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Comprender el alcance, la definición y las repercusiones de la Moratoria sobre el comercio electrónico de la OMC D ado que la Moratoria sobre el comercio electrónico de la OMC está pendiente de prórroga en la Conferencia Ministerial (CM 13) que se celebrará a comienzos de 2024, los Miembros se encuentran actualmente debatiendo sobre su alcance, definición y repercusiones. as posibles implicaciones para las cuentas públicas de levantar la Moratoria son escasas, ya que representan, L en promedio, alrededor del 0,1% de los ingresos totales de la administración pública. En la mayoría de los países, la pérdida de ingresos se compensaría con un aumento de los ingresos por el IVA sobre las importaciones de servicios digitales. evantar la Moratoria conllevaría una pérdida de competitividad y un incremento de los costes comerciales L que castigaría sobre todo a los países en desarrollo y a los actores de menor tamaño, como las pymes y las empresas propiedad de mujeres. E n conjunto, existen importantes argumentos económicos para prorrogar la Moratoria sobre el comercio electrónico en la CM 13.

En la CM 13 de 2024 se planteará prorrogar la Moratoria sobre el comercio electrónico de la OMC Desde hace más de dos décadas, la Moratoria de la OMC relativa a la aplicación de derechos aduaneros sobre las transmisiones electrónicas (en lo sucesivo, la «Moratoria») ha propiciado un entorno estable, predecible y exento de derechos aduaneros que ha permitido que prospere el comercio digital. Sin embargo, durante los últimos años varios miembros de la OMC han cuestionado los costes de oportunidad de la Moratoria. Sus inquietudes abarcan desde la falta de claridad en cuestiones como el alcance y la definición de la Moratoria hasta las posibles implicaciones en forma de ingresos aduaneros no percibidos, así como el deseo de mantener «espacio normativo» a la vista de los rápidos cambios tecnológicos.

Estos debates no son nuevos. Las cuestiones relativas al alcance y el impacto de la Moratoria se debaten desde hace casi 25 años. Sin embargo, cuando se prorrogó por última vez, en la 12.ª Conferencia Ministerial (CM 12) celebrada en junio de 2022, los Miembros de la OMC también acordaron intensificar el diálogo sobre el alcance, la definición y las repercusiones de la Moratoria. En la próxima Conferencia Ministerial de la OMC (CM 13) que tendrá lugar en febrero de 2024, los miembros de la OMC debatirán, una vez más, sobre si prorrogan o no la Moratoria.

Los acuerdos comerciales regionales brindan perspectivas sobre el posible alcance y definición de la Moratoria Algunos miembros de la OMC cuestionan si la Moratoria se aplica al «contenido» de la transmisión (p. ej., películas o libros electrónicos descargados) o a su «soporte» (es decir, los bits y bytes que transportan el contenido). Algunos han cuestionado también si la Moratoria afecta a la capacidad de los países para subir los impuestos más allá de los derechos aduaneros, o si la Moratoria afecta a otros compromisos asumidos en el marco de la OMC. El lenguaje empleado por más de 100 países en materia de no imposición de derechos aduaneros a las transmisiones electrónicas (disposiciones NICDET en inglés) en los acuerdos comerciales regionales (ACR) aporta nuevos ángulos desde los que abordar algunas de estos asuntos. Por ejemplo, una de las aclaraciones más

comunes es que los tributos internos quedan fuera del ámbito del compromiso NICDET, que, por lo tanto, no afecta a los impuestos no discriminatorios, como el IVA. Los capítulos dedicados al comercio digital también reafirman, con carácter general, que las disposiciones NICDET tienen escasa incidencia en la regulación general de la prestación electrónica de servicios (lo que significa que siguen rigiendo los compromisos y flexibilidades del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la OMC o los ACR). Los Miembros también están dejando claro cada vez más que los compromisos de NICDET se aplican al contenido de la transmisión electrónica. No existen acuerdos comerciales que estipulen que las disposiciones NICDET se aplican al «soporte» de las transmisiones electrónicas.

