estudiantiles etc.… Elaborar propuestas de modificación del Plan de Convivencia. Formular propuestas de criterios para la elaboración de los horarios de las actividades docentes y extraescolares Proponer y organizar actividades culturales recreativas y deportivas en el instituto Hacer propuestas de sanciones a los alumnos por la comisión de faltas que lleven aparejada la apertura de expediente

q) Los representantes de alumnos en el Consejo escolar tienen el deber de asistir a todas las reuniones que se convoquen del Consejo Escolar r) En caso de paro o manifestación por parte de los alumnos se tendrán en cuenta los siguientes puntos: 1.

2. 61

El paro o la manifestación será el último recurso al que se debe apelar. Antes se tiene que utilizar el diálogo y la corresponsabilidad con los problemas que surjan en el Centro. En caso de paro o manifestación los alumnos a través de la Junta de Delegados lo comunicarán a la Dirección, con


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3.

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cuarenta y ocho horas de antelación, exponiendo por escrito los motivos, días de la convocatoria, etc. El Equipo Directivo arbitrará las medidas oportunas para que se respete el derecho de los alumnos que secunden o no la convocatoria y se siga el normal desarrollo de las actividades del centro. Los alumnos deberán presentar, antes del paro o manifestación, en Jefatura de Estudios un documento que acredite que sus padres están informados y se responsabilizan de la ausencia de sus hijos al centro.

C) Las familias ⇒ Derechos y deberes: a) Los principales derechos de los padres de alumnos matriculados en el centro son los siguientes: 1.

2.

3.

4. 5. 6. 7. 62

Los padres tienen el derecho y el deber de participar en la vida del centro bien a nivel individual, bien a través de las asociaciones legalmente constituidas y a través de sus representantes en el Consejo Escolar libremente elegidos. Tienen derecho a recibir información periódica de la evolución académica de sus hijos, así como de aquellas circunstancias que afectan a la situación de éstos relacionadas con la vida del Instituto. Tienen el derecho y el deber de ser recibidos por los tutores, equipo docente que imparta clases a los alumnos, el Departamento de Orientación y el Equipo Directivo en las horas previstas al efecto, avisando siempre que puedan con antelación. Tienen derecho a ser recibidos por cualquier miembro de la Comunidad Escolar siguiendo el procedimiento adecuado. Las principales responsabilidades de los padres de los alumnos matriculados en el centro son: Conocer la normativa que rige el Centro, respetarla y velar por su cumplimiento por parte de su hijo. No desautorizar la labor de los profesores en presencia o ausencia de sus hijos.


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8. 9. 10.

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Tener entrevistas periódicas con los tutores y profesores del grupo. Colaborar en la labor educativa del Instituto. Estimular el trabajo personal de sus hijos, fomentando el orden, el respeto al trabajo cotidiano y los hábitos positivos de estudio. Fomentar un reparto equilibrado entre las actividades de estudio y el tiempo libre. Especialmente deben estimular un uso sano y creativo del ocio en lo relativo a lecturas, juegos, videoconsolas, TV, salidas con los amigos, etc. Facilitar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos respecto al Centro: puntualidad, orden, respeto a las normas de convivencia, aseo, etc. Proporcionarles los medios y el ambiente adecuado para un estudio formativo y eficaz. Justificar adecuadamente ausencias y retrasos y colaborar con el centro en el control de faltas injustificadas. Fomentar en sus hijos el respeto a las normas de convivencia del centro y a las normas de urbanidad como elementos que contribuyen a su formación. Respetar a toda la comunidad educativa. Apoyar las medidas correctoras que se impongan a sus hijos en el Centro colaborando en su carácter formativo.

b) Los padres podrán participar en la vida del centro a través de sus representantes en el Consejo Escolar, de las asociaciones de madres y padres de alumnos (A.M.P.A) o bien directamente. c) En el centro pueden existir Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) reconocidas por la legislación vigente. Estas asociaciones se regirán por las siguientes disposiciones: El R.D. 1533/1986 de 11 de julio (BOE 29 de julio de 1986) y el Reglamento Orgánico de los IESO. e) Se formalizarán mediante acta de constitución y los correspondientes estatutos, de los cuales deben guardarse copia en la Secretaría del Instituto. f) La AMPA tendrá los siguientes derechos y obligaciones: 63


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1.

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8. 9.

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Utilizar las instalaciones del centro para celebrar sus reuniones, debiendo comunicarlo previamente al Equipo Directivo, en la forma que se determine. Asistir a los padres o tutores legales de los alumnos en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos. Elaborar informes y elevar propuestas al Consejo Escolar. Elaborar propuestas de modificación del Plan de convivencia, PGA y PEC. Colaborar en las actividades educativas del centro. Colaborar en la organización del viaje fin de etapa y acompañarlos al mismo. Asistir a los padres de alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión del Instituto, y promover su participación. Facilitar la representación y la participación de los padres en el Consejo Escolar. Cualesquiera otras que les atribuyan los estatutos dentro de la legalidad vigente.

g) En cuanto a sus competencias, están recogidas en el artículo 78 del Reglamento Orgánico. Todos los padres de los alumnos del Centro, asociados o no, poseen, en igual grado, los derechos y las obligaciones que les reconoce la legislación. D) El personal de administración y servicios ⇒ Derechos y deberes: a) Los derechos del personal de administración y servicios vienen recogidos en la ley. Entre sus derechos destacan los siguientes: 1.

2. 3. 4. 64

A realizar de modo regular sus funciones según marcan las leyes y ordenes vigentes en el ámbito de la comunidad autónoma. A que le sean facilitados los medios materiales que consideren necesarios y suficientes para el desarrollo de su labor. Desarrollar su actividad profesional en condiciones de seguridad e higiene. Elegir a su representante en el Consejo Escolar del centro.


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5.

Recibir información por parte de la Dirección de todo lo concerniente al desempeño de su función dentro del centro; gestión administrativa o económica; organización temporal o espacial y de cualquier proyecto que afecte al funcionamiento y organización del centro. 6. Recibir información sobre las órdenes y leyes que rigen su trabajo y puesto de trabajo. 7. Participar activamente en la vida del centro, aportando iniciativas y observaciones. 8. Que sea respetada su dignidad recibiendo trato correcto, tanto de parte de los alumnos como del resto de la Comunidad Educativa. 9. Ejercer la libertad en desempeño de sus funciones, dentro de los cauces de la legalidad, lo que implica no abusar o menospreciar otras tareas, compañeros o alumnos. 10. No ser discriminado por razón de raza, sexo, religión o ideología. 11. Reunirse libremente y con todas las facilidades para el ejercicio de este derecho. 12. Y todos los demás derechos reconocidos por la Constitución y demás leyes.

a) Competencias personales de administración

a) La administración del centro se rige por las normas y funciones establecidas para los funcionarios en la actual ley vigente. Desempeñará su labor bajo la competencia y responsabilidad del secretario. b) Sus principales funciones son: 1. 2.

3.

