Informativo ADE | Junio 2009
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Edición Especial - Asociación Distrital de Educadores
Editorial La Junta Directiva de la ADE saluda a todo el magisterio bogotano luego de celebrarse un día más de los maestros. Después de siete meses de haber recibido la Resolución del Ministerio de Protección Social, dejando en depósito en sus archivos la composición de la Junta Directiva actual, publicamos de nuevo el periódico de la ADE con la intención de mejorar la comunicación con los maestros afiliados y de salir a la luz pública cada dos meses suministrando la información y análisis de los asuntos educativos que competen a todo el gremio y la comunidad educativa. Nos hallamos en un momento político de crisis mundial del capitalismo que afecta principalmente al pueblo sobre quien se descarga su recuperación y todavía sin conocer todas sus consecuencias en la economía y en las condiciones salariales y de vida de los trabajadores y el pueblo en general. Los maestros no nos escapamos a ésta. En medio de ella se presentó un Pliego de Peticiones al Gobierno Nacional, radicado el 24 de marzo, fecha en que conmemoramos los primeros cincuenta años de lucha de FECODE, nuestra federación a la que deseamos muchos años más de existencia y lucha en defensa de la educación pública y los derechos de los maestros. El gobierno uribista, ante las exigencias del Congreso norteamericano para poder aprobar el lesivo TLC, se vio obligado a expedir el Decreto 535 de 2009 que permite la presentación de “solicitudes respetuosas” ante el gobierno y dar respuesta en un término máximo de 40 días; el 25 de abril fue recibida la comisión negociadora y se pactó con la Ministra de Educación una serie de reuniones que comenzaron el 14 de abril y terminaron el 23 de mayo con la firma de un Acta de acuerdos, desacuerdos y compromisos y una constancia que dejó la Federación, que requieren su análisis por el magisterio. La Ministra mantuvo su posición de no negociar los puntos fundamentales como son: la presentación de una propuesta de Estatuto Único de la Profesión Docente y el respeto al Régimen Especial de pensiones de los maestros, sobre todo este último que acabaría prácticamente con la Federación y dejaría sin trabajo a decenas de miles de maestros a partir del 31 de julio de 2010, como lo pretende ella. Ha dado algunos paliativos que debemos valorar en su justa medida pero, deja sin resolver lo fundamental de la estabilidad y los derechos adquiridos de la mayoría de nosotros. Por eso se hace necesario fortalecer la organización con la elección de los delegados sindicales de institución, jornada y sede, la consolidación de los Comités Sindicales Institucionales y Locales, la educación sindical y la movilización permanente como lo definió el Plan de Acción aprobado por la Asamblea de Delegados. Debemos en ese marco salir a la protesta, como lo hicimos muy bien el 13 de mayo, y prepararnos para el Paro en el segundo semestre de 2009 y evitar un duro golpe a las pensiones de los maestros, al Fondo Prestacional y a la carrera docente. Debemos estar en permanente alerta al llamado de FECODE para movilizarnos cuando se requiera y defender con todo nuestros derechos. ¡VIVA la lucha del magisterio en defensa del pliego de peticiones! Asociación Distrital de Educadores ADElante! JORGE ENRIQUE LAVERDE HERRERA Presidente
JUNTA DIRECTIVA ADE Jorge Enrique Laverde Herrera Presidente Miguel Angel Pardo Romero Vicepresidente Manuel Moreno Garzón Secretario General Melva Rincón Suárez Tesorera William Agudelo Sedano Fiscal Luz Marina Turga Avila Secretaria de Prensa y Comunicaciones Luis Alberto Garzón Secretario de Asuntos Jurídicos, Laborales y Seguridad Social Luz Estela Olaya Rico Secretaria de Asuntos Intergremiales y Cooperativos Luis Eduardo Almendrales Viadero Secretaria de Asuntos Educativos, Pedagógicos Científicos y Culturales Clemencia Vanegas Manrique Secretaria de Asuntos de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Comunidad SEDE NORTE Calle 25 A No. 31-30 Teléfonos: 344 0742 - 268 6876 SEDE SUR Trans. 9 No. 1-35 sur Teléfonos: 333 1768 - 289 0266 SITIO WEB www.adebogota.org CORREO ELECTRONICO info@adebogota.org DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Patricia España Ramírez IMPRESIÓN El Nuevo Siglo Bototá D.C., Colombia 2009
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INFORME DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ADE AL MAGISTERIO AUDIENCIA CON EL SECRETARIO: 3 y 6 de febrero. Con subsecretarios el 11 y 19 de febrero. Los temas tratados fueron: Conflictos en colegios con traslados discrecionales: rechazo a estos. Compromiso: Crear Comité de Conflictos con participación ADE. Cierre de Nocturnos: Compromiso: Directiva 01/09 manteniendo abierta matrícula y plazo pagos. Comité de nocturnos ADE/SED. Prórroga contrato provisionales: Compromiso ubicarlos a todos. Problemas en aplicación Plan sectorial: articulación, especialización de la media y ciclos. Compromiso circular aclaratoria de alcances de su aplicación por SED y rectores. Permisos sindicales como derecho colectivo: Junta Directiva y un día semestral para Asambleas de maestros. Compromiso dar el día. Reglamentación comisiones de estudio. Compromiso Resolución reglamentaria. No se ha dado. Ascensos dentro del 1278/02. Compromiso de realizar pruebas al finalizar el año 2009. Jornada laboral y escolar. Compromiso circular sobre respeto jornada de las 6 horas incluyendo el descanso. Declaración del 8 de octubre de 2007 con el precandidato a la Alcaldía Mayor Samuel Moreno. No se trató. Obras de construcción y reforzamiento colegios en ejecución, proyectadas y con dificultades: Se entregó informe escrito por la SED MESA DE CONCERTACIÓN LABORAL DISTRITAL: Participa Presidente y secretaria asuntos intergremiales de la ADE y representantes de los sindicatos con sede en Bogotá. Participación en varias reuniones desde febrero. Se elaboró pliego distrital: educación: ampliación planta docentes, fortalecimiento educación de jóvenes y adultos, bienestar social. Se radicó a Alcaldía y no ha iniciado negociación. COMITÉ LABORAL DE ASUNTOS DE PERSONAL DOCENTE, DIRECTIVO DOCENTE Y ADMINISTRATIVO DE LA SED: Participan ADE, SINDISTRITALES, SINDODIC, SINTRENAL, USDE. Instalación 12 de febrero. Reunión mensual. Temas: Planta de personal, evaluación de desempeño laboral docente y administrativo, Capacitación, carga laboral, salud ocupacional, políticas de bienestar. Parametrización cargos administrativos, juegos del sector educativo, programas de bienestar.
OTRAS ACCIONES DE JUNTA: Dos reuniones con los nuevos delegados, asesores y veedores de salud. Acompañamiento a la veeduría. Reunión con comisiones de la ADE Reuniones con Previsora y representantes entidades médicas: Compromisos de oportunidad, agenda, ampliación servicio. Auditoría. Posibles sanciones. Congreso de Salud Ocupacional de SED. Capacitación veedores 9 de mayo. Participación en Mesa Académica. Seminario Académico con la SED: 22 de mayo, reiteración circular aclaratoria de aplicación ciclos, articulación y especialización de la media respetando autonomía y gobierno escolar. Participación en Comités de Amenazados, Capacitación, Personería, Fondo Prestacional, a través de sus delegados. REFERENDUM POR EL INTERCAMBIO HUMANITARIO: Acuerdo de apoyo a recolección firmas desde finales de febrero con profesor Moncayo. Entregadas 1200 hojas de firmas. Recogidas cerca de 1.460 firmas. PARTICIPACIÓN EN PLIEGO DE PETICIONES DE FECODE: Seminario del 13 y 14 de marzo con cerca de 150 delegados. Participación en varias Juntas Nacionales. Tres Asambleas de Delegados. Marcha del 24 de marzo con baja participación de Bogotá. Marcha 1º de mayo, buena participación. Marcha del 13 de Mayo, excelente participación. PRESUPUESTO 2009: Discutido entre 2ª quincena de marzo y 1ª de abril. Aprobado con ajuste de 7.67% en promedio. Próxima Asamblea de Delegados se presenta con Balances, se discute y aprueba. DECRETO 1290. Evaluación. FECODE rechaza esta norma. La Junta no ha discutido profundamente su contenido: Mantenimiento políticas, estándares, competencias, limitan autonomía. FORTALECIMIENTO ORGANIZACIÓN SINDICAL: Se viene trabajando en la elección de delegados por colegio, consolidación de los comités locales, ya en su mayoría funcionando, fortalecimiento del CEID y la Escuela Sindical, de las comisiones de trabajo y las delegaciones de la ADE a otras instancias oficiales, acercamiento y organización de los directivos docentes, desarrollo de los medios de comunicación: programa radial, periódico, boletín quincenal, página web, revista pedagógica, etc.
Presentado por: Jorge Enrique Laverde Herrera – Presidente.
MESA LABORAL: ADE – SED: Reunión cada 15 días. Seguimiento a conflictos, quejas de maestros por traslados, acoso, ascensos, compromisos de SED. Sólo se ha cumplido reglamentación de estímulos a docentes de educación especial. Pendiente ruralidad.
Temas de interés
Conocer nuestro régimen especial en salud:
¡un principio fundamental para defenderlo! La salud es un derecho consagrado en nuestra Constitución Nacional, pero la política neoliberal la ha convertido en una mercancía y un negocio. El régimen especial en salud para los maestros y maestras de Colombia y de sus beneficiarios y beneficiarias, se estableció en la Ley 91/89, producto de las luchas del magisterio colombiano en la década del ochenta que logró entre otras cosas la creación del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio para garantizar que los recursos económicos para el pago de prestaciones sociales, no se esfumaran en las arcas politiqueras regionales y nacionales. En el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, se consagró la excepcionalidad del magisterio en la aplicación de esta ley, ratificando la especialidad de nuestro régimen, tanto en salud como en pensiones.
