Fundación Coca-Cola Colombia_Acta No. 13

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FUNDACIÓN COCA-COLA COLOMBIA CONSTANCIA DE DECISIÓN ADOPTADA MEDIANTE VOTO ESCRITO CONSEJO DIRECTIVO ACTA No. 013 En mi calidad de Representante Legal y de acuerdo con lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley 222 de 1995 a los cuales remite el artículo 90, Parágrafo 10 de los estatutos de la Fundación, hago constar por medio de la presente acta, levantada el 1 de abril de 2019, que en este mismo día, comuniqué a los miembros del Consejo Directivo que se requería su aprobación con relación a la siguiente propuesta de Resolución: RESOLUCIÓN UNICA: "El Consejo Directivo de la FUNDACIÓN COCA-COLA COLOMBIA, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar los estados financieros de propósito general con corte a 31 de diciembre de 2018, junto con sus notas y dictamen ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el Informe de gestión del Director Ejecutivo por el período correspondiente al 2018. ARTÍCULO TERCERO: Aprobar el Informe del revisor fiscal por el período correspondiente al 2018. ARTÍCULO CUARTO: Aprobar la decisión de mantener a la firma de revisoría fiscal Ernst and Young Audit S.A.S. como Revisores Fiscales de la Sociedad. ARTÍCULO QUINTO: Aprobar la decisión de mantener el Director Ejecutivo actual. ARTÍCULO SEXTO: No hay asignaciones perManentes a 31 de diciembre de 2018. ARTÍCULO SÉPTIMO: No existen excedentes por asignar del año terminado el 31 de diciembre de 2018 ARTÍCULO OCTAVO: Se confirma que el pago total salarial a los miembros de cuerpos directivos es de COP$0. ARTÍCULO NOVENO: Se autoriza al Director Ejecutivo de la Fundación para presentar la solicitud de permanencia de la Fundación en el Régimen Tributario Especial.

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ARTÍCULO DÉCIMO: Designar a Raúl Vargas o a María Alejandra Cardona, abogados asociados de la firma LLOREDA CAMACHO & CO., asesores legales de la Compañía, como secretario/a, a fin de elaborar y asentar el acta correspondiente de la constancia de decisión adoptada por voto escrito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 222 de 1995". *** Fin Resolución Única *** La anterior resolución fue aprobada por unanimidad por todos y cada uno de los miembros del Consejo Directivo, en comunicaciones escritas recibidas el 1 de abril de 2019, en las cuales se expresa respectivamente el sentido de su voto así: •

LORENZO EDUARDO MARTURET DEGWITZ, Miembro del Consejo Directivo, votó afirmativamente la totalidad de la resolución.

SANTIAGO AVELLA PALACIO, Miembro del Consejo Directivo, votó afirmativamente la totalidad de la resolución.

SONIA NANCY MARTÍNEZ CASTRO, Miembro del Consejo Directivo, votó afirmativamente la totalidad de la resolución.

JOSEPH LOUIS BALAT, Miembro del Consejo Directivo, votó afirmativamente la totalidad de la resolución.

Así mismo, hago constar que MA. ALEJANDRA CARDONA, ha concurrido al levantamiento de la presente acta en la calidad de Secretaria. Después de haber constatado que emitieron su voto la totalidad de los miembros del Consejo Directivo, se firma en constancia el 19 de abril de 2019.

(Firmado)

(Firmado)

LOUIS BALAT Presidente

MA. ALEJANDRA CARDONA Secretaria.

Es fiel copia del origina y en constancia, se firma como aparece a continuación:

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