C E R E D
S O H
A M U H
S O N
Derechos humanos La Declaración Universal de los Derechos Humanos parte del supuesto de que los preceptos establecidos en ella se aplicaban a todos los seres humanos. En efecto, en ella se reafirmaba el principio de no discriminación, proclamándose además “que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que toda persona puede invocar todos los derechos y libertades proclamados, sin distinción alguna y por ende, sin distinción de sexo”.
Sin embargo, la práctica fue demostrando que esto no era así y que por tanto no se aseguraba la plena vigencia de estos derechos a diversos sectores históricamente discriminados, como las mujeres, los niños , los jóvenes y los ancianos.
Tomando en consideración este tipo de situaciones la doctrina Internacional de Derechos Humanos fue modificando sus principios, su aplicación y su lenguaje, iniciándose un proceso en que los derechos específicos del “sujeto” entre ellas las mujeres empezaran a ser tratados de forma especial.
Es así como el 20 de Diciembre de 1952 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptara la “Convención Sobre Derechos Políticos de la Mujer” mediante la cual se insta a los Estados miembros a “igualar la condición del hombre y de la mujer en el disfrute y ejercicio de los derechos políticos, conforme a las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos”.
Posteriormente surgirá la “Convención Sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer” adoptada por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre de 1979 en la cual se establece que “a pesar de los diversos instrumentos (de Derechos Humanos) las mujeres siguen siendo objeto de importantes discriminaciones… Y que la discriminación de la mujer, viola los principios de igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana”; motivo por el cual se entrega a los Estados una serie de recomendaciones especificas para superarla.
DERECHOS DE LA NIÑEZ La Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por las Naciones Unidas en 1979, es el instrumento internacional de mayor aceptación en todo el mundo, e implica aceptar que los niños y niñas son sujetos plenos de derechos y que los estados deben cambiar su forma de ver y actuar en relación a la infancia y adolescencia.
Los niños y niñas tienen derecho a crecer en un entorno que garantice su supervivencia y desarrollo, es decir, tienen el derecho intrínseco a la vida, a un nombre, a una nacionalidad, a vivir con sus padres, a disfrutar de un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social, a disfrutar del más alto nivel posible de salud, a recibir una educación que contribuya al desarrollo de todas sus potencialidades, a disfrutar del derecho al esparcimiento y el juego.
También tienen derecho a la protección, a no ser discriminados, a permanecer en su país, a ser protegidos contra el trabajo infantil, y contra cualquier forma de abuso, maltrato, y explotación, y en caso que cometan un delito, tienen derecho a ser sometidos a una sanción que considere la posibilidad de re-educación y reinserción social acorde con la etapa desarrollo en que se encuentren. De la misma manera las personas menores de edad tienen derecho a la participación, es decir, a expresar su opinión libremente, a buscar, recibir y difundir informaciones, a tener libertad de pensamiento y asociación y a profesar la religión que considere.
DERECHOS DEL ADULTO MAYOR
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