ANEXO
CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL EN LAS CATEGORIAS PROFESIONALES DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, ASISTENTE DOMICILIARIO, PEÓN BARRENDERO, PEÓN AGRÍCOLA, MONITOR/A DEPORTIVO, PEÓN INDUSTRIA MANUFACTURERA, PERSONAL DE LIMPIEZA, RECEPCIONISTA, PEÓN DE LA CONSTRUCCIÓN, TÉCNICO/A EN INTEGRACIÓN SOCIAL, TÉCNICO/A EN ANIMACIÓN SOCIO-CULTURAL, OFICIAL 2ª MANTENIMIENTO Y AUXILIAR DE ENFERMERÍA/ CLÍNICO A CONTRATAR COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL Y CONSTITUCIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA PARA EL AYUNTAMIENTO DE LA ALDEA DE SAN NICOLÁS EN EJECUCION DEL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL 2016-2017: SUBPROYECTO 2016. Primera: Objeto. Por medio de la presente se establecen los criterios que han de servir para la selección de personal en la categorías profesionales que se expresan, a contratar como personal laboral temporal y dentro del Programa Extraordinario de Empleo Social 2016-2017: Subproyecto 2016. CATEGORIA
CNO
Nº CONTRATOS
Auxiliar Administrativo
43091029
5
Asistente domiciliario
51130024
2
Peón barrendero
94431016
5
Peón agrícola
95111016
2
Monitor/a deportivo
35450151
2
Peón industria manufacturera
97001104
7
Personal de limpieza
91210016
2
Recepcionista
45100019
1
Peón de la construcción
96020014
3
Técnico/a Integración Social
37131069
5
Técnico/a Animación Sociocultural
35320023
2
Oficial 2ª mantenimiento
71911012
1
Auxiliar de Enfermería/ Clínico
56111059
1
Segunda: Requisitos de los aspirantes. 2.1. Serán requisitos necesarios para participar en el procedimiento de selección: a. Tener 18 años cumplidos y menos de 65 años. b. Estar desempleado y figurar inscrito como demandante de empleo en la oficina del Servicio Canario de Empleo durante un período de 6 meses, en los últimos 24 meses. c. Figurar empadronado en el Municipio de La Aldea de San Nicolás con una antigüedad superior a seis meses, salvo cuando no existan candidatos/as para cubrir los puestos. d. Estar vinculado el/la candidata/a a la ocupación propuesta en la oferta de empleo. 2.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes, en función de la categoría profesional a la que se pretende acceder: Auxiliar Administrativo Asistente Domiciliario Peón Barrendero Peón Agrícola Monitor/a Deportivo Peón Industria Manufacturera Personal de Limpieza Recepcionista Peón de la construcción Técnico/a en Integración Social Técnico/a en Animación Socio-Cultural Oficial 2ª Mantenimiento Auxiliar de Enfermería/ Clínico 2.3. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 2.4. Para cumplir con el objetivo principal de facilitar la práctica profesional y mejorar la empleabilidad de los trabajadores desempleados, se aplicará el principio de no repetición y rotación, de forma que quedarán excluidos de esta preselección aquellos demandantes en los que concurra alguna de estas circunstancias: a. Que hayan participado en un programa de esta naturaleza en el último año por un período superior a 80 días.
b. No haber participado en Planes de Empleo Social en los últimos 24 meses o cualquier miembro de su unidad familiar o núcleo de convivencia. c. En ningún caso podrán trabajar en este programa más de una persona por unidad familiar, o núcleo de convivencia. Se exceptúa lo establecido en los apartados a ,b y c, cuando no existan candidatos/as para cubrir la demanda de empleo y/o existiera informe favorable de los Servicios Sociales. TODOS LOS REQUISITOS ENUMERADOS DEBERÁN POSEERSE EL DÍA DE FINALIZACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y MANTENERSE HASTA EL MOMENTO DE LA CONTRATACIÓN. Tercera.- Criterios de selección 3.1.- De conformidad con lo establecido en la Cláusula QUINTA del Acuerdo Marco de colaboración entre el Servicio Canario de Empleo y la FECAM para la ejecución del Programa Extraordinario de Empleo Social para el período 2016-2017 y en el marco del mismo, los criterios de selección de los demandantes de empleo serán los siguientes: 3.1.1. Las personas desempleadas integrantes de unidades familiares en las que ningún miembro esté percibiendo retribuciones o prestación por un importe superior a 350 €/persona alguna en el momento de la presentación de la solicitud, a efectos de la cláusula quinta sección 1 del convenio. Se valorará con un máximo de 30 puntos. Una persona 4 ptos Dos personas 7 ptos Tres personas 10 ptos Cuatro personas 13 ptos Cinco personas 16 ptos Seis personas 19 ptos Siete personas 21 ptos Ocho personas 24 ptos Nueve personas 27 ptos Diez personas 30 ptos 3.1.2. Personas en situación de desempleo de larga duración o en exclusión social o en riesgo de padecerla, a efectos de la cláusula quinta sección 2 del convenio. Se entenderá por persona en riesgo de exclusión social o en riesgo de padecerlo, aquella en la que concurran al menos dos de las siguientes circunstancias. a) Personas sin recursos ni posibilidades de cubrir sus necesidades básicas. Se tomará como referencia las retribuciones o prestaciones de los miembros de la unidad familiar en el momento de la presentación de la solicitud.
