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CONTESTACION A LA PUBLICACION ANIMAL POLITICO
1.- Para que seas abogado o representante legal de alguna persona es INDISPENSABLE que exista un escrito conocido como NOMBRAMIENTO en donde dicha persona te designe como su abogado privado o representante legal y debe existir en el mismo escrito la aceptación de dicho cargo por parte del abogado y como señal de esa aceptación debe estar la
FIRMA del abogado
en
donde señala categóricamente que acepta y protesta el cargo que se le confiere, en algunos casos esta aceptación
TAMBIÉN debe hacerse ante la autoridad, solo en este supuesto
se puede decir
que el prolesionistas es representante legal o abogado particular de una persona.
2.-En un juicio de amparo si alguien designa a un profesionista como autorizado NO se requiere que acepte el cargo en dicha demanda o en un escrito, solo con la mera designación el tribunal debe tener al profesionista como autorizado,
repito, no como representante legal o como abogado
particular, pues como podrá advertirse cualquier persona en una demanda de amparo, puede señalar el número de autorizados que requiera
y esto simplemente será suficiente para
tenerte
como autorizado en una demanda de amparo al profesionista.
3.- Una vez designado como autorizado en la demanda de amparo, el profesionista promover con el carácter de AUTORIZADO en el amparo
puede
y no como representante legal o
abogado privado, pero miis aun, la promoción puede ser firmada por cualquier persona y esto el
Tribunal NO lo valida, esto es, no valida si [a firma del profesionista proviene de quien estampa la firma, por lo cual la firma puede provenir de cualquier persona.
4.- Existen entre despachos [a figura conocida como "corresponsalía", esto quiere decir que algún abogado fuera del estado tiene un asunto, rimese amparo,
juicio civil, etc, en donde solo se
requiere de un domicilio para recibir notificaciones y abogado o abogados a los que pueda enviar
promociones para que sean firmadas
y
presentadas, asi como para recibir notificaciones y
enviarlas por correo a dicho despacho, esto se conoce como "corresponsalía", por lo cual esta
Av. Lázaro Cárdenas # 2850 Desp. 402 (A-B) Colonia Jardines del Bosque C.P.44520 Guadalajara, Jalisco. Tels. y Fax. 3f21-3610, 3121-7424 y 3344-7320 Ema¡l: soltéroyasociados@prod¡gy.net.mx
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figura el abogado que lleva la corresponsalía NUNCA tiene contacto con el cliente, sino solo con los abogados a los cuales les auxilia en la conesponsalía respectiva.
PIDO que se me muestre el documento donde presuntamente 4p4rece Doder verla y coteiarla ante un perito y con ello demostrar que
N0
es
MI {irma.
Para
mi firma.
De lo anterior CONCLUYÓ reiterado que su servidor JOSÉ JUAN SOLTERO MEZA no tengo ni tuve contacto con nadie relacionado con el chapo guzmán, ni ningún cliente relacionado con el chapo guzmrln, llirnese esposa o hijo.
ATENTAMENTE
DOCTOR EN DERECHO JOSE JUAN SOLTERO MEZA
Av. Lázaro Cárdenas #2850 Desp. 402 (A-B) Colonia Jardines del Bosque C.P.44520 Guadalajara, Jal¡sco. Tels. y Fax. 3121-3610, 3121-7424 y 3344-7320 Ema¡l : solteroyasoc¡ados@prodigy.net.mx