Canarias Prevención

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Revista de Prevenci贸n de Riesgos Laborales

Instituto Canario de Seguridad Laboral

禄5_2010


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SUMARIO

PRESENTACIONES

PRESENTACIONES ICASEL ACTUACIONES Y PROYECTOS

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ICASEL. Trabajando por la prevención.

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Estrategia Canaria para la Prevención de Riesgos Laborales. 7 Aula Virtual para la Prevención de Riesgos Laborales. 8 Adhesiones a la Declaración de las Islas Canarias sobre Prevención de Riesgos Laborales. 10 Comisión Territorial Inspección de Trabajo y Seguridad Social -Instituto Canario de Seguridad Laboral . 12 Encuentro Inspección de Trabajo y Seguridad Social – Instituto Canario de Seguridad Laboral. 13

Firma de la Estrategia Canaria en Prevención de Riesgos Laborales

SEDES DEL INSTITUTO CANARIO DE SEGURIDAD LABORAL TENERIFE C/ Ramón y Cajal 3, Semisótano 1, Local 5, Edificio Salesianos. 38003. SC de Tenerife Tel. 922 473 770 Fax. 922 473 739 icaseltf@gobiernodecanarias.org GRAN CANARIA C/ Alicante 1, Polígono San Cristóbal 35016. Las Palmas de GC Tel. 928 452 500 Fax. 928 452 411/04 icasellpa@gobiernodecanarias.org

EDITA Consejería de Empleo, Industria y Comercio Dirección General del Trabajo Instituto Canario de Seguridad Laboral Producción: Instituto Canario de Seguridad Laboral Coordinación: Programa de Formación y Reacción al Fuego Creación y Realización: AS Comunicación y Publicidad S.L.

Semana Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. 14 Curso de Coordinadores de Seguridad y Salud en obras de construcción 15 Curso PRL en Agricultura. Curso PRL en Hostelería. 16 Clausura Máster de PRL del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Tenerife. Clausura Máster de PRL de la Fundación Lidia García. 17 Encuentro Universidad-Empresa sobre condiciones de trabajo. Jornadas Universidad de La Laguna. 18 Amianto. Presentación de la Guía Técnica del Real Decreto 396/2006 Jornada método OCRA. Jornada Autónomos. 19 Jornada Delt@. Evaluación y Control de la Exposición de los Trabajadores al Ruido. 20 Responsabilidades en materia de seguridad y salud en el ámbito de la construcción Jornada Salud Laboral de CCOO. 21 Campaña de Prevención de Riesgos Laborales en Formación Profesional. Campaña de Riesgos en el Hogar.

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Congreso Internacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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Prevecan’09 en todas las Islas Canarias.

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ARTÍCULOS TÉCNICOS OPINIÓN LA EMPRESA Prevención: Desde la Escuela hasta el Trabajo

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NOTICIAS

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PRESENTACIONES

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Otro paso en el compromiso de la Prevención de Riesgos Laborales

Jorge Marín Rodríguez Díaz Consejero de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias

Los próximos seis meses van a suponer una piedra de toque de importancia acerca de la implicación de los canarios en la Prevención de Riesgos Laborales. Este semestre es el de la puesta en funcionamiento de la página web dedicada a la Declaración de las Islas Canarias sobre Prevención de Riesgos Laborales en apoyo de la Declaración de Seúl de Seguridad y Salud en el Trabajo. La etapa que ahora comenzamos, llega después de un año de trabajo intenso, en el que la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias y el Instituto Canario de Seguridad Laboral se han volcado en la difusión de este texto en cuantas administraciones, organizaciones empresariales y sindicales, mutuas, colegios profesionales, etcétera, ha sido posible. Desde que el Foro Internacional sobre la Cultura de la Prevención en el Lugar de Trabajo redactase y firmara la Declaración de las Islas Canarias, el 27 de marzo de 2009, ya son más de 70 las rúbricas obtenidas como respaldo al documento. En la nueva fase de difusión que ahora iniciamos, nuestro objetivo es multiplicar exponencialmente el número de apoyos conseguidos y pretendemos conseguirlo al involucrar a los habitantes de Canarias a título individual. Hasta ahora, quienes han suscrito la Declaración han sido grandes multinacionales españolas, las organizaciones prevencionistas más relevantes del planeta, las Federaciones Canarias de Islas y de Municipios, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de las Islas, numerosos Colegios Profesionales y diversos colectivos más. Ahora, queremos cambiar este último término. Queremos que el colectivo pase a ser el individuo y, para esta nueva andadura, necesitamos también la colaboración de cuantas personas estén le-

yendo este texto ahora mismo. En el momento de hacer grandes planes, como el que tiene el Gobierno de Canarias de convertir al Archipiélago en el centro del debate internacional -al menos entre todos los territorios atlánticos- sobre prevención de riesgos laborales, es demasiado usual que los grandes actos, el boato y los logros colectivos acaben por diluir las acciones individuales. Esta vez, estamos decididos a que no pase eso. La página web sobre la Declaración de las Islas Canarias va a ser el instrumento para que todos y cada uno de los habitantes de Canarias puedan manifestar en voz alta su compromiso con la seguridad y salud en el trabajo. Nuestra intención es que esta página llegue a tener tanta repercusión que sean mayoría en las Islas los trabajadores que la hayan visitado. Sé que a muchos les parecerá una utopía, quizás a la mayoría. Pero también parecía imposible que el Congreso de Prevención de Riesgos Laborales de Canarias diese el salto de lo regional a plataforma tricontinental en sólo dos ediciones, y lo conseguimos. Logramos también pasar de realizar llamadas para informar sobre la Declaración y dar la posibilidad de firmarla a los diversos colectivos, a que fuesen éstos quienes llamasen para pedir información sobre cuándo se produciría el acto de firma en su isla. Si la conciencia de que las condiciones sanas y seguras en el lugar de trabajo han de ser un derecho fundamental se ha extendido ya de esta manera, ¿por qué no iba a hacerlo también en el boca a boca, de trabajador a trabajador? Es por esto por lo que pido al lector que se adhiera a la Declaración de las Islas Canarias y que invite a todo su entorno a hacerlo. Uno a uno, estoy convencido de que lograremos situar a Canarias entre las referencias mundiales al hablar de la cultura de la prevención.


PRESENTACIONES

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Canarias, epicentro de la Prevención

Pedro Tomás Pino Pérez Director General de Trabajo

Tras la enorme difusión alcanzada por la Declaración de las Islas Canarias sobre la seguridad y salud en el trabajo, con la que se clausuró el II Congreso de Prevención de Riesgos Laborales de Canarias (Prevecan `09), convirtiendo a Canarias en centro neurálgico de intercambio y difusión de experiencias y conocimientos en materia preventiva, desde el Gobierno de Canarias se ha continuado trabajando en la senda de profundizar en nuestro papel de enlace y transferencia de conocimientos prevencionistas en nuestra condición de archipiélago estratégicamente situado entre los continentes europeo, africano y americano. En este sentido, y en estrecha colaboración con los agentes económicos y sociales más representativos de nuestro ámbito, hemos avanzado en las negociaciones para alcanzar una apuesta común en nuestra concepción futura de la realidad prevencionista y ya contamos con la recientemente aprobada Estrategia Canaria para la Prevención de Riesgos Laborales (ECPRL), firmada con sindicatos y empresarios el pasado día 2 de noviembre de 2009. Entre sus objetivos fundamentales se encuentra la difusión del conocimiento y materia prevencionista y la creación de vehículos de transferencia de nuestras experiencias en este campo, para que otros países y organizaciones puedan avanzar sobre nuestros esfuerzos en tal sentido. Con ese espíritu, se crea el Observatorio Internacional de la Cultura Preventiva (OBINTCP), que está llamado a ser una de las referencias mundiales en la transferencia e intercomunicación de conocimientos y avances en el mundo de la seguridad y salud de los trabajadores, con el objetivo final de hacer llegar a cualquier rincón del planeta aquellas actuaciones efectivas puestas en marcha en otros países e intercambiar instrumentos, documentos y herramientas eficaces para luchar contra la siniestralidad laboral. El observatorio con sede en las Islas Canarias estará constituido por un importante número de estados, organizaciones, instituciones, colectivos y entidades tanto nacionales como internacionales que, compartiendo los retos y objetivos del mismo, estén dispuestos a ofrecer aportaciones y a compartir conocimientos en la materia preventiva, para facilitar una implantación generalizada en la sociedad de la prevención de riesgos laborales.

Contará con un Comité Científico que estudiará y supervisará las actuaciones y las aportaciones comunes, así como una Secretaría General de Relaciones Internacionales y una Secretaría General de Administración Ejecutiva, y su funcionamiento y gestión diaria se desarrollarán gracias a sendos convenios concertados con las dos instituciones académicas de Canarias. La herramienta de trabajo fundamental del Observatorio será una Web especializada y muy avanzada que permitirá un flujo incesante de información mundial en el campo de la seguridad y salud de los trabajadores, además de facilitar el intercambio interactivo de información, documentación, experiencias y trabajos técnicos, es decir, un amplio elenco de posibilidades para que cualquier persona pueda acercarse y encontrar respuestas y propuestas y logremos entre todos una implantación efectiva de la cultura de la prevención y, por ende, proseguir en la continua mejora de las condiciones laborales de todos los trabajadores. Entre las actuaciones más cercanas programadas se encuentra el II Foro Internacional de la Cultura Preventiva que, bajo la temática de la Responsabilidad Social Corporativa, está previsto se celebre en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife los días 5 y 6 de mayo próximo, respectivamente. En él contaremos con un importante cartel de ponentes de primer orden internacional, de otras tantas instituciones o empresas multinacionales, que nos hablarán de sus experiencias y proyectos en esta materia y en el que desde aquí invitamos a todos a participar activamente. Este Observatorio es una apuesta internacional que hacemos tanto el Gobierno de Canarias como las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, así como un elevado número de organizaciones, instituciones, colectivos y corporativos nacionales e internacionales, que han creído en este proyecto como una herramienta eficaz para la difusión de la prevención de riesgos laborales y la lucha contra la siniestralidad laboral en todo el mundo. Desde la representación que me ha tocado desempeñar, invito a todos y todas a utilizar este instrumento y colaborar activamente en la globalización de la integración generalizada de la prevención de riesgos laborales, para que sea asumida como un derecho humano fundamental.


PRESENTACIONES

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II Encuesta Canaria de Condiciones de Trabajo

Yolanda Rodríguez Bravo Directora del ICASEL

El Instituto Canario de Seguridad Laboral, como órgano técnico de referencia en materia de prevención de riesgos laborales de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio en la comunidad autónoma canaria, creado por Decreto 215/1998, de 20 de noviembre, tiene encomendadas entre sus funciones, la promoción y el asesoramiento que se regula en el artículo 7.1.a) de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, adoptando programas específicos dirigidos a promover la cultura de la prevención, la mejora de las condiciones de trabajo y como consecuencia la reducción de la siniestralidad laboral. La planificación de políticas públicas de seguridad y salud laboral se deben sostener en sistemas de información suficientes y adecuados. Las encuestas sobre condiciones de trabajo, entendiendo como “condición de trabajo” cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador, tal y como establece el art. 4, apto. 7 de la Ley 31/1995, complementan el sistema de información, sumándose a aquellas otras fuentes como son las declaraciones de accidentes de trabajo y notificaciones de enfermedades profesionales, seguimiento de la actividad preventiva en las empresas, investigación de accidentes de trabajo y enfermedades, campañas sectoriales específicas, etc., facilitando un diagnóstico evolutivo de las condiciones de trabajo en la población laboral. En la comunidad autónoma canaria se desarrolló en el año 2.003 la I Encuesta de Condiciones de Trabajo de Canarias, consolidándose con la II Encuesta, cuyos trabajos de campo se desarrollaron durante el año 2.008 y el trabajo de análisis estadístico durante el 2.009. La II Encuesta se estructura de forma similar a la presentación de resultados de la Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo, con objeto de facilitar la comparativa con el resto del territorio del Estado. De esta forma, y a diferencia de la primera edición de la Encuesta Canaria sobre Condiciones de Trabajo, se ha modificado el procedimiento de muestreo, llevándose a cabo la encuesta de forma diferenciada, por una parte a los empresarios, y por otra a los trabajadores en su propio domicilio. Tradicionalmente las encuestas a los trabajadores sobre condiciones de trabajo se han desarrollado en su centro de trabajo, si bien la experiencia ha verificado que la entrevista en el domicilio del trabajador, permite

acceder a colectivos a los que es difícil o imposible encontrar a través de su captación en el centro de trabajo (trabajadores de baja, de ETT, sin contrato de trabajo, etc.); además, aumenta la probabilidad de acceder a determinados colectivos (temporales, mujeres, trabajadores con menos de 25 años, inmigrantes, etc.). Además, a nivel nacional, la VI Encuesta de Condiciones de Trabajo, elaborada en 2.007, así como previamente una prueba piloto realizada en 2.005, demostró que existían diferencias estadísticamente significativas en las respuestas dadas por los trabajadores entrevistados en su centro de trabajo y los entrevistados en su domicilio. Dichas diferencias radicaban, generalmente, en que los primeros tendían a juzgar, para la mayoría de los factores considerados, de manera más benévola sus condiciones de trabajo que los segundos. Han sido objetivos específicos de la II Encuesta Canaria de Condiciones de Trabajo: En relación con los trabajadores: • Identificar la frecuencia de exposición a diversos riesgos laborales y caracterizar las exposiciones laborales más frecuentes. • Conocer aquellos factores del entorno laboral que influyen en la salud de los trabajadores. •Estimar la actividad preventiva realizada en las empresas. En relación con los empresarios: •Estimar la organización y recursos preventivos de las empresas. •Estimar la actividad preventiva que realizan. En su conjunto, los dos análisis realizados en el marco de esta encuesta (trabajadores y empresas) configuran una radiografía de gran utilidad en lo que a condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales se refiere en nuestra comunidad autónoma, de tal forma que esta II Encuesta Canaria de Condiciones de Trabajo está a disposición de todos aquellos que estuvieran interesados en sus resultados, en las sedes del Instituto Canario de Seguridad Laboral. Para finalizar y a modo de reflexión cabe destacar que las empresas encuestadas consideran la mejora de la calidad del producto o servicio, el aumento de la productividad y la mejora de la prevención de riesgos laborales, entre las tres primeras estrategias de negocio. Sin lugar a dudas la prevención de riesgos laborales debe ser asumida como un auténtico compromiso de empresarios y trabajadores, y una verdadera vía de oportunidad empresarial.


