EL CONGRESO NACIONAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Lev núm. 15-19
LEY ORGANICA DE REGIMEN ELECTORAL
Considerando primero: Que la Constitución de la República establece
que la
soberanía
reside en
el pueblo, de quien emanan
todos los
poderes, los cuales ejerce por medio de sus representantes o en forma directa, en los términos que establecen la Constitución y las leyes; Considerando través
del
segundo: sufragio
fortalecimiento
del
intervienen
la
sistema
Que
en
la
popular, proceso
misma,
democrático
soberanía
y
la
por
lo
electoral
es
pieza
voluntad
popular que y
la
de
las
fundamental
de
los
queda
expresada
organización
y
instituciones para
garantizar
ciudadanos
y
a el
que el
ciudadanas
expresadas en el sufragio; Considerando tercero: Que la
Constitución
de la
República
establece
que las elecciones serán organizadas, dirigidas y supervisadas por la Junta Central Electoral y las juntas electorales bajo su dependencia, las
cuales
tienen
la
responsabilidad
de
garantizar
la
libertad,
transparencia, equidad y objetividad de las elecciones; Considerando
autónomo
cuarto:
con
Que
la
Junta
personalidad
Central
jurídica
e
Electoral
es
un
independencia
órgano
técnica,
administrativa, presupuestaria y financiera, cuya finalidad principal será organizar y dirigir las asambleas electorales para la celebración de elecciones y de mecanismos de participación popular establecidos por la presente Constitución y las leyes; Considerando quinto: Que se hace necesario la creación de un marco legal
que
encargado
fortalezca de
la
a
la
Junta
organización
Central
dirección
y
Electoral
como
supervisión
organismo
del
proceso