Gasto Federalizado
Gobierno del Estado de Sonora Convenio para el Otorgamiento de Subsidios para Apoyar la Ejecución de 98 Obras o Proyectos en el Estado de Sonora Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-A-26000-02-1107 GF-563
Alcance Universo Seleccionado Muestra Auditada Representatividad de la Muestra
Miles de Pesos 547,334.5 547,334.5 100.0 %
El presupuesto asignado, durante el ejercicio 2011, a los Recursos asignados a Programas Regionales transferidos mediante el Convenio para el otorgamiento de subsidios para apoyar la ejecución de 98 obras o proyectos en el Estado de Sonora, fue de 547,334.5 miles de pesos, de los cuales se revisó el 100.0%. Resultados Control interno 1. Los resultados de la evaluación del control interno aplicada a la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, encargada de recibir y administrar los recursos federales con cargo a Programas Regionales, arrojaron fortalezas y debilidades en su gestión entre las que destacan las siguientes: Fortalezas: •
Cuenta con manuales de organización y procedimientos que definen las estructuras organizacionales alineadas con sus objetivos institucionales.
•
Cuenta con un adecuado control para el manejo de la documentación del ejercicio de los recursos del convenio.
•
Las cifras contenidas en las órdenes de pago se encuentran respaldadas por un oficio de autorización de recursos y cuenta con una clave presupuestal que identifica el tipo de recurso o convenio de que se trata.
•
Cuenta con el Sistema Integral de Información y Administración Financiera (SIIAF) que contiene entre otros, los procesos de planeación, presupuestación, ingresos y de ejercicio, de contabilidad y de la emisión de estados financieros.
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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
•
Cuenta con un sistema alterno denominado Visor Obras Sonora (VOS), el cual presenta información a detalle y avances físicos para la administración de los recursos del convenio.
Debilidades: •
Carece de un código de ética que delimite la actuación como servidores públicos.
•
No cuenta con un control para el reintegro oportuno de los intereses generados en la cuenta bancaria.
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No se utilizó una cuenta bancaria específica para la administración y ejercicio de los recursos federales.
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Se conocen los riesgos que obstruyen cumplir el objetivo del convenio, aun cuando tiene actividades de control éstos no se administran.
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Las obras concluidas no se registran en el patrimonio.
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El SIIAF no genera reportes que permitan la conciliación de las cifras que presentan sus informes respecto a la aplicación de los recursos del convenio.
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No se cuenta con mecanismos ni programas de capacitación, para que el personal que administra los recursos del convenio, se actualice respecto del marco normativo aplicable a su operación.
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No se cuenta con mecanismos de coordinación entre las áreas involucradas en la gestión del convenio, lo que incide en un deficiente control financiero, así como en la oportunidad en el ejercicio del gasto.
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Las retenciones del 2 y 5 al millar no se enteraron en forma oportuna a las instancias correspondientes.
•
No cuenta con indicadores de desempeño de los recursos aplicados con cargo a los Programas Regionales.
•
No evaluaron los resultados de la aplicación de los recursos del convenio.
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No incorpora mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación para mejorar su operación.
En razón de lo expuesto, la Auditoría Superior de la Federación considera que el control interno para la gestión del Convenio con cargo a Programas Regionales, asignado a la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora es regular, ya que aun cuando existen estrategias y mecanismos de control adecuados sobre el comportamiento de algunas actividades, estos no son suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos del convenio, la normativa y la transparencia en su operación.
