Respuesta de Pemex sobre entrega recepción de oficina.

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Leyva Gonzalez Claudia Antonia De: Enviado el: Para: CC: Asunto:

Bocanegra Luna Jose Ordoner miércoles, 06 de marzo de 2019 07:23 p.m. Jaramillo Palacios Francisco Javier Vizcaino Hernandez Angel Fernando; Ledesma Rivera Maria Del Carmen; Leyva Gonzalez Claudia Antonia; Bartoluchi Castro Karla Monserrat; Rincon Castro Jose Fernando RESPUESTA SOLICITUD DE INFORMACION No. 1857500028519

Lic. Francisco Javier Jaramillo Palacios Servidor Público Habilitado de la Unidad de Transparencia de PEP. Presente. Agradeceré informar al solicitante lo siguiente: En virtud que el Director General de Pemex Exploración y Producción cuenta con un permiso sin goce de salarios, no se ha realizado el Informe de Acta de Entrega Recepción, de acuerdo a la señalado en el "ARTÍCULO NOVENO del “ACUERDO por el que se establecen las bases generales para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal y para realizar la entrega-recepción de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tenga asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de julio de 2017. Mismo que se cita a continuación: ARTÍCULO NOVENO.- Los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las empresas productivas del Estado, y los servidores públicos hasta el nivel de director general en el sector centralizado, o sus equivalentes en el sector paraestatal o en las empresas productivas del Estado, deberán rendir al separarse de su empleo, cargo o comisión, un informe de separación que refiera los asuntos a su cargo y del estado que guardan, y entregar los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales que, en su caso, hayan tenido asignados para el ejercicio de sus atribuciones, así como la documentación y archivos debidamente ordenados y clasificados de conformidad con la normatividad aplicable a la materia, a quienes los sustituyan en sus funciones. Los servidores públicos de niveles inferiores a los descritos en el párrafo anterior, quedarán sujetos a la obligación señalada, siempre que estén a cargo de administrar o manejar fondos, bienes o valores públicos; y cuando así lo determine el titular de la dependencia o entidad o empresa productiva del Estado por la naturaleza e importancia de la función pública que desempeñan. Dicho acuerdo puede ser consultado en el portal del https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5489261&fecha=06/07/2017

Diario

A t e n t a m e n t e, José Ordoner Bocanegra Luna Dirección General de PEP 1

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