Tipo de unidad familiar
Límite Ingresos
Una persona Dos personas Tres personas Cuatro personas Cinco personas Seis personas Siete personas Ocho personas Nueve personas Diez personas
Hasta 250,00 € Hasta 350,00 € Hasta 450,00 € Hasta 550,00 € Hasta 650,00 € Hasta 750,00 € Hasta 850,00 € Hasta 950,00 € Hasta 1.050,00 € Hasta 1.150,00 €
de
Puntuación 4 7 10 13 17 20 23 26 29 30
b) Perceptores de rentas mínimas de inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza. Este requisito se tendrá en cuenta a los efectos de computar en el apartado 3, “Personas en exclusión social o en riesgo de padecerla”, pero no tendrá por sí solo una valoración al considerar que se encuentra ponderado en el apartado 3.a) c) Ausencia de redes sociales y familiares. Se valorará con un máximo de 2 puntos, mediante informe social. d) Personas sin vivienda o vivienda precaria o en riesgo de embargo. Se valorará con un máximo de 2 puntos, mediante informe social. e) Personas (solicitante) desempleadas por un periodo superior a 24 meses. 10 puntos, siempre que tenga hijos a cargo y 5 puntos si carece de ellos. 3.1.3. Personas respecto de las cuales se haya emitido informe de servicios sociales municipales en el sentido de que sus circunstancias personales y/o familiares recomienden la incorporación a fuentes generadoras de rentas. Se valorará con un máximo de 10 puntos, a efectos de la cláusula quinta sección 1 del convenio. El informe de servicios sociales municipales se realizará sólo en casos excepcionales, justificando adecuadamente las circunstancias que concurren. 3.1.4. Personas en situación de desempleo de larga duración. Se valorará hasta un máximo de 7 puntos, a efectos de la cláusula quinta sección 2 del convenio, tomado como referencia el periodo de permanencia en la situación de desempleo del solicitante. Debiendo justificar esta circunstancia mediante ingreso bancario o cualquier otro justificante de pago.
a) Supuestos incluidos en la cláusula quinta sección primera del convenio (unidades familiares sin renta). Con más de 1 hijo a Con 1 hijo a cargo cargo Superior a 12 meses hasta 18 meses 2 puntos 4 puntos Superior a 18 meses hasta 24 meses 3 puntos 7 puntos b) Supuestos incluidos en la cláusula quinta sección segunda del convenio (exclusión social o en riesgo de padecerla). Con 1 hijo a cargo Con más de 1 hijo a cargo Superior a 12 meses hasta 18 meses 1 puntos 3 puntos Superior a 18 meses hasta 24 meses 2 puntos 5 puntos 3.1.5. Unidades familiares que asuman gastos derivados de hipoteca y/o alquiler. Se establece que si la cantidad es igual o inferior a 300 €/mes, se le asignará 1 punto, y si es superior a dicha cantidad, se otorgarán 2 puntos. Se debe justificar mediante la aportación del ingreso bancario o cualquier otro justificante de pago. 3.2. La puntuación a la que se alude en el apartado 3.1.2. letras c), d) y e) se aplicarán, en el supuesto de concurrir el presupuesto de hecho correspondiente, tanto a las solicitudes incluidas en el apartado 3.1.1 (unidades familiares sin renta), como a las incluidas en el aparatado 3.1.2. (Unidades familiares en riesgo de exclusión social), con un máximo de dos criterios sobre el base. 3.3.- En ningún caso podrán trabajar en este programa más de una persona por unidad familiar, o núcleo de convivencia, salvo que no hubiera otros demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir o se presentara informe favorable de los Servicios Sociales. 3.4.- Se entiende por unidad familiar la constituida por el aspirante y quienes convivan con él en una misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación análoga a la conyugal, acreditado mediante libro/s de familia (respecto de los hijos) y documento de convivencia, conforme a los datos del Padrón Municipal de habitantes. 3.5.- En el supuesto de que se produzcan situaciones de empate entre distintos solicitantes, se dirimirá por aplicación de los siguientes criterios: 1.- Atendiendo al mayor tiempo que haya transcurrido desde que los miembros de la unidad familiar se encuentre en situación de desempleo (mayor tiempo del último de ellos si son varios) 2.- Atendiendo al mayor número de menores de edad que formen parte de la unidad familiar. 3.- Por insaculación.
