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Los traspasos de mando municipales del 24 de abril de 2020

2. Los traspasos de mando municipales del 24 de abril de 2020

Las autoridades municipales electas el 15 de marzo de 2020, tomarán posesión de sus cargos el 24 de abril, tal y como lo establece la Constitución, en su Art. Núm. 274, párrafo I. Varios alcaldes y regidores electos y en ejercicio han dado positivo a la prueba del COVID-19 (Domínguez, 2020; Castillo, 2020), lo que plantea un reto sobre la manera en que se entregarán y se asumirán las funciones en la fecha señalada.

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En algunos municipios las comisiones de transición entrantes y salientes han trabajado y compartido documentos de forma virtual (de la Rosa, 2020). La aglomeración de personas en los palacios municipales o de distritos municipales el día del traspaso pudiera ser un foco de contagio de la enfermedad. De modo que se hace imperativa la necesidad de identificar otras formas de llevar a cabo el traspaso de mando. La Ley 176-07 no es taxativa en cuanto a una eventual situación en la que no sea posible efectuar el traspaso de mando de manera presencial. El alcalde o director saliente debe presentar la memoria detallada de su gestión (Art. Núm. 131), así como el estado de situación financiera del ayuntamiento o junta de distrito municipal.

A todo ello, las juntas electorales municipales han venido expidiendo los certificados de elección a los funcionarios electos guardando el distanciamiento social y bajo las normas de seguridad sanitaria establecidas. En adición a ello, el Tribunal Superior Electoral está apoderado de 176 expedientes relativos a los comicios municipales, que impactan a 66 juntas electorales municipales en igual número de municipios. Al 13 de abril, la alta corte había fallado 102 expedientes y comunicado su decisión a la JCE y a las juntas electorales municipales correspondientes, con lo que restaban 74 expedientes por fallarse (TSE, 2020-13-4). Hasta que no se fallen los recursos correspondientes

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