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Gasto Federalizado
La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias a fin de atender y abatir las debilidades observadas, con lo que solventa lo observado. Transferencia de recursos 2. Se constató que la asignación de recursos federales mediante Programas Regionales para el Gobierno del Estado de Sonora, fue de 547,334.5 miles de pesos; dichos recursos carecen de los criterios de objetividad, equidad, transparencia, selectividad y temporalidad de acuerdo con los anexos 1, 2 y 3 del convenio, debido a que se presentó el convenio en copia simple y sin firmas. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, proporcionó copia certificada del Convenio para el otorgamiento de subsidios del Ramo 23-Provisiones Salariales y Económicas, debidamente formalizado, además del oficio de instrucción para que los convenios se formalicen antes de la radicación de los recursos, con lo que solventa parcialmente lo observado. Véase acción(es): 11-0-06100-02-1107-01-001 3. Se comprobó que la Dirección General de Control de Fondos y Pagaduría de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora utilizó una cuenta bancaria productiva, para la recepción y ejercicio de los recursos del Subsidio Federal fondos por 547,334.5 miles de pesos; sin embargo, no presentó evidencia de la emisión de los recibos correspondientes. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, proporcionó los recibos oficiales que acreditan la recepción de los recursos del convenio; sin embargo, omitió instruir las acciones pertinentes para evitar su recurrencia, con lo que solventa parcialmente lo observado. Véase acción(es): 11-A-26000-02-1107-01-001 4. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora transfirió recursos del Convenio con cargo a Programas Regionales por 70,000.0 miles de pesos mediante el recibo oficial núm. 6341556 del 23 de agosto de 2011 al municipio de Hermosillo, Sonora, los cuales fueron depositados en una cuenta bancaria productiva, la cual no fue específica, toda vez que en la misma cuenta se identificaron ingresos adicionales por 30,056.7 miles de pesos de otra fuente de financiamiento, dando en total 100,056.7 miles de pesos que generaron rendimientos financieros por 617.0 miles de pesos; asimismo, se verificó que los estados de cuenta bancarios muestran un saldo de 14.5 miles de pesos al 31 de diciembre de 2011 y 7.3 miles de pesos al 31 de marzo 2012. El Órgano de Control y Evaluación Gubernamental del municipio de Hermosillo, Sonora inició el procedimiento para determinar posibles responsabilidades administrativas de servidores públicos, y para tales efectos, integró el expediente núm. 541/12, con lo que se solventa lo observado.
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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
5. Se comprobó que la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora mezcló los recursos del convenio por 547,334.5 miles de pesos con recursos de otras fuentes de financiamiento, ya que se identificaron otros ingresos por 310,456.7 miles de pesos en 2011 y 39,577.3 miles de pesos de enero a marzo de 2012. Además, se comprobaron rendimientos financieros generados por 2,559.4 miles de pesos a marzo de 2012, y los estados de esta cuenta bancaria muestran saldos por 4,560.8 miles de pesos al 31 de diciembre 2011 y 475.3 miles de pesos al 31 de marzo de 2012. Por otra parte, de los recursos del convenio por 547,334.5 miles de pesos se determinó en función de los egresos bancarios, que se registró un ejercido por 251,545.1 miles de pesos de los programas o proyectos del anexo núm. 1 del convenio, y quedó pendiente comprobar un importe de 295,789.4 miles de pesos de la cuenta bancaria utilizada al 31 de diciembre de 2011, en obras o proyectos relacionados en el anexo 1 del Convenio con cargo a Programas Regionales. Véase acción(es): 11-A-26000-02-1107-06-001 6. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora no reintegró a la TESOFE los rendimientos financieros generados por la disponibilidad de los recursos federales por 2,559.4 miles de pesos al 31 marzo del 2012. Asimismo, el municipio de Hermosillo, Sonora, no presentó evidencia del reintegro a la Tesorería de la Federación de los rendimientos financieros generados por los recursos federales por 617.0 miles de pesos al 31 marzo del 2012. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, proporcionó la documentación que acredita el reintegro de los intereses a la Tesorería de la Federación por 2,775.1 miles de pesos y 49.9 miles de pesos que corresponden a rendimientos financieros actualizados, generados en la cuenta bancaria de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora y 614.2 miles de pesos de rendimientos generados en la cuenta bancaria del municipio de Hermosillo, Sonora, y justificó 2.3 miles de pesos que corresponden a las comisiones bancarias; adicionalmente, el municipio de Hermosillo, Sonora inició el procedimiento para determinar posibles responsabilidades administrativas de servidores públicos, y para tales efectos, integró el expediente núm. 541/12, con lo que se solventa parcialmente lo observado. Véase acción(es): 11-B-26000-02-1107-08-001 Registros e información contable y presupuestal 7. Se constató que la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora registró en su contabilidad los ingresos correspondientes al convenio por 547,334.5 miles de pesos y egresos por 251,545.1 miles de pesos identificados con la ejecución de los proyectos relacionados en el anexo 1 del convenio; asimismo con la revisión a la documentación comprobatoria del gasto, se constató que cumple con los requisitos fiscales, y se identificó con la leyenda “programas regionales 2011 (600 MDP)”.
