Reglamento Interno del AIP

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I.E. PNP “FELIX TELLO ROJAS” La Primavera – Chiclayo

“AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO”

AULA DE INNOVACIONES PEDAGÓGICAS REGLAMENTO INTERNO DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA INTRODUCCIÓN: El presente, regula el funcionamiento del Aula de Innovaciones Pedagógicas (AIP) 2011 de la I.E. PNP “Félix Tello Rojas”; es un documento de gestión administrativa y establece pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de interacción de los docentes y estudiantes dentro del AIP ARTÍCULO I. FUNDAMENTACIÓN: La tecnología como apoyo de los procesos de aprendizaje, debe utilizarse como un medio para potenciar las habilidades y destrezas de los estudiantes, la capacidad de organización y trabajos colaborativos, la resolución de problemas, la búsqueda sistemática de la información y la simulación de fenómenos, sobre los cuales se puede trabajar los temas de interés y desarrollo de su creatividad, en cualquiera de las áreas del currículo; consecuentemente, se presentan las directivas que regulan el acceso y uso del AIP, siempre con el propósito de mejorar la calidad educativa y propender la búsqueda de una mejor calidad de vida. ARTÍCULO II. OBJETIVOS: La Dirección General de Tecnologías Educativas creado mediante D.S. Nº 016-200-ED. En el presente año, en concordancia con los objetivos educativos del Proyecto Educativo Regional se orientan al logro de aprendizajes de calidad, buscando contribuir a elevar los niveles de logro suficiente en los estudiantes en las diferentes áreas de DCN; por lo tanto, la I.E. PNP “Félix Tello Rojas”, promueve, en los docentes, la integración de los recursos tecnológicos en el desarrollo de los procesos educativos, mediante la apropiación de las TIC, integrándolos en su programación curricular y su aprovechamiento pedagógico para lograr aprendizajes significativos en los estudiantes.

ARTÍCULO III. DISPOSICIONES GENERALES: Los servicios pueden ser recurridos por los estudiantes, docentes y toda comunidad educativa felixtellina. 3.1.

DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA: 3.1.1. El AIP es el espacio donde los docentes y estudiantes desarrollan procesos de enseñanza y aprendizaje, con el uso adecuado de los medios tecnológicos. El uso de AIP es para fines estrictamente pedagógicos – DIRECTIVA Nº 0015-2010G.R.LAMB/DREL-DGP-TE. 3.1.2. Queda terminante prohibido el ingreso a personas no facultadas, salvo autorización de la Dirección. 3.1.3. Queda terminante prohibido el uso inadecuado de equipos, computadoras, que contravengan las normas, moral, ética y las buenas costumbres. (Ley Nº 28119 / prohíbe el acceso a contenidos inadecuados).


3.1.4. El AIP es un escenario de aprendizaje para el uso y aplicación de las TIC, y debe ser usada por todos los estudiantes en todas las áreas del currículo que brinda la Institución Educativa, por lo que el horario de clases será flexible y se adecuará a las necesidades e intereses de los estudiantes. 3.1.5. El uso del aula será según el horario presentado por los DAIP, con anticipación a la Sub Dirección Académica, el cual se considerará los grados para su diseño. 3.2.

DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA: 3.2.1. Proponer a la Dirección de la Institución Educativa el Plan de Trabajo de la incorporación de las TIC, en las acciones educativas. 3.2.2. Asesorar a los docentes en el uso y aplicación delas TIC, en el trabajo educativo y en la solución de problemas que se presenten. 3.2.3. Promover la participación de la Comunidad Educativa en el aprovechamiento de las TIC. 3.2.4. Reportar el estado de los recursos TIC a la Dirección de la Institución Educativa. 3.2.5. Llevar el inventario de los bienes que se encuentran en el AIP. 3.2.6. Organizar el catálogo de los recursos TIC del AIP y mantenerlo actualizado facilitando su uso. 3.2.7. Proyectar en coordinación con la Dirección y los Docentes, el horario de uso del AIP, garantizando la oportunidad de acceso a todos los estudiantes de la Institución Educativa acorde a la diversidad curricular. 3.2.8. Diseñar talleres de capacitación y actualización en el uso de recursos TIC. 3.2.9. Recibir oportunamente del personal responsable de logística las llaves de acceso al AIP. 3.2.10. Informar a la Dirección de cualquier irregularidad presentada. 3.2.11. Velar por la seguridad y mantenimiento de los equipos del AIP. 3.2.12. Concienciar a los usuarios de la rutina adecuada del Aula, desde la presentación, formalidad en el trato, e interrelación con lo programas o páginas. 3.2.13. El DAIP bajo responsabilidad deberá permanecer en el AIP mientras se lleve a cabo las sesiones de aprendizaje, usando los equipos, medios informáticos y materiales educativos por los docentes de aula y los estudiantes a fin de brindar la asesoría permanente y oportuna. 3.2.14. Informar de las actividades desarrolladas en el AIP a la Dirección de la Institución Educativa y a la DIGETE – DRE Lambayeque (cuando lo soliciten).

3.3.