4. 65

Registro de entrada y salida de la documentación relevante que conlleva la actividad del Centro. Ordenación, clasificación y archivo de dicha documentación de manera que permita la consulta y recuperación eficaz y diligente de aquella que en un momento dado se requiera. Atención e información al público sobre las actividades del centro tales como: Proceso de matriculación, convalidaciones, sistemas de becas y ayudas, reserva de plazas, certificados, etc. Confección de las certificaciones que como consecuencia de la solicitud expresa concreta presentada por una persona o


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institución interesada y legitimada al efecto, deba firmar los órganos competentes para ello. Realización de las tareas de gestión administrativa que conlleva el proceso de admisión de alumnos y matriculación. Apoyo a la gestión administrativa generada por los procesos de evaluación. Gestión de traslados, expedición de títulos, convalidaciones, homologaciones, dispensas, bajas y cuantos procedimientos administrativos con efectos académicos establezcan las administraciones vigentes. Compulsa de documentos de acuerdo con las disposiciones legales e instrucciones que los órganos superiores dicten al efecto. Gestión de documentos de identidad escolar y NUSS. Apoyo a los procesos electivos del centro. Apoyo a la gestión de los recursos humanos. Apoyo a la gestión de los recursos materiales y a la gestión económica del centro. Gestión y tramitación del seguro escolar obligatorio. Comunicación de los desperfectos o deterioros de los bienes muebles e instalaciones del centro que detecten en el ejercicio de sus funciones. Gestión, organización y custodia del almacén del material de oficina, poniendo en conocimiento de la Secretaría las necesidades de reposición de material. Elaboración de convocatorias para órganos colegiados, asambleas,... que indique el Equipo Directivo. Cualquier otra función de carácter análogo que el Equipo Directivo pueda encomendar dentro de su ámbito de su competencia.

b) Competencias de los ordenanzas

a) Bajo la responsabilidad del secretario del centro que es el jefe de personal laboral por delegación del director/a del centro realizarán las funciones que les corresponden en el horario oficial del centro con un máximo de 7 horas por jornada laboral. b) Sus principales funciones son: 66


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1.

Controlar los accesos del centro solicitando a cualquier persona no perteneciente al mismo identificando o motivo de su presencia y evitando que se interrumpiera el normal desarrollo de las clases durante los periodos lectivos, además orientación al público profesorado alumnado… sobre instalaciones, normas internas… 2. Realizar encargos relacionados con el servicio interno o externo de recogida y entrega de correspondencia, documentación… 3. Desarrollar las labores de reprografía encuadernación… controlando los contadores de las máquinas y pasando periódicamente a control de secretaria los ingresos por reprografía 4. Recoger y emitir avisos telefónicos 5. Encendido y apagados de calefacción de las calderas del centro que poseen un sistema automático de control 6. Apertura y cierre del centro controlando luces, ventanas, puertas y realizando la conexión y desconexión del sistema de alarmas 7. Proporcionar cualquier material necesario para las clases: papel, borradores, tizas…proporcionando a profesores y no a alumnos salvo permiso expreso del profesorado 8. Custodia y control de las llaves de las distintas dependencias del centro de acuerdo con los criterios establecidos por el equipo directivo 9. Colocar en tablones de anuncios la información que el Equipo Directivo les indique y retirarla transcurrido un tiempo suficiente consultando en caso de duda 10. Comunicar los desperfectos y deterioros de los bienes muebles material e instalaciones del centro que detecten en el ejercicio de sus funciones

c) Competencias del personal de limpieza

a) Es el personal que realiza las labores de limpieza de mobiliario, recursos e instalaciones del centro. Son también responsabilidades del secretario del centro, instalaciones del director/a b) Sus funciones principales son: 67


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1.

Realizar la limpieza de muebles, recursos didácticos, despachos, aulas, pasillos, vestíbulos y demás dependencias del centro, tanto interiores como exteriores que los responsables del mismo les asignen en cada momento 2. Velarán por el mantenimiento de las existencias de los productos y material de limpieza necesarios para su correcta prestación de servicios, comunicando al secretario la necesidad de nuevas adquisiciones 3. Comunicarán los deterioros desperfectos o malos usos de los muebles e instalaciones del centro que detecten en el desempeño de sus tareas 4. Procuraran la ventilación adecuada y la correcta higiene de todas las dependencias 5. Realizarán la limpieza general exhausta del centro al finalizar cada trimestre escolar especialmente a comienzos y final de curso 6. Cualquier otra tarea de carácter análogo que el equipo directivo quiera encomendarles c) Su horario será de tarde para no interrumpir las labores educativas con un máximo de 7 horas y media por jornada.

5. ACTUACIONES EDUCATIVAS Y PREVENTIVAS A DESARROLLAR DESDE LOS DISTINTOS SECTORES La prevención es el recurso más eficaz para la mejora de la convivencia. 5.1 DESDE EL PROFESORADO a) Se dedicarán las primeras clases del curso a explicar claramente a todos los alumnos cuáles son las normas de convivencia del centro y a elaborar las del aula, no permitiendo, desde el primer momento, actitudes como: hablar en clase sin justificación, acudir sin material, levantarse sin permiso, prohibir el uso el móvil dentro del aula, comer golosinas, agredir o marginar a los compañeros verbal o físicamente (aunque sea “jugando”) etc. 68


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b) Al mismo tiempo se fomentarán hábitos y valores positivos: saber escuchar y respetar a los demás, respetar las instalaciones, aprendizaje cooperativo, espíritu de grupo, ayudar a los que sufren agresiones, etc. En estos primeros días es fundamental sentar las bases de la convivencia y el reforzamiento de la autoridad del profesor, siendo, en este momento, el currículo un elemento secundario. Para ello el profesor deberá asumir personalmente el mantenimiento del orden y la disciplina dentro del aula, teniendo como prioridad garantizar el derecho de los alumnos a recibir una formación integral. c) Ante una situación de conflicto, cuando el diálogo con el alumno no sea suficiente para solucionar el problema, el profesor podrá utilizar los siguientes recursos: 1.

2.

3. 4.

5.

6.

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Cambiar la distribución del aula y realizar un croquis de la ubicación de cada alumno, colocando el mismo en un lugar visible para todos. Anotación en la Agenda Escolar del alumno las tareas que debe realizar y las posibles incidencias. Hay que comprobar que sus padres la firman todos los días. Utilización de la Hoja de Incidencias (según el modelo del Anexo II). expuesto en el tablón de la sala de profesores. Registro de incidencias en diferentes documentos: Libro de Partes de Asistencia del aula, Libro de Guardias, Libro de Biblioteca, Libro de Sala Althia. Mediante estos documentos se controla diariamente la asistencia y el comportamiento en las diferentes clases de determinados alumnos. Al finalizar cada clase el profesor le firmará y anotará las incidencias si las hubiera, en los diferentes libros. Privar al grupo o a determinados alumnos del recreo, permaneciendo en el aula, acompañándolos durante el mismo para que realicen tareas educativas y/o de estudio y copia de las normas de convivencia. Partes de Amonestación verbal que supondrá alguna medida correctora consensuada padres-profesor. La amonestación verbal debe entregarla el alumno firmado por sus padres al profesor que lo amonestó y éste se lo hará llegar a su tutor y Jefatura de Estudios.


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5.2 DESDE LOS TUTORES a) Desarrollarán actividades convivencia en general para ello: 1. 2.

3. 4. 5.

6.

7.

encaminadas

a

fomentar

la

Dedicarán las primeras sesiones del curso a explicar las normas de convivencia del centro. Impulsarán una dinámica de grupo en la que se potencie el trabajo cooperativo, la cohesión del grupo, la tolerancia y el respeto recíproco, la formación en valores personales y sociales que favorezcan la adquisición de hábitos de trabajo, relación social y comunicación equilibrados. Canalizar las iniciativas de los padres y de los alumnos y coordinar las actividades de su grupo. Ser informados de las amonestaciones y sanciones impuestas a sus tutelados. Informar a los padres (por correo o telefónicamente) de las faltas de asistencia reiteradas de sus hijos, y de las faltas cometidas. Comprobar que los padres han firmado los partes de amonestación verbal y archivarlos. Informar en la reunión de tutores, actuaciones desarrollas en su grupo-clase y abordar casos específicos, cuando la situación lo requiera. Solicitar a Jefatura de Estudios que convoque una reunión del equipo docente cuando surjan problemas de carácter colectivo para la adopción de medidas conjuntas de todo el profesorado con respecto a su grupo.

b) Elaborará, junto a su grupo de alumnos, las normas específicas de convivencia de aula: 1.

70

Las normas del aula son una adaptación de la normativa de funcionamiento del centro al aula acercándolas al alumno. Es muy importante que existan normas elaboradas democráticamente. La participación en la elaboración y gestión de normas es fundamental. Mediante este trabajo estamos preparando a los alumnos para vivir y participar en una sociedad democrática.


