Canarias {Prevenci贸n} Revista de Prevenci贸n de Riesgos Laborales
Instituto Canario de Seguridad Laboral
Gobierno de Canarias Consejer铆a de Empleo, Industria y Comercio
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{x} La Consejería destaca la importancia de llegar a acuerdos con los agentes sociales y económicos
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{x} El Gobierno se vuelca en los preparativos de Prevecan 09
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{x} La nueva ley reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción
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{x} Objetivos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en 2008
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{x} Actuaciones y proyectos del Icasel en toda la Comunidad Autónoma
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{x} Los premios del Instituto Canario de Seguridad Laboral cumplen su VII edición
Págs. 17-19 {x} Informes técnicos del Icasel Págs. 22-23 {x} Opinión de los empresarios Págs. 24-25 {x} Opinión de los sindicatos Págs. 29-31 {x} Hoja de inscripción para Prevecan 09
EDITA Consejería de Empleo, Industria y Comercio Dirección General de Trabajo Instituto Canario de Seguridad Laboral PRODUCCIÓN Factoría de Recursos Animados SL COORDINACIÓN Instituto Canario de Seguridad Laboral DISEÑO Y MAQUETACIÓN AyB Editorial DEPÓSITO LEGAL TF-XXX/07
Canarias {Prevención} Revista de Prevención de Riesgos Laborales Instituto Canario de Seguridad Laboral
Éxito compartido a mejora de las condiciones de trabajo y la reducción de la siniestralidad laboral son una prioridad para el Gobierno de Canarias. Estos objetivos se alcanzan planificando actuaciones para la difusión general de la importancia de las políticas preventivas. La promoción de la cultura de la prevención laboral en nuestro ArchipiéJORGE MARÍN lago es el camino emprendido RODRÍGUEZ DÍAZ hace años y empieza a dar fruConsejero de Empleo, tos fácilmente visibles como Industria y Comercio el reflejo de notables mejoras del Gobierno de en las estadísticas anuales de Canarias siniestralidad laboral. Los datos del ejercicio 2007 suponen una esperanza y un éxito para todos aquellos que compartimos responsabilidades en el Gobierno de Canarias y para los agentes que colaboran en la ejecución de las políticas preventivas, especialmente los trabajadores y los empresarios.
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Los accidentes en el puesto de trabajo han entrado en una dinámica de disminución continua y progresiva. La Comunidad Autónoma de Canarias registró durante el pasado año (2007), un total de 44.462 accidentes con baja en la jornada de trabajo, 79 menos que los accidentes producidos en el 2006. Del total de accidentes, 44.146 fueron leves, 300 graves y 15 mortales. Especialmente significativo es el descenso en el número de accidentes mortales. En el año 2006, fueron 34 los fallecidos en accidentes de trabajo, mientras que 2007 concluyó con una quincena de muertes ocasionadas por la actividad laboral. Esto significa que el año pasado se registraron 19 accidente mortales menos que el año anterior. Pero para entender mejor la tendencia positiva que muestra la siniestralidad laboral en Canarias, debemos analizar el índice de incidencia de accidentes de trabajo, ya que este indicador, que equivale al número de accidentes por cada 100.000 trabajadores con las contingencias profesionales cubiertas, es en realidad un parámetro más objetivo para realizar una valoración y análisis de situación. En este sentido, resulta destacable la disminución en un 2,83% de la accidentalidad total en el año 2007 respecto a 2006. Este parámetro mide los accidentes de trabajo con baja ocurridos en jornada de trabajo. Muy importante es también el descenso en el índice de incidencia de los accidentes de trabajo mortales (-54,19%). Razones del avance La mejora obedece, sin lugar a dudas, a la toma de conciencia y al trabajo conjunto de todas las partes implicadas: empresarios, sindicatos, Administración Pública y órganos judiciales. Los resultados de esta colaboración se reflejan en los datos que arrojan una información crucial, refrendando que estamos trabajando en el buen camino. Sabemos que es así, pero no por ello caemos en una falsa confianza. Al contrario, tenemos que seguir incidiendo, sin bajar la guardia, y trabajar en la reducción de la accidentalidad y las enfermedades profesionales.
El Instituto Canario de Seguridad Laboral (Icasel), órgano tripartito que cuenta con la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de Canarias y la Administración Pública en su consejo rector, trabaja cada año con un plan de actuación que persigue reducir la siniestralidad laboral en nuestra comunidad autónoma. Durante el año 2007, fueron muchas y variadas las actividades desarrolladas por el Instituto. Se realizaron actuaciones de seguimiento de la actividad preventiva en las empresas. También se concedieron premios y distinciones honoríficas a las mejores actuaciones preventivas, soluciones o innovaciones en materia de prevención, las publicaciones y los artículos de mayor interés y especial impacto realizadas por una pequeña y mediana empresa, un centro escolar y algunas personas físicas, con el fin de incentivar, en materia de riesgos laborales o derivados del trabajo el interés por la cultura y las acciones preventivas. Las convocatorias de subvenciones con diversas finalidades fueron otras de las líneas de actuación realizadas por el Icasel, que también organizó en 2007 cursos, jornadas y seminarios, así como campañas de sensibilización en materia de prevención de riesgos laborales dirigida a todas las edades. Nuevas iniciativas en 2008 Con la satisfacción del trabajo realizado y los resultados obtenidos emprendemos el año 2008 con nuevas iniciativas y con la confianza de seguir en la línea adecuada de trabajo, conjuntamente con todos los implicados en la prevención de riesgos laborales. En Canarias tenemos una larga tradición de concertación social, y en la actualidad, dentro de los IV Acuerdos de Concertación Social, ocupan un lugar destacado las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales, planificadas dentro del II Plan de Lucha contra la Siniestralidad Laboral 2005/08. Esta herramienta, que ha mostrado su eficacia en el objetivo común de reducir las cifras de accidentes laborales, llega a su término temporal con un elevado porcentaje de ejecución. En la actualidad, se está abordando los nuevos acuerdos que darán contenido a la V Concertación Social de Canarias. Nos encontramos inmersos en la ardua labor de concertar las prioridades de actuación que marcarán la política concertada del Gobierno de Canarias en un amplio EN CANARIAS TENEMOS número de materias. Especialmente interesante es dotar de contenido a UNA LARGA TRADICIÓN DE la Estrategia Canaria de Seguridad, CONCERTACIÓN SOCIAL, Y en la que se pretende continuar avanzando de la mano la Administración EN LA ACTUALIDAD, DENTRO canaria y los agentes sociales y eco- DE LOS IV ACUERDOS nómicos más representativos para continuar mejorando las condiciones DE CONCERTACIÓN de trabajo y desterrar los accidentes SOCIAL, OCUPAN UN laborales de nuestro ámbito sociolaLUGAR DESTACADO LAS boral. Contando con el esfuerzo de todos y el convencimiento que las actuaciones fruto del consenso deben imperar en ejecución de las políticas de los gobiernos modernos, pretendemos continuar en esta decidida batalla contra los siniestros laborales.
ACTUACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, PLANIFICADAS DENTRO DEL II PLAN DE LUCHA CONTRA LA SINIESTRALIDAD LABORAL 2005/08
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Prevecan 09
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entro de las prioridades del Gobierno de Canarias ocupan un lugar destacado las políticas tendentes a la continua mejora de las condiciones socio-laborales en nuestra tierra, fruto de los sucesivos acuerdos de Concertación Social de Canarias, donde contamos con una importante tradición histórica en cuanto a la confluencia mutua de esfuerzo y trabajo coordinado entre los diferentes agentes sociales y económicos más representativos, destacando las actuaciones programadas dentro del II Plan de Lucha contra la Siniestralidad Laboral, cuyo PEDRO TOMÁS PINO PÉREZ ámbito temporal 2005/2008 va Director general concluyendo con los proyecde Trabajo de la tos que pretendemos poner en Consejería de Empleo, marcha este año. Industria y Comercio La siniestralidad laboral, entendida como una de las lacras sociolaborales del siglo XIX en las sociedades modernas, debe ser afrontada con rigor y en coordinación para buscar la efectividad de actuaciones en su erradicación. Debemos ser lo suficientemente conscientes de que en este tema de vital importancia no debería haber escenarios de protagonismos ni demagogias interesadas por cuanto debe ser, y así lo entendemos desde el Gobierno de Canarias, un asunto donde todos debemos remar en la misma dirección para erradicar de nuestra sociedad los accidentes laborales y mitigar las consecuencias personales y familiares que se derivan de la concurrencia de un incidente de estas características. Entre un importante número de actuaciones, unas derivadas del consenso alcanzado en el seno del órgano rector del Instituto Canario de Seguridad Laboral (Icasel) y establecidas en la planificación anual y otras fruto del apoyo institucional a proyectos e iniciativas de diferentes agentes involucrados en prevención, podemos destacar como gran prioridad la celebración del II Congreso de Prevención de Riesgos Laborales de Canarias (Prevecan 09), que tendrá lugar los días 25, 26 y 27 de marzo de 2009, en el auditorio Alfredo Kraus de Las Palmas de Gran Canaria. Cita de referencia Este Congreso, que pretende consolidarse bienalmente como un referente y centro de reflexión e intercambio de ideas y proyectos en materia de prevención de riesgos laborales, aspira además, en esta edición, a ser el punto neurálgico en la prevención tricontinental, aprovechando la situación geoestratégica de Canarias. De esta forma pretendemos analizar durante la celebración de Prevecan 09 la realidad que se vive en los continentes americano, africano y europeo en la prevención de riesgos laborales. Con esa determinación intentamos atraer la atención y la presencia de expertos de países punteros en prevención, como son Canadá y Estados Unidos, así como Finlandia, Alemania, Francia y Reino Unido, observando, además, la situación y los modelos de países hispanoamericanos, como Méjico, Perú o Argentina, que, junto al punto de
vista de la realidad africana, con representantes de la República Sudafricana, nos puedan dar a conocer los aciertos y modelos de los diferentes continentes. En cuanto a la organización del Congreso, nuestro objetivo es continuar con la agenda ágil e interactiva que tanta aceptación tuvo por parte de los congresistas asistentes a Prevecan 07. Para el año 2009 hemos programado tanto mesas redondas como ponencias, todas ellas con la presencia de expertos en las correspondientes materias y reservando un tiempo determinado para favorecer la participación activa de los congresistas. En concreto tendremos tres salas simultáneas, comenzando el miércoles 25 de marzo a las 10.00 con la inauguración, seguida de la conferencia magistral. Las sesiones se prolongarán por la mañana hasta las 14.00 y, en jornada de tarde, de 16.30 a 18.30, para concluir el viernes 27 a las 14.00 horas con un acto cultural y la ceremonia de clausura, tras la conferencia magistral. Hemos planificado varias secciones especiales, como las comunicaciones, los pósteres o el concurso de cortos audiovisuales de prevención, donde se hará un reconocimiento expreso a los más destacados en dichas secciones. En cuanto a la temática elegida para este Congreso, si bien es cierto que pretendemos tratar gran parte de los asuntos más interesantes de las diferentes disciplinas de prevención, también queremos hacer hincapié en tres temas fundamentales: por un lado, la novedosa y fundamental responsabilidad social y corporativa de las empresas decididamente convencidas de la prevención como una forma de ser y hacer empresa más allá de una simple obligación; por otro lado, la relevancia general del medio ambiente observada desde la influencia que sobre éste puede tener la prevención de riesgos laborales, y también nos interesa sobremanera una reivindicación, entendemos que fundamental, como es la autonomía e independencia de la psicosociología aplicada de la ergonomía, como disciplina independiente preventiva y su defensa como la quinta especialidad prevencionista. Colaboración múltiple Pero para la organización de este evento es necesaria la colaboración de diferentes entidades, asociaciones, organizaciones, empresas, instituciones y profesionales a los que desde aquí quisiera agradecer su esfuerzo y coordinación con el comité organizador. Desde mi puesto de responsabilidad en la organización de este Congreso, quisiera invitar a todos los colectivos y profesionales de la prevención para que reserven en sus agendas las fechas reseñadas, para que entre todos seamos capaces de disfrutar de un evento de estas características. En breve estará disponible la página web oficial del Congreso, que ofrecerá información actualizada y facilitará la gestión de inscripciones o la contratación de stands. Mientras tanto les animo a ponerse en contacto con el Instituto Canario de Seguridad Laboral, que les atenderá y les aportará cuanta información y gestiones precisen para formar parte activamente de este evento, que pretende marcar un antes y un después en la manera de abordar la prevención de riesgos laborales en nuestro país.
