Nuevas preguntas y respuestas ante los certificados energéticos

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Nuevas respuestas y preguntas ante los certificados energéticos

Aparece un nuevo documento de respuestas y preguntas ante los certificados energéticos dirigido al Técnico Certificador. Desde el Colegio de Ingenieros Industriales de Guipúzcoa han tenido acceso a un nuevo documento de “Respuestas a nuevas preguntas frecuentes sobre el real decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. 15 de julio 2013.” . Desconocemos como el Colegio dispone de tal Información, siendo que en el Ministerio de Industria o el IDEA –por lo menos nosotros- no hemos podido acceder o encontrar el Doc. Informativo de respuestas y preguntas ante los certificados energéticos. Siendo complementario dicho informe al Documento que se emitió con fecha 11/07/20013 (Podéis acceder al post desde Respuestas a preguntas frecuentes sobre el real decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. 07 de julio 2013.) Según podemos ver en el Documento aparentemente es de legalidad o por lo menos esta designado con el encabezamiento del Ministerio de Industria. En principio observamos que puede ser un “borrador”. Entendemos que la información incorporada pronto será colgada de forma oficial en el portal del Ministerio de Industria. De momento podemos acceder y encontrar nuevas dudas resultas en el ámbito de la certificación energética. Son a razón de 31 Preguntas con sus correspondientes respuestas que evidentemente nos ayudaran a clarificar en mayor medida la labor del Técnico Certificador.


Ejemplos del documento en respuestas y preguntas ante los certificados energéticos: 1. ¿Es posible registrar una empresa en el Registro Autonómico de profesionales que ofrecen servicios de certificación energética? 2. ¿Cuál es el grado de protección que debe tener un edificio o monumento protegido oficialmente para no tener la obligación de obtener el certificado de eficiencia energética? 3. En las renovaciones de contratos de alquiler (suscritos con anterioridad al 1 de junio de 2013) en los que se mantiene el mismo arrendatario, ¿hay obligación de entregar certificado? 4. ¿Es posible que una persona física (no jurídica) alegue motivos de carácter personal para negarse a que se permita el acceso a la información del certificado que haya comunicado a la administración? 5. ¿Para la redacción del certificado se debe estudiar necesariamente la rentabilidad económica de las medidas propuestas? 6. ¿Cómo se tratan los locales “no habitables” es un edificio existente cuando se realiza el proyecto de obra y actividad del mismo para darle su primer uso? 7. ¿Cómo comprobar la habilitación profesional de un Certificador? 8. ¿Dónde registrar o consultar el Certificado de eficiencia energética de un inmueble? 9. ¿De qué documentación anexa debe disponer el Certificado energético? Acceso al Doc. Informativo desde AQUÍ (La descarga es directa en Word). Tal Documento como la Información aquí presente ha sido extraída del Colegio de Ingenieros Industriales de Guipúzcoa, acceso AQUÍ. …………………………………………………… Síguenos en Google+


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