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2.

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La elaboración de normas del aula tiene un componente formativo en tanto que permite que las situaciones sean tratadas y se solucionen en el ámbito donde se producen. Los alumnos y alumnas deben colaborar en la concienciación de todos sus compañeros sobre la necesidad de actuar en la convivencia del aula, en la prevención y en la solución de conflictos. 3. Las normas del aula serán explícitas, es decir aquellas que una vez consensuadas están redactadas por escrito y que pretenden regular la convivencia del aula en contra de las implícitas, es decir aquellas que no están escritas pero rigen el funcionamiento del aula por rutina, costumbre o tanteo. 4. El objetivo de la elaboración de normas de aula no es otro que conseguir un uso ordenado del aula, de esta forma se favorece la creación de un mejor clima, en el que se pueden empezar a tratar más abiertamente todo tipo de problemas y situaciones, entendiendo por clima de clase como el conjunto de condiciones ambientales donde se desarrollan las actividades del aula, es importante y básico que este clima favorezca el trabajo escolar y dificulte que las situaciones de conflicto aparezcan. 5. Las normas del aula serán elaboradas y aprobadas anualmente por el profesorado y alumnado del aula. 6. La tutoría es el espacio privilegiado para favorecer el clima de convivencia en las aulas. El tutor coordinará el proceso de elaboración y aprobación de las normas del aula con el asesoramiento del Departamento de Orientación. Una vez aprobadas, serán de obligado cumplimiento por toda la comunidad educativa. 7. Las normas del aula serán públicas y estarán expuestas en la clase. 8. Han de regular los comportamientos más frecuentes e importantes 9. Han de ser pocas y regular las conductas más significativas 10. Han de ser claras, no dejan dudas. 11. Han de ser formuladas en positivo, mejor indicar lo que se debe hacer que prohibir. 12. Han de ser cumplidas y que de su incumplimiento se deriven consecuencias. 71


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13. Han de ser flexibles, modificables cuando no cumplen su función. 14. No fijar normas que no se puedan cumplir. 15. La efectividad de las normas está ligada a su incumplimiento y de su cumplimento. 16. Han de ser negociadas y llevadas a la práctica 17. Han de ser elegidas en base a alguna razón que tenga sentido e intención. Las normas deben tener un objetivo claro. 18. Ser una vía de resolución de los problemas. 19. Poseer un lenguaje incentivador y no prohibitivo. 5.3 DESDE ELALUMNADO a) Los alumnos deben conseguir: 1.

Respecto al estudio: Asistir a clase con puntualidad. Participar en las actividades formativas. Asistir al centro con el material y equipamiento necesarios para poder participar activamente en el desarrollo de las clases. Realizar el esfuerzo necesario, en función de su capacidad para comprender y asimilar los contenidos. 2. Respecto al profesor: Mostrar respeto al profesor. Cumplir las normas y seguir las pautas. 3. Respecto a sus compañeros: Practicar la tolerancia, rechazando todo tipo de discriminación. Respetar y defender, responsable y solidariamente, el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros. Ejercer la solidaridad y practicar el compañerismo. 4. Respecto al centro: Colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación. Mostrar el debido respeto y consideración a los miembros de la comunidad escolar. Cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles, el material didáctico y las instalaciones. b) La incorporación de forma obligatoria de una AGENDA escolar como medida preventiva, de control y seguimiento del trabajo

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del alumnado, así como una herramienta eficaz de comunicación con la familia c) El delegado y subdelegado deben desempeñar las funciones establecidas para tal fin. 5.4 DESDE LA FAMILIA a) Tanto en la entrevista inicial que tenga el orientador y el equipo directivo con los padres en la jornada de acogida de alumnos de nueva incorporación, así como en la reunión de principio de curso de los tutores con las familias, se les transmitirá la idea de que la enseñanza es un proceso compartido y para la buena convivencia se les pedirá a los padres: -

Que valoren, apoyen y refuercen la labor del profesor en el aula. Que inculquen a sus hijos valores como el respeto, la responsabilidad y la solidaridad. Que revisen si sus hijos traen el material a clase y hacen los deberes. Que comprueben si sus hijos dedican en casa el tiempo necesario al estudio. Que la relación no se base solamente en la queja, sino también en las sugerencias. Compromiso en la exigencia de responsabilidades a sus hijos. La impunidad genera más conflictividad. Hay que buscar en la sanción un efecto educativo. b) Se les informará del horario de atención a padres, por parte del tutor y cada uno de los profesores. Se les pedirá que no acudan al centro sólo ante situaciones de conflicto sino cuando quieran aportar sugerencias de mejora o detecten cualquier situación anómala. 5.5 DESDE LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS a) Darán cuenta a la dirección del centro de los actos en que se atente contra las instalaciones del mismo. b) No dejarán salir del centro a los alumnos menores de edad sin autorización firmada por el profesor de guardia y el familiar que lo recoge en el centro. 73


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5.6 DESDE EL EQUIPO DIRECTIVO a) Estará permanentemente abierto a las sugerencias que planteen los padres y alumnos y cualquier miembro de la comunidad educativa y, ante problemas de convivencia, dialogará con los alumnos y sus padres a fin de reconducir la situación. b) Apoyará diariamente la labor del profesor en el aula. c) Mediará en la solución de los conflictos junto con su tutor y el Mediador del Centro d) Fomentará el diálogo con los padres para que intervengan en la elección de la medida correctora a aplicar a sus hijos y así colaborar en la coeducación de los mismos. e) Intentará que las medidas que se adopten tengan un carácter educativo, arbitrando fórmulas a través de las cuales el alumno modifique su conducta y termine asumiendo las normas de convivencia para todos. f) Velará porque las medidas correctoras adoptadas vayan aumentando gradualmente de menor a mayor, según se recoge en el protocolo de convivencia y disciplina. 5.7 DESDE EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN a) Es orientador es el encargado de dar la información a los alumnos respecto a su futura actividad laboral y de que éstos tengan la mejor actitud para el estudio. Entrevistará y estudiará a los alumnos, a los que se les observe algún problema que conlleve una conducta inadecuada (falta de atención, actitud pasiva, falta de atención por parte de los padres, etc.). En colaboración con Jefatura de Estudios intentará que estos alumnos reciban un apoyo educativo, cuando sea necesario, con el fin de que no abandonen los estudios como consecuencia de sus diferentes problemas. 5.8 DESDE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA a) La Comisión de Convivencia garantizará la coherencia entre la aplicación de las normas o consecuencia ante un conflicto determinando y la finalidad eminentemente educativa de la misma. 74


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5.9 DESDE LOS EQUIPOS DE MEDIACIÓN. EL MEDIADOR DEL CENTRO a) El Decreto 2/2008, de 8 de enero DE 2008, de la convivencia escolar en Castilla- La Mancha, dispone que en los centros docentes se podrán crear equipos de mediación entre miembros de la comunidad – método de resolución de conflictos en el que mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio para ambas. Su objetivo no es resolver el conflicto sino ayudar a las partes a resolverlo por sí mismas-. b) El ámbito de aplicación de la mediación serán los conflictos más frecuentes que se pueden encontrar en la dinámica de la convivencia escolar: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Rumores, insultos, motes molestos, quejas y malentendidos. Amenazas, acoso (bullying), actos que incordian o agobian. Relaciones deterioradas. Disputas y peleas. Situaciones desagradables o que parecen injustas. Conflictos entre profesores y alumnos. Problemas entre los miembros adultos de la comunidad educativa (familias, profesores, personal no docente,..)

No obstante, no se podrá ofrecer mediación: a) Cuando el conflicto tenga su origen en las conductas descritas en los apartados c, d y g del artículo 23 de dicho Decreto: El acoso o violencia contra personas. Actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal. Las vejaciones o humillaciones especialmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, religioso, racial o xenófoba, o se realicen contra las personas más vulnerables por sus características personales, económicas, sociales o educativas. La exhibición de símbolos que inciten a la violencia y atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos. 1.