ICASEL ACTUACIONES Y PROYECTOS

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ICASEL. Trabajando por la prevención

En el segundo semestre de 2009, el Instituto Canario de Seguridad Laboral, como órgano técnico de referencia en materia de Prevención de Riesgos Laborales en la comunidad canaria, ha continuado trabajando en tres grandes áreas de actuación en materia preventiva: por una parte, la asistencia y cooperación técnica, así como el seguimiento de las actuaciones preventivas realizadas por las empresas; por otra, el desarrollo de actividades formativas, tanto en la organización como en la celebración de cursos, jornadas técnicas y seminarios dirigidos a profesionales relacionados con el ámbito de la Prevención, además de alumnos de formación profesional. EVENTOS

· Firma de la Estrategia Canaria para la Prevención de Riesgos Laborales.

· Campaña de Prevención de Riesgos Laborales en Formación Profesional.

· Inauguración del Aula Virtual.

· Campaña de Riesgos en el Hogar.

· Adhesiones a la Declaración de las Islas Canarias sobre Prevención de Riesgos Laborales.

ENCUENTROS, FERIAS Y CONGRESOS

JORNADAS TÉCNICAS Y CURSOS · Comisión Territorial Inspección de Trabajo y Seguridad Social – Instituto Canario de Seguridad Laboral. · Encuentro Inspección de Trabajo y Seguridad Social – Instituto Canario de Seguridad Laboral.

CAMPAÑAS

· Congreso Internacional de Düsseldorf. · Prevecanes insulares. PROYECTOS · Prevecan La Gomera

· Evaluación de riesgos. Semana europea de la seguridad y la salud en el trabajo.

· Día de la Prevención de Riesgos Laborales de Canarias, 27 de marzo.

· Curso de coordinadores de seguridad y salud en obras de construcción.

· Entrega de Premios y Distinciones Honoríficas del ICASEL.

· Curso de PRL en Agricultura.

· Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, 28 de abril.

· Curso de PRL en Hostelería. · Clausura del Máster de PRL en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Tenerife.

· Observatorio Internacional de la Cultura de la Prevención. · II Foro Internacional de la Cultura de la Prevención en el Lugar de Trabajo: La Responsabilidad Social Corporativa.

· Clausura del Máster de PRL en la Fundación Lidia García.

· III Feria del Libro de Prevención de Riesgos Laborales de Canarias.

· Encuentro Universidad-Empresa sobre condiciones de trabajo.

· IV Muestra de Elementos Auxiliares en Obras de Construcción.

· Jornadas de la Universidad de La Laguna.

· Cursos, Jornadas y Seminarios.

· Jornada Amianto. · Jornada del Método OCRA. · Jornada PRL Autónomos. · Jornada Delt@. · Jornada Ruido. · Jornada Construcción. · Jornada Salud Laboral de CCOO.


ICASEL ACTUACIONES Y PROYECTOS

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Estrategia Canaria para la Prevención de Riesgos Laborales

Firma de la Estrategia

El Gobierno autonómico y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de Canarias suscribieron la Estrategia Canaria para la Prevención de Riesgos Laborales 20092013, con el objetivo prioritario de reducir de forma constante y eficaz la siniestralidad laboral en las islas. La Estrategia Canaria de Prevención de Riesgos Laborales es el fruto del diálogo iniciado entre las partes desde el año 2008, con motivo de la negociación del V Acuerdo de Concertación Social de Canarias y supone la adaptación de las estrategias europea y española para la prevención de riesgos laborales a las especificidades del archipiélago canario, como son la insularidad y fragmentación del territorio y las características particulares de su actividad económica. El punto de partida de la Estrategia lo conforman los conceptos de corresponsabilidad, cooperación y colaboración entre todas las instituciones, organismos públicos y privados y organizaciones que estén relacionados con la prevención en las islas. Así, el texto se sustenta en la mayor autonomía y modernización del Instituto Canario de Seguridad Laboral, a la vez que en el aumento de la colaboración con otros departamentos del Gobierno autonómico y numerosas entidades representativas de los diferentes sectores sociales.

La Estrategia Canaria para la Prevención de Riesgos Laborales incide también en la importancia de la investigación, el desarrollo y la innovación en esta materia, como forma de afrontar los riesgos laborales actuales, pero también de anticiparse a los riesgos emergentes, resultado de los continuos avances organizativos, económicos, sociales y culturales que experimenta el mercado laboral.


ICASEL ACTUACIONES Y PROYECTOS

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Aula Virtual para la Prevención de Riesgos Laborales

Inauguración del Aula Virtual

El presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, inauguró el Aula Virtual para la Prevención de Riesgos Laborales, que prestará sus servicios en la sede del Instituto Canario de Seguridad Laboral de Las Palmas de Gran Canaria y permitirá formar a todos los niveles, desde los primeros cursos escolares hasta los trabajos más especializados. Las instalaciones están compuestas por escenarios laborales en tres dimensiones, simuladores y un aula informática dotada con el más avanzado software para la formación interactiva en prevención de riesgos laborales. Estas herramientas permitirán simular todo tipo de situaciones y supuestos de riesgo, para ayudar a los trabajadores a identificar esos peligros potenciales y saber reaccionar ante ellos cuando se encuentren en situaciones similares en la vida real.

El Aula Virtual ayudará además a desarrollar el objetivo operativo número 6 de la Estrategia Canaria para la Prevención de Riesgos Laborales 2009-2013, que el Gobierno de Canarias suscribió con las dos patronales provinciales y las organizaciones sindicales más representativas del Archipiélago, y que se refiere explícitamente a la responsabilidad de todos los firmantes de la Estrategia en la difusión de la cultura de la prevención en las islas, sobre todo a través de actuaciones formativas. La ventaja del Aula Virtual es, además, su gran versatilidad, por lo que no sólo se beneficiarán de ella los trabajadores, ya estén ocupados o no, sino que contribuirá a la concienciación de los más jóvenes, con toda una programación de visitas de centros escolares en las que los alumnos comprobarán, por sí mismos,


ICASEL ACTUACIONES Y PROYECTOS

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la importancia de prepararse bien antes de emprender cualquier trabajo. Esta instalación forma parte además de las tareas de modernización del Instituto Canario de Seguridad Laboral, orientadas a potenciar su labor en materia preventiva y que podrá servirse de estas nuevas instalaciones para realizar las simulaciones que sean necesarias, en el desarrollo de su labor preventiva, que se completará en futuras etapas con la creación de una Escuela de Espalda y un Laboratorio de Ergonomía, entre otras muchas actuaciones previstas en colaboración con empresarios, sindicatos, universidades, colegios profesionales, medios de comunicación y el conjunto de la sociedad canaria en general.


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Adhesiones a la Declaración de las Islas Canarias sobre Prevención de Riesgos Laborales

Adhesión Federación Canaria de Islas (FECAI) y Federación Canaria de Municipios (FECAM)

El consejero de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, Jorge Rodríguez, el presidente de la Federación Canaria de Islas, FECAI, Casimiro Curbelo, y el presidente de la Federación Canaria de Municipios, FECAM, Lázaro Brito, firmaron su adhesión a la Declaración de las Islas Canarias, documento que compromete a todas las partes en la divulgación de la cultura preventiva. El objetivo de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio es que el aumento de la presencia de Canarias en los foros internacionales de Prevención, generado a partir de Prevecan’09, vaya acompañado de un desarrollo paralelo de la cultura de la prevención en las Islas, para lo que se precisa la colaboración del resto de instituciones, los agentes económicos y sociales y la ciudadanía en general. Se trata de un documento aprobado en marzo de 2009 por el Foro Internacional sobre la Cultura de la Prevención en el lugar de Trabajo, en el que participaron doce de las más prestigiosas organizaciones internacionales en este ámbito, así como varias de las mayores empresas del Estado y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas del archipiélago.

Adhesión de las dos Universidades canarias El consejero de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, Jorge Rodríguez, presidió el acto de adhesión a la Declaración de las Islas Canarias de Prevención de Riesgos Laborales de las universidades de La Laguna y Las Palmas de Gran Canaria, que estuvieron representadas por sus respectivos rectores, Eduardo Doménech y José Regidor. Con el acto de adhesión, enmarcado dentro de la Semana Europea de Seguridad y Salud Laboral, se consolida la colaboración en materia de prevención de riesgos laborales entre el Gobierno de Canarias y las dos universidades del archipiélago. Éstas se han significado en esta materia tanto por su labor docente, puesto que imparten un Máster en Prevención desde hace más de una década, como por la colaboración en numerosas jornadas, ciclos de conferencias, seminarios, etcétera. Entre todos ellos, destaca el papel de ambas instituciones académicas como coorganizadoras de los dos Congresos de Prevención de Riesgos Laborales de Canarias celebrados hasta la fecha. La Declaración de las Islas Canarias sobre Prevención de Riesgos Laborales fue elaborada por representantes de organismos internacionales, tales como la Organización Mundial de la Salud, la Asociación Internacional de la Seguridad Social o la Oficina Internacional del Trabajo, entre otras. Este documento contó desde el inicio con la firma de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas del archipiélago y numerosas empresas estatales y canarias, que se adhirieron a título particular.


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Adhesión a la Declaración de las Islas Canarias sobre Prevención de Riesgos Laborales

El Instituto Canario de Seguridad Laboral organizó los actos para la adhesión de numerosas instituciones políticas, económicas y sociales de las islas, a la Declaración de las Islas Canarias sobre Prevención de Riesgos Laborales, en el marco de la celebración de Prevecan en La Palma, Fuerteventura, Lanzarote, Tenerife y El Hierro, celebrados entre julio y noviembre de 2009, actos que estuvieron presididos por el consejero de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, Jorge Rodríguez. La adhesión supone el compromiso de los firmantes en implicarse en la labor de lograr que el derecho a trabajar en unas condiciones sanas y seguras se reconozca como uno de los derechos fundamentales. En La Palma firmaron: su Cabildo Insular; el Ayuntamiento de la Villa de Mazo; la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa CEPYME-La Palma; la delegación en la isla del Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación; el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Santa Cruz de Tenerife y la Asociación Profesional de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales de La Palma. En Fuerteventura: su Cabildo Insular; el Ayuntamiento de Puerto del Rosario; la Fundación Laboral de la Construcción-Consejo Territorial de Las Palmas; la Confederación Insular de Empresarios de Fuerteventura; la Asociación de Pequeños y Medianos Empresarios del Municipio de Pájara; la Asociación de Empresarios del Municipio de La Oliva; la Sociedad Cooperativa de Transportistas de Fuerteventura; la Asociación de Comerciantes de la Calle León y Castillo, Virgen de la Peña y aledaños; la Asociación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Fuerteventura; el Colegio Oficial de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales de Gran Canaria y Fuerteventura; el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Las Palmas-Demarcación de Fuerteventura; el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Fuerteventura y la Asociación Canaria de Peritos Judiciales en Prevención de Riesgos Laborales.

En Lanzarote: su Cabildo Insular; el Ayuntamiento de Arrecife; la Asociación Industrial de Canarias (ASINCA); la Asociación de Empresarios Constructores y Promotores de Las Palmas (AECP); la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas (FEHT); la Confederación Canaria de la Pequeña y Mediana Empresa (CECAPYME); la Confederación Empresarial de Lanzarote (AETUR); la Federación de la pequeña y mediana empresa de Lanzarote (FELAPYME); la Asociación Insular de Empresarios de Hoteles y Apartamentos de Lanzarote (ASOLAN); la Asociación de Empresarios de la Construcción de Lanzarote (APIT); la Federación Interinsular de la pequeña y mediana empresa (FELAPYME); el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España; el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Lanzarote (COAAT); el Ilustre Colegio Oficial de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales de Lanzarote; el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias (Sede Insular de Gran Canaria, COIIC); la Cofradía de Pescadores de San Ginés y Aboraservice-Sociedad cooperativa limitada. En Tenerife: su Cabildo Insular; el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna; la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Canarias (ASAGA); la Asociación Industrial de Canarias (ASINCA); la Federación Provincial de Empresarios del Metal y Nuevas Tecnologías de Santa Cruz de Tenerife (FEMETE); la Federación Provincial de Entidades de la Construcción de Santa Cruz de Tenerife (FEPECO); la Fundación Laboral de la Construcción y los Colegios Oficiales de: Agentes Comerciales; Agentes y Comisionistas de Aduanas; Biólogos; Economistas; Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales; Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos; Ingenieros Industriales; Ingenieros Técnicos Forestales y de Veterinarios, además de la Asociación de Técnicos de Prevención de Canarias (ATP). En El Hierro: su Cabildo Insular; los ayuntamientos de Valverde, La Frontera y El Pinar; la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de la Isla de El Hierro (APYME) y el Colegio Oficial de Químicos de Canarias.


