Recomendacion caso Puerto Vallarta

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OMBUDSMAN NOTICIAS MVS RECOMENDACIÓN A MVS RADIO SOBRE CAMBIO DE PROGRAMACIÓN CIUDAD DE MÉXICO, 2 DE MARZO 2015 ANTECEDENTES A esta Defensoría llegaron quejas sobre el cambio de formato de la estación XHCJX-FM, ubicada en Puerto Vallarta y que transmite en la frecuencia 99.9 MHz de la banda de FM. El 15 de enero, la estación dejó de transmitir con el formato de Exa y se convirtió en La Mejor. Como consecuencia de este cambio, salió del aire en la estación el noticiario que conduce la periodista Carmen Aristegui. Por tratarse de uno de los espacios informativos en los que esta Defensoría tiene atribuciones estatutarias, tomamos el caso y emitimos esta Recomendación. Algunos de los mensajes enviados a esta Defensoría son los siguientes (se omiten datos personales): Radioescucha 1: Primero que nada, reciba un afectuoso saludo desde la hermosa ciudad de Puerto Vallarta. El motivo principal de mi correo es realizar una consulta sobre su programación en la estación que su prestigiada empresa tiene en esta ciudad. Hasta el pasado día jueves 15 de enero la frecuencia de 99.9 FM funcionaba bajo las siglas de EXA Vallarta y transmitía cada mañana el noticiero de Carmen Aristegui. A partir de ese mismo día jueves por la tarde la programación cambió a ser La Mejor FM, con todos los cambios de segmento de mercado que ello implica. Personalmente puedo vivir con su cambio de tipo de música, que aunque no es mi favorita entiendo que sí lo es del grueso de la población en esta zona. Lo que me gustaría saber es si existe la posibilidad de mantener la transmisión del noticiero de Carmen Aristegui por las mañanas, y qué mecanismos tengo yo como su escucha y cliente para solicitar que estas transmisiones sigan llevándose a cabo. Entiendo que este esquema de transmisión del noticiero a través de La Mejor FM se lleva a cabo en otras ciudades del país. ¿Es este entendido correcto? Sé que hay un amplio sector de la población de Puerto Vallarta y la zona limítrofe


2 con el estado de Nayarit (que abarca Nuevo Vallarta y la Riviera Nayarit) que está deseosa de seguir escuchando a Carmen por las mañanas. Agradezco de antemano su atención y quedo en espera de su amable respuesta.

Radioescucha 2 Estoy totalmente de acuerdo con mi compañero Francisco Moras y con las personas que diariamente disfrutaban de las únicas noticias con veracidad y reales de este País. Quizás hayan sido motivos personales o de negocios pero pienso que es sumamente importante que ese noticiero no se pierda, esperamos poder tener alguna noticia por parte de usted para saber qué podemos hacer o no al respecto.

Radioescucha 3 Anexo copia del correo que le envié al Sr. Oscar Salazar de la estación 99.9 de Puerto Vallarta, para que nos ayude en volver a transmitir por las mañanas el noticiero de Carmen Aristegui en Puerto Vallarta, la verdad es que las mañanas para una servidora y mi hija no son las mismas sin Carmen Aristegui. Nos puede ayudar en volver a activar este noticiario. Agradeciendo su ayuda, quedo a sus órdenes.

POSICIÓN DE MVS RADIO Esta Defensoría preguntó a directivos de MVS Radio si se informó previamente a la audiencia de Puerto Vallarta del cambio de programación y si esto no ocurrió las causas de la omisión. El director de Noticias MVS, José Antonio Vega, fue quien respondió el 17 de febrero de la siguiente manera: No se advirtió a la audiencia y esto es por tema estratégico. Hacerlo de esta manera nos permite atraer nuevos radioescuchas por lo que implica el impacto del cambio de formato. Así también lo hacemos con afiliados en cambios que yo dirijo como ejemplo: Stereorey.


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CONSIDERACIONES 1. Ha sido práctica frecuente en la industria radiofónica nacional el cambio de formato o de programación de sus emisoras sin previo aviso a sus audiencias. Estas modificaciones han generado en algunas ocasiones el descontento público de radioescuchas, como ocurrió con la salida del aire de formatos como el de Rock 101, Espacio 59, Radioactivo 98.5, entre otros. La molestia de las audiencias es atribuible no sólo a sus preferencias o gustos hacia alguna programación radiofónica o sus locutores, sino también a que no se toma en cuenta su punto de vista sobre estas modificaciones ni se les avisa con oportunidad de las mismas, pese a ser los directamente afectados por estas decisiones. La audiencia, por lo general, es ignorada cuando se decide de un día para otro ofrecerle programas o programaciones distintas, sin previa explicación, justificación o aviso. 2. Debe reconocerse también que los concesionarios de las estaciones de radio tienen libertad para decidir sobre los contenidos de las emisoras, apoyados en el derecho de libertad de expresión garantizado en la Constitución y en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. De esta manera, cuentan con todas las atribuciones legales para realizar los cambios a la programación de las frecuencias que explotan, sin necesidad de contar con la autorización de alguna autoridad o de sus radioescuchas. En el caso que nos ocupa, la conversión de Exa a La Mejor fue una decisión discrecional, legal, del concesionario, en el que no participó alguna autoridad o la audiencia, porque no está obligado a considerar el aval de otros actores en este proceso de comunicación. 3. Sin embargo, con base en la fracción quinta del artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se establece que uno de los derechos de las audiencias es: Que se respeten los horarios de los programas y que se avise con oportunidad los cambios a la misma y se incluyan avisos parentales.

4. En la fracción referida hay tres derechos de las audiencias relacionados con la programación: 1) que se respeten los horarios de los programas, b) que se avise con oportunidad de los cambios “a la misma”, y c) se incluyan avisos parentales. En relación al punto b, como se puede apreciar, la redacción es confusa. Se podría entender que el concesionario sólo tendría el compromiso ético y autorregulatorio de avisar con oportunidad el cambio de horarios de los programas, pero no es así. El respetar los horarios, es un derecho, y otro relacionado es el que “avise con oportunidad” de los cambios de los programas y en consecuencia de la programación, lo que abarcaría no sólo los horarios, sino la salida o la entrada al aire de los programas. Así que el cambio de formato y por lo tanto de programación en una estación de radio debe comunicarse a los radioescuchas


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porque es un derecho de la audiencia previsto en la ley. Y aun si se estuviera frente al principio sólo de avisar por cambio de horarios, es obvio que ante el cambio de algún programa, que implica un cambio de horario, el concesionario debe comunicarlo a la audiencia. RECOMENDACIÓN Por lo anterior, esta Defensoría recomienda a MVS Radio: 1. Que en lo sucesivo se “avise con oportunidad” el cambio de horarios, programas, programación o formato en sus estaciones por tratarse de un derecho pleno de las audiencias, previsto en el artículo 256, fracción V, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 2. Ofrezca a su audiencia de Puerto Vallarta una explicación o aclaración sobre la salida del aire del noticiario de Carmen Aristegui en la estación XHCJX-FM.


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