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Transitando hacia una Reforma I

En el Sector Energético

Faraday Enjaulado

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Especialista del sector eléctrico que vive encerrado en su jaula, anulando el efecto de rumores para presentar sus puntos de vista.

El numeral I al IV del inciso F, establece que CFE deberá generar los nuevos modelos de con trato para la compra de energía con los privados, reco nociendo la inversión privada en algunas de sus centrales, aquellas que no cumplen con los criterios de estos numera les no se especifica qué podrán hacer con su energía. Luego el inciso G aclara que la generación procedente de la modificación de permi sos de autoabastecimiento y la generación excedente de los PIE, derivada de permisos que fueron adquiridos por Unida des de Propiedad Conjunta, no serán reconocidos ni su ener gía comprada por la CFE. El inciso H le da la atri bución a CFE de determinar las tarifas de Transmisión y Dis tribución, así como las tarifas de usuarios finales; el inci so I cancela los certificados de energía limpia (CEL). El siguien te artículo tercero suprime a la CRE y a la CNH estableciendo que serán incorporados en estruc tura y atribuciones a SENER, es decir los empleados siguen con sus puestos, por lo que SENER se vuelve más grande y no hay aho rro para el Estado. El Cuarto habla sobre el control de CFE sobre la parti cipación privada en el sector y luego en el Quinto, se señala que para la “Transición Energética Soberana” se establecerá “políti ca industrial” en toda la cadena de valor, incluyendo la transfor mación de recursos naturales, la manufactura, la ciencia y tecno -

logía, propiedad intelectual del Estado y financiamiento de la Banca de Desarrollo. El Sexto establece que no habrá concesiones sobre el litio, es pecificando que se respetan las ya otorgadas, el Séptimo garan tiza que los derechos de los tra bajadores del Estado en las de pendencias que serán afectadas por este Decreto se respetarán en todo momento de conformi dad con la ley. Se derogan todas las dis posiciones que se opongan a lo dispuesto en la propuesta de Decreto. En este supuesto el nú mero es bastante amplio, con siderando las reglas y bases del mercado y los ajustes necesa -

Considerar al sector entero hace que cosas como cambiar el alum“ brado público sea considerado como cuestión de seguridad nacional“

rios a la regulación de hidro carburos también. Por último el Noveno esta blece un plazo de 180 días para que el Congreso de la Unión realice las adecuaciones nece sarias al marco jurídico, a fin de hacer efectivas las disposi ciones del Decreto. 2/2

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