En materia de régimen especial en salud, no existen presuntos límites, ni transiciones entre los docentes antiguos y nuevos: razón esencial y fundamental para que estemos atentos a defenderlo de las pretensiones del gobierno de acabarlo y llevarnos al modelo general de la salud consagrado en la Ley 100. El régimen especial en salud, es de todos los maestros y maestras y sus beneficiarios y beneficiarias, son afiliados y afiliadas al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del magisterio; éste, es una CUENTA ESPECIAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL, que debe ser administrada por una entidad fiduciaria en que el Estado tenga la mayor parte; hasta hoy, esa entidad ha sido la fiduciaria La Previsora. Desde el año 2004, el gobierno colombiano ha venido introduciendo cambios en los términos de referencia para la contratación de la prestación
Por: Melva Rincón Suárez Tesorera ADE del servicio médico de los últimos años. Cambios que conducen a acabar con nuestro régimen especial, tales como: EL PAGO POR CAPITACION, LA RUPTURA EN LA INTEGRALIDAD DEL SERVICIO, EL PAGO POR EVENTO EN LAS ACTIVIDADES DE PROMOCION PREVENCION y SALUD OCUPACIONAL, LA REGIONALIZACION, LA INCLUSION DE MAS DE UNA ENTIDAD PRESTADORA, LA LIBRE ELECCION y MOVILIDAD ENTRE ELLAS, introduciendo la competitividad Continua en la página 4
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Viene de la página 3 y comercialización como elemento esencial para mejorar la calidad y oportunidad en la prestación del servicio, postulados del modelo neoliberal de Ley 100. La resistencia del magisterio y sus familias, con su lucha, ha impedido que nos lleven totalmente a ese modelo y por eso, LOS PERIODOS DE CARENCIA, LAS CUOTAS MODERADORAS, LOS COPAGOS, EL POS (plan básico general) y LAS PREEXISTENCIAS, no existen en nuestro régimen de salud ni para los afiliados y afiliadas, ni para nuestros beneficiarios y beneficiarias. Nuestro régimen de salud integra todos los servicios médicos asistenciales que se requieran y estén al alcance de la ciencia y la tecnología, tales como procesos de tratamientos, rehabilitación y curación; prevención y promoción, salud ocupacional y riesgos profesionales, medicina laboral, sedes exclusivas, hospitalización, medicamentos que ordene el profesional de la salud, sin ninguna restricción; no existe vademécum; todos los exá-
menes que se requieran para el diagnóstico y la prevención de enfermedades. La única restricción hace referencia a tratamientos y medicamentos en experimentación, no autorizados por el INVIMA. Durante estos cinco años los maestros y maestras hemos palpado los cambios y ajustes que en materia de salud ha venido introduciendo el gobierno neoliberal. A cinco meses de haberse firmado los nuevos contratos de salud, las entidades prestadoras del servicio médico, aún no han implementado el modelo de atención de enfoque preventivo y medicina familiar y continuamos sin oportunidad, con hacinamiento en la atención de urgencias, falta de agendas en medicina especializada, no entrega oportuna de medicamentos y dilación en las hospitalizaciones. Hoy la población atendida en salud con el régimen especial del magisterio es aproximadamente 860.000 personas entre maestros(as) activos(as), pensionados(as), retirados(as), beneficiarios(as). Incluídos los padres de los maestros casados o solteros con hijos que no tengan otros beneficiarios,
(avance de esta contratación), quienes debemos estar alertas para que la implementación del modelo de atención de medicina preventiva y familiar, no se constituya en un obstáculo para obtener la atención médica de calidad que requerimos los maestros (as) y nuestras familias, en correspondencia con nuestra profesión docente y las nuevas condiciones laborales. No debemos confundir el régimen especial en salud del magisterio, con la mala prestación del servicio por parte de las entidades contratistas. A esta confusión nos quiere llevar el gobierno en cabeza de la ministra Cecilia María Vélez, quien con sus famosas encuestas de satisfacción del servicio y bajo el engaño de mejorar la mala prestación del servicio ha introducido a nuestro régimen especial, elementos del régimen general como los ya mencionados. Debemos estar listos para dar la más dura batalla en defensa de nuestro régimen especial en salud y en pensiones.
EL RÉGIMEN PRESTACIONAL DEL MAGISTERIO Por Jorge Enrique Laverde Herrera – Presidente ADE Desde hace varios años he venido estudiando las prestaciones de los docentes y revisando la normatividad vigente para conocer quiénes tienen derecho, los requisitos exigidos y cómo se liquida cada una de ellas. Considero importante que cada docente tenga en sus manos una herramienta que le permita exigir sus derechos y saber si lo están liquidando correctamente o incorrectamente y así poder presentar sus respectivas reclamaciones sin necesidad de tener que acudir a terceros para que actúen a su nombre con las consecuencias que esto acarrea. El Régimen Prestacional del Magisterio es muy disperso a pesar de haber sido recogido por la ley 91 de 1989, particularmente en su artículo 15, en el cual se modificó la cesantía de los docentes vinculados a partir del 1 de enero de 1990 y la pensión a los vinculados a partir del 1 de enero de 1981; pero, en cuanto a las demás prestaciones remitió a los nacionalizados al régimen prestacional de cada entidad territorial y a los nacionales y los vinculados a partir del 1 de enero de 1990 a los decretos nacionales 3135 de 1968, 1848 de 1969 y 1045 de 1978. La Ley 91 fue un avance para el magisterio pero no logró la unificación del régimen 1. 3. 5. 7. 9. 11. 13. 15. 17. 19. 21. 23.
Servicios médico-asistenciales Auxilio por enfermedad profesional Auxilio de maternidad Auxilio Funerario Vacaciones Pensión de invalidez Pensión Vitalicia por Aportes Pensión Postmorten 18 años Sustitución Pensional Reajuste Pensional Cesantía Definitiva Subsidio Familiar
como pretendía FECODE. El gobierno desde allí arremetió contra los derechos de los trabajadores y en particular de los maestros. Ahora, acudimos al último atropello gubernamental cuando desde 2003 a través de la Ley 812 (Plan Nacional de Desarrollo de Uribe Vélez) acabó los regimenes especiales y exceptuados de pensiones y en particular el del magisterio que lo dejó en transición para los vinculados a la fecha de expedición y le impuso a los nuevos maestros el régimen de Ley 100/93 con la única excepción de la edad. Luego lo convirtió en norma constitucional con el Acto Legislativo 01 de 2005. Hoy, defendemos el régimen pensional y no su eliminación definitiva a partir del 31 de julio de 2010 como pretende el gobierno nacional. Aquí pretendo presentar las diferentes prestaciones a que tiene derecho cada maestro remitiéndonos a la legislación aplicable y mostrando ejemplos sobre los diversos casos que pueden ocurrir. Teniendo en cuenta la normatividad vigente recogida por la Ley 91 de 1989 y las normas expedidas posteriormente, las prestaciones sociales y económicas del magisterio son las siguientes: 2. 4. 6. 8. 10. 12. 14. 16. 18. 20. 22.
Auxilio por enfermedad no profesional Auxilio por Accidente de trabajo Seguro por muerte Prima de Navidad Prima de vacaciones Pensión Vitalicia de Jubilación Pensión de retiro por vejez Pensión Postmorten 20 años Reliquidación Pensional Pensión Gracia Cesantía Parcial
En próximas ediciones veremos cada una de éstas, observando su definición, marco legal, requisitos, liquidación y ejemplos concretos.
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Temas de interés
Sobre la evaluación
y el Decreto 1290 Educar para homogenizar En el mundo moderno y especialmente en la era de la globalización, la educación de las grandes masas se ha vuelto un asunto de vital importancia para todo el mundo: los padres y las madres de familia desde antes de concebir ya están proyectando que tipo de educación le brindaran al nuevo ser para asegurarle el éxito y la felicidad en la vida. Las comunidades viven preocupadas de cómo formar individuos que sean capaces de una sana convivencia, el sector productivo y comercial cavila en como formar trabajadores que respondan a las exigencias del mundo del trabajo y el Estado se plantea como lograr ciudadanos que garanticen la estabilidad del sistema y la inserción del país en el sistema económico mundial. Por lo tanto la escuela se ha vuelto centro de interés de todo el mundo al irle delegando a ella la mayor responsabilidad en la formación inicial de los miembros de la sociedad. Y desde luego cada sector le plantea sus exigencias según sus necesidades y expectativas. No pretendo en este corto espacio referirme a cada una de ellas pero si deseo llamar la atención sobre uno de los aspectos que compete al Estado y que nos permite ir entendiendo el porqué de su insistencia en hacer de la evaluación el eje de la política educativa. Sociedades homogéneas para un mundo globalizado Ya es ampliamente conocido que las grandes empresas multinacionales trasladan sus centros de producción a los países del tercer mundo donde encuentran mano de obra barata y condiciones fiscales favorables para lo cual estos países crean Zonas Francas donde instalan las maquilas y además deben brindar personal capacitado que responda a las necesidades particulares de producción. Se crean así condiciones iguales en todo el mundo. Una educación estandarizada para un mundo homogéneo Uno de los argumentos esgrimidos para justificar la creación de las Zonas Francas y las Maquilas es que son fuente de trabajo para los nativos. Para que estos accedan a los puestos de trabajo es necesario que estén capacitados y esta formación debe responder a las exigencias de las compañías multinacionales para eso los países deben adecuar sus planes educativos a las condiciones que estos grupos les impongan. De allí surge la necesidad de establecer unos estándares a los cuales deben someterse si quieren aplicar en este sistema de producción, así se logra un mundo a la medida de la globalización.
Por: Luis Eduardo Almendrales Viadero Secretario de Asuntos Pedagógicos ADE Un sistema de evaluación para garantizar el cumplimiento de los estándares. Ligado a la formulación de los estándares viene el de las competencias, porque lo que interesa es que las personas además de tener unos saberes sepan aplicarlos en un contexto. Y para saber que tan competentes son las personas se miran sus desempeños. ¿Cómo saber que todo esto se está cumpliendo?, ¿Qué las escuelas de todos los países desarrollan las competencias que se requieren? Para esto se necesita un medio de control y seguimiento y entonces vienen las pruebas nacionales e internacionales que miden los conocimientos y desempeños de los estudiantes y a las cuales debemos someternos si queremos estar en el mundo del mercado global. Para que estas pruebas cumplan su cometido tiene que haber algo que las valide, para esto se crean las políticas de calidad. Un país o una institución brinda educación de calidad cuando le va bien en las pruebas, cuando forma personas competentes, es decir, cuando cumple con los estándares. De allí que la evaluación sea tan relevante para las políticas educativas de un gobierno que esté pensando en cumplir con los requerimientos internacionales que el mundo globalizado impone. La política educativa y el Decreto 1290 La lectura y el análisis del Decreto 1290 del 16 de Abril del 2009 no permite de entrada que uno se entusiasme con la “autonomía institucional” que les da a los colegios para formular y adoptar el sistema institucional de evaluación, adoptar su propia escala de valoración y la forma de promocionar a los estudiantes, cuando en el Artículo primero nos dicen que la “calidad de la educación” está ligada al cumplimiento de los “estándares internacionales” y para que no queden dudas en el inciso dos del mencionado artículo, continua diciendo que el Gobierno Nacional, a través de sus organismos competentes, “realizará pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares básicos”. Allí se resume todo el espíritu del decreto con el cual se pretende subsanar todo el daño que el Decreto 230 le propino a la calidad de la educación. Cabe preguntarnos ya para finalizar, dónde queda la “formación integral del estudiante”, los PEI, la riqueza y la diversidad cultural del país si la educación la amarramos solo al alcance de unos estándares internacionales.
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Salud
A propósito del
28 de mayo,
día de acción por la salud de la mujer LOS DERECHOS A LA SALUD, A LA SEGURIDAD SOCIAL Y LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS DE LAS MUJERES COMO DERECHOS HUMANOS, están consignados en los Pactos, Tratados, Convenios, Convenciones y Conferencias Internacionales, en el seno de las Naciones Unidas y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos; por lo tanto los gobiernos nacionales entre los que se cuenta a Colombia están obligados a promulgarlos en la Constitución Nacional y reglamentarlos a través de normas para su cumplimiento y práctica. El artículo 43 de la Constitución de Colombia, desarrolla el concepto de igualdad de sexos-especial protección de la mujer y reza: “La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del estado y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El estado apoyará de manera especial a la mujer Cabeza de Familia” para su cumplimiento, uno de los requisitos fundamentales es LA EDUCACION y para educar con calidad, se necesitan maestras saludables integralmente, y entonces el Gobierno Nacional tiene que remitirse al artículo 10º de la Convención Americana de los Derechos Humanos (Pacto San José de Costa Rica) que se refiere al derecho a la salud. Numeral 1. “Toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del mas alto nivel de bienestar físico, mental y social”. Numeral 2. “Con el fin de hacer efectivo EL DERECHO A LA SALUD” los estados partes se comprometen a reconocer la salud como un BIEN PÚBLICO y particularmente a adoptar las medidas que exige la convención para garantizar este derecho entre otras la atención primaria, la salud preventiva, la atención especializada y los tratamientos que impliquen muy altos costos hasta la recuperación total de la salud. Referirse a acciones por el derecho a la salud de la mujer va más allá de una simple intención.