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Por otra parte, no se presentó evidencia de los reportes generados por el Sistema Integral de Información y Administración Financiera (SIIAF) de auxiliares contables de las cuentas de ingresos, activo y gasto de capital en su caso, donde se refleje el avance o conclusión de las obras, se verificó que el sistema, limita generar reportes integrales oportunos para conciliar las cifras financieras, contables y presupuestales entre las áreas involucradas en la operación del convenio, que faciliten las tareas de control, vigilancia y fiscalización. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones para que las pólizas de ingresos y egresos se respalden con la documentación debidamente formalizada y se tomen las medidas para que el SIIAF mejore los programas establecidos, de acuerdo con la normativa, con lo que solventa lo observado. 8. Con la revisión del anexo núm. 1 del convenio para el otorgamiento de subsidios con cargo a Programas Regionales y del recibo oficial del 23 de agosto de 2011 expedido por el municipio de Hermosillo, Sonora, se verificó que se recibieron 70,000.0 miles de pesos para la ejecución de la obra Modernización del Boulevard Eusebio Kino, que las operaciones se soportaron en la documentación comprobatoria por los recursos recibidos la cual reúne los requisitos fiscales; sin embargo, el municipio no proporcionó evidencia de su registro en el patrimonio de dicha obra. El municipio de Hermosillo, Sonora, en el transcurso de la auditoria y con motivo de la intervención de la ASF, inició el procedimiento para determinar posibles responsabilidades administrativas de servidores públicos y, para tales efectos, integró el expediente núm. 493/12, con lo que solventa lo observado. 9. En el apartado de la Cuenta Pública Federal se identificó un monto de 1,634.9 millones de pesos, cifra que el Estado de Sonora integró por 4 convenios para el otorgamiento de subsidios, entre ellos el Convenio para el Otorgamiento de Subsidios para Apoyar la Ejecución de 98 Obras o Proyectos en el Estado de Sonora por 547,334.5 miles de pesos con cargo a Programas Regionales; no obstante, en la Cuenta Pública Estatal se incluye el anexo núm. 3 "Calendario de ejecución" y en el documento denominado Analítico de obras por dependencia-modalidad, anexo al apéndice IV Ramo 23 2011, sólo se reporta el avance físico y no el financiero de cada uno de ellas, el cual no muestra la integración de las obras financiadas con este convenio. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias, para que en lo sucesivo, se tomen las medidas para que los documentos de la Cuenta Pública se modifiquen agregando la columna de avance financiero, con lo que solventa lo observado. Destino de los recursos 10. El Gobierno del Estado de Sonora recibió 547,334.5 miles de pesos de recursos del Convenio con Cargo a Programas Regionales, los cuales fueron destinados para ejecutar las obras y proyectos relacionados en el anexo 1, gastos de administración (supervisión, a nivel
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general y supervisión externa, control de calidad y gastos indirectos), y gastos de fiscalización para el Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización del Estado de Sonora. Asimismo, se seleccionó una obra como muestra de auditoría ejecutada por el municipio de Hermosillo, Sonora, por un monto de 70,000.0 miles de pesos, denominada Modernización de Boulevard Kino (segunda etapa) ejercidos al 31 de diciembre de 2011; sin embargo, no se aplicaron los rendimientos financieros a obras o proyectos relacionados en el anexo 1 del Convenio. CONVENIO PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS PARA APOYAR LA EJECUCIÓN DE 98 OBRAS O PROYECTOS EN EL ESTADO DE SONORA (CON CARGO A PROGRAMAS REGIONALES) GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA DESTINO DE LOS RECURSOS (Miles de pesos) SECRETARÍA DE HACIENDA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA Ejercido al Concepto Ministrado 31-dic-11 31-mar-12 INGRESOS Convenio
547,334.5
251,545.1