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Cuando, en el mismo curso se haya utilizado el proceso de mediación en la gestión de dos conflictos con el mismo alumno/a siempre que los resultados de los procesos hayan sido negativos.


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b) El proceso de mediación, que interrumpe cualquier otro procedimiento administrativo, abierto al alumno/a, con el mismo objetivo, se puede iniciar a instancia de cualquier miembro de la comunidad educativa, ya se trate de parte interesada o de una tercera persona, siempre que las partes en conflicto lo acepten voluntariamente. Dicha aceptación exige que los padres o tutores, el compromiso de cumplir el acuerdo al que se llegue. c) La mediación también se puede aplicar como medida de reparación o de reconocimiento una vez aplicada la medida correctora. d) En el centro es importante que convivan una mediación formal e informal: la formal consiste en un sistema estructurado, con personas entrenadas y técnicas aprendidas. La informal que se hace sin estos requisitos, también es válida. e) La mediación escolar se basará en los siguientes principios: 1. 2. 3.

4. 5. 6. 7. 8.

Será un acto cooperativo, no competitivo. Tendrá carácter preventivo. La libertad y voluntariedad de las personas implicadas de acogerse a este proceso y abandonarlo en cualquier momento del proceso. La imparcialidad de la persona mediadora. La confidencialidad del proceso salvo los casos que determine la normativa. El carácter personal del proceso, no se pueden sustituir a las personas implicadas por representantes o intermediarios. La solución pacífica de los conflictos. Son las partes quienes buscan y llegan a la solución del problema. La vinculación de las partes con los acuerdos.

Las fases del proceso mediador son: 1.

2.

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PREMEDIACIÓN: crear las condiciones que faciliten el acceso a la mediación: presentaciones. hablar con las partes por separado sobre el proceso las reglas incidiendo en la colaboración PRESENTACIÓN Y REGLAS DE JUEGO: encuadre, quienes somos y como va a ser el proceso, crear confianza en el proceso.


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3.

Presentaciones, explicar el proceso (objetivos, expectativas, papel del mediador, normas de intervención,..) 4. CUÉNTAME: desahogo, qué ha pasado, exponer el punto de vista, hablar de sentimientos. Controlar el intercambio de mensajes, no ser ofensivo, respetar turnos,.. 5. ACLARAR EL PROBLEMA: agenda de temas, dónde estamos, identificar el conflicto por ambas partes. Conseguir una versión consensuada del conflicto. 6. PROPONER SOLUCIONES: búsqueda de soluciones que cubran las necesidades. Ver lo que cada uno pide y lo que está dispuesto a hacer por el otro. 7. LLEGAR A UN ACUERDO: evaluar las propuestas y llegar al acuerdo. Ayudar a definir el acuerdo (equilibrado, realista, claro, concreto, aceptable por las partes, evaluable,..) a) La personas mediadoras convocarán un encuentro entre las personas implicadas en un conflicto para concretar el acuerdo de mediación con los pactos de conciliación o reparación a los que se llegue. b) La persona mediadora comunicará a la dirección del centro las circunstancias por las que un proceso de mediación ha sido interrumpido, finaliza sin acuerdo o se incumplen los acuerdos tomados. c) El claustro será conocedor de la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de medidas correctoras. De igual forma el consejo escolar tiene la responsabilidad de conocer la resolución de los conflictos. d) El mediador del centro, deberán ser propuestas por la dirección de entre personas que dispongan de una formación adecuada para conducir el proceso de mediación. e) El Consejo Escolar elegirá un miembro adulto de la comunidad educativa para ejercer tareas de mediación ante conflictos de especial relevancia y trascendencia. f) La tarea de mediación se establece en los siguientes niveles: 1. 2. 77

Nivel de aula con responsabilidad de alumnos, profesores, tutores y familias. Nivel de centro con responsabilidad de profesores y departamento de orientación.


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Entre las competencias del mediador destacan: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21.

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No asumen la responsabilidad de transformar el conflicto, que corresponde a las partes. Ayuda a las partes a identificar y satisfacer sus intereses. Ayuda a las partes a comprenderse y a sopesar sus planteamientos. Contribuye a que se genere confianza entre las partes y en el proceso. Propone procedimientos para la búsqueda conjunta de soluciones. No juzga a las partes. Están atentos a los valores por los que se guían o dicen guiarse. El mediador tiene que ser neutral, independiente e imparcial; no tiene el papel ni de juzgar ni de arbitrar. Procura la igualdad. Debe hacer respetar las normas mínimas de comunicación entre las partes. Tiene el derecho de rehusar la misión de mediación por cualquier motivo que juzgue oportuno. Utiliza las técnicas de escucha activa (mostrar interés, clarificar, parafrasear, reflejar, resumir...); ¡sin entrar a valorar! Se informa sobre si hay más implicados y la extensión del problema Identifica los temas centrales y secundarios Intenta que cada parte resuma el punto de vista de la otra. Ayudar a bajar de posiciones a intereses y necesidades de los miembros en conflicto Recuerda las consecuencias de seguir igual Anima a proponer soluciones Ayuda a ser realistas y a hacer fácil la toma de decisiones cuidando salidas “airosas” para ambos. Ayuda a las partes a definir claramente el acuerdo. Felicita a las partes por su colaboración. Define los momentos de revisión y evaluación del acuerdo Redactar el acuerdo por escrito: definir con claridad QUÉ se hará, QUIÉN lo hará, CÓMO lo hará y CUÁNDO lo hará.


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22. No podrá intervenir en aquellas situaciones donde concurran aspectos de tipo familiar, amistad o personas cercanas a sus intereses. g) En algunos casos se nombrará Equipo Mediador de Aula, que estará formado por el tutor del grupo, el alumno mediador del grupo y el orientador para arbitrar y conciliar en los problemas que surjan en los diferentes grupos. La gestión de la convivencia en el aula es responsabilidad de todos. Los alumnos pueden ser mediadores en los conflictos del aula entre alumnado o alumnado-profesor siempre que tengan determinadas condiciones en habilidades sociales y bajo la supervisión del adulto. h) En cada aula se podrá crear una Comisión de Convivencia con el objetivo desarrollar la auto responsabilidad y la corresponsabilidad con la participación de todos. La asamblea será el método para la resolución de problemas. Podrá haber un buzón de sugerencias: sobre temas que preocupan es importante que se de una alternativa o solución a la misma.

6. RÉGIMEN DE NORMATIVA SOBRE ACTUACIÓN ESPECÍFICA EN EL CAMPO DE LA CONVIVENCIA. 6.1 NORMAS DE CONVIVENCIA DE CARÁCTER GENERAL a) Las normas de carácter general son: 1.

2. 3. 4.