PARA EL GOBIERNO DE CANARIAS ES UNA GRAN PRIORIDAD LA CELEBRACIÓN DEL II CONGRESO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE CANARIAS (PREVECAN 09), QUE TENDRÁ LUGAR LOS DÍAS 25, 26 Y 27 DE MARZO DE 2009 EN EL AUDITORIO ALFREDO KRAUS DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
EDITORIAL
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La subcontratación y el sector de la construcción: 2007, un año de referencia
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l año 2007 ha determinado un antes y un después en el panorama de la prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción, en lo que a marco normativo se refiere, con la aprobación el 24 de agosto del Real Decreto 1.109/2007, que desarrolla la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector del construcción, la cual entró en vigor el 19 de abril de 2007.
YOLANDA RODRÍGUEZ BRAVO Directora del Icasel
La subcontratación de obras y servicios en el sector de la construcción, como todos sabemos, ha tenido un importantísimo incremento en los últimos años, con la masiva presencia de empresas que intervienen en el sistema productivo como consecuencia de muchos factores, tales como la complejidad de los trabajos, la necesidad de jugar con el factor tiempo, etcétera.
La subcontratación, como tal, limitándonos a su concepto, permite: un mayor grado de especialización, de cualificación de los trabajadores y una más frecuente utilización de los medios técnicos. Esta organización productiva facilita, además, la participación de las pequeñas y medianas empresas en la actividad de la construcción, lo que contribuye a la creación de empleo y al crecimiento económico. Sin embargo, la realidad es muy distinta. El exceso en las cadenas de subcontratación ocasiona la participación de empresas sin una mínima estructura organizativa que permita garantizar que se hallen en condiciones de hacer frente a sus obligaciones de protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, lo que no beneficia, en absoluto, a la calidad de los servicios proporcionados, favoreciendo el trabajo sumergido y facilitando la aparición de prácticas incompatibles con la seguridad y salud en el trabajo. Ante esta situación, que contribuye, sin duda, a la siniestralidad en el sector, era obvia la necesidad imperiosa de su regulación. Establecimiento de garantías Con la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, y con el Real Decreto 1.109/2007, que la desarrolla, si bien se reconoce la subcontratación como práctica empresarial legítima, se aborda por primera vez, y de una forma estrictamente sectorial, aplicándose exclusivamente a la construcción, la determinación del régimen jurídico de la subcontratación, estableciendo una serie de garantías dirigidas a evitar que la falta de control en esta forma de organización productiva ocasione situaciones objetivas de riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. Y controlando, igualmente, una serie de agravantes que parecían subsistir en el sector, como son la abundancia de trabajos temporales y la falta de mano de obra especializada. No se trata de erradicar, ni mucho menos, el fenómeno de la subcontratación, ni de fomentar que todos los trabajadores pertenezcan a la empresa principal, pero sí de que
existan estrictos controles que aseguren que las empresas contratistas y subcontratistas no eludan su responsabilidades, ofrezcan garantías y cumplan adecuadamente con sus obligaciones de seguridad. La ley reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción pretende una mejora del sector a través del establecimiento de medidas y cautelas orientadas a frenar y amortiguar la siniestralidad laboral que éste sufre. De ahí que la norma, incidiendo en las principales causas motivadoras de los accidentes que sufren los trabajadores en las obras, exija unos requisitos de solvencia y de calidad empresariales, de tal forma que: {x} Las empresas dispongan de infraestructura y medios adecuados para llevar a cabo la actividad. {x} Acrediten que cuentan con una organización preventiva adecuada. {x} Cuenten con personal que disponga de la formación necesaria y adecuada al puesto de trabajo en materia de prevención de riesgos laborales y de información sobre las contrataciones y subcontrataciones de la obra. Además, la ley contempla otras cuestiones, a saber: {x} Determina requisitos de estabilidad en el empleo, de tal forma que las empresas deben disponer de un porcentaje mínimo de trabajadores indefinidos. {x} Establece rigurosos límites en los niveles de subcontratación. {x} Introduce mecanismos de transparencia en las obras mediante la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas y la obligatoriedad del contratista de disponer en toda obra de un libro de subcontratación. Desde el 26 de noviembre de 2007, cada contratista, con carácter previo a la subcontratación con un subcontratista o trabajador autónomo de parte de la obra que tenga contratada, deberá disponer de un libro de subcontratación, diligenciado por la autoridad laboral. Éste permanecerá en la obra y debe reflejar el orden cronológico, desde el comienzo de los trabajos, de todas las subcontrataciones. A partir del próximo 26 de agosto de 2008, las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en una obra de construcción deberán estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas, para lo cual deberán solicitar dicha inscripción ante la autoridad laboral. En definitiva, con todas estas medidas la presente Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, y el Real Decreto 1.109/2007, que la desarrolla, tienen una finalidad prioritaria y compartida por todos: mejorar las condiciones de trabajo del sector, en general, y las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores integrados en éste, en particular.
LA NUEVA NORMA LEGAL PRETENDE UNA MEJORA DEL SECTOR A TRAVÉS DEL ESTABLECIMIENTO DE MEDIDAS Y CAUTELAS ORIENTADAS A FRENAR Y AMORTIGUAR LA SINIESTRALIDAD LABORAL QUE ÉSTE SUFRE
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Objetivos de las ITSS y PRL
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ara el año 2008, a efectos sistemáticos, se distinguen cuatro grandes áreas: {x} Condiciones de seguridad en el trabajo {x} Gestión de la prevención {x} Investigación de accidentes laborales {x} Investigación de enfermedades profesionales Considerando la actuación inJUAN DE DIOS FERNÁNDEZ tegral de la acción inspectora y su faceta de especialización LUPIÁÑEZ Director territorial de la en prevención de riesgos laITSS de Canarias borales, la asignación de una orden de servicio a una de las cuatro áreas no significa, en modo alguno, que no puedan ser objeto de atención el resto de los aspectos que configuran las obligaciones relativas a la salud laboral, pero sí indican una prioridad en la actuación, que en muchos casos servirá para medir la adecuación de las órdenes de servicio planificadas. 1.1. Condiciones de seguridad en el trabajo Respetando la propuesta de sanción como medida imprescindible para lograr el cumplimiento de la normativa, se incidirá en la actividad consistente en la verificación del cumplimiento de requerimientos previos que acrediten la subsanación real de las deficiencias observadas. Se reparte la programación en tres subáreas: {x} Construcción {x} Otros sectores (distintos de la construcción) {x} Campañas europeas Siendo aparentemente desequilibrada la atención a cada uno de ellos, las razones que justifican tal diferencia cuantitativa y una mayor atención en la actividad inspectora programada hacia el sector de la construcción son: {x} En primer lugar, los índices de incidencia y gravedad por sectores económicos. {x} En segundo término, la naturaleza cambiante del proceso productivo del sector económico de la construcción, pues la actuación inspectora en otros sectores goza de una perdurabilidad muy superior. {x} En tercer lugar, la actuación en obras de construcción implica también la realización de actuaciones en empresas de otros sectores económicos que participan de forma directa o indirecta en la ejecución de aquellas, como el siderometalúrgico, la madera, el transporte o los servicios. {x} En cuarto término, se considera la entrada en vigor durante 2007 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y que exige su cumplimiento durante 2008. {x} En quinto lugar, existe la previsión de que la actividad rogada se dirija con mayor intensidad a los demás sectores, por razones de estabilidad desde el prisma de las relaciones laborales y fijeza de las instalaciones. 1.1.1. Condiciones de trabajo en la construcción Como ha quedado expuesto, manteniendo la dirección acordada en ejercicios anteriores, la planificación se dedicará prioritariamente al sector de la construcción, utilizándose como fuentes de conocimiento las comunicaciones de apertura, de avisos previos, de licencias municipales, de visados de colegios de profesionales, etcétera. Se introduce este año, como novedad respecto el anterior, la programación de actuaciones en materia de control del cumplimiento de la Ley 32/2006. 1.1.2. Condiciones de trabajo en otros sectores Los sectores y materias seleccionados son: {x} Talleres {x} Hostelería
{x} Sobreesfuerzos {x} Campaña de buques Segumar 1.2. Gestión de la prevención 1.2.1. Servicios de prevención ajenos, propios y entidades auditoras Se ha solicitado por distintos estamentos la necesidad de incrementar los controles y exigencias en cuanto a la calidad de las actividades a desarrollar por los servicios de prevención, en aplicación de los conciertos con las empresas, así como actuaciones en materia de auditorías, por primera vez en Canarias. 1.2.2. Empresas con mayor siniestralidad Dado que la siniestralidad se concentra en empresas y, a través del sistema Delt@, es posible seleccionar las empresas con mayor número de accidentes, se incidirá especialmente en éstas, si bien considerando también en la selección aquéllas que tienen un mayor gasto en prestaciones por incapacidad temporal derivadas de los siniestros laborales. 1.2.3. Coordinación de actividades empresariales La aplicación del Real Decreto 171/2004, así como el impulso a la integración preventiva y a la presencia de recursos preventivos operado en la modificación antes referida del Real Decreto 39/97, conduce a la oportunidad de establecer una campaña específica que, mediante actuación sometida a guía y protocolo, permita considerar de una manera prioritaria la circunstancia de la simultaneidad de empresas frente a otras formas de actuación tradicionales. 1.2.4. Integración de la prevención Se introduce un apartado referido a las actuaciones para inspeccionar previsibles reformas normativas derivadas de la Estrategia Española de Seguridad y Salud. 1.2.5. Plan Prevea Se introducen actuaciones respecto al denominado plan Prevea, de seguimiento continuo durante el año de empresas con alta siniestralidad, con el compromiso de una reducción de los accidentes, sin sanciones como contrapartida y con asesoramiento permanente. 1.3. Investigación de accidentes laborales 1.3.1. Investigación de accidentes de trabajo leves Las jefaturas de Inspección seleccionarán los accidentes a investigar en atención a las siguientes circunstancias: duración de la incapacidad resultante del accidente, reiteración de accidentes de trabajo leves, relato de los hechos contenidos en el parte de accidente, atención hospitalaria, lesiones producidas, de menores... 1.3.2. Investigación de accidentes de trabajo graves, muy graves y mortales Con la excepción de los in itinere, de tráfico, y de patologías cardiovasculares, anginas de pecho y similares. 1.3.3. Correcta cumplimentación de los partes Tanto en lo referente a la calificación como a la cumplimentación del parte oficial en todos sus apartados. 1.4. Enfermedades profesionales Supone también una novedad respecto a años anteriores y se seleccionarán enfermedades profesionales notificadas, conforme a los siguientes criterios: {x} Agente material: químicos, biológicos, carcinogénicos. {x} Causadas por agentes físicos, las producidas por vibraciones, radiaciones, menores de 18 años, hipoacusia. {x} Tratamiento hospitalario o baja superior a 15 días, o de trabajadores de ETT. Inspección de Trabajo y Seguridad Social
ACTUACIONES Y PROYECTOS ICASEL Canarias {Prevención} Revista de Prevención de Riesgos Laborales Instituto Canario de Seguridad Laboral
Una labor integral en prevención DURANTE EL ÚLTIMO PERIODO DE 2007, el Instituto Canario de Seguridad Laboral (Icasel) ha diseñado y desarrollado actuaciones dirigidas a dar cobertura a tres grandes líneas operativas: por un lado, la asistencia, cooperación técnica y seguimiento de las actuaciones preventivas realizadas por las empresas para la consecución de los objetivos previstos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y por otro, las actuaciones formativas consistentes principalmente en la celebración de cursos, jornadas técnicas y seminarios orientados y dirigidos a técnicos de la Administración, arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros, ingenieros técnicos, coordinadores de Seguridad y Salud, graduados sociales y diplomados en Relaciones Laborales, gabinetes técnicos de las asociaciones empresariales y sindicales, alumnos de todos los ciclos formativos y de universidad, empresarios, sindicatos y profesionales. En general, a todas aquellas personas interesadas y relacionadas con la prevención de riesgos laborales. Además, en tercer lugar hay que destacar, por su gran importancia y repercusión, la puesta en marcha de proyectos con la finalidad de promocionar la cultura preventiva Jornadas, cursos y congresos recogidos en los siguientes artículos en todo el territorio de {x} Jornada Técnica del Riesgo Eléctrico la Comunidad Autóno{x} Jornada de Inteligencia Emocional ma de Canarias. Estos {x} Jornada Técnica de Seguridad en el Sector Agrícola proyectos abarcan un {x} Curso de Coordinador de Seguridad y Salud amplio abanico de actua{x} Jornada de Coordinación entre la ITSS y el ICASEL ciones, desde campañas {x} Participación en el II Congreso de Prevención de Riesgos Laborales Iberoamericano de difusión en medios de comunicación hasta las Campañas de promoción y sensibilización de la prevención ideadas para difundir la {x} Entrega de los VII Premios y Distinción Honorífica del ICASEL prevención de riesgos la{x} Campaña Europea de Trastornos Músculo-Esqueléticos Aligera la carga borales en centros educa{x} Obra de Teatro de Prevención de Riesgos Laborales adaptadas para alumnos de pritivos (desde los primeros mer ciclo niveles hasta el universi{x} Campaña de Promoción de la Prevención de Riesgos Laborales en Grandes Superfitario), a la sociedad en su cies conjunto, etcétera. {x} Campaña divulgativa de Carteles de Prevención de Riesgos Laborales
Proyectos {x} II Fase de la Campaña Escolar Aligera la Carga {x} Concurso de Carteles en los Centros Escolares de Canarias. {x} Campaña de Sensibilización en PRL en todos los Aeropuertos de Canarias, en colaboración con AENA. {x} VIII Premios y Distinción Honorífica del Instituto Canario de Seguridad Laboral
Prevecan 09 {x} II Congreso de Prevención de Riesgos Laborales de Canarias (Prevecan 09), los días 25, 26 y 27 marzo de 2009
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JORNADAS TÉCNICAS
Trabajos en instalaciones eléctricas de alta tensión DURANTE LOS DÍAS 13 Y 14 DE SEPTIEMBRE DE 2007, se celebró, en el salón de actos del centro sanitario Dr. Diego Guigou, la jornada técnica de Seguridad en los trabajos y en las instalaciones eléctricas de alta tensión. El curso tuvo una duración de nueve horas y a él asistieron 110 técnicos de prevención y expertos en esta materia. Los objetivos de esta jornada atendieron especialmente a un análisis sobre los trabajos en las instalaciones de líneas de alta tensión, a trabajos en proximidad a líneas aéreas desnudas y a la protección contra contactos indirectos en las instalaciones eléctricas en centros de transformación. De este modo se pretende incidir en los procedimientos para trabajar en líneas de alta tensión o en sus proximidades, a los efectos de adoptar las medidas necesarias para que la utilización o presencia de la energía eléctrica en los lugares de trabajo no deriven en riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores o, si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan al mínimo.