Frida Kahlo (1907-1954). Detalle de Mosies, 1945.
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Nuestra tarea es derrotar la política neoliberal privatizadora, impregnada de un espíritu mezquino, cínico que se mueve en la lógica de la ganancia, la exclusión humana y la reproducción de la violencia en todas su formas. Es desde la EDUCACIÓN que se debe dar cumplimiento del tema, y una de nuestras tareas es divulgar todo lo consignado en los convenios internacionales en esta materia y denunciar al Gobierno Nacional por no cumplir ni con el primer renglón de lo que está redactado en cada uno de los convenios. Recordemos que los artículos de la Constitución Nacional 2, 5, 15, 17, 40, 42, 43, 44, 45 y 46 los destaca, también están consagradas las garantías de los derechos de la mujer y la protección de los mismos especialmente en la CONVENCION PARA LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LA MUJER (CEDAW) ratificada por el Congreso Nacional mediante la Ley 51 de 1981. Desde la declaración y plataforma de acción
Frida Kahlo (1907-1954). Detalle de Henry Ford Hospital, 1932.
de Beijing han surgido innumerables compromisos que en esta materia el gobierno debe cumplir, mencionamos la Ley 581 de 2002, la Ley 823 de 2003, la Ley 1257 de 2008 en su artículo 7º que en el título Derechos de la Mujeres dice: “Además de otros derechos reconocidos en la ley o en tratados y convenios internacionales debidamente ratificados, las mujeres tienen derecho a una vida digna, a la integridad física, sexual y psicológica, a la intimidad, a no ser sometidas a tortura o tratos crueles y degradantes, a la igualdad real y efectiva, a no ser sometidas a forma alguna de discriminación, a la libertad y autonomía, al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la salud sexual y reproductiva y a la seguridad personal.” Para que en Bogotá se cumpliera con lo ordenado por la Ley 823, sobre la igualdad de oportunidades para las mujeres, el Consejo de Estado expide el acuerdo 091 de 203 que establece el Plan de Igualdad de Oportunidades para la equidad de género y ordena su formulación, ejecución, segui-
Por: Luz Marina Turga Avila Secretaria de Prensa y Comunicaciones ADE luzmarinaturga@gmail.com miento y evaluación sustento normativo para la CONSTRUCCIÓN DE ESTA POLÍTICA EN LA CIUDAD. La salud de la mujer y en este caso de las maestras está inmersa en los contenidos de todos los documentos existentes que hacen referencia a los derechos de la mujer por lo tanto su divulgación es urgente de tal manera que los pliegos de peticiones retomen estos derechos obligando al gobierno a su cumplimiento. En la página web de la ADE estaremos publicando todos estos contenidos para que se estudien y analicen en cada uno de los colegios de Bogotá de tal manera que concienticen a docentes, estudiantes y madres de familias en la reivindicación de los mismos. Nuestros derechos no se mendigan solo la lucha en unidad y organizada garantizará su respeto. Estamos frente a una realidad en la que el ejercicio del poder a nivel nacional, niega de plano estos derechos eliminando de manera cínica y retadora, todo vestigio del derecho a la seguridad social financiada 100% por el Estado, Las educadoras de Colombia estamos alertas y dispuestas a levantar las banderas de la justicia y respeto por nuestros derechos porque una sociedad que ultraja a sus mujeres es una sociedad pobre y envilecida, la educación es el camino para introducir el enfoque de género en los programas, los proyectos, los lenguajes de tal manera que practicas como usar a la mujer como botín de guerra, el paseo de la muerte, la indiferencia frente a las prácticas violentas a las niñas y los niños, los lenguajes que reflejan actitudes violentas contaminando los ambientes en las relaciones humanas, sean historia del pasado. Concienticémonos entre todos y todas para ser constructoras y constructores de una nueva cultura y una nueva humanidad demostrando a quienes hasta el momento han tenido en sus manos los destinos de nuestra nación que la violencia solo trae más violencia y quien se hace elegir debe ejercer desarrollando de manera contundente el Estado Social de Derecho a que obliga la Constitución Nacional. Cualquier inquietud o sugerencia diríjala al correo electrónico: luzmarinaturga@gmail.com
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Actualidad
Reconociendo nuestra afrocolombianidad La Declaración Universal de los Derechos Humanos firmada en 1948, adquiere importante dimensión para Estados pluriétnicos como Colombia, donde a pesar de contar con normas constitucionales que reconocen esta condición, persisten diversas formas de discriminación racial, racismo e intolerancia que atentan gravemente contra los derechos humanos de los grupos étnicos y de otras poblaciones minoritarias. Pese a los avances que se han dado en el mundo, como la eliminación del apartheid en Sudáfrica, en pleno siglo XXI continúan expresándose con fuerza este tipo de manifestaciones y por lo mismo, se hace necesario insistir en la prohibición de toda forma de discriminación basados fundamentalmente en el principio que todos y todas formamos parte de una sola familia humana, como ha quedado demostrado en estudios recientes del genoma humano. Las naciones del mundo reunidas alrededor de la Alta Comisión de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, han coincidido en acometer la expedición y aplicación de numerosos tratados internacionales como la Convención Internacional Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos en Argel en 1976 y el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales. En el año 2001 en la ciudad de Durban, Sudáfrica, los Jefes de estado y de gobierno presentes en la Tercera Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las formas conexas de Intolerancia, fijaron un claro compromiso por preservar en sus naciones la diversidad cultural como un elemento valioso para el bienestar de la humanidad, que debe valorarse, disfrutarse, aceptarse auténticamente y adoptarse como característica enriquecedora de nuestras sociedades. La realidad colombiana no es muy diferente al marco social y político sobre el cual se han expedido estas declaraciones. En muchas esferas de nuestro país los prejuicios raciales y otras complejas formas de in-
tolerancia, se dan por razones de raza, credo, sexo e incluso por afiliación política. Siendo Colombia el segundo país con mayor población afrodescendiente en Suramérica, después de Brasil, y pese a la promulgación de la Carta Constitucional en la que reconoce su condición de nación pluriétnica y multicultural, se vulneran sistemática y permanentemente los derechos de las comunidades afrodescendientes, de suerte que llenar estos vacios de justicia, equidad e igualdad, ha exigido de la Corte Constitucional la expedición de sentencias en las que señala que “El principio de diversidad e integridad étnico no es simplemente una declaración retórica, sino que constituye una proyección en el plano jurídico, del carácter democrático y participativo y pluralista de la República y obedece a la aceptación de la alteridad ligada a la aceptación de la multiplicidad de formas de vida y sistemas de comprensión del mundo diferentes de los de la cultura occidental”. En esferas como la educación y la enseñanza, la Constitución Nacional de 1991 dio piso jurídico y legal a la lucha contra la discriminación. De ella se desprende el marco jurídico y legal de normas como la Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación y el Decreto 804 de 1995 que reglamenta la atención educativa para grupos étnicos; la Ley 70 de 1993 que estableció la Cátedra de Estudios Afrocolombianos y su decreto reglamentario 1122 de 1998, con normas para su desarrollo en todos los establecimientos de educación formal del país. La Etnoeducación como concepto, se define como un “Proceso social permanente de reflexión y construcción colectiva mediante el cual los pueblos indígenas y los grupos étnicos fortalecen su autonomía en el marco de la interculturalidad, posibilitando la interiorización y producción de valores, de conocimientos y el desarrollo de habilidades y destrezas conforme a su realidad cultural, expresada en su proyecto de vida”. La etnoeducación es por tanto, un modelo educativo que sirve para trabajar en el conocimiento, valoración y afirmación de las distintas identidades étnicas que habitan en el país.
Por: Clemencia Vanegas Manrique Secretaria de Asuntos de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Comunidad ADE Los afrocolombianos nos preparamos para celebrar el próximo 21 de mayo el Día Nacional de la Afrocolombianidad, en homenaje a los ciento cincuenta años de abolición de la esclavitud en Colombia (Ley 21 del 21 de mayo de 1851). Con la promulgación de la Ley 725 de 2001, Colombia hace nuevamente un reconocimiento a su plurietnicidad y a la necesidad que tiene como nación de recuperar su memoria histórica. La celebración de esta fecha debe comprometernos a todos en dar el paso de la retórica al cumplimiento de los compromisos pactados, para ser capaces de superar los prejuicios raciales y étnicos, y que florezca la cultura de la dignificación de todas las personas y el pleno respeto de sus derechos humanos. Por su parte, el Plan de Desarrollo 2008-2011 “Bogotá Positiva, para Vivir Mejor”, contempla como uno de sus ejes estructurantes el tema de los derechos humanos con una política pública para la población afrodescendiente contenida en el Decreto 151 de 2008, con la cual se busca avanzar en la implementación del Plan Integral de Acciones Afirmativas para la población afrodescendiente, y la consecuente erradicación de la discriminación racial y el racismo en nuestra ciudad.
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Opinión
AUTONOMIA Y EVALUACION ESCOLAR Materializar el criterio académico y pedagógico en la escuela
“Promoción escolar. Cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Asimismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante. Cuando un establecimiento educativo determine que un estudiante no puede ser promovido al grado siguiente, debe garantizarle en todos los casos, el cupo para que continúe con su proceso formativo (Decreto 1290 Art.6)”
Por: Luz Estela Olaya Rico Secretaria de Asuntos Intergremiales y Cooperativos ADE
LA EVALUACIÓN ESCOLAR. Acaba de salir el decreto 1290 de 2009, he dicho que es un triunfo de la comunidad educativa. Sencillamente porque se derogó el Decreto 230 y se reconoció finalmente aquello que la Ley 115 predica, pero que nadie respeta, la Autonomía Escolar, que la institución educativa es autónoma para definir el PEI, y dentro de él el Plan de estudios y dentro de los planes de estudio los criterios de evaluación y promoción de acuerdo con su modelo pedagógico, todo ello, por supuesto, debidamente aprobado por los Consejos Directivo y Académico. ¡Ah! Dicen algunos, que el decreto 1290 establece las pruebas externas. No señores. Las pruebas externas existen en el mundo desde los años 50 en Europa por obra de la AIE en Holanda, de allí llegó SIMSS, FIMSS TIMSS. En Colombia datan desde 1962 cuando la fundación Ford financió la participación de colombianos en los “Workshops on test construction” actividad anual en Princeton, del Educacional Testing Service. La prueba de Estado, ICFES, se estableció sin mayor oposición y con un origen por demás académico por decreto ley No.81 de 1980, pero se remonta al año 1963 en el III seminario de Presidentes de Comités de Admisiones de las Universidades.1 Luego en la Constitución del 91 articulo 67 se asumió con la obligatoriedad conocida y reglamentada por la Ley 115 articulo 80, Ahora bien, las pruebas Saber y la cultura de la evaluación, son criaturas de los gobiernos Gaviria, Samper, Pastrana que el gobierno actual mantiene; establecidas en los artículos 80 a 84 de la ley 1152, 1 RODRIGUEZ V, J. “Los primeros veinticinco años del Servicio Nacional de Pruebas” MEN-ICFES, 2006. 2 Art. 80. Evaluación de la educación. “De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, el Ministerio de Educación Nacional, con el fin de velar por la calidad, por el cumplimiento de los fines de la educación y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos, establecerá un Sistema Nacional de Evaluación de la Educación que opere en coordinación con el Servicio Nacional de Pruebas del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y con las entidades territoriales y sea base para el establecimiento de programas de mejoramiento del servicio público educativo. El Sistema diseñará y aplicará criterios y procedimientos para evaluar la calidad de la enseñanza que se imparte, el desempeño profesional del docente y de los docentes directivos, los logros de los alumnos, la eficacia de los métodos pedagógicos, de los textos y materiales empleados, la organización administrativa y física de las instituciones educativas y la eficiencia de la prestación del servicio. Las instituciones que presenten resultados deficientes deben recibir apoyo para mejorar los procesos y la prestación del servicio. Aquéllas cuyas deficiencias se deriven de factores internos que impliquen negligencias y/o responsabilidad darán lugar a sanciones por parte de la autoridad administrativa competente. El Gobierno Nacional reglamentará todo lo relacionado con este artículo”.