5. 79

La corrección en el lenguaje y la debida compostura serán norma inexcusable y de garantía para una buena y correcta educación. En clase los alumnos deben atender a las explicaciones del profesor, realizar las actividades que se les exijan. Los alumnos no deben levantarse de su asiento sin permiso del profesor durante la clase. Los alumnos deben utilizar las fórmulas de cortesía habituales (pedir las cosas "por favor"), tanto si se dirige a los profesores como a sus compañeros. Se debe respetar el derecho al estudio de los compañeros del grupo o de otros grupos. Por tanto, todas las intervenciones


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del alumnado serán respetuosas y siempre centradas en los contenidos que se desarrollen en el aula. En caso de conflicto con el profesor, plantear las objeciones con la debida corrección. En los intervalos entre clases, en los desplazamientos a aulasmateria y en general en los pasillos no se permitirá correr, gritar, silbar, vocear o cualquier conducta similar. Se considerará que un alumno no cumple con este punto aun cuando tiene que cambiar de clase si es encontrado fuera del trayecto razonable para efectuar el cambio de clase o el tiempo que emplea es excesivo. Guardar silencio en las aulas, en la Biblioteca (siempre) y en los pasillos durante el desarrollo de las clases o de cualquier labor docente. Atender y obedecer en todo momento en clase y por los pasillos las indicaciones de cualquier profesor o personal no docente. Durante los recreos no se podrá permanecer en las aulas y pasillos excepto que un profesor estime oportuna la permanencia de algún alumno en estos lugares. Los alumnos deberán mantener limpias las aulas y el mobiliario; aquellos que causen desperfectos o manchen sus mesas o sillas, subsanarán de manera inmediata el mal producido. Los desperfectos y deterioros, pintadas provocadas por un uso inadecuado de las instalaciones y muebles serán reparados por el causante del hecho. Si el autor o autores de los desmanes no se presentarán, la reparación del desperfecto y el costo que conlleve será asumido por todos los alumnos de la clase afectada. Respetar la prohibición de fumar en todas las instalaciones del centro. No se puede abandonar el centro en horario lectivo sin causa justificada. A tal efecto, se considera justificado la indisposición o enfermedad del alumno, la enfermedad o muerte de un familiar o cualquier otro asunto inexcusable. No


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es causa de justificación una fiesta local, ir de compras o motivos personales poco justificados. 14. Dentro del centro, los alumnos deben tener guardados y desconectados los móviles y otros aparatos de comunicación, así como reproductores de sonido. En caso de que algún alumno trasgreda la norma, el profesor puede requisarlo hasta que vengan sus padres a recogerlo. 15. Queda restringido, sin permiso, el paso a las zonas no autorizadas a los alumnos: pasillos que acceden a los despachos del ala administrativa, sala de profesores, departamentos didácticos. 6.2 NORMAS DE CONVIVENCIA SOBRE FALTAS DE ASISTENCIA A CLASE / FALTAS DE ASISTENCIA EN LOS PRIMEROS PERIODOS DE LA JORNADA LECTIVA / FALTA DE PUNTUALIDAD a) Los alumnos tienen obligación de asistir, diariamente a todas las áreas. 1.

2.

3.

Para justificar las faltas de asistencia, el alumno deberá cumplimentar el justificante cuyo modelo se encuentra en conserjería. Dicho justificante se enseñará primeramente al tutor, éste será el que considere la falta justificada o no, atendiendo a la información del padre-tutor legal del alumno y pudiendo requerir cuantos documentos estime oportunos y que lleven a la justificación de la ausencia, sobre todo en caso de ausencia en exámenes. Después el alumno enseñará dicho justificante al resto de profesores en cuyas áreas haya faltado. Las faltas de asistencia serán comunicadas, por escrito, a los padres por parte de los tutores todos los meses. Se remitirán, en formato procesado por el programa Delphos, antes del día 5 del siguiente mes. En caso de ausencias reiterativas, el tutor lo comunicará a los padres y a la Jefatura de Estudios a la mayor brevedad posible.

b) Las faltas de asistencia injustificadas en los primeros periodos de la jornada lectiva tienen un procedimiento sancionador específico. 1. Los alumnos tienen la obligación de asistir al centro durante toda la jornada lectiva completa. Por este motivo los alumnos 81


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deben incorporarse al mismo antes del comienzo del primer período lectivo, únicamente podrán hacerlo con posterioridad por motivo justificado y en el intercambio de cada período lectivo para no interrumpir el normal desarrollo de las clases b) Se considerará falta de puntualidad cuando un alumno se incorpore a clase una vez que ésta ha comenzado. 1.

Cuando algún miembro del profesorado llegue circunstancialmente tarde o falte sin que haya podido prever su ausencia, los alumnos esperarán en clase la llegada del profesor de guardia. Si éste no se percatase de la situación, el delegado de la clase avisará al mencionado profesor o al Directivo de guardia.

6.3 ACTUACIONES CORRECTIVAS ANTE FALTAS DE ASISTENCIA A CLASE / FALTAS DE ASISTENCIA EN LOS PRIMEROS PERIODOS DE LA JORNADA LECTIVA / FALTA DE PUNTUALIDAD ANTE FALTAS DE ASISTENCIA. a) Ante faltas de asistencia injustificadas: 1.

2. 3.

4.

5.

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Cuando un alumno presente faltas injustificadas de forma continuada, el tutor informará a los padres de tal circunstancia. Cuando un alumno acumule 12 faltas injustificadas, se considera falta leve, supone parte de amonestación. La ausencia del 20-25% de las horas de un área o materia, injustificadas a lo largo del curso, el profesor de esta área podrá no aplicarle los criterios de evaluación continua, para lo cual el Departamento Didáctico establecerá sistemas extraordinarios de evaluación para dichos alumnos. En el caso de que un alumno haya acumulado globalmente más del 20-25% de faltas injustificadas la aplicación de los sistemas extraordinarios de evaluación se referirá a todas las áreas o materias del curso. La Jefatura de Estudios, por delegación de la Comisión de Convivencia, informará por escrito a los padres de la aplicación de lo previsto en este Plan de Convivencia, sobre faltas de asistencia.


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6. 7.

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Las reclamaciones contra dicha medida se interpondrán ante la Comisión de Convivencia. En caso de que esta conducta no sea modificada, tras las actuaciones anteriores el tutor dará traslado a jefatura de estudios que podrá iniciar medidas correctoras para conductas perjudiciales para la convivencia en el centro según lo establecido en este Plan de convivencia y/o aplicar los criterios de intervención de la orden de 20 de mayo de 2003 de la conserjería de educación y cultura por la que se establece el programa regional de prevención y control de absentismo escolar. Los sistemas extraordinarios de evaluación previstos para los alumnos que pierdan la evaluación continua deberán estar recogidos en las programaciones didácticas de cada departamento y deben ajustarse a lo establecido en el artículo 44 de RD 732/1995 de 5 de mayo de derechos y deberes de los alumnos. La pérdida del derecho de evaluación continua tendrá efectos por evaluación y será consignada en el boletín de evaluación.

b) La acumulación de tres retrasos no justificados en los primeros periodos de la mañana, supondrá un parte de amonestación por retrasos, informando a los padres que ante la acumulación de un nuevo retraso el alumno no accederá a la clase, salvo que presente un justificante o venga acompañado de un familiar que justifique su nuevo retraso. c) Cada profesor llevará registro de faltas de puntualidad no justificados de los alumnos en sus respectivas áreas. En consonancia con lo establecido en este Plan de Convivencia será competencia del profesor de la asignatura una vez escuchadas las explicaciones del alumno la justificación o no del retraso. En caso de ausencias o retrasos frecuentes el tutor lo comunicara a los padres y a la jefatura de estudios a la mayor brevedad posible. A efectos de cómputo: La acumulación de cinco retrasos, en la misma área, se considera falta leve, suponiendo un parte de amonestación.

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6.4 NORMAS DE CONVIVENCIA PROMOCIÓN Y TITULACIÓN

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SOBRE

EVALUACIÓN

/

a) Los alumnos no podrán salir de un examen o un control escrito (hasta que no haya tocado el timbre que dé por finalizada esa hora). b) Los padres o alumnos podrán exponer su reclamación correspondiente, en las convocatorias de junio y septiembre, manifestando por escrito las alegaciones que consideren oportunas. Dichas alegaciones, serán archivadas por el jefe de departamento del área alegada, e incluidas en su Libro de Actas, para que tengan sus efectos en la calificación final. c) Las calificaciones serán objeto de reclamación en los siguientes supuestos: 1. 2. 3.