LOS OBJETIVOS DE ESTA JORNADA ATENDIERON AL ANÁLISIS SOBRE LOS TRABAJOS EN LAS INSTALACIONES DE LÍNEAS DE ALTA TENSIÓN Y EN PROXIMIDAD A LÍNEAS AÉREAS DESNUDAS Y SOBRE PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS INDIRECTOS
Inteligencia emocional y formación para la prevención de riesgos laborales EL PASADO MES DE SEPTIEMBRE, los días 25, 26 y 27, se celebró el curso sobre Inteligencia emocional y formación para la prevención de riesgos laborales en las aulas del Instituto Canario de Administración Pública (ICAP), en Santa Cruz de Tenerife. La duración del curso fue de 15 horas y asistieron 30 alumnos. La inteligencia emocional supone la capacidad de comprender, analizar y controlar tanto las emociones propias como las del grupo receptor (en situación de enseñanza). Ello supone la utilización de las emociones como herramienta para mejorar el rendimiento docente y la repercusión del mensaje transmitido. Con ello se produce el acercamiento a la modificación conductual (conducta segura) que deseamos para una real cultura de prevención.
La inteligencia emocional, en este sentido, se ofrece al profesor como una herramienta útil para, a través de las pertinentes estructuras y matices de su discurso, optimizar los recursos formativos. Respuestas del alumno Las emociones son respuestas inicialmente inconscientes que el alumno emite a partir de estímulos externos. Se trata de generar emociones en los alumnos a través del sistema comunicativo y de potenciar la toma de conciencia de dichas emociones para convertirlas en sentimientos capaces de definir una conducta. Todo conocimiento, procedimiento o actitud viene determinado por la emoción que lo sustenta. Es esta emoción la que hará duradero el pro-
ceso de aprendizaje, la que lo convertirá en un recuerdo operativo. El profesor de PRL debe disponer de las habilidades y competencias capaces de potenciar el mundo emocional del alumnado en busca de una mayor efectividad del proceso de enseñanza.
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JORNADAS TÉCNICAS
Riesgos en la utilización de productos fitosanitarios en el campo A INICIATIVA DEL INSTITUTO CANARIO DE SEGURIDAD LABORAL (ICASEL) se celebró el día 19 de noviembre, en Santa Cruz de Tenerife, la jornada técnica sobre Riesgos en la utilización de productos fitosanitarios en agricultura. A esta jornada, que tuvo una duración de cinco horas, asistieron 105 técnicos de prevención. {x} Esta iniciativa del Icasel tenía como objetivos los siguientes: {x} Analizar los principales aspectos relacionados con la evaluación del riesgo por exposición a productos fitosanitarios, teniendo en cuenta no sólo la vía respiratoria, sino también la dérmica, que en la mayoría de las situaciones es la más importante. {x} Estudiar los diferentes métodos que se pueden utilizar para reducir la exposición a los productos fitosanitarios. {x} Examinar la legislación sobre productos fitosanitarios relacionada con la prevención de riesgos laborales. Posteriormente, la misma jornada se celebró el 20 de noviembre en Los Llanos de Aridane (La Palma), con 26 asistentes relacionados con el sector agrario de la isla de La Palma.
LA CITA FORMATIVA TUVO UNA DURACIÓN DE CINCO HORAS Y SE CELEBRÓ EN SANTA CRUZ DE TENERIFE Y LOS LLANOS DE ARIDANE, CON LA PRESENCIA DE MÁS DE 130 PROFESIONALES
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JORNADAS TÉCNICAS
Inspectores y técnicos hacen sus propuestas en el VIII Encuentro LOS DÍAS 15 Y 16 DE NOVIEMBRE DE 2007, EN SANTA CRUZ DE TENERIFE, se celebró el VIII Encuentro Instituto Canario de Seguridad Laboral-Inspección de Trabajo y Seguridad Laboral, con una asistencia, entre inspectores y técnicos, superior a las 100 personas. Este Encuentro se enmarca dentro del espíritu de colaboración existente entre las dos instituciones públicas, con el objetivo de coordinar actuaciones para el año 2008 en materia de prevención de riesgos laborales. Para estas jornadas se constituyeron con carácter previo mesas de trabajo, que sirvieron para preparar y establecer propuestas de discusión en dichas jornadas. Las mesas de trabajo presentaron, entre otras, las siguientes conclusiones {x} Mesa de trabajo sobre servicios de prevención ajenos La consulta y la participación de los trabajadores en materia preventiva siguen resultando deficientes e insuficientes. En cuanto a la evaluación de riesgos y la planificación preventiva, estos documentos no existen o no se adaptan a la realidad ni a las necesidades de la empresa, convirtiéndose en un mero formalismo. {x} Mesa de trabajo sobre planes de seguridad y salud Es de imperiosa necesidad implantar un modelo de calidad que sea sencillo, simplificado y comprensible para los responsables de la prevención en la obra. Éste ha de divulgarse a través de los colegios profesionales, agentes sociales y asociaciones profesionales, así como por el Instituto Canario de Seguridad Laboral (Icasel).
{x} Mesa de trabajo sobre ergonomía Se ha confeccionado un protocolo de actuación para ser utilizado en las empresas que presenten riesgo ergonómicos o de manipulación manual de cargas, para ser aplicado por el Instituto Canario de Seguridad Laboral y por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. {x} Mesa de trabajo sobre formación Se debe realizar un protocolo de actuación en materia de formación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Canario de Seguridad Laboral. Debe servir como herramienta para vigilar que las entidades que imparten la formación la realicen según lo previsto en la legislación vigente (formación teórico-práctica relacionada con los riesgos del puesto de trabajo), teniendo en cuenta que la formación es la primera herramienta preventiva de que disponen los trabajadores.
{x} Mesa de trabajo sobre higiene industrial La mesa de higiene para los contaminantes físicos (ruido y vibraciones) y agentes químicos elaboró una serie de protocolos encaminada a decidir cuándo es necesaria la evaluación a través de mediciones y tomas de muestras, y cuándo no. En el caso de los agentes químicos, el protocolo exige considerar las características físico-químicas, toxicológicas y olfativas de las sustancias, su consumo diario, el tiempo de exposición y las características de ventilación de los locales.
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CURSOS
La prevención en las obras de construcción EN LOS MESES DE OCTUBRE Y NOVIEMBRE PASADOS comenzó el III curso teórico-práctico para ejercer las funciones de coordinador de seguridad y salud en obras de construcción. El curso, organizado por el Instituto Canario de Seguridad Laboral (Icasel), adscrito a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, tiene 200 horas de duración y se inició en las islas de Tenerife y Gran Canaria en su tercera edición. En Lanzarote, se realizó la primera edición. La siniestralidad laboral en el sector de la construcción ha determinado que por parte del Icasel, desde hace varios años, se organicen estos cursos destinados al análisis y formación de las técnicas de prevención de riesgos laborales en un sector de actividad tan complejo como es el de las obras de construcción.
EN TENERIFE Y GRAN CANARIA SE REALIZÓ LA TERCERA EDICIÓN, MIENTRAS QUE EN LANZAROTE SE DESARROLLÓ LA PRIMERA
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JORNADAS
EL II CONGRESO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN IBEROAMÉRICA, organizado por la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) y la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social (OISS), se celebró en la ciudad de Cádiz del 19 al 21 del pasado mes de septiembre. El II Congreso alcanzó un éxito de participación, llegándose a la cifra de 680 expertos, de los que casi la mitad procedía de Iberoamérica. Esta cita representó la segunda edición del Congreso. El celebrado con anterioridad tuvo lugar en la ciudad de Buenos Aires (Argentina), y fue fruto del acuerdo suscrito en la citada localidad por las tres instituciones anteriormente citadas. El Gobierno de Canarias, a través del Instituto Canario de Seguridad Laboral, adscrito a la Dirección General de Trabajo, participó de forma activa en el Congreso, en dos vertientes. Por un lado, a través de un stand, donde se presentaron las novedades editoriales del Instituto, así como los dípticos promocionales del II Congreso de Prevención de Riesgos Laborales de Canarias (Prevecan 09), y por otro, con la intervención del director general de Trabajo de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, Pedro Tomás Pino Pérez, en calidad de vicepresidente de la Comisión Na-
El II Congreso Iberoamericano reunió en Cádiz a casi 700 expertos cional de Seguridad y Salud y en representación de las comunidades autónomas, dentro de la sección del Congreso Experiencia española: instrumentos de planificación, coordinación e impulso de políticas territoriales. El director general formó parte de la mesa de trabajo relacionada con
EL GOBIERNO DE CANARIAS, A TRAVÉS DEL ICASEL, PARTICIPÓ DE FORMA ACTIVA EN LA CITA PROFESIONAL CON LA PRESENTACIÓN DE UN STAND Y LA INTERVENCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO
la Comisión Nacional de Seguridad y Salud como órgano de participación y coordinación de las políticas preventivas en España y de su Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales como instrumento de ejecución. En este marco, Pedro Tomás Pino expuso el papel fundamental que debe desempeñar la Comisión en el futuro.
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CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN EN PREVENCIÓN
Los premios del Icasel cumplen su VII edición EL ACTO DE ENTREGA DE LA VII EDICIÓN DE LOS PREMIOS DEL INSTITUTO CANARIO DE SEGURIDAD LABORAL (Icasel) se llevó a cabo el pasado 11 de diciembre en Las Palmas de Gran Canaria, en la sede de Presidencia del Gobierno.
(Coagrisan), por el desarrollo de una labor relevante en la prevención de riesgos derivados del trabajo, con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores.
Los premios y distinciones del Icasel tienen como finalidad distinguir aquellos trabajo informativos, divulgativos, publicitarios, de investigación y de aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo que promuevan la seguridad y la salud de los trabajadores. También se valoran las acciones que estimulen y reconozcan la trayectoria y el esfuerzo de personas, empresas o entidades que hayan desarrollado una labor relevante en el ámbito de la prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Canarias.
{x} Modalidad Individual: Walkirio González Carrillo, por su labor de promoción y formación en prevención de riesgos laborales realizada a través del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Santa Cruz de Tenerife.
La entrega de los premios corrió a cargo del presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero; del consejero de Empleo, Industria y Comercio, Jorge Marín Rodríguez Díaz, y del director general de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez. En esta edición, los premiados fueron: {x} Modalidad Empresas: la Sociedad Cooperativa Agrícola de San Nicolás de Tolentino
{x} Modalidad Escolar: el Colegio Sagrado Corazón, de Puerto del Rosario (Fuerteventura), por el fomento y la implantación de la formación prevención de riesgos laborales entre sus alumnos y la realización de trabajos sobre la prevención de accidentes domésticos y laborales. Distinciones honoríficas El Icasel también entregó la Distinción Honorífica a la Delegación
en la isla de La Palma del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Santa Cruz de Tenerife, por su labor de fomento de la formación, de apoyo y de divulgación en la prevención de riesgos laborales. Además, hubo un accésit a la Distinción Honorífica, de forma compartida, para la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y la Universidad de La Laguna, por su apoyo y esfuerzo en la difusión y formación en materia de prevención de riesgos laborales en el alumnado, así como por su colaboración a través de la mesa de formación en prevención de riesgos laborales.