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Jornadas Técnicas y Cursos

Comisión Territorial Inspección de Trabajo y Seguridad Social – Instituto Canario de Seguridad Laboral El 4 de Diciembre se reunió en la isla de la Palma la Comisión Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Canarias. Se trata del Órgano de Cooperación Bilateral entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma en materia de Inspección de Trabajo y SS, que tiene como principales funciones: el seguimiento y evaluación de los Objetivos y Actuaciones practicadas durante el ejercicio, la definición de la Programación de Actuaciones para el próximo año, y el establecimiento de mecanismos de información, comunicación y colaboración. El número de efectivos con que cuenta la ITSS en Canarias es de 42 Inspectores y 39 Subinspectores, siendo previsible su incremento el año 2010, pues en el año 2009 se convocaron 200 plazas para todo el Estado. La ITSS, que en la Península cuenta con una única oficina, radicada en la capital de la provincia, sin embargo, en Canarias tiene oficinas en todas las islas, salvo La Gomera y El Hierro. A título de resumen estadístico, durante el año 2009, en materia de prevención de riesgos laborales, se habían finalizado 17.300 actuaciones de distintas materias y aspectos, que han determinado la extensión de 1.212 actas de infracción, por importe global de 5.805.000 Euros. Ha habido 8.672 requerimientos para la subsanación y corrección de deficiencias y anomalías, se han investigado 425 accidentes de trabajo, y se han formulado 129 recargos de prestaciones de la SS, y se ordenó la paralización de trabajos en 71 casos por riesgo grave e inminente. En cuanto al año 2010, se ha aprobado la Programación de Actuaciones, con un total de 5.861 Órdenes de Servicio en sectores como la construcción, talleres de ferralla, almacenamiento en comercios de mayoristas, riesgos psicosociales, manipulación manual de cargas y riesgos ergonómicos en supermercados y hostelería, calderas y aparatos a presión, campañas europeas (pesqueros y riesgos químicos), investigación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, gestión de la prevención (evaluaciones de riesgos, y servicios de prevención propios y ajenos, así como la coordinación de actividades empresariales).


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Jornadas Técnicas y Cursos

Encuentro Inspección de Trabajo y Seguridad Social – Instituto Canario de Seguridad Laboral

La reunión anual entre los técnicos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Canarias y los del Instituto Canario de Seguridad Laboral contó con la presencia de la Fiscalía y la consejería de Sanidad, como actuación para incrementar la efectividad del sistema inspector, y, durante la clausura, se contempló incluir a la judicatura el próximo año. Fruto de la excelente colaboración entre las partes, se mantiene un control constante sobre el mercado laboral canario, tanto en materia de cumplimiento de la normativa de contratación, como en materia preventiva. Se practicaron actas por importe de 44.420.000 euros, por liquidaciones de cuotas a la Seguridad Social y se investigaron 351 accidentes de trabajo. Actuaciones a las que hay que añadir las inspecciones en materia de políticas de igualdad y de reserva del 2% de la plantilla para trabajadores discapacitados, con 3.402 contrataciones para este colectivo. Todo ello, sin olvidar la continua colaboración de las direcciones y los técnicos del Instituto y de la Inspección, a la hora de

realizar innumerables jornadas formativas, que contribuyen a concienciar a la población canaria sobre la importancia de la Prevención de Riesgos Laborales.


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Jornadas Técnicas y Cursos

Semana Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo Jornada Técnica sobre Evaluación de Riesgos

El consejero de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, Jorge Rodríguez, inauguró, el 15 de octubre, junto a Yolanda Rodríguez, directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, una jornada técnica sobre evaluación de riesgos, que se desarrolló en el Auditorio Alfredo Kraus de la capital grancanaria. Se trata de una jornada organizada por el Instituto, con motivo de la Semana Europea de Evaluación de Riesgos, orientada a coordinadores de Seguridad y Salud, técnicos en Prevención, alumnos universitarios y de Formación Profesional y, en general, a todas aquellas personas relacionadas profesionalmente o interesadas en la Prevención de Riesgos Laborales. Su objetivo fue, por un lado, adelantarse a la celebración de la Semana Europea, para que los profesionales del sector de la prevención tuviesen más información sobre la Evaluación de Riesgos, antes del inicio de la campaña europea y, por otro, dar

a conocer el lema principal de la misma y que fue: “Trabajos saludables: Bueno para ti. Buen negocio para todos.” La Agencia Europea aprovechó además este segundo año de la campaña “Lugares de trabajo saludables”, para publicar dos nuevos informes, de carácter sectorial, sobre los riesgos específicos que afrontan los 3,6 millones de trabajadores europeos dedicados a la limpieza. Como problemas, los informes destacaron la escasa valoración social, la prevalencia del trabajo fuera del horario laboral normal y la exposición a sustancias peligrosas. Como posibles soluciones, los informes de la Agencia Europea enumeran algunas medidas a aplicar, desde cambiar sus horarios de la noche al día para aminorar los efectos negativos de trabajar en horarios atípicos, hasta una nueva base de datos que permite elegir el tipo exacto de guantes de protección necesarios para cada tipo de limpieza.


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Jornadas Técnicas y Cursos

Curso de Coordinadores de Seguridad y Salud en obras de construcción

El Instituto Canario de Seguridad Laboral celebró, en las dos capitales canarias, el IV Curso de Coordinadores de Seguridad y Salud en obras de construcción, con el fin de preparar a los responsables de la prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción de Canarias y reducir así las cifras de siniestralidad y de enfermedades profesionales en el sector. La directora, Yolanda Rodríguez Bravo, clausuró en noviembre la cuarta edición del Curso de Coordinadores de Seguridad y Salud en obras de construcción, impartido desde abril, en la Escuela de Ingeniería de Edificación de la Universidad de La Laguna. La duración del curso fue de 200 horas lectivas, asistiendo más de 120 alumnos en ambas capitales. El objetivo del mismo es, en última instancia, reducir la tasa de accidentalidad en las obras de construcción de Canarias, a través de la formación y especialización en la materia de las personas encargadas de dirigirlas. El curso iba dirigido a titulados (arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos) y estudiantes universitarios de último curso de carrera de Escuela Técnica Superior o Universitaria, puesto que es principalmente a los titulados en estas especialidades a quienes la Ley de Ordenación de la Edificación y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción, atribuyen competencias de Coordinación de Seguridad y Salud en este tipo de obras. Como en otros cursos organizados por el Instituto Canario de Seguridad Laboral, la matrícula se abrió, además, para aquellos

técnicos de las oficinas técnicas de las asociaciones sindicales y empresariales interesados en la materia, puesto que una de sus principales tareas es la de asesorar a múltiples colectivos, con lo que las enseñanzas del curso cobran una nueva dimensión y adquieren un efecto multiplicativo en cuanto a su difusión y su repercusión final en la lucha contra la siniestralidad laboral en Canarias.


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Jornadas Técnicas y Cursos

Curso PRL en Agricultura El director general de Trabajo del Gobierno de Canarias, Pedro Tomás Pino, inauguró el curso de capacitación para el desempeño de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales que impartió en La Palma personal del Instituto Canario de Seguridad Laboral. Los técnicos del Instituto repasaron en la Escuela de Capacitación Agraria de Los Llanos de Aridane los principios esenciales de seguridad que se deben seguir en el campo, como parte del curso de capacitación para el desempeño de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales. Concretamente en el sector agrario, se ha visto necesario incrementar los esfuerzos formativos, no sólo para la población trabajadora, sino también para el alumnado de los diferentes ciclos formativos, que se incorporarán al mercado laboral en un breve plazo de tiempo. Dada esta necesidad, la Dirección General de Trabajo mediante su órgano técnico, el Instituto Canario de Seguridad Laboral y, en colaboración con la Escuela de Capacitación Agraria de Los Llanos de Aridane, organizó este curso, que capacita para realizar funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales, como garantía del cumplimiento de la legalidad y con la intención de incrementar sustancialmente la Seguridad y la Salud en el campo palmero.

Curso PRL en Hostelería

Fruto de la colaboración del Instituto Canario de Seguridad Laboral con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se impartió un curso de prevención de riesgos laborales en el sector de la hostelería, por especialistas del Instituto e inspectores de Trabajo y Seguridad Social. La jornada, de dos días de duración, se celebró los días 8 y 9 de octubre en el municipio tinerfeño del Puerto de la

Cruz, con ponencias que versaban sobre riesgos específicos de este sector, tales como: gestión preventiva de las empresas hosteleras; riesgos de incendio; emergencias y evacuación; ambiente térmico; riesgos biológicos; manipulación manual de cargas; turnicidad y horarios de trabajo; estrés y burnout así como riesgos químicos (operaciones de limpieza y desinfección; cloración de piscinas; fitosanitarios en labores de jardinería).


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Máster de Prevención de Riesgos Laborales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Tenerife La III edición del Máster de PRL, organizado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Tenerife (COITITF), se clausuró el 4 de noviembre en la sede colegial de la capital tinerfeña, asistiendo la directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, Yolanda Rodríguez, el Decano del Colegio, Antonio Miguel Rodríguez, y el coordinador del Máster, Jorge Ribes. Con esta tercera edición del Máster de Prevención de Riesgos Laborales, organizado por el COITITF, 46 alumnos, ingenieros técnicos industriales, han obtenido la titulación de Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales, quienes a través de esta formación especializada contribuirán a reducir las cifras de siniestralidad. A partir de este año, y como consecuencia del proceso unificador que ha experimentado el llamado Espacio Europeo de Educación Superior, la formación reconocida para ocupar puestos de especialistas en prevención de riesgos laborales será la que impartan las universidades, a través de los llamados Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales.

Máster de Prevención de Riesgos Laborales de la Fundación Lidia García

La Fundación Canaria Lidia García clausuró en La Palma el último de sus Cursos Superiores en Prevención en Riesgos Laborales así como la especialidad de Ergonomía y Psicosociología, asistiendo el director general de Trabajo, Pedro Tomás Pino, junto con Teresa Rodríguez, directora provincial de la Fundación. La entrada en vigor del llamado Plan Bolonia y la restricción de la formación en la materia al ámbito de la Educación Superior suponen la desaparición de los cursos que venía impartiendo la Fundación en las islas no capitalinas. El director general de Trabajo del Gobierno de Canarias, Pedro Tomás Pino, quiso estar presente en la clausura del último Curso Superior en Prevención de Riesgos Laborales impartido por la Fundación Lidia García, como reconocimiento a la labor que ha desarrollado durante los últimos cinco años, para que Canarias pudiese contar con profesionales preparados en la materia. Al acto acudieron numerosos profesores de distintas islas, así como alumnos del Máster.


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Encuentro Universidad - Empresa sobre condiciones de trabajo

El departamento de Derecho Público de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y el Instituto Canario de Seguridad Laboral organizaron el VI Encuentro Universidad - Empresa sobre condiciones de trabajo, en materia de Prevención de Riesgos Laborales, que se realiza cada año, como colofón del Máster en Prevención de Riesgos Laborales impartido por la universidad grancanaria. Yolanda Rodríguez Bravo, directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, participó en el Encuentro con una ponencia sobre las actuaciones del mismo en las empresas canarias.

En esta sexta edición del Encuentro, los organizadores se marcaron los objetivos de compartir las experiencias y la información enriquecedoras sobre las actividades preventivas que se están desarrollando en las empresas canarias, las dificultades con las que se encuentran y las soluciones adoptadas. Además, se analizaron los criterios de las principales instituciones implicadas en la implantación de sistemas de prevención y se realizó una aproximación a las principales novedades normativas sobre la materia.

Jornadas Universidad de La Laguna La directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, Yolanda Rodríguez, participó en la inauguración de las jornadas universitarias sobre seguridad y salud laboral, fruto de la colaboración existente con el departamento de Derecho del Trabajo de la Universidad de La Laguna, que llevaron por título “Tiempo de Trabajo y Salud Laboral”, celebradas en el Aula “Tomás y Valiente” de la Facultad de Derecho. Las aportaciones de los ponentes se tradujeron en dos días de debate, exposiciones y mesas redondas sobre el Tiempo de Trabajo, después del reciente fracaso de la Unión Europea en su intento por unificar la jornada laboral en todos los países que la componen. Durante las jornadas, se intentó abordar el asunto desde diferentes disciplinas, como el mismo Derecho, la Psicología Social o la Ergonomía. La organización de eventos de este tipo plasma además la creciente importancia que ha adquirido la Prevención de Riesgos Laborales en el marco de la educación superior. De hecho, la inauguración de las mismas coincide con el primer año en que se imparte el nuevo Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales, adaptado a los criterios de la convergencia europea, que permitirá obtener el título de Máster oficial.


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Amianto. Presentación de la Guía Técnica del Real Decreto 396/2006 El Instituto Canario de Seguridad Laboral organizó, junto al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), una jornada técnica para presentar en Las Palmas de Gran Canaria la Guía Técnica del Real Decreto 396/2006, herramienta que pretende ser una gran ayuda durante todo el proceso de manipulación de un material tan peligroso para la salud como el amianto.

Trabajo y Seguridad Social explicaron a los asistentes el contenido de la Guía así como su interpretación y aplicación.

La fabricación y uso de elementos que contengan amianto está prohibido en la Unión Europea desde 2002, pero su uso intensivo antes de esa fecha hace que los profesionales del sector deban conocer la exposición al riesgo según el ámbito y actividades que establece el Real Decreto 396/2006. Durante la jornada, celebrada ya en las dos capitales canarias, técnicos del Instituto Canario de Seguridad Laboral, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y la Inspección de

Jornada método OCRA La directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, Yolanda Rodríguez, inauguró la jornada sobre la metodología OCRA (Occupational Repetitive Actions), para la evaluación de riesgos de origen ergonómico de los miembros superiores, organizada por el departamento que dirige y la Mutua de Accidentes de Trabajo

Jornada PRL Autónomos El Instituto Canario de Seguridad Laboral y la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, FREMAP, organizaron en la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife, una jornada formativa con las especificidades de la Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito del trabajo autónomo. En la inauguración de la misma estuvo presente la directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, Yolanda Rodríguez. Al margen de la información más genérica, la jornada sirvió para dar una atención especial al caso particular de los trabajadores autónomos en el ámbito de la construcción, a los que se explicó las obligaciones que les son exigibles, tanto al ser contratados, como al actuar de contratantes.

y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, FREMAP, en la que también colaboró la Asociación Canaria de Ergonomía y Psicosociología, ACERGO. El objetivo de esta iniciativa es difundir a los especialistas en prevención de riesgos laborales, profesionales del área de

ingeniería y responsables del diseño de puestos de trabajo la Lista de Chequeo OCRA, incluidas las modificaciones propuestas por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, para identificar puestos de trabajo con riesgo de sobrecarga de los miembros superiores en tareas repetitivas.


