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Balance de Comprobación

UN BALANCE DE COMPROBACIÓN APORTA INFORMACIÓN DE GRAN VALOR

SOBRE LA REALIDAD CONTABLE DE UNA COMPAÑÍA, DADO QUE PERMITE OBTENER UNA FOTOGRAFÍA REAL DE SU SITUACIÓN FINANCIERA EN UN MOMENTO CUALQUIERA, FACILITANDO LA TOMA DE DECISIONES ESTRATÉGICAS

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QUE CONTRIBUYA A INCREMENTAR SU PRODUCTIVIDAD.

¿CÓMO SE HACE UN BALANCE DE COMPROBACIÓN?

BALANCE DE COMPROBACIÓN EN CONTABILIDAD

LAS DOS FORMAS DE HACER ESTE INFORME SON LA SIGUIENTES: SUMA DE SALDOS MAYORES. SE RECOGEN TODOS LOS SALDOS DEL LIBRO MAYOR EN EL TIEMPO DETERMINADO ELEGIDO Y SE CONFIRMA QUE EL SALDO TOTAL DEUDOR

Y ACREEDOR SEAN EL MISMO. SUMA DE PARTIDAS DIARIAS

es una sociedad mercantil?

La sociedad mercantil, sociedad de capital o sociedad comercial es una sociedad que tiene como objetivo la realización de actos de comercio o en general, una actividad sujeta al derecho mercantil, también se diferencia de una sociedad civil en el hecho de que esta última no contempla en su objeto social actos mercantiles.

Tradicionalmente, la sociedad ha sido concebida como una colectividad de personas. A medida que el mercado ha ido evolucionando, las legislaciones se han ido adaptando a dichos cambios. En la actualidad, las legislaciones modernas permiten la creación de sociedades unipersonales; es decir, sociedades constituidas por un solo socio fundador. Legislaciones más conservadoras aún mantienen el requisito de la pluralidad de socios; es decir, la sociedad debe ser constituida necesariamente por dos o más socios. En algunos otros casos, se permite que una sola persona constituya un tipo de persona jurídica que, en esencia, tiene las mismas características que una sociedad, pero sin llegar a

denominar "sociedad", como las empresas individuales de responsabilidad limitada.

¿Cuál es el fundamento legal de las sociedades mercantiles?

La Ley General de Sociedades Mercantiles establece los requisitos que deberá contener el contrato social, así como las formalidades que debe reunir, como por ejemplo que el contrato conste por escrito, que sea otorgado ante notario público e inscrito en el Registro Público del Comercio.

ARTICULO 1.

Aplicabilidad. Los comerciantes en su actividad profesional, los negocios jurídicos mercantiles y cosas mercantiles, se regirán por las disposiciones de este Código y, en su defecto, por las del Derecho Civil que se aplicarán e interpretarán de conformidad con los principios que inspira el Derecho Mercantil.

ARTICULO 2.

Comerciantes. Son comerciantes quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro, cualesquiera actividades que se refieren a lo siguiente:

1° La industria dirigida a la producción o transformación de bienes y a la prestación de servicios. 2° La intermediación en la circulación de bienes y a la prestación de servicios.

3° La Banca, seguros y fianzas.

4° Las auxiliares de las anteriores.

ARTICULO 3.

Comerciantes Sociales. Las sociedades organizadas bajo forma mercantil tienen la calidad de comerciantes, cualquiera que sea su objeto.

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