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CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN EN PREVENCIÓN
Los alumnos conocen la campaña sobre trastornos músculo-esqueléticos CON MOTIVO DE LA CAMPAÑA EUROPEA CONTRA LOS TRASTORNOS MÚSCULO-ESQUELÉTICOS Aligera la carga, que culminó con la Semana Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, celebrada del 22 al 26 de octubre pasado, la Dirección General de Trabajo, a través del Instituto Canario de Seguridad Laboral (Icasel), llevo a cabo una serie de actuaciones en centros escolares de Canarias con el objetivo de sensibilizar a los alumnos sobre los riesgos y medidas preventivas a adoptar frente al grave problema que supone los trastornos músculo-esqueléticos, tanto en el mundo escolar como en el laboral. Esta actuación se enmarca dentro de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (20072012), en cuyo marco se desarrollan
los objetivos relativos a las políticas preventivas para consolidar la cultura de la prevención en la sociedad española y, de forma especial, en los distintos niveles del sistema educativo (enseñanza primaria, enseñanza secundaria, bachillerato y formación profesional). Al alumnado se le ofreció una charla informativa con el apoyo de un DVD elaborado por la Agencia Europea, donde se muestra de una forma amena y didáctica, a través de su protagonista, Napo, las distintas situaciones de riesgo (posturales, movimientos repetitivos, manipulación manual de cargas…) a las que se pueden ver sometidas las personas cuando las condiciones de trabajo no son las adecuadas. Jornadas participativas También se animó a los alumnos a participar en un concurso de carteles y de redacción, cuyos temas versaron sobre la prevención de los trastornos músculo-esqueléticos. Los días 23 y 25 de octubre pasado se celebró en los colegios CEO Luján Pérez (Santa María de Guía, Gran Canaria) y CEP Aguere (La
LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO CULMINA LA DIVULGACIÓN DEL PLAN ALIGERA LA CARGA CON CINCO DÍAS DE CONCIENCIACIÓN Y FORMACIÓN EN CENTROS EDUCATIVOS
Laguna, Tenerife) una jornada enmarcada dentro de la citada campaña europea que contó con la presencia del consejero de Empleo, Industria y Comercio, Jorge Marín Rodríguez Díaz, y de la consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, Milagros Luis Brito, aparte de otras autoridades. Todos ellos visitaron la exposición de los trabajos realizados por los alumnos y procedieron a la entrega de los premios a los mejores trabajos en las modalidades de Cartel y Redacción, para, seguidamente, presenciar una obra de teatro con un argumento alusivo a los riesgos y sus medidas preventivas respecto a los trastornos músculo-esqueléticos. La obra fue representada con gran profesionalidad y de una forma totalmente novedosa e interactiva por el grupo Abubukaka, que fue previamente asesorado por los técnicos del Icasel. La jornada acabó con la entrega de obsequios y la participación en un ágape de todo el profesorado y el alumnado.
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CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN EN PREVENCIÓN
El Icasel difunde un ‘spot’ para prevenir los riesgos laborales PARTE IMPORTANTE DE LAS FUNCIONES DEL INSTITUTO CANARIO DE SEGURIDAD LABORAL (Icasel) tiene que ver con la promoción de la prevención de riesgos laborales en el archipiélago. En esta línea, se enmarcan los spots publicitarios que han sido difundidos en las principales cadenas de televisión
y que pretenden concienciar al ciudadano de la necesidad de prestar atención a la tarea de trabajar con seguridad. La campaña publicitaria difundida por el Gobierno de Canarias, en colaboración con los sindicatos
Campaña en centros comerciales A esta campaña genérica se unió otra relacionada con la necesidad de prevenir los riesgos laborales. Se desarrolló en grandes superficies comerciales y de alimentación de Canarias, con el objetivo fundamental de contribuir a implantar una cultura de la prevención de riesgos laborales en Canarias. Con dicha finalidad, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2007 el Instituto Canario de Seguridad Laboral, en colaboración con la compañía José Sánchez Peñate, SL, llevó a cabo una campaña de sensibilización en prevención de riesgos laborales con el lema “Prevenir los riesgos laborales es tarea de todos…¡Vamos a cuidarnos!” Esta acción consistió en la distribución a la sociedad canaria de 200.000 folletos informativos, cuyo contenido abordaba de forma sencilla conceptos preventivos en diferentes sectores de actividad, tales como construcción, servicios, industria y agricultura. La entrega se realizó a través de más de 50 puntos de información localizados en grandes superficies comerciales y de alimentación de toda la Comunidad Autónoma de Canarias, que también colaboraron en el desarrollo de la campaña.
mayoritarios (UGT y CC OO) y las dos patronales provinciales (CEOETenerife y CCE), tuvo como eslogan principal “ “Con formación, nunca habría pasado”, e incidió en la idea de que “detrás de un accidente laboral o de una enfermedad profesional siempre hay un drama familiar”.
DURANTE LOS MESES DE OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2007 EL INSTITUTO CANARIO DE SEGURIDAD LABORAL, EN COLABORACIÓN CON JOSÉ SÁNCHEZ PEÑATE, SL, LLEVÓ A CABO EN CENTROS COMERCIALES UN PLAN DE SENSIBILIZACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES CON EL LEMA “PREVENIR LOS RIESGOS LABORALES ES TAREA DE TODOS… ¡VAMOS A CUIDARNOS!”
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ARTÍCULOS TÉCNICOS
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Inteligencia emocional, inteligencia social… ¿Control de manifestaciones?
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n 1990, los psicólogos Peter Salowey y John D. Mayer introdujeron el concepto “inteligencia emocional” como la capacidad de percibir los sentimientos propios y los de los demás, distinguir entre ellos y servirse de esa información para guiar el pensamiento y la conducta de uno mismo. JAIME LLACUNA MORERA Jefe de Área de Información y Documentación del Centro Nacional de Condiciones de Trabajo (INSHT)
En principio, el término emoción alude a una respuesta, inicialmente inconsciente, de carácter homeostático (compensatorio) que el ser vivo da frente a un estímulo exterior (o, en ocasiones, interior) para “reequilibrar” un situación concreta descompensada momentáneamente por dicho estímulo.
Uno de los mecanismos evolutivos del ser vivo (Darwin) ha sido la capacidad de estar provistos genéticamente de determinados mecanismos que nos permitan de manera inconsciente y automática actuar para protegernos sin la necesidad, consecuentemente, de generar análisis reflexivos (cognitivos) sobre la situación en concreto. Se trata de los mecanismos emocionales, entre los que hallamos de una manera destacada la amígdala, pieza clave del sistema límbico. Además de esa pieza hoy podemos hablar de otras ubicaciones cerebrales en las que podemos hallar mecanismos emocionales, incluyendo el cortex prefrontal. El mecanismo de actuación inconsciente de nuestras emociones es tal que incluso una de las primeras elucubraciones que se realizaron sobre su funcionamiento planteaba la respuesta inversa: podría ocurrir que el “control” del cuerpo posibilitara el control de las emociones. La realidad es que cuando sentimos miedo respiramos profundamente, intentamos regular conscientemente los latidos de nuestro corazón, intentamos “tranquilizarnos”, etcétera, y ello no son más que actuaciones sobre las manifestaciones corporales para incidir sobre la emoción generadora de los cambios. Estamos, pues, llegando a la inteligencia emocional propiamente dicha. Ya hemos dicho anteriormente que el mecanismo emocional supone una garantía de supervivencia por su actuación inmediata e inconsciente pero lo cierto es que aspectos como la convivencia, la comunicación en grupo, la “socialización” del entorno, el savoir faire necesario en el trato laboral, comercial, familiar, etcétera, incitarían a un cierto control de dichas emociones; supondría eliminar el automatismo “estímulo-respuesta” condicionando a la cognición el examen del estímulo, la evaluación del mismo y condicionando a ella la respuesta. Este complejo mecanismo desvirtúa la característica propia de la emoción, pero permite “modular” la intensidad de las respuestas en un determinado entorno, matizando tal intensidad a las normas o rituales de la colectividad. Podría ocurrir que la IE se redujera a la evaluación de las posibles respuestas antes de ser emitidas y al control reflexivo de las mismas. Con ello entramos en la posibilidad de anticipar la respuesta de manera cognitiva para constatar el efecto que ella tendría en el espacio social en el que nos hallamos. De ahí la importancia actual de la denominada Inteligencia Social. La previsión de una posible respuesta “excesiva” o “descontextualizada”
permitiría la puesta en marcha de los recursos oportunos para adecuarla a la situación concreta. Se trataría de “ser emocionalmente correctos”. La “corrección” emocional es la habilidad para manifestar respuestas adecuadas al entorno en la situación de aquí y ahora según nuestras necesidades e intereses. Es cierto que esta capacidad es en muchas situaciones superior a otras. El control emocional me permite relacionarme con las personas sin que se conviertan en un estímulo agresivo para mí, aún en situaciones conflictivas fácilmente explosivas. Podemos, por otra parte, mantener la posición (aspecto físico) ante el posible descontrol del otro, en tanto podemos controlar las manifestaciones físicas que nos “delatarían”. Diríamos que la persona emocionalmente “competente” dispone de auto-conciencia, capacidad de “percepción” de sus manifestaciones emocionales; dispone de capacidad de auto-regulación, capacidad para controlar aspectos “externos” de la emoción; dispone de empatía, capacidad de palpar las emociones del otro y las necesidades de la organización y, finalmente, dispone de capacidad de socialización en tanto estas habilidades forman estrategias para relacionarse con los demás elementos del grupo y para crear ambientes efectivos. Esta posibilidad de matizar la IE en IS resulta particularmente importante en la formación. El control de nuestras actuaciones frente al colectivo podrían convertirse en esquemas a imitar (conductas espejo adaptando la denominación de “neurona espejo”). El enseñante sería pues aquella persona capaz de enfrentarse a situaciones concretas de la realidad manifestando conductas coherentes con ella, positivas, seguras. Esas manifestaciones serían “copiadas” por los receptores si el nivel de persuasión de las mismas fuera adecuado. Pues bien, parece ser que la apreciación de aspectos positivos en las manifestaciones físicas que provienen de emociones (deseo, interés, necesidad, empatía, etcétera) resulta fundamental en la actuación de espejo de las conductas; si el receptor percibe un verdadero deseo de acercamiento, la repercusión del mensaje será más elevada. Si quién emite el mensaje “se lo cree” sinceramente es probable que la repercusión en el receptor sea más alta. Ello altera las manifestaciones que provienen de aspectos únicamente cognitivos. Son creíbles, por supuesto, pero son menos efectivos que aquellos mensajes que nacen de la creencia intrínseca de los mismos, es decir: de aquellos que nacen como una respuesta emocional. La emoción sería, en este caso, la característica fundamental para que un mensaje fuera aceptado totalmente. Creemos que hablar propiamente de IE es hablar de un cierto control, no de una articulación absoluta a los intereses de determinada conducta social. Es una matización de las respuestas, sin negar su capacidad para generar acciones que nos protegen (en todos los sentidos) y que nos relacionan operativamente (realmente) con los demás elementos del grupo. Ello puede ser la IS siempre que ésta parta de la realidad vivencial de las emociones y no caiga en la absoluta ritualización de las conductas socialmente correctas y siempre, también, que genere un deseo claro de transmitir, desinteresadamente, un mensaje positivo para todos.