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Jornadas Técnicas y Cursos

Jornada Delt@ La directora del Icasel, Yolanda Rodríguez, el presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales, José Ramón Dámaso, y el director territorial de Gestión de Mutua Universal, Darío Santana, inauguraron la jornada de tecnificación en el manejo de la aplicación Delt@. El objetivo de la jornada celebrada en la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Las Palmas -con la colaboración añadida de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social- fue para resaltar las mejoras en la eficacia y la eficiencia de todo el sistema de prevención, si se parte de una correcta notificación de los partes de accidente. En la misma, la directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, se encargó de explicar a los asistentes el enfoque con que se tratan dichos partes en la administración pública: una visión desde el propio departamento, muy útil para quienes han de dirigir al Instituto sus formularios. Los asistentes recibieron explicaciones en profundidad acerca de la aplicación informática del Sistema Delt@, la normativa de aplicación y numerosos ejemplos prácticos para cumplimentar los partes de accidentes en dicho sistema.

Evaluación y Control de la Exposición de los Trabajadores al Ruido

Se celebró en Santa Cruz de Tenerife la Jornada técnica sobre “Evaluación y Control de la Exposición de los Trabajadores al Ruido”, organizada por el Instituto Canario de Seguridad Social y la Mutua de Accidentes de Canarias. El encargado de impartir la jornada, inaugurada por la directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, Yolanda Rodríguez Bravo, fue uno de los técnicos de la Mutua de Accidentes de Canarias, Jorge Pérez Luzardo, quien desgranó desde el propio origen del ruido, la mejor manera de afrontar los daños causados por el mismo. Los asistentes pudieron conocer la normativa específica que regula la protección contra el ruido, conformada por el Real Decreto 286/2006 sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a ruido; la Guía Técnica de aplicación de dicho Real Decreto publicada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, o el Documento Básico “Protección frente al ruido” del Código Técnico de la Edificación y al Real Decreto 1367/2007 por el que se desarrolla la Ley del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.


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Jornadas Técnicas y Cursos

Responsabilidades en materia de seguridad y salud en el ámbito de la construcción

La Asociación de Empresarios Constructores y Promotores de la provincia de Las Palmas, AECP, organizó una Jornada sobre “Responsabilidades en materia de seguridad y salud en el ámbito de la construcción”. La presidenta de AECP, María de la Salud Gil, y la directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, Yolanda Rodríguez Bravo, inauguraron las jornadas sobre seguridad y salud en la

construcción, dirigidas tanto a empresarios, como a técnicos especialistas en la materia. La jornada sirvió para difundir información; concienciar a los diferentes agentes que intervienen en el proceso constructivo sobre la importancia de integrar la actividad preventiva en las empresas; las distintas responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales, así como responder a las cuestiones planteadas por los asistentes a la misma.

Jornada Salud Laboral de CCOO La organización sindical Comisiones Obreras analizó la prevención de riesgos laborales desde la perspectiva de género en las jornadas celebradas en las dos capitales canarias los días 1 y 2 de diciembre, bajo el título “Socialización de experiencias”. La directora del Instituto Canario de Seguridad Laboral, Yolanda Rodríguez, aportó la visión del organismo sobre la atención que se da a la mujer en la prevención de riesgos laborales, durante la inauguración de las V Jornadas de Salud Laboral y Mujer de CCOO. Estas jornadas sirvieron para evidenciar la diferencia que todavía existe entre la normativa y el día a día en las empresas. El artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que la evaluación de riesgos del puesto de trabajo tendrá en cuenta las características de los trabajadores y trabajadoras que lo ocupen, pero las observaciones de CCOO concluyen que en contadas ocasiones se valora la condición de género. En especial, las jornadas incidieron en la falta de medidas concretas para la adaptación del puesto de trabajo a las mujeres embarazadas y lactantes, no tanto por la posibilidad de que éstas sufran más accidentes laborales, sino por la posible incidencia de una mala política preventiva en cuanto a trastornos en su salud a más largo plazo.

El otro factor destacado en los encuentros fue el del acoso laboral, que también entraría en el ámbito de la falta de eficacia de las medidas adoptadas por la empresa en materia preventiva. A raíz de esta evaluación inicial de la situación, técnicos del gabinete de salud laboral de esta organización sindical informaron de las experiencias realizadas en algunos centros de trabajo y de las vías posibles para visualizar estos riesgos, evaluarlos, implantar medidas preventivas y diseñar un seguimiento que permita mantenerlas en el tiempo.


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Campañas

Campaña de Prevención de Riesgos Laborales en Formación Profesional

El Gobierno de Canarias pone en marcha una ambiciosa campaña de prevención de riesgos laborales que llegará a 119 centros escolares y a 5.500 alumnos de segundo ciclo de Formación Profesional, en todo el archipiélago. Los directores generales del Gobierno de Canarias para las áreas de Trabajo, Pedro Tomás Pino, y de Formación Profesional y Educación para Adultos, Manuel Jorge Pérez, inauguraron, en el IES El Rincón de Las Palmas de Gran Canaria, la primera de las 119 jornadas formativas sobre prevención de riesgos laborales que se impartirán en los centros de Formación Profesional de Canarias. La campaña se está desarrollando en todas las islas, como en La Palma, donde Pedro Tomás Pino acudió a la jornada cele-

Campaña de Riesgos en el Hogar El Instituto Canario de Seguridad Laboral comenzó a difundir la campaña de Riesgos en el Hogar, orientada al público en general. Técnicos de la Dirección general de Consumo y del Instituto se desplazaron hasta El Hierro, para presentar a los responsables técnicos de las Oficinas de Atención al Consumidor, a los agentes de Desarrollo Local, a los técnicos de Asuntos Sociales y a los representantes de las Asociaciones de Consumidores, el libro de Riesgos en el Hogar, además de ofrecerles una charla especializada sobre cómo prevenir dichos riesgos y trasladar posteriormente los hábitos adquiridos al lugar de trabajo. Además de esta formación especializada, la labor del Instituto Canario de Seguridad Laboral continuó para toda la población en general con un puesto informativo, instalado en la Feria de Artesanía, al que los herreños acudían para informarse y obtener también material divulgativo de la prevención.

brada en el IES Las Breñas, en Breña Baja. El Instituto Canario de Seguridad Laboral, con la colaboración de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, ha organizado esta campaña, cuyo objetivo es concienciar sobre la Prevención de Riesgos Laborales a 5.500 alumnos de segundo ciclo de Formación Profesional. Para lograrlo, la campaña incluye una jornada de dos horas de duración en cada uno de los centros, en la que se proyectará material audiovisual sobre los trastornos músculo-esqueléticos, se conocerán testimonios de afectados por accidentes laborales, a través de la dramatización, se repartirá diverso material divulgativo, y finalizará con un actor interpretando a una víctima de accidente laboral, en silla de ruedas.


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Encuentros, Ferias y Congresos

Congreso Internacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

La participación de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias en la Conferencia Internacional de Seguridad de la Organización Internacional del Trabajo, el 4 de noviembre, se enmarcó en el ámbito del Congreso Internacional A+A “Seguridad y Salud en el Trabajo” y la Feria Comercial de Düsseldorf, Alemania. Con la aportación realizada por una delegación de la Dirección General de Trabajo en esta reunión, se pudo dar a conocer a la comunidad internacional la celebración del Foro Internacional sobre la Cultura de la Prevención en el Lugar de Trabajo, celebrado en Las Palmas de Gran Canaria el 27 de marzo de 2009 y los avances que se han producido desde entonces en la difusión de la Declaración de las Islas Canarias sobre Prevención de Riesgos Laborales, en apoyo a la Declaración de Seúl sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. Además, la participación en la Conferencia Internacional de Seguridad, permitió exponer al detalle la inminente creación del Observatorio Internacional de la Cultura Preventiva en el Archipiélago. La intervención canaria se completó con el ejemplo de AENA, cuyos directivos expusieron en el mismo marco de debate internacional, los avances que han logrado en la integración de la prevención en todas y cada una de las actuaciones que desarrolla esta empresa multinacional de matriz española.


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Prevecan

Prevecan’09 en todas las Islas Canarias

Prevecan El Hierro

Prevecan Tenerife

El Gobierno de Canarias, consciente de la fragmentación de nuestro territorio, impulsó la presencia del II Congreso de Prevención de Riesgos Laborales de Canarias, Prevecan’09, que tuvo lugar en Las Palmas de Gran Canaria entre los días 25 y 27 de marzo de 2009. Así, de acuerdo con el lema del Congreso “Juntos marcando futuro en prevención de riesgos laborales”, Prevecan estuvo presente, durante el segundo semestre de 2009, en La Palma, Lanzarote, Fuerteventura, Tenerife y El Hierro, con el objetivo de hacer llegar a todos los empresarios, trabajadores, entidades y profesionales dedicados a la prevención, así como organizaciones, instituciones y público en general, las conclusiones del foro de encuentro, de carácter internacional en materia de prevención de riesgos laborales, que ha constituido un referente a nivel nacional, y donde Canarias se ha distinguido como nexo de unión entre Europa, África y América para el debate y la reflexión en materia de seguridad y de salud en el trabajo.

En estas Jornadas se utilizó un formato mixto, con entrevistas grabadas en el seno de Congreso, lideradas por ponentes internacionales y nacionales de primer nivel en el ámbito de la prevención, así como con ponencias presenciales. Además, los encuentros insulares dieron pie al debate en la Mesa sobre la negociación colectiva y la prevención, donde estuvieron presentes las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en esta comunidad autónoma. En estas Jornadas insulares, la personas que asistieron tuvieron la oportunidad de escuchar las aportaciones que las principales organizaciones internacionales en materia de Prevención de Riesgos Laborales realizaron en Prevecan’09, como las de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Agencia Internacional de la Seguridad Social (ISSA), la Agencia Europea de la Seguridad y Salud en el Trabajo (OSHA) o el Instituto Nacional para la Salud y la Seguridad Ocupacional de EEUU (NIOSH).


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Prevecan

Numerosos asistentes acudieron a las jornadas insulares de Prevecan, donde participaron un gran número de alumnos de diferentes Escuelas Taller y Talleres de Empleo de las islas, así como de centros de educación secundaria y de formación profesional, permitiendo de esta manera divulgar los primeros conocimientos en esta materia a jóvenes

Prevecan Lanzarote

Prevecan La Palma

Prevecan Fuerteventura

que aún no se han incorporado al mercado laboral. En La Palma se celebró el 3 de julio; en Lanzarote el 30 de septiembre; en Fuerteventura el 29 de octubre; en Tenerife el 3 de noviembre y en El Hierro el 18 de noviembre, quedando la celebración de Prevecan La Gomera para el primer trimestre de 2010.


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El ámbito de aplicación de la nueva directiva máquinas: novedades en lo relativo a las cuasi máquinas y las relaciones con otras directivas Durante la vigencia de la anterior Directiva 98/37, de 22 de junio, relativa a las máquinas, se habían suscitado dudas sobre su ámbito de aplicación. Por un lado, se planteaban problemas respecto de la propia definición de máquinas y sobre la conveniencia de la exclusión de las cuasi máquinas del ámbito de aplicación de la Directiva; por otro lado, también surgieron dudas para delimitar el campo de aplicación de la Directiva sobre máquinas respecto del de otras directivas. Algunos de estos problemas habían sido resueltos por la Comisión en su guía para la aplicación de la Directiva pero la práctica demostraba que era necesaria una intervención legislativa que aclarase expresamente ciertas cuestiones. La aprobación de la nueva Directiva 2006/42, de 17 de mayo, de máquinas ha constituido la ocasión oportuna para revisar el régimen jurídico de las cuasi máquinas y las relaciones de la Directiva de máquinas con otras Directivas. A los efectos de la anterior Directiva, su art. 2 aclaraba que habían de considerarse como máquinas un conjunto de piezas u órganos unidos entre sí, de los cuales uno por lo menos era móvil, asociados de forma solidaria para una aplicación determinada, como puede ser la transformación, tratamiento, desplazamiento y acondicionamiento de un material. Asimismo, aclaraba el art. 2 que a efectos de la Directiva se consideran máquinas los conjuntos de máquinas que funcionasen solidariamente y los equipos intercambiables que modificasen la función de una máquina. En suma, por tanto, para que un determinado equipo fuese considerado como una máquina eran necesarios tres requisitos: que existiese un conjunto de piezas u órganos, que uno de ellos fuese móvil y que en conjunto tuviesen una aplicación determinada. A pesar de la aparente claridad de la definición, en la práctica pronto se suscitaron dudas sobre qué equipos habrían de considerarse incluidos en la Directiva. Sin duda, el aspecto más problemático lo suscitaba la determinación de cuándo una máquina tenía una aplicación determinada y, en particular, la diferenciación entre las máquinas y las denominadas cuasi máquinas o subconjuntos de máquinas que en sí mismas no tienen dicha aplicación determinada, sino que se destinan a incorporarse a otra máquina. Al respecto, señalaba la guía de aplicación de la Directiva que estos subconjuntos de máquinas están constituidos por piezas u órganos ligados entre sí de los cuales al menos uno es móvil. Señalaba que incluso, llegado el caso, aunque no necesariamente, van provistos de servomotores, de circuitos de mando o de potencia. Pero no son propiamente una máquina puesto que no pueden funcionar de forma independiente del resto de la instalación con una aplicación definida. Por lo tanto, cuando un equipo no podía funcionar de manera independiente, sino que para tener una utilidad concreta se debía incorporar a otro equipo, había de considerarse que se estaba ante una cuasi máquina. La principal consecuencia de esta diferenciación es que las cuasi máquinas no tenían que cumplir con los requisitos de

