Boletin a la Palestra

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Las cifras de la desfinanciación son contundentes, la participación de los aportes de la nación a las universidades públicas como porcentaje del PIB muestra un descenso constante (en 2000 era del 0,52%, en 2004 del 0,48% y en 2007 del 0,36%).1 La inversión estatal per cápita promedio en las universidades públicas, “alcanzaba la cifra de 5,69 millones en 1993 mientras que en 2008 era de 3,67 millones a pesos constantes de 2008.”2 En los recursos que transfiere el Estado, dice el SUE, “se observa la tendencia decreciente de éstos (73,48% en 1993 y 49% para el 2010) frente a la tendencia creciente de la ejecución de rentas propias de las universidades públicas (22,39% en 1993 y 45% en el 2010).3

El proyecto de Ley no recoge las aspiraciones del sector universitario colombiano, por el contrario profundiza la desfinanciación de la universidad, entroniza la concepción de universidad empresa y de educación como mercancía y renuncia explícitamente al desarrollo del aparato científico-tecnológico del país. El debate está vivo y la resistencia civil de los colombianos prevalecerá ante este nuevo atentado del santismo.

Los “nuevos” recursos definidos en los artículos 150 y 151 del proyecto, no irán directamente a las 32 universidades públicas sino al Ministerio de Educación Nacional y además a ellos también accederán las otras 48 instituciones de educación superior estatales. Son tan exiguos que Moisés Wasserman, rector de la Universidad Nacional, los ridiculizó señalando que se trata de: “un aumento en 150 mil pesos por estudiante del sistema por año, que es absolutamente irrisorio”(El Tiempo, 24-072011). Una verdadera burla a las necesidades del sector universitario en Colombia y que muestra las profundas diferencias con un país como EE.UU, que pone el Ministerio de Educación de ejemplo para justificar la reforma, en el cual “el gasto por alumno es de 100 mil dólares al año” (El Espectador 12-08-2009). Como los exiguos recursos que promete el gobierno no alcanzan para: Cumplir las metas de cobertura; garantizar una educación de calidad y mejorar la inversión y la infraestructura, el proyecto de Ley plantea el endeudamiento de las universidades con el sector financiero (artículos 156 al 168) para tratar de cumplir con tales fines. Esto obligara a la IES a aumentar el recaudo de rentas propias, a costa de un encarecimiento de las matrículas y demás servicios que ofrecen, con el fin de honrar sus obligaciones. A lo máximo que llega el gobierno es a poner al Fodesep, al Fondo Nacional de Garantías y a la FINDETER como respaldo de tales obligaciones evidenciando un desentendimiento estatal con el fortalecimiento del sector universitario.

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Así como la recomendación a la IES, por la escasez de recursos, es el crédito con el capital financiero, en esa misma línea es el mensaje que a través del ICETEX, convertido en un banco y cobrando intereses de usura, se envía a los estudiantes colombianos que tengan que recurrir a cualquiera de los mecanismos establecidos por esta institución para cursar sus estudios superiores. Con algunas becas para sectores muy reducidos y la creación de un Fondo para la Permanencia Estudiantil administrado por el Icetex, la regla es el fortalecimiento del subsidio a la demanda mediante la promoción del crédito educativo con lo que se empeña el futuro de las nuevas generaciones. 1. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Inclusión y Exclusión Social en Colombia: Educación, Salud y Asistencia Social Mercado y Política Social. Informe Social. Bogotá: Imprenta Nacional, 2008. p. 181. 2. Garzón, Carlos. Educación Superior Pública en Colombia: ¿Escasez de recursos o de voluntad política? Bogotá: Versión en PDF, 2010. p. 9. Disponible en http://universidad.edu.co/ images/cm... 3. SISTEMA UNIVERSITARIO ESTATAL. LA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA: UN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN INCLUYENTE DE LA NUEVA LEY DE EDUCACION SUPERIOR. Bogotá, Junio de 2011. p. 66

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Organo Informativo de la Organización Colombiana de Estudiantes - OCE Universidad de Caldas

INFORME DE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL AL CONSEJO SUPERIOR ANTE LA APROBACIÓN DE LAS MODIFICACIONES AL SISTEMA DE MATRÍCULAS DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS (ACUERDO 01 DE 2011) Juan Carlos Martínez Botero Representante Estudiantil al Consejo Superior Universidad de Caldas - Miembros Organización colombiana de estudiantes (OCE) Manizales.