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inspiraron los artículos 3,12 y 13 del decreto 230 y toda la parafernalia neoliberal de competencias, indicadores de desempeño y control externo impuestas por agencias internacionales. ¡Ah! Que el 1290 permite al MEN intervenir en los lineamientos curriculares, por supuesto, pero esa potestad se la dio la ley 115 en el artículo 148, la ley 715 en el artículo 5. ¡Ah!, que el decreto 1290 no acaba con el modelo neoliberal, pues claro que no; solamente los ilusos esperarían tumbarlo por esa vía. Sencillamente queríamos derogar el 230 y con él la mediocridad que impuso y el 1290 lo derogó. Al expedir el Decreto 1290 el MEN no hizo otra cosa que responder a la exigencia que tanto padres de familia como maestros y estudiantes en los foros nacionales y en la mesa del Plan decenal le hicieron: suprimir la promoción automática obligatoria del 95% de los estudiantes, sin requisitos académicos por decreto o “arrastre” y la necesidad de restablecer la Autonomía Escolar en este aspecto. Cuando se critica al nuevo decreto de evaluación 1290 porque no impone un criterio o rasero nacional de evaluación uno alcanza a preguntarse: ¿será cierto que los esclavos una vez liberados pueden asustarse y tornar al amo? Creo rotundamente que no. Los maestros vamos a recuperar el carácter pedagógico y académico de la escuela materializando la AUTOMIA QUÉ ES LA AUTONOMÍA ESCOLAR: lo opuesto a la sujeción o dependencia. Es la facultad y capacidad que tiene la escuela, a través del gobierno escolar, de dirigirse hacia las metas del proyecto educativo y auto regularse bajo sus propios criterios bajo principios y conceptos. El marco de los principios es la libertad y la democracia garantizadas constitucionalmente Los fundamentos conceptuales son los de la ciencia y la pedagogía todo ello de acuerdo con el contexto y las características de los estudiantes. La ley 115 establece el marco para ejercer la autonomía específicamente en cuanto a organización del PEI, currículo, plan de estudios, criterios de evaluación y gobierno escolar. En los artículos 73, 76, 77, 78, 79 142, 143, 144,y 145 de la LEY 115 Continua en la página 9
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Viene de la página 8 y en el DECRETO 1860 , se reglamenta la organización escolar, el plan de estudios, funciones del gobierno escolar y el procedimiento para adoptar los cambios en el PEI. Veamos: Los niveles, ciclos y grados, en el Art.5. La educación preescolar de 3 grados en el artículo 6. Organización de la educación media: Art.9, Educación laboral Art. 10, Títulos y certificados: art. 11 continuidad dentro del servicio educativo (permanencia) Art.12 La articulación en el artículo 13. Contenido del PEI: en el artículo 14. Manual de convivencia en el Art.17. Reglamentación del gobierno escolar: arts. 18, 19, 20, 21, 22, 23,24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32. Las orientaciones curriculares Áreas, asignaturas, proyectos. Art. 34, (el 33 y el 38 fueron derogados por el 230 y los retoma el 1290), las orientaciones sobre media técnica Art.41. Desde el punto de vista conceptual existen valiosos aportes contemporáneos en el diseño curricular y procesos de evaluación de diversos modelos que van desde los tradicionales cerrados y rigurosos, pasando por los de áreas más abiertos y disciplinares, hasta los modelos estructurales basados en objetivos y en aprendizajes significativos o los modelos taxonómicos dirigidos a procesos. De cualquier forma la autonomía escolar exige rigurosidad científica del docente y del directivo, exige compromiso y excelente planificación y dirección colectiva. En ese sentido los educadores y directivos docentes tendremos que hacer una juiciosa lectura y analizar los alcances de la norma por supuesto pero esencialmente conocer las teorías de diseño curricular y planeamiento que les permita orientar la institución de manera acertada evitando la permanente intromisión de agentes poco calificados y distractores de los asuntos esenciales de la escuela es decir no perderse en su tarea de garantizarle a los niños un buen aprendizaje y un desarrollo armónico integral de su personalidad y exigirle al Estado el cumplimiento estricto de sus funciones especificas especialmente las relacionadas con la financiación adecuada, la dotación requerida por la escuela, los recursos físicos, humanos y tecnológicos y el acceso al derecho sin restricción. La Autonomía es la posibilidad de aplicar los criterios pedagógicos para organizar la escuela y la enseñanza. Pero esa tarea no es individual, es colectiva. La ley 115 y el decreto 1860 establecieron claramente la conformación y las funciones del gobierno escolar. Su conformación es obligatoria a tal punto que si un rector no convoca para su conformación y no permite su funcionamiento puede ser sancionado, pues es una falta grave. Si la comunidad elige malos delegados es un problema pero si acierta el camino es dulce. En nuestro medio con tanta mediocridad de los gobernantes cómo pedirles a ellos orientación? O cómo aceptarles sus maromas educativas? Quien está formado para educar es el maestro. No lo olvidemos Es difícil manejar sin haber hecho un curso de conducción, pero basta con conocer los comandos y practicar un poco, para rodar por la calle. Sin embargo, dirigir no es manejar, dirigir una escuela, implica mucho más: conocer los fundamentos de la educación, comprender el contexto nacional y local y proyectar la acción educativa. La formación de los maestros da para eso y mucho más, es cuestión de método. Por favor, dirija su comentario a stellao@hotmail.com 3
3 Art. 76. Currículo es el conjunto de criterios, planes de estudio, programas, metodologías, y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional Art.77 “las instituciones de educación formal gozan de autonomía para organizar las áreas fundamentales de conocimientos definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la ley, adaptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional. Art. 78. Regulación del currículo. “El Ministerio de Educación Nacional diseñará los lineamientos generales de los procesos curriculares y, en la educación formal establecerá los indicadores de logros para cada grado de los niveles educativos, tal como lo fija el artículo 148 de la presente ley. Los establecimientos educativos, de conformidad con las disposiciones vigentes y con su PEI, atendiendo los lineamientos establecerán su plan de estudios particular que determine los objetivos por niveles, grados y áreas, la metodología, la distribución del tiempo y los criterios de evaluación y administración. Cuando haya cambios significativos en el currículo, el rector de la institución educativa oficial o privada lo presentará a la Secretaría de Educación Departamental o Distrital o a los organismos que hagan sus veces, para que ésta verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente ley.
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ACTA FINAL DEL PROCESO DE CONCERTACIÓN DEL PLIEGO PRESENTADO AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL POR LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE EDUCADORES, FECODE 23 de mayo de 2009 Periodo de concertación: Del 14 de abril al 23 de mayo de 2009 Participantes: Por el Ministerio de Educación Nacional Cecilia María Vélez White - Ministra de Educación Nacional. Isabel Segovia Ospina - Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media Nohemy Arias Otero - Secretaria General del Ministerio de Educación Gloria Mercedes Álvarez Núñez - Directora de Descentralización M6nica López Castro - Directora de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media Jorge Bohórquez Castro - Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Adriana Molina Mantilla - Jefe de la Oficina Asesora de Planeación María Cristina García Parra - Subdirectora de Recursos Humanos del Sector Adela Monroy Omaña, Juan Sebastián Calderón Machuca, Juan Lara Franco, Jesús Mejía Peralta y William Cruz Suárez - Asesores. Por la Federación Nacional de Educadores - FECODE Senén Niño Avendaño - Presidente de FECODE Rafael Cuello Ramírez - Vicepresidente Pedro Luis Arango Sánchez - Fiscal Luis Alberto Grubert Ibarra Álvaro Francisco Morales Sánchez Luis Eduardo Varela Rebelión - Secretario General Jorge Valero y Félix Bonilla - Abogados Asesores Germán Umaña y Gustavo Junca - Asesores económicos Reuniones Acordadas: Las fechas acordadas para adelantar las reuniones de concertación, fueron: La Comisión de Concertación en pleno se reunió durante los días 14 y 23 de abril, 5, 12, 19 Y 22 de mayo de 2009. Las reuniones de trabajo de las subcomisiones técnicas o grupos de trabajo, se llevaron a cabo durante los días 17, 21 Y 28 de abril y 5, 8, 15 Y 21 de mayo de 2009. Temas tratados: Los temas que se abordaron durante las jornadas de trabajo, se dividieron en los siguientes grupos: 1er. Grupo. Condiciones de trabajo de los docentes: Incremento salarial, jornada laboral, estímulos y parámetros de relación alumno-maestro-aula. 2do. Grupo. Régimen de traslados. 3er. Grupo. Pago de deudas. Ascensos. Refinanciación del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Pago de Pasivo prestacional. 4to. Grupo. Garantías sindicales y bienestar. Salud. Vivienda. Apoyo a los Juegos Nacionales de Integración del Magisterio. Garantía de los derechos de asociación y libertad sindical del magisterio y otorgamiento de comisiones sindicales y descuentos. Otros temas: Los puntos como Estatuto Único de la Profesión Docente y política educativa que por iniciativa del gobierno no fueron objeto de concertación por reservas de orden normativo, reservas que FECODE no comparte. Sobre régimen pensional se acordó mantener las deliberaciones en la comisión accidental de pensiones con la participación de la comisión de concertación, en la búsqueda de soluciones. Resultados de las reuniones: Los resultados de las reuniones se tradujeron en ACUERDOS que conducirán a la expedición de actos administrativos y directivas acerca de los temas y puntos sobre los cuales hubo concertación, así como en COMPROMISOS que se adquirieron sobre puntos que adelante se especifican, que si bien no se deben plasmar, por su naturaleza, en actos administrativos. sí generan la responsabilidad
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bilateral de emprender acciones conjuntas en la búsqueda de soluciones entre el Ministerio de Educación Nacional y FECODE. Por otra parteno se logró acuerdo sobre temas que más adelante se indican. 1er Grupo CONDICIONES DE TRABAJO: Incremento salarial a los docentes, jornada laboral, estímulos y parámetros de relación alumno -maestro -aula. 1.- Sobre Salarios. 1.1.- Desacuerdo. Fecode no comparte la posición de que el incremento salarial de los educadores para la vigencia 2010 -2011, se tenga que tramitar solo ante el Ministerio de Hacienda, sin concertación previa con el MEN. 1.2.- Compromisos. 1.- FECODE presentó su análisis sobre el comportamiento económico de los incrementos de salarios entre el 2000 y el 2008. El Ministerio adelantará un estudio sobre la materia teniendo en cuenta además el incremento salarial decretado para los demás servidores públicos. Estos trabajos se presentarán al Ministerio de Hacienda como un elemento a tener en cuenta para la fijación del incremento salarial de las próximas vigencias. 2.- Sobre estímulos. Acuerdo. 1. - Expedir un Decreto mediante el cual se definan los criterios para establecer zonas rurales de difícil acceso y se establezca que con el cumplimiento de uno solo de ellos se acceda a la bonificación. El decreto incluirá los elementos de obligatoriedad y periodicidad de la reglamentación por parte de las entidades territoriales certificadas. Se conformará un comité técnico con participación de la respectiva organización sindical de docentes para que asesore al nominador de la entidad territorial certificada a través de un estudio en la determinación de estas zonas. Desacuerdo. FECODE no comparte la decisión del Gobierno de otorgar estímulos económicos solo a las zonas rurales de difícil acceso. Compromiso. 1.- FECODE presentará un estudio al Ministerio de Educación Nacional para que éste incluya, en el marco de la Ley 1297 de 2009, otras zonas de difícil acceso. 2.- Revisar la reglamentación que deben observar las entidades territoriales en el tema de zonas rurales de difícil acceso, para garantizar su cumplimiento en todo el territorio nacional. FECODE informará sobre los incumplimientos que detecte. Con los resultados de esta revisión, se buscará establecer si efectivamente se está aplicando el incentivo previsto sobre bonificación por laborar en zonas rurales de difícil acceso. Acuerdos. 1.- Expedir una Directiva que reglamente los programas en el exterior, seminarios y talleres (inciso final Art. 43 del 2277) buscando la mayor transparencia en su asignación. 2.- Expedir una Directiva sobre el funcionamiento de los Comités territoriales de formación docente y que, así mismo, imparta orientaciones para que sean invitados a participar dentro de la conformación del Comité Territorial de Capacitación a los Centros Especializados de Investigación Docente -CEID, conforme al Artículo 20 del Decreto 709 de 1996. Compromisos. 1.- Establecer acciones de apoyo integral en materia de educación especial, con equipos y ayuda, de conformidad con las normas sobre la materia. 2.- Presentar una consulta al Consejo de Estado, redactada conjuntamente con FECODE, acerca de la situación de un grupo de docentes que habrían adquirido el derecho al estimulo de ascender al Grado 14 del Escalafón por título que obtuvieron antes del año 2001. 3.- Sobre Relación Alumno -Maestro -Aula. 3.1.- Compromisos.