seguridad previstos en la Directiva, ni someterse a ningún procedimiento de certificación de la conformidad con los requisitos esenciales de seguridad. Para comercializar este tipo de equipos que no podían funcionar independientemente bastaba, según el art. 4.2 de la anterior Directiva, con elaborar una declaración de incorporación de la cuasi máquina con un contenido muy básico. La razón de la exclusión de las cuasi máquinas se hallaba en que, en cuanto se destinan a ser incorporadas a un equipo final, se entendía más eficiente analizar la seguridad de todo el equipo como diseño dirigido a un único fin, mejor que analizar la seguridad de cada parte. En la misma lógica, el segundo guión de la Directiva consideraba máquinas a las instalaciones complejas compuestas por varias máquinas que funcionan solidariamente. En este caso tampoco se exigía la conformidad de cada máquina con los requisitos de seguridad sino del conjunto de la instalación. Ahora bien, en todo caso, las cuasi máquinas habían de ser fabricadas respetando las reglas del arte del momento de su comercialización y el fabricante de las mismas habría de suministrar al montador la información necesaria sobre las características de la cuasi máquina y sobre la forma correcta de instalación. Sin embargo, en la práctica pronto se advirtió que la exclusión de las cuasi máquinas, aunque se exigiera la conformidad de todo el conjunto en el que van incluidas, no parecía la mejor opción a efectos de garantizar un nivel elevado de seguridad en la Comunidad y que resultaba más fiable la previsión de requisitos de seguridad específicos para las cuasi máquinas. Por otro lado, la labor del montador o del fabricante del conjunto de la instalación en que se incorporan las cuasi máquinas se facilitaría si los requisitos para comercializar las cuasi máquinas fueran más estrictos y se exigiera al fabricante de estos equipos una mayor información sobre sus características y los riesgos que puedan presentar. Con el fin de corregir estas deficiencias, la nueva Directiva de máquinas en su artículo 1 g) incluye expresamente las cuasi máquinas en su ámbito de aplicación, y en su art. 2 g), aclara que ha de entenderse por tal un conjunto que constituye casi una máquina, pero que no puede realizar por sí solo una aplicación determinada. Un sistema de accionamiento es una cuasi máquina. La cuasi máquina está destinada únicamente a ser incorporada a, o ensamblada con, otras máquinas, u otras cuasi máquinas o equipos, para formar una máquina a la que se aplique la presente Directiva. A la luz de la definición de la Directiva, cabe concluir que la cuasi máquina a diferencia de la máquina completa, no ha sido sometida a un proceso de ensamblaje tan extenso como para que pueda realizar por sí sola una aplicación determinada, incluyendo un manejo y funcionamiento seguro de la misma. No obstante, aunque las cuasi máquinas quedan plenamente incluidas en el ámbito de aplicación de la Directiva, se someten a un


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régimen particular, diferente del previsto para las máquinas. Para la comercialización de las cuasi máquinas basta con la elaboración del expediente técnico en el que figuran las características de la cuasi máquina y los requisitos de seguridad a los que se ha sometido, el manual de instrucciones y la declaración de incorporación de la cuasi máquina, que es el documento mediante el cual el fabricante declara que la cuasi máquina es conforme con las exigencias de seguridad de la Directiva. Tal y como se apuntaba al inicio, otra de las grandes aportaciones de la nueva Directiva de máquinas es la delimitación de su campo de aplicación respecto del de otras Directivas. Como es sabido, en el marco del nuevo enfoque que inspira la armonización técnica comunitaria se elaboran directivas horizontales que cubren los riesgos comunes a diversas categorías de productos, como la Directiva sobre compatibilidad electromagnética, y existen otras Directivas, denominadas verticales, que cubren una determinada categoría de productos, como, por ejemplo, la Directiva sobre recipientes a presión. La regla que tradicionalmente ha regido las relaciones de la Directiva de máquinas con otras directivas es de especialidad, de tal manera que la Directiva de máquinas no se aplicará cuando los riesgos previstos en su Anexo estén cubiertos total o parcialmente de modo más específico por otras directivas comunitarias. Así lo disponía la anterior Directiva y así lo mantiene la nueva Directiva en su art. 3. Aun y todo, en la práctica se plantean problemas para determinar qué aspectos quedan cubiertos por una directiva más específica. Ya durante la vigencia de la anterior Directiva de máquinas se habían suscitado dudas en torno al ámbito de aplicación de las Directiva de máquinas y las Directivas de Baja Tensión, de ascensores y de tractores. En lo referido a la Directiva de Baja Tensión, la anterior Directiva de máquinas se limitaba a señalar que cuando los riesgos fueran principalmente eléctricos se aplicaría la Directiva de Baja Tensión. El fabricante teniendo en cuenta la evaluación de riesgos debía decidir si el riesgo era principalmente eléctrico. La nueva Directiva aclara expresamente que quedan fuera de su ámbito de aplicación los electrodomésticos, equipos audiovisuales, equipos de tecnología de la información, máquinas corrientes de oficina, aparatos de conexión y mando de baja tensión y motores eléctricos, siempre que estén incluidos en la Directiva de Baja Tensión. Estos productos quedan excluidos de la Directiva de máquinas y se someten únicamente a la Directiva de Baja Tensión. No acaban aquí las relaciones entre la Directiva de máquinas y la Directiva de Baja Tensión, ya que las máquinas incluidas en el ámbito de aplicación de la nueva Directiva se encuentran sometidas a la Directiva de Baja Tensión en lo referido a los riesgos referidos al peligro eléctrico,. Así lo dispone el apartado 1.5.1. del Anexo I de la Directiva de Máquinas, en virtud del cual, los objetivos en materia

de seguridad establecidos en la Directiva 73/23/CEE se aplicarán a las máquinas. No obstante, las obligaciones relativas a la evaluación de conformidad y la comercialización y/o puesta en servicio de una máquina con respecto a los peligros provocados por la energía eléctrica se regularán exclusivamente por la presente Directiva. De tal manera que las máquinas habrán de cumplir los requisitos esenciales de seguridad del Anexo I pero, para los riesgos de origen eléctrico, habrán de seguirse los requisitos de seguridad previstos en la Directiva de Baja Tensión. La nueva Directiva aclara también las relaciones con la Directiva de ascensores. Los requisitos de seguridad de los ascensores se encuentran regulados por la Directiva 95/16, de 29 de junio, que, en la medida en que constituye una Directiva más específica se aplica prioritariamente respecto de la Directiva relativa a las máquinas. De manera que los ascensores incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva 95/16 se encuentran excluidos de la Directiva de máquinas. En este punto, la nueva Directiva, a través de su art. 24, ha introducido una importante modificación en el ámbito de aplicación de la Directiva 95/16 sobre ascensores que implica que determinados ascensores anteriormente cubiertos por esta Directiva pasen ahora a estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva de máquinas. De acuerdo con el citado art. 24, los ascensores que tengan una velocidad inferior a 0,15 metros por segundo y los ascensores de obras de construcción quedan excluidos del ámbito de aplicación de la Directiva sobre ascensores y, por tanto, a partir de ahora pasarán a regirse por la Directiva relativa a las máquinas. También la nueva Directiva de máquinas ha clarificado su relación con las Directivas sobre tractores agrícolas y forestales. Queda claro ahora que la Directiva de máquinas es complementaria para estos tractores, respecto de los riesgos no cubiertos por la Directiva 2003/37, sobre tractores agrícolas y forestales. No obstante, paulatinamente se han ido ampliando los riesgos cubiertos por la Directiva sobre tractores y es de esperar que en un futuro no exista margen para la aplicación complementaria de la Directiva de máquinas. La nueva Directiva excluye de su ámbito de aplicación a los medios de transporte. Quedan así excluidos los tractores, los vehículos cubiertos por las Directivas sobre vehículos a motor y remolques y de vehículos de motor de dos y tres ruedas. La novedad de la Directiva radica en que expresamente señala que las máquinas instaladas en dichos vehículos sí que forman parte del ámbito de aplicación de la Directiva máquinas. Durante la vigencia de la anterior Directiva había sido la Comisión en su guía de aplicación la que había aclarado que estas máquinas instaladas en un medio de transporte quedaban incluidas en la Directiva. Beatriz Rodríguez Sanz de Galdeano Profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad Pública de Navarra


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Condiciones de seguridad en excavaciones o vaciados

En Canarias la escasez y encarecimiento del suelo exigen que en las zonas urbanas se construyan los aparcamientos subterráneos a mayores profundidades de excavación. En la ejecución del vaciado de este tipo de construcciones se manifiestan una serie de problemas debidos a los tipos de terrenos presentes en nuestras islas, agravado además por la aparición de canalizaciones y edificaciones colindantes de cierta antigüedad. Por ello el estudio o informe geotécnico tiene que ser preciso para adecuar las cimentaciones de las estructuras a los terrenos que las soportan, para garantizar así su estabilidad volumétrica y su resistencia mecánica. La Dirección Facultativa o Técnica de la obra es quien deberá determinar, en función del estudio geotécnico, las técnicas o métodos para estabilizar el terreno durante la ejecución del vaciado las cuales entre otras, se pueden clasificar en: • Sistema de vaciado sin estructura previa: Vaciado por corte vertical, talud natural, batache, entibación, bulonado y gunitado o sistemas de apeo y apuntalamiento, etc.. • Sistema de vaciado con estructura previa: Sustentaciones de base, muro pantalla, muro de contención anclado por secciones, pilotes pasivos, pilotes activos, micropilotes, anclajes especiales, etc..

demás, dicha Dirección A Facultativa o Técnica de la obra deberá, en coherencia con el Proyecto de Ejecución, reflejar en el Estudio, los sistemas de excavación, cimentación y protección para la realización del vaciado, teniendo en cuenta las posibles sobrecargas estáticas y dinámicas debidas a la existencia de viales y maquinaria, presencia de cimentaciones o edificaciones colindantes, colectores, canalizaciones y acopio de cargas y materiales. Así mismo, dichas técnicas, métodos y / o procedimientos se concretarán por el contratista en el Plan de Seguridad y Salud de la obra, el cual además debe incluir la descripción del tipo, modelo y características técnicas de los medio auxiliares para su ejecución (encofrados, puntales, andamios, escaleras, plataformas, consolas de trabajo etc..) donde se especifique los tipos de anclaje, rigidizador, mordaza, compensador, tensor, diámetros barras de atirantado, puntales, gancho de izado, barandillas etc.. y las distancias máximas entre ellos, así como las posibles configuraciones de los paneles y la secuencia de montaje y desmontaje según especificaciones del manual del fabricante o del estudio técnico aportado por la empresa suministradora; desarrollando además las medidas preventivas a aplicar para la ejecución de dicha unidad de obra. En el caso de utilización de muros prefabricados se aplicará lo estipulado en el art. 76 EHE 08.

Si por razones de ejecución se realizara alguna modificación, deberá redactarse un anexo al Plan de Seguridad y Salud, que ha de aprobar el Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución de la obra, previo al comienzo de los trabajos. (RD 1627/97). Medidas a adoptar antes y durante los trabajos: • Realizar estudio geotécnico del terreno y conocer las características físicas y mecánicas del mismo para determinar el sistema de protección interior del vaciado. • Inspeccionar la zona, antes del inicio de los trabajos, para comprobar si el solar está afectado por sobrecargas o solicitación de cimentaciones próximas o viales. • Vallar y acotar el solar teniendo presente las distancias de seguridad. • Localizar las canalizaciones de electricidad, telefonía, saneamiento, agua, etc. • Desviar fuera del recinto de la obra o dejar sin tensión las líneas de tendido eléctrico que puedan afectar a la seguridad de la obra. • Colocar testigos en los edificios colindantes y, si es necesario, proceder a su apeo y apuntalamiento. • Tramitar el corte de tráfico, si se considera necesario, para evitar las posibles influencias de las sobrecargas dinámicas provocadas por el tránsito de vehículos en las paredes de la excavación. • Prever la ubicación de la grúa-torre y la circulación de la maquinaria. • Considerar, en los sistemas de protección elegidos, los trabajos posteriores de impermeabilización del trasdós de los muros de cimentación e instalación de drenaje. • Instalar protecciones perimetrales en las zonas de coronación de las paredes de la excavación, acotando y señalizando aquellas otras no transitables. • Instalar escaleras fija-provisional para el acceso del personal al fondo de la excavación, cumpliendo lo estipulado en RD. 2177/2004. • Disponer de rampas para vehículos y maquinaria , de forma que su anchura quede incrementada en 0,70 metros a cada lado, con taludes protegidos en los laterales y que su pendiente no supere el 12 % en tramo recto y el 8% en curvo. • Revisar el estado de las paredes del talud antes de realizar cualquier trabajo a pie del mismo, y si es preciso, proceder a su saneo o apeo. • Contar con la presencia de personal capacitado y competente en estos trabajos, y en su caso disponer de Recurso Preventivo. • Proteger las armaduras de la cimentación con setas de PVC o instalar carcasas de protección. • Comprobar que las bombas de achique de agua disponen de la obligada protección contra contactos eléctricos directos e indirectos. • Utilizar equipos de elevación de personas y de material normalizados y certificados en los trabajos de bulonado, tensado, gunitado de taludes,etc.. • Dotar al trabajador de los equipos de protección individual adecuados a los riesgos y de la ropa de trabajo en función de la climatología. Francisco J. Carballo Romero Técnico de Prevención de ICASEL (Las Palmas)


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Alrededor de la Higiene Inversa