LA REALIDAD ES QUE CUANDO SENTIMOS MIEDO RESPIRAMOS PROFUNDAMENTE, INTENTAMOS REGULAR CONSCIENTEMENTE LOS LATIDOS DE NUESTRO CORAZÓN, INTENTAMOS “TRANQUILIZARNOS”, ETCÉTERA, Y ELLO NO SON MÁS QUE ACTUACIONES SOBRE LAS MANIFESTACIONES CORPORALES PARA INCIDIR SOBRE LA EMOCIÓN GENERADORA DE LOS CAMBIOS
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ARTÍCULOS TÉCNICOS ICASEL. ERGONOMÍA
Trabajos con pantallas de visualización de datos LA PRESENCIA DE ESTOS EQUIPOS en los puestos de trabajo se ha incrementado en los últimos años. Tanto es así que, sea cual sea el sector de actividad o el tamaño de las empresas, se podría afirmar que todas tienen en común contar al menos con un puesto de trabajo que para el cumplimiento de sus funciones requiera interactuar con un ordenador. Así, se estima que, aproximadamente el 73% del conjunto de los empleados del sector bancario y de la Administración, usan ordenadores. Este hecho justifica la reglamentación de los aspectos más problemáticos del trabajo con equipos de pantallas de visualización de datos (PVD), así como el desarrollo de las correspondientes normas técnicas, destinadas a especificar con detalle los requisitos de diseño de los referidos puestos de trabajo. La laguna de normativa que existía en nuestro país ha sido cubierta por el Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Ésta constituye la transposición de la Directiva 90/270/CEE. El citado real decreto constituye un marco legal de mínimos destinado a regular las condiciones de trabajo con equipos de PVD. Ahora bien, el acondicionamiento ergonómico de estos puestos de trabajo requiere del empleo de especificaciones técnicas mucho más detalladas que las que conviene incluir en una norma legal. Las normas técnicas ISO 9241 y EN 29241 sobre PVD Desde hace varios años, el Comité Europeo de Normalización, en colaboración con la Organización Internacional de Normalización (ISO), ha venido impulsando la elaboración de las normas ISO 9241 y EN 29241 Ergonomics re-
quirements of visual display terminals (VDT s) used for offi ce tasks. Estas normas establecen los requisitos ergonómicos para equipos de PVD empleados en actividades de oficina, con objeto de asegurar que los usuarios puedan desarrollar sus actividades de manera segura, eficiente y confortable. Los destinatarios son los diversos agentes implicados en el diseño, fabricación, adquisición y uso de los equipos de PVD, así como los responsables de dirigir y supervisar las actividades realizadas con ellos. La norma europea EN 29241 ha sido asumida como norma propia por los organismos de normalización de los países miembros de la UE. Las normas técnicas ISO 13406 y EN 13406 La norma ISO 13406 presenta las consideraciones ergonómicas que son convenientes tener en cuenta cuando se utilizan pantallas de visualización de panel plano. La norma ISO 13406 existe por tres razones, una de ellas porque la norma ISO 9241 no es suficiente, en ocasiones, para asegurar que una pantalla satisface los requisitos ergonómicos básicos cuando se utiliza una pantalla de visualización de panel plano en lugar de pantallas convencionales de tubo de rayos catódicos. Real Decreto 488/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud Este real decreto es la única norma de carácter legal que fija las exigencias mínimas para cumplir los criterios de seguridad y salud en este tipo de trabajos. Para facilitar su cumplimiento, el INSHT ha elaborado una Guía Técnica. El Real Decreto 488/1997, en el artículo 1, relaciona los puestos o dis-
positivos (también PVD) que están excluidos. Algunos de ellos son: los puestos de conducción de vehículos o máquinas, los sistemas informáticos embarcados en un medio de transporte y los sistemas informáticos destinados prioritariamente a ser utilizados por el público. Estas exclusiones son discutibles. En cualquier caso, son las mismas que figuraban en los primeros borradores de la directiva a finales de los ochenta. En el artículo 2 se dan las definiciones de pantalla de visualización, y en el artículo 3 y siguientes se establece, entre otras cuestiones, la evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud, en particular riesgos para la vista, posturales y de carga mental, y la vigilancia de la salud, antes de empezar a trabajar, durante el trabajo o, si hay trastornos, teniendo en cuenta los riesgos antes señalados. Las obligaciones señaladas y los requisitos mínimos que se citan en el anexo de la norma deben ser cumplidos por los puestos de trabajo existentes. Estas obligaciones tienen una relativa ambigüedad que la Guía Técnica no resuelve plenamente. De ahí que exista una serie de recomendaciones técnicas que orienta a los fabricantes sobre los principios ergonómicos que deben guiar la fabricación de estos equipos. Estas recomendaciones están recogidas en la norma ISO 9241 (EN 29241). Guía técnica: evaluación y prevención de los riesgos La Guía Técnica tiene por objeto facilitar la aplicación del Real Decreto 488/1997 y proporciona un test para la evaluación de puestos de trabajo con PVD, que nace de la dificultad que plantea la evaluación de los miles de puestos de trabajo que actualmente incorporan equipos de pantallas de visualización. No obstante, el test es un instrumento de evaluación que tiene sus limitaciones y, en algunos casos, debería ser completado con los análisis de un técnico especialista en ergonomía. MARÍA JOSÉ FRAILE PEÑATE Coordinadora del Programa de Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Icasel
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ARTÍCULOS TÉCNICOS ICASEL. SECTOR AGRARIO
El Gobierno de Canarias, por la promoción de la prevención en el campo EL 26 DE JUNIO DE 2000, el pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) acordó la creación, con carácter permanente, del grupo de trabajo Sector Agrario, dedicado al seguimiento de la aplicación de la normativa preventiva en este ámbito. Sus objetivos están orientados al estudio de las causas de siniestralidad y de las enfermedades más frecuentes derivadas del trabajo en el sector, con elaboración de propuestas para el desarrollo de una prevención de riesgos laborales más eficaz y que contribuya a la mejora de la seguridad y salud de sus trabajadores. A este grupo se han incorporado especialistas del sector procedentes de la Administración General del Estado, comunidades autónomas y organizaciones empresariales y sindicales.
EN TOTAL, AL FINALIZAR EL AÑO 2007, SE HABÍAN CONSTITUIDO DIEZ SUBGRUPOS DE TRABAJO, QUE HAN ELABORADO NUMEROSOS DOCUMENTOS QUE FORMULAN PROPUESTAS ENCAMINADAS A LA MEJORA DE LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES DE ESTE SECTOR
Desde su constitución, conscientes de la contribución que este grupo aportaría a la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores agrarios, el Gobierno de Canarias, a través del Icasel, designó su representante, que ha venido participando en los últimos seis años en todos los documentos y propuestas elaborados. Organización del grupo Para el estudio de temas específicos en un sector tan complejo, se procedió a agrupar a los especialistas en diferentes subgrupos. En total, al finalizar el año 2007, se habían constituido diez subgrupos: Vigilancia de la salud, Maquinaria agrícola, Utilización de productos fitosanitarios, Trabajos en invernaderos, Ganadería, Trabajos forestales, Análisis de la implantación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en las explotaciones agrarias, Formación e información, Incendios forestales y Siniestralidad en la agricultura. Éstos han elaborado numerosos documentos que formulan propuestas encaminadas a la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores de este sector. Documentos finalizados o en estudio Los trabajos de los distintos subgrupos son elevados, en forma de propuestas, para su aceptación y aprobación definitiva, al pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Han sido aprobados hasta la fecha los siguientes: Vigilancia de la salud Maquinaria agrícola, Utilización de productos salud, fitosanitarios tosanitarios, Trabajos en invernaderos, Ganadería y Trabajos forestales forestales, que pueden consultarse en la página web del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo o en la del Gobierno de Canarias. Actualmente, los subgrupos tienen otros documentos concluidos o pendientes de finalización.
Propuestas del grupo Sector Agrario Han sido numerosas las propuestas del grupo de trabajo elevadas al pleno de la CNSST, algunas de las cuales se encuentran en estos momentos operativas, contribuyendo a la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores del sector. Entre ellas destacan, por ejemplo, la de Apoyo a un Plan Renove para la mejora de la seguridad en los tractores agrícolas o la Elaboración de una instrucción técnica para la fabricación y montaje de cabinas o pórticos a los tractores agrícolas. El pleno de la CNSST emprenderá este año, en colaboración con la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, una campaña divulgativa por diferentes comunidades autónomas. Se ha elegido la provincia de Santa Cruz de Tenerife dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias. Este grupo de trabajo está abierto al estudio de propuestas formuladas por los trabajadores, organizaciones gubernamentales, empresariales o sindicales, que en Canarias pueden canalizarse a través del Instituto Canario de Seguridad Laboral (Icasel). MANUEL GALINDO RAMOS Técnico del Programa de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Icasel
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ARTÍCULOS TÉCNICOS ICASEL. HIGIENE INDUSTRIAL
A través del amianto LA UTILIZACIÓN DEL AMIANTO ha ido paralela al desarrollo tecnológico e industrial de la humanidad. Este material ha sido utilizado desde los tiempos de los griegos y romanos por sus excepcionales características para el aislamiento y la resistencia a líquidos y sólidos, entre otras muchas, sin olvidar su fácil disposición por su abundante presencia en la naturaleza. El Chemical Abstract Service (CAS) ha identificado y clasificado estos silicatos fibrosos bajo criterios científicos. Las diferentes variedades de amianto han aportado propiedades singulares para el avance tecnológico y productivo. Pero el conocimiento científico también ha permitido descubrir en la extracción, utilización y eliminación como residuo del amianto lo negativo de éste para el trabajo del ser humano. El amianto o asbesto, en sus múltiples aplicaciones, es un peligro para la salud de los trabajadores y trabajadoras expuestos. La asbestosis (fibrosis pulmonar), el cáncer de pulmón y el mesotelioma maligno (pleural o peritoneal) son las principales manifestaciones del daño a los trabajadores expuestos a amianto. Una de las particularidades de estas patologías es el denominado periodo de latencia o tiempo en que el daño se materializa en los pulmones (de 5 a 20 años, según la variedad de material). En la Unión Europea está prohibida la utilización del amianto, pero es preciso saber si en un centro de trabajo existe amianto, en su multitud de usos. Para tal fin es prioritario realizar una identificación de éste sin técnicas destructivas. En la obligada gestión preventiva de las empresas, el momento decisivo para conocer la existencia de amianto coincide con la evaluación
de riesgos. A partir de que el técnico de prevención en la especialidad de Higiene identifique y localice la presencia de amianto, se deberá realizar un inventario de la existencia del material en la empresa. Para ello se consultarán proyectos de instalación, documentos de reformas y manuales de los equipos y maquinaria e instalaciones productivas que pudieran contener amianto. Proceso a seguir En el inventario se reflejará el estado de conservación del material y se informará al empresario sobre el modo de proceder según el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto (BOE, nº 86, de 11 de abril de 2006), en las operaciones y actividades en que los trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto o de materiales que lo contengan y, especialmente, en: a) Trabajos de demolición de construcciones donde exista amianto o materiales que lo contengan. b) Trabajos de desmantelamiento de elementos, maquinaria o utillaje donde exista amianto o materiales que lo contengan. c) Trabajos y operaciones destinadas a la retirada de amianto o de materiales que lo contengan, de equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios. d) Trabajos de mantenimiento y reparación de los materiales con amianto existentes en equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios. e) Trabajos de mantenimiento y reparación que impliquen
riesgo de desprendimiento de fibras de amianto por la existencia y proximidad de materiales de amianto. f) Transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto. g) Vertederos autorizados para residuos de amianto. h) Todas aquellas otras actividades u operaciones en las que se manipulen materiales que contengan amianto, siempre que exista riesgo de liberación de fibras de amianto al ambiente de trabajo (artículo 3). El Real Decreto 396/2006 establece las obligaciones del empresario en lo referente a la evaluación y control del ambiente de trabajo por exposición a riesgo de amianto. Autorización necesaria La misma norma categoriza los planes de trabajo (artículos 11 y 12) que el empresario está obligado a presentar ante al autoridad laboral para obtener la autorización necesaria e iniciar las actividades del artículo 3. Previamente, la empresa que va a realizar los trabajos en sus propias instalaciones o por encargo de otras habrá formalizado aspectos como la inscripción en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto. Son requisitos imprescindibles la información, formación y consulta y participación de los trabajadores con exposición a amianto, así como su obligatoria y específica vigilancia de la salud (artículos del 13 al 16 y Anexo V). Para finalizar con las referencias al Real Decreto 396/2006, es preciso citar que está pendiente de publicación la Guía Técnica de este real decreto, que será elaborada y mantenida por el INSHT. MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA Jefe de Sección de Área Técnica de Higiene Industrial. Icasel
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ARTÍCULOS TÉCNICOS. INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Adquisición de equipos de trabajo seguros