De acuerdo a los criterios establecidos en el Plan Anual de Políticas de Empleo (PAPE), se debe garantizar preferentemente la participación de los siguientes colectivos: - Mujeres en una proporción superior al cincuenta por ciento. - Más de la mitad de los participantes deberán ser personas mayores de 45 años, desempleadas de larga duración, entendiendo por ello personas inscritas como demandantes de empleo desempleadas un mínimo de 360 días en un período de 540. - Se le dará preferencia, dentro de las personas prevista en esta cláusula, a personas con discapacidad.
Cuarta: Solicitudes. 4.1. Documentación. Quienes deseen tomar parte la selección deberán hacerlo constar cumplimentando la instancia establecida al efecto por el Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás, que se ajustará al modelo que figura como anexo I del presente y que se podrá obtener en el Registro General de este Ayuntamiento. En la solicitud se especificará la categoría o categorías profesionales a las que se presenta el interesado. En el caso de presentar solicitudes para varias categorías se presentará la documentación acreditativa sólo una vez, y se priorizará para formar parte en la de mayor categoría profesional, en atención al número de miembros de la unidad familiar. A la instancia solicitando tomar parte del proceso, cuya suscripción supone la aceptación de la presente convocatoria, se acompañarán los siguientes documentos: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes nacionales de la Unión Europea o nacionales de cualquiera de los Estados de los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán presentar una fotocopia del documento de identidad o pasaporte de su país de origen. Las personas a las que hace referencia el artículo 57.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán presentar una fotocopia del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros. De no haber solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa, del español o del nacional de otro Estado Miembro de la Unión Europea, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante es menor de veintiún años o que siendo mayor de esa edad vive a sus expensas. b) Copia del/ los libro/s de familia. c) Fotocopia Documento Nacional de Identidad de los miembros de la unidad familiar.
d) Documentación acreditativa de los ingresos de la unidad familiar, según los siguientes supuestos: 1.- Alguno de los miembros de la unidad familiar percibe renta: - Documentación acreditativa de las retribuciones, pensiones, subsidio o ayudas de cualquier naturaleza percibida en los 3 meses anteriores a la solicitud (abril/mayo/junio de 2016). 2.- Ninguno de los miembros de la unidad familiar percibe renta: - Declaración responsable a estos efectos a la fecha de presentación de la solicitud, según modelo ANEXO II. e) Certificado grado de discapacidad. f) Acreditación de separación o divorcio, así como pago de la pensión alimenticia de hijos, embargo de bienes. g) Justificación de pago o deuda de alquiler o hipoteca. h) Documento público o privado acreditativo de la ocupación de una vivienda en precario o con riesgo de embargo. De conformidad con lo dispuesto en el art. 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en relación con lo dispuesto en el R.D. 1778/1994, de 5 de agosto, los interesados podrán acogerse al derecho a no presentar la documentación que obre en este Ayuntamiento, en expedientes tramitados en los últimos cinco años, indicándolo expresamente en la solicitud. 4.2. Lugar de presentación. El impreso de solicitud debidamente cumplimentado y la documentación a la que se refiere el apartado anterior podrán presentarse en el Registro de esta Corporación sito en la calle Francisco León Herrera s/n. 4.3. Plazo de presentación. Las solicitudes se presentarán desde el 28 de julio hasta el 05 de agosto de 2016, ambos inclusive, en horario de 9:00 a 14:00 horas. Quinta: Procedimiento de Selección. Para la incorporación al programa, el Ayuntamiento establecerá un listado valorado de todos/as los/as participantes, tanto de titulares como suplentes, que será remitido con carácter previo al Servicio Canario de Empleo, que verificará el cumplimiento de los requisitos de los mismos. Para la selección de los desempleados/as participantes el Ayuntamiento deberá constituir una Comisión Técnica Municipal encargada de valorar la demanda existente, de realizar el listado valorado que se remitirá al Servicio Canario de Empleo y de realizar una propuesta de contratación a favor de los/as aspirantes que resulten mejor valorados conforme a las condiciones establecidas para cada caso por el Ayuntamiento. Esta propuesta de candidatura deberá estar firmada por el Alcalde – Presidente de la Corporación Municipal.