Tras casi un año de álgido debate en el que se han expresado puntos de vista diferentes sobre el sistema de matrículas en la Universidad de Caldas, atravesado por numerosas expresiones de lucha democrática y civilista que seguimos reivindicando, y a las cuales le debemos este proceso, concluimos esta etapa con un acuerdo modificatorio al acuerdo 01 de 2011, aprobado por unanimidad en la sesión del Consejo Superior del 21 de Julio. El acuerdo 01 de 2011 mereció el rechazo de estudiantes y profesores, lo cual se vio reflejado en el voto negativo de la Representación Estudiantil y Profesoral en el Consejo Superior y en las enormes movilizaciones estudiantiles, por avanzar en contravía de la concepción de universidad y de educación como derecho, que profesamos. La posición de la representación estudiantil fue aprobar y darle el visto bueno a las modificaciones propuestas por la comisión de matrículas, conformada luego del proceso de movilización. Sin embargo seguimos conservando profundas diferencias con la esencia del acuerdo 01 de 2011. Las modificaciones, y por eso merecen nuestro respaldo, son, sin ser un ideal y magnificarlas, un avance frente a lo que inicialmente se aprobó el 28 de enero de 2011, con mi voto en contra. Incluso debo admitir que hay aspectos que superan en lo positivo al acuerdo 024 de 2002 (matrículas para estudiantes antiguos). A continuación presento a la comunidad universitaria y a la opinión pública, los 15 cambios con los que concluye el trabajo de la comisión, que están entre, modificaciones al acuerdo 01 de 2011 y, nuevos elementos que incluso van más allá del acuerdo 024 de 2002, estos son:

LOS CAMBIOS AL 01 DE 2011 1. Se reduce el factor para determinar la matrícula por vía de la pensión del último año de colegio. Esto significa una reducción del 9,1% en el costo de las matrículas para personas que provienen de colegios privados. 2.

Se exceptúa de la liquidación por vía de la pensión del Colegio a quienes cursaron los ciclos complementarios en las normales.

3. El Pago del Seguro de Accidentes será obligatorio antes había quedado opcional. La razón es que dicho seguro ha servido para financiar diversas contingencias de muchos estudiantes de la universidad, por lo que consideramos que esos 15 mil pesos que se deben pagar cada año son una suma muy pequeña para los beneficios que reporta. 4. Se eleva la exención de PBM 10 a PBM 14, lo que amplía el rango de exoneración del pago de matrícula, de un 17 al 54% según las proyecciones de la Oficina de Planeación. 5. El cobro de matrículas en los períodos inter semestrales será por materias y no por créditos académicos, como estaba contemplado inicialmente. Esto implica un abaratamiento del pago de matrícula por este concepto hasta del 75%.

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y la Comisión está recibir, tramitar y decidir las solicitudes de reliquidaciones, estudios socioeconómicos, descuentos previamente reglamentados y financiación de matrículas. 12. Se atenúa el peso para el estrato 3, reduciendo el puntaje asignado dentro de la fórmula que liquida la matrícula pasa del 30 al 20%. 13. Se cambia una suma fija en la fórmula para determinar los ingresos familiares, lo que influye en que se tome una cifra más cercana a los ingresos reales y no a los ingresos brutos. Esto redunda en una matrícula menor por esta vía. 14. Se establecen descuentos, proporcional al número de hijos que oscilan entre el 10 y el 40% para estudiantes que son padres o madres de familia 6. Se restablecen los descuentos del 15%, por proceder de Chinchiná, Villamaría, Palestina, Neira y la zona rural de Manizales, y del 20%, a los de municipios distintos a los anteriores, a quienes demuestren ingresos iguales o menores a 1.2 salarios mínimos mensuales legales vigentes. 7. Se vuelven a destinar los recursos recaudados por concepto de servicios universitarios, que son el 20% de la matrícula, a la actualización de la biblioteca, mejoramiento de los laboratorios, pago de internet y actualización de las salas de sistemas. 8. Se atenúa el peso para el estrato 2, reduciendo el puntaje asignado dentro de la fórmula que liquida la matrícula.

MÁS ALLÁ DEL 024 DE 2002 Estos aspectos fueron fruto de la discusión de la comisión de matrículas y no están contemplados ni en el acuerdo 024 de 2002, ni en el acuerdo 01 aprobado el 28 de enero de 2011. Lo que debo registrar como positivo: 9. Se incluye a los profesores ocasionales en las becas de bienestar social que cubren el 90% del costo de las matrículas para sus hijos, cónyuges o compañeros permanentes 10. Se incluye una exoneración a todo aspirante admitido a la Universidad de Caldas, que demuestre estar inscrito en la base de datos del Sistema General de Seguridad Social en Salud SISBEN nivel 1 o 2 o su equivalente. Estas personas solo tendrá la obligación de cancelar el valor de servicios universitarios en el equivalente al PBM 14, es decir 16 mil pesos semestrales. Los primeros estudios revelan que esto beneficia al 17% de los estudiantes que se presentan por cohorte, que pueden ser muchos más porque esta cifra corresponde a estudiantes de Manizales. 11. Se conforma un Comité de Matrículas, que ahora será paritario entre la administración, los estudiantes (se aumenta la Representación Estudiantil) y los profesores. Además se crea una segunda instancia, que antes no existía, con participación de la Representación Estudiantil para las respectivas apelaciones. Entre las funciones del Comité 2

15. En un acuerdo adicional que será discutido en la próxima sesión del Consejo Superior se crea un Fondo administrado por la Oficina de Bienestar Universitario con el propósito de reconocer estímulos económicos a egresados destacados y con probados méritos académicos. El criterio de selección es el promedio y sus recursos serán: El 1% del recaudo anual por concepto de matrículas de pregrado; los destinados por la Vicerrectoría de Investigaciones y Posgrados y los destinados por la Oficina de Bienestar Universitario.