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os equipos que el empresario adquiere en el mercado y pone a disposición de los trabajadores deben ser seguros. Así lo obliga el artículo 17.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Para ello, el empresario debe evaluar y escoger un equipo del mercado que sea seguro, cumpliendo el artículo 16.1 de la LPRL y los 4.2 a) y 5.2 del Real Decreto 39/97, de 17 de enero. Si los equipos de trabajo están sujetos a un procedimiento de marcado CE, al haberlo establecido una directiva comunitaria específica (máquinas, juguetes, etcétera), se exigirá el marcado y la declaración de conformidad de éstos y entonces se presumirán seguros. Pero puede ser que no esté sujeto a marcado CE, al no regularlo una directiva comunitaria. Para estos casos, entra en acción con carácter supletorio la Directiva 92/59/CE (sustituida por la 2001/95/CE), de seguridad en el producto, aprobada para aquellos productos que no están sujetos a marcado CE. La UE utiliza esta directiva para evitar un vacío normativo. Ésta fue transpuesta a nuestro ordenamiento por el Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre (BOE de 10 de enero), y considera producto seguro a los descritos en su artículo 2 a): “Aquel que en condiciones de utilización normales o razonablemente previsibles, incluidas las condiciones de duración y, si procede, de puesta en servicio, instalación y de mantenimiento, no presente riesgo alguno o únicamente riesgos mínimos compatibles con el uso del producto y considerados admisibles dentro del respeto de un nivel elevado de protección de la salud y de la seguridad de las personas”. En su artículo 3, establece que “se presumirá que es seguro cuando cumpla las disposiciones normativas de obligado cumplimiento. En los aspectos de dichas disposiciones normativas regulados por normas técnicas nacionales que sean transposición de una norma europea armonizada, se presumirá que también es un producto seguro si cumplen tales normas”. “Cuando no exista disposición normativa de obligado cumplimiento aplicable o ésta no cubra todos los riesgos o categorías de riesgos del producto, para evaluar su seguridad…” se tendrán en cuenta normas técnicas europeas, recomendaciones de la UE, códigos de buenas prácticas, etcétera. Además, si estos equipos son conformes a las citadas normas técnicas voluntarias, se considera que están adaptados al estado actual de los conocimientos y de la técnica previstos en el artículo 15.1 e) de la LRPL. Los equipos recién adquiridos que cumplan las especificaciones de las normas técnicas, en los casos de ausencia de normas de obligado cumplimiento, son los únicos por remisión legal que tienen la presunción de seguros salvo prueba en contrario. Por el contrario, también se
especifica qué productos se presumen inseguros en el artículo 3.5 del Real Decreto 1801/2003: {x} Cuando el fabricante carezca de las autorizaciones obligatorias para fabricarlo. {x} Cuando carezca de los datos mínimos que permitan identificar al fabricante. {x} Cuando pertenezca a una remesa de productos donde se haya descubierto algún producto inseguro. Además, conviene recordar brevemente que el marcado CE o la declaración de conformidad a una norma UNEEN es una declaración unilateral del fabricante, en muchos casos. Por ello, es aconsejable que venga reforzada por la certificación de un tercero, acción que consiste en que por una entidad reconocida e independiente al fabricante se autorice a que se ponga su marca en el producto, lo que se hace después de haber evaluado el equipo con ensayos y pruebas (AENOR, GS, TÜV, etcétera). La mejor forma para el empresario de adquirir equipos seguros es asesorarse previamente por los órganos especializados de prevención propios o ajenos, y seguir protocolos específicos de adquisiciones y compras que indicarán la forma de llevar a cabo una adquisición con garantía, que eviten desgracias posteriores, ya que dichos productos no son sólo seguros a efectos preventivos sino que se trate de equipos de mayor calidad y que tendrán siempre menos fallos. JOSÉ SUBIRATS SUEIRAS Jefe de la Unidad de Espacializada de Seguridad Laboral y Salud Laboral de la ITSS de Las Palmas
LA MEJOR FORMA PARA EL EMPRESARIO DE ADQUIRIR EQUIPOS SEGUROS ES ASESORARSE PREVIAMENTE POR LOS ÓRGANOS ESPECIALIZADOS DE PREVENCIÓN PROPIOS O AJENOS, Y SEGUIR PROTOCOLOS ESPECÍFICOS DE ADQUISICIONES Y COMPRAS QUE INDICARÁN LA FORMA DE LLEVAR A CABO UNA ADQUISICIÓN CON GARANTÍA
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Revista de Prevención de Riesgos Laborales Instituto Canario de Seguridad Laboral
ARTÍCULOS TÉCNICOS. INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
La PRL desde el género: un enfoque necesario
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s claro que los elementos organizativos del trabajo tienen una incidencia directa en las condiciones laborales de hombres y mujeres en los centros de trabajo. Esta circunstancia ha sido tenida en cuenta con mayor o menor fortuna por el legislador en lo referente a medidas sociolaborales, quedando, no obstante, tradicionalmente la legislación preventiva al margen de tales iniciativas protectoras. Varios son los riesgos adicionales presentes en el trabajo de las mujeres: {x} De una parte, el proceso de incorporación y permanencia de las mujeres en el mercado de trabajo no ha implicado que la mujer dejara de realizar, de forma mayoritaria, el trabajo doméstico y familiar, generándose el fenómeno de la “doble presencia”. {x} De otra, la segregación horizontal y vertical de las mujeres en los puestos de trabajo ocupados supone de igual manera una concreción adicional a los riesgos específicos de los puestos de trabajo ocupados. A ello que hay que añadir que la mujer continúa siendo la víctima por excelencia de situaciones de acoso sexual en el trabajo, con efectos devastadores para su salud a nivel físico y psicológico. Desafortunadamente, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y su normativa de desarrollo han adolecido desde su concepción de una visión claramente homogénea y masculinizada de los riesgos del trabajo, fruto sin duda de una visión igualmente masculinizada del concepto de trabajador. Ante tales carencias, urge que las administraciones públicas, de un lado, y los interlocutores sociales, de otro, adopten soluciones que tiendan a la reorientación preventiva desde el género o a lo que algunos autores han llamado la necesidad de desarrollo de la llamada política preventiva feminizada. En este sentido, importantes novedades como el Plan de Acción de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo para el periodo 2007-2012 -en su artículo 4- y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres -a partir de la reforma operada por su Disposición Adicional 12ª-, han insistido en el papel de las administraciones públicas para promover la igualdad entre ambos sexos en lo relacionado con el tratamiento de datos, investigación y estudios en prevención de riesgos laborales, de forma que se puedan detectar y prevenir todos aquellos riesgos del trabajo que estén vinculados a la condición de ser hombre o mujer. Suministro activo La necesaria coordinación entre las administraciones conllevará un suministro activo de información de las conexiones existentes entre la igualdad y la seguridad laboral. No obstante, deberá insistirse en la necesidad de: {x} Progresión y profundización en los estudios -rigurosos- tendentes a la determinación de los riesgos más
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frecuentes de los sectores feminizados, con especial atención a los riesgos psicosociales, organizacionales y ergonómicos que afectan con mayor intensidad y frecuencia a las mujeres. Como contrapunto de lo anterior, potenciar la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva como elementos determinantes en la detección de riesgos presentes en el centro de trabajo que pudieran tener especial incidencia en las mujeres trabajadoras ligadas a su condición biológica procreadora. Aplicación del principio de transversalidad en la detección de los riesgos: desde la perspectiva de la igualdad de oportunidades, se impone la necesidad de adoptar cuantas medidas sean necesarias para la determinación de los factores de riesgo que puedan afectar mayoritariamente a las mujeres por razón de segregación sectorial, por la especial dificultad de la conciliación de la vida personal y profesional y desde la lucha contra las nuevas y más sutiles formas de discriminación que sufren las mujeres, en particular respecto a riesgos laborales teóricamente asexuados pero fuertemente concentrados en el género femenino desde el punto de vista estadístico (acosos sexual y psicosocial…). Aplicación del principio de transversalidad en las medidas correctoras: necesidad de impulso de iniciativas normativas que completen carencias evidentes en nuestra legislación aplicable. Necesidad de toma de conciencia por parte de los agentes sociales de su crucial papel en el desarrollo de la seguridad y salud en el trabajo a partir de una negociación colectiva basada en la afirmación sin paliativos del principio de igualdad real entre ambos sexos, así como el incentivo de la participación de las mujeres en la toma de decisiones relativas a políticas públicas y privadas de seguridad y salud laboral.
La consecución de metas reales en este campo pasa por una decidida voluntad política que aúne esfuerzos de la Administración (General del Estado y de las comunidades autónomas en el marco de asunción de sus competencias transferidas) y de los agentes sociales, sin cuyo concurso podrá difícilmente llegarse a hablar de una verdadera implicación de empresas y trabajadores en el objetivo común de la efectiva igualdad entre hombres y mujeres en el medio laboral a través de políticas preventivas concretas y ajustadas a la diversidad de la persona. Por todo ello, desde aquí invitamos a todos a recorrer este camino común que deseamos provechoso y efectivo, desde la convicción que una mejora en las condiciones de trabajo a partir de la igualdad entre ambos sexos es posible. ANA ACOSTA SOLER Y PABLO SEGADO RODRÍGUEZ Jefa de la ITSS de Santa Cruz de Tenerife Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad y Salud Laboral de la ITSS de Santa Cruz de Tenerife
LA CONSECUCIÓN DE METAS REALES EN ESTE CAMPO PASA POR UNA DECIDIDA VOLUNTAD POLÍTICA QUE AÚNE ESFUERZOS DE LA ADMINISTRACIÓN Y DE LOS AGENTES SOCIALES, SIN CUYO CONCURSO PODRÁ DIFÍCILMENTE LLEGARSE A HABLAR DE UNA VERDADERA IMPLICACIÓN DE EMPRESAS Y TRABAJADORES EN EL OBJETIVO COMÚN DE LA EFECTIVA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN EL MEDIO LABORAL
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Promoción de la cultura preventiva en la formación profesional Confederación Canaria de Empresarios
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a formación en materia de prevención de riesgos laborales debe plantearse como una inversión necesaria, como un pilar básico del sistema educativo que lleve a la concienciación de los riesgos y al deseo obvio de evitarlos. Así se ha reflejado tanto en la normativa como en los planes de actuación de las administraciones públicas, en los cuales se deja patente la necesidad de promover la mejora de la educación existente en esta materia en los diferentes niveles de enseñanza, y de manera especial en la oferta formativa correspondiente al Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales. Sin duda alguna, la introducción, de forma común, del módulo de Formación y Orientación Laboral (FOL) en los planes de estudios de los Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, que imparte conocimientos y habilidades generales necesarios para trabajar en condiciones de seguridad y salud y para prevenir los posibles riesgos derivados del trabajo, ha sido una valor importante en la construcción del pilar formativo del que hablamos, aunque no ha resuelto definitivamente la cuestión. Dicho módulo está caracterizado por la generalidad de contenidos y no aborda la especificidad preventiva de cada sector de actividad. Tengamos presente que los riesgos en el sector de oficinas, por citar un ejemplo, no van a ser los mismos que en la actividad industrial, o en una obra de la construcción. Por otro lado, los continuos cambios que imponen los avances tecnológicos, tanto en la organización del trabajo como en la utilización de maquinaria o nuevos productos, requiere de estos sistemas de formación un esfuerzo por la actualización continuada de su programación y, por consiguiente, es necesario conferir un carácter dinámico a la programación de estas materias. Se define así una situación en la que nuestros estudiantes, futuros empresarios y trabajadores, no reciben, en la actualidad, la formación efectiva que pudiera otorgarle un conocimiento real y adaptado a las necesidades de nuestra estructura productiva. Las instituciones públicas están llevando a cabo diferentes acciones tendentes a implantar, en algunos casos, y mejorar, en otros, la cultura preventiva en los ciclos formativos, pero desde nuestra experiencia esa actuación es mejorable, por lo que proponemos: {x} Establecer en el currículo de la enseñanza secundaria la prevención como materia transversal y, en el ámbito de la formación profesional, reestructurar los contenidos y adaptarlos a los riesgos de cada sector. {x} Mantener y promocionar sesiones técnicas informativas a los alumnos de formación profesional, bachillerato, escuelas taller, etcétera. {x} Reforzar por parte de las instituciones competentes, y en el ámbito de la formación profesional, la actualización de los conocimientos de los educadores en materia preventiva mediante: 1) la realización de cursos cuyo objetivo sea el reciclaje en materia le-
gislativa relacionada con la prevención de forma genérica y 2) la celebración de cursos, elaboración de actividades y de material divulgativo relacionados con los diferentes ciclos formativos que cada profesor de FOL imparta durante el año escolar. {x} Fomentar la implicación de los diferentes agentes sociales en la labor de formación de la cultura preventiva. La formación es, en definitiva, una de las claves para que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales pueda ser el instrumento eficaz de prevención que todos deseamos, y resulta prioritario concienciar a los jóvenes en materia de prevención de riesgos en el trabajo para lograr un inicio seguro en su vida laboral. Con el firme propósito de lograr este objetivo, la Confederación Canaria de Empresarios emprende tanto acciones formativas dirigidas a trabajadores ocupados, en el ámbito de la Formación Profesional para el Empleo, formando a futuros técnicos en prevención, como acciones para la divulgación de la cultura preventiva, a través de sesiones informativas técnicas especializadas a los alumnos de ciclos formativos. Estas sesiones se diseñan atendiendo a las particularidades de cada ciclo formativo y sector de producción a los que van dirigidos. Cumplen con una doble función: 1) Formar a los alumnos, ya que son estos últimos los que van a acceder próximamente, y por primera vez, al mercado de trabajo. 2) Instruir, de forma inmediata, para las prácticas profesionales que realizarán dentro de su formación. De esta manera, damos un paso en la formación en materia de prevención de riesgos laborales y colaboramos en el reciclaje del propio profesorado que imparte la materia, un colectivo que viene comentando la deficiencia existente en los contenidos poco especializados que se transmiten a los alumnos. Pero es necesario profundizar más y llegar a los distintos niveles educativos, obteniendo una mayor diversificación de la materia, dado que las pautas actuales resultan insuficientes, al dejar a grupos apartados de ella, como es el caso de la educación infantil, y llegando de forma muy general a los demás niveles. Por tanto, debemos promover que, igual que desde temprana edad se nos forma en distintos valores con los que vamos consiguiendo diferentes grados de autonomía, sea la prevención otro valor más que se sume a éstos.