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1 .-El Ministerio en conjunto con las secretarias de educación realizará un estudio sobre cursos que actualmente sobrepasen 45 alumnos en secundaria y 40 en primaria para lograr su ajuste. A partir de 2010 las secretarías revisarán las matrículas para garantizar el ajuste de estos grupos, salvo casos de fuerza mayor. 2.- A partir del 2010 se asignara un orientador, previo concurso para cada institución educativa que registre una matrícula de mínimo 800 alumnos en educación regular en los grados cero a once. 3.- Se empezará a introducir la jornada extendida de los niños de primaría, con el fin de garantizar áreas de inglés, artes, informática y educación física. Cada entidad territorial de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, hará un plan que no implique modificación de la asignación académica de los docentes mediante estrategias como la asignación de maestros adicionales y horas extra, para llegar a una ampliación equivalente del parámetro a 1,1 docente por grupo. 4.- Sobre Jornada Laboral. 4.1.- Acuerdo. 1.- Expedir una Directiva en la que se considere la permanencia de los docentes durante 30 horas semanales, incluyendo el descanso pedagógico. 2do Grupo REGIMEN DE TRASLADOS.
tando a las entidades territoriales sobre el otorgamiento de permisos sindicales que contemple los siguientes criterios: 1 .1. Garantizar el ejercicio de la actividad sindical a los miembros de las juntas directivas de las organizaciones sindicales del magisterio. 1.2. Otorgar anualmente los permisos sindicales previa solicitud de la organización sindical atendiendo los criterios estipulados por el Artículo 30 del Decreto 2813 de 2000, renovables dentro del período estatutario. La programación presentada con la solicitud será objeto de revisión semestral con los representantes de la organización sindical, con la finalidad de verificar su avance y efectuar los ajustes a que pueda haber lugar. 1.3. Los permisos se otorgarán por un (1) año, no obstante los que ya han sido concedidos mediante acto administrativo con anterioridad a esta circular que superen un (1) año continuaran vigentes hasta que expire su plazo. 2.- A través del Ministerio de Agricultura se apoyarán líneas de crédito para la adquisición de predios rurales. 3.- El ICETEX establecerá condiciones para acceder a líneas de crédito preferencial para postgrados. El Ministerio promoverá mediante subsidios de maestrías para los docentes.
1.- Acuerdos. 1.1.- Expedir el Decreto reglamentario del sistema nacional de traslados. Se reglamentará el sistema nacional de traslados en todas las entidades territoriales, buscando transparencia, equidad y agilidad. El Ministerio prestara asistencia técnica y los elementos informáticos para desarrollar la medida. Se garantizará que FECODE desarrolle un sistema de veeduría para su cumplimiento.
4.- Se impulsarán los programas de crédito para vivienda del Fondo Nacional de Ahorro -FNA. 5.- Se estableció una preferencia para los maestros en el marco de una política anticíclica para acceder a consultar sobre una línea de vivienda media para dar prioridad a maestros en la obtención de créditos blandos. SOBRE ESTATUTO UNICO DE LA PROFESION DOCENTE.
1.2.- Expedir la Resolución reglamentaria del procedimiento especial sobre docentes amenazados. Los aspectos sobre requisitos y procedimientos para la protección de docentes amenazados deben establecerse en Resolución aparte del decreto que fija el régimen general de traslados, en el cual se establecen expresamente estas facultades. 2.- Compromisos. 2.1.- Sobre los aspectos especiales relacionados con el régimen general de traslados que tienen que ver con la salud, se efectúan las siguientes recomendaciones: En relación con los docentes que tienen una incapacidad permanente que según la valoración médico laboral no alcance a generar el derecho a pensión por invalidez, e implique disminución en la carga laboral, se instruirá a la Secretaria de Educación para que la disminución de la carga laboral de dichos docentes sea cubierta por horas extras. El Ministerio de Educación intervendrá frente a las secretarías de educación y a la fiduciaria encargada de la contratación y auditoría de los servicios de salud para que se realice oportunamente la valoración médico laboral. 2.2.- Adelantar análisis para establecer la relación entre maestros asesinados y el régimen de amenazados, con el fin de evaluar la efectividad de las medidas. 3er Grupo PAGO DE DEUDAS. Refinanciación del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Pago de Pasivo prestacional. 1.- Acuerdos. Expedir una Directiva para establecer un límite para identificación de deudas laborales. FECODE colaborará en el proceso de identificación. 2.- Compromisos. El Ministerio y FECODE buscarán agilizar los trámites para garantizar el pago de la deuda prestacional con el magisterio por parte del Ministerio de Hacienda. 4to. Grupo GARANTIAS SINDICALES Y BIENESTAR. SALUD.
Compromisos 1.- Emprender reuniones de análisis académico que aborden los temas de escalafón docente y profesionalización de los maestros. 2.- Conformar una comisión de estudio para trabajar sobre un posible proyecto de régimen especial disciplinario para maestros en la cual se debe incluir al Departamento Administrativo de la Función Pública y a la Procuraduría General de la Nación. SOBRE EL REGIMEN ESPECIAL DE LOS MAESTROS La comisión de concertación valora como positiva la labor desarrollada por la Comisión Accidental de Pensiones, y las acciones que desde el Congreso de la República se viene desarrollando en la búsqueda de aclarar la vigencia del régimen especial de pensiones del Magisterio en el espíritu del Acto Legislativo 01 de 2005. FECODE, reafirma la decisión de exigir el reconocimiento y respeto al régimen pensional -Ley 91 de 1.989 -, Ley 812 de 2003 -y acto Legislativo 01 de 2005. Con el ánimo de superar el conflicto surgido en la interpretación sobre la aplicación del Acto Legislativo 01 de 2005 y reconociendo por una parte su importancia para el magisterio: se conviene continuar con las conversaciones entre el MEN -FECODE con la participación de la Comisión Accidental de Pensiones, creada por el senado para alcanzar acuerdos. Una vez analizados los temas previstos para estas reuniones de concertación entre el Ministerio y FECODE, se da por concluida la concertación de asuntos y condiciones laborales en constancia de lo cual firman las partes. Cecilia María Vélez White Ministra de Educación Nacional Senén Niño Avendaño Presidente de FECODE (*) Original Firmado
Compromisos. 1.- Expedir una circular conjunta con el Ministerio de la Protección Social orien-
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CONSTANCIA DE FECODE SOBRE LA NEGOCIACION CON EL MINISTERIO DE EDUCACION Los suscritos miembros del Comité Ejecutivo de la Federación Colombiana de Educadores dejan la presente constancia en relación con el proceso de negociación desarrollado con el gobierno nacional presentado por la Ministra de Educación y su equipo de funcionarios y asesores y que concluye hoy sábado 23 de mayo: Que iniciamos este proceso de negociación expresando nuestra discrepancia con el contenido del Decreto 535 de 2009 en tanto éste sólo reglamenta el derecho de petición de las organizaciones sindicales de los empleados estatales, pero no es instrumento legal para desarrollar el derecho de negociación colectiva con los empleados de la administración pública, en los términos señalados por los Convenios 151 de 1978 y 154 de 1981 de la OIT, que fueron incorporados a nuestra legislación por las leyes 411 de 1997 y 524 de 1999, para cuya reglamentación y puesta en práctica ha habido renuencia del gobierno nacional desde hace más de diez años. Precisamente, fue en esas falencias que presenta el decreto 535 en donde se apoyó la Ministra para rechazar la posibilidad de concertación sobre temas contenidos en nuestro pliego de peticiones que son de suma importancia para el gremio docente y la organización que los agrupa nacionalmente entre otros: negociar un Estatuto Único de la profesión docente, reconocimiento y respeto del régimen pensional especial del Magisterio, seguridad en la financiación de la educación pública de calidad, gratuita, obligatoria y garantía de su no privatización, evaluación y promoción escolar. En relación con el reconocimiento y respeto del régimen pensional especial, FECODE reitera que los maestros no descansaremos hasta conseguir que el gobierno nacional haga un pronunciamiento público, bajo la forma de un acto administrativo, en el sentido que acata lo dispuesto en el parágrafo transitorio 1º del Artículo 1º del Acto Legislativo 01 de 2005, en el sentido que los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, se exceptúan de la decisión de aplicar a los empleados del Estado el régimen general de pensiones de las leyes 100 de 1993 y 797 de 2003 a partir del 31 de julio de 2010 y por el contrario son sujetos de aplicación de lo dispuesto en el Artículo 81 de la ley 812 de 2003 sobre que el régimen aplicable para los vinculados antes del 27 de junio de 2003, fecha de la expedición de esa ley, es el de la Ley 91 de 1989 y sus formas complementarias y reglamentarias y para los vinculados después de esa fecha, el régimen aplicable será el de prima media de las leyes 100 de 1993 y 797 de 2003 con la diferencia de que la edad para pensionarse será de 57 años para hombres y mujeres. En relación con el tema de las condiciones de la carrera profesional docente reiteramos nuestra decisión de continuar luchando por la expedición de un estatuto único de la profesión docente que acabe con la odiosa división y atomización del magisterio impuesta por el gobierno a partir de la expedición del Decreto 1278 de 2002, que modificó radicalmente las condiciones profesionales conseguidas tras varios años de lucha y plasmadas en el Decreto Ley 2277 de 1979 y que desconoce las condiciones especiales del ejercicio de la profesión entre las comunidades indígenas y la población afrocolombiana. Sobre la seguridad en la financiación de la educación pública gratuita, obligatoria y de calidad y la garantía de su no privatización, FECODE mantiene esta bandera central que reivindica el derecho de los colombian@s al disfrute adecuado y completo del derecho fundamental a la educación, que ha sido mermado sustan-
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cialmente por dos reformas constitucionales (Acto legislativo 01 de 2001 y 04 de 2007) con los cuales se disminuyó el crecimiento de los recursos de transferencias de la nación a las entidades territoriales. En cuanto al tema de la evaluación y promoción de los estudiantes en el sistema educativo colombiano, FECODE manifiesta una vez más su rechazo al Decreto 1290 de abril 16 de 2009 por cuanto, no solamente no resuelve el grave daño que causó a la calidad de la educación con la promoción automática impuesta por el Decreto 230 de 2002, sino que mantuvo este perjudicial sistema y desvirtúa la autonomía escolar. Expresamos ante la opinión nacional nuestra voluntad política de contribuir en la solución de este problema e instamos al Ministerio de Educación Nacional para que se reglamente concertadamente este aspecto fundamental del proceso educativo en nuestro país. Sobre el importante número de temas tratados en el proceso de concertación pero a los cuales el gobierno no dio respuesta positiva y que están contenidos en el acta de cierre como desacuerdos, señalamos que son una muestra palpable de la falta de voluntad política que asistió al gobierno para la realización de un verdadero proceso de concertación. Finalmente, expresamos a la sociedad colombiana, al gobierno nacional y a la comunidad educativa, nuestra inquebrantable voluntad política para seguir trabajando en la búsqueda de solución a las problemáticas señaladas y la firme decisión de convocar al Magisterio colombiano a movilizarse masivamente en procura de la consecución de reivindicaciones planteadas en el pliego de peticiones y no conseguidas en este proceso de concertación que hoy culmina. Para constancia firmamos en la ciudad de Bogotá a los veintitrés (23) días del mes de mayo de dos mil nueve (2009). COMITE EJECUTIVO SENÉN NIÑO AVENDAÑO LUIS EDUARDO VARELA R. RAFAEL DAVID CUELLO R. ALVARO MORALES S. PEDRO ARANGO S. ROSALBA GÓMEZ V. CARLOS RAMíREZ D. GONZALO HOYOS A. LUIS GRUBERT IBARRA JAIRO ARENAS ACEVEDO LIBARDO BALLESTEROS BERTHA REY C. ENRIQUE CONTRERAS C. MEDARDO HERNANEZ B. ELIAS FONSECA C.