El cobro de matrículas seguirá siendo una limitante para que amplios sectores de la población accedan a la educación superior, por ello, votamos de manera negativa el acuerdo 01 de 2011 y manifestamos nuestro desacuerdo con: Considerar el valor de la pensión del último año de colegio como un factor para la liquidación del valor de la matrícula; eliminar el descuento por provenir de colegio público y reducir el rango de exoneración, medidas aprobadas por la mayoría del Consejo Superior el 28 de enero de 2011, y en las que hay un retroceso frente a lo que rige para los estudiantes antiguos.

No obstante, el defender una concepción donde el Estado asuma el 100% de los costos educativos, no puede llevar a desconocer que con la modificación, 6 de cada 10 estudiantes pagaran menos de $20 mil pesos por semestre, con lo que adquiere sentido la lucha que adelantamos estudiantes, profesores y los sectores democráticos de la ciudad en contra de esta reforma y por la defensa del carácter público de nuestra universidad. Sin la lucha y la movilización civilista, no hubiera sido posible cambiar una coma a la reforma aprobada el 28 de enero. De todas formas establecer sistemas de matrículas, es una medida que contiene en sí misma una discriminación odiosa: El cobro por un derecho social que debería hacerse exigible simplemente por tener las calidades académicas y haber obtenido un cupo en la universidad pública. En el fondo lo que subyace en las tablas de matrículas, es una concepción mercantilista de la educación superior que le resta importancia a su carácter de derecho. Tal es el camino que la política de desfinanciación del gobierno nacional ha señalado para la universidad colombiana, al punto que el último informe presentado por los mismos rectores, a través del Sistema Universitario Estatal, SUE, indica que el déficit de las universidades públicas colombianas asciende a un billón de pesos. La respuesta a la privatización por vía de la desfinanciación debe ser la movilización democrática, más aún cuando avanza la propuesta de una nueva Ley de Educación Superior que permite el ánimo de lucro y profundiza la concepción de universidad como empresa y educación como mercancía. La lucha entonces debe seguir siendo por alcanzar una adecuada y plena financiación del Estado a la universidad colombiana.

AMENAZAS Y DEFICIENCIAS DE LA LEY SANTOS PARA EDUCACIÓN SUPERIOR El gobierno de Juan Manuel Santos ha anunciado la presentación del proyecto de reforma a la educación superior con las supuestas “modificaciones” luego del cacareado proceso de socialización con los estamentos universitarios. La lectura del texto oficial deja claro que el gobierno mantuvo intactos los elementos más cuestionados, que son la columna vertebral, de la reforma santista a la educación superior que será discutida por el Congreso de la República. El ánimo de lucro en las instituciones de educación superior, la desfinanciación estatal, el vínculo con el sector financiero y el fomento del subsidio a la demanda son los elementos más relevantes que denotan el propósito gubernamental de facilitar la toma de la universidad por el capital financiero. El proyecto de Ley consigna en los artículos 38 al 44, el marco legal para la constitución de universidades con ánimo de lucro adecuando el ordenamiento jurídico a las exigencias contenidas en los capítulos de inversiones y comercio transfronterizo de servicios del TLC con EE.UU. Estas disposiciones derogan el artículo 98 de la Ley 30 de 1992, que contempla que: “Las instituciones privadas de educación superior deben ser personas jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro (...)” y pone a tono la legislación colombiana con el artículo 11.4: (b) del TLC con EE.UU que prohíbe a los Estados partes que “restrinjan o prescriban los tipos específicos de persona jurídica o de empresa conjunta por medio de los cuales un proveedor de servicios puede suministrar un servicio”. De acuerdo con el artículo 39, del proyecto, las nuevas sociedades comerciales, que serán las universidades, “podrán recibir nuevos inversionistas, repartir dividendos y vender acciones”. A lo que se expone el país con la existencia de estas instituciones es a que se ofrezcan programas de mala calidad, a la creación de carreras que no contemplan las necesidades del país, a la expedición de títulos que no tengan entrada al mercado laboral, a la contratación de profesores a destajo y con salarios bajos, a que se reduzcan las inversiones de las universidades privadas en infraestructura y en capacitación docente y a que se aumenten las tasas de deserción tal como ha sido el caso de los Estados Unidos. Como lo advierte Francisco Piedrahíta, rector de Icesi: “En Estados Unidos, México y Brasil, las instituciones con ánimo de lucro ofrecen, en general, programas malos” De otro lado, y no obstante estar suficientemente documentado el déficit financiero que atraviesa el Sistema Estatal de Universidades, la promesa del gobierno de entregar importantes recursos no pasó de la demagogia peculiar que caracteriza al gobierno de Santos. Del artículo 145 al 152 del proyecto, con algunas variaciones no significativas, se mantiene intacto el esquema de financiación definido en la Ley 30 de 1992, el cual no contempla, ni reconoce, los gastos adicionales en los que han incurrido las universidades públicas, que según el último informe del Sistema Universitario Estatal asciende a un billón de pesos.

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