Inadecuación entre la prueba propuesta y los contenidos reflejados en la programación del departamento. Inadecuación entre los criterios de evaluación y la calificación de la prueba. Cualquier otra circunstancia que vaya en contra de la normativa vigente de materia de evaluación.

d) El procedimiento de reclamación del centro será el siguiente: 1. Los alumnos o padres podrán solicitar de los profesores y tutores cuantas aclaraciones tengan oportunas sobre las calificaciones de sus hijos, aunque no pueden solicitar originales o fotocopias de exámenes de sus hijos. 2. En caso de existir desacuerdo en la calificación obtenida o en la decisión de promoción o titulación, el alumno o sus padres podrán solicitar por escrito la revisión de dicha decisión en el plazo de 1 día lectivo a partir de la notificación. 3. La solicitud será tramitada a través de la Jefatura de Estudios quien la trasladará al jefe de departamento y comunicará la circunstancia al tutor. Cuando la revisión afecte a la decisión de promoción la Jefatura de Estudios la trasladará al tutor 4. En el primer día lectivo después de la finalización del periodo de reclamaciones cada departamento procederá al estudio de las solicitudes y elaborará los correspondientes informes

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5. Dichos informes serán trasladados a la Jefatura de Estudios quien comunicará por escrito al alumno o a sus padres la decisión adoptada 6. Cuando la solicitud de revisión tenga por objeto la decisión de promoción o titulación el jefe de estudios y el tutor consideraran la conveniencia de reunir en sesión extraordinaria a la junta de evaluación, reunión que se realizara en un plazo máximo de dos días lectivos 7. El tutor recogerá en el acta de la sección las actuaciones realizadas, deliberaciones y ratificación o modificación de la decisión 8. La jefatura de Estudios comunicará por escrito al alumno o a sus padres la decisión tomada. Si se decide la promoción o titulación del alumno el Secretario del centro insertará en las actas la oportuna diligencia que será visada por el director e) En caso de reclamación ante el Director Provincial de la Conserjería de Educación se actuará del siguiente modo: 1. Si persiste el desacuerdo el alumno o sus padres podrán solicitar por escrito al Director del centro en el plazo de dos días de la última comunicación del centro que eleve la reclamación a la Dirección Provincial 2. En el plazo de quince días el servicio de inspección adoptara la resolución pertinente que será comunicada al Director para que la traslade al interesado 3. La resolución de la dirección provincial pondrá fin a la vía administrativa. f) Para la promoción y titulación de los alumnos, siempre se respetará las decisiones del Equipo Docente, cuya resolución siempre responderá a lo que marca la legislación vigente sobre evaluación, promoción y requisitos para la obtención del título de graduado en educación secundaria obligatoria. 6.5 NORMAS DE CONVIVENCIA SOBRE EXTRAESCOLARES Y VIAJE FIN DE CURSO

ACTIVIDADES

a) Las actividades programadas por el Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias deberán tener una 85


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finalidad esencialmente educativa, para necesariamente a estos criterios básicos:

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lo

cual

se

sujetarán

1. Toda actividad programada, debe de tener carácter cultural, científico o deportivo. 2. Deben propiciar el desarrollo de valores humanos como la tolerancia, la convivencia y el respeto mutuo. 3. Con el fin de organizar racionalmente el calendario de las distintas actividades, los Departamentos comunicarán en Jefatura de Extraescolares las actividades previstas para cada trimestre y cada grupo. 4. Serán responsables y organizadores de la actividad los profesores que la han programado o algún representante del departamento correspondiente. Éstos propondrán la lista de profesores-voluntarios que van a participar en dicha actividad ante la Dirección para su selección y aprobación, dependiendo de las necesidades del centro. 5. Los profesores organizadores harán públicas las listas de alumnos participantes con una antelación mínima de una semana. Los aspectos organizativos de los viajes o salidas serán responsabilidad de los organizadores. 6. En los casos que se determinen, por su complejidad organizativa o por el número de alumnos implicados en una actividad, se solicitará la colaboración de la AMPA. 7. Las actividades extraescolares podrán recibir apoyo económico del AMPA, previa aprobación del Consejo Escolar. 8. Si a lo largo del curso se convocaran ayudas o subvenciones públicas o privadas para estas actividades, el Jefe del Departamento de Extraescolares las solicitaría o informaría a los diferentes departamentos. 9. Siempre que sea posible se realizará una sesión informativa con los padres o tutores de la actividad que van a realizar los alumnos o se les informará por escrito de la duración y circunstancias de la salida. 10. Todas las salidas de alumnos del Centro estarán precedidas de autorización por escrito de los padres o tutores de los alumnos. La no presentación, con la antelación de 48 horas a la 86


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actividad, de este documento, excluirá automáticamente a los alumnos de la actividad. 11. En el caso de excursiones los alumnos están obligados a asistir a todas las actividades programadas y respetar los horarios establecidos. 12. El Jefe del Departamento de Extraescolares, será el encargado de contratar el medio de transporte y de velar para que la empresa con todas las normativas legales 13. Los alumnos que no participen en la actividad deberán asistir a clase para realizar tareas encaminadas al desarrollo de los objetivos de ésta; los profesores participantes en la actividad deberán dejar dichas tareas en el centro. b) Por lo que respecta a las dietas y gastos de desplazamiento de profesores, las actividades realizadas deberán regirse por los criterios establecidos a continuación: 1. Las compensaciones económicas por razón de servicio para los profesores serán las establecidas por la Consejería de Educación o la Delegación Provincial, periódicamente y será ésta la que realice el correspondiente ingreso en la nómina del docente. 2. En el caso de que los profesores o acompañantes no lleven completos los gastos de dieta el centro o los alumnos se harán cargo de la parte correspondiente a los mismos. c) Dependiendo del número de alumnos podrán ir dos o tres profesores por autobús. Participará un profesor por cada 20 alumnos o fracción, Siempre al menos dos profesores por actividad. En los casos en los que participen alumnos de Integración, se considerará prioritario que asista un profesor, preferentemente de apoyo del Departamento de Orientación. d) sobre el viaje fin de curso: 1.

2.

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Sólo se contemplará un viaje de “fin de etapa” para alumnos de 4º de la ESO. El centro no tiene la obligación inexcusable de realizar dicho viaje. El viaje tendrán lugar preferentemente durante el 2º trimestre y destinado estará en función del dinero disponible.


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Para la gestión y organización de dicha actividad se creará la Comisión Viaje Fin de Curso, que estará compuesta por: El Director La Jefatura de Extraescolares. Dos representantes de padres de alumnos que participan de la actividad. Dos alumnos, de cada uno de los cuartos. El Consejo Escolar del centro y la Comisión de Convivencia así como el Claustro de profesores serán informados por parte de Jefatura de Estudios de las actuaciones referentes a este ámbito. c) Normas generales del viaje fin de curso y viajes de más de dos días: Sólo podrán asistir a la excursión alumnos matriculados en el centro Para sufragar los gastos del viaje los alumnos asesorados por los tutores y el jefe de actividades extraescolares realizaran actividades durante los dos primeros trimestres con el fin de recaudar fondos Los representantes de cada grupo de alumnos mantendrán reuniones periódicas con sus tutores y jefe del departamento de extraescolares para coordinar y supervisar dichas actividades Los profesores que acompañaran a los alumnos serán preferentemente aquellos que impartan o hayan impartido clase a los alumnos participantes. En caso de que no hubiera número suficiente de profesores acompañantes se podrá complementar número de responsables del viaje con la participación de padres de alumnos. El viaje debe ser, ante todo, un viaje cultural. Esto conlleva que se trata de un viaje con predominio de visitas a monumentos, obras de arte, naturaleza, etc. El viaje podrá estar dotado igualmente de algunas actividades de recreo con el fin de que éstas se vayan alternando con las actividades culturales. Estas actividades de recreo nunca serán el motivo fundamental del viaje.