FECODE 50 AÑOS DE LUCHA POR DEMOCRACIA, EDUCACIÓN PÚBLICA Y DERECHOS DEL MAGISTERIO. fecode@fecode.edu.co www.fecode.edu.co
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CARTA ENVIADA A LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL POR LOS MIEMBROS DEL SENADO DE LA REPUBLICA DE LA COMISION ACCIDENTAL DE PENSIONES. Bogotá D.C., mayo 20 de 2009 Doctora CECILIA MARIA VELEZ WHITE Ministra de Educación Nacional Ciudad Respetada Ministra El Congreso de la República en los últimos seis años, se ha venido ocupando del tema pensional y cuando lo ha hecho ha buscado preservar algunos de los regímenes especiales, que se justifican por diversas razones. Es así que en el artículo 81 de la Ley 812 de 2003, se preservó el régimen especial de pensiones para los educadores que estuvieran vinculados antes de la vigencia de dicha Ley (27 de junio de 2003) mientras que los educadores vinculados a partir de la vigencia de ella se les dejó en el régimen pensional de prima media, según leyes 100 de 1993 y 797 de 2003, con una excepción, dentro de este régimen, relativa a la edad pensional, donde se dispuso que será de 57 años. La preservación del régimen, tal como se ha dicho la concibió el legislador para seguir compensando los bajos salarios de los educadores y es por ello que para quienes pasan al régimen general se dispuso de un mejor régimen salarial. En este contexto y para hacer estable financieramente dicho régimen se ordenaron mayores cotizaciones. Cuando el Congreso estudió la iniciativa gubernamental de un proyecto de Acto Legislativo que adicionara el artículo 48 Constitucional, dispuso, mutatis mutandis, lo que ya se había establecido en la ley atrás mencionada, es decir, que los docentes cuyo vínculo fuera anterior a la entrada en vigencia de la Ley 812 de 2003 mantienen el régimen pensional especial, conforme a las disposiciones legales que regían con anterioridad a esta vigencia y que los vinculados a partir de la vigencia de la Ley 812 tendrán el régimen de prima media, “en los términos del artículo 81 de la Ley 812 de 2003” (parágrafo primero del artículo 1 A.L. 01 de 2005). Ahora bien, en el parágrafo transitorio segundo, del artículo 1, del Acto Legislativo 01 de 2005, si bien dispuso como regla general la expiración de los regímenes especiales y exceptuados a partir del 31 de julio de 2010, también es cierto que allí se previó tal preceptiva, “sin perjuicio de los derechos adquiridos, el régimen aplicable a los miembros de la fuerza pública y al Presidente de la República y lo establecido en los parágrafos del presente artículo”, uno de los cuales, el transitorio primero esta referido, como ya se dijo a la preservación del régimen pensional especial de los maestros, siempre que estos estuviesen vinculados antes del 27 de junio de 2003. Así las cosas es menester concluir, de manera categórica, que el régimen especial de pensiones para los educadores vinculados antes del 27 de junio de 2003, se mantuvo incólume y que solo perdieron este régimen los educadores vinculados después de la calenda mencionada y en los términos establecidos en el artículo 81 de Ley 812 de 2003. Esperamos señora Ministra contribuir con la verdadera intención del legislador al expedir el A.L. 01 de 2005. Con todo comedimento, Atentamente, MIEMBROS SENADO COMISION ACCIDENTAL HERNAN ANDRADE SERRANO Presidente del Congreso LUIS CARLOS AVELLANEDA Senador Comisión Séptima
HECTOR ELI ROJAS Senador Comisión Primera
GLORIA INES RAMIREZ Senadora Comisión Séptima
EFRAIN CEPEDA SARABIA Senador Comisión Cuarta
JAIME DUSSAN CALDERON Senador Comisión Tercera
LUIS FERNANDO VELASCO Senador Comisión Primera
JORGE ELIECER GUEVARA Senador Comisión Sexta
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La ADE se organiza y prepara la lucha por los derechos del Magisterio y la educación pública. DELEGADOS | ASESORES | COMISIONES COMISIÓN JURÍDICA Rosalba Bobadilla Ruiz
Olmedo Alonso Agudelo Mejía Director Centro de Estudios e Investigaciones Docentes (CEID – ADE) Wilson Alfonso Zambrano Murcia Director Escuela Sindical
Héctor Emilio Rodríguez Riveros Asesor CEID
Graciela Camacho Delegada ante el Comité Regional del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG)
Dorys Trinidad Casas Rodríguez Asesora CEID
Evaristo Varón Garzón Delegado ante el Comité Regional del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) Andrés Cubides Rodríguez Delegado ante el Comité Distrital de Capacitación Docente Dory Clemencia Capera Leyton Delegada ante el Comité Distrital de Capacitación Docente Ismary Bernate Suárez Delegada ante el Comité Distrital de Amenazados
COMISIÓN CULTURAL Y DEPORTIVA Nelson Rojas – Hugo Olave COMISIÓN ASUNTOS DE LA MUJER Rosa E. Martínez T. - Ana Bertilda Ropero I. COMISIÓN DE PENSIONADOS Víctor Cristancho Pinto - Gloria Angarita
Edixon William Sierra León Asesor CEID
COMISIÓN DERECHOS HUMANOS Nohora Bulla G. - Alba C. Villalba
Paulina Palacios Parra Asesora CEID
COMITÉ DE VEEDURIA MÉDICA DE LA ADE Luz Marina Gómez Riveros Nohora María Cardona Prieto Luz Mila Rincón Suárez Emerita Sofía Díaz Benítez Nubia Esperanza Beltrán Hernández Miguel Ángel Guevara Guerrero Ana Stella Rojas Páez Edilsa Zaldua Abril Flor Marina Arévalo Cortes Giovanny Tapiero Jiménez Elsy Ruth López Rozo Liliana Rey Díaz Jairo López Díaz Esmeralda Carreño Rafael Eduardo Pazos Galindo Jairo Castro Ballesteros Fernando Alfonso Lizarazo Hernández Ruth Marina Diazgranados Rivera Magdalena Ramírez Devia María Eunice Casas Rey
Jorge Enrique Plaza Velandía Asesor CEID Carlos Edgar Gaviria Ochoa Asesor Escuela Sindical Amanda Del Socorro Rincón S. Asesor Escuela Sindical
Ana Edith Vacca Mora Delegada ante el Comité Distrital de Derechos Humanos - Personería
Pedro Pablo Soler Asesor Escuela Sindical
Alba Marina Sierra Bello Delegada ante la Junta Distrital de Educación (JUDI)
Orley Prada Peña Asesor Escuela Sindical
Pedro Pablo Rojas Laiton Delegado ante la Junta Distrital de Educación (JUDI)
Javier Orlando Ramírez Duarte Asesor Escuela Sindical
ACTIVIDADES EN DESARROLLO DEL PLAN DE ACCIÓN ADE -2009 ACTIVIDADES
RESPONSABLES
FECHAS
1. SEMINARIOS DE FORMACIÓN SINDICAL JUNTA Y DELEGADOS ASAMBLEA
Junta Directiva, directores de Escuela Sindical y CEID
Asamblea de Delegados ( Plan Sectorial de Educación) Junio 19 y 20 Estatuto único Docente: Julio 29 (a.m.) Régimen Pensional y prestacional: Agosto 25 (a.m.) Evaluación y promoción escolar: Septiembre 25 (a.m.) Propuesta Educativa Pedagógica Alternativa: Octubre 29 (a.m.) Evaluación de Desempeño Docente: Noviembre 25 (a.m.) Propuesta Política para Bogotá: Noviembre 25 (a.m.)
2. ASAMBLEAS DE DELEGADOS
Junta Directiva
Junio 19 y 20 - Julio 29 – Agosto 25 – Septiembre 25 – Octubre 30 – Noviembre 27
3. PERIÓDICO ADE
Secretaría de Comunicaciones
Junio 2- Julio 31 - Septiembre 25 - Noviembre 27
4. ASAMBLEAS LOCALES CON DOCENTES
Junta Directiva
Junio 2, 3 y 4 Septiembre 22, 23 y 24
5. PLIEGO DE PETICIONES DISTRITAL
Junta Directiva
Elaboración: Mayo 26 a Junio 26 Presentación: Julio 16
6. REUNIÓN DE DIRECTIVOS DOCENTES
Junta Directiva
7. ENCUENTROS DE PERSONEROS, REPRESENTANTES ESTUDIANTILES Y CONSEJOS ESTUDIANTILES
Junta Directiva
8. FORO SOBRE CICLOS
Junta Directiva y CEID
Junio 10 – Hora 7:00 a 10:00 a.m. Sitio por confirmar Junio 12 - Por Circuitos: Norte: Técnico Francisco José de Caldas Occidente: Nicolás Esguerra Oriente: Externado Nacional Camilo Torres Sur: Colegio Restrepo Millán Hora: 10:00 a.m. a 2:00 p.m. Junio 24
