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COMUNICADO DE PRENSA Guatemala 4 de julio de 2017 EL EX GOBERNADOR JAVIER DUARTE DE OCHOA ACEPTA LA EXTRADICION REFERIDA A LAS IMPUTACIONES FEDERALES EN SU CONTRA.
Una vez analizadas las acusaciones planteadas en materia federal, esta defensa ha decidido allanarse a la solicitud de extradición planteada con motivo de las mismas. Dichas acusaciones, operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada, no resisten un análisis jurídico serio y por tanto se ha optado por proceder a enfrentarlas. 1. La acusación por delincuencia organizada presenta graves vicios legales: A. No se acredita -ni acaso se intenta probar-, la existencia de una organización supuestamente delincuencial. Mucho menos que ésta actúe de manera permanente o reiterada, requisito sine qua non del delito ilegalmente atribuido al ex Gobernador Duarte de Ochoa. En el caso concreto, se imputa la supuesta ilegalidad de una sola operación vinculada a unos ejidos. Sin embargo, ese mero hecho denota la ausencia de permanecía o reiteración que el delito en cuestión supone. Si falta un elemento esencial del delito en estudio, el resultado no es ni puede ser otro más que éste NO se cometió. B. No se acredita la forma de intervención del ex Gobernador Duarte de Ochoa, ni mucho menos la pertenencia a uno organización criminal. El término “pertenecía” significa que para efectos del derecho penal material, debe existir a través de medios de convicción suficientes una acreditación respecto a la disposición interna del sujeto, para adherirse a la organización delictiva y para obligarse mutuamente en los intereses de dicha organización delictiva. En el caso concreto dicho elemento del delito tampoco se actualiza. 1 de 3