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Comprender el alcance, la definición y las repercusiones de la Moratoria sobre el comercio electrónico de la OMC Las posibles repercusiones de la Moratoria para las cuentas públicas son pequeñas A algunos Miembros de la OMC les preocupa que no imponer derechos aduaneros a las transmisiones electrónicas podría dar lugar a pérdidas de ingresos aduaneros, es decir, un país que importa una película mediante una transmisión electrónica no percibe los aranceles derivados de la importación de dicha película mediante un soporte físico, como un DVD. Argumentan que el rápido ritmo de digitalización aumenta la dimensión del problema, especialmente para los países en desarrollo, que suelen aplicar aranceles más elevados a estos artículos. Sin embargo, las importaciones de “bienes digitalizables”, que son bienes físicos que pueden digitalizarse y, posteriormente, enviarse a otro país digitalmente (como un CD o un libro), han crecido de

forma general en los países en desarrollo durante la última década, por lo que han seguido generando ingresos por aranceles. En otras palabras, aunque podrían estar importándose menos DVD, estamos importando más memorias USB y discos duros SSD. Las evidencias recientes apuntan a que los ingresos aduaneros no percibidos que pueden imputarse a la Moratoria son, en general, exiguos y equivalen, en promedio, al 0,68% de los ingresos aduaneros totales o al 0,1% de los ingresos globales de la administración pública. Además, en la mayoría de los casos, el IVA aplicado a las importaciones de servicios digitales compensaría completamente los posibles efectos de la Moratoria sobre los ingresos fiscales.

La Moratoria genera efectos beneficiosos para los países en desarrollo, la competitividad interna y las pymes Si los países aplicaran los aranceles actuales sobre los bienes digitalizables a los servicios digitales (el epígrafe donde se miden las transmisiones electrónicas en las estadísticas comerciales actuales), las importaciones y exportaciones de los países de ingresos bajos descenderían un 32% y un 2,5%, respectivamente. Para los países de ingresos medios, el descenso sería del 6% y del 0,4% y en los países de ingresos altos, del 0,04% y del 0,5%. En cuanto a los efectos en el comercio, los países de ingresos bajos son los que más sufrirían si se levantara la Moratoria. Los aranceles sobre las transmisiones electrónicas también reducirían las competitividad nacional. Las empresas han

estado adoptando soluciones digitales, como software y servicios informáticos (tanto importados digitalmente como en soporte físico), que a menudo se contratan en el extranjero, para posibilitar su transformación digital. Los aumentos de precios de dichas importaciones digitales darían lugar a una menor competitividad. Eso no ocurriría con el IVA, ya que estos tributos se aplican al consumo final, no al intermedio. El impacto de unas mayores barreras a las transmisiones electrónicas probablemente sea asimétrico y afectaría especialmente a las pymes. La capacidad de comerciar digitalmente se asocia a una mayor propensión a exportar de las empresas más pequeñas.

Existen importantes argumentos económicos para prorrogar la Moratoria sobre el comercio electrónico Cuando los Miembros de la OMC debatan si prorrogar o no la Moratoria en la próxima Conferencia Ministerial, deberían considerar las nuevas evidencias que apuntan a que los posibles

costes de levantar la Moratoria, en forma de ingresos no percibidos, son pequeños y que su fin iría en detrimento de unos beneficios económicos más amplios.

Ref.: Andrenelli, A. y J. López González (2023), “Understanding the potential scope, definition and impact of the WTO e-commerce Moratorium”, OECD Trade Policy Papers, n.º 275, OECD Publishing, París, https://doi.org/10.1787/59ceace9-en.

El presente trabajo se publica bajo la responsabilidad del Secretario General de la OCDE. Las opiniones expresadas y los argumentos utilizados en el mismo no reflejan necesariamente el punto de vista oficial de los países miembros de la OCDE. Tanto este documento, como cualquier dato y cualquier mapa que se incluya en él, se entenderán sin perjuicio alguno respecto al estatus o la soberanía de cualquier territorio, a la delimitación de fronteras y límites internacionales, ni al nombre de cualquier territorio, ciudad o área. El uso del presente trabajo, ya sea digital o impreso, se rige por los términos y condiciones que se encuentran en http://www.oecd.org/termsandconditions

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