9. FORO SOBRE EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA, ESPECIALIZADA Y ARTICULADA.
Junta Directiva y CEID
Agosto
10. FORO REGIONAL CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Junta Directiva
Septiembre
11. CONGRESO DE EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA
FECODE y Junta Directiva
Septiembre y octubre
12. ASAMBLEA PEDAGÓGICA DISTRITAL
Junta Directiva y CEID
Primer semestre de 2010
13. REFORMA ESTATUTARIA DE LA ADE
Junta Directiva y Asamblea de Delegados
Primer Semestre de 2010
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Informativo ADE | Junio 2009
Política
EL REFERENDO
ABAJO REELECCIONISTA En Abril de 1992, el presidente del Perú Alberto Fujimori con el apoyo de los militares disolvió el Congreso y convocó a una Asamblea Nacional Constituyente. El hecho a juicio de los analistas políticos internacionales fue calificado como un “autogolpe”. En Colombia el autogolpe contra las instituciones democráticas esta dado hace mucho tiempo, desde cuando la “seguridad democrática” controla los organismos del estado. Decía Uribe Vélez en un Concejo Comunal “que no me dé el mal de San Bito para combatir a los bandidos” y “sólo seré candidato si hay hecatombe” Ahí se resume la propuesta de seguridad democrática: La guerra y la incertidumbre para garantizar mantener una política autoritarista y antidemocrática; situación que ha agudizado las libertades políticas y civiles de los colombianos; detenciones masivas, falsos positivos traducidos en ejecuciones extrajudiciales atribuidos al gobierno o a los paramilitares y desaparición de ciudadanos, que luego son presentados como combatientes, chuzadas al mejor estilo de la Gestapo, incluso contra los mismos amigos del gobierno, como mecanismo de control; desplazamiento de campesinos e indígenas, eso sin señalar que el 90 % de los senadores de la parapolítica apoyaron a Uribe convirtiendo en la práctica a Colombia en un Estado paramilitar. Desde su inicio en el año 2002 el gobierno de Uribe ha sido sostenido por sospechosas alianzas con “refundadores” de la nación con el apoyo de empresarios y del gobierno norteamericano,
alianzas consolidadas en el año 2006 cuando fue reelegido para un segundo periodo con líos jurídicos y políticos derivados del acto legislativo como el caso demostrado de Yidis y Teodolindo. Desde el 2007 se está promoviendo un referendo para un tercer mandato del uribismo lo que constituirá una desgracia para nuestro pueblo y la democracia colombiana, referendo pagado con cuentas de origen oscuro, con violación de topes, fraude procesal a través de la fundación Colombia Primero y con manifiesta intervención del gobierno en su aprobación en cámara y senado; además el texto fue aprobado pensando en la continuación de Uribe en el poder y con él los sectores más retardatarios en materia política y económica. Ante esta perspectiva se hace necesaria la unidad de todos los demócratas de Colombia en torno a un programa que reivindique la democracia, y asuma las propuestas económicas y políticas de la mayoría de la nación, defienda la soberanía nacional y haga énfasis en el desarrollo de la economía nacional. La Federación Colombiana de Educadores y la ADE no pueden ser ajenas al reto histórico planteado, es deber de los maestros y será un acto patriótico combatir el referendo reeleccionista, debemos trabajar y organizar a todos los actores educativos en la consigna de abstención al referendo.
Por: Manuel Moreno Garzón Secretario General ADE
NO AL REFERENDO REELECIONISTA.
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Edición Especial - Asociación Distrital de Educadores
Razones para
NO VOTAR POR URIBE
Política ¡Colombia se merece una mejor alternativa! Lo que vas a leer deja un evidente manto de duda sobra la gestión del actual presidente Uribe, y serias reservas sobre lo que podría hacer, ya apuntalado en el poder, en su próximo período, panorama que en otro país -o tal vez en este en otra época- sería motivo suficiente para que dejara el cargo. Es importante reflexionar seriamente a la hora de votar. La historia enseña que los regímenes autoritarios poco le han aportado al bienestar y desarrollo del país. 1) PORQUE QUIERE ACABAR EL REGIMEN PRESTACIONAL DEL MAGISTERIO COLOMBIANO 2) PORQUE SU MINISTRA DE EDUCACIÒN SE EMPEÑA EN NO NEGOCIAR UN ESTATUTO PARA EL MAGISTERIO COLOMBIANO 3) Porque aumentó la edad para pensionarse: la mujer a los 57 años y los hombres a los 62; 4) Porque aumentó de 1000 a 1250 semanas las cotizaciones para acceder a pensión; 5) Porque eliminó la mesada 14 o prima de junio a los pensionados; 6) Porque acabó con los quinquenios y las primas de antigüedad; 7) Porque cerró y ordenó liquidar más de 18 hospitales; 8) Porque eliminó más de 30.000 empleos públicos y despidió a otros tantos trabajadores 9) Porque cuando era Senador sustentó la ley 100/93 que convirtió el servicio de salud en un negocio en donde solo importa las ganancias y no la calidad de vida de los pacientes; 10) Porque el Plan Patriota que implementa en el sur del país tiene un fuerte impacto ambiental, agencia la concentración de la tierra, viola los derechos humanos, criminaliza e involucra a quienes no tienen que ver con el conflicto en él, y permite la intervención militar y la presencia permanente de tropas extranjeras en nuestro territorio, coincidencialmente en zonas ricas en carbón, gas, petróleo, biodiversidad, y el mas importante de todos los recursos: Agua. 11) Porque ha despilfarrado más de $27 mil millones diarios en su inútil y estéril guerra mientras se empecina en ignorar que la violencia la genera el hambre, el desempleo y la falta de ingresos; 12) Porque hizo aprobar su propia reelección de manera fraudulenta apoyándose en “Yidis y Teodolindo” y ahora pretende cual sátrapa parroquial perpetuarse en el poder a través de un referendo amañado. . 13) Por que perpetúa la hipócrita guerra contra el narcotráfico, que lo único que hace es volver mas lucrativo el negocio, (sobre todo para el sistema financiero del primer mundo) desconociendo que la verdadera raíz del problema no es la producción sino el consumo y la demanda, y que cada vez aumentan mas los cultivos, a la par con las viudas y huérfanos de esa guerra. 14) Porque su política de seguridad democrática desdibuja la noción de derechos humanos, dado que estos son prerrogativas que se ejercen frente al Estado, y no frente a grupos armados al margen de la ley, 15) Porque su política de seguridad democrática con sus detenciones masivas y redes de informantes, ha servido para que, una vez liberados los detenidos por violación del debido proceso e inexistencia de pruebas, sean asesinados, coincidencialmente, por fuerzas oscuras.
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16) Porque su política de seguridad democrática predica y practica el involucramiento de la población civil en el conflicto armado, desconociendo el principio de distinción y otros preceptos del derecho de la guerra, o derecho internacional humanitario. 17) Porque atacó públicamente a los defensores de derechos humanos en Colombia, llamándolos ‘voceros del terrorismo’ por cuestionar su política de seguridad ‘antiterrorista’. 18) Porque existen denuncias serias de importantes medios de comunicación sobre vínculos estrechos entre el DAS y los paramilitares, unidos para acabar con estudiantes, profesores universitarios, sindicalistas, activistas de derechos humanos, líderes de oposición, mediante la entrega de información de inteligencia a las autodefensas, todo con recursos públicos. 19) Porque las entidades encargadas de reforma agraria y manejo de tierras en Colombia FINAGRO e INCODER, se han visto envueltas en escándalos sobre la adjudicación irregular de tierras y créditos a poderosos terratenientes en Colombia, mientras los desplazados se mueren de física hambre en las ciudades. Según los funcionarios implicados el ministro de agricultura ha sido cómplice de ello. Se da todo a los victimarios y se ha desprotegido a las víctimas. 20) Porque los derechos de las victimas de violaciones a los derechos humanos a la verdad, justicia y reparación integral se van afectados por la mal llamada ley de justicia y paz, impulsada por el gobierno de Uribe, que desconoce los estándares internacionales que el derecho internacional de los derechos humanos consagra en materia de derechos de las víctimas. 21) Porque personas investigadas por la Fiscalía General de la Nación por supuesto nexos con los paramilitares aportaron millonarias sumas a su campaña presidencial y ahora a su referendo reeleccionista. 22) Porque durante su gobierno el cultivo de palma africana de aceite, el ‘desierto verde’ se ha extendido por todo el país, por medio del desplazamiento y el despojo de tierras de propiedad colectiva de comunidades indígenas y afrodescendientes 23) Porque durante su gobierno las comunidades indígenas Arahuacos, Koguis, Wiwas y Kankuamas han sufrido exterminio a manos de los diferentes actores del conflicto, sin que el gobierno haya hecho mayor cosa para impedirlo, constituyéndose en una vergüenza internacional para Colombia. 24) Porque impulsó la ley forestal, que abre las puertas a la mercantilización y explotación indiscriminada de los bosques y selvas colombianos, desconociendo parámetros internacionales del derecho ambiental en la materia. 25) Porque quiere imponer un TLC con los Estados Unidos en condiciones inequitativas para Colombia. Mientras los EU subsidian a sus agricultores, Colombia no lo hace con los suyos, y permitirá que ingresen sin arancel productos con subsidio estatal americano a competir con productos colombianos sin subsidio. 26) Porque al ser reelegido nuevamente tendrá la posibilidad de incidir políticamente –dado su inmenso poder- en la elección de procurador, contralor, y magistrados de altas cortes, para que quede gente de sus afectos, destruyendo de esa forma el sistema de contrapeso de poderes de las democracias modernas 27) Por la hipocresía que representa el defender, de manera enferma, la legitimidad de un congreso que tiene mas de ochenta procesados, e incluso condenados, por parapolitica, todos de la coalición uribista, uno de ellos Mario Uribe, quien más que primo era su brazo derecho en la política. ‘Curioso que su líder político no tenga nexos con el paramilitarismo...’
Informativo ADE | Junio 2009
Homenaje
Homenaje a MARIO BENEDETTI
Mario Bennedetti ha partido. Ha abandonado esta existencia material y nos ha dejado su legado de poemas, reflexiones y libros. Su presencia física nunca fue necesaria para sentir que ha sido nuestro compañero; en mas de una ocasión, sus palabras impresas en el papel o en nuestra memoria, acompañaron nuestra andar hecho de dudas, reflexiones, emociones y sueños. Pero también nos acompaño en la lucha, infatigable, con su voz disidente y profundamente anticapitalista nos dejo lecciones de dignidad, valentía e indignación frente a la injusticia y el dolor.... recordemos lo que nos ha heredado.
Hagamos un trato Compañera usted sabe puede contar conmigo no hasta dos o hasta diez sino contar conmigo
si otras veces me encuentra huraño sin motivo no piense qué flojera igual puede contar conmigo pero hagamos un trato yo quisiera contar con usted es tan lindo saber que usted existe uno se siente vivo y cuando digo esto quiero decir contar aunque sea hasta dos aunque sea hasta cinco no ya para que acuda presurosa en mi auxilio sino para saber a ciencia cierta que usted sabe que puede contar conmigo.
El sur también existe
si alguna vez advierte que la miro a los ojos y una veta de amor reconoce en los míos no alerte sus fusiles ni piense qué delirio a pesar de la veta o tal vez porque existe usted puede contar conmigo
Con su ritual de acero sus grandes chimeneas sus sabios clandestinos su canto de sirenas sus cielos de neón sus ventanas navideñas su culto a dios padre y de las charreteras con sus llaves del reino el norte es el que ordena pero aquí abajo abajo el hambre disponible recorre el fruto amargo de lo que otros deciden mientras que el tiempo pasa y pasan los desfiles y se hacen otras cosas que el norte no prohíbe con su esperanza dura el sur también existe con sus predicadores sus gases que envenenan su escuela de chicago sus dueños de la tierra con sus trapos de lujo y su pobre osamenta sus defensas gastadas sus gastos de defensa son su gesta invasora el norte es el que ordena pero aquí abajo abajo cada uno en su escondite hay hombres y mujeres que saben a qué asirse aprovechando el sol y también los eclipses apartando lo inútil y usando lo que sirve con su fe veterana el sur también existe con su corno francés y su academia sueca su salsa americana y sus llaves inglesas con todos sus misiles y sus enciclopedias su guerra de galaxias y su saña opulenta con todos sus laureles el norte es el que ordena pero aquí abajo abajo cerca de las raíces es donde la memoria ningún recuerdo omite y hay quienes se desmueren y hay quienes se desviven y así entre todos logran lo que era un imposible que todo el mundo sepa que el sur también existe.