CON EL FIRME PROPÓSITO DE MEJORAR LA SEGURIDAD, LA CONFEDERACIÓN CANARIA DE EMPRESARIOS EMPRENDE ACCIONES FORMATIVAS DIRIGIDAS A TRABAJADORES OCUPADOS, EN EL ÁMBITO DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO; FORMA A FUTUROS TÉCNICOS EN PREVENCIÓN, Y REALIZA ACCIONES PARA LA DIVULGACIÓN DE LA CULTURA PREVENTIVA
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Canarias {Prevención} Revista de Prevención de Riesgos Laborales Instituto Canario de Seguridad Laboral
Prevención de riesgos laborales y rentabilidad empresarial: el equilibrio se puede lograr Confederación Española de Organizaciones Empresariales de Tenerife
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ún a día de hoy, puede afirmarse que la mayoría de las empresas continúa viendo la prevención de riesgos laborales como una obligación legal que debe respetar para no correr el riesgo de ser sancionada. En este sentido, la falta de información aportada, así como las escasas ayudas ofrecidas en esta materia, derivan en que los objetivos de fondo de la prevención se consigan muy lentamente, de tal forma que parte de los esfuerzos se centran fundamentalmente en evitar las multas y sanciones administrativas. A este respecto debe apuntarse que, sin la existencia de una buena gestión de la prevención que vaya en consonancia con la política de prevención de la dirección de la empresa, el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales puede convertirse para la empresa en causa constante de problemas que dificulten su actividad, aumentando sus costes. De este modo, no sólo no se resolvería el problema de la seguridad de los trabajadores, sino que se generaría otro: la pérdida de rentabilidad. Para no llegar hasta este punto, se debe conseguir que la prevención se convierta en uno de los elementos centrales alrededor del cual organizar la prestación del trabajo. La seguridad no debe ser sólo una prioridad, sino parte de los valores y del comportamiento de una empresa en la prevención de riesgos. Así, se debe desarrollar una cultura de aprendizaje, conocimientos y hábitos personales que dé lugar al desempeño de las tareas con seguridad y salud, evitando así pérdidas humanas, colectivas y económicas, y aprovechando las ventajas competitivas y de rentabilidad que su correcta implantación ofrece a las empresas: {x} Disminución en el número de bajas laborales y de incapacidades temporales. {x} Reducción de la contratación de trabajadores que cubran dichas bajas o incapacidades. {x} Pérdidas económicas por el pago de multas o sanciones. {x} Disminución de costes en reparaciones o pérdidas de los bienes materiales que se originan en ocasiones tras un accidente laboral. {x} Aumento de la motivación de los trabajadores al sentirse más seguros en el puesto en el que desarrollan sus funciones. {x} Aumento de la calidad de los servicios prestados y mayor grado de consecución de los objetivos empresariales. Para ello, es necesario que la cultura de prevención de riesgos laborales de la empresa parta de la dirección y sea asimilada y aceptada por todos los miembros y niveles de la plantilla. Los mandos intermedios, más cercanos a los trabajadores, deberán ser los encargados de transmitir las órdenes y advertencias directas para respetar los principios de seguridad laboral, así como para evitar las conductas peligrosas en las que pudie-
sen incurrir los empleados. Por su parte, los trabajadores deben contar con los conocimientos, habilidades, herramientas y destrezas necesarias para trabajar con seguridad, logrando llegar a un nivel de buen comportamiento preventivo como hábito diario. Así, deberán recibir formación específica sobre los requisitos de seguridad en su puesto de trabajo y adoptar una actitud responsable. Trabajador con función especial En determinadas empresas y atendiendo a la actividad que desarrollen, puede ser recomendable también disponer de trabajadores cuya actividad sea única y exclusivamente la de realizar funciones preventivas, que podrán apoyarse en la asesoría externa para atender cuestiones particulares sobre seguridad, higiene industrial o salud. Además, el sistema de gestión empleado debe estar perfectamente integrado con el resto de la organización, evitando las duplicidades de información que ralentizan y enturbian el seguimiento de los datos. En resumen, las empresas deben desarrollar y fortalecer el sistema de prevención de riesgos, con el fin de garantizar a sus empleados y demás personal la tranquilidad y el clima organizacional que les permita trabajar sin riesgos, dando así gran valor a la producción, calidad e imagen institucional. Así, las empresas más protegidas son más competitivas frente a otras empresas, y están en disposición de presentar mejores resultados, dado que reducen las pérdidas ocasionadas por accidentes, y ahorran económicamente por la disminución de las bajas, las incapacidades temporales o las reparaciones materiales que deben asumirse tras un accidente laboral. Además, a la mejora de la imagen de la empresa se suma la confianza que sus clientes y proveedores depositan en ella.
ES NECESARIO QUE LA CULTURA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA EMPRESA PARTA DE LA DIRECCIÓN Y SEA ASIMILADA Y ACEPTADA POR TODOS LOS MIEMBROS Y NIVELES DE LA PLANTILLA. LOS MANDOS INTERMEDIOS, MÁS CERCANOS A LOS TRABAJADORES, DEBERÁN SER LOS ENCARGADOS DE TRANSMITIR LAS ÓRDENES Y ADVERTENCIAS DIRECTAS PARA RESPETAR LOS PRINCIPIOS DE SEGURIDAD LABORAL Y EVITAR CONDUCTAS PELIGROSAS
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Avance en materia de salud laboral Comisiones Obreras de Canarias (CC OO)
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spaña es uno de los países de la Unión Europea (UE) con peores índices de siniestralidad laboral, casi 25 puntos por encima de la media de sus socios comunitarios. En 2006 se produjeron 937.063 accidentes con baja, en los que hubo 8.937 heridos graves y 977 mortales. Para intentar acabar con esas diferencias, el Gobierno aprobó en Consejo de Ministros la Estrategia Española de Seguridad y Salud Laboral el 3 de julio de 2007, cuyo objetivo es reducir un 25% el número de accidentes laborales para alcanzar la media europea. Los objetivos generales de esa Estrategia son dos: 1) Conseguir una reducción constante y significativa de la siniestralidad laboral y el acercamiento a los valores medios de la UE, tanto en lo que se refiere a los accidentes de trabajo como a las enfermedades profesionales. 2) La mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Los objetivos operativos de la Estrategia son ocho, aunque se articulan en dos grandes partes, según el siguiente esquema: {x} La primera parte recoge los objetivos marcados para la mejora de los sistemas de prevención en las empresas. {x} La segunda recoge las áreas de actuación desarrolladas por los poderes públicos: se trata pues de establecer objetivos para las políticas públicas que inciden en la prevención de riesgos laborales, de coordinar esas políticas y de reforzar las instituciones públicas dedicadas a la prevención de riesgos laborales. Los casi dos años de negociación han permitido que la estrategia contemple los principales objetivos y reivindicaciones de CC OO para mejorar las condiciones de trabajo y de salud de los trabajadores y trabajadoras: {x} Para el mejor control sobre las empresas y el cumplimiento de la normativa, se establece el compromiso de ampliar la dotación de la Inspección de Trabajo en materia preventiva al nivel de los países de nuestro entorno, y se mejoran y amplían los instrumentos de intervención de sindicatos y empresarios en todas las empresas, en los tres tramos de empresas (menos de seis trabajadores, de seis a cincuenta y más de cincuenta). {x} En las muy pequeñas, con el plan que elaborará la Comisión Nacional de Salud y Seguridad sobre empresas de menos de seis trabajadores, se harán campañas de asesoramiento a empresarios y trabajadores de forma directa en las empresas, que tendrán financiación pública. {x} En las empresas de seis a cincuenta trabajadores que no cuenten con representación sindical, mediante el acuerdo de crear órganos específicos paritarios sectoriales, a través de la negociación colectiva, y territoriales, por acuerdos tripartitos en las comunidades autónomas y la creación de la nueva figura de los agentes de prevención sectoriales y territoriales, que podrán intervenir directamente so-
bre este tramo de empresas, que son las que concentran un mayor índice de accidentes de trabajo. Todo ello redundará en un importante fortalecimiento de la negociación colectiva en prevención de riesgos laborales. Se favorece que la prevención se internalice con recursos propios de la empresa. Así, las empresas que no tengan la obligación legal de tener un servicio de prevención propio podrán tener sus recursos de prevención (bonificándolas en la cotización de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en función de criterios de calidad y resultados), con medidas concretas que favorezcan e impulsen que la empresa haga prevención con sus medios propios: eliminada la obligación de auditoría para las pequeñas empresas, cuya existencia estimulaba la externalización de la prevención; bonificando la contratación de trabajadores designados (o que formen parte del servicio de prevención propio); simplificando el papeleo innecesario; contemplando la elaboración de guías especificas de aplicación de normas preventivas para la pequeña empresa. En resumen, se articulan una serie de medidas dirigidas a impulsar que las pequeñas y medianas empresas hagan prevención con sus propios recursos. Se mejora la calidad de los servicios de prevención y, para ello, se han acordado medidas concretas para corregir la mala praxis preventiva de los servicios de prevención ajenos y mejorar la calidad de su acción preventiva. Entre las medidas propuestas destacan: la elaboración de unos criterios homogéneos para todas las comunidades autónomas, para acreditar y retirar la acreditación a los servicios de prevención. Por último, CC OO considera que la estrategia cumple el objetivo más importante a tener en cuenta: no sólo seguridad, sino también salud, al desarrollar estas medidas dirigidas a conseguir que la salud laboral sea integral, fomentando la investigación sobre nuevos riesgos e impulsando la mejor puesta en marcha del real decreto sobre enfermedades profesionales. Por todo ello, desde CC OO-Canarias creemos que esta Estrategia contribuirá a mejorar considerablemente las condiciones de trabajo y la salud de los trabajadores porque persigue mantener y mejorar los instrumentos para el cumplimiento de la normativa preventiva, favorecer la integración de la prevención en la empresa, corregir la mala praxis preventiva y, sobre todo, aumentar y mejorar la capacidad de intervención sindical en las empresas para una mayor implicación de trabajadores y empresarios en la creación de la nueva figura de los agentes de prevención sectoriales y territoriales.
CC OO CONSIDERA QUE LA ESTRATEGIA CUMPLE EL OBJETIVO MÁS IMPORTANTE A TENER EN CUENTA: NO SÓLO SEGURIDAD, SINO TAMBIÉN SALUD, AL DESARROLLAR MEDIDAS DIRIGIDAS A CONSEGUIR QUE LA SALUD LABORAL SEA INTEGRAL
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Canarias {Prevención} Revista de Prevención de Riesgos Laborales Instituto Canario de Seguridad Laboral
Los trastornos músculo-esqueléticos, un problema al que no se le puede dar la espalda Unión General de Trabajadores de Canarias
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ajo el lema Aligera la carga, la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo desarrolló su campaña del año 2007 en torno a los trastornos músculo-esqueléticos. En consecuencia, y aprovechando la oportunidad que se nos brinda desde esta publicación, la Unión General de Trabajadores de Canarias ha creído conveniente para este número abordar este tema. Los trastornos músculo-esqueléticos son un conjunto de lesiones inflamatorias o degenerativas que afectan a músculos, tendones, articulaciones, ligamentos, nervios, etcétera, y que entre los trabajadores y trabajadoras es frecuente observarlos en cuello, espalda, hombros, codos, muñecas y manos, tal y como se recoge en la VI Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene del Trabajo. Los diagnósticos más comunes son las tendinitis, tenosinovitis, síndrome del túnel carpiano, mialgias, cervicalgias, lumbalgias, etcétera, y el síntoma predominante es el dolor asociado a inflamación, pérdida de fuerza y disminución o incapacidad funcional de la zona anatómica afectada. Este tipo de trastornos afectan a gran número de trabajadores y trabajadoras de todos los sectores productivos: agricultura, industria, construcción y servicios, dándose con más frecuencia, según la VI Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo, en las siguientes actividades: personal sanitario, agricultores, ganaderos, pescadores, camioneros, repartidores y taxistas, aunque ningún trabajador o trabajadora está exento de sufrir estas lesiones. También cabe destacar molestias en brazos/antebrazos en trabajadores de la construcción, y en piernas en vendedores, agentes comerciales, dependientes, limpiadores, camareros y barrenderos. Los factores de riesgo asociados, según la Agencia Europea, se basan en factores de carácter físico, psicosociales e individuales. Si bien es cierto que estos trastornos pueden tener un origen ajeno al trabajo, es innegable que son las lesiones provocadas durante toda la vida laboral, principalmente, las malas posturas en el trabajo, los sobreesfuerzos, la manipulación manual de cargas y ciertos tipos de movimientos los que afectan a nuestra vida cotidiana de forma definitiva.