Sexta: Comisión Técnica Municipal. 6.1. Composición. La Comisión Técnica estará integrada por cuatro miembros (un presidente, dos vocales y un secretario/a), uno de los vocales debe ser necesariamente un Trabajador Social del Ayuntamiento, y otro vocal será la persona designada dentro de La Agencia de Empleo y Desarrollo Local. 6.2. Actuación. Podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, precisándose, en todo caso, la asistencia del Presidente y Secretario. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente. El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.3. Abstención y recusación. Los miembros de la Comisión deberán plantear su abstención, para no formar parte del mismo, cuando pudieran estar incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo comunicar la concurrencia de cualquiera de estas circunstancias al SR. Alcalde para su toma en consideración. Séptima: Relación de aspirantes seleccionados y constitución de lista de reserva. Efectuada la valoración de los criterios anteriormente descritos, el Ayuntamiento remitirá el Acta de la Comisión que contendrá un listado valorado de todos/as los/as participantes, tanto de titulares como suplentes, con propuesta de candidatos, suscrita por el señor Alcalde, al Servicio Canario de Empleo para que proceda a verificar el cumplimiento de los requisitos de los mismos. En concreto, inscripción, período, percepción de prestaciones y subsidios. Y una vez determinados por el Servicio Canario de Empleo, la Comisión Técnica realizará una propuesta de contratación a favor de los/as aspirantes que resulten mejor valorados/as conforme a las condiciones establecidas para cada caso por el ayuntamiento correspondiente. Esta propuesta de candidatura deberá estar firmada por el Alcalde – Presidente de la Corporación Municipal. Octava: Presentación de documentos. 8.1. El/la aspirante propuesto/a para cubrir al puesto objeto de la presente convocatoria deberá aportar ante el Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás, la siguiente documentación: a) D.N.I. o documentación a la que se alude en la base 4.1. letra a) compulsada. b) Número de afiliación a la Seguridad Social. c) Alta a terceros debidamente firmada y sellada por la entidad bancaria y conteniendo el número de cuenta bancaria con IBAN correspondiente.
Novena: Contratación. Régimen de contratación. Los/las aspirantes seleccionados/as que acrediten reunir los requisitos exigidos en la convocatoria serán contratados/as según procedimiento establecido para la concesión de la subvención que financia el proyecto, en régimen de derecho laboral, con carácter temporal, mediante contrato por obra o servicio, en la categoría correspondiente, según lo previsto en el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores. El/la aspirante seleccionado/a que no presentara la documentación o no acreditara reunir los requisitos exigidos en esta convocatoria no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas las actuaciones en relación al mismo, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. En este caso, el Sr. Alcalde ordenará la contratación a favor del siguiente candidato/a que hubiere quedado en la lista de reserva y así sucesivamente. Régimen de incompatibilidades. Los/as aspirantes que resulten seleccionados/as y contratados/as para ocupar el puesto quedarán sometidos desde el momento de su incorporación al régimen de incompatibilidades legalmente vigente, siendo necesario hacer constar la manifestación de los interesados de no venir desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público delimitado por el artículo 1 de la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, indicando, asimismo, que no realiza actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad. En otros casos, se procederá de forma determinada en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985. La citada manifestación hará referencia también a la circunstancia de si los interesados se encuentran o no percibiendo pensión de jubilación, retiro u orfandad, por derechos pasivos o por cualesquier régimen de Seguridad Social, pública y obligatoria, a los efectos de los dispuesto en el artículo 3.2 y la disposición transitoria 9 de la Ley 53/1984. Décima: Incidencias. En todo lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; supletoriamente Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, y demás normativa concordante.
Anexo I SOLICITUD: PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL 2016-2017: SUBPROYECTO 2016 1. DATOS DEL SOLICITANTE (Imprescindible presentar copia del DNI) NOMBRE D.N.I.