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Edición Especial - Asociación Distrital de Educadores
Laboral
No a la masacre laboral
contra los
Por: William Agudelo Sedano Fiscal Junta Directiva ADE Docente. Abogado especializado en derecho disciplinario y administrativo
maestros colombianos El gobierno nacional, en cabeza de la ministra de educación, Cecilia María Vélez, amenaza con generar una masacre laboral contra el magisterio colombiano, al imponer el concepto de tres magistrados del Consejo de Estado, en el que se afirma que el régimen especial de los educadores se acabaría el 31 de julio del año 2010; es decir, que más de 43 mil maestros que están pensionados y que continúan en el ejercicio de su profesión, quedarían cesantes al acabarse la compatibilidad entre salario y pensión. Esta aplicación del perverso concepto también le cambiaría el régimen pensional a más de 180 mil maestros del país, aumentándonos la edad de pensión y aplicándonos la Ley 100; Esto quiere decir: una liquidación de prima media con prestación definida, muy diferente a como hoy en día se viene liquidando la pensión, basado en el promedio salarial del último año. Este cambio traería como consecuencia, negativa e inmediata para todos los docentes, la obtención de pensiones con promedios menores al 60% del último salario. FECODE, en el pliego de peticiones radicado el pasado 23 de marzo, incluyó, entre otros puntos, el respeto al régimen especial del magisterio; sin embargo, en la mesa de negociación, la Ministra de Educación mantiene su terca y radical posición de aplicar el concepto arriba mencionado. Este gobierno neoliberal desconoce y tira por la borda lo aprobado en el acto legislativo 01 de 2005, y el espíritu de la reforma al artículo 48 de la Constitución Nacional, donde quedo en claro el respeto al régimen especial de los educadores, en el sentido de que éste se iba marchitando a medida que los maestros se fueran retirando. Así, queda muy en claro que la ministra pretende ampararse en conceptos amañados para borrar de plano a cientos de maestros y dejarlos por fuera del sistema educativo.
Seguimos afirmando, insistentemente, que el régimen pensional del magisterio colombiano está vigente; Esto se explica porque la Ley 812, en el Artículo 81, y el acto legislativo 01 de 2005, en su parágrafo transitorio, así lo contemplan. Contrario a la claridad de estas normas, el gobierno nacional sigue insistiendo que el régimen no solo se acaba para los vinculados después del 27 de junio de 2003, sino para todos los educadores colombianos. Este tema está, actualmente, en manos de la comisión accidental de pensiones que se constituyó a instancias de un debate en la Comisión Séptima del Senado, integrada por la Federación Colombiana de Educadores, el Gobierno Nacional y el Congreso de la República; en ella también participan la senadora Gloria Inés Ramírez y el senador Luis Carlos Avellaneda. Los conceptos, como el del Consejo de Estado, mucho menos amañados, no son de obligatorio cumplimiento y aplicación, tal como está contemplado en el código contencioso administrativo en su Artículo 24; por lo tanto, el gobierno nacional no debe proceder a su aplicación por estar en contravía de la normatividad vigente. Si la Ministra insiste en aplicarlos, tendremos los maestros que construir una sola fuerza que obligue al gobierno nacional a no continuar con su maquiavélico plan de aplicar el concepto, ya que esto generaría la mayor masacre laboral en nuestro país en toda su historia. Por las anteriores consideraciones, nosotros, los maestros y maestras de Colombia, debemos ponemos en pie de lucha y movilizamos, para derrotar las políticas entreguistas del gobierno uribista; Gobierno que proyecta su reelección para continuar su proyecto privatizador y entreguista para continuar acabando con los derechos y las garantías sindicales.
TODOS A MOVILIZARNOS, TODOS A DEFENDER NUESTROS DERECHOS
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Informativo ADE | Junio 2009
Actualidad
Antecedentes y pilares de un verdadero
ESTATUTO DOCENTE Pilares de un verdadero Estatuto Docente
Antecedentes
La necesidad de garantizar el ejercicio y reconocimiento de la profesión docente, se confunde en sus orígenes, con la lucha por la libertad de cátedra, la autonomía y la democracia en las instituciones educativas. Batalla decisiva propia de la edad moderna en Europa; como también, desde fines de la Colonia en América y la Nueva Granada, cuyo propósito fue avanzar en la producción del conocimiento científico y en su aplicación para el desarrollo de las nacientes naciones. El control eclesiástico sobre la educación de entonces, tenía proscrito el conocimiento científico y a aquellos que intentaran su pleno desarrollo. En posteriores épocas, durante el Siglo XIX y el XX, Estados de carácter autoritario o sin sentido de soberanía en el campo de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura, se han constituido en los grandes obstáculos del progreso, imponiendo la antidemocracia en las casas de estudio de sus propios países. En Colombia, destacamos como profundamente progresistas reformas educativas, tales como: el Plan de Estudios de Moreno y Escandón en 1774; El Plan de Estudios del General Santander en 1826; las desarrolladas por el radicalismo liberal del Siglo XIX; las propuestas que sustentaron las luchas de la década del 20 y del Movimiento Estudiantil de 1971; la consecución del Estatuto Docente en 1979 y los significativos avances consignados en la Ley General de Educación en 1994. Ejemplos de regresivas contra reformas, son las que suprimieron las ya mencionadas en 1778 y 1828; las impuestas en la oscura época de la Regeneración en 1886; las universitarias de 1980 y 1992; las neoliberales limitaciones a la materialización del derecho a la educación en la Constitución Política de 1991, profundizadas en los Actos Legislativos 01 de 2001 y 04 de 2007 y la Ley 715 de 2001. Pese a la tenaz oposición de la comunidad educativa, los últimos gobiernos nacionales lograron pauperizar la educación; deteriorar sin antecedentes los ambientes escolares y derribar el Estatuto Docente o Decreto Ley 2277 de 1979, especialmente para los nuevos colegas.
Establecido el carácter profesional de la Docencia, el Estatuto debe garantizar su ejercicio. En virtud de lo cual, un primer pilar fundamental es la libertad de cátedra y la participación decisoria en el rumbo académico de las instituciones educativas. Un requisito indispensable para su materialización es la estabilidad laboral. Sin ella, el autoritarismo y la sin razón se imponen con la amenaza de la pérdida del empleo. Además de atentar contra el bienestar del Magisterio y sus familias, se afecta el ejercicio de los derechos civiles, políticos y sindicales. Sin democracia académica, el conocimiento no avanza, la escuela se marchita y no le responde a la sociedad. La neoliberal y preferida forma para vulnerar estos derechos es la evaluación sanción, sin intención académica, perversamente expuesta ante la opinión pública. Es inaceptable para el Magisterio, al igual que todo tipo de acción punitiva que castigue estas libertades. Un segundo pilar, tiene que ver con la pedagogía y el conocimiento científico. Razón por la cual, el Estatuto debe concebir como derecho, no como estímulo, la adecuada financiación Estatal de la formación y la actualización permanente; como también, el apoyo a la innovación ya la investigación. El magisterio es parte integrante de la masa crítica de un país, necesaria para su desarrollo y el bienestar a través de la aplicación y generación del conocimiento más avanzado. Ello tiene que ver con el más alto nivel de la enseñanza y el aprendizaje. A su vez, el escalafón docente, debe establecer con justa precisión, la relación entre estudios, producción académica y experiencia con respecto al mejoramiento profesional y salarial. Un tercer pilar, es el establecimiento de las condiciones laborales para el ejercicio pedagógico diario, como parte integrante de mejores ambientes escolares. De este pilar hacen parte temas administrativos que deben subordinarse a ra-
Por:Miguel Angel Pardo Romero (*) miguep2008@gmail.com Vicepresidente ADE
zones pedagógicas, entre otros: una justa jornada laboral y escolar; la asignación académica y el reconocimiento de otras actividades como parte de ella; el número de alumnos por aula; las adecuadas plantas de directivos, docentes, orientadores y administrativos. Este tema está necesariamente ligado a otras exigencias propias de la comunidad educativa, en procura de su dignidad. Aunque no hagan parte de un articulado de Estatuto puede serio de su exposición de motivos, tales como: la construcción y modernización de las plantas físicas, el bienestar escolar y la seguridad social del Magisterio. Los pilares aquí expuestos no son los únicos pero son insustituibles. Pretenden ser una síntesis de las propuestas de la comunidad educativa anteriores al Decreto 2277 de 1979 y de sus principales ejes. Por tal razón, la elaboración de un proyecto de Estatuto Docente que anime y unifique al Magisterio en su reconquista, debe asumir lo esencial del “viejo” Estatuto y no del actual Decreto 1278 de 2002, que precisamente es la negación al reconocimiento y a las garantías para el ejercicio de la docencia; razón por lo cual, sigue vigente la exigencia de su derogatoria y del pleno restablecimiento del Decreto -Ley 2277. Pese a que la contienda prioritaria, impuesta por el actual Gobierno Nacional es la preservación de nuestra seguridad social, el Magisterio sabrá librar un fraternal e intenso debate del cual derive una acertada táctica, elabore un proyecto que esté a la altura de la historia de la educación y de la propia. Porque la lucha por la reconquista del Estatuto Docente, hace parte del derecho que tiene el país a la existencia de una comunidad educativa y académica del alto nivel; como también, a una educación pública, científica y democrática.
(*) Vicepresidente de la Asociación Distrital de Educadores y su representante ante el Comité Distrital de Capacitación Docente. Magister en Historia y Licenciado en Ciencias Sociales.
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Edición Especial - Asociación Distrital de Educadores
Gran Coalición Democrática CIRCULAR URGENTE PARA: ORGANIZACIONES POLITICAS Y SOCIALES DE: COORDINACION NACIONAL GRAN COALICION DEMOCRATICA ASUNTO: CONCLUSIONES Y ORIENTACIONES PARA EL TRABAJO FECHA: 19 DE MAYO DE 2009 Reciban fraternal y unitario saludo. Las organizaciones sociales y políticas que hacemos parte de la GCD, nos reunimos el lunes 18 de mayo de 2009 y después de analizar la situación política del país y las responsabilidades que tenemos; llegamos a las siguientes conclusiones y orientaciones: Mantenemos nuestra presencia en el Comité de Impulso de la Cumbre Nacional Social y Política a realizarse en Bogotá, en fecha que se definirá mañana en la reunión de este Comité. Haremos conocer las conclusiones y orientaciones sobre esta tarea. Reportamos satisfacción por lo exitosa que fueron las concentraciones y movilizaciones del 1 de mayo y el papel jugado por las centrales sindicales y organizaciones de la GCD. Las comisiones de trabajo y relatoría del II Encuentro Nacional de Organizaciones Sociales y Políticas del pasado 17 de abril, entregan para mejorar y llevar a la práctica la Declaración Política y el Plan de Acción construidos y aprobados en este evento nacional. Sugerimos difundir estos documentos en la vía de preparar y realizar los encuentros departamentales de organizaciones sociales y políticas. Sobre el referendo reeleccionista de Alvaro Uribe Vélez, acordamos y orientamos: Hacer parte del Comité de Impulso Nacional y Regional de abstención activa contra el referendo reeleccionista. Al igual que lo hicimos en el 2003 que derrotamos el referendo de las 19 preguntas de Alvaro Uribe, se hace necesario retomar todas las actividades que nos ayudaron para esta victoria y como tal proponemos: constituir 4 comisiones de trabajo que son la Política encargada de la relaciones entre organizaciones sociales y políticas; de Prensa y Propaganda; de Finanzas y de Educación. GRAN COALICION DEMOCRATICA
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