Ya se ha tratado en anterior número de esta revista la dificultad de ejecución de actividades relativas a la higiene ocupacional de los agentes químicos. Esos obstáculos han dado lugar a diferentes intentos en la simplificación de la evaluación de los riesgos higiéniHigiene cuantitativa cos basada en factores decisivos. El coste económico de los recursos materiales y tiempo, en la Identificación determinación de las concentraciones a las que se exponen los trabajadores, constituye una de las barreras difíciles de superar Evaluación en la acción preventiva higiénica. Ello ha dado lugar a repensar el orden de las fases de actuación Control en Higiene. Diferentes modelos de lo que se considera como metodologías simplificadas del riesgo1 son citados en publicaciones y Notas Técnicas de Prevención del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. El nuevo planteamiento trata de un acercamiento al criterio operativo en prevención de riesgos laborales que propone conceptual y prácticamente “la eliminación del riesgo que sea evitable” en primera instancia, por dos vías que algunas fuentes las denominan mejoras, o medidas correctoras más evidentes: •E n la revisión del diseño del proceso productivo. •E n la adopción de medidas que garanticen de partida, antes de la evaluación, unas condiciones que incorporen prevención per se. Con esta primera decisión se identifican agente y riesgo, avalados por el conocimiento científico. Sin embargo, es en la segunda fase de evaluación con el dimensionamiento, a través de la valoración o medida del riesgo residual en donde se empieza a apreciar las ventajas de este procedimiento de actuación al haberse anticipado parte del proceso de control del riesgo. Como resultado se disminuye la exclusiva dependencia de la evaluación higiénica cuantitativa por la toma en consideración de los aspectos cualitativos que brindan la higiene teórica y operativa. Algunos autores2, destacan una acentuación en el grado de reconocimiento del agente en el proceso laboral y una actuación inmediata en el control previo, y fijan otras características asociadas a la aplicación de la metodología, como son: a) Sencilla aplicación (en los casos de riesgo de inhalación y contacto dérmico, por separado), b) Facilidad 1 “La evaluación simplificada del riesgo químico”, Erga Noticias, PP. 3, nº 105, 2008. MTIN, INSHT. CAVALLÉ OLLER, N., NTP 749: Evaluación del riesgo de accidente por agentes químicos. Metodología simplifica, MTIN, INSHT. PIQUÉ ARDANUY, T., NTP 750: Evaluación del riesgo por exposición inhalatoria de agentes químicos. Metodología simplificada, MTIN, INSHT. 2 OLEART COMELLES, P. ET AL (2008): Estudio preliminar. Nuevo enfoque en higiene industrial: La evaluación cualitativa, Barcelona, Foment del Treball Nacional y Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. POU I SERRA, R., (2008): Nuevo modelo de Higiene industrial: Validación de procesos de evaluación de la exposición, SGS TECNOS, S.A., Santander, XII Congreso de la Sociedad Española de Medicina y Seguridad del Trabajo.

en el establecimiento del peligro, con información ampliada, y de la exposición (banda de control), c) Exposición según proceso y control colectivo (ventilación) y d) Comparativa con casos conocidos. Higiene Inversa (cualitativa)

Identificación Primeras mejoras

Evaluación (residual)

Control (finalista)

Según las experiencias en higiene inversa de diferentes países3, tras conocer el grado potencial de peligro del agente químico, la operación en la que se utiliza, las condiciones del ambiente, la capacidad y la cantidad de producto que puede pasar al mismo, se actuará en una primera mejora4. La siguiente actuación ante la presencia no corregida o mejorada del agente como riesgo residual es el proceso de evaluación tradicional.

Con todo lo expuesto, pueden aparecer algunas incertidumbres. Pero imperará la obligación de evaluación que establece el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo y otros reglamentos específicos. Y ante una posible generalización en la aplicación de la metodología ha de primar el cumplimiento estricto de los reales decretos. La actuación es apta para el riesgo por vía respiratoria y dérmica. Ello puede inducir a una hiperutilización de las protecciones de carácter individual (EPI´s), lo cual obliga a no reducir el control exclusivamente a la protección individual y sí a fomentar la mejora en el proceso productivo, en el mantenimiento, y en la protección colectiva. Así el uso de EPI´s deberá ser de forma complementaria, salvo en operaciones concretas según su definición y su duración. Además, la entrada en vigor del REACH, va a permitir una mayor firmeza en la toma de decisiones en las prácticas de la higiene inversa. C onsiderando la importancia que la Organización Internacional del Trabajo da a las enfermedades profesionales, en España, se puede facilitar el ejercicio de la prevención higiénica en las pequeñas y medianas empresas con intervenciones ajustadas en costes. Queda pues, a la decisión del empresario y de su asesor técnico higienista, tras un conocimiento en rigor, la opción de la aplicación de la higiene inversa en la evaluación higiénica de las actividades laborales que lo permitan. OLEART COMELLES, P. ET AL, op. cit., pp.10-74, Para la evaluación del riesgo por inhalación: COSHH Essentials (Control of Substances Hazardous to Health. Reino Unido); International Chemical Control Toolkit (CCTK) (OIT-ILO); Easy-to-use Worplace Control Scheme for Hazardous Substances (Alemania); Methodologie D’Evaluation Simplifiée du Risc Chimique ( Francia). Para la evaluación del riesgo por contacto dérmico: Methodologie D’Evaluation Simplifiée du Risc Chimique ( Francia) ; Easy-to-use Worplace Control Scheme for Hazardous Substances (Alemania). 4 OLEART COMELLES, P. ET AL, op., cit, pp., 6.

3

Miguel Angel Figueroa Fernández Jefe del Área Técnica de Higiene Industrial de ICASEL


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Ergonomía y Discapacidad. Responsabilidad Social Empresarial

Cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo incluyendo a los trabajadores con discapacidad, y así evitar tanto la discriminación como alcanzar mayor seguridad para todos, son objetivos de la responsabilidad social empresarial (RSE) que en los últimos años se ha convertido en el nuevo paradigma de gestión empresarial y cada vez más empresas la integran en el seno de sus estrategias.

Ergonomía a este grupo de población ya que las consecuencias negativas de no aplicarla, son mayores que en el caso de otros colectivos. Aunque siempre interesa adaptar el entorno al usuario, en el caso de la integración laboral de estas personas debe ser una prioridad en toda sociedad avanzada. Las experiencias demuestran que su contratación es beneficiosa y rentable para el empresario:

La Comisión Europea la define como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores.

• Al haber tenido mayores dificultades para acceder al mercado laboral, muestran un nivel de motivación muy elevado.

La discapacidad es uno de los factores que componen la denominada “diversidad”, siendo ésta un valor en alza en la gestión de las empresas. No obstante, en este marco muchas veces la discapacidad queda relegada frente al protagonismo de otros criterios de diversidad, lo que hace que sea necesario un tratamiento específico de la misma dentro de la RSE. Por otro lado, en un entorno altamente competitivo, una buena práctica empresarial en relación con las personas con discapacidad puede suponer un factor diferencial, incrementando la reputación y mejorando la imagen y por otro, supone aprovechar el potencial y el talento de un importante porcentaje de la población . La comunicación con este grupo se ve facilitada por el hecho de que cuentan con entidades representativas de una gran profesionalidad, entre las que destaca la Fundación ONCE y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que es la plataforma que engloba a todas las organizaciones de este ámbito. La incorporación de la dimensión de la discapacidad en la RSE afecta transversalmente a la política de la empresa, incluyendo compromisos, actuaciones y prácticas que trascienden la mera acción social y puede ser aplicable a los diferentes ámbitos de la RSE, como por ejemplo, gobierno, política de inversión, transparencia, recursos humanos, relaciones con clientes y proveedores, etc. Es un aspecto de creciente regulación. Una empresa responsable ha de respetar la normativa, buscando la excelencia en el cumplimiento de la misma, y haciendo propios los principios regulados. Diferentes aspectos relacionados con la discapacidad están regulados de manera específica y lo estarán más en un futuro próximo. La Ergonomía aplicada a las personas con discapacidad es especialmente necesaria, dado que dependen mucho más de su entorno inmediato que una persona que no las tiene. Si ese entorno no se ajusta a sus características, necesidades y limitaciones, repercutirá no sólo en el confort, facilidad de uso y eficiencia a corto plazo, sino también en su salud, seguridad, independencia, bienestar social y, en definitiva, en su calidad de vida. Ello significa la importancia de aplicar la

• Los costes asociados a su contratación (por ejemplo la adaptación del puesto de trabajo) son bajos y están en gran parte financiados. • Los empresarios que contratan personas con discapacidad disponen de incentivos, subvenciones,.. • Su contratación supone una notable mejora en la imagen social, no olvidando la obligación legal en las empresas de más de 50 trabajadores ( que han de tener un 2% de personas con discapacidad en su plantilla de trabajadores) La Ergonomía tiene una aportación muy relevante en dos de las principales fases del proceso de integración laboral de este colectivo: • Búsqueda y selección del empleo: aporta una serie de técnicas y herramientas que permiten la comparación entre las demandas y las capacidades funcionales de las personas, con el objetivo de identificar el puesto de trabajo más adecuado facilitando la decisión relacionada con su selección. • Adaptación de puestos de trabajo: La base fundamental, en todos los casos, es la de relacionar los requisitos de la tarea con la capacidad del trabajador para realizarla, con la finalidad de determinar cual es el puesto de trabajo adecuado o las modificaciones que hay que realizar en el puesto de trabajo existente. Existen diferentes métodos para intervenir en la adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad, en cualquier caso, deben realizarse considerando la privacidad, confidencialidad, comodidad, autonomía y autoestima de las personas con discapacidad, maximizando así su integración en la sociedad. Finalmente, hay que señalar que, tras el análisis del puesto de trabajo que se pretende adaptar a la persona con discapacidad , se observa en muchas ocasiones que la solución a los problemas que puedan existir pasa por considerar una serie de criterios ergonómicos aplicables a cualquier condición, independientemente de quien sea el trabajador. Dichos criterios afectan al diseño del espacio y del material de trabajo, del entorno o del propio proceso de trabajo. Estos criterios se sitúan en la línea marcada por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales cuando señala los principios de la acción preventiva. María José Fraile Peñate Coordinadora del Programa de Ergonomía y Psicosociología Aplicada Instituto Canario de Seguridad Laboral (ICASEL)


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Una nueva reforma a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Desde la entrada en vigor de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en febrero de 1996, se han venido sucediendo algunas modificaciones de su articulado con la loable finalidad, no siempre conseguida, de su aclaración o adaptación a nuestra realidad empresarial. Dos leyes, de reciente publicación, la 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio; y la 25/2009, de 22 de diciembre, de adaptación a nuestro ordenamiento de la anterior norma, han venido a incidir con hondo calado, en nuestro ordenamiento jurídico. Y ello, en aplicación de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. Por lo que respecta a la normativa prevencionista, la Ley 25/2009, en su Capitulo IV, procede a la modificación de diferentes artículos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Y así, al articulo 5 de la LPRL, referente a los objetivos de la política en materia de prevención, se le añade un quinto apartado en el que se requiere a los órganos legislativos se tenga en cuenta las necesidades y dificultades especificas de las pequeñas y medianas empresas, con la obligación de considerar tales circunstancias a la hora de elaborar las disposiciones generales en materia de prevención de riesgos laborales. Era ésta, una reiterada solicitud de las organizaciones empresariales de la pequeña y mediana empresa, al entender que el nivel de exigencia preventiva no podía constreñirse de forma general y monolítica a todos, o a casi todos por igual, sin contemplar las singularidades de lo que de forma genérica ha venido denominándose pequeños negocios.

cia, contenido y gravedad de los riesgos; planificación, referida a la toma de medidas preventivas ante los riesgos detectados; y plan, como organigrama de integración empresarial en materia de prevención. Tanto la ley como el reglamento de los servicios de prevención, concretan en función de la plantilla y la actividad los niveles de exigencia preventiva. Habrá que esperar el contenido de la simplificación anunciada, lo que se antoja incierto, por cuanto permaneciendo vigente en su actual redacción el artículo 15 de la LPRL, que establece los principios de la acción preventiva de forma minuciosa y pormenorizada, no parece excesivo el espacio necesario para la simplificación, so pena de caer en la reducción del nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Por otro lado, la experiencia inspectora nos muestra que la elaboración de las evaluaciones, planificaciones y plan, presentan en muchos casos, un excesivo nivel de generalidad, en el intento de un mero cumplimiento formal de la norma, que afecta al reconocimiento explícito recogido en el articulo 14 de la LPRL: Los trabajadores tiene derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Concluiremos sugiriendo, a quien corresponda, un cierto sosiego legislativo. Las modificaciones realizadas en la Ley de Prevención de Riesgo Laborales están suponiendo una gran volatilidad de su articulado, no permitiendo la necesaria implantación en el marco laboral, que se ve obligado a continuas relecturas de la norma para su correcta aplicación.

La modificación del artículo 16 de la LPRL, recoge el criterio expuesto a través de un nuevo apartado 2 bis, que establece la posibilidad de realizar el plan, la evaluación y la planificación de la actividad preventiva de forma simplificada, en función del numero de trabajadores y la naturaleza y peligrosidad de la actividad realizada. Claro es, sin que ello suponga una reducción del nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Se deja para posterior desarrollo reglamentario su contenido pero, hubiese sido deseable una mayor concreción a la hora de establecer el objetivo último. Recordemos la importancia del citado artículo 16, al establecer las instituciones preventivas básicas para la efectiva prevención en la empresa: evaluación, en cuanto determinación de la existen-

Fernando Pinazo Ristori Inspector de Trabajo y Seguridad Social Santa Cruz de Tenerife


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ITSS

La posible responsabilidad civil de los Servicios de Prevención Ajenos

Desde el punto de vista laboral, la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales establece, con carácter general, que el responsable del cumplimiento de la protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales es el empresario.

Superior de Justicia de Castilla y León de 8 de Mayo de 2006) y de la doctrina (Catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia Señor Tomás Sala Franco en el Sexto Congreso Nacional de Derecho Sanitario).

Para el desarrollo de las actividades preventivas puede recurrir a un servicio de prevención ajeno a fin de complementar la actividad preventiva desarrollada por él mismo.

Esta orientación unido a que desde el punto de vista civil la relación entre el empresario y el servicio de prevención ajeno es un arrendamiento de servicios determinaría, a priori, la posibilidad de aplicar el artículo 1.101 del Código Civil que dispone que “quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que, en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren el tenor de aquélla”.