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El viaje debe estar estructurado de tal modo que, desde que los alumnos comienzan el día, vayan sucediéndose actividades controladas y dirigidas por monitores y profesoresacompañantes con el fin de que no haya “tiempos muertos”. Por ello, es recomendable que la estructura del viaje que finalmente se elija tenga a priori una organización y secuenciación en el tiempo de múltiples actividades de variado contenido. El viaje ha de contemplar, aparte de los profesores que el propio centro elija para acompañar al grupo, siempre que sea posible una serie de monitores que introduzcan, motiven y guíen a dicho conjunto para asegurar el buen funcionamiento de la actividad extraescolar. Los profesores voluntarios deben permanecer en contacto, en horas lectivas, con el centro diariamente con el fin de atender las posibles deficiencias o problemas que puedan ocurrir a lo largo del viaje. Las fechas para realización del viaje deben no perjudicar el calendario académico del curso. Los padres de aquellos alumnos que participan en dicha actividad deberán rellenar y firmar una hoja autorizando la realización de la misma y dejar un teléfono de contacto al que se les pueda avisar en cualquier momento sobre posibles eventualidades. Deberán llevar al viaje la cartilla sanitaria. Se guardara un comportamiento adecuado y respetuoso en todo momento lugar y circunstancia: autobús, avión, hotel (especialmente en las horas nocturnas) y visitas. Todo desperfecto originado en los lugares indicados será costeado por el alumno o alumnos responsables Se debe asistir a todas las excursiones programadas Se realizaran recuentos generales en comidas, autobús, etc. Se debe procurar ir siempre en grupo y no dejar a nadir en ningún momento En las horas libres la responsabilidad ante cualquier problema en locales públicos (bares discotecas) o cualquier otro establecimiento será del alumno


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20. Los alumnos deben estar localizables en todo momento advirtiendo con anterioridad a las personas responsables el lugar a donde se trasladan 21. En caso de cualquier dificultad se avisará a las personas responsables 22. Se prohíbe el robo o sustracción de objetos en todo lugar, así como el consumo de sustancias estupefacientes. 23. Queda terminantemente prohibido molestar durante las horas nocturnas en los hoteles así como causar destrozos y fumar en las habitaciones 24. Hay que cumplir con los horarios fijados o como cualquier otra norma que indiquen los profesores. 25. Los profesores encargados de la actividad quedan exentos de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de estas normas y ante su trasgresión tomarán las medidas oportunas. El alumno será devuelto a su domicilio previa comunicación a sus padres quienes correrán con los gastos derivados de este desplazamiento. 6.6 CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

:

(FALTAS LEVES)

a) Como faltas leves destacamos las siguientes: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

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Faltas injustificadas de asistencia a clase (12 ó más faltas sin justificar al mes). Acumulación de cinco retrasos no justificados, por falta de puntualidad, en la misma materia. Desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar interrupción del normal desarrollo de las actividades del centro Alteración del desarrollo normal de las actividades del centro Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad educativa El deterioro no grave causado intencionadamente del mobiliario e instalaciones del centro


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8.

Adoptar reiterada y sistemáticamente una actitud pasiva en las clases 9. No traer el material escolar necesario para las clases 10. No cumplir las indicaciones de los profesores y personal no docente dentro del centro, durante la clase o fuera de ella. 11. Ausentarse de clase o del centro sin permiso del profesor o, en ausencia de éste, del profesor de guardia; o del centro sin permiso de un miembro del Equipo Directivo. 12. Cualquier otro acto injustificado que perturbe levemente la convivencia requerida en el centro educativo. 6.7 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALEAS CONVIVENCIA (FALTAS GRAVES O MUY GRAVES)

PARA

LA

a) Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro: 1. 2.

3.

4.

5. 6.

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Actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades del centro. El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad. La posesión durante el horario lectivo de herramientas o utensilios de carácter punzantes como navajas, punzones, etc., salvo sea utilizado como material escolar bajo la supervisión del profesor. Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan un implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad educativa por sus características personales, económicas, sociales o educativas. Las injurias u ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa. Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación ideológica que preconicen el empleo de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.


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7.

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La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos académicos y material académico: 7.1. Identificarse falsamente utilizando la identidad de otra persona 7.2. Alterar documentos o informes del centro o falsificar los mismos 7.3. Suplantar a un compañero en actos realizados por el centro 7.4. Sustraer documentos tales como informaciones sobre evaluaciones, exámenes. 7.5. Sustraer material de otros miembros

8.

9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17.

Los daños graves causados por usos indebidos o intencionadamente en las instalaciones, materiales o documentos del centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa El uso de móviles, reproductores y cámaras grabadoras dentro del aula Fumar en lugares y dependencias del centro. Reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia Abandono del centro Las faltas consideradas como leves si se dan con publicidad intencionada Alborotos colectivos realizados en el centro Ausencias colectivas sin autorización previa y huelgas realizadas sin haberse comunicado El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. Todos aquellos actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro.

6.8 PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN DE CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCI)

CONDUCTAS

a) Las conductas contrarias a las normas de convivencia del centro podrán ser corregidas con procedimientos que tengan carácter educador y 92


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socializador, así mismo deben ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende modificar y deben contribuir al mantenimiento y mejora del proceso educativo, se considerarán prioritarias aquellas que conllevan comportamientos positivos de reparación y de compensación mediante acciones y trabajos individuales y colectivos que tengan repercusión favorable en la comunidad y en el centro. b) Las conductas contrarias a la normativa de convivencia, exceptuando las faltas de asistencia y retrasos- puntualidad- y falta de asistencia en los primeros periodos de la mañana ya abordados con anterioridad), serán tratadas según sigue: 1.

Se deberá reflejarse en la Hoja de Incidencias mensual, que se encuentra en el tablón de anuncios de la sala de profesores 2. En el caso que se crea conveniente, se elevará una amonestación pudiendo ser esta verbal o escrita, cuyos modelos se encuentran en la sala de profesores, en ellos se expresará con detalle el suceso acontecido y la conducta del alumno. Dicho documento será remitido por correo ordinario a la familia, una copia del mismo custodiará el tutor y otra será registrada en Jefatura de Estudios. Los partes de apercibimiento serán expedidos por el profesor que observa la conducta contraria a las normas de convivencia o por cualquier miembro de la directiva. Los partes de apercibimiento serán guardados durante el curso académico por la Jefatura de Estudios quien informará, con la colaboración del profesor tutor, de manera inmediata a los alumnos y a los padres con respecto a la medida correctora aplicada. c) Amonestación verbal, con la correspondiente medida correctiva tomada por el profesor/a: 1 2

Sustitución del recreo por una actividad alternativa. Restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro. 3 Llamada a los padres. 4 Actividades escolares: trabajo sobre las normas de convivencia. d) Amonestación escrita: 93


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Realización de tareas escolares, durante el horario lectivo, fuera del aula bajo la supervisión del profesor que determine el equipo directivo en función de la disponibilidad horaria, por tiempo no superior a una semana. Realización de tareas escolares en el centro, fuera del horario no lectivo, bajo la supervisión de un miembro del claustro y autorización del equipo directivo, por tiempo no superior a una semana y con el conocimiento de los padres, madres o representantes legales del alumno Medida la reparación y compensación de la conducta realizada, mediante acciones y trabajos individuales o/y colectivos. La acumulación de tres amonestaciones leves, supondrá falta grave y como tal será sancionada:

En caso de que los alumnos amonestados modificaran su actitud, la medida podría ser revisada. 6.9 PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN DE CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES A LAS NORMAS DE CONVIVENCI A. a) En las medidas correctoras que se vayan a aplicar se debe tener en cuenta: 1.

