REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO C&M

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Área de Seguridad y Salud Ocupacional & Medio Ambiente - 2014

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NOTA: El presente documento es propiedad de C&M SERVICENTROS SAC, y es entregado a todos sus trabajadores y terceros para el cumplimiento obligatorio. PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN / IMPRESIÓN SIN LA AUTORIZACIÓN DE LA EMPRESA, SI HUBIESE LA NECESIDAD DE COPIA SOLICITARLA AL ÁREA DE SSOMA.

Elaborado:

Jefe de Seguridad y Salud Ocupacional & Medio Ambiente Rocío Quintanilla D.

Revisado:

Gerente General Abelardo Castro L. Comité SST Guillermo Menendez A.

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V2-2014

Aprobado:


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I. RESUMEN EJECUTIVO

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II. OBJETIVOS Y ALCANCES

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III. LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

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IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

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V. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES

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VI. ESTÁNDARES DE CONTROL DE LOS PELIGROS Y RIESGOS DE SOPORTE Y APOYO

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VII. PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIA

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VIII. HIGIENE INDUSTRIAL

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IX. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

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X. SEGURIDAD EN OFICINAS

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XI. DISPOSICIONES FINALES

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XII. REFERENCIA PARA CASOS DE EMERGENCIA

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XIII. ANEXOS

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INDICE

ÍNDICE


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I.I. RESUMEN EJECUTIVO C&M SERVICENTROS SAC es una empresa peruana dedicada al transporte y comercialización de combustibles líquidos, lubricantes, gas licuado de petróleo (GLP) y Gas Natural Vehicular (GNV), que se compromete a desarrollar una gestión que proteja la integridad física, la salud y la calidad de vida de sus trabajadores, contratistas y otras personas vinculadas en el desarrollo de sus operaciones. II.II. OBJETIVOS Y ALCANCES A. OBJETIVOS · Constituyen los principales objetivos del presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo los siguiente: a. Garantizar las condiciones de seguridad, salvaguardar la integridad física y bienestar de los trabajadores y del personal tercero que visite las instalaciones, mediante el empleo de la ingeniería, maquinaria, herramientas, materiales, capacitación a todo nivel y la obligatoriedad del cumplimiento de los Procedimientos de Seguridad y Salud en el Trabajo. b. Salvaguardar la vida, salud e integridad física de los trabajadores y terceros, mediante la prevención y la eliminación de las causas de accidentes. c. Proteger las instalaciones y propiedades de la empresa con el fin de garantizar la fuente de trabajo, calidad de servicio y productos y el normal desarrollo de las operaciones de la empresa. d. Promover los programas de Seguridad y Salud en el Trabajo destinados a garantizar las condiciones y procedimientos seguridad de trabajo, mediante la capacitación, supervisión y asesoramiento a todos los niveles con la finalidad de eliminar o reducir los riesgos ocupacionales. e. Implementar los Procedimientos de Seguridad y Salud en el Trabajo necesarios para la prevención de accidentes y control de riesgos de pérdidas que involucren la protección patrimonial, ambiental, y operaciones de todas las áreas de la empresa. B. ALCANCE Artículo 2. El presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo se aplica a todas las áreas operativas y oficinas de C&M SERVICENTROS SAC, así como a todos sus trabajadores y personal contratista. La responsabilidad en Seguridad y Salud en el Trabajo de C&M SERVICENTROS SAC, alcanza lo que corresponde los linderos de sus sedes, estaciones de servicio y oficinas y los accidentes e incidentes ocurridos fuera de sus linderos, cuando el trabajador realice labores designadas por la empresa.

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I. III. LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD A. LIDERAZGO Y COMPROMISO Artículo 3. La Gerencia General se compromete: a. A liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la organización e implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. b. Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, fomentando el compromiso de cada trabajador mediante el estricto cumplimiento de las disposiciones que contiene el presente Reglamento. c. Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable. d. Asegurar la ejecución de los programas de seguridad y salud en el trabajo definidos y medir su desempeño de la seguridad y salud, llevando a cabo las mejores que se requieran y justifiquen. e. Asegurar que la empresa opere en concordancia con las prácticas aceptables de la industria y con pleno conocimiento de las leyes y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo. f. Asegurar que se investiguen las causas de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes, y se implementen las acciones correctivas y preventivas en forma efectiva. g. Participar activamente en la conformación de una cultura de prevención de los riesgos, laborales para lo cual se inducirá, entrenará, capacitará y formará a sus trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus funciones. h. Asegurar el mantenimiento de un alto nivel de entrenamiento para actuar en casos de emergencia, promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil – SINADECI. i. Asegurar que los proveedores y contratistas cumplan con todas las normas, procedimientos y estándares de seguridad y salud en el trabajo.

B. POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO C&M SERVICENTROS SAC Artículo 4. C&M SERVICENTROS SAC es una empresa peruana dedicada al transporte y comercialización de combustibles líquidos, lubricantes, gas licuado de petróleo (GLP) y Gas Natural Vehicular (GNV), que se compromete a desarrollar una gestión que proteja la integridad física, la salud y la calidad de visa de sus trabajadores, contratistas y otras personas vinculadas en el desarrollo de sus operaciones. Para ello en sus lugares de trabajo, actuales y futuros, desarrollará su gestión basada en los siguientes compromisos:

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1. Mantener un óptimo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional, en un marco de acción preventiva y de mejora continua. 2. Identificar Peligros, evaluar y controlar los riesgos de sus actividades, productos y servicios que afecten la Seguridad y Salud de las personas, el ambiente, los bienes físicos, o la marcha normal de sus procesos, implementando programas de acción preventivos y correctivos. 3. Cumplir con la legislación vigente y con los compromisos voluntariamente suscritos. 4. Fomentar en sus trabajadores, proveedores y empresas colaboradoras, una actitud responsable en aspectos de Seguridad y Salud en el trabajo. 5. Mantener una comunicación e información clara y oportuna con sus trabajadores, usuarios, contratistas y autoridades. 6. La plena identificación de la Gerencia con los compromisos de Seguridad y Salud Ocupacional adquiridos, que se responsabiliza de proveer a sus trabajadores, proveedores y empresas colaboradoras; de los recursos requeridos para implementar los programas de prevención de riesgos laborales. I. IV. ATRIBUCIONES Y OBLICACIONES A. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA: Artículo 5. C&M SERVICENTROS SAC, es responsable de la prevención de accidentes y la conservación del local de trabajo, asegurándose que las instalaciones, equipo y operaciones, se mantengan y se desarrollen de tal manera que suministren una adecuada protección a los trabajadores. Artículo 6. C&M SERVICENTROS SAC, instruirá a sus trabajadores respecto de los riesgos a los que se encuentren expuestos dentro de sus ambiente de trabajo, que puedan afectar en su salud y bienestar, adoptando las medidas necesarias para evitar accidentes y enfermedades derivadas del trabajo. Artículo 7. C&M SERVICENTROS SAC, proveerá a sus trabajadores los equipos de protección personal de acuerdo a los riesgos expuestos en su puesto de trabajo a fin de evitar accidentes y enfermedades ocupacionales. Artículo 8. C&M SERVICENTROS SAC, renovará los EPP´s cuando éstos se encuentren en condiciones inadecuadas para su uso o se haya cumplido su tiempo de vida estimado por la empresa de acuerdo al tipo de trabajo y/o puesto que desempeña el trabajador. Artículo 9. C&M SERVICENTROS SAC, dará las facilidades necesarias para que las recomendaciones emanadas del Área de Seguridad y Salud Ocupacional y Medio ambiente se cumplan. Artículo 10. C&M SERVICENTROS SAC, adoptará las medidas necesarias para que las recomendaciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST) se cumplan. Artículo 11. C&M SERVICENTROS SAC, colocará avisos y afiches en lugares visibles destinados a promover el cumplimiento de las normas, procedimientos y estándares de seguridad; REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

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fomentará también que se distribuyan entre los trabajadores, folletos o material para la difusión de las normas, procedimientos y estándares de seguridad, aplicables a las instalaciones y proceso operativo. A falta de instrucciones escritas o físicas, se utilizará constantemente la instrucción oral u otros sistemas de difusión. Artículo 12. C&M SERVICENTROS SAC, además de cumplir las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, asumirá las gestiones de las actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo y trabajará activamente a fin de obtener y mantener el más alto estándar de seguridad en sus operaciones. DE LOS TRABAJADORES Artículo 13. Los trabajadores de C&M SERVICENTROS SAC deben cumplir las disposiciones del presente Reglamente y demás Normativos complementarios que pudieran dictarse para su mejor aplicación. Artículo 14. Los trabajadores de C&M SERVICENTROS SAC están obligados a realizar toda acción conducente a prevenir accidentes y pérdidas e informar inmediatamente al Área de SSOMA o a su superior inmediato en caso de producirse un accidente o incidente. Artículo 15. Los trabajadores de C&M SERVICENTROS SAC harán uso apropiado de los EPP´s, resguardos, dispositivos de seguridad y demás recursos suministrados para su protección y cumplirán todas las recomendaciones de seguridad relacionadas con la ejecución de su trabajo. Artículo 16. Ningún trabajador de C&M SERVICENTROS SAC cambiará, alterará o dañará los EPP´s, dispositivos de seguridad u otro recurso proporcionado para su protección o la de sus compañeros. Artículo 17. Todo trabajador de C&M SERVICENTROS SAC al realizar sus labores dentro y fuera de las instalaciones de la empresa, evitará exponerse a riesgos que atenten contra su integridad física, ni cambiará u omitirá los métodos o procedimientos de trabajo establecidos. Artículo 18. Si un trabajador de C&M SERVICENTROS SAC destruye, malogra o pierde los EPP´s, uniforme o dispositivos de seguridad asignados a su cuidado, será responsable por el daño o pérdida ocasionada, produciéndose la reposición del artículo por cuenta del trabajador: SANCIONES Artículo 19. Los trabajadores de C&M SERVICENTROS SAC podrán ser sancionados con medidas disciplinarias o despido justificado si incurriesen en las faltas sobre los normativos, procedimientos y estándares de la gestión de seguridad y salud en el trabajo contemplados en el Reglamento Interno de Trabajo y la Normativa Legal Aplicable. Las Sanciones pueden ser:

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a. Cometer un acto inseguro (sub estándar): Llamada de Atención b. Cometer un acto inseguro (sub estándar) en reiteradas ocasiones, sin hacer caso a las indicaciones y recomendaciones de sus compañeros o superiores: Amonestación por escrito. c. Si Luego de la amonestación por escrito, sigue cometiendo actos inseguros (Sub estándares), poniendo en riesgo su integridad y la de sus compañeros: Suspensión hasta por 03 días. d. Los trabajadores podrán ser sancionados con despido justificado de la Empresa, cuando muestren inobservancia al Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, que ocasione daño o perjuicio o que genere riesgo grave al empleador, a las personas, a los bienes o a la seguridad del lugar de trabajo. e. Los trabajadores que incurran en faltas graves o en faltas a la disciplina y respeto en el ambiente laboral según el Reglamento Interno de Trabajo, pueden ser sancionados con despido justificado e inmediato.

B. ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE – SSOMA Artículo 20. C&M SERVICENTROS SAC cuenta, dentro de su estructura organizacional con el Área Seguridad y Salud Ocupacional & Medio Ambiente, en adelante SSOMA, que se encarga de planificar, organizar, dirigir y controlar el Programa de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo de la empresa. Artículo 21. El Área de SSOMA tiene, entre otras funciones, la de trabajar estrechamente con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, viabilizando el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Artículo 22. El Área SSOMA es responsable del desarrollo, coordinación y administración del Plan de Contingencias de la empresa. También capacita, asesora y asiste a todos los niveles de la empresa en todos lo relacionado a Seguridad. Artículo 23. El Área de SSOMA vela por el cumplimiento del presente reglamento y demás dispositivos referentes a seguridad que dicten las autoridades competentes. Artículo 24. El Área de SSOMA proporciona a todas las áreas la información y asesoría necesaria de tal manera que las operaciones se desarrollen dentro de un estándar de seguridad aceptable. Artículo 25. El Área de SSOMA realiza inspecciones planeadas a las instalaciones físicas, maquinarias, equipos y puestos de trabajo, verificando el cumplimiento de los normativos, procedimientos y disposiciones establecidas en el presente Reglamento. También identifica condiciones inseguras y actos inseguros que requieran de un control operativo, acción preventiva o medida correctiva. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

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Artículo 26. El Área de SSOMA elabora informes de los accidentes ocurridos y las estadísticas, indicando los índices de frecuencia, índices de gravedad y el porcentaje de cumplimiento de las acciones propuestas en las investigaciones. Artículo 27. El Área de SSOMA dirige las investigaciones de los accidentes e incidentes, así como la investigación de pérdidas de materiales ocasionadas por incidentes peligrosos. Artículo 28. El Área de SSOMA evalúa los riesgos ocupacionales inherentes a las operaciones de la empresa y conduce a la implementación de controles operacionales necesarios para eliminar o controlar los riesgos. Artículo 29. El Área de SSOMA sugiere las sanciones correspondientes a los trabajadores de acuerdo a la gravedad de la falta y a las disposiciones vigentes.