¿Qué ocurriría si debido a una deficiente actuación de los técnicos del servicio de prevención ajeno el empresario se ve obligado a asumir una sanción por incumplimiento de sus obligaciones en materia preventiva? ¿Es posible reclamar civilmente a ese servicio de prevención ajeno su responsabilidad contractual?. El artículo 14.4 de la LPRL (Ley de Prevención de Riesgos Laborales) establece que “las obligaciones de los trabajadores establecidas en esta Ley, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por ello le eximan del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso, contra cualquier otra persona”. Una lectura de este precepto permite entender que se abre la vía de reclamar civilmente una posible responsabilidad al servicio de prevención ajeno, y así parece entenderlo parte de la jurisdicción social (Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 16 de Julio de 2004, Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal

Sin embargo, la cuestión no es clara a día de hoy, ni desde el punto de vista civil (dada la dificultad de determinar sin género de duda una deficiente actuación del servicio de prevención ajeno y una relación causa-efecto directa entre esa actuación y el incumplimiento que determina la sanción) ni desde el punto de vista laboral por cuanto, por ejemplo, el artículo 123.2 de la Ley General de la Seguridad Social, en materia de recargo de prestaciones, establece que “la responsabilidad del pago del recargo no podrá ser objeto de seguro alguno, siendo nulo de pleno derecho cualquier pacto o contrato que se realice para cubrirla, compensarla o transmitirla”. Sin duda se trata de una cuestión que alberga muchas incógnitas, dada la especial trascendencia de la prevención de riesgos laborales en la sociedad española, pudiendo generar controversia en el futuro entre empresarios y servicios de prevención ajenos.

Mirian de Ron Cambon Inspectora de Trabajo y Seguridad Social Las Palmas de Gran Canaria


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Estrategia Canaria para la Prevención de Riesgos Laborales 2009-2013 desde una perspectiva empresarial El pasado 2 de Noviembre de 2009, las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas junto con el Gobierno de Canarias suscribieron la “Estrategia Canaria para la prevención de riesgos laborales” para el periodo 2009-2013. Con la firma de este documento se consolida el empeño que durante más de once años hemos tenido conjuntamente los agentes sociales implicados, para que desde la prevención se mejoren las condiciones de trabajo de nuestra Comunidad Autónoma y se implante una verdadera cultura preventiva, con el objetivo último de la reducción de la siniestralidad laboral en Canarias. Una de las principales aportaciones que realiza la Estrategia es contemplar la Prevención de Riesgos Laborales como prioridad política de primer orden para el conjunto de Canarias, favoreciendo la implicación y la corresponsabilidad de todos los agentes intervinientes, y cambiando la orientación de una política que, hasta ahora, había carecido de visión de conjunto. Otro aspecto positivo es que posiciona a la Prevención de Riesgos Laborales, junto a otras materias ya clásicas, como un aspecto fundamental de la Concertación Social y pretende avanzar, igualmente, en la tan nombrada cultura de la prevención, que ha ido calando en amplias esferas de la sociedad, aunque aún no se ha generalizado de la forma deseable. Cabe destacar el establecimiento de instrumentos que coadyuven la adaptación de la extensa normativa en materia de prevención de riesgos laborales a la práctica totalidad del tejido empresarial canario, favoreciendo su integración en la gestión empresarial. Se debe hacer mención que para llevar a cabo todos estos objetivos se debe utilizar como vehículo de difusión y asesoramiento a la herramienta más eficaz y que mejores resultados ha proporcionado en los últimos años a todos los niveles, las Oficinas y Gabinetes Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. La importancia de éstas, radica en que son el verdadero motor de la Prevención de Riesgos Laborales y prueba de ello es, que durante estos últimos cinco años, las Oficinas de las organizaciones empresariales han visitado a más de 7 mil empresas y se ha divulgado la prevención entre más de 16 mil usuarios. Asimismo, cabe afirmar que debemos seguir trabajando en el desarrollo del presente documento, a través del diálogo, cuya eficacia exige la lealtad de todos los copartícipes con el correspon-

diente ejercicio de corresponsabilidad en el desarrollo del Plan de Trabajo. Estamos totalmente de acuerdo con que la Prevención es una inversión productiva y no un gasto superfluo, pero nuestra experiencia nos dice que corremos el riesgo de que en el Plan de Trabajo, de entre las más de 100 medidas acordadas, se priorice los aspectos coercitivos y sancionadores en detrimento de las necesarias acciones informativas, de investigación o formación y de apoyo a las empresas. Y para prueba de ello un botón, desde el mundo empresarial contemplamos con creciente preocupación algunos planteamientos que observan el derecho penal y la criminalización de los empresarios como paso imprescindible para avanzar en la prevención de riesgos laborales. El empresario responde ante un exhaustivo conjunto de responsabilidades en el orden administrativo, civil, de seguridad social y penal vinculado a las obligaciones preventivas. Es cierto que la Ley responde al principio de responsabilidad del empresario exigiéndole una obligación de medios y de resultado, al margen de que haya habido, o no, incumplimiento de la normativa, e incluso aunque el trabajador no cumpla sus propias obligaciones preventivas. Pero también es cierto que, desde el punto de vista de la realidad, el accidente es consecuencia de la acción de un individuo. El modo de actuación del trabajador puede tener, en determinados casos, gran influencia en la producción del resultado dañoso. Estas causas son de más difícil corrección y dependen de la formación, del adiestramiento y de la motivación de las personas, siendo todos estos elementos herramientas imprescindibles para implantar una cultura de la prevención. Por ello, debemos seguir trabajando en el desarrollo de la Estrategia, a través del diálogo, cuya eficacia exige la lealtad de todos los copartícipes con el correspondiente ejercicio de corresponsabilidad sobre lo actuado. Como conclusión, decir que en la Confederación Canaria de Empresarios estamos seguros de que con la firma de este documento se logrará una disminución de la siniestralidad laboral en Canarias, así como una mejora en la condiciones de trabajo, y destacar que, para la consecución de estos objetivos, hay que tener en cuenta tres conceptos de suma importancia, como son: la corresponsabilidad, la coordinación y la colaboración entre los agentes sociales implicados en la Prevención de Riesgos Laborales.


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TENERIFE

Trabajador Autónomo: Aplicación Normativa en Materia de Prevención de Riesgos Laborales

autónomo que desarrolle su actividad en un centro de trabajo donde concurran una o más empresas;

La figura del trabajador autónomo o por cuenta propia ha adquirido una importancia más que significativa en el mercado laboral español en los últimos años. Los actuales modelos de organización empresarial, han propiciado que gran cantidad de trabajadores hayan apostado por el trabajo autónomo como una alternativa real en el desarrollo de sus actividades productivas.

b. los artículos 8, 16 y 26 de la LETA, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Interrupciones justificadas de la actividad profesional y Acción protectora, respectivamente;

Para conocer la aplicación normativa en prevención de riesgos laborales dentro de este colectivo debemos diferenciar cuando el trabajador autónomo tiene trabajadores a su cargo y cuando no.

c. el Real Decreto 1627/1997 relativo a las Obras de Construcción, más concretamente en su artículo 12, que determina las obligaciones del trabajador autónomo y

En referencia a los autónomos con trabajadores a su cargo, debe considerarse que su gestión preventiva responde a la totalidad de las obligaciones que se establecen en materia de Prevención de Riesgos Laborales, tanto en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales como en sus normas de desarrollo y complementarias.

d. el Real Decreto 5/2000 Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que incluye a los trabajadores autónomos como posibles infractores en materia de prevención de riesgos laborales.

En este caso, las funciones del Plan de Prevención deberán responder a los principios de la acción preventiva, tales como: evitar los riesgos, evaluar los riesgos que no se pueden evitar, combatir los riesgos en su origen, adaptar el trabajo a la persona, así como los equipos y métodos de trabajo evitando lo monótono y lo repetitivo, tener en cuenta la evolución de la técnica, sustituir lo peligroso por aquello que entrañe poco o ningún peligro, planificar la prevención integrándola en todos los procesos de la empresa, adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual y dar las debidas instrucciones a los trabajadores. Para desarrollar estas funciones, el trabajador autónomo dispondrá de cuatro modalidades preventivas según sea el tamaño y el tipo de empresa: contratación de un servicio de prevención ajeno, organización de un servicio de prevención propio o uno mancomunado, designación de un trabajador para las labores preventivas o asunción de las mismas por parte del propio empresario. Por su parte, los autónomos que no tienen trabajadores a su cargo no están incluidos en el ámbito de aplicación de la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Sin embargo, aquellos que desarrollen su actividad en otros centros de trabajo, donde además concurran otras actividades deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones: a. El artículo 24.5 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece el deber de cooperación e información del trabajador

Dada la diversidad de normativa que afecta en la actualidad al colectivo de trabajadores autónomos en materia preventiva, la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE-TENERIFE) editó en 2009, con la financiación de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, una Guía Práctica destinada a este colectivo con el propósito de proporcionar un acercamiento del colectivo de autónomos a la actividad preventiva, que permita favorecer el conocimiento y cumplimiento de la legislación en prevención de riesgos laborales, pudiendo prevenirse los daños para su salud.


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El Reconocimiento de las Enfermedades Profesionales

Si profundizamos en las estadísticas europeas que reflejan las declaraciones de dichas enfermedades profesionales concluimos cuestiones como que, las condiciones de trabajo en Grecia son cuarenta veces mejores que en Francia, que las mujeres trabajarían en unas condiciones que casi no afectarían a su salud o que los trabajadores emigrantes tendrían mejores condiciones de trabajo que los nacionales y no existirían prácticamente problemas de salud mental derivadas del trabajo. Desde 1962, la Unión Europea se ha marcado como objetivo la armonización de los sistemas de reconocimiento de enfermedades profesionales. Otras recomendaciones en la misma línea vieron la luz en 1966, 1990 y 2003. Pero son eso, sólo recomendaciones y por tanto, no vinculantes. La principal característica de los sistemas actuales en Europa es la disparidad. Si tenemos en cuenta aquellos países con mayores tasas de reconocimientos, descubrimos que la mayoría de las enfermedades de origen laboral no están reconocidas como enfermedades profesionales. En Francia, donde las enfermedades profesionales tienen mayor reconocimiento que en otros países, sólo tres personas de cada mil consiguen que se les reconozca su dolencia como enfermedad cada año. Otro dato que emana del estudio de los distintos sistemas de reconocimiento de enfermedades profesionales es que son prácticamente todos muy discriminatorios con las mujeres. En la mayoría de los países el reconocimiento en mujeres está entorno a un 20/30% menos que en los hombres, la excepción se presenta en los países nórdicos con unos porcentajes más igualitarios entre sexos. La razón de esa disparidad debemos buscarla en una serie de factores como la trayectoria profesional irregular o inestable, los trabajos periféricos o poco valorados (limpieza, embalaje, mantenimiento,…).

de estas muertes, 9.550 casos, se debería a tumores malignos, seguidos por enfermedades cardiovasculares, 3.550 casos. Un sistema de reconocimiento tan deficiente dificulta enormemente la tarea preventiva, que es lo realmente importante. Desde CCOO planteamos lo inaceptable de muchas de las condiciones de trabajo que hacen que los trabajadores y trabajadoras estén expuestos a una realidad que genera daños a la salud, que el sistema de reconocimiento no reconoce y que, en consecuencia, no se evitan, ni se aplican medidas correctivas. En la base de este subregistro está un sistema de notificación que no funciona porque ni la definición legal de enfermedad profesional se ajusta a una lógica sanitaria, ni funcionan los sistemas de alerta del sistema sanitario, ni las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales están cumpliendo adecuadamente sus funciones. Según señala Pedro Linares, Secretario de Salud Laboral de CCOO, la paradoja que supone haber realizado un esfuerzo normativo para modificar el registro de enfermedades con el espíritu de una mayor protección de las mismas en el ámbito laboral, y encontrarnos que el escenario actual es igual o peor que el de partida porque las mutuas no están cumpliendo adecuadamente su función. Frente a todo ello, tenemos la larga lucha que en la mayoría de los casos han de afrontar los trabajadores y las trabajadoras afectadas y sus familias al no tener otra opción que acudir a los tribunales para conseguir el reconocimiento de su dolencia como enfermedad laboral.

Centrándonos más en nuestro país y según estimaciones realizadas por el informe ISTAS sobre “El impacto de las enfermedades de origen laboral en España”, en el año 2008 habría más de dos millones de personas trabajadoras afectadas por algún problema de salud relacionado con su trabajo, sin contar las lesiones por accidente de trabajo.

Otra de los problemas que nos encontramos y que el propio secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granados afirmó recientemente en el II Encuentro Estatal de Delegados y Delegadas de Prevención de nuestra Organización, es la notificación como accidente de trabajo de muchas de las enfermedades profesionales. Según un estudio que han elaborado desde la institución a la que pertenece, estiman que la consideración de estas enfermedades de trabajo enmascaradas bajo la categoría de accidente puede suponer que los casos detectados por el sistema CEPROS se incrementen en un 50%.

Las estimaciones sobre la mortalidad debida a enfermedades profesionales, atendiendo a los últimos datos disponibles, calculan que en 2006 fallecieron en España alrededor de 14.000 hombres y más de 2.000 mujeres como consecuencia de enfermedades debidas a exposiciones ocurridas en sus lugares de trabajo. La mayoría

Todo lo anterior no hace más que alentarnos en la tarea que todos y todas tenemos por delante, acabar con el subregistro de éstas, abordar su prevención, mejorar la planificación preventiva y acabar con los dramas laborales, personales y familiares que hay detrás de todo ello.