Rendimientos financieros Gobierno del Estado no 2,559.4 0.0 aplicados. Total Ingresos 549,893.9 251,545.1 EGRESOS Recursos asignados derivado de la ejecución de infraestructura Gastos administrativos (Indirectos) 2% 5,568.3 3,900.2 Uno al millar para fiscalización (ISAF) 685.0 894.8 6,253.3 4,795.0 Total MUNICIPIO DE HERMOSILLO SONORA (MUESTRA) Modernización del Boulevard Kino (Segunda Etapa) 70,000.0 70,000.0 (Es una Obra de las 98 del Convenio) Rendimientos financieros municipio de Hermosillo 617.0 0.0 no aplicados. Total Ingreso municipio de Hermosillo 70,617.0 70,000.0 FUENTE:
Por Ejercer
0.0
295,789.4
0.0
2,559.4
0.0
298,348.8
0.0 0.0 0.0
-
1,668.1 209.8 1,458.3
0.0
0.0
0.0
617.0
0.0
617.0
Convenio para el otorgamiento de subsidios 2011, Auxiliares contables, Estados de Cuenta Bancarios, documentos denominados “Inversión autorizada y ejercida con cargo al Convenio del Ramo 23, de los 547 MDP (Avance al 31 de diciembre de 2011), Órdenes de pago ejercidas en 2011 con cargo al Convenio al Ramo 23Provisiones Salariales y Económicas por 547 MDP, y órdenes de pago.
El Gobierno del Estado de Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para que se tomen las medidas a fin de que los rendimientos generados en las cuentas bancarias de este tipo de convenios se apliquen o ejerzan antes del 31 de diciembre o en su defecto que se reintegren a la TESOFE, con lo que solventa lo observado. Transparencia 11. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora presentó los informes trimestrales del avance del ejercicio de los recursos de Programas Regionales a través del Portal Aplicativo de la SHCP, dentro de los 20 días naturales siguientes al término de cada 6
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trimestre; sin embargo, en dichos reportes no se identificaron los 98 programas o proyectos respecto del total de los recursos federales transferidos en el rubro de Programas Regionales. Véase acción(es): 11-B-26000-02-1107-08-002 12. En la publicación de los informes trimestrales, se constató que carece de la leyenda que alude a que el programa, es de carácter público, no es patrocinado por algunos partidos políticos etc. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó implementar las acciones preventivas para que se incluya la leyenda correspondiente en la publicación de los programas o proyectos, con lo que solventa lo observado. Obras públicas y adquisiciones 13. De los recursos federales asignados por 70,000.0 miles de pesos con cargo a Programas Regionales, en el municipio de Hermosillo, Sonora, se seleccionó para su revisión el proyecto núm. 006 Modernización del Boulevard Kino (segunda Etapa incluye pavimentación con concreto hidráulico) contrato núm. BOULEVAR-2011-OB01 con un monto contratado de 106,795.0 miles de pesos, y con el análisis del expediente técnico, se constató que el municipio asignó la obra bajo el procedimiento de Licitación Pública; sin embargo, no contó con el programa anual de obra pública. El Coordinador General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología del municipio de Hermosillo, Sonora en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para que en lo sucesivo se elabore y publique el programa operativo anual de obras públicas, con lo que se solventa lo observado. 14. Con la obra seleccionada en la muestra de auditoría con núm. de contrato BOULEVAR2011-OB01-CA01, ejecutada por el municipio de Hermosillo, Sonora, se verificó que el contrato se encontró debidamente formalizado y cumple con los requisitos mínimos establecidos por la normativa; asimismo, no se pactó ni entregó anticipo y las garantías de cumplimiento y vicios ocultos se entregaron en tiempo y forma. 15. Se comprobó que el contrato núm. BOULEVAR-2011-OB01-CA01 se ejecutó de acuerdo al plazo y monto pactado, se justificó y autorizó un convenio modificatorio en tiempo y monto, se cuenta con la bitácora de obra y el acta de entrega-recepción, los cuales son acordes con los plazos y montos pactados en el contrato y el convenio; sin embargo, la entrega recepción se formalizó 30 días después de lo que establece la normativa. El municipio de Hermosillo, Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó crear los mecanismos de control interno basados en su Manual de Procedimientos y con estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas a efecto de formalizar las actas de entrega recepción en los plazos que establece la normativa, con lo que solventa lo observado. 7