Ningún alumno/a podrá ser privado del ejercicio de su derecho de educación ni de su derecho de escolaridad 2. No pondrán ponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumno 3. La imposición de las correcciones previstas respetarán la proporcionalidad con la conducta del alumno/a y deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo 4. Se tendrá en cuenta las circunstancias personales familiares o sociales del alumno/a. b) A efectos de graduación de las correcciones, se consideraran circunstancias paliativas: 1. El reconocimiento espontáneo de su conducta incorrecta 2. La ausencia de medidas correctoras previas 3. La falta de intencionalidad 94


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4. La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del desarrollo de las actividades 5. El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado 6. La voluntad del infractor de participar en procesos de mediación, si se dan las condiciones para que ésta sea posible. c) Se consideraran circunstancias acentúales que aumentan la gravedad: 1. La premeditación y reiteración 2. Causar daño ofensa o injuria a compañeros de menor edad o a los recién incorporados el centro, o que se presenten condiciones personales que conlleven desigualdad o inferioridad manifiesta, o que estén asociadas a comportamientos discriminatorios, sea cual sea la causa. 3. Conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del centro, su integridad física o moral y su dignidad. 4. Premeditación y la reincidencia 5. La publicidad 6. La utilización de la conducta con fines de exhibición comerciales o publicitarios 7. Las realizadas colectivamente d) En los casos de faltas colectivas se podrá tomar la decisión por parte de jefatura de estudios de privar al grupo implicando de recreo realizando tareas académicas y pagando los desperfectos, si los hubiere, entre todo el grupo. e) Son medidas correctoras ante perjudiciales para la convivencia, entre otras: 1.

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conductas

gravemente

Desarrollo de actividades escolares en un espacio distinto al aula de grupo habitual, bajo el control del profesor de biblioteca o del que determine el equipo directivo en función de la disponibilidad horaria y con el conocimiento de los padres, madres o representantes legales del alumno, por tiempo no superior a una semana.


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Realización de tareas educativas, fuera del horario lectivo, bajo la supervisión de un miembro del claustro y autorización del equipo directivo, por un periodo superior a una semana e inferior a un mes y con el conocimiento de los padres, madres o representantes legales del alumno, por tiempo no inferior a una semana. Suspensión del derecho de asistencia a clase, por un periodo no superior a una semana, en este caso se establecerá por parte del equipo docente un plan de trabajo con las actividades a realizar por parte del alumno. Suspensión del derecho de participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un periodo de un mes a un trimestre. Cambio de grupo Suspensión temporal de la asistencia al centro, realizando tareas educativas, por un periodo que no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello suponga la pérdida de evaluación continua. En este caso se establecerá por parte del equipo docente un plan de trabajo con las actividades a realiza por parte del alumno. En esta medida tienen el deber de colaborar las madres, padres o representantes legales del alumno. Cambio del centro. La administración educativa procurará al alumno de enseñanza obligatoria un puesto escolar en otro centro docente, ante conductas tipificadas como maltrato entre iguales según la definición recogida en la resolución de 20 de Enero de 2006 de la Consejería de Educación y Ciencia, por lo que se acuerda dar publicidad al protocolo de actuación ante situaciones de maltrato entre iguales en los centros docentes públicos no universitarios de Castilla La Mancha. DOCM del 31 de Enero de 2006

f) El Equipo Directivo llevará un control de estas situaciones para adoptar, si fuera necesario, otras medidas, e informar periódicamente de estas circunstancias al Consejo escolar y a la inspección educativa.

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g) El Director podrá levantar la suspensión antes del agotamiento del plazo previsto, previa constatación de que se ha producido un cambio de su actitud. 6.10 RECLAMACIONES a) Las correcciones que se impongan por la realización de conductas contrarias a la convivencia no serán objeto de ulterior recurso, sin perjuicio de la facultad que asiste a los interesados a acudir ante la dirección del centro o la Delegación Provincial correspondiente: 1.

Las correcciones que se impongan por parte del director podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres o madres o representantes legales del alumno, de acuerdo a lo establecido en el artículo 127.f de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación. La reclamación se presentará en el plazo de dos días a contar desde el siguiente a la imposición de la corrección, y para su resolución se convocará una sesión extraordinaria del Consejo escolar del centro en un plazo máximo de dos días lectivos a contar desde la presentación de aquélla, en la que este órgano colegiado de gobierno confirmará o revisará la decisión adoptada, proponiendo, en su caso, las medidas que considere oportuno.

6.11 MEDIDAS EXTRAORDINARIAS ANTE CASOS DE EXTREMA GRAVEDAD Sin perjuicio de las medidas anteriormente expuestas y ante hechos o comportamientos de extrema gravedad o que incurran en actos delictivos la dirección del centro podrá adoptar actuaciones de carácter inmediato que garanticen los derechos de los miembros de la comunidad educativa. Estos hechos y actuaciones se pondrán en conocimiento de la autoridad competente a través de los procedimientos oportunos.

7. MECANISMOS DE SEGUIMIENTO EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA 97

Y


PLAN DE CONVIVENCIA.

IESO “Juan Patiño Torres”. Miguel Esteban

7.1. MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA a) Los mecanismos de seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia en el IESO Juan Patiño Torres, sin excluir ningún otro procedimiento propio del centro que quedará reflejado en la Memoria anual de centro, se guiarán fundamentalmente por la normativa vigente, relativa al fomento de la convivencia en los centros docentes de Castilla La Mancha, en concreto a lo referido a las actuaciones de seguimiento y de evaluación. b) De acuerdo con lo establecido en el centro docente se llevarán a cabo las actuaciones de seguimiento y evaluación. c) Conforme a lo establecido en la normativa vigente corresponde a la Comisión de Convivencia el seguimiento y coordinación del Plan de Convivencia escolar, y al Director y a los profesores en los que haya delegado esta competencia, la aplicación de las normas de convivencia que en él se reflejan. d) A tal fin, el Equipo Directivo facilitará al Consejo Escolar, para su análisis, información relativa a la aplicación del Plan de Convivencia escolar y las normas de convivencia, en los siguientes aspectos: 1. 2. 3. 4. 5.

Actividades realizadas. Formación relacionada con la convivencia. Recursos utilizados. Asesoramiento y apoyo técnico recibido (Orientadores, Equipos, servicios externos, etc.) Porcentaje de correcciones impuestas relativo a las conductas contrarias y gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro; tipología de las conductas corregidas y de las medidas educativas aplicadas; casos de acoso o intimidación detectados, etc.

f) El Consejo Escolar elaborará, a partir de la información facilitada por el Equipo Directivo, el Informe Anual de Convivencia que incorporará la evaluación del Plan de Convivencia escolar, y los resultados de la aplicación de las normas de convivencia. Este informe recogerá, al menos, los siguientes apartados: 98


PLAN DE CONVIVENCIA.

1. 2. 3. 4. 5.

IESO “Juan Patiño Torres”. Miguel Esteban

Nivel de consecución de los objetivos propuestos. Grado de participación de los diferentes componentes de la comunidad educativa. Valoración de resultados, propuestas de continuidad y de mejora. Análisis de los problemas detectados. Propuesta de adopción de medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia.

g) El Informe Anual de Convivencia del centro se incorporará a la Memoria anual. Una copia del mismo se remitirá, a la Dirección General de Ordenación Académica. h) En cuanto al cumplimiento de este Plan de Convivencia del IESO “Juan Patiño torres” señalar que todos los miembros de la comunidad escolar en el ámbito de sus competencias, de sus derechos y deberes tienen la obligación de llevarlo a cabo. Todos son igualmente corresponsables en el correcto ejercicio del mismo. Los profesores deben colaborar con el Equipo Directivo en el buen funcionamiento de las normas de convivencia contenidas en este proyecto. i) Con el fin de lograr dicho cumplimiento y publicidad, todos los miembros de la comunidad escolar recibirán a principios de curso un extracto de este plan de Convivencia. j) Asimismo, podrán solicitar modificaciones, ampliaciones o revisiones el Claustro de Profesores, las Juntas Directivas de las Asociaciones de Padres o cualquier otro estamento representativo del Instituto, previo acuerdo por mayoría absoluta de sus miembros.

El presente Plan de Convivencia fue aprobado por el Consejo Escolar del IE.S.O “Juan Patiño Torres”, El día de 30 de junio de 2008, entrando en vigor a partir de esa fecha.

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PLAN DE CONVIVENCIA.

IESO “Juan Patiño Torres”. Miguel Esteban

8. ANEXOS: DECRETO3/2008 DE 08-01-2008, DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN CASTILLA-LA AMNCHA.

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