DOMICILIO
Nº
PROVINCIA
C.P.
DIRECCIÓN A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN PROVINCIA
FAX
CORREO ELECTRÓNICO
C.P.
PISO PTA.
ESC.
PISO PTA.
TELÉFONO
Nº
MUNICIPIO
ESC.
TELÉFONO
2. EXPONE PRIMERO. Que reúne todos los requisitos establecidos en el Programa Extraordinario de Empleo Social 2015.
Tener 18 años cumplidos y menos de 65 años. Estar desempleado y figurar inscrito como demandante de empleo en la oficina del Servicio Canario de Empleo durante un período de seis meses, en los últimos 24 meses. Figurar empadronado en el Municipio de La Aldea de San Nicolás con una antigüedad superior a seis meses.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes, en función de la categoría profesional a la que se pretende acceder. SEGUNDO. Que aporta la siguiente documentación (marcar con una X la que se presente) □ Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes nacionales de la Unión Europea o nacionales de cualquiera de los Estados de los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán presentar una fotocopia del documento de identidad o pasaporte de su país de origen. Las personas a las que hace referencia el artículo 57.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán presentar una fotocopia del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros. De no haber solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa, del español o del nacional de otro Estado Miembro de la Unión Europea, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante es menor de veintiún años o que siendo mayor de esa edad vive a sus expensas. □ Copia del/ los libro/s de familia. □ Fotocopia Documento Nacional de Identidad de los miembros de la unidad familiar. □ Documentación acreditativa de los ingresos de la unidad familiar, según los siguientes supuestos: 1.- Alguno de los miembros de la unidad familiar percibe renta: - Documentación acreditativa de las retribuciones, pensiones, subsidio o ayudas de cualquier naturaleza percibida en los 3 meses anteriores a la solicitud (abril/mayo/junio de 2016). 2.- Ninguno de los miembros de la unidad familiar percibe renta: - declaración responsable a estos efectos, suscrita por cada uno de sus integrantes, a la fecha de presentación de la solicitud, según modelo ANEXO II. □ Certificado grado de discapacidad. □ Acreditación de separación o divorcio, así como pago de la pensión alimenticia de hijos, embargo de bienes. □ Justificación de pago o deuda de alquiler o hipoteca. □ Documento público o privado acreditativo de la ocupación de una vivienda en precario o con riesgo de embargo. □ De conformidad con lo dispuesto en el art. 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en relación con lo dispuesto en el R.D. 1778/1994, de 5 de agosto, los interesados podrán acogerse al derecho a no presentar la documentación que obre en este Ayuntamiento, en expedientes tramitados en los últimos cinco años, respecto de la siguiente documentación:
3. AUTORIZACIÓN EXPRESA PARA COLSULTA DATOS
Así mismo AUTORIZO al Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás el acceso a los datos del Padrón Municipal de Habitantes para la consulta de mi situación familiar y para la consulta por este Ayuntamiento de los datos obrantes en el Servicio Canario de Empleo, del período de inscripción como demandante de empleo, tanto del solicitante como de los restantes miembros de la unidad familiar así como de Prestaciones contributivas, Subsidios, RAI o Prepara. 4. SOLICITA
Participar en el proceso convocado para la/s siguientes categoría/s (marcar con x):(*) Auxiliar Administrativo…………………………. Asistente Domiciliario………………………… Peón Barrendero……………………………… Peón Agrícola………………………………….. Monitor/a Deportivo…………………………… Peón Industria Manufacturera……………….. Personal de Limpieza………………………… Recepcionista…………………………………. Peón de la construcción……………………… Técnico/a en Integración Social…………… Técnico/a en Animación Socio-Cultural….. Oficial 2ª Mantenimiento …………………… Auxiliar de Enfermería/ Clínico……………... OTROS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR QUE ACCEDEN A PUESTOS DE ESTA CONVOCATORIA Nombre y apellidos: DNI:
Parentesco:
Puesto:
En La Aldea de San Nicolás, a ____ de _____________________ de 2016 El/la solicitante,
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de lo siguiente:
Los datos de carácter personal que se obtengan de su solicitud serán incorporados y tratados de forma confidencial en un fichero propiedad de este Ayuntamiento. Los datos obtenidos en esta instancia podrán ser utilizados, salvaguardando su identidad, para la realización de estadísticas internas.