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16. Se comprobó que los pagos del contrato núm. BOULEVAR-2011-OB01-CA01 están soportados en las facturas; las estimaciones se acompañaron de los documentos que acreditan la ejecución del mismo y que amparan los 70,000.0 miles de pesos del convenio con cargo a Programas Regionales; los conceptos de obra corresponden con los números generadores; sus precios unitarios no se incrementaron injustificadamente y corresponden a lo autorizado en el catálogo de conceptos y en el finiquito. 17. Se comprobó que en el contrato núm. BOULEVAR-2011-OB01-CA01 se presentaron conceptos extraordinarios por 2,300.0 miles de pesos que representaron el 19.9% del monto contratado, los cuales se encuentran debidamente justificados y autorizados, y se realizaron las retenciones por 867.8 miles de pesos correspondientes a derechos e impuestos. 18. Se constató que en el contrato núm. BOULEVAR-2011-OB01-CA01 existen conceptos ejecutados y pagados (trazos, excavaciones, rellenos, acarreos, instalaciones de tubería y registros) en el interior de los predios de empresas particulares de televisión por cable y telefonía que favorecen la imagen de sus establecimientos por un monto de 409.2 miles de pesos trabajos incluidos en el catálogo de conceptos que forma parte del contrato de obra. Sin embargo, no se presentó evidencia de justificación para realizar dichos trabajos. Véase acción(es): 11-D-26030-02-1107-06-001 19. En el contrato revisado se compararon selectivamente los precios de los conceptos de obra y la integración de sus precios unitarios respecto del costo de los insumos, y se constató que los precios pactados en el contrato se encuentran dentro de los parámetros del mercado. 20. Como resultado de la visita física de la obra con núm. de contrato BOULEVAR-2011OB01-CA01, se observó que los conceptos de obra seleccionados están concluidos y la obra se encuentra en operación y cumplen con las pruebas de calidad; sin embargo, se constató que en la partida trasplante de árboles Blvd, Kino por un monto de 3,260.3 miles de pesos, el municipio de Hermosillo no presentó evidencia de su extracción ni de su reubicación. El municipio de Hermosillo, Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, presentó la documentación de los movimientos de reubicación de árboles avalados por el Órgano de Control y Evaluación Gubernamental del municipio; adicionalmente, inició el procedimiento para determinar posibles responsabilidades administrativas de servidores públicos, y para tales efectos integró el expediente núm. 493/12, con lo que solventa lo observado. Gastos administrativos 21. Con los recursos del Convenio con cargo a Programas Regionales, se verificó que se pagaron 3,900.2 miles de pesos por conceptos de supervisión general y externa, control de calidad y gastos indirectos en 6 proyectos relacionados en el anexo núm. 1 del convenio; sin embargo, excedieron en 2,723.5 miles de pesos respecto de los 1176.7 miles de pesos que representan el 2.0% establecido en el convenio; por otra parte, no presentó evidencia
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de que estos gastos justificaron un beneficio económico y social ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Véase acción(es): 11-A-26000-02-1107-06-002 22. Se comprobó que al 31 de marzo de 2012 el Gobierno del Estado de Sonora efectuó la retención de cada estimación del cinco y dos al millar de las obras por contrato por 319.8 miles de pesos de los cuales en los auxiliares contables se muestra el entero correspondiente por 206.2 miles de pesos, y quedo pendientes 113.6 miles de pesos; asimismo, en el municipio de Hermosillo, Sonora, por cada estimación retuvo el cinco al millar, del cual se enteraron 327.9 miles de pesos en la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado; sin embargo, dicha dependencia sólo transfirió a la Secretaría de la Contraloría General del Estado de Sonora 222.8 miles de pesos, por lo que está pendiente de enterar un saldo por 105.1 miles de pesos; cabe aclarar que los enteros son transferidos cada trimestre. Véase acción(es): 11-A-26000-02-1107-01-002 23. Se constató que la Dirección General de Control de Fondos y Pagaduría de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora liberó recursos del convenio por concepto del uno al millar para la fiscalización por 894.8 miles de pesos; sin embargo, este importe excedió en 347.5 miles de pesos respecto de lo establecido por la normativa. Por otra parte, la entidad no proporcionó evidencia de que informó a la Contraloría Estatal y al Órgano Técnico de Fiscalización sobre la suscripción del convenio, y no notificó por escrito la entrega de los recursos del uno al millar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Véase acción(es): 11-A-26000-02-1107-06-003 Cumplimiento de metas, objetivos e indicadores 24. Se constató que dentro de los programas y proyectos del convenio para el otorgamiento de subsidios, la entidad fiscalizada no incorporó los indicadores de desempeño, de los recursos aplicados con cargo a Programas Regionales, asimismo, se verificó que las acciones y recursos aplicados se alinearon con los programas sectoriales de desarrollo social; sin embargo, la entidad fiscalizada no proporcionó evidencia de contar con los indicadores estratégicos y de gestión, ni con la evaluación de los resultados para medir el grado de cumplimiento de los objetivos y metas de los programas y proyectos ejecutados con el convenio. La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para que, en lo sucesivo, se tomen las medidas preventivas para desarrollar e integrar los indicadores de desempeño para los convenios de Ramo 23, con lo que solventa lo observado. 25. De la revisión y análisis del convenio respecto del programa de inversión se desprenden los elementos siguientes para evaluar el cumplimiento de las metas y objetivos del programa.
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•
La muestra seleccionada para su análisis por 70,000.0 miles de pesos representa el 12.8% del universo.
•
La obra revisada se concluyó dentro del periodo de ejecución calendarizado.
•
La obra aporta beneficios a la población, objetivo por el cual fue destinada.
De acuerdo a los elementos anteriores, se puede concluir que el Gobierno del Estado de Sonora cumplió con las metas y objetivos de la muestra seleccionada de los recursos federales asignados a Programas Regionales debido a que la obra se concluyó y opera adecuadamente dentro del periodo de ejecución convenido. Acciones Recomendaciones 11-A-26000-02-1107-01-001.- Para que el Gobierno del Estado de Sonora instruya a quien corresponda a fin de que, en lo sucesivo, se establezcan los controles suficientes que garanticen que se elaboren y remitan oportunamente los recibos que acrediten las transferencias de los fondos federales del Convenio con cargo a Programas Regionales. [Resultado 3] 11-A-26000-02-1107-01-002.- Para que el Gobierno del Estado de Sonora instruya a quien corresponda, a fin de que en lo sucesivo, implemente un procedimiento de control a efecto de que se efectúen todas las retenciones correspondientes al dos y cinco al millar se enteren a la Secretaría de la Contraloría General del Estado en forma oportuna. [Resultado 22] 11-0-06100-02-1107-01-001.- Para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruya a quien corresponda a fin de que, en lo sucesivo, establezca los mecanismos de control necesarios para que se formalicen los Convenios con cargo a Programas Regionales antes de la radicación de los recursos y cumplan con los criterios normativos. [Resultado 2] Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria 11-B-26000-02-1107-08-001.- Ante la Secretaría de la Contraloría General del Gobierno del Estado de Sonora para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no reintegraron oportunamente a la Tesorería de la Federación los intereses generados en la cuenta bancaria utilizada para el manejo de los recursos con cargo a Programas Regionales. [Resultado 6] 11-B-26000-02-1107-08-002.- Ante la Secretaría de la Contraloría General del Estado de Sonora, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no reportaron en los informes trimestrales el total de las 98 obras o proyectos relacionados en el anexo en el apartado de Programas Regionales del Formato Único Sobre Aplicaciones de Recursos Federales. [Resultado 11]
