Titulaciones habilitadas ante la certificación energética.
¿Cuáles son las titulaciones habilitadas en materia de certificación energética?…Conclusiones y efecto. Una de las preguntas más famosas y que nos ha llevado de cabeza a todos los sectores implicados en la certificación energética era determinar y aclarar ¿Qué Técnicos podían firmar el Certificado Energético? Desde el inicio de la obligatoriedad de certificar -01/06/2013- mediante la aplicación del Real Decreto 235/2013 a nivel nacional se ha estado especulando alrededor de este aspecto con multitud de opiniones y desde diferentes sectores viendo el “pastel” económico que se ha presentado en el ámbito de la certificación energética. Por fin, desde la Administración, concretando desde el Ministerio de Industria se han pronunciado a tal efecto: Técnicos competentes en materia de certificación energética; Será considerado como técnico competente según se establece en el Real Decreto 235/2013: Al técnico que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o para la suscripción de certificados de eficiencia energética, o que sin poseer las titulaciones académicas anteriores hayan acreditado la cualificación profesional necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética según lo que se establezca mediante la orden prevista en la disposición adicional cuarta. Por tanto y en relación con la Ley 38/1999, son técnicos competentes para suscribir el certificado de eficiencia energética en los edificios, además de los arquitectos, arquitectos técnicos ó aparejadores, las personas que, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones de 15 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado de
Universidades, dispongan de las siguientes titulaciones habilitadas ante la certificación energética: Ingeniero Aeronáutico Ingeniero Agrónomo Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Ingeniero Industrial Ingeniero de Minas Ingeniero de Montes Ingeniero Naval y Oceánico Ingeniero de Telecomunicación Ingeniero Técnico Aeronáutico Ingeniero Técnico Agrícola Ingeniero Técnico Forestal Ingeniero Técnico Industrial Ingeniero Técnico de Minas Ingeniero Técnico Naval Ingeniero Técnico de Obras Públicas Ingeniero Técnico Telecomunicación Ingeniero Técnico Topógrafo Sin perjuicio de lo que se establezca en la Orden conjunta de los titulares de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo, y de Fomento, establecida en la disposición adicional cuarta del citado Real Decreto 235/2013. Aportamos el texto de la Disposición adicional cuarta Real Decreto 235/2013: Disposición adicional cuarta. Otros técnicos habilitados. Mediante Orden conjunta de los titulares de los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento, se determinarán las cualificaciones profesionales requeridas para suscribir los certificados de eficiencia energética, así como los medios de acreditación. A estos efectos, se tendrá en cuenta la titulación, la formación, la experiencia y la complejidad del proceso de certificación.
En base a este último texto falta emitir una Orden por parte de la administración para determinar “Las cualificaciones profesionales” que estarán habilitadas para firmar el certificado energético. Puntualizando que en la actualidad ya existen diversas Titulaciones Académicas no universitarias que presentan cualidades especificas en materia de certificación energética y que evidentemente se tienen que regular. La conclusión final –por nuestra parte- y sin desmerecer ninguna titulación, es que el “pastel” tan bonito que se nos presentó como oportunidad de trabajo a sectores determinados y más bien relacionados con la construcción se ha diluido en diferentes líneas que son representativas y actúan en otros ámbitos diferentes. Nos planteamos que a más Técnicos habilitados; más oferta = precios a la baja. Sin que la administración se pronuncie a tal efecto apareciendo –si cabe aún más- una total “guerra” de precios sin ningún control. Reivindicamos que la administración se implique en la regulación y control de los precios ante la certificación energética para poder ejercer con un mínimo de “dignidad”. …………………………………………………… Para acceder al documento…AQUI …………………………………………………… Síguenos en Google+