Ud. tendrá la posibilidad de acceder en cualquier momento a los datos facilitados, así como de solicitar, en su caso, su rectificación, oposición o cancelación, dirigiendo una comunicación escrita, junto con la documentación acreditativa de su identidad, a este Ayuntamiento. (*) En el caso de presentar solicitudes para varias categorías se presentará la documentación acreditativa sólo una vez, y se priorizará para formar parte en la de mayor categoría, en función del número de miembros de la unidad familiar (**). (**) Se entiende por unidad familiar la constituida por el aspirante y quienes convivan con él en una misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación análoga a la conyugal, acreditado mediante libro/s de familia (respecto de los hijos) y documento de convivencia conforme a los datos del padrón municipal de habitantes.
Sr. Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás
Anexo II ANEXO II: DECLARACIÓN JURADA O PROMESA PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL 2016-2017: SUBPROYECTO 2016 1. DATOS DEL SOLICITANTE (Imprescindible presentar copia del DNI) NOMBRE D.N.I.
DOMICILIO
MUNICIPIO
Nº
PROVINCIA
C.P.
DIRECCIÓN A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN
ESC.
PROVINCIA
FAX
CORREO ELECTRÓNICO
C.P.
PTA.
ESC PISO .
PTA.
TELÉFONO
Nº
MUNICIPIO
PISO
TELÉFONO
2. DECLARACIÓN JURADA O PROMESA (En el caso de Nacionales españoles, marcar con una x)
□ Declaro bajo mi responsabilidad no haber sido separado ni despedido, mediante expediente disciplinario, del servicio de alguna de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas (En el caso de No nacionales españoles, marcar con una x)
□ Declaro bajo mi responsabilidad no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en mi Estado el acceso a la función Pública. □ Así mismo, declaro que NO percibo renta, subsidio o prestaciones a la fecha de la suscripción de la presente. □ …........................................, declaro(*) que SI percibo renta, subsidio o prestaciones a la fecha de la suscripción de la presente, conforme se acredita en la siguiente documentación, que se adjunta:
En La Aldea de San Nicolás, a ____ de _____________________ de 2016 El/la solicitante,
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de lo siguiente:
Los datos de carácter personal que se obtengan de su solicitud serán incorporados y tratados de forma confidencial en un fichero propiedad de este Ayuntamiento. Los datos obtenidos en esta instancia podrán ser utilizados, salvaguardando su identidad, para la realización de estadísticas internas. Ud. tendrá la posibilidad de acceder en cualquier momento a los datos facilitados, así como de solicitar, en su caso, su rectificación, oposición o cancelación, dirigiendo una comunicación escrita, junto con la documentación acreditativa de su identidad, a este Ayuntamiento.
Sr. Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás
Anexo III AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE DATOS PERSONALES PARA LA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL 2016-2017: SUBPROYECTO 2016 1. DATOS DE LOS DECLARANTES (Imprescindible presentar copia del DNI) NOMBRE D.N.I.
FIRMA
NOMBRE
NOMBRE
NOMBRE
NOMBRE
DIRECCIÓN A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN
Nº
MUNICIPIO
PROVINCIA
FAX
CORREO ELECTRÓNICO
C.P.
ESC.
PISO
PTA.
TELÉFONO
2. AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE DATOS PERSONALES PARA LA VERIFICACIÓN DE REQUISITOS Los firmantes, miembros de una unidad familiar, AUTORIZAN la cesión por el Servicio Canario de Empleo al Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás, de los siguientes datos obrantes en su demanda de empleo: 1.
2.
Para todos los candidatos propuestos para la contratación por el Ayuntamiento: Estar inscrito como demandante de empleo desempleado durante un período de 6 meses en los últimos 24 meses. Para los candidatos propuestos pertenecientes al colectivo de selección 1ª de la cláusula 3ª (1. Hogares sin ingresos), y para todos los miembros de su hogar: No ser perceptor de Prestaciones contributivas, Subsidios, RAI o Prepara.
Así mismo AUTORIZAN al Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás el acceso a los datos del Padrón Municipal de Habitantes para la consulta de la situación de los miembros de mi unidad familiar. A los efectos de verificar los requisitos de los participantes en el Programa Extraordinario de Empleo Social 2016-2017. En La Aldea de San Nicolás, a ____ de _____________________ de 2016 El solicitante,
La presente autorización se otorga al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal de forma que: Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado. El consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal tiene también un carácter de revocable. Aquel a quien se comuniquen los datos de carácter personal se obliga, por el solo hecho de la comunicación, a la observancia de las disposiciones de la presente Ley.
Sr. Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás