revista mercantil

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UNIVERSIDADNACIONALAUTONOMADEHONDURAS UNAH

ESTUDIANTE:

Cinthia pamela flores Ramos

CUENTA : 20171031058

CLASE. DERECHO MERCANTIL Y LABORAL

ASIGNACION: REVISTA MERCANTIL

CIUDAD UNIVERSITARIA 13 DE MARZO 2024 1
INDICE INTRODUCCION 2 REVISTA MERCANTIL…………………………………………………………………………3 SOCIEDAD ANONIMA……………………………………………………………………… ….4 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA………………………………………….…24 TITULO DE VALORES 28 INCOTERMS………………………………………………………………………………………40 2

INTRODUCCIÓN

Soy un estudiante de la clase de Derecho Mercantil de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Con cariño y una misión de facilitar el aprendizaje siendo que son temas muy importantes como las sociedades mercantilesylostiposdetítulo valoreshedecididoderealizarunarevistaque se le domina “Revistamercantil” .

Querido lectores en tus manos tiene una revista que está elaborada para facilitar el conocimiento a los estudiantes universitario que estudian derecho mercantil y su licenciatura en contaduría pública y finanzas.

En la Sociedades Anónimas y las Sociedades De Responsabilidad

Limitada abordaremos, su definición, la cantidad de socios, administradores, clasificación de las acciones entre otros elementos.

En título valores su definición de cada titulo valor, los sujetos de cada título valor y los post y contra de emitir o recibir un título valor entre otra información.

Espero que este contenido sea muy valioso para realizar sus respectivas asignaciones académicas.

Se despide Cinthia pamela flores

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“Revista Mercantil”
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Sociedad anónima

es la que existe bajo una denominación; y tiene un capital fundacional dividido en acciones, cuyos socios imitan su responsabilidad al pago de las que hubieren suscrito

presenta la de ser negociable y sus titulares iguales derechos.

La ACCION, es un título valor, que particularidad fácilmente además de otorgar a 5

Aquéllasenqueexpresamenteconstaeneltextodel títuloelnombredesutitularyquesólosepuede transmitirmedianteendoso,entregadeldocumentoyla anotaciónenellibrodelemisor,queesellibrodeacciones nominativasquealefectodebellevarlasociedad.

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ACCIONES NOMINATIVAS

Acciones al Portador

Son aquellas acciones en cuyos títulos no aparece el nombre de una persona, lo que facilita su traspaso o transferencia.

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EXISTENCIA DE UN CAPITAL FUNDACIONAL DIVIDIDO EN ACCIONES 8

Las acciones son las partes iguales en las que se divide el capital social de una sociedad anónima. Estas partes son poseídas por una persona, que recibe el nombre de accionista, y representan la propiedad que la persona tiene de la empresa, es decir, el porcentaje de la empresa que le pertenece al accionista. El mínimo del capital social es de 25000

REQUISITOS 9

Los estatutos no son leyes para la generalidad porque la corporación no surge por voluntad de la Ley, sino de los particulares.

Órgano de Vigilancia

ORGANOS DE LA SOCIEDAD ASAMBLEADE ACCIONISTA Órgano Administrativo
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ASAMBLEA DE ACCIONISTAS

Tiene una vida o carácter efímero, ya que es la MÁXIMA

AUTORIDAD

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¿Cuándodebendereunirse?

⦁ Por lo menos 1 vez al año, dentro de los 4 mesesquesigan a la clausuradelejerciciosocial.

En el mes de abril se reúnen de cada año en sesión ordinaria

ASAMBLEAS ORDINARIAS
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ASAMBLEA CONSTITUTIVA

fundación simultanea es la práctica nuestra evidencia que la sesión se celebra en el mismo acto de constitución de la sociedad

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Dónde se llevarán acabo lasAsambleas

Duranteeseplazoloslibrosylosdocumentosrelacionados,deberánestarenlasOficinas delaSociedad,adisposicióndelosAccionistas,paraqueestédebidamente informados.

Los COMISARIOS, deberán ser CONVOCADOS, mediante TARJETA CERTIFICADA.

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la Asambleas Ordinarias y ¿Quién preside Extraordinarias?

Salvoestipulacióncontrariadelosestatutos,seránpresididasporel Administrador único o por el

presidente del Consejo de Administracióny afaltadeellas, porel quefueredesignadopor los accionistas presentes.

ACTAS DE LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ACCIONISTAS

Seasentaránenellibrorespectivoydeberánserfirmadasporel presidenteyporelsecretariodelaasamblea,asícomoporlos comisariosqueconcurran

ADMINISTRACIONYREPRESENTACION DE LASOCIEDADANONIMA

Unipersonal= Administrador Únicoy

Colegiado= ConsejodeAdministración

¿a lEl uso de la razón social

Administrador, al consroo considerquese determineny a falta dedesignación,alpresidentedel Consejo deAdministración.

DURACIÓN.

ORGANO DE VIGILANCIA

Las funcionesdelórganodevigilancia,essercontrolador, supervisorovigilarlasactuacionesdelaadministración

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Personalidad Jurídica:

aquella por la que se reconoce a una persona, entidad, asociación o empresa, con capacidad suficiente para contraer obligaciones

Requisitos (Art. 14 del Código de Comercio)

1.Escritura Pública.

2. Publicación.

3.InscripciónenelRegistro Públicode Comercio.

4. Inscripción en la Cámara de

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ESCRITURA PUBLICA

Una escritura pública es un documento público en el que se hace constarante un notario público

Requisitos:

1.Numero de instrumento.

2.Lugar y fecha.

3.Comparecientes.

4.Generales de los comparecientes y 5.Otros

La finalidad de una sociedad será la de comprar y vender mercancías al por mayor y menor, fabricación, transformación, distribución y cualquiera otra actividad de licito comercio.

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Capital social

Esta representado por la suma del valor nominal de aportaciones prometida porlossocios

Razón y denominación social:

Eslaidentificacióndelasociedad,escomoseconoceráenelmundodelos negocios.

DEFINICIÓNRAZÓN:

LA RAZÓN SOCIAL ES LA DENOMINACIÓN POR LA CUAL SE CONOCE COLECTIVAMENTE A UNAEMPRESA.

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Sociedad de responsabilidad limitada es la que existe bajo una razón social o bajo una denominación y cuyos socios solo están obligados al pago de sus aportaciones.

�� Ninguna sociedad de responsabilidad limitada tendrá más de veinticinco socios.Art. 69

�� El capital social no será inferior a cinco mil lempiras; se dividirá en partes sociales que pueden ser de valor y categoría desiguales, pero que en todo caso serán de cien (L100.00) lempiras o de un múltiplo de cien.Art. 70

�� La sociedad llevará un libro especial de socios, en el que se inscribirá el nombre y el domicilio de cada uno, con indicación de sus aportaciones y la transmisión de las partes sociales.

SOCIEDAD DE RESPOSABILIDAD LIMITADA art.66
��

Las asambleas se reunirán en el domicilio social por lo menos una vez al año en la época fijada en la escritura social.

Exhibido 23 Capital

Autorizado Suscrito

Casos de disolución (Art. 322 del Código de Comercio)

1)Expiración del Tiempo señalado.

2)Imposibilidad de realizar el fin principal.

3)Reducción de los socios a un número inferior al que la ley determina.

4)Perdida de las 2/3 partesdel capital social y

5)Acuerdo de lossocios.

Los socios no se les puede excluir su participaciónen:

1)Participación en ganancias

2)Participación en las utilidades

Se exceptúen de esta disposición los socios industriales (Art. 28 numeral III).

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. Obligaciones mercantiles

La obligaciónenderechomercantilesunarelaciónjurídicaquenacecuando unapersonallamadadeudorseadquierelaobligacióndedar,hacer,onohacer algunacosaenbeneficiodeotrapersonallamadoacreedor.

TÍTULOS VALORES

Son documentosnecesariospara ejercitar el derecholiteral y autónomoque en ellos seconsigna 26

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Principio de lejislacion

El tenedor de un título tiene la obligación de exhibirlo para ejercitar el derecho que en él se consigna

PRINCIPIO DE LITERALIDAD

El texto literal del documento determina el alcance y modalidades de los derechos yobligaciones consignadas en él

PRINCIPIO DE BUENAFE

Cuandonosepuedacomprobarsiunafirmahasidopuestaanteso despuésdelaalteración,sepresumequelofueantes.

PRINCIPIODEAUTONOMÍADELASFIRMAS

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FIRMAA RUEGO.

Cuando el que deba suscribir un título- valor nosepa ono pueda firmar, lo hará a su ruegootra persona, y la firma de ésta será autenticada porun notario.

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LOS TÍTULOS NOMINATIVOS

• Sonlos expedidosa favorde personadeterminada,cuyonombreha de consignarsetanto en el texto del documentocomoen un registroque llevará al efecto el emisor.

LOS TÍTULOSALAORDEN.

• Son los expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto mismo del documen

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DE LOS TÍTULOS VALORES. LEY DE CIRCULACIÓN
CLASIFICACIÓN

En Propiedad

Tipos de Endoso

¿Comose liberanlos endosantes de esa obligación?

Por clausulas “sin mi responsabilidad"u otro equivalente

En

En Garantía

¿Como se liberan los endosantes de esa obligación?

Por clausulas “sin mi responsabilidad "u otro equivalente

Procuración

Declaración cambiaria, incorporada a una letra de cambio, por la cual se garantiza el cumplimiento total o parcial de otra obligación cambiaria.

El librador: es quien da la orden de pago, el titular de la cuenta. El librado: es quien ha de efectuar el pago, siempre una entidad bancaria. El tenedor o beneficiario: es quien ha de cobrar el cheque.

LETRADE CAMBIO

LALETRADECAMBIOESUNTÍTULO-VALORQUEINCORPORA:UNAORDENDEPAGODEL LIBRADORDIRIGIDAALLIBRADOPARAQUEPAGUEUNACANTIDADDEDINERO

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Sujetos

El librador / Girador Es la persona que emite o crea la letra dando la orden de pago, cuyo cumplimiento garantiza.

El librado / Girado

Es la persona a la que va dirigida la orden de pago.

Sólo se obligará cambiariamente cuando declare expresamente y en la propia letra que acepta su pago, momento en el que se le denomina aceptante.

El tomador / tenedor es la persona a la que se ha de hacer el pago de la suma de dinero indicada en la / Beneficiario letra

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• El Girador es responsable de la aceptación y el pago de la Letra de Cambio, toda cláusula que lo exima de la responsabilidad se tendrá por noescrita.

• ACEPTACIÓN

• La aceptación contendrá normalmente la palabra acepto, u otra equivalente, y la firma del girado.

AVAL

Declaración cambiaria, incorporada a una letra de cambio, por la cual se garantiza el cumplimiento total o parcial de otra obligación cambiaria.

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PROTESTO

Es la certificación auténtica levantada porNotario, dequela letra decambio fuepresentadaoportunamenteparasuaceptaciónoparasupagoy nofue aceptada opagada porel obligado.

PAGARE

El pagaré es un título-valor que contiene la promesa

pura y simple de pagar una cantidad de dineroa favor o a la ordendepersona determinada.

PAGARE SUJETO

Sujetos

Firmante / Emisor

Beneficiario

Queda obligado, igual que el aceptante de una letra de cambio.

Es la persona a quien ha de hacerse el pago o a cuya orden se ha de efectuar.

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CHEQUE

Untítulo-valorquecontieneunapromesadepagodellibradorenfavordeuna

personadeterminadaodelsimpleportadordeltítulo

TIPOS DE CHEQUES

CHEQUECERTIFICADO CHEQUE DE CAJA

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 Los INCOTERMS son términos utilizados en el Comercio Internacional para definir las obligaciones y responsabilidades asumidas por el comprador y vendedor de un producto.

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CONCLUSIONES

Susprincipalesobjetivossondelimitarlosriesgosycostosquecorrespondenacadaparte,darseguridad jurídicayconfianzaenlarelacióncomercial,eliminandolaambigüedadenloscontratos

Son títulos quetienenunderechoincorporadoaellos. La tenenciadel título, legitima al tenedor.

El objetivodesucreaciónesfacilitarsucirculaciónenbeneficiodelas prácticas comerciales.

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Ejemplos de sociedades inscrita en el Registro Público del Comercio

Las comerciales emiten mas las letras de cambios por adquirir una obligación de crédito a cambio de un artículo.

Los cheques la utilizan los bancos o instituciones para pagar planillas de salario entre otros.

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