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Opinión

Valoración de la Siniestralidad Laboral en Canarias durante el año 2009

Los datos oficiales de siniestralidad laboral en Canarias del año 2009, si bien en principio pueden parecer positivos, dado el descenso notable en el número de fallecimientos con respecto al período anterior (de 49 accidentes mortales en 2008 a 29 accidentes mortales en 2009), aún se encuentran lejos del objetivo “siniestralidad cero”. UGT-CANARIAS, como organización sindical comprometida en la defensa y protección de la seguridad y salud en el trabajo, a través de la integración y desarrollo de unas mejores condiciones laborales para las trabajadoras y trabajadores, no puede obviar el sufrimiento personal y familiar que se esconde tras los datos de siniestralidad laboral. La valoración que desde las autoridades autonómicas se hace de los datos de siniestralidad laboral en Canarias durante el período 2009 pone de manifiesto una vez más que lo importante en sí es la disminución de los accidentes laborales mortales, obviando las deficiencias que siguen persistiendo en el desarrollo e implantación de una verdadera cultura preventiva en las empresas y centros de trabajo en Canarias y omitiéndose, al mismo tiempo, la inclusión de los accidentes mortales “in itinere” como fallecimientos de carácter laboral. Las cifras dejan un balance de 29 accidentes mortales en el año 2009 ( de los cuales 8 fueron “in itinere”) y 31.842 accidentes con bajas, lo que significa que los accidentes “in itinere” han supuesto en 2009 un 27,58% del total de los accidentes mortales realmente ocurridos en 2009 y el 10,70 % de los accidentes con baja de dicho año. Por otro lado, si bien los accidentes con baja han disminuido en 9810, las enfermedades profesionales se han incrementado en un 3,52%, cinco enfermedades profesionales más que en 2008, si bien la forma de afectar es diferente en hombres y mujeres, disminuyendo en el caso de los hombres y aumentando en el de las mujeres, pasando de 61 declaraciones de enfermedades profesionales que afectaron a mujeres en 2008 a 72 en 2009, lo que supuso un incremento del 15, 27% sobre las de 2008. Si hacemos un análisis global de estos datos, llaman poderosamente la atención las enfermedades profesionales, los accidentes “in itinere” y los accidentes “de carácter no traumáticos, como son infartos, derrames cerebrales y patologías cerebrales”.

de 137 enfermedades profesionales declaradas en 2008 a 142 en 2009) nos indica que todavía persiste una infradeclaración notable y negligente en este tipo de enfermedades, lo cual conlleva una doble consecuencia de caracter negativo, un efecto devastador en la salud de los trabajadores y trabajadoras y gran sacrificio, tiempo y dinero a quienes la padecen y pelean por su reconocimiento. Otro aspecto destacado es la no inclusión de los riesgos psicosociales en todo lo relacionado con las enfermedades profesionales, ya que muchas de las dolencias y aspectos derivados de dichos riesgos pueden generar patologías que hagan más difícil el desarrollo de la actividad laboral de los trabajadores y trabajadoras, e incluso su exclusión del entorno laboral. Respecto de los accidentes mortales “in itinere”, no podemos desligar los mismos de la realidad sociolaboral de los desplazamientos, ya que no nos encontramos sólo ante un problema de seguridad vial, sino de prevención de riesgos laborales, puesto que factores como tiempo de trabajo, estrés laboral, jornada de trabajo, mantenimiento de vehículos y cansancio o fatiga, en muchos casos, propician el accidente “in itinere”, por lo que desde UGT-CANARIAS exigimos el desarrollo de planes integrales de prevención de riesgos laborales en las empresas que contemplen esta siniestralidad como aspecto a prevenir. Por último, no podemos obviar las declaraciones realizadas por muchas autoridades autonómicas sobre la imposibilidad de prevenir los accidentes de carácter no traumáticos como son infartos, derrames cerebrales y patologías cerebrales, indicando que son “difíciles de prevenir”. Ante esto, insistimos en que la importancia de las evaluaciones psicosociales, en el desarrollo de la Vigilancia de la Salud, no sólo limitada a los reconocimientos médicos, y cuantas medidas sean necesarias para la detección precoz o prevención de este tipo de accidentes. Desde UGT-CANARIAS se recuerda una vez más la importancia del desarrollo efectivo de los derechos de participación y consulta de los trabajadores, a través los Delegados y Delegadas de Prevención, clave fundamental para la reducción de la siniestralidad laboral.

En cuanto a las enfermedades profesionales, el leve incremento de la declaración de las mismas en un 3.6% (se pasa Secretaría de Acción Sindical, Salud Laboral y Medio Ambiente UGT-CANARIAS


LA EMPRESA

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Infraestructuras

La Empresa

Sostenibilidad

La prosperidad económica y el bienestar social no pueden ser entendidos sin el desarrollo paralelo de las infraestructuras necesarias que faciliten la movilidad y las transacciones comerciales. Nuestro reto principal es satisfacer las crecientes necesidades mundiales de infraestructuras y hacerlo de forma medioambientalmente aceptable. Nuestra aspiración es seguir liderando el camino del desarrollo sostenible y contribuir con nuestro enfoque de negocio a crear soluciones para un futuro mejor. Mantenemos una política de I+D+i activa en la búsqueda de nuevos materiales y métodos constructivos que reduzcan al mínimo el impacto medioambiental. Además, las empresas de ingeniería de ACCIONA Infraestructuras realizan, para todos los proyectos que así lo requieren, un detallado estudio de impacto que permita tomar medidas para preservar el entorno en el que se desarrollan. La división de Infraestructuras es también puntera en la búsqueda de fórmulas de cooperación público-privada para la financiación de infraestructuras. Esta solución se presenta como un potente instrumento para acelerar la ejecución y puesta en marcha de infraestructuras necesarias para el progreso de las comunidades. ACCIONA Infraestructuras, consciente de que la Gestión de la Prevención de Riesgos y Salud Laboral incumbe a todas las personas que trabajan en la organización en la medida de sus diferentes niveles de responsabilidad, adopta un Sistema de Gestión basado en los objetivos generales de la Dirección, sostenibilidad y mejora continua en las actividades de la empresa, bajo certificaciones de reconocido prestigio como el Standard OHSAS 18.001-2007. Nuestro enfoque de la Prevención de Riesgos y Salud Laboral lo realizamos desde los derechos y valores fundamentales de la salud, integridad física y respeto a las personas, trabajo en equipo, participación activa de los trabajadores y aplicación de las mejores técnicas y estrategias preventivas en cada momento en función de los requisitos legales. Nuestra nueva visión de la prevención debe ser considerada como una iniciativa orientada a satisfacer las necesidades de la organización, pero no solo hacia un mero cumplimiento de lo legal sino dirigido y orientados a sistemas de gestión que interactúa sobre todo el entorno de interés que conforma el proceso, proveedores, contratistas, subcontratistas, organismos oficiales, representantes de los trabajadores, etc. Para articular el enorme conglomerado del conocimiento que posee una organización, ha sido necesario una permanente

innovación y el desarrollo de nuevas herramientas de gestión basadas en las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, esta apuesta se plantea en una doble vertiente; por un lado, la de la gestión de la prevención en las obras de construcción, mediante sistemas que permiten seguir el ciclo de la vida de cada proyecto, al tiempo que se definan responsabilidades y por otro lado, la vertiente de la gestión de los servicios de prevención en sentido estricto. Ambas están relacionadas entre si y conforman un sistema integral de gestión que invita a la participación activa de toda la empresa. Se convierte por tanto en una auténtica plataforma para fomentar la cultura de la prevención en todos los estamentos de la empresa, a través de una colaboración más fluida en los diferentes fases del trabajo cotidiano. Una aplicación óptima, permite disponer de información centralizada y válida, ahorrando tiempo y costes, con lo que contribuimos a una mayor eficiencia potenciando la cooperación entre empresas colaboradoras. Para este enfoque, hecho desde los derechos y valores fundamentales de la salud, integridad física y respecto a las personas, es prioritario una participación activa de los trabajadores. Es desde esa participación, más allá de lo legalmente contemplado, donde fomentamos la participación directa a a través de “buzones de sugerencias” físicos, en todos nuestros centros de trabajo del mundo y a través de Intranet. Dentro de ese plan de integración en todas sus facetas, se ha incorporado la prevención en nuestro propio CÓDIGO DE CONDUCTA, traspasando la exclusiva percepción de normas legales externas de obligado cumplimiento. Nuestra compañía, a través del Director del Departamento de Prevención de Riesgos Laborales de ACCIONA Infraestructuras, Pablo Yáñez Rodríguez firmó la Declaración de Las Islas Canarias sobre Prevención de Riesgos Laborales, dentro del Foro Internacional sobre la Cultura de la Prevención en el Lugar de Trabajo que se celebró el pasado 29 de Marzo de 2009, de forma paralela al II Congreso de Prevención de Riesgos Laborales de Canarias en el que participamos activamente. En definitiva, en nuestra compañía estamos comprometidos a crecer económicamente asumiendo los pilares básicos de la sostenibilidad: crecimiento económico, equilibrio ecológico y progreso social. Florencio Málaga Martín Jefe de Prevención Zona Canarias


Prevención: Desde la Escuela hasta el Trabajo Tal y como recoge la Estrategia Canaria para la Prevención de Riesgos Laborales, la formación en prevención es uno de los pilares esenciales para consolidar una autentica cultura preventiva en la sociedad canaria, por lo que se debe tomar conciencia de que la prevención no comienza en el ámbito laboral, sino en etapas anteriores, por lo que se debe iniciar la misma desde las edades más tempranas, desde niños/as, jóvenes hasta su integración y desarrollo laboral como adultos. En este marco, esta sección se pone a disposición del profesorado a fin de que pueda ser utilizada como herramienta formativa en Prevención de Riesgos Laborales, proponiendo el siguiente pasatiempo de sopa de letras. Cualquier docente que decida usar este recurso educativo puede fotocopiar la página, hurtando las soluciones en ella incluidas, a fin de que sean los alumnos los que identifiquen las citadas soluciones

Equipos de Protección Individual (Epis) (Material Docente) ¿Qué es un EPI? Es cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

Localiza los diez EPIs ocultos en la siguiente sopa de letras:

¿Cuándo deben utilizarse? Los equipos de protección individual sólo deben ser utilizados cuando los riesgos a los que estamos expuestos no se puedan eliminar o controlar suficientemente por medio de protección colectiva o con métodos o procedimientos de trabajo adecuados y bien organizados.

C M A N D I L N T D

H K V S V B F V A Z

A 0 H Ñ I D S A P D

L 0 S E N R A L O V

E R E B B A A L N Ñ

C R T N A K B A E X

O O N D W X O T S I

H G A F A S T N Ñ V

SOLUCIONES ARNES BOTAS CHALECO

GAFAS GORRO GUANTES

MANDIL PANTALLA TAPONES

¿Qué condiciones deben cumplir? Para que los EPIs puedan proporcionar una protección eficaz frente a los riesgos se deberá: • Elegir el más apropiado. • Utilizar siempre que se esté expuesto al riesgo. • Adaptar al portador, evitando que su uso le ocasione molestias innecesarias. • En el caso de que haya que utilizar varios EPIs simultáneamente, serán compatibles entre sí. • Utilizar, almacenar, mantener, limpiar, desinfectar cuando proceda y reparar de acuerdo con las instrucciones del fabricante. • Examinar periódicamente para retirar aquellos que estén deteriorados o fuera de uso. • Tener la seguridad de que reúne los requisitos establecidos en cualquier disposición legal o reglamentaria y de está homologado y presenta el certificado CE. ¿Qué tipos de EPIs hay? Los EPIs se pueden dividir en nueve grupos de acuerdo con aquellas partes del cuerpo sobre las que ofrecen protección: 1. Protectores de la cabeza: gorra, casco... 2. Protectores del oído: tapones, orejeras... 3. Protectores de los ojos y de la cara: gafas, pantallas... 4. Protección de las vías respiratorias: mascarillas, respiradores... 5. Protectores de manos y brazos: manguitos, guantes... 6. Protectores de pies y piernas: zapatos, polainas….. 7. Protectores de la piel: cremas, ropa de trabajo…. 8. Protectores de cuerpo entero o partes del mismo: traje de trabajo, mono, Mandil...

Ñ G U T K S A A T J

I C G Z F L S P M N


NOTICIAS

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Firma de Convenios de Colaboración Gobierno de Canarias AISS

El consejero de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, Jorge Rodríguez, y el secretario general de la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS), Hans-Horst Konkolewsky, firmaron un acuerdo de colaboración en materia de prevención de riesgos laborales, que pretende, entre otros aspectos, impulsar la investigación científica en Canarias en esta área, proyectando los resultados a nivel internacional. La firma del Protocolo supone un paso más en la estrategia para hacer visible la labor de Canarias en materia de Prevención de Riesgos Laborales y explotar su potencial como núcleo de difusión internacional, dada su situación geográfica entre tres continentes. El Gobierno de Canarias tiene la intención de que éste sea sólo el primero de los protocolos de colaboración bilaterales que puedan suscribirse con las principales organizaciones dedicadas a la seguridad y la salud de la población trabajadora.

Novedades en Legislación Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. En materia de prevención de riesgos laborales, el artículo 8 afecta a la Ley 31/1995, e introduce una disposición adicional al texto de esta norma. Además, la disposición adicional tercera sobre asesoramiento técnico en empresas de menos de diez trabajadores, dirigida a potenciar la asunción por el empresario de la gestión de la actividad preventiva. Y la disposición transitoria segunda sobre procedimiento de autorización de entidades especializadas en materia de prevención de riesgos laborales. BOE nº 308 de 23.09.09. Orden PRE/2671/2009, de 29 de septiembre, por la que se incluyen en el anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, varias sustancias activas y microorganismos como sustancias activas. Incluye la protección de seguridad de los operarios, la utilización de equipos de protección individual adecuados, así como medidas de reducción del riesgo, cuando procedan. BOE nº 239 de 03.10.09.

Opinión del lector Tu opinión cuenta A partir de este número, se inaugura esta sección dedicada a recoger la opinión de los lectores, tanto sobre el contenido de la revista, como para aportar sugerencias. Las mismas se enviará a la dirección de correo: opinaprevencion.icasel@gobiernodecanarias.org


¿POR QUÉ NO CUIDAMOS NUESTRA ESPALDA?

El RD 487/97, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañen riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores, así como su Guía Técnica, establece los mecanismos necesarios para preservar la salud en ese tipo de trabajos. Siempre que sea posible, debe procurarse la utilización de EQUIPOS DE APOYO, para minimizar el riesgo.


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