De forma inconsciente Según el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, estas posturas, esfuerzos o movimientos, que representan un riesgo para la salud de los trabajadores, rara vez son producidos de manera consciente, sino que están condicionados por el diseño del puesto y por los tipos de tareas que deben hacerse y su organización. Por ello, podemos prevenirlos desde el diseño correcto del
espacio y del puesto de trabajo, facilitando y empleando las herramientas adecuadas para cada labor, organizando el trabajo adecuadamente e informando y formando a los trabajadores y trabajadoras. En el año 2005, uno de cada cuatro trabajadores se quejó de dolores de espalda, y un porcentaje algo menor de dolores musculares. En Canarias, durante ese mismo año constituyeron el 34,15 % de los accidentes de trabajo con baja durante la jornada de trabajo, produciéndose los índices más altos en construcción, comercialización, reparación de vehículos de motor, artículos personales y hostelería. Ahora bien, la complejidad de concretar su origen, incluso por la persona que los padece, demuestra que estos trastornos, en muchos casos, están siendo atendidos por la seguridad social, sin que el trabajador acuda previamente a los servicios asistenciales de las mutuas. Esto dificulta el posterior trabajo de los técnicos para conseguir prevenir los riesgos que los originan, y provoca un interminable goteo de bajas que afecta a la productividad de las empresas. Por supuesto, ante esta realidad, la UGT-Canarias, desde la Secretaría de Acción Sindical, Salud Laboral y Medio Ambiente, a través de las Oficinas Técnicas de Prevención de Riesgos Laborales, actúa, no sólo realizando un permanente asesoramiento a trabajadores y trabajadoras, en general, y a delegados y delegadas de prevención, en especial, sino también ofreciendo información y formación, para que se conozca el tipo de riesgo al que están expuestos, cuáles son los principales factores que influyen en la materialización de este mal, y cómo evitar o disminuir sus consecuencias. Durante el año 2007, hemos organizado tres jornadas sobre los trastornos músculo-esqueléticos en diferentes islas (Gran Canaria, Fuerteventura y Tenerife), con la participación del Instituto Canario de Seguridad Laboral, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y otras entidades con responsabilidad en materia de prevención, obteniendo de dichas jornadas un éxito cuantitativo y cualitativo importante.
EN CANARIAS, DURANTE 2005 ESTE MAL CONSTITUYÓ EL 34,15 % DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO CON BAJA DURANTE LA JORNADA DE TRABAJO, PRODUCIÉNDOSE LOS ÍNDICES MÁS ALTOS EN CONSTRUCCIÓN, COMERCIALIZACIÓN, REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR, ARTÍCULOS PERSONALES Y HOSTELERÍA
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LEGISLACIÓN Seguridad y salud en el trabajo La seguridad y salud en el trabajo conforman un cuerpo específico emergente en el ámbito de las relaciones laborales. La normativa que regula la prevención de riesgos laborales está configurada por normas de diferente origen y eficacia, de donde deriva su gran complejidad. Conviven en ella normas internacionales (convenios de la Organización Internacional del Trabajo), normas europeas (directivas específicas sobre seguridad y salud en el trabajo) y normas estatales (procedentes de la transposición a derecho interno de la anteriores directivas o bien del diálogo social), sin perjuicio de las normas autonómicas de aplicación de la normativa estatal al correspondiente ámbito. No se pretende aquí presentar una relación exhaustiva de la totalidad de las normas vigentes sobre seguridad y salud en el trabajo, que excedería en mucho las pretensiones de este trabajo, sino una breve exposición de aquellas normas estatales posteriores a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo origen se encuentra en la transposición de directivas específicas sobre seguridad y salud en el trabajo o bien en el diálogo social, dejando para próximos trabajos el tratamiento de las restantes normas. REGULACIONES {x} Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE núm. 269, de 10 de noviembre). AÑO 1997 {x} Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (BOE núm. 27, de 31 de enero). {x} Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo (BOE núm. 97, de 23 de abril). {x} Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (BOE núm. 97, de 23 de abril). {x} Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores (BOE núm. 97, de 23 de abril). {x} Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (BOE núm. 97, de 23 de abril). {x} Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo (BOE núm. 124, de 24 de mayo) {x} Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo (BOE núm. 124, de 24 de mayo).
{x} Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual (BOE núm. 140, de 12 de junio). {x} Orden de 27 de junio de 1997, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención en relación con las condiciones de acreditación de las entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas, de autorización de las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas y de autorización de las entidades publicas o privadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales (BOE núm. 159, de 4 de julio). {x} Real Decreto 1.215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo (BOE núm. 188, de 7 de agosto). {x} Real Decreto 1.216/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca (BOE núm. 188, de 7 de agosto). {x} Real Decreto 1.389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras (BOE núm. 240, de 7 de octubre). {x} Real Decreto 1.627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre).
AÑO 1998 {x} Orden de 25 de marzo de 1998, por la que se adapta en función del progreso técnico el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo (BOE núm. 76, de 30 de marzo). {x} Real Decreto 780/1998, de 30 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero (BOE núm. 104, de 1 de mayo). {x} Real Decreto 1.932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, al ámbito de los centros y establecimientos militares (BOE núm. 224, de 18 de septiembre). {x} Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE núm. 313, de 31 de diciembre).
AÑO 1999 {x} Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el ámbito de las empresas de trabajo temporal (BOE núm. 47, de 24 de febrero). {x} Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar (BOE núm. 47, de 24 de febrero). {x} Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras (BOE núm. 266, de 6 de noviembre).
Canarias {Prevención} Revista de Prevención de Riesgos Laborales Instituto Canario de Seguridad Laboral
AÑO 2000 {x} Real Decreto 1.124/2000, de 16 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. (BOE núm. 145, de 17 de junio). {x} Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (BOE núm. 189, de 8 de agosto). AÑO 2001 {x} Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo (BOE núm. 104, de 1 de mayo). {x} Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico (BOE núm. 148, de 21 de junio). {x} Artículos 34, 35 y 37 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE núm. 313, de 31 de diciembre). {x} Orden TAS/2.926/2002, de 19 de noviembre de 2002, por la que se establecen nuevos modelos para la notificación de los accedentes de trabajo y se posibilita su transmisión por procedimiento electrónico (BOE núm. 279, de 21 de noviembre). {x} Resolución de 26 de noviembre de 2002, de la Subsecretaría, por la que se regula la utilización del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Delt@), que posibilita la transmisión por procedimiento electrónico de los nuevos modelos para la notificación de accidentes de trabajo, aprobados por la Orden TAS/2.926/2002, de 19 de noviembre (BOE núm. 303, de 19 diciembre).
AÑO 2003 {x} Real Decreto 349/2003, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo y que amplía su ámbito de aplicación a los agentes mutágenos (BOE núm. 82 de 5 de abril). {x} Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo (BOE núm. 145, de 18 de junio). {x} Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales (BOE núm. 298, de 13 de diciembre)
AÑO 2004 {x} Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales (BOE núm. 27, de 31 de enero). {x} Real Decreto 2.177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1.215/1997, de 18 de julio, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para
la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura (BOE núm. 274, de 13 noviembre)
AÑO 2005 {x} Real Decreto 689/2005, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, y el Reglamento General sobre Procedimientos para la Imposición de Sanciones por Infracciones de Orden Social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, para regular la actuación de los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales (BOE núm. 149, de 23 junio). {x} Real Decreto 1.311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas (BOE núm. 265, de 5 noviembre).
AÑO 2006 {x} Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido (BOE núm. 60, de 11 de marzo). {x} Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto (BOE núm. 86, de 11 de abril). {x} Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1.627/1997, de 24 de octubre, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 127, de 29 de mayo). {x} Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (BOE núm. 250, de 19 de octubre). {x} Real Decreto 1.299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro (BOE núm. 302, de 19 de diciembre). AÑO 2007 {x} Orden TAS/1/2007, de 2 de enero, por la que se establece el modelo de parte de enfermedad profesional, se dictan normas para su elaboración y transmisión y se crea el correspondiente fichero de datos personales (BOE núm. 4, de 4 de enero). {x} Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales (BOE núm. 108, de 5 de mayo). {x} Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (BOE núm. 204, de 25 de agosto).
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AGENDA
Jornadas, cursos, ferias y congresos MAYO 08 {x} Seguridad en obras singulares y otros cursos AIDICO, Paterna, Valencia, 8 y 9 www.aidico.es {x} Congreso Internacional de Prevención de Riesgos Laborales (ORP 2008) A Coruña, del 14 al 16 www.orpconference.com {x} PREVISEL-Salón da Prevención e Seguridade Laboral Expourense, Ourense, del 16 al 18 www.expourense.org {x} XII Congreso de la Sociedad Española de Medicina y Seguridad del Trabajo Sociedad Cántabra de Medicina del Trabajo, Santander, del 21 al 23 www.geyseco.com/semst2008 {x} INTEGRA+SEGURIDAD, III Feria Internacional de Seguridad y Emergencias Zaragoza, del 21 al 23 www.integramasseguridad.com JUNIO 08 {x} III Congreso Internacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Palacio Euskalduna, Bilbao, del 4 al 6 www.congresswork.org JULIO 08 {x} XVIII World Congress on Safety and Health at Work Seul, Corea, 29 de junio al 2 de julio www.safety2008korea.org {x} Taller de Doctorandos en Ética Empresarial y RSE Universidad Pontificia Comillas, Cátedra Javier Benjumea de Ética Económica y Empresarial, Cercedilla (Madrid), del 15 al 16 AGOSTO 08 {x} XVII FISP, Feira Internacional de Segurança e Proteção Sao Paulo, Brasil, del 27 al 29 www.cipanet.com.br SEPTIEMBRE 08 {x} Recurso preventivo en las obras de construcción y otros cursos AIDICO Paterna, Valencia, 24 www.aidico.es {x} PREVEXPO 2008, IX edición del Congreso Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales Huelva, del 24 al 26 OCTUBRE 08 {x} XVII Congreso de la SESLAP Girona, del 1 al 3 www.seslap.com {x} II Congreso Nacional de Prevencionistas AEPSAL Cuenca, del 22 al 24 www.aepsal.com
NOVIEMBRE 08 {x} VIII Congreso Europeo sobre Psicología de la Salud Ocupacional Universidad de Valencia, del 12 al 14 www.ea-ohp.org {x} SICURTECH Expo 2008 Fiera Milano Tech, Milán, del 25 al 28 www.fieramilanotech.it {x} Construye 2008, Feria de la Construcción y el Equipamiento Recinto Ferial de Tenerife, del 27 al 30 www.feriaconstruye.com DICIEMBRE 08 {x} Seminario de Trabajos en espacios confinados INSHT, Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, Barcelona, 4 www.mtas.es/insht/formacion
OTRAS CITAS DE INTERÉS {x} Auditorías OHSAS 18001:2007 AENOR Bilbao, 1 y 2 de abril www.aenor.es/desarrollo/formacion/cursos {x} Curso internacional de Implementación del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001-Versión 2007 Caracas, Venezuela, 2, 3 y 4 de abril www.seso.org.ec {x} Especialista en Seguridad de Museos y Edificios del Patrimonio Histórico y otros cursos Madrid, del 21 al 25 de abril www.cepreven.com {x} Jornada técnica: Exposición laboral a vibraciones mecánicas. Presentación de la Guía Técnica del RD 1311/2005 INSHT, Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, Barcelona, 21 de mayo {x} Seminario-encuentro: La Universidad y el máster universitario en PRL INSHT, Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, Barcelona, 16 de junio {x} Jornada técnica: Exposición laboral a ruido. Presentación de la Guía Técnica del RD 286/2006 INSHT, Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, Barcelona, 18 de junio {x} Jornada técnica: Evaluación de riesgos laborales INSHT, Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, Barcelona, 22 de octubre {x} Seminario sobre Manual de autoprotección. RD 393/2007 INSHT, Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, Barcelona, 31 de octubre
Sedes del Instituto Canario de Seguridad Laboral {x} TENERIFE C/Ramón y Cajal nº 3 Semisótano 1, local 5. Edificio Salesianos 38004 Santa Cruz de Tenerife Teléfono: 922 473 770 Fax: 922 473 770/39
TENERIFE
{x} GRAN CANARIA C/Alicante nº 1 (Polígono de San Cristóbal) 35016 Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: 928 452 500 Fax: 928 452 411/04
GRAN CANARIA
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