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Pliegos de Observaciones 11-A-26000-02-1107-06-001.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 295,789,419.54 pesos (doscientos noventa y cinco millones setecientos ochenta y nueve mil cuatrocientos diecinueve pesos 54/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta de la Tesorería de la Federación, por concepto de falta de documentación comprobatoria que acredite la ejecución de obras o proyectos vinculados con el anexo 1 y pagados de la cuenta bancaria del convenio. [Resultado 5] 11-A-26000-02-1107-06-002.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 2,723,522.52 pesos (dos millones setecientos veintitrés mil quinientos veintidós pesos 52/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta de la Tesorería de la Federación por pagos aplicados en exceso al límite establecido por concepto de pago de gastos indirectos. [Resultado 21] 11-A-26000-02-1107-06-003.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 347,499.24 pesos (trescientos cuarenta y siete mil cuatrocientos noventa y nueve pesos 24/100 M.N), por exceso en la aplicación de recursos por concepto del uno al millar establecido en la normativa más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro a la Tesorería de la Federación. [Resultado 23] 11-D-26030-02-1107-06-001.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 409,178.75 pesos (cuatrocientos nueve mil ciento setenta y ocho pesos 75/100 M.N), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta de la Tesorería de la Federación, por concepto de pago de trabajos de imagen urbana en predios que benefician a empresas particulares. [Resultado 18] Recuperaciones Operadas y Probables Se determinaron recuperaciones por 302,708.8 miles de pesos, de los cuales 3,439.2 miles de pesos fueron operados, y 299,269.6 miles de pesos corresponden a recuperaciones probables. Resumen de Observaciones y Acciones Se determinó(aron) 20 observación(es), de la(s) cual(es) 11 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 9 restante(s) generó(aron): 3 Recomendación(es), 2 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y 4 Pliego(s) de Observaciones. Dictamen: negativo La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y 11
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alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Gobierno del Estado de Sonora y el municipio de Hermosillo, Sonora, no cumplieron con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: 295,789.4 miles de pesos por falta de documentación comprobatoria de las erogaciones vinculadas con el anexo 1 del convenio; 3,439.2 miles de pesos de intereses no devengados y no ejercidos, los cuales ya fueron reintegrados a la Tesorería de la Federación; 2,723.5 miles de pesos de pagos en exceso al 2.0% de los gastos indirectos; 409.2 miles de pesos por pago de obra ejecutada que benefició a empresas particulares de joyería, televisión por cable y de telefonía sin justificación alguna, y 347.5 miles de pesos que excedieron el uno al millar para gastos de fiscalización.
Apéndices Áreas Revisadas La Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora y el municipio de Hermosillo, Sonora. Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan: 1.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículo 134, párrafo primero.
2.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artículos 51, 54, 74, 75, párrafo último, y 85, fracción II.
3.
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artículos 223, párrafos tercero y cuarto.
4.
Ley General de Contabilidad Gubernamental: artículos 42 y 43.
5.
Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Convenio para el otorgamiento de subsidios 2011, cláusulas, tercera, quinta, sexta, párrafo último, octava, inciso a, décima, décima tercera, párrafos, primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto; y décima quinta. Ley Federal de Derechos, artículo 191;
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Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos a las entidades federativas, numeral noveno, fracción III. Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes: Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Comentarios de la Entidad Fiscalizada Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.
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