DEL LOS DOCENTES DE AREA: 3.3.1. Ingresará según el cronograma de atención publicado con anticipación por los DAIP, registrando su visita al AIP. 3.3.2. Ingresar al AIP, para buscar información previa y/o elegir según el catálogo el recurso más adecuado. 3.3.3. Debe preparar con anticipación el material adecuado y presentarlo para tomar las medidas pertinentes. 3.3.4. Los docentes son los responsables de diseñar su sesión de aprendizaje y entregarlo al DAIP con el VºBº del Sub Director en el momento de ingresar al AIP. 3.3.5. El docente deberá ingresar y permanecer con sus estudiantes para dirigir su clase en el AIP en los horarios solicitados registrando su entrada y salida en la hoja de Control de Asistencia. 3.3.6. Velar por el orden y el buen uso del equipo de cómputo, bajo su responsabilidad. 3.3.7. Controlar el adecuado uso de los recursos del AIP, (no acceso a msm, música, otros archivos). 3.3.8. Los docentes usarán las estaciones de trabajo (PC) y la conexión a Internet en las horas libres del AIP exclusivamente para la investigación, desarrollo de sus actividades pedagógicas y producción material educativo, teniendo en cuenta lo


3.4.

establecido en los objetivos de la Dirección General de Tecnologías Educativas (DIGETE) DEL LOS ESTUDIANTES: 3.4.1. Ingresar sólo al AIP si está bien uniformado, con el cabello seco y con el saludo respectivo. 3.4.2. Cumplir con las indicaciones impartidas con anticipación por el docente del área y el DAIP. 3.4.3. Los estudiantes una vez ubicados en la PC, mantendrán el orden dentro del AIP, caso contrario se aplicará las medidas correctivas. 3.4.4. Respetar las reglas establecidas en el AIP. 3.4.5. Ingresar sólo a las páginas y/o recursos utilizados por el docente durante el desarrollo de las sesiones de aprendizaje. 3.4.6. No ingresará al Setup, msm, u otras páginas que distraigan la atención de los demás. 3.4.7. Mantener el ambiente limpio, no llevando ningún producto, ni alimento, ni dejar desperdicios bajo su responsabilidad. 3.4.8. Por ninguna razón podrán bajar y/o instalar programas bajo responsabilidad. 3.4.9. Promoverá el cuidado del mobiliario: muebles, sillas, otros; en función de mejorar nuestra calidad de vida.

3.5.

DEL ACCESO A INTERNET: 3.5.1. El uso de Internet será estrictamente para el uso pedagógico. Los docentes podrán hacer uso del mismo para recopilar información, para mejorar su labor docente o crear material adecuado a su programación y contenidos curriculares. 3.5.2. El uso del correo electrónico y el servicio de mensajería (Messenger) será restringido, siendo responsabilidad del docente del aula o del coordinador del AIP su utilización en caso de ser necesario. 3.5.3. Será responsabilidad del docente del aula de innovaciones cumplir estas restricciones en los horarios disponibles y del docente del aula durante su sesión de aprendizaje. Debiendo ambos tomar las medidas necesarias para su cumplimiento.

3.6.

DE LAS MEDIDAS DE SERGURIDAD E HIGIENE: 3.6.1. Los usuarios ingresarán con las manos limpias y necesariamente con el cabello seco. 3.6.2. No podrán ingresar al AIP alimentos ni consumirlo durante su permanencia. 3.6.3. Se evitará en todo momento las acciones que dañen al sistema no por la fuerza sino por la razón. 3.6.4. Los estudiantes encargados de cada equipo velarán por la conservación del mismo, bajo su responsabilidad. 3.6.5. Queda restringido el ingreso al AIP, cuando los DAIP no se encuentren presentes. 3.6.6. El cuidado de los equipos son responsabilidad del docente que solicita el AIP, velando por su uso correcto de los mismos. Al salir del AIP supervisará que los estudiantes dejen ordenadas las sillas, el resto mobiliario y equipos en perfecto estado como al inicio de sus actividades. 3.6.7. El uso de Usb o discos compactos por los usuarios, sólo está permitido, previa coordinación con el responsable del AIP. 3.6.8. Cualquier avería, desperfecto, accidente físico y desconfiguración que el usuario cause será de su responsabilidad, asumiendo los gastos para su devolución, configuración o reparación total.

3.7.

NORMAS LEGALES: 3.7.1. Los estudiantes sólo ingresarán al AIP acompañados por el docente o tutor. 3.7.2. Los docentes para hacer uso de los servicios del AIP deberán revisar la programación de ingreso anticipadamente.


3.7.3. Los docentes presentarán sus sesiones de aprendizaje respectivamente, además del instrumento de evaluación que hayan diseñado. 3.7.4. Según lo normado, el docente que no ingrese en su horario programado será considerado como falta y se informará a la Sub Dirección. ARTÍCULO IV. DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: Toda situación de integración de las TIC no contempladas en el presente Reglamento, así como aquellas dificultades relacionadas a su interpretación, serán resueltas por la DAIP en coordinación con la Dirección de la Institución Educativa.

Chiclayo, 14 de Marzo del 2011

LIC. NÉRITA TARRILLO DÁVILA DAIP. NIVEL SECUNDARIA

PROF. MELBA ELINA PÉREZ MEGA DAIP. NIVEL PRIMARIA


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