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - CSST Artículo 30. C&M SERVICENTROS SAC cuenta con un Comité Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST), constituido sobre las bases de la Ley N° 29783 y el DS N°005-2012TR. Artículo 31. El CSST de C&M SERVICENTROS SAC cuenta con un libro de actas, donde se anotarán todos los acuerdos tomados en las sesiones correspondientes del Comité, y el cumplimiento de los acuerdos en el plazo previsto. Artículo 32. El CSST tiene las siguientes funciones: 1. Hace cumplir el presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. 2. Propone el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo para aprobación de la Gerencia General. 3. Realiza inspecciones periódicas a las instalaciones de la empresa. 4. Se reúne mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el Programa Anual SST, y en forma extraordinaria para analizar los accidentes graves o cuando las circunstancias lo exijan. 5. Analiza las causas y las estadísticas de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales, emitiendo las recomendaciones respectivas. 6. Recomienda acciones para el mejoramiento de las condiciones relacionadas con la seguridad y velar por que se lleven a efecto las medidas adoptadas y examinar su eficacia. 7. Vigila el cumplimiento de los normativos, procedimientos, instructivos, manuales, estándares, etc., relacionado con la seguridad en las operaciones. 8. Incentiva la colaboración de todos los trabajadores en favor de la seguridad. 9. Verifica que todos los nuevos trabajadores reciban una inducción en seguridad, instrucción y orientación adecuada.

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10. Cuida que todos los trabajadores conozcan las normas, estándares, procedimiento, instrucciones, avisos y demás material estricto o gráfico relativo a la Seguridad y Salud en el Trabajo. 11. Colabora con los servicios médicos y de primeros auxilios en la atención de los accidentados. 12. Solicita ante las jefaturas correspondientes la aplicación de las sanciones a que se refiere el presente reglamento en el Capítulo IV, Artículo 19.

Artículo 33. C&M SERVICENTROS SAC ha definido un organigrama de la estructura del comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mismo que define las relaciones y líneas de coordinación entre los diferentes niveles del comité.

ORGANIGRAMA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

PRESIDENTE

SECRETARIO

MIEMBRO CSST MIEMBRO CSST MIEMBRO CSST MIEMBRO CSST MIEMBRO CSST MIEMBRO CSST MIEMBRO CSST MIEMBRO CSST REP. DE LA PARTE REP. DE LA PARTE REP. DE LA PARTE REP. DE LA PARTE REP. DE LOS REP. DE LOS REP. DE LOS REP. DE LOS EMPLEADORA EMPLEADORA EMPLEADORA EMPLEADORA TRABAJADORES TRABAJADORES TRABAJADORES TRABAJADORES

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PROGRAMA Artículo 34. El CSST en coordinación con el área de SSOMA, elabora Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo alineados con los objetivos contenidos en el presente reglamento y otras normas legales que garanticen un trabajo preventivo. Artículo 35. El CSST después de haber analizado y con los objetivos contenidos en el presente reglamento, debe priorizar la realización de un conjunto de acciones básicas orientadas a minimizar las condiciones de inseguridad y riesgos a las que se hace mención en el artículo anterior. CRONOGRAMA Artículo 36. Luego de elaborar los Programas de Salud en el Trabajo, el CSST debe confeccionar un cronograma de implementación, asignando indicadores de desempeño, métodos de verificación, responsables y tiempos para su cumplimiento. SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN Artículo 37. El área de SSOMA, en coordinación con los miembros del CSST, revisa con cierta frecuencia los avances y eficacia de los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, y propone medidas y acciones conducentes al logro de los objetivos propuestos. Artículo 38. EL CSST, conjuntamente con la Gerencia General, supervisa y evalúa los resultados obtenidos en los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo e implementará las acciones correctivas y preventivas para mejorar su desempeño.

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MAPA DE RIESGOS Artículo 39. El Mapa de Riesgos consiste en una representación gráfica a través de los símbolos de uso general adoptados, indicando el nivel de exposición, ya sea bajo, mediano o alto, de acuerdo a la información recopilada en archivos y los resultados de las mediciones de los factores de riesgo presentes, con el cual se facilita el control y seguimiento de los mismos, mediante la implementación de programas de prevención. La Periodicidad de la formulación del Mapa de Riesgos está en función de los siguientes factores: Tiempo estimado para el cumplimiento de las propuestas de mejoras, situaciones críticas, documentación insuficiente, modificaciones en procesos, nuevas tecnologías, entre otros. B. IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN Artículo 40. Para la evaluación y mejora del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, la empresa deberá implementar y mantener los siguientes registros: 1. Registro de los accidentes de trabajo e incidentes en el que deberá constar la investigación y medidas correctivas y preventivas adoptadas. 2. Registro de las enfermedades ocupacionales. 3. Registro de los exámenes médicos ocupacionales. 4. Registro de los monitoreos de agentes físicos, químicos, biológicos y factores de riesgo disergonómico. 5. Registro de las inspecciones internas de seguridad y salud. 6. Las estadísticas de seguridad y salud. 7. Registro de los equipos de seguridad y de sus inspecciones. 8. Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. 9. Registro de entrega de EPP´s y uniformes. C. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS CONTRATISTAS Artículo 41. Toda empresa de servicios, intermediación laboral, contratistas, subcontratistas y cooperativas de trabajadores deberán garantizar: 1. La coordinación de la gestión de prevención de riesgos laborales. 2. La seguridad y salud de sus trabajadores. 3. La verificación de la contratación de los seguros de acuerdo a ley. 4. El cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo y de las normas y estándares definidos por C&M SERVICENTROS SAC. 5. Informar en caso de accidentes e incidentes peligrosos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N°29783 y su DSN° 005-2012-TR. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

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I. V. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES: DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE SEGURIDAD Artículo 42. Consideraciones Generales en las operaciones: 1. Conserve su lugar de trabajo en el mejor estado de limpieza, mantenimiento y ubicación de las cosas en forma segura y ordenada. 2. Use en forma obligatoria los EPP´s adecuados, según el tipo de trabajo y riesgos presentes en los ambientes de trabajo. (Ver. Anexo IV: Matriz de Equipos de Protección Personal por Puesto de Trabajo). 3. Mantenga los pasadizos libres de obstáculos para facilitar una evacuación rápida, el libre tránsito de personas y desplazamiento de vehículos. 4. No usar el aire comprimido para limpiar su ropa de trabajo, no lo use como ventilador personal. 5. Está prohibido fumar y/o hacer fuego abierto en ambientes de trabajo. 6. Usar el uniforme y ropa de trabajo completo. 7. Debe conocer todos los peligros que existen en los lugares de trabajo y saber las precauciones a tomar para evitar o prevenir los peligros, eliminando así posibles causas de accidentes. 8. Es obligatorio que los trabajadores conozcan los Instructivos de Despacho, Carga y descarga, trasiego, varillaje, entre otras actividades operativas, documentos elaborados por el área de Operaciones, para que sean complementados por los Procedimientos de Seguridad para carga y descarga y manejo de combustibles, documentos elaborados por el Área de SSOMA. 9. Todo trabajador debe cuidar y conservar los avisos, paneles y señales de seguridad y cumplir con todas las normas, procedimientos, estándares y disposiciones que contienen. 10. Toda señal que indique “PELIGRO”, “PROTÉJASE”, “DESDE ESTE PUNTO, EL USO DE LOS EPP´s ES OBLIGATORIO”, “PRECAUCIÓN” o similar, debe ser respetada y cumplida. 11. Solamente las personas que instalaron las señales de seguridad son las autorizadas para retirarlas, salvo disposición expresa del Área de SSOMA. 12. Los trabajadores que realicen operaciones como: despachar GNV, GLP, Combustibles líquidos, estiba de cilindros de GLP, mantenimiento de vehículos e infraestructura, trabajos eléctricos, no podrán usar anillos, relojes, corbatas, ropa suelta; esto se considerará un acto inseguro (Sub-estándar). 13. Es obligatorio el uso de arnés tipo paracaidista cuando se realicen trabajos en altura, en espacios confinados y donde haya riesgo de caída. El trabajador que deba realizar dichos trabajos, deberá conocer previamente el “Procedimiento de Trabajos en Altura” proporcionado por el Área de SSOMA.

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14. Cuando se tenga que manipular materiales peligrosos (ácidos, cáusticos, gases, combustibles, aceites, etc.), se debe usar, mandil, guantes para productos químicos y protección respiratoria adecuada a cada tipo de material peligroso. 15. Todos los trabajos especializados deben ser realizados por el personal habilitado y certificado en su función. Ejemplo: Mecánicos eléctricos, operadores de montacargas, conductores con su respectiva licencia, soldadores, etc. 16. En todos los trabajos a ser realizados en equipos eléctricos, mecánicos, hidráulicos, neumáticos, donde exista riesgo de accidentes y lesiones, previamente se debe colocar la Cartilla de Bloqueo de Energía y se procederá a certificar la ausencia de energía. Dicha cartilla solo podrá ser retirada cuando haya concluido el trabajo y por el personal que la colocó. 17. No se debe hacer uso de herramientas defectuosas, hechizas y modificadas, siempre deberá seleccionarse la herramienta adecuada para el trabajo. 18. No debe ponerse en funcionamiento maquinarias o equipos que no tengan resguardos o sistemas de protección. 19. Únicamente los trabajadores entrenados, autorizados y habilitados podrán conducir los vehículos de la empresa. 20. Cada trabajador debe conocer el procedimiento a seguir en caso de emergencia, en especial aquellas personas que trabajan con líquidos inflamables, sustancias tóxicas y todo material peligroso. 21. Los extintores y equipos de emergencia deben estar debidamente identificados y libres de obstáculos que dificulten su fácil ubicación y uso. 22. El uso de calzado de seguridad es obligatorio dentro de las áreas de operaciones y almacenamiento, talleres, zona de maestranza, varillaje, etc. Está prohibido el uso de zapatillas, sandalias, pantuflas, u otro calzado. 23. Todo daño a maquinaria, equipos, vehículos o instalaciones deberá ser comunicado inmediatamente al Área de SSOMA. El Supervisor o responsable del área donde ocurrió el daño emitirá un informe de accidente/incidente al Área de SSOMA para su posterior investigación y análisis. Artículo 43. Estiba manual de cilindros de GLP: El Trabajador que deba realizar actividades de estiba y desestiba de cilindros está obligado a cumplir lo siguiente: 1. Usar guantes de cuero para la carga y traslado de los cilindros. 2. No empujar con los pies ni tirar los cilindros para intentar acomodar la carga. 3. No ingresar a las jaulas para retirar los cilindros, se deberá usar un gancho para jalarlos hacia el exterior.

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4. No trepar las jaulas para retirar los cilindros, emplear una plataforma y los equipos necesarios para el trabajo en altura si se supera los 1.8 metros sobre el nivel del suelo. 5. No utilizar los cilindros como plataformas o bancos de apoyo, ya que podrían caerse y lastimar al trabajador, además de malograr la válvula del cilindro. 6. No rodar los cilindros para su traslado, si se encuentran vacíos llevar, uno en cada mano. 7. Aplicar técnicas de levantamiento seguro. 8. Si la estiba se realiza dentro de la planta de envasado, además se deberá tener en cuenta: a. No transitar de bajo de cargas suspendidas por los montacargas. b. No retirar cilindros de las jaulas cuando la carga se encuentre suspendida. c. Todo incidente o accidente debe ser reportado de forma inmediata al área de Seguridad de la planta y al mismo tiempo al Área de SSOMA de C&M SERVICENTROS SAC. d. Estar atento con el tránsito de montacargas y reportar si los montacargas exceden los límites de velocidad permitidos en planta. Artículo 44. Consideraciones de Seguridad para la atención del GNV, GLP y/o Combustibles líquidos. Para el despacho de GNV, GLP y otros combustibles líquidos en estaciones de servicio, el trabajador después de verificar la documentación del vehículo y/o usuario, deberá cumplir con las siguientes recomendaciones de seguridad: 1. Utilizar obligatoriamente los EPP´s adecuados a la operación que realizará. 2. Verificar el cumplimiento de los carteles que prohíben fumar en la zona. 3. Hacer estacionar el vehículo en el lugar adecuado, cerca de la isla de surtidores. 4. Verificar que el usuario ha detenido el funcionamiento del motor y que ha aplicado el freno de mano (para impedir el desplazamiento de la unidad). 5. Para poder realizar la carga de GNV o GLP, es obligatorio que todos los ocupantes del vehículo desciendan del mismo. 6. Verificar que todos los equipos eléctricos, incluida la radio del vehículo, estén fuera de funcionamiento, a fin de evitar eventuales chispas. Solicitar al usuario que apague su teléfono celular. 7. Antes de conectar la manguera, observar que la zona de la válvula de carga esté limpia y en buenas condiciones, para proceder con la atención siguiendo todas las indicaciones de seguridad contenidas en el “Instructivo de Atención Segura al Cliente en Estaciones de Servicio”. 8. Durante la operación de carga prestar el máximo de atención para detectar posibles anormalidades. 9. Desconectar cuidadosamente la manguera de la boca de la válvula, o la pistola del tanque del vehículo. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

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10. Está prohibido el manejo de los surtidores (mangueras), por parte de personal ajeno a la unidad de venta. 11. Si luego de concluida la carga el vehículo no arranca, no está permitido volver a levantar el capó para observar las posibles fallas. El conductor retirará empujando la unidad a una zona segura y que no entorpezca el movimiento de vehículos. Artículo 45. Almacenes Objetivo: Almacenar, custodiar y entregar los productos almacenados que se requieran a pedido del usuario o de usuarios internos. Elementos: Estantes, racks, carretillas manuales, materiales de embalaje, repuestos, insumos, recipientes, productos químicos. Estándares de Seguridad: 1. Use obligatoriamente los Equipos de Protección Personal descritos Anexo 3: Matriz de Equipos de Protección Personal por Puesto de Trabajo. 2. Respete las indicaciones de las señales de seguridad, tales como Uso Obligatorio de EPP´s, prohibido fumar, equipos de emergencia, productos químicos, riesgo eléctrico, etc. 3. Use el uniforme y ropa de trabajo completo. 4. No levante cargas cuyo peso sea mayor a 25 kg. Caso contrario, solicite ayuda. 5. Mantenga los pasadizos libres de obstáculos para el libre tránsito de personas y desplazamiento de vehículos. 6. Mantenga el acceso a los equipos de emergencia libres de obstáculos. 7. Antes de usar herramientas manuales, verifique que su estado no represente riesgos. 8. No sobrecargue los andamios. 9. Está prohibido fumar y/o abrir fuego. 10. No almacenar líquidos inflamables ni material corrosivo en recipientes sin tapa. 11. Mantener rotulados todos los líquidos y/o productos que no se encuentren en su envase original o su descripción no sea visible. 12. En caso de contacto o de sobre exposición accidental del trabajador a materiales peligrosos seguir las instrucciones que se encuentran en la hoja de seguridad del producto (MSDS). 13. Todo material peligroso debe estar correctamente señalizado y almacenado. 14. Implementar controles administrativos y operativos en la compra, recepción, almacenamiento, manipulación, uso y descarte de los materiales peligrosos. Artículo 46. Mantenimiento Mecánico: Objetivo: Mantener equipos, maquinaria, vehículos e instalaciones en óptimas condiciones. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

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Estándares de Seguridad: 1. Use obligatoriamente los Equipos de Protección Personal descritos Anexo 3: Matriz de Equipos de Protección Personal por Puesto de Trabajo. 2. Respete las indicaciones de las señales de seguridad, tales como Uso Obligatorio de EPP´s, prohibido fumar, equipos de emergencia, productos químicos, riesgo eléctrico, etc. 3. Use el uniforme y ropa de trabajo completo. 4. No levante cargas cuyo peso sea mayor a 25 kg. Caso contrario, solicite ayuda. 5. Mantenga los pasadizos libres de obstáculos para el libre tránsito de personas y desplazamiento de vehículos. 6. Mantenga el acceso a los equipos de emergencia libres de obstáculos. 7. Antes de usar herramientas manuales, verifique que su estado no represente riesgos. 8. No sobrecargue los andamios. 9. Está prohibido fumar y/o abrir fuego. 10. No almacenar líquidos inflamables ni material corrosivo en recipientes sin tapa. 11. Mantener rotulados todos los líquidos y/o productos que no se encuentren en su envase original o su descripción no sea visible. 12. En caso de contacto o de sobre exposición accidental del trabajador a materiales peligrosos seguir las instrucciones que se encuentran en la hoja de seguridad del producto (MSDS). 13. Mantenga en su lugar los resguardos y barreras de las máquinas. 14. Limpie inmediatamente los derrames de aceites, grasas y líquidos en general. 15. Antes de subir por escaleras verifique la estabilidad de éstas. 16. Para realizar trabajos en plataformas o sobre equipos con riesgo de caída a diferente nivel, debe hacer uso de los medios y equipos que restrinjan o detengan su caída. 17. Para realizar trabajos de riesgo, tales como, en altura, espacios confinados, corte y soldadura, con llamas abiertas, con materiales peligrosos, se deberá cumplir el Procedimiento para Trabajos de Riesgo. 18. Para realizar trabajos de mantenimiento en las instalaciones, tener en cuenta los peligros eléctricos, mecánicos, flujos y equipos en movimiento, pero es necesario realizar un trabajo con estos peligros, se debe realizar el bloqueo y etiquetado según el Procedimiento para Trabajos de Riesgo. Artículo 47. Mantenimiento Eléctrico: Objetivo: Mantener equipos, maquinaria, vehículos e instalaciones en óptimas condiciones de operación. Estándares de Seguridad: 1. Use obligatoriamente los Equipos de Protección Personal descritos Anexo 3: Matriz de Equipos de Protección Personal por Puesto de Trabajo.

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2. Respete las indicaciones de las señales de seguridad, tales como Uso Obligatorio de EPP´s, prohibido fumar, equipos de emergencia, productos químicos, riesgo eléctrico, etc. 3. Use el uniforme y ropa de trabajo completo. 4. No levante cargas cuyo peso sea mayor a 25 kg, en caso sea necesario, solicite ayuda. 5. Mantenga los pasadizos libres de obstáculos para el libre tránsito de personas y desplazamiento de vehículos. 6. Mantenga el acceso a los equipos de emergencia libres de obstáculos. 7. Antes de usar herramientas manuales, verifique que su estado no represente riesgos. 8. No sobrecargue los andamios. 9. Está prohibido fumar y/o abrir fuego. 10. No almacenar líquidos inflamables ni material corrosivo en recipientes sin tapa. 11. Mantener rotulados todos los líquidos y/o productos que no se encuentren en su envase original o su descripción no sea visible. 12. En caso de contacto o de sobre exposición accidental del trabajador a materiales peligrosos seguir las instrucciones que se encuentran en la hoja de seguridad del producto (MSDS). 13. Mantenga en su lugar los resguardos y barreras de las máquinas. 14. Limpie inmediatamente los derrames de aceites, grasas y líquidos en general. 15. Antes de subir por escaleras verifique la estabilidad de éstas. 16. Para realizar trabajos en plataformas o sobre equipos con riesgo de caída a diferente nivel, debe hacer uso de los medios y equipos que restrinjan o detengan su caída. 17. Para realizar trabajos de riesgo, tales como, con electricidad en estaciones, subestaciones, se deberá cumplir con el Procedimiento para Trabajos de Riesgo. 18. Para realizar trabajos eléctricos utilice sus guantes dieléctricos, casco de seguridad para trabajos eléctricos, bloquee la energía y equipos en movimiento cumpliendo con el Procedimiento para Trabajos de Riesgo. Artículo 48. Mantenimiento –Infraestructura: Objetivo: Fabricación y reparación de mobiliario y materiales auxiliares de operaciones. Estándares de Seguridad: 1. Use obligatoriamente los Equipos de Protección Personal descritos Anexo 3: Matriz de Equipos de Protección Personal por Puesto de Trabajo. 2. Respete las indicaciones de las señales de seguridad, tales como Uso Obligatorio de EPP´s, prohibido fumar, equipos de emergencia, productos químicos, riesgo eléctrico, etc. 3. Use el uniforme y ropa de trabajo completo. 4. No levante cargas cuyo peso sea mayor a 25 kg. Caso contrario, solicite ayuda. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

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5. Mantenga los pasadizos libres de obstáculos para el libre tránsito de personas y desplazamiento de vehículos. 6. Mantenga el acceso a los equipos de emergencia libres de obstáculos. 7. Antes de usar herramientas manuales, verifique que su estado no represente riesgos. 8. No sobrecargue los andamios. 9. Está prohibido fumar y/o abrir fuego. 10. No almacenar líquidos inflamables ni material corrosivo en recipientes sin tapa. 11. Mantener rotulados todos los líquidos y/o productos que no se encuentren en su envase original o su descripción no sea visible. 12. En caso de contacto o de sobre exposición accidental del trabajador a materiales peligrosos seguir las instrucciones que se encuentran en la hoja de seguridad del producto (MSDS). 13. Mantenga en su lugar los resguardos y barreras de las máquinas. 14. Limpie inmediatamente los derrames de aceites, grasas y líquidos en general. 15. Antes de subir por escaleras verifique la estabilidad de éstas. 16. Para realizar trabajos en plataformas o sobre equipos con riesgo de caída a diferente nivel, debe hacer uso de los medios y equipos que restrinjan o detengan su caída. 17. Para realizar trabajos de riesgo, tales como, en altura y espacios confinados, se deberá cumplir el Procedimiento para Trabajos de Riesgo.

VI. STÁNDARES DE CONTROL DE LOS PELIGROS Y RIESGOS DE SOPORTE Y APOYO A. INGRESO Y CIRCULACIÓN POR LAS INSTALACIONES Artículo 49. Ingreso a las instalaciones Estándares de seguridad para el ingreso a las instalaciones de la base – Márquez. 1. Se prohíbe el ingreso a las instalaciones o áreas que impliquen riesgo, está restringido a personas ajenas a la actividad y solo previo cumplimiento de los estándares de seguridad del área. 2. Para transitar dentro de las instalaciones de la Base-Márquez, es obligatorio el uso de EPP´s establecidos para cada puesto de trabajo. 3. El ingreso de un nuevo trabajador a las instalaciones de la empresa en cualquiera de sus operaciones, será previa charla de inducción en seguridad y salud en el trabajo. 4. Está prohibido el ingreso de los trabajadores en estado etílico o bajo la influencia de drogas o sustancias alucinógenas. 5. Toda persona que ingrese o salga de las instalaciones de la empresa portando maletas, bolsos o paquetes está obligado a pasar el registro que efectúe el personal de Seguridad Personal, Patrimonial y Resguardo.

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6. Los vehículos de los trabajadores y visitantes serán inspeccionados al ingresar y salir de las instalaciones de la empresa por el personal de SPPR, según lo dispuesto en el Procedimiento para el Ingreso, Desplazamiento, Atención y Salida de Vehículos dentro de las instalaciones de la empresa. 7. El ingreso del personal contratista permanente o eventual, se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el Procedimiento de Exigencias de Seguridad Industrial y Medio Ambiente para Contratistas. 8. Todo trabajador está en la obligación de identificarse y de portar su fotocheck en un lugar visible, así como presentarlo al personal de servicio de vigilancia antes de ingresar a las instalaciones de la empresa en cualquiera de sus sedes. Artículo 50. Circulación por las instalaciones: Estándares de seguridad para el tránsito de vehículos y peatones dentro de las instalaciones de la empresa: 1. Toda visita que ingresa a las instalaciones de la empresa, debe transitar únicamente por las áreas o sectores a los cuales fue autorizado su ingreso. Si por motivos de trabajo debiera ingresar a otras, debe solicitar autorización al área de SSOMA y SPPR. 2. La velocidad máxima de transito interno no debe exceder los 10 km/h. 3. Todo trabajador y visita debe respetar la señalización y transitar únicamente por los caminos peatonales demarcados. 4. La prioridad de paso la tendrá siempre el peatón sobre cualquier vehículo. 5. Los vehículos que ingresen a las instalaciones de la empresa solamente transitarán y se estacionarán en las zonas autorizadas y no dificultarán el libre tránsito de otros vehículos, materiales y personas. B. INSTALACIONES Y SU MANTENIMIENTO Artículo 51. Edificaciones Estándares de seguridad en las edificaciones de la empresa: 1. Las edificaciones deben reunir las condiciones de seguridad que permitan proteger a los trabajadores y activos de la empresa. 2. Debe establecerse un programa de mantenimiento de edificaciones y ejecutarse en las fechas establecidas. 3. Toda mejora o modificación que sufran las edificaciones, deben ser realizadas teniendo en cuenta las recomendaciones del Área de SSOMA, tratando de no afectar las condiciones de seguridad de las mismas y generar riesgos para los trabajadores y las operaciones. 4. Cada vez que se produzcan mejora o modificación en las instalaciones de la empresa, se deben modificar y actualizar los planos.

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5. Toda nueva edificación debe cumplir con lo estipulado en el Reglamento Nacional de Edificaciones. 6. Las instalaciones y edificaciones deben ser inspeccionadas periódicamente para verificar que se encuentren en condiciones seguras. 7. Toda vez que se efectúen trabajos y maniobras peligrosas en zonas de permanencia o tránsito de personas y vehículos, se debe aislar el área comprometida y señalizar las rutas alternas de circulación. Artículo 52. Iluminación Natural y Artificial Estándares de Seguridad para la iluminación natural y artificial: 1. La iluminación y visibilidad de todos los ambientes de la planta debe estar dentro de los niveles establecidos en las normas vigentes. 2. Se debe instalar iluminación artificial cuando no se alcance niveles adecuados mediante la iluminación natural. Las ventanas y tragaluces deben mantenerse limpios y libres de materiales que obstaculicen el ingreso de la luz natural. 3. La iluminación artificial tendrá una intensidad adecuada, uniforme y debe ser instalada de modo que no proyecte sombras y produzca deslumbramientos. 4. Se dispondrá de iluminación de emergencia en las oficinas, almacenes, subestaciones, rutas y zonas de evacuación. 5. En las áreas donde se realicen operaciones de mantenimiento, se dispondrá de una iluminación adecuada, que no origine riesgos adicionales a los inherentes a la operación. 6. Todos los accesorios, interruptores y luminarias deben estar en buenas condiciones de funcionamiento. Cualquier desperfecto o condición insegura debe ser registrada e informada al responsable o al Área de SSOMA para su pronta solución. 7. Las lámparas eléctricas con extensión serán utilizadas en caso no se pueda emplear lámparas fijas. Las lámparas deben contar con resguardos, aislamientos, enchufes y conexiones seguras. Artículo 53. Ventilación Natural y Artificial Estándares de Seguridad para la ventilación natural y artificial: 1. Se debe asegurar una buena calidad de aire en todos los ambientes de la empresa. 2. Los sistemas de ventilación deben ser inspeccionados y mantenidos periódicamente. 3. Se deben elaborar los programas de inspección y mantenimiento de los sistemas de ventilación artificial y dar las recomendaciones para mantener una buena calidad de aire dentro de los ambientes de trabajo. Artículo 54. Servicios Higiénicos, Comedores, Vestuarios Estándares de Seguridad en los servicios higiénicos, comedores y vestuarios: 1. Deben identificarse los riesgos de higiene personal, adoptarse las medidas de control y seguimiento respectivo.

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2. Cumplir con una rutina de limpieza y saneamiento diario de los servicios higiénicos, comedores y vestuarios. 3. Los casilleros personales deben permanecer enumerados y ordenados. 4. Cumplir un programa de fumigación y control de plagas en los servicios higiénicos, comedores y vestuarios. 5. Los alimentos deben consumirse solo en los comedores o áreas autorizadas. 6. Realizar inspecciones periódicas para verificar las buenas condiciones del suministro de agua, desagüe, sistema de ventilación, extracción y grifería en general. Artículo 55. Almacenamiento y Apilamiento Estándares de Seguridad en el almacenamiento y apilamiento: 1. Todo almacén debe contar con ventilación e iluminación adecuada. 2. Los estantes o racks deben soportar el peso de los materiales o productos almacenados. Deben estar anclados al piso, pareces y techo para evitar su caída. 3. Entre los estantes o racks debe existir la suficiente separación para permitir maniobras y tránsito de personas sin ningún riesgo. 4. Mantener la limpieza y orden dentro de los almacenes, disponer de los materiales de modo que no generen riesgos adicionales, teniendo en cuenta disponer los materiales o productos más pesados en la parte inferior. 5. Para el apilamiento de materiales o productos se debe mantener el siguiente estándar: · No obstaculizar el paso de la luz natural o artificial. · No interferir en el funcionamiento de máquinas o equipos. · No obstaculizar el tránsito de personas y/o vehículos. · No interferir en el funcionamiento de los dispositivos de protección contra incendios, sensores y alarmas. · Para manipular los materiales o productos se debe hacer uso de herramientas, equipos y EPP´s adecuados. 6. No hacer uso de zonas de almacenamiento para descansar o realizar actividades de ocio. Artículo 56. Orden y Limpieza Estándares de Seguridad en el orden y limpieza: 1. Todos los trabajadores deben aplicar como norma básica de trabajo, el orden y limpieza antes, durante y después de su jornada de trabajo. 2. Todo trabajo de mantenimiento y reparación debe realizarse en forma ordenada y segura. Cada área será responsable del orden, limpieza y eliminación de sus desechos en los lugares designados. 3. En todas las áreas de la empresa se cumplirán las siguientes prácticas:

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· Mantener los waipes, trapos y otros materiales impregnados de sustancias inflamables o peligrosas, dentro de contenedores color ROJO. · Almacenar los recipientes de líquidos inflamables en estantes o armarios metálicos señalizados y adecuadamente ventilados. · Evitar obstruir pasadizos y rutas de evacuación. C. ESTÁNDARES GENERALES DE MANTENIMIENTO Artículo 57. Operaciones de Mantenimiento y Reparación Estándares de seguridad a seguir en las operaciones de mantenimiento y reparación: 1. Debe disponerse de un sistema de gestión de mantenimiento para asegurar una operación eficiente. 2. Las operaciones de mantenimiento deben ser ejecutadas por personal capacitado, entrenado y con la autorización correspondiente. 3. Debe efectuarse el bloqueo de energía cuando se realicen operaciones de mantenimiento o reparación de equipos, maquinaria o vehículos. 4. En toda operación de mantenimiento o reparación debe constantemente verificarse el cumplimiento de los estándares de seguridad: · ·

· · ·

Mantener una iluminación y ventilación adecuada. No efectuar operaciones de mantenimiento o reparación cuando la máquina o equipo esté en movimiento, caso contrario de deberá tener recomendaciones de seguridad adicionales. Utilizar herramientas, materiales y elementos de maniobra adecuadas y en condiciones seguras de uso. Utilizar EPP´s adecuados para cada operación. Toda operación de mantenimiento o reparación considerada de riesgo debe ser autorizada por el Área de SSOMA.

5. Para realizar operaciones de oxicorte y soldadura eléctrica cerca o dentro de áreas de almacenamiento de materiales combustibles y en espacios confinados, se debe cumplir con el procedimiento para trabajos de riesgo. 6. No realizar trabajos sin cumplir con los estándares de seguridad establecidos que puedan causar accidentes con daños materiales, pérdidas en procesos, lesiones personales e impactos ambientales negativos. 7. Todo trabajador de C&M SERVICENTROS SAC está en la potestad de detener un trabajo de mantenimiento que represente un peligro inminente debiendo informar al responsable del trabajo para que solucione la condición de riesgo antes de reiniciar el trabajo.

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Artículo 58. Bloqueo de Energía Estándares de seguridad en el bloqueo de energía para minimizar el riesgo de exposición a fuentes de energía y materiales peligrosos: 1. El procedimiento del bloqueo de energía debe cubrir todas las fuentes de energía disponibles: Eléctrica, térmica, hidráulica, mecánica, neumática y dinámica. También aplica para todo contenedor ducto y tubería que contenga fluidos y gases a presión. 2. Cada área deberá asegurar que sus trabajadores reciban entrenamiento en el procedimiento de bloqueo de energía. 3. Todo equipo o máquina debe tener un dispositivo que permita ser bloqueado en forma local. 4. Todo dispositivo de bloqueo estándar debe estar rotulado y registrado. 5. Los equipos y máquinas deben bloquearse de acuerdo al procedimiento de Bloqueo de Energía. 6. Se debe verificar que los equipos o máquinas se encuentren sin energía antes de iniciar cualquier trabajo. 7. Todo interruptor principal de encendido, apagado y parada de emergencia debe ser fácilmente identificable. Artículo 59. Escaleras Portátiles, Escaleras Fijas, Plataformas, Rampas, Andamios Estándares de seguridad en escaleras portátiles, escaleras fijas, plataformas, rampas y andamios: 1. Las condiciones de las estructuras deben cumplir con los estándares internos vigentes. 2. Todas las escaleras portátiles deben: · Ser inspeccionadas antes de ser utilizadas. En el caso se identifique defectos o daños, se deben reparar o retirar de uso. · Colocarse de modo que la distancia horizontal sea ¼ del largo de la misma. · Subir y bajar de las escaleras dando el frente a la escalera y utilizando ambas manos para agarrarse y como mínimo mantener tres puntos de apoyo en todo momento. · No pararse en el último peldaño de una escalera plegable de tijera. · No subir 2 o más personas al mismo tiempo por una escalera portátil. · No utilizar escaleras metálicas para realizar trabajos eléctricos. · No dejar herramientas u otros objetos sobre las escaleras. 3. Todo andamio debe: · Estar certificado por el área de SSOMA para garantizar su operatividad, resistencia y estabilidad. · No sobrecargar los andamios, se debe repartir la carga equitativamente. · Se debe anclar todo andamio para garantizar su estabilidad. · Las plataformas de trabajo deben contar con rodapié para evitar la caída de objetos a los niveles inferiores. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

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· Contar con una línea de vida independiente para cada trabajador. 4. Toda plataforma móvil o canastilla debe: · Contar con cuerdas o cables anclados a elementos fijos y resistentes, para asegurar su estabilidad. · Disponer de barandas de protección y rodapié en todo su perímetro. · Contar con una línea de vida independiente para cada trabajador. Artículo 60. Herramientas Manuales Estándares de seguridad con las herramientas manuales: 1. Deben emplearse estrictamente para los fines que fueron diseñadas y construidas. 2. EN caso de encontrarse en mal estado, deben ser retiradas para su reparación o eliminación. 3. No hacer uso de herramientas hechizas, modificadas o acopladas que no estén certificadas por el Área de SSOMA. 4. Tener cuidado con el almacenamiento, transporte y manipulación de herramientas cortantes (usar estuches y guardas de protección). 5. Los mangos y agarraderos de las herramientas se mantendrán en buen estado de conservación y firmemente asegurados. 6. Trabajar con herramientas limpias sin aceite, grasa u otros productos que dificulten su uso correcto. 7. El uso de tubos, barras u otros elementos con el fin de aumentar el brazo de palanca de las herramientas manuales, no debe generar riesgos adicionales. 8. Todo trabajador portará los EPP´s adecuados, cuando haga uso de herramientas manuales que generen riesgos de aplastamiento, abrasión, corte y proyección de partículas. 9. En toda instalación donde se haga uso de herramientas manuales, debe existir señalización de seguridad que advierta de los peligros e informe de las recomendaciones de seguridad de su uso. Artículo 61. Máquinas herramientas Estándares de seguridad con las máquinas herramientas: 1. Los trabajadores que operen máquinas herramientas deben estar calificados, autorizados y hacer uso de los EPP´s indicados para cada trabajo. 2. Las máquinas deben ser inspeccionadas antes de ser utilizadas, verificando que se encuentren en condiciones seguras de uso; en caso contrario, se debe prohibir su uso hasta su reparación. 3. Evitar el contacto directo con rebabas, virutas. Haga uso de herramientas adecuadas y escobillas para removerlas. 4. Seguir las recomendaciones del fabricante. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

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Artículo 62. Herramientas Portátiles Estándares de seguridad con las máquinas y herramientas portátiles: 1. Los trabajadores que operen herramientas portátiles deben estar calificados y autorizados para ello, y deben usar los EPP´s indicados para cada trabajo. 2. Antes de hacer uso de equipos neumáticos e hidráulicos, verificar que las mangueras, conectores y accesorios se encuentran en buenas condiciones. 3. Verificar que los cables de alimentación y accesorios de herramientas eléctricas se encuentren en condiciones seguras de uso. 4. Las herramientas portátiles deben ser inspeccionadas antes de ser utilizadas, verificando que se encuentren en condiciones seguras de uso; en caso contrario, se debe prohibir su uso hasta su reparación o cambio. 5. Deben estar adecuadamente identificadas, con el objeto de evitar errores de alimentación y operación. 6. Evitar que los cables eléctricos y conectores entren en contacto con el agua o humedad, aceite y sustancias químicas nocivas y verificar que los pisos de trabajo estén secos. 7. No operar ninguna herramienta eléctrica portátil con el uniforme o manos mojadas o húmedas. Artículo 63. Vehículos Estándares de seguridad a seguir con los vehículos: 1. Todos los trabajadores de operaciones deben conocer el Procedimiento de Seguridad de Operaciones y Gestión del Conductor para asegurar su cumplimiento obligatorio. 2. Se debe identificar, evaluar y administrar los riesgos asociados a los vehículos. 3. Deben estar en buenas condiciones de operatividad y cumplir las especificaciones establecidas en las disposiciones legales vigentes. 4. Deben cumplir un programa de mantenimiento preventivo y mantener los registros actualizados. 5. Para conducir un vehículo es obligatorio contar con licencia de conducir con la categoría acorde al vehículo. 6. Realizar una inspección previa a la utilización de cualquier vehículo (Check List), comunicando al superior inmediato de cualquier desperfecto para proceder a su corrección. 7. Los dispositivos de seguridad como extintor, triangulo o cono, linterna, alarma de retroceso, botiquín de primeros auxilios, cinturón de seguridad y herramientas como gata, llave de ruedas, llanta de repuesto, deben mantenerse en perfectas condiciones y disponibles en cada vehículo. 8. Se prohíbe transportar personas no autorizadas en los vehículos de la empresa. 9. La capacidad máxima de carga debe indicarse claramente en un lugar visible. Se debe distribuir la carga uniformemente y no exceder la capacidad máxima permisible. 10. Cumplir los procedimientos de carga, estiba y descarga de materiales y/o productos.

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D. PROTECCIÓN ELÉCTRICA Artículo 64. Instalaciones y Equipos Eléctricos Medidas de seguridad para las instalaciones y equipos eléctricos: 1. Los procedimientos e instructivos establecidos por el Área de SSOMA, deberán cumplir con el Código Nacional Eléctrico y Normas para casos de mayor complejidad. 2. Toda instalación eléctrica a la intemperie debe estar debidamente aislada, evitando partes activas expuestas. 3. Debe evitarse la presencia de cables sueltos o instalaciones temporales inseguras que puedan causar accidentes o incendio por cortocircuito. 4. El área de mantenimiento debe cumplir un programa de inspecciones a los interruptores, enchufes, empalmes, cajas de paso, cajas de fusibles y tableros de distribución. 5. Las sub-estaciones o cuarto de máquinas deben: · Mantenerse con las puertas cerradas y señalizadas para advertir los riesgos existentes. · El acceso de personal debe ser restringido. · Cumplir con lo establecido en el Código Nacional Eléctrico en cuanto a las distancias de seguridad y espacios de trabajo, así como la identificación de circuitos. Artículo 65. Puesta a tierra La instalación eléctrica, equipo y estructuras deben estar conectadas a tierra con la finalidad de prevenir descarnas eléctricas: 1. Todo elemento metálico presente en las subestaciones, sea parte del equipo eléctrico o no. 2. Todas las celdas de media tensión y tableros de baja tensión. 3. La carcaza de todo motor eléctrico y transformador. 4. Las estructuras de los electro filtros. 5. Todo equipo eléctrico portátil y toma de energía. 6. Todo equipo de media y alta tensión puestos fuera de servicio para trabajos de mantenimiento. 7. El chasis de los vehículos que transportan combustible, durante operaciones de descarga y trasvase. 8. El neutro de los transformadores. Artículo 66. Mantenimiento y Reparación Estándares de seguridad en el mantenimiento y/o reparación de máquinas y equipos eléctricos: 1. Cumplir con el procedimiento de Bloqueo de Energía. 2. Debe realizarse por personal autorizado, capacitando y haciendo uso de los EPP´s adecuados. 3. Verificar la ausencia de tensión en todo equipo o circuito eléctrico antes de realizar cualquier trabajo. 4. En casos donde sea necesario realizar trabajos con tensión, debe estar presente un supervisor capacitado.

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5. Todo trabajo eléctrico en las fases de la empresa distribuidora de luz debe ser coordinada con las partes involucradas. 6. En los transformadores y líneas de distribución de media tensión, las maniobras deben realizarse: · Con el equipo desenergizado y conectado a tierra. · Los sistemas de accionamiento deben ser bloqueados y señalizados según lo estipulado en el Procedimiento de Bloqueo de Energía. Artículo 67. Seguridad Eléctrica para el Personal Recomendaciones de seguridad eléctrica para el personal: 1. Disponer de los EPP´s y herramientas adecuadas para los trabajos con electricidad. 2. Informar todo problema eléctrico al superior inmediato, quien solicitará el apoyo al personal capacitado. 3. Todos los trabajadores deben conocer los efectos de la energía eléctrica en el cuerpo, medidas preventivas y primeros auxilios en caso de emergencias. 4. El personal que tenga que realizar trabajos eléctricos en altura dispondrá de arnés de seguridad anti caída, cinturón porta herramientas, casco, lentes y guantes dieléctricos. El técnico o supervisor responsable del trabajo debe verificar que los circuitos estén sin energía, señalizados y con los avisos correspondientes. E. ACCIDENTES DE TRABAJO, NOTIFICACIÓN E INVESTIGACIÓN Artículo 66. Accidentes de Trabajo Accidente de Trabajo es aquel que ocurre por el ejercicio del trabajo a cuenta del empleador, provocando lesión corporal o perturbación funcional que causa la muerte, pérdida o reducción, permanente o temporal de la capacidad de respuesta al trabajo. Los accidentes de trabajo pueden ser Con Alejamiento (ACA) o Sin Alejamiento (ASA). Artículo 67. No se considera accidente de trabajo: a. El provocado intencionalmente por el propio trabajador. b. Cualquier accidente ocurrido fuera del local de trabajo y fuera del horario de trabajo durante la realización de actividades ajenas al trabajo. c. Los accidentes ocurridos durante el trayecto de la residencia al trabajo o viceversa. Artículo 68. Para efectos de registro y control estadístico, los accidentes de trabajo se clasifican de la siguiente manera: a. Accidente Fatal, el cual debe ser notificado al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho, utilizando el Formulario N°01 del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo DS N°005-2012-TR.

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b. Accidente con Alejamiento (ACA): Todo accidente que resulta en incapacidad temporal o incapacidad permanente. El accidentado retorna hasta después de 24 horas o luego de pasar un turno de trabajo completo. c. Accidente Sin Alejamiento (ASA): Aquel accidente que posibilita al trabajador lesionado retornar a sus labores o actividad compatible a su condición física, el mismo día del accidente o hasta el día siguiente. Artículo 69. Procedimiento a seguir en caso de accidentes: a. Dar aviso al supervisor del área. b. En caso de lesiones menores, el trabajador recibirá los primeros auxilios y regresará a sus labores. c. En caso de lesiones moderadas o graves, trasladar al accidentado al centro médico más cercado. El trabajador no deberá acudir solo al centro médico y quien lo acompañe deberá dar aviso al área de Gestión del Talento Humano. d. El supervisor o jefe del accidentado, luego de recibir el diagnóstico médico, debe enviar el informe de accidente al área de SSOMA y al área Gestión del Talento Humano. e. El área de SSOMA convocará al representante del Comité de SST, Supervisor del trabajador, Jefe del área y accidentado, para realizar la investigación del accidente. Se deben analizar los hechos que ocasionaron el accidente, determinar las causar básicas y proponer y ejecutar acciones correctivas y preventivas, con la finalidad de evitar la ocurrencia de accidentes similares. f. El área de SSOMA llevará un registro y estadística de los accidentes ocurridos dentro de los establecimientos de la empresa y cuando los trabajadores se encuentren en ruta realizando sus labores. g. Está prohibido ocultar accidentes e incidentes peligrosos, así como omitir el informe de los mismos, siendo considerando falta grave. F. ENFERMEDADES OCUPACIONALES Artículo 70. Trastornos en la salud de los trabajadores, originados por las condiciones de trabajo y los riesgos derivados de las operaciones. Las enfermedades ocupacionales requieren de un tiempo prolongado de exposición del trabajador al factor de riesgo para mostrar síntomas, su evolución es lenta y los daños que ocasionan son casi siempre irreversibles. Artículo 71. El Área de SSOMA realiza evaluaciones periódicas verificando que los niveles de concentración de contaminantes y peligros expuestos en el ambiente de trabajo no sobrepasen los límites máximos permisibles. Artículo 72. El Área de Gestión del Talento Humano coordina con el Médico Ocupacional, la realización de los exámenes médicos ocupacionales contemplados en el Plan de Control Médico y

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Salud Ocupacional a todos los trabajadores y analiza la evolución de la salud de los trabajadores. Artículo 73. Se debe mantener un nivel de iluminación adecuada en los ambientes de trabajo, que no proyecte sombras, no produzca deslumbramientos, no ocasione lesiones a la vista y no incremente la temperatura ambiental. Artículo 74. El Área de SSOMA en coordinación con el área de Gestión del Talento Humano, llevará una estadística sobre la incidencia de las enfermedades ocupacionales e implementará las acciones correctivas y preventivas necesarias para controlar las condiciones anormales. Artículo 75. Está prohibido ocultar alguna enfermedad ocupacional, se debe reportar cuando uno tenga molestias en el trabajo. En caso se detecte que no ha sido reportado se realizará un amonestación al trabajador. G. INCIDENTES PELIGROSOS Artículo 76. Todo Incidente Peligroso que ponga en riesgo la salud y la integridad física de los trabajadores y la población aledaña, debe ser comunicado al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo por el empleador dentro de las 24 horas de producido, usando el formulario N° 01 del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo DS N°005-2012-TR. II. VII. PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIA A. PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS i. PREVENCIÓN CONTRA INCENDIOS o Disposiciones Generales de Prevención Contra Incendios Artículo 77. Los programas de seguridad pondrán énfasis en las medidas de prevención de incendios, con la finalidad de identificar las posibles fuentes de riesgo: · Equipos eléctricos defectuosos. · Fuentes de calor y superficies calientes. · Trabajos de soldadura y corte en áreas con presencia de materiales inflamables. · Llamas abiertas en presencia de atmosfera y material inflamable. · Fumar en lugares prohibidos. · Ausencia de orden y limpieza. Artículo 78. Recomendaciones para reducir el riesgo de incendio en instalaciones eléctricas: · Las instalaciones eléctricas temporales deben estar protegidas, cumpliendo lo dispuesto en el Código Nacional Eléctrico. · Reemplazar los alambres y cables flexibles que se encuentren en condiciones inseguras o presenten signos de desgaste en el aislamiento. · Instalar únicamente fusibles de la clase y capacidad correcta. · No sobrecargar las líneas eléctricas.

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· Utilizar equipos con un consumo que no exceda de la capacidad del circuito. · Limpiar los equipos eléctricos utilizando solventes apropiados para este tipo de labores. Artículo 79. Todo trabajo de Soldadura corte a ser realizados en presencia de materiales inflamables, necesita ser evaluado por el Área SSOMA para determinar las medidas preventivas y de ser necesario, liberar un PTR (Permiso para Trabajo de Riesgo). Artículo 80. No se permite la presencia de llamas abiertas en zonas de almacenamiento de combustible, materias primas, almacenes, ni atmósferas con concentraciones peligrosas de vapores combustibles. Artículo 81. No se permitirá fumar en ambientes de almacenes, comedores, vestuarios, oficinas, vestuarios, patio de maniobras, playa de dispensa de combustibles, tienda, baños y otros ambientes donde exista material inflamable y/o personas que se perjudiquen con las emisiones de humo. Artículo 82. El orden y la limpieza son vitales para la prevención de incendios. En todos los trabajos se debe mantener las áreas bajo las siguientes condiciones: · Los Materiales combustibles que se mantengan en ambientes deben ser en la cantidad necesaria para el trabajo que se realiza. Al finalizar el trabajo, los materiales inflamables se deben llevar a su respectivo almacén, quedando bajo condiciones seguras. · Los Materiales inflamables y de combustión rápida deben estar rotulados, almacenados en lugares seguros, lejos de las fuentes de ignición y donde hayan elementos o equipos para la extinción de incendios. · Los equipos y tuberías que contengan o transporten materiales peligrosos, no deben tener fugas. Todo derrame debe ser limpiado inmediatamente siguiendo el procedimiento que corresponde. · Los trabajadores deben verificar que sus ropas no se contaminen con solventes y/o líquidos inflamables. De verificar contaminación deberán cambiarse de ropa. · Los pasillos, corredores, puertas de salida, permanecerán libres de materiales y obstrucciones. · Los materiales y equipos destinados al combate de incendios deberán mantenerse libres de materiales y obstáculos que impida su fácil ubicación y utilización en caso de emergencia. o Disposiciones Para la Prevención de Incendios en la Red de Gas Natural Artículo 83. Realizar inspecciones y mantenimiento periódico y completo de todas las instalaciones de Gas Natural, siguiendo un programa establecido y asistido con el procedimiento de operación de los equipos involucrados. Dichas inspecciones y mantenimientos debe ser realizados por una empresa certificada por OSINERMING. Artículo 84. Cumplir con las siguientes medidas de prevención: · Evitar trabajos con chispas o llamas abiertas cerca de válvulas, venteos, etc.

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· Contar con conexión a tierra en todos los equipos eléctricos e instalaciones comprometidas con la red de Gas Natural. · Mantener el orden y limpieza, no permitir la acumulación de materiales inflamables. · Todas las instalaciones eléctricas de las áreas involucradas deben seguir lo normado por el Código Nacional Eléctrico para ambientes explosivos e inflamables.

ii.

PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

o Disposiciones Generales para la Protección Contra Incendios Artículo 85. La empresa cuenta con equipos contra incendios conformado por extintores portátiles y rodantes. El Área de SSOMA es responsable del control de los equipos. Artículo 86. El Área de SSOMA es responsable de gestionar evaluaciones técnicas, formular recomendaciones para la adquisición, mantenimiento y/o renovación de los equipos contra incendios. Artículo 87. El Área de SSOMA es responsable de mantener un programa de entrenamiento dirigido a todos los trabajadores en la operación de los extintores portátiles y rodantes. Artículo 88. Los trabajadores, supervisores, representantes del Comité de S eguridad y Salud en el trabajo de cada área o sede de la empresa, deben informar al Área de SSOMA cuando se haya utilizado un extintor asignado a su área de trabajo y gestionar su recarga. Artículo 89. Se debe contar con una Brigada de Respuesta a Emergencias, integrada por trabajadores de los diferentes turnos de trabajo. El Área de SSOMA es responsable de organizar, entrenar y dirigir la Brigada de Respuesta a Emergencias. Artículo 90. En caso de presentarse un incendio en un vehículo durante su ruta, o en las instalaciones de la empresa, el personal debe actuar de la siguiente manera: · Dar voz de alarma, sin ocasionar pánico entre el resto de trabajadores. · Avisar inmediatamente al área de SSOMA y Seguridad Patrimonial Personal y Resguardo. · Combatir el incendio, primero haciendo uso de los extintores, según el tipo de fuego, hasta la llegada del personal de Brigada de Respuesta a Emergencia, quienes analizarán el uso de los extintores rodantes. · Todo el personal de las áreas no afectadas deberá permanecer en su zona de trabajo, permitiendo un mejor desempeño de la Brigada de Respuesta a Emergencias. · Alejar a todo personal del área, paralelamente retirar todos los objetos, materiales y equipos que puedan ser afectados o que puedan incrementar la magnitud del incendio. · Es responsabilidad del Supervisor SSOMA del área o sede donde ocurrió el siniestro, redactar un informe y remitirlo al Área de SSOMA. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

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o Extintores Portátiles y Rodantes · Las oficinas, patio de maniobras, almacenes y demás ambientes de C&M SERVICENTROS cuentan con un sistema de Primera Respuesta para el control de amagos de incendios, conformado por extintores portátiles y rodantes, identificados, seleccionados, distribuidos y señalizados de acuerdo a la Norma Técnica Peruana 3502.043-1:1998. · El Área de SSOMA coordina y ejecuta inspecciones mensuales, manteniéndose los registros correspondientes y efectuando las acciones correctivas y preventivas necesarias. · El mantenimiento anual, recarga y prueba hidrostática (cada cinco años) están a cargo de una empresa certificada por INDECOPI. B. ALMACENAMIENTO DE MATERIALES INFLAMABLES · El almacenamiento de grandes cantidades de líquidos inflamables deberá realizarse en ambientes adecuados, cumpliendo lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad para actividades de Hidrocarburos, aprobado por el DS N°043-2007-EM. · Debe existir como mínimo 3 metros de separación entre las zonas de almacenamiento de materiales inflamables y los interruptores y cajas de luz. · Las áreas de almacenamiento de sustancias inflamables deben contar como mínimo con 2 extintores portátiles de 12 kg (PQS/ABC), ubicados en un lugar visible, de fácil acceso y provistos de sus cartillas de instrucciones de uso. · Cerca de las instalaciones donde se almacenen sustancias inflamables se deben instalar letreros y señales de seguridad que adviertan los riesgos, restrinjan el ingreso y prohíban fumar y hacer fuego. · Está prohibido el empleo de líquidos inflamables para fines de limpieza en general, excepto en aquellos casos en que las condiciones técnicas del trabajo así lo exijan, en cuyos casos estos trabajos deberán efectuarse en locales adecuados, libres de otros materiales combustibles y se debe contar con los equipos necesarios para actuar eficazmente en caso de emergencia.

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C. GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS · Gestión de Residuos Sólidos No Peligrosos 1. Se debe cumplir el Programa de Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, teniendo en cuenta la siguiente clasificación: · Verde: Vidrios (Botellas o envases de vidrio en buen estado). · Azul: Papel y Cartón (Papeles de oficina, cartones y cajas limpias). · Negro: Residuos generales (restos de comida, residuos comunes no utilizables, vidrios rotos). · Blanco: Plásticos (Botellas PEV, envolturas plásticas, sin residuos de líquidos o grasas). · Rojo: Residuos Peligrosos (Trapos, materiales impregnados con hidrocarburos, filtros de aceite, envases de aceites, refrigerantes, etc.) · Amarillo: Metales ( envases metálicos, herramientas obsoletas, etc ) · Marrón: Orgánicos ( Césped, tierra de pequeñas excavaciones, cascaras de frutas y verduras, etc) 2. Los riesgos asociados a los desechos deben ser identificados debidamente señalizados. 3. Debe existir un programa para administrar el recojo de residuos sólidos a cardo del área de Servicios Generales, con el apoyo del Área de SSOMA, deben evaluarse los riesgos de derrame durante la manipulación de los residuos y tomar las medidas preventivas. 4. Las empresas encargadas del reciclaje o recojo de residuos sólidos deben estar inscritas en el registro de EPS-RS y EC-RS. 5. La disposición final de los residuos sólidos no peligrosos debe ser coordinada con una EPSRS y debe ser efectuada en un relleno sanitario autorizado, cumpliendo con lo dispuesto en la Ley General de Residuos Sólidos N° 27314. 6. Los contenedores deben ser de material y tamaño adecuado, deben tener tapa, estar disponibles en cantidad suficiente y estratégicamente ubicados. 7. El Área SSOMA debe capacitar a los trabajadores en la manipulación, disposición y recojo selectivo de residuos sólidos. · Gestión de Residuos Sólidos Peligrosos – Estándares de Seguridad en el Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos: 1. La disposición final de estos residuos sólidos debe ser coordinada por el Área de SSOMA y las áreas comprometidas. 2. Las áreas de almacenamiento deben estar señalizadas, delimitadas y restringidas para el acceso de los trabajadores.

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5. Las empresas encargadas del reciclaje o recojo de residuos sólidos peligrosos deben estar inscritas en el registro de empresas EPS-RS y EC-RS. 6. La disposición final de los residuos sólidos peligrosos debe ser coordinada con una EPSRS y debe ser efectuada en un relleno sanitario de seguridad, cumpliendo con lo dispuesto en la Ley General de Residuos Sólidos N° 27314. D. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD · Señales de Seguridad 1. El Área de SSOMA, previo estudio y evaluación de factores de riesgo de las instalaciones, procederá a gestionar la instalación de señales de advertencia, preventivas, restrictivas, prohibitivas de peligro y toda señalización que tenga por finalidad sensibilizar a los trabajadores respecto a las prácticas seguridad en el trabajo. 2. El área de SSOMA debe establecer un código de colores uniforme, de acuerdo a las normas vigentes y de aplicación en todas las áreas. 3. El código de colores debe considerar el cumplimiento de la NTP 399.010-1. · Señales y letreros informativos (fondo verde, símbolo blanco) · Señales y letreros reguladores ( fondo blanco, símbolo rojo/negro) · Señales preventivas (fondo amarillo, símbolo blanco/negro) · Señales contra incendio (fondo blanco y símbolo rojo/ viceversa) 4. En caso los avisos de seguridad de las máquinas, equipos y envases con productos peligrosos se encuentren en un idioma diferente al castellano, estos deberán ser traducidos. 5. El código de colores debe estar presente en lugares visibles. El Área de SSOMA debe capacitar al personal en la identificación e interpretación de las señales y códigos de colores. 6. Todos los trabajadores están en la obligación de cumplir las indicaciones de los avisos de seguridad e informar de la ausencia de alguna señal y de la existencia de condiciones inseguras que requieran ser señalizadas. E. PRIMEROS AUXILIOS · El objetivo principal de los primeros auxilios es evitar, por todos los medios posibles, la muerte o invalidez de la persona accidentada. También es brindar atención a la persona accidentada mientras se espera la llegada del personal médico o durante la evacuación hacia un Centro Médico.

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i.

Reglas Generales: · Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emergencia, siga estas reglas básicas: · Evite el nerviosismo o el pánico. · Si se requiere acción inmediata para salvar una vida (respiración artificial, control de hemorragias, etc.) haga el tratamiento adecuado sin demora. · Pida ayuda a viva voz. · Ubique a un miembro de la brigada de respuesta a emergencias o a su jefe o supervisor, informe el accidente de inmediato. · No abandone ni trate de movilizar a la víctima. · Nunca mueva a la persona lesionada, a menos que sea absolutamente necesario para retirarla del peligro. · En cada sección y en cada turno de trabajo los brigadistas de respuesta de emergencias están identificados con un pin prendido a la altura del pecho. · SHOCK Cuando identifique un “SHOCK”, siga las siguientes indicaciones: · Acostar al paciente con la cabeza hacia abajo, esto se puede conseguir levantando los pies de la camilla o banca, donde esté acostado el paciente, 6 pulgadas más alto que la cabeza. · Constatar que la boca del paciente esté libre de cuerpos extraños y que la lengua esté hacia adelante. · Suministrar al paciente abundante cantidad de aire fresco u oxígeno si existe disponible. · Evitar el enfriamiento, por lo que se debe abrigar al paciente con una frazada y llevarlo al médico. · Respiración Boca a Boca Es un método efectivo mediante el cual se revive a una persona que no puede respirar por sí misma, su aplicación nunca daña a la víctima, aunque la falta de ésta puede resultar fatal ya que cualquier demora puede producir consecuencias graves o fatales. · Acueste de espaldas y en su posición horizontal al lesionado y colóquese al lado junto a la cabeza. · Levante la mandíbula inferior para asegurar el paso del aire.

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· Retire los materiales extraños de la boca de la víctima (mucosidad, alimentos, dentadura suelta, etc.) para lo cual voltee a la víctima a un lado y quítelos con los dedos cubiertos con gasa. · Trate de cubrir la boca, para ello introduzca el dedo, pulgar y tire del mentón hacia delante, con la otra mano tape los orificios nasales (eso evita la pérdida del aire). · Respire profundamente y coloque su boca sobre la de la víctima y sople en forma suave y regular. · Retire su boca para permitir que la víctima exhale, vuelva a soplar y repita 12 veces por minuto como mínimo. Algunas veces la víctima cierra la boca fuertemente, por lo que resulta difícil abrirla, en estos casos sople el aire por la nariz, selle los labios con el índice de la mano que contiene la barbilla. · Reanimación Cardio Pulmonar Cuando se produce un paro cardio respiratorio, siga las indicaciones siguientes: · Coloque a la víctima en posición horizontal, con la cara hacia arriba. · Coloque la base de la palma de la mano sobre el extremo inferior del esternón con los dedos hacia el lado del corazón. · Presionar el pecho hasta que note que baja una a dos pulgadas aproximadamente. · Repetir esta operación unas cien veces por minuto en los adultos, y unas ochenta veces en los niños y mujeres. De ser necesario combinar la respiración boca a boca con los masajes al corazón. Hacer 5 masajes al corazón por cada soplo de aire. · Heridas con Hemorragia Siga las siguientes indicaciones: · Se puede parar o retardar la hemorragia, colocando una venda o pañuelo limpio sobre la heridas y presionando moderadamente. · Si la hemorragia persiste, aplique un torniquete (cinturón, pañuelo, etc.), en la zona inmediatamente superior a la herida y ajuste fuertemente. · Acueste al paciente y trate de mantenerlo abrigado. · Conduzca al herido al hospital. · Si el viaje es largo, suelte el torniquete cada 15 minutos para que circule la sangre.

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· Fracturas Siga las siguientes indicaciones: · No doble, ni tuerza, ni jale el miembro fracturado. · Mantenga al paciente descansando y abrigado. · Por fracturas de espalda, cuello, brazo o de la pierna, no mueva al paciente y llame al médico. · Por fracturas de cualquier otra parte del cuerpo, lleve al accidentado al médico. · Si hay duda acerca de si un hueso está o no fracturado, trátese como fractura. · Quemaduras Son lesiones que se producen a causa del calor seco o del calor húmedo y se clasifican de acuerdo al grado de lesión que causa en los tejidos del cuerpo en 1er, 2do y 3er grado. Si la quemadura es leve, deje caer abundante agua en la parte afectada durante 5 minutos y limpie con una gasa esterilizada. Si la quemadura se ve grave, quitar la ropa y aplicar gasa jelonet (Ver Instructivo de Uso de Artículos del Botiquín de Primeros Auxilios). Por ningún motivo rompa las ampollas. No retirar la ropa que se encuentre pegada a la piel. Si la persona tiene la cara pálida y el pulso o la respiración débil, ponga la boca arriba y con la cabeza baja. Si la situación persiste, abrigue a la persona yLlévela al hospital más cercano. F. BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS · C&M SERVICENTROS abastecerá de manera que haya siempre un stock permanente de los siguientes artículos y materiales en el Botiquín: · Tijeras, pinzas, navaja u hoja de afeitar, termómetro bucal, etc. · Vendas: Gasa esterilizada, rollo de tela adhesiva o esparadrapo, caja de curitas, paquetes de algodón absorbente, etc. · Agua oxigenada, alcohol, Solución antiséptica, jabón antiséptico, Cloruro de Sodio, gel antibacterial. · Instructivo de uso de los artículos del Botiquín de Primeros Auxilios. · Los botiquines y sus respectivos artículos serán entregados por área de trabajo, y la reposición y habilitación de artículos, recambio por vencimiento o deterioro será responsabilidad del Área de SSOMA. · Para el caso de los vehículos, el Área de SSOMA entregará un botiquín a cada conductor para que lo porte durante su ruta y bajo su responsabilidad.

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· Los botiquines serán inspeccionados por el responsable del botiquín y por el Área de SSOMA. · El Área de SSOMA elaborará y publicará un Instructivo para uso de los artículos del Botiquín de Primeros Auxilios. I. VIII. HIGIENE INDUSTRIAL A. CONDICIONES DE SALUBRIDAD · C&M SERVICENTROS SAC, adoptará las medidas sanitarias necesarias para evitar la proliferación de focos de contaminación en todos sus ambientes. · Los ambientes de trabajos deben mantenerse limpios. Todo residuo sólido, debe ser recolectado en recipientes apropiados y señalizados, hasta su disposición final. · El personal de limpieza contará con los EPP´s necesarios a fin de evitar el contacto con agentes patógenos, químicos y biológicos. · C&M SERVICENTROS SAC, cumplirá un programa de Saneamiento Ambiental en todas sus instalaciones el cual estará a cargo del Área de Servicios Generales. · Se deben analizar todas las fuentes de abastecimiento de agua y efectuarse controles químico-bacteriológicos en los diferentes sectores, también se deben proteger los sistemas de captación y distribución de cualquier contaminación. · Se debe contar con vestuarios y los servicios higiénicos limpios y ordenados, son los trabajadores quienes deben garantizar que se cumpla esta disposición. · El Área de SSOMA implementará un programa de Aseo de los servicios higiénicos y vestuarios, dicho programa deberá ser ejecutado por el personal asignado para la limpieza. B. CONDICIONES AMBIENTALES · Por cuanto la naturaleza de la operación de equipos, maquinarias y vehículos, se produzca ruidos superiores a los límites permisibles (85 dB), se deberá tratar de: 1. Eliminar o reducir el ruido en su origen (ORIGEN) 2. Aislar las operaciones ruidosas (MEDIO) 3. Utilizar EPP´s (RECEPTOR) · C&M SERVICENTROS SAC proporcionará protección auditiva adecuada a todos sus trabajadores expuestos a niveles de ruido mayores a 85 dB. · C&M SERVICENTROS SAC proporcionará vestimenta e indumentaria adecuada a sus trabajadores que laboren en condiciones ambientales críticas y/o expuestos a temperaturas extremas. · Se obtendrá el máximo de iluminación natural posible, mediante ventanas y tragaluces. · Las paredes deben ser pintadas de colores claros que reflejen el mayor porcentaje de luz incidente.

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IX. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL A. CONDICIONES GENERALES · Estándares generales de seguridad: · El Área de SSOMA establecerá las especificaciones técnicas de los EPP´s, previa identificación de peligros y evaluación de los riesgos por proceso y puesto de trabajo. · El Área de SSOMA y los supervisores deben verificar el correcto uso de los equipos de protección personal. · La asignación y entrega de los EPP´s debe hacerse en los tiempos establecidos por el área de SSOMA, de acuerdo a los criterios técnicos y estadísticas de consumo. · Es obligatorio el uso de uniforme completo de trabajo. El Área de SSOMA debe asegurarse que todos los trabajadores reciban los uniformes y EPP´s necesarios de acuerdo a su puesto de trabajo. · Para trabajos de altura por encima de los 1.8 m, los trabajadores deben hacer uso de equipos que prevengan o limiten las caídas. · El personal que realice trabajos de levantamiento manual de cargas debe doblar sus rodillas, mantener la espalda recta y usar sus piernas para subir, la fuerza de empuje debe ser realizada por los muslos y no por la espalda. · No tirar los objetos a otras personas ni arrojar materiales desde altura. · Todos los trabajadores está obligados a conservar sus uniformes y EPP´s en buen estado, hasta próxima reposición programada. · Si los uniformes y/o EPP´s sufrieran daños, los trabajadores están obligados a reportarlos, No reportar será considerado falta grave. · Ropa de trabajo Recomendaciones generales de seguridad para el uso de ropa de trabajo, mandiles y ropa de protección. · No se usarán prendas de vestir sueltas, desgarradas o rotas, corbatas, cadenas, brazaletes, relojes y toda prenda o accesorio suelto cerca de máquinas en movimiento. · Las camisas de manga larga se deberán utilizar con los puños cerrados. · En labores de contacto con el agua o en trabajos a la intemperie, se debe usar ropa impermeable con cobertores y botas de jebe. · No usar mandil cerca de partes giratorias o en movimiento. · No llevar en los bolsillos objetos con puntas o afilados, ni materiales explosivos o inflamables. · La ropa de trabajo se mantendrá limpia en la medida de lo posible. En caso se encuentre impregnada de combustible, disolventes u otros productos similares, deberá ser reemplazada.

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· Se prohíbe realizar trabajos con el cuerpo descubierto. Se prohíbe el uso de mangas cortas. · Para los puestos con trabajos nocturnos deberán utilizar uniformes con cintas reflectantes. · Protección de la cabeza · El uso de casco es obligatorio en todas las áreas en las que se encuentre señalizado su uso; se incluyen almacenes y talleres, excepto oficinas, comedor y áreas de servicios. · No se permitirán cascos pintados, deteriorados y de otro color no especificado en el Código de Colores para Uniformes y EPP´s. · El trabajador está en la obligación de mantener en buen estado el casco de seguridad asignado para el cumplimiento de sus labores y brindarle el mantenimiento diario adecuado, deberá reportar cualquier daño o desperfecto que observe en él. · Todos los cascos deben llevar en el frente el logo de la empresa, cuando no lo tuviera, el trabajador deberá informar al área de SSOMA y cambiarlo por uno con logo. · No se aceptan cascos con logo de otras empresas o sin logo. · El personal que se encuentre de visita en las instalaciones de la empresa, recibirá un casco de color blanco con el logo de C&M SERVICENTROS SAC en el frente y el rotulado de VISITA en la parte posterior. · Protección Visual y Facial · Es obligatorio el uso de lentes de seguridad para la protección a la vista en función de su puesto de trabajo. · Es obligatorio el uso de lentes y carta facial en todo trabajo que implique riesgo de proyección de material fino, líquidos corrosivos, líquidos calientes y material a presión. · Para trabajos frente a monitores de computadora deberá usarse protectores de pantalla, cuando éstos no tengan incluido el filtro. · Protección Auditiva · Los trabajadores que laboren en ambientes con niveles de ruido por encima de los 85 dB, deben hacer uso de protección auditiva. · Los equipos de protección auditiva son de uso personal y deben recibir mantenimiento diariamente. · Los equipos de protección auditiva deben conservarse en recipientes cerrados, protegiéndolos contra daños mecánicos y contaminación por aceite, grasas y otras sustancias.

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· Protección de Manos y Brazos · La asignación de guantes se debe hacer previo análisis de los factores de riesgo y actividad a efectuar. · Los guantes y mangas protectoras para trabajos eléctricos, serán confeccionados de materiales apropiados, conforme a las normas de resistencia dieléctrica. · Los guantes para manipulación de combustibles, productos químicos y materiales peligrosos deben ser de caucho natural, sintético o películas plásticas flexibles. · Protección de los Pies y las Piernas · Se deben usar botas o zapatos de seguridad seleccionados en función al puesto de trabajo y riesgos a los que están expuestos los trabajadores. · Está prohibido el ingreso del personal con calzado que no cubra todo el pie hasta el empeine, por ejemplo sandalias o mocasines. · El calzado para trabajadores que realicen trabajos eléctricos, no debe tener partes metálicas y deben tener suelas adheridas con clavijas de madera o cocidos. · Protección Respiratoria · Todo trabajador que labore expuesto a concentraciones elevadas de polvo, gases y vapores nocivos, debe usar equipo de protección respiratoria con filtros y cartuchos especiales para controlar el ingreso de contaminantes al cuerpo. · Se prohíbe el uso de pañoletas o trapos y otros elementos en sustitución de los equipos de protección respiratoria. · Los equipos de protección respiratoria deben ajustarse a los diversos contornos faciales sin filtración. I. X. SEGURIDAD EN OFICINAS · Estándares de seguridad para la prevención de accidentes en oficinas: · No colocar cerca de los bordes de los escritorios o mesas, los teléfonos, las máquinas y equipos de oficina. · Desconectar los equipos eléctricos antes de intentar limpiarlos o darles mantenimiento. · No limpiar los equipos y máquinas con líquidos inflamables. · Si algún equipo o máquina eléctrica produce chispas, humo o choque eléctrico, se debe desconectar e informar el incidente. · No dejar abiertas las gavetas y cajones de los escritorios. · No inclinarse hacia atrás en las sillas; existe el riesgo de caer. · Para mover equipos o muebles pesados, solicitar ayuda y hacer uso de los equipos adecuados. · Los equipos eléctricos de limpieza no pueden ser manipulados con las manos húmedas.

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· Los cables eléctricos de teléfono no deben estar en el piso sin protección. · Los lápices afilados, cortapapeles, tijeras, alfileres y otros objetos punzantes y cortantes deben conservarse en las gavetas y estar protegidos. · Al finalizar la jornada de trabajo, el equipo de ventilación, surtidores de agua, hornos microondas, cafeteras, hervidores, deben ser apagados y desconectados del sistema eléctrico. · No obstruya el acceso a los equipos de seguridad contra incendio, tales como extintores, hidrantes, alarmas y pulsadores manuales. · No correr en las escaleras, bajar o subir con cuidado y haciendo uso de los pasamanos. · No cargar objetos que tapen la visión al subir o bajar las escaleras. · No almacenar en los pasadizos, archivadores, cajas, materiales o equipos de oficina que obstaculicen el tránsito de personas. · Informar a su superior inmediato sobre las condiciones que generen riesgo de accidentes y pérdidas.

I. XI.DISPOSICIONES FINALES A. La empresa se reserva el derecho de dictar normas y disposiciones administrativas y operativas complementarias que considere conveniente para la correcta aplicación del texto y espíritu del presente reglamento. B. A partir de la vigencia del presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo quedan sin efecto las normas o disposiciones internas que se le opongan. C. Toda persona que se encuentre en las instalaciones de C&M SERVICENTROS SAC debe tener pleno conocimiento del contenido del presente Reglamento, y se compromete a cumplirlo sin reserva ni limitaciones, dentro del marco de las normas legales vigentes, por lo cual no se podrá invocar ignorancia parcial o total para justificar inobservancia o incumplimiento. D. El contenido del presente reglamento puede ser modificado, por cambios en la legislación, en las operaciones o giro del negocio, para lo cual se seguirán las vías de aprobación correspondientes. E. Los casos que no se encuentren expresamente previstos por el presente reglamento y las disposiciones laborales vigentes, serán absueltos por C&M SERVICENTROS SAC en coordinación con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. En caso de discrepancia decidirá C&M SERVICENTROS SAC. F. El presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el trabajo entrará en vigencia a la presentación ante la autoridad competente en asuntos laborales.

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XII. REFERENCIA PARA CASOS DE EMERGENCIA

TELÉFONOS DE URGENCIA Y EVACUACIÓN DE HERIDOS · · · · · · · · PNP

ALÓ ESSALUD ALERTA MÉDICA CRUZ ROJA CRUZ VERDE CLÍNICA CAYETANO HEREDIA BOMBEROS CLAVE 5 CLÍNICA SAN JOSÉ

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ · POLICÍA NACIONAL – EMERGENCIAS · DESACTIVACIÓN DE EXPLOSIVOS · DIROVE · DIVISIÓN DE ROBOS · ESCUDRÓN DE EMERGENCIAS COMPAÑÍA DE BOMBEROS · EMERGENCIA · CENTRAL ASISTENCIAS PÚBLICAS – HOSPITALES · HOSPITAL CAYETANO HEREDIA · HOSPITAL EDGARDO REBAGLIATI · HOSPITAL GUILLERMO ALMENARA EMERGENCIA DE SERVICIO PÚBLICO · EDELNOR · SEDAPAL EMERGENCIA · SEDAPAL ZONAL NORTE · DEFENSA CIVIL LIMA · MORGUE CENTRAL DE LIMA · CALIDA GAS NATURAL · SERENAZGO CERCADO DE LIMA · DEFENSA CIVIL-EMERGENCIAS

4722300 4639466 4237779 4750446 2076200 4723333 4675171 4525003

105 4812901 4730137 4334461 4322236 116 2220222 4820402 4710277 4710277 4319611 4255051 4855030 4413277 4737647 6167899 3185055 115

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I.XIII. ANEXOS · Anexo I Directorio de Principales Hospitales y Clínicas · Anexo II Términos y Definiciones · Anexo III Código de Colores · Anexo IV Matriz de EPP´s

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Anexo I. Directorio de Principales Hospitales y Clínicas DIRECTORIO DE PRINCIPALES HOSPITALES Y CLÍNICAS SEDE

Oficina Principal

HOSPITALES / CLÍNICAS

DIRECCIÓN / REFERENCIAS

Teléfonos

§ Clínica San Borja

Av. Guardia Civil 337 , San Borja

01-7024300

§ Clínica Santa Isabel

Av. Guardia Civil 135, San Borja Av. Javier Prado Este 1066 San Isidro Av. Roosevelt 6355-6375 (Ex. Rep. De Panamá), Miraflores Av. Guardia Chalaca 2176 Bellavista Callao Jr. Las Magnolias 475 - Carmen de la Legua Av. Tomás Valle cruce con Av. Japón - Ex Bertello (A 2 Cdras del Aeropuerto) Km 18 1/2 Carretera Ventanilla Campo Deportivo Complejo A.M. Cáceres) Av. Pedro Beltrán 175, Urbanización Satélite, Ventanilla Av. Gonzáles Ganoza S/N Urb. Antonia Moreno de Cáceres – 1er Sector Av. Roosvelt 6355-6375 (Ex. Rep. De Panamá) Av. República de Panamá 3606, San Isidro

01-4757777

Calle Las Águilas N° 360, Surquillo

01-2213934

Av. Grau 1150, Piura Av. Independencia S/N, Urb. Miraflores Av. Los Cocos 111, Urb. Club Grau, Piura

073-323181

Av. Augusto B. Leguía 666

073-374059

Av. Grau con Av. Chulucanas

073-361509

Carretera Panamericana Norte S/N

073-381795

Barrio Verde S/N, El Alto

073-256069

AAHH José Abelardo Quiñonez W-3 Av. Circunvalación 11 - Urb. Las Laderas de Norte Av. Anchoveta S/N, Nuevo Chimbote

043-326525

Urb. Bellamar S/N

043-312008

§ Clínica Ricardo Palma § Hospital de Emergencias José Casimiro Ulloa § Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión § Hospital San José § Hospital Chalaco I

Sede – Márquez y Estación Nanita

§ Hospital Chalaco II § Clínica Carrión § Policlínico Hermana María Donrose Sutmöller § Hospital de Emergencias José Casimiro Ulloa

Gasocentro Angamos

Agencias Piura

§ Clínicas Limatambo § Clínica Quirúrgica Santa María S.A. § Hospital Nivel II Jorge Reátegui Delgado § Hospital Nivel III Cayetano Heredia § Clínica San Miguel de Piura (Internacional) § Posta Médica Augusto B. Leguía § Hospital de Apoyo II-1 Santa Rosa § Hospital Nivel II Talara

Agencia Talara

§ Centro Médico el Alto § Hospital EsSalud José Abelardo Quiñones § Hospital Nivel III Chimbote

Agencia Chimbote

§ Hospital Nivel I Cono Sur § Hospital Regional Eleazar Guzmán Barrón

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01-2242224 01-2412789 01-6147474 01-3197830

01-7859580

01-7676630 01-5531610

01-5534230 01-2040900 01-6171111

073-284760 01-6196161

043-483230

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Anexo II. TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para efectos del presente reglamento se entenderá por: · Accidente de trabajo: (AT) Todo repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de una labor bajo autoridad, y aun fuera del lugar y horas de trabajo. · Incidente Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en el que éstas solo requieren atención simple como (cortes superficiales, caída sin golpes fuertes, resbales, casi caídas, golpes por choque con objetos que no ocasionen desvanecimiento en el trabajador ni daños a su estructura ósea). · Condiciones Sub-Estándares (Condiciones Inseguras) Es toda condición en el entorno de trabajo que puede causar un accidente. · Actos Sub-Estándares (Actos Inseguros) Es toda acción en el entorno de trabajo que puede causar un accidente. · Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo – CSST Equipo de trabajo paritario conformado por representantes del empleador y de los trabajadores, que realizan actividades con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud del ambiente de trabajo. · Evaluación de riesgo Es el procedo posterior a la identificación de los peligros que permite valorar el nivel, grado y gravedad de los mismos proporcionando la información necesaria para que el empleador se encuentre en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la oportunidad, prioridad y tipo de acciones preventivas que debe adoptar. · Higiene Ocupacional Conjunto de actividades destinadas al reconocimiento, evaluación, seguimiento y control de los factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo que causan oi pueden causar trastorno en la salud de los trabajadores. · Pérdida Constituye todo daño o menoscabo que perjudica al empleador. · Lesión Alternativa física u orgánica que afecta a una persona como consecuencias de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.

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· Peligro Situación o característica intrínseca de algo capaz de ocasionar daños a las personas, equipos, procesos y ambientes. · Prevención y protección contra siniestros Conjunto de actividades, medios y recursos que se desarrollan o emplean para prevenir, minimizar y controlar el riesgo y/o peligro presente. · Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo Conjunto de estándares de seguridad de cumplimiento obligatorio por el personal de C&M SERVICENTROS SAC y de terceros. · Riesgo Probabilidad de que un peligro se materialice en determinadas condiciones y genere daños a las personas, equipos y al ambiente. · Salud Es un derecho fundamental que supone un estado de bienestar físico, mental y social, y no meramente la ausencia de enfermedades o de incapacidades. · Equipo de Protección Personal – EPP Son dispositivos, materiales e indumentaria personal destinados a cada trabajador para protegerlo de uno o varios riegos presentes en el trabajo y que amenazan su seguridad y salud. Los EPP son una alternativa temporal y complementaria a las medidas preventivas de carácter colectivo. · SSOMA Área de Seguridad y Salud Ocupacional y Medio Ambiente · PTR Permiso para Trabajos de Riesgo · EDS Entrenamiento Diario de Seguridad · Check-List Lista de verificación utilizada para identificar anomalías y/o observaciones en un procedimiento, equipo, vehículo o área de trabajo. · Charla Diaria Charla de seguridad que se brinda de manera diaria con el fin de reforzar el conocimiento de los trabajadores y asegurar su participación activa en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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Anexo III. CÓDIGO DE COLORES 1. Propósito El presente estándar identifica y establece el uso de colores, avisos y señales que permite un rápido reconocimiento de información y peligros en las diferentes áreas de trabajo. 2. Definiciones · Color Es aquella característica de la sensación visual que permiten al observador distinguir diferencias en la composición espectral de la luz. · Pictograma Signo de la escritura de figuras o símbolos, ideograma. · Señales de advertencia Nos indican los peligros y riesgos que se deben tener en consideración. · Señales de equipos contra incendio Nos indican ubicación, uso y cuidado de éstos equipos (Hidrantes, extintor, alarma contra incendio, etc.). · Señales informáticas Nos entregan un mensaje general de dispositivos de seguridad. · Señales de Obligación Indican la obligatoriedad del mensaje, Ejm. Uso de equipos de protección personal. · Señales de Prohibición Señal que ordena la no realización de algo. 3. Consideraciones generales · Las señales deben ser colocadas en puntos estratégicos y visibles tanto de día como de noche. · Se confeccionan de material resistente de difícil deterioro. · Deben conservarse limpias y en buen estado. En caso de deterioro y/o decoloración, serán retiradas y reemplazadas inmediatamente. · El color de seguridad de fondo debe constituir por lo menos el 50% de la señal. · Se colocará letreros con el código de colores en lugares estratégicos como ayuda e información.

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4. Estándar de Colores para cilindros de arena y tachos de residuos

TACHOS DE RESIDUOS SÓLIDOS

PA P E L CARTON

RESIDUOS PELIGROSO

VIDRIOS

PLASTICOS

METALES

RESIDUOS GENERALES

ORGANICO

CONTENEDORES DE ARENA

ARENA

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

50


C & M Empresas Per煤

5. Rombo NFPA 704 Identificaci贸n de Sustancias Peligrosas.

DIESEL

1

2 -

0

1202

EPP NO FUMAR CABLE A TIERRA

EPP NO FUMAR

GLP

1

4 -

0

1075

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

51


C & M Empresas Perú

6. Códigos de Señales y Colores

PROHIBIDO USO DE CELULARES

PROHIBIDO USO DE CAMARAS

PROHIBIDO PASO DE BICICLETAS

CASCO DE SEGURIDAD

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

52


C & M Empresas Perú

7.Colores para pasos peatonales y escaleras Ÿ

Pasos peatonales

Ÿ

Borde de peldaños de escaleras

8. Colores para pared o columnas de extintores

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

53


C & M Empresas Perú

9. Estándar de Colores para Cascos y uniformes Cascos

COLOR

DESCRIPCIÓN DE USO

MANTENIMIENTO - MAESTRANZA CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS QUE BRINDEN TRABAJO DE MANTENIMIENTO, REMODELACIÓN, MODIFICACIÓN DE INFRAESTRUCTURA, ETC. AMARILLO

ESTIBADORES, FACTURADORES, CONDUCTORES DE CISTERNA, CONDUCTORES DE ENVASADO.

AZUL

SUPERVISORES, COORDINADORES, JEFES DE ÁREA, VISITA.

BLANCO

PERSONAL EN ENTRENAMIENTO

VERDE

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PANTALON 100% ALGODÓN PERSONAL OPERATIVO DEL ÁREA DE LÍQUIDOS, ENVADASDO, LUBRICANTES, CONDUCTORES Y ESTIBADORES

MAMELUCO CON CINTAS REFLECTIVASPERSONAL DE MANTENIMIENTO MAESTRANZA

CHALECO ANARANJADO CON CINTA REFLECTIVA DE 2" PERSONAL DEL ÁREA DE LÍQUIDOS Y LUBRICANTES SUPERVISORESY OPERARIOS

CHALECO ROJO CON CINTA REFLECTIVA DE 2" - PERSONAL DEL ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, JEFES DE BRIGADAS

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

PANTALÓN JEAN CON CINTA REFLECTIVA DE 2" PERSONAL MOTORIZADO DEL ÁREA DE FACTURACIÓN SUPERVISORES DE OPERACIONES

Estándar UNIFORMES DE SEGURIDAD

CHALECO VERDE CON CINTA REFLECTIVA DE 2" PERSONAL DEL ÁREA DE ENVASADO SUPERVISORES Y OPERARIOS

C & M Empresas Perú

Código de Colores para ropa de seguridad Versión 01 Aplicable para todas las áreas operativas de C&M No se debe confundir con el uniforme de trabajo que se detalla en el Reglamento Interno de trabajo

POLO 100% ALGODON MANGA LARGAPERSONAL OPERATIVO DEL ÁREA DE LÍQUIDOS, ENVASADO, LUBRICANTES, CONDUCTORES Y ESTIBADORES

CAMISA DE ALGODÓN CON CINTAS REFLECTIVAS EN LAS MANGASSUPERVISORES Y JEFES DE OPERACIONES PERSONAL DEL ÁREA DE SSOMA

55


C & M Empresas Perú

Anexo IV. MATRIZ DE EPP´S

X

X

X

X

ESTIBADOR ENVASADO

X

X

X

X

CONDUCTOR CISTERNA

X

X

X

X

X

CONDUCTOR LUBRICANTES

X

X

X

X

X

CONDUCTOR ENVASADO

X

X

X

X

X

AGENTE DE SPPR - MARQUEZ

X

X

SUPERVISOR DE EESS

X

X

VENDEDOR DE GLP

X

X

X

X

X

VENDEDOR DE GNV

X

X

X

X

X

VENDEDOR DE LÍQUIDOS

X

X

X

X

X

AGENTE DE SPPR - EESS

X

X

AGENTE DE SPPR - OFICINA

X

X

AGENTE DE SPPR - AGENCIAS

X

X

PERSONAL DE LIMPIEZA Y SERVICIOS

X

X

MOTORIZADOS DE FACTURACIÓN

X

X

FACTURADOR - LUBRICANTES

X X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X X

CHALECO C/CINTA REFLECTANTE

X

X

X X

CAMISA MANGA C/CINTA REFLECTANTE

X

X

X

X

POLO MANGALARGA

X

X

X

FACTURADOR - CISTERNA

RESPIRADOR DE SILICONA

X

MANTENIMIENTO - INFRAESTRUCTURA

MASCARILLA DESCARTABLE

X

X

X

MANDIL PVC

X

X

X

X

GUANTES DIELECTRICOS

X

X

X

MANTENIMIENTO MECÁNICO

X

GUANTES DE CUERO

X

MANTENIMIENTO ELECTRICO

X

GUANTES DE PVC

X

X

GUANTES DE NITRILO

X

X

X

MAESTRANZA

LENTES OSCUROS DE POLICARB.

X

X

SUPERVISORES, COORDINADORES

BOTAS DIELECTRICAS

X

EPP´S BÁSICOS

PANTALÓN JEAN CINTA REFLECTANTE

MAMELUCO DRILL CINTA REFLECTANTE

ROPA DE SEGURIDAD

PANTALÓN ALGODÓN CINTA REFLECTANTE

PROTECTOR AUDITIVO TIPO TAPÓN

VÍAS RESP. Y AUDICIÓN

FILTRO PARA PARTÍCULAS 7093/P100

GUANTES DE HILO CON PUNTOS DE PVC

MANOS Y CUERPO

LENTES DE SEGURIDAD TRANSP.

VISTA

BARBIQUEJO

CABEZA

CASCO DE SEGURIDAD

BOTAS DE JEBE CON PUNTAS DE ACERO

BOTAS DE CUERO CON PUNTA DE ACERO

PIES

X

X

X

X

X X X

X

X

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO

X

X

X

X

X X

56


C & M Empresas Perú

CARTA DE COMPROMISO

Yo Don(ña)…………………………………………………………, con DNI N°…………………………., de nacionalidad…………………………, nacido(a) en ………………, habiendo recibido de C& M SERVICENTROS SAC el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, y habiendo leído y c omprendido su contenido, me COMPROMETO a cumplir responsablemente cada uno de sus artículos en contribución de mi seguridad y salud ocupacional y de la seguridad y salud de mis compañeros y entorno. De no cumplir mi compromiso, me someto a las sanciones correspondientes detalladas en el Reglamento Interno de Trabajo. Firmo y dejo mi Huella digital en señal de constancia de conformidad. ………….,…..… de……………,…………

[…………………………………………………………………………..]

Av. Del Parque Norte 885 Urbanización Corpac - San Isidro Teléfono (51-1) 225-3555 | atencionclientecm@cmempresasperu.com C&M Empresas Perú 2014

[Puesto]:

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABA JO




C & M Empresas Perú Av. Del Parque Norte 885 Urbanización Corpac - San Isidro Teléfono (51-1) 225-3555 | atencionclientecm@cmempresasperu.com C&M Empresas Perú 2014


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